En situaciones de crisis multidimensional, como la que atraviesa nuestro país, quienes más sufren son los sectores de menores ingresos y en particular las niñas, niños y adolescentes. El retraimiento del Estado y la desregulación económica, implican una mayor desprotección. Garantizar el derecho básico a una alimentación adecuada, en este contexto, se vuelve urgente. Entonces nos volvemos a preguntar: ¿qué podemos y que debemos exigirle al Estado en materia de alimentación? ¿Tiene sentido cuestionarnos qué tipo de alimentos queremos que haya en nuestras ollas? ¿O tenemos que conformarnos con “lo que hay”?

En Argentina, la inflación continúa en aumento. El índice del Observatorio de la Deuda Social de la UCA (Universidad Católica Argentina), arrojó que la población que no llega a cubrir sus necesidades básicas de alimentación pasaron del 9,4% a finales del tercer trimestre de 2023, al 15% en enero, y que la pobreza afecta a un 57% de las personas de este país. A su vez, el Indec informó que la Canasta Básica Alimentaria (BCA) aumentó 18,6% en enero y 296,4% en los últimos doce meses, por encima de la inflación (254,2%). Mientras que, según el Índice Barrial de Precios (IBP) del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (ISEPCi), los precios de los alimentos se incrementaron en hasta un 69,7% desde el pasado diciembre. Estas cifras son el reflejo de un sensible incremento de la indigencia y de la pobreza. 

A esta información, le sumamos aquella que ya nos alertaba: la calidad de vida de la población argentina viene deteriorándose progresivamente. El 73,4% de las defunciones se deben a Enfermedades Crónicas No Transmisibles, éstas son  responsables del 52% de los años de vida perdidos por muerte prematura y del 76% de los años de vida ajustados por discapacidad. La alimentación adecuada es uno de los principales factores de riesgo.

A pesar de las estadísticas y el contexto, el gobierno nacional a pocos días de iniciar el año 2024, decidió interrumpir por completo el suministro de alimentos a los comedores populares. Numerosas las organizaciones a diario denuncian que “las ollas están vacías”, “es urgente y necesaria la emergencia alimentaria” y “no hay libertad cuando no hay nada en la mesa”, así como la doble carga que deben soportar: en momentos que menos tienen para ofrecer, es cuando más personas llegan en busca de un plato de comida.

Este marco nos incita a reflexionar sobre las condiciones mínimas que debemos garantizar, como la vida y la dignidad humana, para que tenga sentido hablar de derechos como la libertad. También volver a conversar sobre el rol que debe cumplir el Estado para garantizar estos derechos. La noción de que un Estado presente es necesariamente abusivo, choca contra lo que la realidad expone: los derechos carecen de satisfacción en ausencia de un Estado que vele por su protección mediante políticas efectivas. 

La alimentación es una de las necesidades humanas más básicas y se encuentra íntimamente ligada a la vida y la salud de las personas. Dado su carácter esencial e indispensable, fue reconocida como un derecho humano fundamental en diversos tratados internacionales de derechos humanos que hoy en nuestro país gozan de jerarquía constitucional. Esta consagración normativa hace surgir en cabeza del Estado obligaciones jurídicas imperativas y exigibles de: respetar, proteger y garantizar el efectivo cumplimiento de este derecho. 

Políticas alimentarias en Argentina

En nuestro país, la problemática alimentaria, desafortunadamente, no es una novedad. Al hacer un análisis retrospectivo es posible observar en diferentes períodos históricos grandes crisis y tensiones políticas respecto al rol del Estado como garante de este derecho.

Previo a la reforma constitucional de 1994, el desarrollo del derecho a la alimentación se encontraba en gran medida subordinado al derecho laboral y al salario digno, ya que imperaba una lectura privatista de los derechos y obligaciones alimentarias. Sin embargo, en los 80 comenzó a tomar fuerza un abordaje político-social diferente. Dado el contexto de necesidad que se vivió luego de los años de dictadura militar, se empezó a hablar de emergencia alimentaria, un paradigma basado en políticas de corte asistencialista que ha imperado hasta nuestros días.

Su consolidación normativa se dió en 2002 cuando, en respuesta a una de las crisis más agudas que ha sufrido nuestro país, se declaró la Emergencia Alimentaria Nacional reconocida por el Decreto Nº 108 (15/01/2002) que ha sido prorrogada sin interrupciones hasta la actualidad, y que fue dispuesta con el fin de atender las necesidades básicas alimentarias de la población en condiciones de vulnerabilidad y con riesgos de subsistencia.

Al poco tiempo, fue sancionada la ley 25.724 de Declaración de Emergencia Alimentaria Nacional que instituyó el Programa Nacional de Nutrición y Alimentación, conocido como Plan Nacional de Seguridad Alimentaria “El Hambre más urgente” (PNSA), destinado a cubrir los requisitos nutricionales mínimos de grupos en situación de extrema vulnerabilidad. Esta ley constituye hasta el día de hoy la principal política alimentaria de nuestro país. 

De la emergencia alimentaria a la alimentación adecuada

A más de 20 años de su entrada en vigencia, sobra evidencia y bibliografía para dar cuenta de las importantes limitaciones y deficiencias que presenta este paradigma, que limita el tratamiento de la cuestión alimentaria a un nivel básico de satisfacción de necesidades calóricas mínimas. Y, por lo tanto, su incapacidad de generar transformaciones estructurales que permitan avanzar hacia un estado de seguridad y soberanía alimentaria. También el grave impacto en la salud que puede implicar que los programas alimentarios que se han constituido, tanto a nivel nacional como provincial, no cuenten con buenos criterios y estándares nutricionales. Esto tiene que ver con que las estrategias de emergencia suelen obviar las múltiples facetas que abarca la problemática de la alimentación en su complejidad, incluyendo la llamada “triple carga” de la malnutrición: el hambre y la desnutrición, la deficiencia generalizada de micronutrientes y la malnutrición por exceso. Esta requiere ser abordada como un problema sanitario vinculado con el consumo de productos alimenticios ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos.   

Esta falta vino a ser cuestionada por la ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, sancionada en 2021. 

El amplio proceso legislativo que se impulsó para lograr la sanción de esta ley generó un movimiento fundamental en el debate público sobre la alimentación en nuestro país. Esta ley se ha constituído como un puente entre las políticas que atienden problemáticas alimentarias históricas, como el hambre y la desnutrición; y las que buscan revertir las problemáticas alimentarias modernas, vinculadas a la malnutrición por exceso y las enfermedades crónicas que son causadas por la mala calidad de los productos alimenticios que se consumen en la actualidad. Esta última afecta a toda la población ya que se vincula a la transformación de los patrones alimentarios, aunque las encuestas indican que la mayor prevalencia se encuentra en los sectores económicos de menores ingresos. Por su parte, el problema del hambre se encuentra ligado directamente a la pobreza. 

La ley de Promoción de la Alimentación Saludable, si bien no aborda de manera directa el problema de la falta de alimentos, sí establece medidas que son fundamentales para la transformación de los sistemas alimentarios que directa o indirectamente, abonan a una mayor seguridad y soberanía alimentaria y generan una mejoría en la calidad de la asistencia alimentaria. Por ejemplo, exige al Estado que las compras públicas de alimentos que se destinan a comedores donde asisten niños, niñas y adolescentes, a dependencias estatales y a programas alimentarios, se compongan de alimentos saludables que no presenten sellos de advertencia (es decir, que no tengan exceso de azúcar, sodio, grasas, ni edulcorante o cafeína). También establece la importancia de incentivar el desarrollo de la agricultura familiar, campesina e indígena. 

De esta manera, la ley se posiciona por un lado, como un instrumento valioso para impactar positivamente en la salud de los sectores más vulnerables de la población, quienes son los que se encuentran más expuestos al consumo de productos procesados y ultraprocesados. Y por el otro, para comenzar a transformar la manera en que el Estado argentino, históricamente, ha construido sus políticas alimentarias y, más específicamente, en su aspecto más urgente, es decir el hambre. Por fin, a la hora de pensar qué comen quienes menos tienen, se puso sobre la mesa la necesidad de incorporar criterios nutricionales y no sólo cantidad de calorías.   

En este marco, se instalaron preguntas claves acerca de qué estamos comiendo; sobre cómo se producen los alimentos que llegan a nuestra mesa; sobre la relación que existe entre lo que consumimos y las enfermedades que contraemos, a cada vez más temprana edad. Preguntas sobre qué se les ofrece a las infancias y adolescencias en las escuelas, que en muchos casos constituye la base de su alimentación. También se habilita la pregunta sobre quiénes son los proveedores del Estados y a qué tipo de producción queremos apoyar.

Este debate y la conquista de esta ley, que ha tenido por protagonista a la sociedad civil,  ha significado un avance inmenso en las discusiones y las políticas alimentarias de nuestro país, y sobre todo brinda herramientas técnicas y legales para lograr una mejor protección de los derechos a la alimentación adecuada y a la salud de toda la población. La sociedad en general se hizo eco de la idea que ya no se trata de llenar panzas si no de nutrir cuerpos y mentes sanas, volver a nutrirnos cultural y afectivamente. Y que de acuerdo a los instrumentos de derechos humanos adoptados por nuestro país, es el Estado quien debe garantizar que así sea. 

Exigir los mínimos sin renunciar a los máximos

Actualmente, estos avances históricos se encuentran en grave riesgo, así como también está en riesgo el acceso mismo a alimentos por gran parte de la población debido a la crisis económica que atraviesa el país y, sobre todo, por las políticas de desabastecimiento que vienen sufriendo los comedores comunitarios y los programas de asistencia alimentaria. 

El avasallamiento de derechos sociales busca echar atrás los avances logrados en estos años en torno al debate sobre la calidad de los alimentos porque, ante la falta de condiciones mínimas de alimentación, las necesidades inmediatas se imponen y la necesidad de transformaciones estructurales quedan en un segundo plano. 

Ahora bien: ¿Es posible que aún en contextos de crisis podamos pensar la problemática alimentaria de manera integral y no lineal? ¿Es posible exigir que se implementen de manera urgente las políticas de emergencia alimentaria y a la vez que se priorice la compra de alimentos saludables para los comedores populares? Claro que sí. No sólo es posible sino que es necesario. Pelear por los mínimos sin renunciar a los máximos es la forma de defender los avances alcanzados, los derechos conquistados. 

Los efectos en la salud que han arrojado las políticas alimentarias meramente paliativas son irreversibles para millones de personas que han contraído enfermedades crónicas y discapacidades de diferentes tipos. Hoy conocemos las graves consecuencias en la salud que trae el consumo de ciertos productos con exceso de nutrientes críticos, así como la falta de variedad en la alimentación diaria, el escaso consumo de frutas y verduras. Por eso, no podemos conformarnos con “lo que hay”, no podemos renunciar a los derechos conquistados y los avances en el debate sobre el tipo de alimentación que necesitamos para desarrollarnos y vivir dignamente. 

La satisfacción del derecho a la salud, a la alimentación adecuada, a una vida digna no puede quedar en manos del mercado, y los alimentos no pueden tratarse como una mercancía. Es urgente que el Estado garantice que todas las personas puedan acceder a alimentos dignos, de calidad y en cantidad suficiente. La alimentación de calidad debe ser un derecho y no un privilegio. 

 

*Fuente de la imagen: Colectivo Diciembre

 

Autoras

Maga Merlo Vijarra

María Laura Fons

Contacto

Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

Nos llena de orgullo compartir el Anuario 2023, un recorrido por nuestro trabajo, logros y aprendizajes durante el último año. 

Durante 2023 llevamos a cabo diversas acciones. Desde reuniones de incidencia política y presentaciones judiciales, hasta investigaciones, congresos y talleres,   campañas de comunicación y más. Cada acción refleja nuestra determinación para transformar la sociedad y defender los derechos humanos.

Además,  a fines del año pasado, experimentamos un cambio importante en nuestra dirección. Carolina Tamagnini, quien ha liderado la Fundeps durante los últimos 4 años, dejó la Dirección Ejecutiva para sumarse al Consejo de Administración y en su lugar, Mayca Balaguer asumió como nueva Directora. 

Este cambio marca no solo una transición en el liderazgo, sino también un momento de fortalecimiento y renovación institucional, consolidando un equipo dinámico y capaz de responder a las demandas emergentes, creciendo tanto institucionalmente como en impactos. 

Lo que comenzó como una iniciativa en 2009, hoy se ha convertido en una organización sólida e involucrada en la defensa de los derechos humanos. ¡Y en este 2024 festejamos 15 años! 

Porque confiamos en que la mejor manera de realizar nuestro trabajo es en red y de forma colectiva, agradecemos a las organizaciones, comunidades y personas que fueron parte de estas iniciativas. Celebramos con ustedes nuestro progreso y les invitamos a conocer el Anuario 2023: la memoria colectiva de nuestro compromiso por una sociedad más justa, equitativa, sostenible y democrática.

VER ANUARIO 2023

En el marco de la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso Nacional, organizaciones de la sociedad civil reiteramos nuestro pedido de tratamiento y rechazo del decreto “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”.

En el inicio de las sesiones ordinarias, recordamos que el Congreso tiene el deber de rechazar este decreto y todos aquellos que en el futuro excedan los límites constitucionales, ejerciendo su rol dentro del sistema de frenos y contrapesos, así como de garantizar un debate parlamentario de calidad que asegure una participación ciudadana robusta.

El Poder Ejecutivo tiene prohibido legislar. Si bien nuestra Constitución Nacional lo habilita a dictar decretos de necesidad y urgencia (DNU), solo le permite hacerlo cuando existan circunstancias excepcionales que hagan imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes.

El Decreto 70/2023 no cumple los requisitos constitucionales para su validez. No surgen de sus fundamentos argumentos suficientes que den cuenta de las circunstancias de fuerza mayor que impiden a las cámaras del Congreso debatir cada una de las reformas comprendidas en él, y tampoco se explica adecuadamente la relación de causalidad existente entre los problemas identificados y las medidas que se disponen.

Lejos de entender la naturaleza excepcional de los DNU, el Decreto 70/2023 efectúa una reforma legislativa masiva y sistémica. Dada su magnitud y trascendencia, los cambios normativos incluidos en él sólo pueden ser discutidos por el Congreso, que es donde están representadas todas las fuerzas políticas, incluidas las minoritarias.

Adicionalmente, es el debate legislativo el que proporciona oportunidades para la participación ciudadana, esencial para el fortalecimiento del sistema democrático.

Es justamente para evitar excesos en el uso de la facultad de dictar decretos de necesidad y urgencia que nuestra Constitución diseñó un proceso de control legislativo posterior mediante el cual se debe determinar su validez o invalidez atendiendo a la adecuación de estos a los requisitos formales y sustanciales establecidos por ella.

Resulta esencial destacar que el Decreto 70/2023 ya se encuentra vigente, proyectándose sobre aspectos sustantivos de nuestra vida en comunidad, al abordar cuestiones vinculadas a la salud, a la vivienda, a las relaciones laborales, a los contratos, a la economía y a las finanzas, entre otras. Dichas modificaciones suponen una afectación a derechos individuales y colectivos de millones de personas,
muchas de las cuales ya se encuentran ante la Justicia reclamando su suspensión e inaplicabilidad para sí mismas o para los colectivos que representan.

Hoy el Poder Legislativo está en falta. Por eso, volvemos a solicitarle que defienda el Estado de derecho y honre la división de poderes.

Organizaciones:

1. Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
2. Asociación Ecuménica de Cuyo (FEC)
3. ANDHES
4. Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE)
5. Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP)
6. Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
7. Consciente Colectivo
8. Comisión Argentina para Personas Migrantes y Refugiadas (CAREF)
9. Democracia en Red
10. Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
11. Fundación SES
12. Fundación Protestante Hora de Obrar
13. Fundación Mujeres x Mujeres
14. Fundación Igualdad
15. Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
16. Fundeps
17.Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
18. Jóvenes por el Clima
19.Red argentina de abogacía comunitaria (RAAC)
20.Xumek

Esta es la consigna de nuestra campaña que busca derribar mitos acerca de la ESI, promover debates abiertos y brindar conocimientos esenciales que permitan a estudiantes ejercer sus derechos y llevar una vida sana y plena.

El próximo 26 de febrero, estudiantes de toda la provincia de Córdoba iniciarán un nuevo ciclo lectivo. Quienes cumplan dieciocho en este 2024 tendrán la misma cantidad de años que se contarán en octubre desde la sanción de la Ley 26.150, conocida como la Ley de Educación Sexual Integral (ESI). En esta vuelta al cole, esperan que al fin se implemente la ESI en sus clases, para no seguir siendo parte del 80% de los estudiantes que considera que no se aplica de forma adecuada en su escuela, de acuerdo con el dato que surge de una encuesta realizada por la Fundación Huésped.

“La Educación Sexual Integral es un derecho inalienable de estudiantes de todo el país que concurren a establecimientos educativos tanto públicos como privados, tal como lo establece la Ley 26.150. Si bien esta ley está vigente desde 2006, no se ha logrado su cumplimiento efectivo y, además, hoy este derecho se ve amenazado por fuertes campañas de desinformación que circulan tanto en la opinión pública como en espacios institucionales”, explica Mayca Balaguer, directora ejecutiva de Fundeps.

Coincidiendo con el inicio de clases, desde Fundeps

ponemos en marcha la campaña de concientización ESI porque Sí, con el objetivo de dar a conocer entre adolescentes y jóvenes que la Educación Sexual Integral es su derecho y que debe ser garantizado en todos los casos. Con información clara y precisa, la campaña se propone combatir las noticias falsas, mitos y discursos de odio que circulan en redes sociales generando confusión y falsas creencias sobre los contenidos y prácticas efectivas de la ley en las escuelas.

ESI porque Sí, está destinada principalmente a estudiantes de nivel secundario de la provincia, pero también a docentes y autoridades educativas.

“El rol docente es fundamental: enseñar educación sexual es imprescindible para la erradicación de la violencia de género, la integración de la diversidad sexual, la prevención del abuso sexual, del embarazo adolescente y de las enfermedades de transmisión sexual, entre otras cuestiones. La ESI no es ideología de género, sino un espacio sistemático y transversal de enseñanza y aprendizaje, que asegura la transmisión de conocimiento científico preciso, confiable y adecuado a cada etapa evolutiva de las y los estudiantes. Las y los docentes son garantes de derechos”, define Mayca Balaguer.

En Córdoba, la Ley Provincial de Educación (9870) refuerza la adhesión a la normativa nacional, tanto en contenidos y saberes como en valores. Sin embargo, siguen existiendo impedimentos para su aplicación en muchas instituciones. Es por eso que apostamos también al trabajo en red, junto con otras organizaciones comprometidas con la promoción de los derechos humanos.

Garantizar la ESI es ampliar derechos. Permite formar estudiantes libres en pensamiento y elección, con empatía y capacidad de vivir una sexualidad plena con vínculos respetuosos, ya que la propia definición de Educación Sexual Integral que estipula la Ley 26.150 contempla la articulación de aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”, ratifica nuestra directora ejecutiva.

La campaña ESI porque Sí estará disponible en las redes sociales de Fundeps y organizaciones aliadas.

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Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Organizaciones de la sociedad civil escribimos una carta a los legisladores y legisladoras pidiéndoles que se aboquen al inmediato tratamiento y rechazo del decreto de “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina”.

De acuerdo a lo que establece la Constitución Nacional el Poder Ejecutivo tiene prohibido dictar disposiciones de carácter legislativo. Sin embargo, nuestra norma fundamental admite que excepcionalmente, y de conformidad con determinados requisitos, se utilice la herramienta de los decretos de necesidad y urgencia (DNU).

Este tipo de decretos son admisibles únicamente cuando existieran circunstancias excepcionales que hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos para la sanción de las leyes. Es decir, los DNU proceden cuando la situación sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente, en un plazo incompatible con el que demanda el trámite parlamentario normal.

Resulta evidente que los fundamentos del Decreto 70/2023 no cumplen los requisitos para la emisión de una norma de esta naturaleza. No surgen de allí argumentos suficientes que den cuenta de las circunstancias de fuerza mayor que impiden a las cámaras del Congreso reunirse, y tampoco se prueba que la solución
que se requiere sea incompatible con el debate legislativo. De hecho, antes de la entrada en vigor del decreto, el Poder Ejecutivo convocó a sesiones extraordinarias, y hoy en día el Congreso se encuentra sesionando. Además, tampoco se explica la  relación de causalidad existente entre los problemas identificados y las medidas que se disponen.

Lejos de entender la naturaleza de la herramienta, el DNU 70/2023 efectúa una reforma legislativa masiva y sistémica. Dada su magnitud y trascendencia, los cambios normativos incluidos en él sólo pueden ser discutidos por el Congreso, que es donde están representadas todas las fuerzas políticas, incluidas las minoritarias. Adicionalmente, es el debate legislativo el que proporciona oportunidades para la participación ciudadana, esencial para el fortalecimiento del sistema democrático. En este sentido, debe recordarse que, tal como señaló nuestra Corte Suprema de Justicia, “la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”.

Por otro lado, resulta esencial destacar que el Decreto 70/2023 ya se encuentra vigente, proyectándose sobre aspectos sustantivos de nuestra vida en comunidad, abordando cuestiones vinculadas a la salud, a la vivienda, a las relaciones laborales, a los contratos, a la economía y a las finanzas, entre otras. Dichas modificaciones suponen una afectación a derechos individuales y colectivos de millones de personas, muchas de las cuales ya se encuentran ante la Justicia reclamando su suspensión e inaplicabilidad para sí mismas o para los colectivos que representan.

Es justamente para evitar excesos en el uso de la facultad de dictar decretos de necesidad y urgencia que nuestra Constitución diseñó un proceso de control legislativo posterior mediante el cual se determine su validez o invalidez atendiendo a la adecuación de estos a los requisitos formales y sustanciales establecidos constitucionalmente para su dictado.

Habiendo vencido los plazos establecidos en la ley 26.122 para el dictamen de la Comisión Bicameral Permanente, el Congreso tiene el deber de pronunciarse sobre el decreto. Por eso, solicitamos a las y los legisladores de ambas cámaras del Congreso de la Nación que se aboquen a su expreso e inmediato tratamiento, y lo rechacen por no satisfacer los requisitos constitucionales.

El silencio, la espera, los cálculos asociados al rédito político implican un aval implícito a una conducta que desborda ostensiblemente los contornos de nuestra norma fundamental. En defensa de la Constitución, del sistema de frenos y contrapesos, de la justicia y de la seguridad jurídica, el Congreso está llamado a hacer que el Poder Ejecutivo se desenvuelva dentro de los límites del Estado de derecho. El deber con nuestra Constitución Nacional y con la ciudadanía debe prevalecer sobre cualquier otra consideración.

Organizaciones:
● Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)
● Amnistía Internacional Argentina
● Equipo Latinoamericano de Justicia y Género
● Fundeps
● Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
● Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)
● Jóvenes por el Clima
● Hora de Obrar
● Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia
● Asociación Civil para la promoción y Protección de los Derechos Humanos
(Xumek)
● Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales
(ANDHES)
● Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)
● Centro para la Implementación de los Derechos Constitucionales (CIDC)
● Democracia en Red
● Centro de Políticas Públicas para el Socialismo (CEPPAS)

Las formas de la deliberación, la manifestación pública, la labor periodística, la restricción de la violencia estatal, son todas condiciones necesarias para una convivencia social y política en el marco de la democracia. 

El operativo policial desplegado frente al Congreso, mientras este sesionaba, fue violento y desmesurado, por fuera de la normativa vigente de actuación ante manifestaciones. Fue organizado por el Ministerio de Seguridad de la Nación, con un despliegue desmedido de distintas fuerzas que causaron heridas por balas de goma, gases irritantes con una capacidad de daño sin precedentes y golpes de tonfas. En una regresión histórica, hubo policías con armas de fuego, algo que se había evitado en todos los gobiernos hace más de 20 años. La policía intimidó a personas mayores, dejó una treintena de periodistas con heridas de diversa gravedad, atacó a defensores y defensoras de derechos humanos y a manifestantes de distintos sectores políticos. Amedrentando la libertad de expresión y de manifestación, avanzó en las calles, en las veredas y en la plaza. 

Dentro del Congreso, se transgrede el reglamento: transcurren las jornadas de debate sobre un dictamen que no se conoce, que se está escribiendo por fuera de las comisiones a medida que avanzan las sesiones. Estas irregularidades, de cara a la sociedad, deterioran la institucionalidad. Además, tal como están expresadas en el proyecto de ley, las facultades delegadas que solicita el Poder Ejecutivo podrían impactar en una parálisis legislativa y en márgenes ampliados de arbitrariedad dada la forma vaga, general e inasible en la que están expresadas. 

Las condiciones democráticas del debate y la convivencia están hoy profundamente tensionadas y enrarecidas. Mientras las y los legisladores debaten en tiempo récord el destino del país y sus recursos económicos y naturales, las y los más altos funcionarios publican mensajes que festejan y alientan la violencia policial y de grupos particulares. 

Convocamos a los partidos políticos, a todas las autoridades con responsabilidades públicas y a los distintos sectores de la comunidad a hacer un llamamiento urgente por el respeto de los derechos que están siendo vulnerados, por una convivencia democrática, en términos institucionales adecuados y sin represión. 

 

Firmas:

Andhes (Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales)

Asociación Ecuménica de Cuyo (FEC)

ELA (Equipo argentino de justicia y género)

Fundeps (Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables) 

CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales)

Fundación Protestante Hora de Obrar

Asociación para la promoción y protección de los Derechos Humanos Xumek

Fundación SES

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

CAREF – Comisión Argentina para personas Refugiadas y Migrantes

Consciente Colectivo

Red Argentina de Abogacía Comunitaria (RAAC) 

Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE)

Anunciamos con mucha alegría que Mayca Balaguer es la nueva Directora Ejecutiva de Fundeps desde comienzos de este 2024.

Mayca Balaguer es abogada con una sólida formación académica destacándose como Diplomada en Estudios de Género, movimiento de mujeres y política en América Latina, así como Magíster en Derecho Procesal. Su compromiso y dedicación la convirtieron en una una gran compañera y referente en temas relacionados con el acceso a derechos sexuales y (no) reproductivos en la provincia de Córdoba.

Desde su inicio en Fundeps en 2015 y a lo largo de los años, ha ocupado la coordinación tanto en el área de Géneros y Diversidad Sexual como en Asuntos Legales, contribuyendo al desarrollo y fortalecimiento de cada una.

Tenemos la convicción de que Mayca continuará aportando toda su experiencia en la coordinación de las actividades de la fundación y de un equipo de personas que trabaja en pos de una sociedad más justa, equitativa, sostenible y democrática.

A su vez, con un profundo agradecimiento, despedimos a Carolina Tamagnini, quién nos ha acompañado desde 2014 en Fundeps con diferentes roles de liderazgo. Su compromiso, capacidad de trabajo y visión estratégica nos permitieron no sólo el fortalecimiento interno de Fundeps, si no también potenciar nuestras acciones de investigación, incidencia política, capacitaciones y el trabajo en red. Como profesional, sabemos que en sus próximos proyectos continuará inspirando con su dedicación y dejando huella en cada desafío que afronte.

Cada cambio marca el comienzo de nuevas oportunidades. Iniciando un año lleno de nuevos retos y proyectos en un contexto desafiante, les deseamos lo mejor a ambas. Que este nuevo capítulo sea un viaje de aprendizaje, trabajo colectivo y éxito, y que cada esfuerzo contribuya a la defensa de los derechos humanos.

Gracias Caro y felicitaciones May por este nuevo rol.

 

Las organizaciones de la sociedad civil abajo firmantes pedimos que el tratamiento del proyecto de ley de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” continúe en sesiones ordinarias a fin de que nuestros y nuestras representantes puedan discutirlo en tiempos acordes a su complejidad, y que se amplíen las instancias de participación para que la ciudadanía pueda expresarse sobre las reformas que propone.

El 22 de diciembre de 2023, el Poder Ejecutivo de la Nación convocó al Congreso a sesiones extraordinarias a fin de someter a su tratamiento el proyecto de ley titulado “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.

La iniciativa contiene más de 600 artículos que abarcan una extensa variedad de temas: salud, educación, empleo, seguridad social, niñez y familia, cultura, ambiente, turismo, justicia, seguridad y defensa, sistema electoral, política fiscal, deuda, desregulación económica y reorganización administrativa, entre otros. Se proponen en este proyecto modificaciones a Códigos y leyes que fueron debatidos durante años, que se sancionaron luego de haber escuchado a un amplio espectro de actores y que reconocieron luchas históricas de diversos colectivos, y se incluyen en él cambios que producirán consecuencias directas y de gran trascendencia en la vida de las personas.  

Resulta evidente que comprender, estudiar y fijar una posición respecto de semejante cantidad y tipo de reformas requiere un proceso deliberativo de análisis, fundamentación, argumentación y discusión. No es posible asegurar un debate parlamentario informado y robusto ni analizar en profundidad los impactos que tendría cada una de las modificaciones normativas en los tiempos propuestos por el Poder Ejecutivo. La calidad del debate público hace a la calidad de nuestra democracia.

También deviene imposible garantizar, en unas pocas semanas, un proceso de participación ciudadana real, que permita escuchar a todos los actores con experticia y trayectoria en las materias incluidas en el proyecto y a aquellos sectores que podrían verse más afectados por él. Si bien durante la última semana algunas entidades pudieron exponer sus visiones frente a diputados y diputadas, cada una contó con solo 5 minutos para hacerlo, y -al limitarse la convocatoria a 3 días- muchas quedaron fuera del debate. Además, no se previeron instancias para que quienes integran el cuerpo legislativo pudieran hacer preguntas o solicitar información adicional, y tampoco plazos razonables para que analizaran integralmente los aportes recibidos. 

Por otro lado, no debe perderse de vista que algunas de las reformas comprendidas en el proyecto resultan violatorias de derechos humanos reconocidos en tratados con jerarquía constitucional en nuestro país y desconocen los estándares de Comités especializados. De aprobarse esos cambios normativos, podría producirse una situación social aún más crítica, se incrementaría la conflictividad judicial en diferentes fueros y se comprometería la responsabilidad del Estado frente a organismos internacionales, lo que refuerza la necesidad de abordar la discusión con seriedad.

En virtud de lo anterior, las organizaciones de la sociedad civil abajo firmantes solicitamos al Congreso de la Nación que continúe en sesiones ordinarias el tratamiento del proyecto de ley de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” a fin de que nuestros y nuestras representantes puedan discutirlo en tiempos acordes a su complejidad, y que amplíe las instancias de participación, asegurando que se convoque a audiencias públicas que permitan, a la ciudadanía en general y a los sectores afectados por las reformas en particular, expresarse sobre ellas. Aunque las sesiones extraordinarias se hayan prorrogado hasta el 15 de febrero, dicho plazo sigue siendo ostensiblemente insuficiente para discutir semejante cantidad de cambios normativos. 

Una vez más, necesitamos un Poder Legislativo que defienda el sistema de frenos y contrapesos diseñado por nuestra Constitución y que elija una democracia pluralista, deliberativa y participativa.  

Organizaciones firmantes:

Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ)

Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) 

Consciente Colectivo

Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)

Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps)

Fundación SES 

Asociación Ecuménica de Cuyo (FEC)

Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos Xumek

Comisión Argentina para Personas Refugiadas y Migrantes (CAREF)

Fundación Igualdad 

Abogados y Abogadas del Noroeste en derechos humanos y estudios sociales (Andhes)

Jóvenes por el Clima

Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

Democracia en Red

Amnistía Internacional Argentina

Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP)

Escuela de Fiscales

Fundación Protestante Hora de Obrar

Salta Transparente

Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP)

Centro de Políticas Públicas para el Socialismo (CEPPAS)

Red Argentina de Abogacía Comunitaria (RAAC)

Observatorio de Justicia Sanitaria y Climática

Luego de la publicación en el Boletín Oficial de la Nación del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023, que fue ampliamente cuestionado por la sociedad civil por favorecer a las grandes corporaciones globales y carecer de la urgencia que justificaría su adopción, miles de manifestantes se convocaron en distintos puntos del país para expresar su repudio. 

En la ciudad de Córdoba la convocatoria se llevó a cabo en el Patio Olmos, en donde cientos de personas se concentraron alrededor de las 21h y cortaron la calzada de la Av. Vélez Sarsfield en una manifestación pacífica. Cerca de las 22h, la Policía de Córdoba enfrentó a las personas reunidas y arrojó gas pimienta y balas de goma para desalojar la protesta, llevándose detenidos a 5 manifestantes. 

Como organización de derechos humanos, sostenemos que el derecho de peticionar a las autoridades, la libertad de expresión y el derecho a la protesta tienen un papel clave en el desarrollo y el fortalecimiento de los sistemas democráticos. Se encuentran protegidos por nuestra Constitución y por diversos instrumentos internacionales.

La protesta social debe ser gestionada democráticamente y no criminalizada ni reprimida.  Los poderes públicos deben respetar los estándares internacionales relacionados a la protesta social y las obligaciones que deben guiar la respuesta estatal.

Por eso, exigimos a las autoridades locales que se arbitren las medidas necesarias para un adecuado abordaje de la conflictividad social, en cumplimiento de las garantías constitucionales y los derechos humanos. Exigimos además la inmediata liberación de las personas detenidas.

El pueblo tiene derecho a expresarse y a salir a las calles a luchar. Basta de reprimir. Basta de perseguir.

Representantes de la sociedad civil se reúnen con presidente del BID para abordar desafíos para un desarrollo sustentable e inclusivo en América Latina. En el encuentro, se presentaron recomendaciones al banco para fortalecer la promoción de un desarrollo sustentable en la región.

25 organizaciones de la sociedad civil de América Latina que hacen parte del Grupo de Trabajo sobre el BID, entre ellas Fundeps, se reunieron el viernes 10 de noviembre con el presidente del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) Ilan Goldfajn, con el propósito de fortalecer el diálogo e identificar oportunidades de mayor acercamiento de la institución a las poblaciones de la región a las que intenta servir.

Los representantes de la sociedad civil plantearon al presidente Goldfajn recomendaciones para fortalecer el vínculo con sociedad civil y comunidades impactadas por proyectos BID y recomendaciones para considerar en la Estrategia Institucional 2023-2030 del BID, que está en proceso de elaboración. Luego, el presidente Goldfajn abrió el espacio para escuchar temas específicos de interés de distintas organizaciones miembro del grupo.

El Grupo de Trabajo sobre el BID calificó la reunión como una señal positiva de la nueva administración del banco, en el sentido de advertirse una apertura y disposición para fortalecer el diálogo con la sociedad civil. La reunión con el presidente Goldfajn sigue un encuentro previo que tuvo lugar durante la Reunión  Anual del BID 2023 sostenida en marzo en Panamá, y una reunión con la Vicepresidenta de Países del BID, Anabel González, durante la Cumbre Finanzas en Común que tuvo lugar en septiembre pasado en Cartagena de Indias, Colombia.

“Estos espacios de diálogo representan una señal de acercamiento del banco con la sociedad civil”, señaló Carolina Juaneda, de Bank Information Center, coordinadora del Grupo de Trabajo sobre el BID. Según Ivahanna Larrosa, coordinadora regional de la Coalición para los Derechos Humanos en el Desarrollo, “la percepción general es que fue una buena reunión para presentar nuestros mensajes y avanzar en mejorar la interlocución del banco con la sociedad civil”.

Los representantes de la sociedad civil señalaron que la Estrategia Institucional 2023-2030 del Grupo BID debe promover una transición energética justa, y comunitaria, que ponga en el centro a las personas y el ambiente. Otras recomendaciones del Grupo de Trabajo fueron que el banco: cumpla con los más altos estándares ambientales y sociales y de respeto de los derechos humanos en sus actividades y los proyectos que financiapriorizando y fortaleciendo la implementación del Marco de Políticas Ambientales y Sociales (MPAS), y mejorando la planificación upstream (aguas arriba) para identificar los proyectos adecuados; de prioridad a inversiones de calidad, redoblando los principios de buen gobierno, en especial de transparencia, acceso a la información, participación y rendición de cuentas; fortalezca su compromiso con las comunidades impactadas, garantizando la reparación integral a las personas; asegurar una salida responsable de proyectos insustentables y operacionalice el compromiso de no tolerar represalias.

Las organizaciones de la sociedad civil buscan una participación sustantiva en las Reuniones Anuales del Grupo BID que se realizarán en marzo de 2024 en República Dominicana. Se celebra la apertura del presidente Goldfajn y su equipo en trabajar hacia una mayor interacción de organizaciones y comunidades de la región, con la administración y equipos del Banco.

Acerca del Grupo de Trabajo sobre el BID

El Grupo de Trabajo sobre el BID es una articulación de más de 60 organizaciones de la sociedad civil, tanto de la región como internacionales, que hacen incidencia en el Grupo BID, promoviendo los más altos estándares ambientales, sociales y en materia de derechos humanos y apoyando a comunidades impactadas adversamente por los proyectos financiados por el banco. Algunas de sus integrantes han estado trabajando desde hace tres décadas para fortalecer los procesos de participación, transparencia, acceso a la información y respeto de los derechos humanos por parte del BID.

 

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Dos dictámenes de la Procuración General de la Nación admiten la legitimación de dos grupos en representación del “colectivo de personas por nacer”, en contra del Constitución, leyes nacionales y acordadas de la Corte. Allanan, sin embargo, la vía judicial para arremeter contra el derecho a la interrupción del embarazo. Comunicado conjunto.

Durante la última semana, Laura M. Monti, procuradora fiscal adjunta de la Procuración General de la Nación, firmó dos dictámenes en la misma sintonía. En ellos reconoce la legitimación de un grupo de ciudadanos y una asociación civil para representar a las señaladas como “personas por nacer” ante el Poder Judicial. Se trata de una interpretación que no tiene respaldo en la jurisprudencia: ningún tribunal ha reconocido en una sentencia definitiva la posibilidad de representar colectivamente a las “personas por nacer”. 

Monti emitió esos dictámenes en dos causas: una liderada por Cristina Fiore Viñuales y otra por la organización Portal de Belén, ambas iniciadas para cuestionar la constitucionalidad de la Ley de  Interrupción Voluntaria del Embarazo. En ambos casos, si bien afirma seguirla, se aparta de la jurisprudencia de la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre representación colectiva. También en las dos causas, las partes peticionantes buscan convertir en un “caso” (para discutirse en los tribunales de justicia) lo que en verdad es una disconformidad general con la ley.

Monti se basó en el art. 1 de la Ley 26.061 de Protección Integral a la Niñez para sostener la legitimación. De esta manera, desnaturalizó el sentido de la ley e ingenió una suerte de “acción popular” que permitiría que cualquier ciudadano accione por fuera de un caso concreto. No solo eso, sino que además, equiparó a las “personas por nacer” a niños, niñas y adolescentes.

Al mismo tiempo, en los dictámenes decidió no tomar en cuenta las exigencias del artículo 116 de la Constitución Nacional, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y de las acordadas y jurisprudencia de la Corte sobre procesos colectivos, creando una situación de inseguridad jurídica. Por nombrar un antecedente: en el caso Halabi, citado por la propia Procuradora para dictaminar, se establece que la comprobación de la existencia de un caso es imprescindible para otorgar legitimación colectiva. En ninguno de los casos, ni Fiore Viñuales ni Portal de Belén, hay “caso”; es decir que Monti debería haber negado la legitimación de plano.

Por qué es grave este paso de la procuradora fiscal: porque admite que un grupo de ciudadanos cuestione a través de un juicio una ley votada por todas las fuerzas políticas sin que se acredite que hay un derecho o un daño concreto afectado y, en la misma acción, le atribuya una representación colectiva inexistente para el ordenamiento jurídico argentino. El debate democrático ya se dio en el Congreso y trazó una línea para un acuerdo social básico de derecho a la salud y a la vida, a través de la despenalización y legalización del aborto. 

Los expedientes estaban a la espera de dictamen desde hace un año y medio, pero fueron emitidos dos días después de que el Dr. Rodolfo Barra fuera designado Procurador del Tesoro de la Nación, pese a que aún ejercía como abogado patrocinante de la causa “Fiore Viñuales”. 

El Dr. Barra en su carácter de reciente Procurador del Tesoro tiene un conflicto de interés, de acuerdo a la ley de ética pública, que lo hace incompatible con la defensa de la Ley 27.610. Por eso, corresponde que se excuse de intervenir en las causas contra la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y en todo asunto relacionado con el derecho al aborto.,En este sentido, hicimos una presentación ante la Procuración del Tesoro de la Nación y pusimos en conocimiento a la Oficina Anticorrupción, en tanto es la autoridad de aplicación de la ley de ética pública.

Desde 2021, del total de acciones judiciales que se iniciaron en contra de la ley, 34 fueron rechazadas por tribunales de diferentes jurisdicciones del país. Sólo 3 llegaron a la Corte, pero no para que decida sobre su constitucionalidad, sino para determinar si quienes promovieron esas acciones tienen legitimación para hacerlo y para representar al colectivo de “personas por nacer”.

Los dictámenes de la Procuración General de la Nación no son vinculantes para la Corte, que puede definir los criterios jurídicos aplicables, sin tomar en cuenta esas recomendaciones. Por eso, la Corte ahora tiene la responsabilidad de volver a situar las acciones colectivas para los propósitos que fueron creadas, evitar que sean forzadas conceptualmente y que se vulneren las garantías del debido proceso. Es su oportunidad de frenar el litigio infundado contra una ley vigente y clave para millones de mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar. 

Amnistía Internacional Argentina
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps)
Fundación Mujeres x Mujeres

Presentamos tres amicus curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para ofrecer algunas consideraciones respecto al cuidado como derecho humano. Nuestra participación fue parte de un proceso colectivo que sintetiza saberes especializados.

En enero el Estado Argentino solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que se expida en relación a “El contenido y alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos”. Lo que motivó este pedido, según los diferentes ministerios involucrados, fue la oportunidad de abordar las desigualdades de género desde la construcción de estándares más justos y equitativos en materia de cuidados.

A partir de este pedido, la Corte IDH emitirá una Opinión Consultiva permitiendo, previamente, el involucramiento de otros actores en el proceso interpretativo de este derecho. Desde Fundeps hemos tomado parte, junto a otros espacios, en la construcción de una herramienta judicial denominada amicus curiae, la cual habilita la participación voluntaria a través de una opinión técnica-jurídica. Asimismo, hemos adherido a los documentos elaborados por la Red Jurídica de CLACAI y la Red DESC

Este proceso de trabajo colectivo reunió a activistas, docentes de universidades latinoamericanas y europeas, personas de la academia y expertas de diferentes comités, organizaciones feministas y de derechos humanos. El documento presentado busca brindar elementos al tribunal respecto al cuidado como un derecho humano: a cuidar, ser cuidade y al autocuidado. 

El documento reconstruye la concepción de los cuidados como una necesidad que trasciende las relaciones interpersonales, para así, considerarlo “como un proceso inherente y vinculado con la sostenibilidad de la vida y el bienestar”. Desde este posicionamiento, el amicus sostiene el derecho al cuidado como un derecho autónomo que, a la vez, mantiene interdependencias con otros derechos. Así, se ofrecieron consideraciones respecto a su vinculación con el derecho a la salud, a la salud sexual y (no) reproductiva, a la diversidad sexual, a la seguridad social, al ambiente sano, a los territorios y a la ciudad. Además, el amicus expuso la importancia de contar con sistemas de indicadores -cuantitativos y cualitativos- de derechos humanos, que permitan a los Estados producir información completa y sistematizada, para el monitoreo sobre el cumplimiento del derecho al cuidado.

Respecto a la exigibilidad sobre las obligaciones del Estado, se planteó que el respeto, protección y cumplimiento del derecho de las mujeres a la no discriminación y al goce de la igualdad, es una obligación derivada de este derecho autónomo. Sin embargo, se expresó que se vuelve necesario tener en cuenta, desde una perspectiva interseccional, aquellas obligaciones derivadas del derecho al cuidado en sectores mayormente expuestos a la vulnerabilidad: personas con discapacidad y afectaciones en salud mental, personas migrantes y pueblos indígenas. 

Como punto a destacar, nuestra presentación también planteó la importancia del trabajo de cuidado comunitario, estableciendo que éste toma formas particulares en comedores y ollas populares, merenderos, jardines de infantes, salitas médicas, entre otros, para hacer frente a las crisis económicas. En este sentido, la organización mayoritariamente de mujeres y disidencias en los territorios donde se evidencian las desigualdades sociales, este tipo de cuidados permiten la reproducción social y la sostenibilidad de la vida.

Como conclusión, sostuvimos que el derecho al cuidado es un derecho autónomo que debe ser garantizado por los Estados en condiciones de universalidad, igualdad y no discriminación. Esto significa la revalorización del cuidado como derecho independiente que precisa tanto de la exigibilidad hacia el Estado, como de la corresponsabilidad y distribución, involucrando tanto al conjunto de la sociedad como al mercado. 

 

Ver Amicus Curiae

Ver Amicus Curiae – Red DESC

Ver Amicus Curiae – CLACAI

 

Autora

Carola Bertona

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org.