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El pasado 4 de octubre se galardonó a la Defensoría del Público de Servicios de Comuncicación Audiovisual con el “Premio Interamericano a la Innovación para la Gestión Pública Efectiva” otorgado por la Organización de Estados Americanos (OEA). Sin embargo, nada garantiza la continuidad de esta excelente institución y sus acciones efectivas.

Tras un largo andar, a partir del año 2009, entró en vigencia un nuevo marco normativo que protege a las mujeres de las violencias mediática y simbólica en los medios de comunicación. A ello, se sumaron las políticas públicas generadas desde la Defensoría del Público y la AFSCA, entre otros espacios, para combatir estas formas de desigualdad. Esto significó un claro avance en la función del Estado de garantizar los derechos, aunque aún era perfectible tanto en la norma como en la implementación.

Sin embargo, en diciembre del 2015, como una de las primeras medidas del gobierno nacional en gestión, se modificó mediante decretos del Poder Ejecutivo la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y su autoridad de aplicación, pilares del marco normativo en comunicación y género.

Sumado a ello, este 14 de noviembre culmina el período de la Defensora Cynthia Ottaviano, cuyo mandato ha sido ejemplar. Sin escuchar el apoyo del Congreso Latinoamericano de Defensorías de las Audiencias y del sinnúmero de organizaciones que lo han solicitado, la Comisión Bicameral ha anunciado que ella no continuará su mandato, pero tampoco ha revelado quien será su sucesor/a.

Esta situación sólo da muestra del riesgo que está corriendo la Defensoría del Público como institución. Aún más, las perspectivas que dan los 17 Principios para una Comunicación Convergente anunciados por el ENACOM con vistas a la redacción de un nuevo proyecto que regule las comunicaciones, y el «Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres 2017-2019», son poco esperanzadoras.

Es por ello, que desde FUNDEPS apoyamos y solicitamos firmemente, que continúe la Defensoría del Público como uno de los pilares que protege a las audiencias y sus derechos desde el Estado argentino.

Desde nuestro trabajo realizado en relación a la violencia de género y políticas públicas de comunicación, recordamos la necesidad de evitar medidas regresivas que disminuyan el nivel de protección de las mujeres contra la violencia simbólica y mediática.

A sabiendas del riesgo, continúan trabajando de modo ejemplar

En el programa “Ruta 840” que se emite por Radio Salta de 11 a 13 horas, el día Jueves 19 de octubre, un día después de la multitudinaria marcha por #NiUnaMenos los conductores llevaron adelante un diálogo con alto contenido misógino y homofóbico.

Durante el programa los conductores expresaron una postura discriminatoria y estigmatizante en la que abundaron conceptos negativos sobre las mujeres, haciendo hincapié en una catalogación del ser humano por cuestiones estrictas de elección sexual.

Dichos como ser “mujer -mujer” o “mujer cotidiana” refuerzan estereotipos de género que resultan estigmatizantes y reproductores de relaciones opresivas de poder. Promueven la construcción de lo que debe ser una “mujer buena”, que si protesta, se moviliza o se politiza, deja de ser “mujer-mujer”. Decir “maricas mala, resentidas”, además de ser un claro insulto a todo un colectivo, su mención excluye a las lesbianas de la categoría de mujer. A esto se suma el decir que “son agresivas naturalmente” dichos altamente ofensivos, homófobos y discriminatorios.

Todas las expresiones que han sido manifestadas son un claro ejemplo de actos de violencia mediática y simbólica, de conformidad con la Ley 26.485 de Protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y que también violan la Ley 23.592, que protege en contra de los Actos Discriminatorios.

Es por  ello, el equipo de FUNDEPS realizó las denuncias correspondientes ante la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual y el ENACOM (Ex AFSCA), órganos de deben velar por los derechos de las audiencias.

A partir de dicha denuncia, la Defensoría del Público, en un plazo no mayor a dos semanas, hizo lugar a lo solicitado y tomó inmediata acción. En este marco, se reunieron con productores/as y los conductores del programa, quienes fueron informados de las faltas en las que incurrieron y posibles formas de reparación.

El director de la emisora se comprometió a difundir información sobre los derechos de las mujeres y el colectivo LGTBI, y acordó la posibilidad de emitir spots sobre estas temáticas, poniendo a disposición las inmediaciones de la radio para grabarlos.

Más información

Contacto

Emilia Pioletti, integrante del Eje Género.

El Estado anunció un plan nacional contra la violencia hacia mujeres y 17 principios para una Ley de Comunicaciones Convergentes. Junto a Comunicación para la Igualdad hacemos una lectura crítica de las disposiciones.

En las últimas semanas, han sido anunciadas por el Estado medidas referidas al campo de las comunicaciones y de la violencia de género que afectan el entramado de políticas públicas que rige el sector. Nos referimos sustancialmente a los 17 principios para una comunicación convergente, anunciados por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) con vistas a la redacción de un nuevo proyecto que regule el sector de las comunicaciones; y al Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres 2017-2019, presentado por el Consejo Nacional de las Mujeres.

Tanto los 17 principios para una comunicación convergente como el Plan Nacional de Violencia contra las Mujeres, son medidas que colaboran en el diseño de un nuevo mapa vinculado a las políticas públicas de comunicación y género, con características diversas al vigente hasta diciembre del 2015.

Entendemos que en el caso del Plan Nacional de Violencia hacia las Mujeres se ha perdido la oportunidad de profundizar la incidencia sobre los medios de comunicación con vistas al cumplimiento de los dos objetivos estratégicos de la Plataforma de Acción de Beijing: la disminución de la estereotipación sexista y la democratización de la estructura laboral de los medios.

Asimismo, esto tiene una estrecha relación con un nuevo escenario vigente para la regulación de los medios desde diciembre del 2015 mucho más laxo en cuanto a limitar la propiedad de los medios y a imponerles marcos de actuación, aun cuando éstos respondan a la protección de los derechos humanos. Si bien los 17 Principios para las Comunicaciones Convergentes promueven el pluralismo y la diversidad de voces y la lucha contra la discriminación, es difícil imaginar cómo podrán implementarse estas propuestas en un contexto mediático de concentración de medios.

– Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres 2017-2019

– Comentarios sobre el Plan Nacional de Violencia hacia las Mujeres y los 17 principios para una Ley de Comunicaciones Convergentes.

El pasado 28 de junio recibimos la Nota Nº 700/2016 de la Defensoría del Público en respuesta a la denuncia efectuada a fines de abril por las emisiones del programa «Animales Sueltos» emitido por América TV los días 27 y 28 de abril; en el mismo se publicaron fotografías de mujeres en ropa interior que fueron víctimas de malos tratos por parte de la Sección Sanidad del Colegio Militar de la Nación, reproduciendo la cosificación y la violencia sufrida por estas, revictimizándolas.

Dicha presentación fue realizada en el marco del monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado desde FUNDEPS en conjunto por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad. En su pronunciamiento, la Defensoría informó que su Dirección de Análisis, Investigación y Monitoreo había analizado de manera interdisciplinaria nuestra presentación y las emisiones objetadas.

Celebramos la respuesta del organismo, que remarcó que:

…aún cuando los rostros de las mujeres fotografiadas no se exhiben en cámara, […] encuentra cuestionable la exhibición que realiza el programa. Las mujeres fotografiadas bien pueden reconocerse a sí mismas en dicha exhibición mediática, promoviendo en ellas una revictimización, es decir, una nueva vivencia de la violencia padecida como consecuencia de la violación a su intimidad que implica la captura fotográfica de sus cuerpos en ropa interior sin su debido consentimiento, tal como se describe que fueron los hechos en el programa… 

En ese sentido, la Dirección señaló que «…si bien valora positivamente la mediatización del caso y las implicancias legales que, según se relata, ésta pudiera generar sobre los responsables de los hechos, también recomienda evitar la contradictoria réplica y reproducción, a través del modo que asume dicha mediatización….»

Nos alegra informar que, en función de este reclamo, la Defensoría ha iniciado mecanismos de diálogo con las autoridades del canal para avanzar en la reflexión en relación a los derechos afectados en este caso, y mantendrá una reunión con ellos en los próximos días.

Finalmente, festejamos el hecho de que la Defensoría ha declarado el año 2016 “Año contra las discriminaciones y las violencias en los medios de comunicación audiovisual«, generando un marco para impulsar políticas comunicacionales que busquen garantizar mayores condiciones de igualdad en representaciones que construyen y reproducen los servicios las de comunicación audiovisual.

Más información:

Contacto:

Mayca Balaguer – Área de Derechos Humanos