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Viejos son los trapos

Poco antes de morir, Vicente (87) y Argentino (81) tal vez pensaron en su familia, en lo que comerían al día siguiente, en el frío de afuera o en lo que vieron en la televisión esa noche. Tal vez se sintieron solos o abandonados, lejos de todo lo que amaron en la vida. Pero con seguridad no pensaron en que un cortocircuito en el caloventor que entibiaba la habitación del geriátrico donde vivían condenaría a los dos a padecer una muerte horrible y dolorosa. Ambos fallecieron por las graves quemaduras que sufrieron, solo para sumarse a una triste lista que se engrosa todos los inviernos.

El lugar no contaba con medidas de seguridad básicas, como sensores, alarmas de fuego ni humo. Los matafuegos estaban descargados y el establecimiento no tenía habilitación municipal. Tanto la dueña del lugar como la enfermera que los cuidaba quedaron imputadas de homicidio culposo agravado por el número de víctimas, un delito que prevé, en caso de condena, una pena de 2 a 5 años.

No es la primera vez en Córdoba que un geriátrico es noticia por la tragedia. El caso más grave se registró en Le Petit Residence, una casona del Cerro de las Rosas donde en 2010 fallecieron seis personas producto de las quemaduras y de la inhalación de monóxido de carbono en una situación similar.

El 15 de junio, es el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez. Se espera que en los próximos años en todos los países del mundo aumente sustancialmente el número de personas mayores. Según el INDEC, Argentina es uno de los países más envejecidos de Latinoamérica.

Con frecuencia las tareas de asistencia y cuidados de las personas mayores son delegadas a instituciones como las residencias geriátricas. Esto constituye un gran desafío para la sociedad argentina ante los episodios frecuentes de violación de derechos humanos básicos de las personas que allí viven. Una de las dificultades es que no existen normas nacionales que unifiquen exigencias puntuales de calidad y atención en estos lugares. Las normas provinciales, en general, solo aluden a cuestiones edilicias.

Llegó la hora de que nos sentemos a debatir sobre el lugar que ocupan y deberían ocupar los adultos mayores en las agendas públicas. ¿Seguirá rigiendo el paradigma que considera a los viejos como sujeto fuera de la población económicamente activa, por lo tanto prescindibles y desechables?

María (82), residente de un geriátrico de la ciudad de Córdoba, cuenta su historia con lágrimas en los ojos. “A mi me dijeron que me traían por unos días porque iban a arreglar mi casa”. Mira triste y enojada. Pero continúa: “Ya pasaron dos años y medio. Si hubiera sabido, no me sacan: me agarraba a las paredes con uñas y dientes. La casa que compramos con mi marido hace cincuenta años. Donde tuve y crié a todos mis hijos. ¿Por qué tenían que mentirme?”. Rompe definitivamente en llanto y entre sollozos, sus palabras se clavan como flechas en el corazón: “Si al menos me vinieran a ver…”.

El nuevo marco legal

El 9 de mayo de 2017 se aprobó, en Argentina, la Convención Interamericana Sobre Protección de los derechos humanos de las personas mayores, cuyo objeto es “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.

Para el cumplimiento de estos derechos, la Convención también señala “la obligación de eliminar todas las formas de discriminación, en particular, la discriminación por motivos de edad; reconociendo que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de sus sociedades”. Esto implicaría reducir el número de víctimas por incendios en geriátricos a cero.

Isolina Dabove, explicó que:

“la aprobación parlamentaria de esta Convención consagra un nuevo paradigma positivo en torno a la vejez y permite que este Tratado entre en vigencia en nuestro país y que tenga jerarquía superior a las leyes. Obliga a los jueces a aplicar su contenido en toda decisión vinculada a personas mayores y el Estado argentino se compromete a poner en marcha políticas públicas que concreten los derechos contemplados en ella. También permite que cualquier argentino pueda interponer una petición individual para denunciar la violación de sus derechos ante la Comisión Interamericana.” (Fuente)

Además, agregó que:

“la adhesión a este acuerdo impacta de manera directa en el contenido y desarrollo de las políticas públicas gerontológicas, tanto nacionales como provinciales. Dado que se trata de un tratado internacional de derechos humanos, se impone también a las Constituciones Provinciales y a la legislación provincial respectiva. No hace falta que las Provincias adhieran a ella. Quedan obligadas a su cumplimiento, igual que el Estado nacional.” (Fuente)

La ratificación de la Convención resalta la importancia de que el Estado, en sus diferentes niveles, asuma un rol activo, asegurando la asignación de recursos públicos que permitan respetar los derechos humanos de las personas de edad avanzada.

Desde FUNDEPS monitoreamos el desarrollo y la implementación de políticas públicas locales en materia de derechos a la ancianidad y hemos presentado pedidos de informaciòn ante las dependencias correspondientes: RUGEPRESA de la provincia (Registro de Unidades de Gestiòn de Prestaciones de Salud), y la Secretaría de Salud, de la municipalidad. Sin embargo, ya vencieron los plazos de la legislación que regula el acceso al conocimiento de los actos del Estado y aun no recibimos respuesta.

Si bien la aprobación de políticas públicas que resguardan los derechos de los adultos mayores es un avance importante, la realidad indica que todavía queda un largo camino que recorrer para asegurar el cumplimiento efectivo de esos derechos. Por un lado, un Estado que en sus diversos niveles no dedica suficiente recursos para asegurar el respeto de los derechos humanos de una parte importante de su población y que en ocasiones tolera irregularidades porque reconoce sus límites para proveer una solución sostenible. Por el otro lado, una sociedad que es capaz de abandonar a sus adultos mayores cuando ya no les sirven, para que sufran todo tipo de ofensas, humillaciones, violaciones a sus derechos e incluso la muerte, debe replantearse seriamente el orden de sus prioridades… si no queremos ser nosotros los abandonados en un futuro, cuando ya no le sirvamos a la generación venidera. Como dice María: “Si al menos me vinieran a ver…”.

 

Autores/as

Federico Piccioni

Maga Ailén Merlo Vijarra

Laura Alesso

Contacto

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org