Pedido al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba para que se regule el Habeas Corpus
En Córdoba, un vacío legal disminuye preocupantemente la vigencia de esta garantía constitucional básica, en momentos en que es especialmente necesaria.
El pasado 6 de Octubre un grupo de ONGs encabezadas por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS), la Fundación Observatorio de Derecho Constitucional y Derechos Humanos (Focydh) y la Asociación Pensamiento Penal (APP) presentaron un petitorio ante el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba dirigido a su Presidenta Mercedes Blanc de Arabel para que se efectivice esta garantía constitucional.
El Hábeas Corpus es una institución jurídica que vela por la libertad individual. Busca corregir arrestos y detenciones efectuadas arbitrariamente. Este instituto permite solicitar a un juez que ponga fin la detención ilegal en caso de no haber un motivo suficiente para que la persona sea arrestada. Es un mecanismo protector muy antiguo, y se encuentra regulado en la Constitución Nacional, que establece que la resolución debe ser “inmediata” (art. 43) y también en la de Córdoba (art. 47), que prevé un plazo de 24 hs. La diferencia entre los plazos de una y otra debe solucionarse aplicando el criterio de “resolución inmediata” de la Constitución Nacional, por ser Ley Suprema. Córdoba, respecto de otras provincias se encuentra un paso atrás. La ausencia de una Ley provincial de Hábeas Corpus genera un vacío legal, problema que no se presenta en Provincias como Corrientes, Tierra del Fuego, Buenos Aires, Tucumán o Chaco.
Si bien el Hábeas Corpus puede ser presentado a cualquier hora, en la Provincia de Córdoba los jueces de turno no lo revisarán fuera del horario y días hábiles de trabajo. Ante estas posibilidades, es importante cuestionarse qué sucede cuando a una persona la detienen, por ejemplo, un día viernes a las 15:00 hs. La respuesta: nadie atenderá su pedido hasta el lunes por la mañana. Así, no hay garantías de inmediatez, ni mucho menos. Como afirma Martín Juárez Ferrer, Director de la Clínica de Interés Público de FUNDEPS, “quien presenta un Hábeas Corpus en Córdoba puede tener que esperar más de 48 hs. para que alguien lo lea, sólo para que lo lea”.
La nota presentada por FUNDEPS, FODCyDH (Fundación Observatorio de Derecho Constitucional y Derechos Humanos) y APP exige una solución al problema de la deficiente atención y respuestas a aquellos ciudadanos que presentan un Hábeas Corpus fuera de los acotados horarios de atención en los tribunales. La iniciativa pretende que el TSJ ordene, según corresponda, los turnos de las fiscalías y dicte instrucciones a los jueces de modo tal que resuelvan dentro del plazo que dicta la Constitución para esta garantía constitucional.
Este vacío legal se hace aún más importante al constatar su urgente necesidad. De acuerdo a estadísticas oficiales de la Policía provincial, durante el año 2009, alrededor de 50 mil personas (la mayoría jóvenes), fueron arrestadas por diversas contravenciones relacionadas con el Código de Faltas, lo cual equivale a aproximadamente 160 detenciones por día. Todos aquellos que fueron arrestados fuera del horario de atención no tuvieron la posibilidad de utilizar la garantía del modo previsto por la Constitución.
Con esta pedido, FUNDEPS y demás firmantes buscan asegurar una garantía constitucional en un contexto de prácticas institucionales que la hace particularmente útil. La Clínica de Derecho de Interés Público sigue haciendo esfuerzos por que los Derechos Humanos y las garantías constitucionales sean los estándares que modelen políticas públicas y prácticas institucionales.
Más información:
Nota al Tribunal Superior de Justicia – 06 Oct 2010.pdf
Contacto:
Martín Juárez Ferrer
Director Clínica de Derecho de Interés Público
FUNDEPS
martinjuarezf@fundeps.org