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Democracia, Noticias

Rechazo al Anteproyecto de Ley de Procesos Colectivos

En el año 2016 se creó en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Germán Garavano, el programa “Justicia 2020”. Se trata de un espacio de diálogo institucional y ciudadano que busca construir una justicia cercana, moderna, transparente e independiente.

Una comisión conformada por distintos expertos en el marco de este programa (dentro del eje Civil y del equipo “Cambios procesales para un mejor servicio de justicia”) trabajó en la redacción de un anteproyecto que regula el proceso de las acciones que tienen por objeto cuestiones de afectación colectiva.

Y es que nuestro orden constitucional dispone la existencia de una tutela procesal colectiva de los derechos de incidencia colectiva desde la reforma de 1994, pero no se elaboró hasta ahora ninguna ley específica. Hasta ahora se ha aplicado lo dispuesto por la jurisprudencia, fundamentalmente por lo que estableció la Corte Suprema en el fallo Halabi del año 2009, en donde creó una nueva vía procesal para la tutela de este tipo de derechos, al aceptar por primera vez la figura de la “acción de clase”.

En dicho fallo, la Corte se refirió a la falta de regulación en materia de acciones colectivas, caracterizándola como una mora del legislador. Sin embargo, esa falta fue suplida en la práctica por los Tribunales del país, que desde hace tiempo vienen admitiendo la procedencia de estas acciones, y respecto de las que se ha litigado (y se litiga todavía) sin reglas uniformes y claras.

El Anteproyecto que se presentó a mediados de mayo en el portal del Programa Justicia 2020 surge, entonces, con el objetivo de dar uniformidad y claridad a los procesos colectivos.

Sin embargo, junto a numerosas organizaciones sociales expresamos nuestra preocupación por el contenido de este borrador y solicitamos al Ministro Garavano que se abstenga de impulsar el proyecto de ley ante el Congreso Nacional.

De prosperar, este proyecto limitaría las acciones colectivas y afectaría su operatividad. Las acciones colectivas son indispensables para el reconocimiento y protección de derechos humanos fundamentales de índole colectiva. Una regulación restrictiva y dilatoria de las acciones colectivas, como la que se desprende del borrador, podría obstaculizar el avance de este tipo de reclamos, e implicaría un retroceso grave en relación con la situación actual.

Dentro de los aspectos que preocupan del anteproyecto, destacamos los siguientes:

  • Injerencia en asuntos procesales: la regulación de materia procesal local es de exclusiva competencia provincial.
  • Excesivo rigor para la determinación de la “representación adecuada”: los requisitos resultan excesivos, porque imponen a las/os afectadas/os, organizaciones y sus abogadas/os una serie de exigencias extremadamente rigurosas que significarán un límite para la presentación de las acciones colectivas.
  • Limitación de medidas cautelares: el borrador regula el dictado de medidas cautelares de tal manera que frustra su operatividad, ya que prevé que se corra traslado al destinatario, se exige fundamentación detallada y las resoluciones que las deniegan no se pueden apelar.
  • Ordinarización de los procesos colectivos
  • Establecimiento de trámites largos y engorrosos para el regristro y consolidación de la clase, incluyendo diversos procesos secundarios dentro del proceso principal,
  • Restricción a la participación de terceros
  • Regulación de la competencia
  • Falta de gratuidad.
  • Derogaciones expresas de normas procesales de índole colectiva que tienen un mayor nivel de protección de derechos colectivos. Se derogan el art. 54 de la ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor); y el primer párrafo del art. 32 de la ley  26.675 (Ley General de Ambiente), reemplazándolos por normas más restrictivas.

Consideramos que esta propuesta de regulación de las acciones colectivas implica un retroceso en relación a las regulaciones y prácticas actuales para asegurar el acceso a la justicia de personas y grupos en situación de vulnerabilidad.  

Se debe iniciar un proceso para discutir las dificultades para el acceso a la justicia que enfrentan las organizaciones y personas usuarias de acciones colectivas, de manera que las futuras propuestas de regulación permitan efectivamente ampliar el uso y eficacia de estas acciones.

Comunicado completo de las Organizaciones de la Sociedad Civil

Contact

Mayca Balaguer, <maycabalaguer@fundeps.org>

16 de julio de 2018
Etiquetas: Acceso a la Justicia, Democracia, Participación Ciudadana
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0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2026/04/logo-2026-300x120.png Comunicaciones Fundeps2018-07-16 17:42:172018-07-16 17:42:17Rechazo al Anteproyecto de Ley de Procesos Colectivos
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