A pesar de contar con la Ley Nacional de Control de Tabaco, Argentina enfrenta desafíos para abordar de manera sólida e integral la epidemia del tabaquismo. Si bien la Ley es una herramienta valiosa, hoy no alcanza para hacer frente a las nuevas estrategias de la industria tabacalera. En este contexto, las provincias tienen la oportunidad de impulsar iniciativas para complementarla, mejorando los estándares de protección de la salud y las políticas de control de tabaco desde lo local. 

Pasaron 13 años desde la sanción de la Ley Nacional de Control de Tabaco, y aunque ha sido un importante punto de partida, en nuestro país aún fuma el 22% de la población adulta y el 20% de adolescentes, ocasionando casi 43 mil muertes al año. Además, anualmente la epidemia del tabaquismo le cuesta al sistema sanitario más de $1.5 billones de pesos para tratar las enfermedades relacionadas, y lo que el Estado gana con los impuestos al tabaco no alcanza para cubrir ni un quinto de este monto. 

La Ley Nacional establece la prohibición de fumar en espacios cerrados, dispone la obligación de advertencias sanitarias en los paquetes de cigarrillos y determina ciertas restricciones de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco. 

A pesar de ello, resulta insuficiente principalmente porque: 

  1. no incluye expresamente a los productos emergentes dentro de su alcance, como los cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado; 
  2. dispone una protección limitada de los ambientes libres de humo y 
  3. establece excepciones a las prohibiciones de publicidad, promoción y patrocinio. 

Ello implica brechas y grises en puntos importantes, que habilitan a la industria tabacalera a seguir desplegando todas sus estrategias de comercialización, con el objetivo de naturalizar la adicción y atraer a más consumidores, especialmente infancias y juventudes. Las estrategias más empleadas tienen que ver con la publicidad y exhibición de los productos en puntos de venta, la promoción en eventos masivos y redes sociales, y el lanzamiento de productos novedosos.

Cabe destacar que, a pesar de no estar incluidos los productos emergentes en la Ley Nacional,  los cigarrillos electrónicos, sí fueron incorporados en su reglamentación con el Decreto 602/2013, luego de haber sido totalmente prohibidos por la disposición 3226/2011 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Más adelante, la Resolución 565/2023 prohibió también la importación, distribución, comercialización, publicidad o cualquier modalidad de promoción de los productos de tabaco calentado. Sin embargo, esto no ha logrado impedir la comercialización y el consumo cada vez mayor de estos productos, sobre todo en adolescentes y jóvenes.

En este contexto, resulta urgente actualizar, fortalecer y ampliar la normativa existente de control de tabaco. La Ley Nacional debe ser reformada para lograr un mayor alcance y prohibir de manera completa las nuevas estrategias de márketing de la industria. Ahora bien, no solo el Estado Nacional tiene la responsabilidad de proteger la salud de la población. Los Estados  Provinciales también tienen un rol crucial en el diseño de políticas públicas que protejan la salud, y pueden implementar medidas efectivas e integrales para combatir el tabaquismo.

En distintos puntos del país, existen varias iniciativas impulsadas por las provincias para complementar la Ley Nacional de Control de Tabaco, avanzando incluso en lo que esta ley dejó por fuera y en los grises que las industrias tabacaleras han aprovechado. 

Estos avances se dan, principalmente, en tres áreas cruciales

    • Incorporación de productos emergentes en las leyes
    • Prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio, incluyendo la exhibición en puntos de venta.
    • Ampliación de la protección de ambientes libres de humo.

La inclusión de los productos emergentes en las normativas subnacionales de control de tabaco es un paso estratégico para, por un lado, contemplar y fortalecer en las provincias los estándares de protección que devienen del marco jurídico nacional, en particular la disposición 3226/11 y la Resolución 565/2023. Y, por el otro, garantizar que también se aplique a los productos emergentes la batería de medidas que se prevé para los cigarrillos tradicionales, especialmente, restricciones al marketing y protección de ambientes libres de humo.

Por su parte, la prohibición total de publicidad que incluya la exhibición de productos en los puntos de venta es una medida fundamental, ya que la Ley Nacional de Control de Tabaco expresamente habilita a las tabacaleras a realizar acciones de promoción y publicidad en estos lugares. Debido a su alta concurrencia, resultan estratégicos para exponer a las personas a imágenes y mensajes que posicionan al hábito de fumar como algo familiar y atractivo. Aprovechando estas excepciones legales, las industrias han redireccionado sus inversiones millonarias en marketing -que aumentan año a año-, hacia estos espacios.  

Por último, la ampliación de la protección de los ambientes libres de humo significa reducir al máximo posible la exposición al humo de tabaco ajeno, en tanto que también constituye un factor de riesgo en el desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles. En ese marco, la ampliación de esta protección a todo espacio cerrado público, incluyendo espacios de trabajo, culturales y deportivos, estaciones de transporte, instituciones de salud y educativas públicas y privadas, es fundamental. También, extender la protección a las áreas de juego y recreación para las infancias, estaciones aeróbicas y demás sectores para la práctica de deportes en plazas, parques y paseos públicos, deviene clave para proteger la salud de la población, específicamente de niñeces, adolescencias y juventudes. 

Las provincias en acción

En los últimos 12 años se han registrado avances en la sanción de normativas subnacionales que vale la pena destacar. La Pampa, Tierra del Fuego y Córdoba, lograron sancionar normativas más integrales de control de tabaco; mientras que provincias como Entre Ríos y Mendoza, si bien mejoraron sus estándares de protección, lo hicieron sólo respecto a un ámbito específico de regulación.

La Pampa

La Pampa fue pionera en ampliar las disposiciones que la Ley Nacional de Control de Tabaco tiene sobre la prohibición de publicidad. Así, sancionó en 2012 la Ley N° 2.701 que prohíbe:

  • Todo tipo de promoción y publicidad directa e indirecta de los productos de tabaco, cualquiera sea su medio de difusión. 
  • A la industria, auspiciar eventos y participar en ellos con indumentaria publicitaria. 
  • Consumir productos de tabaco en todo espacio cerrado, ya sea público o privado; y también en cualquier área de establecimientos de atención de la salud y educativos. 

A su vez, en 2021, mediante la Ley N° 3392 se incluyó dentro de sus alcances a todos los dispositivos electrónicos con o sin administración de nicotina, y los que se desarrollen en el futuro. De esta manera, la definición de “consumo de tabaco” también abarca a estos productos emergentes. Además, se prohibió la exhibición de todos los productos en puntos de venta. 

Tierra del Fuego

En 2017, Tierra del Fuego modificó su Ley Provincial de Control de Tabaco mediante la ley 1.203. Allí se prohíbe de forma completa la publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco, incluyendo la exhibición de los productos en los lugares de comercialización. La normativa también abarca de manera específica a los cigarrillos electrónicos y a los productos de tabaco calentado, aplicándoles todo el marco regulatorio de los cigarrillos tradicionales. 

Córdoba

En 2019, Córdoba aprobó la Ley 10.661, que amplía la Ley N° 9113 del Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo. Esta normativa contempla:

  • La prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, incluyendo la exhibición en puntos de venta. 
  • Se equiparan las restricciones al cigarrillo electrónico y dispositivos similares. Así, su utilización en espacios cerrados y venta a menores de 18 años, también está prohibida.

Entre Ríos

Esta provincia tomó medidas legislativas para combatir el tabaquismo adhiriéndose a la Ley Nacional en el año 2021 y derogando así la Ley Provincial 9.862 de Control de Tabaco. De esta manera, se mejoró la protección de ambientes libres de humo, en tanto que la 9.862 contemplaba excepciones y permitía fumar en las salas de juegos de azar. 

A su vez, esta normativa amplió su objeto al comprender no sólo a los productos elaborados total o parcialmente con tabaco, sino también a los dispositivos electrónicos con o sin administración de nicotina. 

Mendoza

En mayo de 2024, Mendoza incorporó el artículo 1 bis a la Ley Nº 8382 de adhesión a la Ley Nacional de Control de Tabaco, en virtud del cual se establece la prohibición de fumar en las salas, balcones y terrazas de los casinos, ampliando el alcance de los ambientes libres de humo. 

Necesitamos mejores leyes y más fiscalización

En los últimos años, fueron muchas las provincias que presentaron proyectos de ley para restringir la publicidad de tabaco, ampliar los ambientes libres de humo y regular los productos emergentes. Estos esfuerzos reflejan un compromiso continuo con la mejora de la salud y la calidad de vida de la ciudadanía. 

En este marco, desde la sociedad civil valoramos las leyes sancionadas, así como los diversos proyectos presentados, y alentamos a que estos avances a nivel subnacional puedan receptar una perspectiva integral. En este sentido, consideramos primordial que un mismo instrumento legal pueda avanzar con mejoras en al menos las tres aristas mencionadas, para lograr una sinergia entre todas las medidas propuestas, que facilite su implementación y, sobre todo, contribuya a un abordaje más efectivo de la epidemia del tabaquismo. 

Así mismo, entendemos que el dictado de normativas no es la única solución si queremos lograr un abordaje efectivo de esta problemática en el país. La adecuada fiscalización y sanción por incumplimientos a las leyes, es fundamental para que las políticas de control de tabaco tengan un impacto real. 

La industria sobrepasa las normas prohibitivas de exhibición en puntos de venta constantemente. También incumple la prohibición de publicidad utilizando estanterías y carteles luminosos visibles desde el exterior del local, que permiten captar con facilidad la atención de las personas. 

Los ambientes libres de humo, por otro lado, no siempre son respetados. Especialmente en bares o locales bailables. También, los productos emergentes suelen ser utilizados en estos espacios cerrados, demostrando la falta de concientización sobre sus peligros. Ante esta situación, necesitamos garantizar la adecuada implementación de la normativa existente, mejorando los mecanismos de fiscalización por parte del Estado y facilitando las vías de denuncia ciudadana. 

Como puede verse en los ejemplos mencionados, la lucha contra el tabaquismo no solo se trata de cumplir con el marco jurídico nacional, sino que hay opciones para ir más allá tomando medidas proactivas e integrales. De esta manera, alentamos al involucramiento de todos los actores sociales y políticos para que sean cada vez más las provincias que se comprometan a mejorar sus políticas de control de tabaco, para defender la salud y la calidad de vida de toda su población.

Las provincias tienen el poder, pero también la responsabilidad, de impulsar e implementar mejores estrategias para combatir el tabaquismo.

 

Consultá la infografía sobre lo que las provincias pueden hacer para detener la epidemia del tabaquismo acá.

 

Más información

Autora

Clara Díaz Yofre 

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Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

En el Día Mundial Sin Tabaco, volvemos a pedir que el desarrollo y la implementación de políticas de salud pública estén libres de la interferencia de las tabacaleras. Es urgente que el Estado argentino priorice el bienestar y la salud de su población, y en especial de quienes son el foco de las estrategias de marketing de esta industria, es decir, las infancias y juventudes

Los productos de tabaco y nicotina son letales. De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), más de 8 millones de personas mueren al año a causa del consumo de estos productos y 1,3 millones de personas fallecen por tan sólo estar expuestas al humo ajeno. Por su parte, el contexto epidemiológico de Argentina no se queda atrás. Según la última Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes (2018), nuestro país tiene una de las tasas de prevalencia en la adicción al tabaco más altas de la región: el 20,2% de les adolescentes fuma. Como si eso fuera poco, la edad de iniciación en el consumo ya se sitúa entre los 12 y 15 años. 

Pese a que es bien sabido que el tabaco mata hasta la mitad de quienes lo consumen, los Estados son permeables (y hasta a veces cómplices) al gran abanico de estrategias de interferencia que despliegan las tabacaleras. En términos generales, estas estrategias buscan obstaculizar los procesos de avance de normas más protectorias del derecho a la salud, socavar los marcos regulatorios existentes, sacar provecho de ciertos vacíos legales, así como de la ineficacia de los mecanismos de control de los Estados y, por último, -el propósito mayor- lograr incrementar sus ganancias y generar las condiciones necesarias para garantizar la sostenibilidad de sus negocios. 

En Argentina, la interferencia de la industria tabacalera se hace presente, principalmente, a través del lobby permanente y sostenido en autoridades del Estado Nacional y las provincias, el saboteo de procesos legislativos, la tergiversación de evidencia científica junto a la construcción de narrativas confusas que buscan posicionar sus productos como de riesgo reducido y la generación de amenazas económicas frente al desarrollo de políticas que pretenden regular su actividad. 

Sin ir más lejos, los tires y aflojes que se están dando en el marco del debate por el proyecto de ley Bases en el Congreso Nacional que, entre otras cosas, implica una reforma en la estructura impositiva en los productos de tabaco, son un claro ejemplo sobre la manera en que se materializa esta interferencia. Tanto los intercambios entre legisladores como las coberturas mediáticas se han focalizado en los perjuicios económicos que sufriría una u otra tabacalera en caso de avanzar la reforma, sin que ocupe un lugar central el impacto negativo que sufriría la salud pública con una modificación impositiva de estas características -que habilita la presencia de cigarrillos muy baratos en el mercado, obstaculizando la reducción del consumo- y, menos que menos, el gran escándalo que representa que en la toma de decisiones del poder público intervenga (o mejor dicho, ejerza un rol decisivo) cualquier industria tabacalera.  

Si bien este ha sido el caso de interferencia que, en los últimos días, ha adquirido mayor notoriedad, también es posible encontrar otros casos que revelan que el avance hacia mejores marcos regulatorios es, históricamente, un proceso minado de obstáculos. En este sentido, se destacan los numerosos proyectos de normas  que, tras la sanción de la Ley Nacional de Control de Tabaco en el año 2011, se presentaron en el Congreso Nacional con el propósito de fortalecer la respuesta del Estado argentino ante las tácticas de mercadeo de la industria tabacalera. Pese a las distintas presentaciones por parte de diversos partidos políticos y los importantes esfuerzos de la sociedad civil por impulsarlos, ninguno de ellos alcanzó tratamiento legislativo, perdiendo su estado parlamentario. 

En esta misma línea, merece especial mención la gran cantidad de intentos fallidos por lograr que el Estado argentino ratifique el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT). Un relevamiento de las bases de datos de la Cámara de Diputados y Senadores de la Nación arrojó que, entre 2003 y 2022, ingresaron 33 proyectos de ley –15 en el Senado y 18 en Diputados–, postulando la adhesión al Convenio Marco y sin que ninguno de ellos lograra llegar al plenario. Este instrumento y la ratificación por parte del Estado Nacional, resulta necesaria y urgente en tanto que permitiría contar con un marco integral para la implementación de políticas dirigidas a reducir la oferta, la demanda y, los daños sanitarios, sociales y ambientales causados por los productos de tabaco y nicotina.Además, proporcionaría herramientas eficaces para proteger las políticas de salud pública contra los intereses comerciales de las tabacaleras, así como de los individuos u otras organizaciones que trabajen para promover los intereses de esta industria. Aún cuando las implicancias positivas y estratégicas de ser parte del Convenio Marco son más que evidentes, nuestro país es el único de Sudamérica y uno de los pocos del mundo que todavía no lo es. 

Dicho esto, cabe preguntarse: ¿cuáles son las consecuencias de permitir el despliegue y la injerencia de estas prácticas al interior de los Estados y, particularmente, del Estado argentino? ¿quiénes verdaderamente se perjudican? 

Si bien nuestro país cuenta con un marco regulatorio que en materia preventiva ha adoptado ciertas restricciones al marketing, la protección a los ambientes libres de humo y la prohibición a los productos emergentes (como los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado), lo cierto es que estas normativas han quedado desactualizadas frente a una industria que se renueva permanentemente y que destina millones de dólares en amplificar y diversificar sus estrategias de mercadeo. A ello se le añade la cuasi inexistencia de mecanismos de fiscalización por parte del Estado, que impide la identificación de violaciones a las normativas existentes, la aplicación de sanciones a sus infractores y, en definitiva, un grave debilitamiento de los avances que -tras muchísimos esfuerzos- la población argentina logró conseguir en materia políticas de control de tabaco.

Esta situación es especialmente crítica para la protección de las infancias y juventudes, quienes, a razón de encontrarse en una etapa de formación y desarrollo, son altamente vulnerables a las prácticas manipuladoras de la industria tabacalera. Esto se profundiza si los marcos regulatorios y las respuestas estatales son insuficientes para combatirlas. 

Las estrategias de la industria son diversas. El lanzamiento de productos novedosos y sofisticados, la construcción de narrativas que los posicionan como la “alternativa” para dejar de fumar, la organización o presencia en eventos masivos o fiestas, y el uso de redes sociales junto la contratación de influencers para su promoción tienen un único fin: naturalizar -especialmente entre jóvenes- el consumo de los productos de tabaco y nicotina, crear una nueva generación de consumidores y mantener un público cautivo entre quienes ya padecen de esta adicción.   

No hay dudas de que la interferencia de la industria tabacalera socava los esfuerzos dirigidos a reducir la epidemia del tabaquismo en nuestro país. Por eso, reiteramos que la ratificación del CMCT por parte del Estado argentino representaría un paso fundamental para revertir esta situación, así como también un compromiso firme con la salud y calidad de vida de su población más joven. 

Proteger las políticas de salud pública frente al acecho de los intereses corporativos de esta industria constituye el aspecto más desafiante del control del tabaco y, al mismo tiempo, el más urgente y necesario. La población argentina necesita del compromiso por parte de todos los actores sociales y fuerzas políticas para que se prioricen sus derechos. Ya no es posible seguir esperando.

Autoras

Clara Díaz Yofre

Maga Merlo Vijarra 

 

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

Este viernes 24 de mayo, se desarrolló el encuentro «Córdoba tiene impacto: Conversatorio por los derechos en disputa» con la participación de más de 100 personas en el Museo de Antropologías. Fue organizado por Fundeps, con la adhesión de más de 30 espacios.

Durante tres horas, se desarrollaron reflexiones en torno a:

  • cómo la reducción del gasto público afecta a la educación universitaria, el sistema científico-tecnológico,  a los sectores populares y a los medios de comunicación;
  • las consecuencias de la propuesta de reforma previsional y laboral, con foco en trabajadoras de casas particulares; y la inconstitucionalidad del DNU 70/23.
  • las regresiones normativas en relación a la explotación de recursos naturales, cómo viven las comunidades estas desregulaciones y el impacto ambiental del Régimen de Grandes Inversiones (RIGI)

El conversatorio reunió a referentes de diversos ámbitos, incluyendo la academia, organizaciones sociales, comunidades, medios de comunicación y sindicatos. 

Un evento con diversas voces y perspectivas que nos ayudan a entender algunos de los desafíos que enfrentamos y cómo construir estrategias colectivas frente a la regresión de derechos.

En situaciones de crisis multidimensional, como la que atraviesa nuestro país, quienes más sufren son los sectores de menores ingresos y en particular las niñas, niños y adolescentes. El retraimiento del Estado y la desregulación económica, implican una mayor desprotección. Garantizar el derecho básico a una alimentación adecuada, en este contexto, se vuelve urgente. Entonces nos volvemos a preguntar: ¿qué podemos y que debemos exigirle al Estado en materia de alimentación? ¿Tiene sentido cuestionarnos qué tipo de alimentos queremos que haya en nuestras ollas? ¿O tenemos que conformarnos con “lo que hay”?

En Argentina, la inflación continúa en aumento. El índice del Observatorio de la Deuda Social de la UCA (Universidad Católica Argentina), arrojó que la población que no llega a cubrir sus necesidades básicas de alimentación pasaron del 9,4% a finales del tercer trimestre de 2023, al 15% en enero, y que la pobreza afecta a un 57% de las personas de este país. A su vez, el Indec informó que la Canasta Básica Alimentaria (BCA) aumentó 18,6% en enero y 296,4% en los últimos doce meses, por encima de la inflación (254,2%). Mientras que, según el Índice Barrial de Precios (IBP) del Instituto de Investigación Social, Económica y Política Ciudadana (ISEPCi), los precios de los alimentos se incrementaron en hasta un 69,7% desde el pasado diciembre. Estas cifras son el reflejo de un sensible incremento de la indigencia y de la pobreza. 

A esta información, le sumamos aquella que ya nos alertaba: la calidad de vida de la población argentina viene deteriorándose progresivamente. El 73,4% de las defunciones se deben a Enfermedades Crónicas No Transmisibles, éstas son  responsables del 52% de los años de vida perdidos por muerte prematura y del 76% de los años de vida ajustados por discapacidad. La alimentación adecuada es uno de los principales factores de riesgo.

A pesar de las estadísticas y el contexto, el gobierno nacional a pocos días de iniciar el año 2024, decidió interrumpir por completo el suministro de alimentos a los comedores populares. Numerosas las organizaciones a diario denuncian que “las ollas están vacías”, “es urgente y necesaria la emergencia alimentaria” y “no hay libertad cuando no hay nada en la mesa”, así como la doble carga que deben soportar: en momentos que menos tienen para ofrecer, es cuando más personas llegan en busca de un plato de comida.

Este marco nos incita a reflexionar sobre las condiciones mínimas que debemos garantizar, como la vida y la dignidad humana, para que tenga sentido hablar de derechos como la libertad. También volver a conversar sobre el rol que debe cumplir el Estado para garantizar estos derechos. La noción de que un Estado presente es necesariamente abusivo, choca contra lo que la realidad expone: los derechos carecen de satisfacción en ausencia de un Estado que vele por su protección mediante políticas efectivas. 

La alimentación es una de las necesidades humanas más básicas y se encuentra íntimamente ligada a la vida y la salud de las personas. Dado su carácter esencial e indispensable, fue reconocida como un derecho humano fundamental en diversos tratados internacionales de derechos humanos que hoy en nuestro país gozan de jerarquía constitucional. Esta consagración normativa hace surgir en cabeza del Estado obligaciones jurídicas imperativas y exigibles de: respetar, proteger y garantizar el efectivo cumplimiento de este derecho. 

Políticas alimentarias en Argentina

En nuestro país, la problemática alimentaria, desafortunadamente, no es una novedad. Al hacer un análisis retrospectivo es posible observar en diferentes períodos históricos grandes crisis y tensiones políticas respecto al rol del Estado como garante de este derecho.

Previo a la reforma constitucional de 1994, el desarrollo del derecho a la alimentación se encontraba en gran medida subordinado al derecho laboral y al salario digno, ya que imperaba una lectura privatista de los derechos y obligaciones alimentarias. Sin embargo, en los 80 comenzó a tomar fuerza un abordaje político-social diferente. Dado el contexto de necesidad que se vivió luego de los años de dictadura militar, se empezó a hablar de emergencia alimentaria, un paradigma basado en políticas de corte asistencialista que ha imperado hasta nuestros días.

Su consolidación normativa se dió en 2002 cuando, en respuesta a una de las crisis más agudas que ha sufrido nuestro país, se declaró la Emergencia Alimentaria Nacional reconocida por el Decreto Nº 108 (15/01/2002) que ha sido prorrogada sin interrupciones hasta la actualidad, y que fue dispuesta con el fin de atender las necesidades básicas alimentarias de la población en condiciones de vulnerabilidad y con riesgos de subsistencia.

Al poco tiempo, fue sancionada la ley 25.724 de Declaración de Emergencia Alimentaria Nacional que instituyó el Programa Nacional de Nutrición y Alimentación, conocido como Plan Nacional de Seguridad Alimentaria “El Hambre más urgente” (PNSA), destinado a cubrir los requisitos nutricionales mínimos de grupos en situación de extrema vulnerabilidad. Esta ley constituye hasta el día de hoy la principal política alimentaria de nuestro país. 

De la emergencia alimentaria a la alimentación adecuada

A más de 20 años de su entrada en vigencia, sobra evidencia y bibliografía para dar cuenta de las importantes limitaciones y deficiencias que presenta este paradigma, que limita el tratamiento de la cuestión alimentaria a un nivel básico de satisfacción de necesidades calóricas mínimas. Y, por lo tanto, su incapacidad de generar transformaciones estructurales que permitan avanzar hacia un estado de seguridad y soberanía alimentaria. También el grave impacto en la salud que puede implicar que los programas alimentarios que se han constituido, tanto a nivel nacional como provincial, no cuenten con buenos criterios y estándares nutricionales. Esto tiene que ver con que las estrategias de emergencia suelen obviar las múltiples facetas que abarca la problemática de la alimentación en su complejidad, incluyendo la llamada “triple carga” de la malnutrición: el hambre y la desnutrición, la deficiencia generalizada de micronutrientes y la malnutrición por exceso. Esta requiere ser abordada como un problema sanitario vinculado con el consumo de productos alimenticios ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos.   

Esta falta vino a ser cuestionada por la ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, sancionada en 2021. 

El amplio proceso legislativo que se impulsó para lograr la sanción de esta ley generó un movimiento fundamental en el debate público sobre la alimentación en nuestro país. Esta ley se ha constituído como un puente entre las políticas que atienden problemáticas alimentarias históricas, como el hambre y la desnutrición; y las que buscan revertir las problemáticas alimentarias modernas, vinculadas a la malnutrición por exceso y las enfermedades crónicas que son causadas por la mala calidad de los productos alimenticios que se consumen en la actualidad. Esta última afecta a toda la población ya que se vincula a la transformación de los patrones alimentarios, aunque las encuestas indican que la mayor prevalencia se encuentra en los sectores económicos de menores ingresos. Por su parte, el problema del hambre se encuentra ligado directamente a la pobreza. 

La ley de Promoción de la Alimentación Saludable, si bien no aborda de manera directa el problema de la falta de alimentos, sí establece medidas que son fundamentales para la transformación de los sistemas alimentarios que directa o indirectamente, abonan a una mayor seguridad y soberanía alimentaria y generan una mejoría en la calidad de la asistencia alimentaria. Por ejemplo, exige al Estado que las compras públicas de alimentos que se destinan a comedores donde asisten niños, niñas y adolescentes, a dependencias estatales y a programas alimentarios, se compongan de alimentos saludables que no presenten sellos de advertencia (es decir, que no tengan exceso de azúcar, sodio, grasas, ni edulcorante o cafeína). También establece la importancia de incentivar el desarrollo de la agricultura familiar, campesina e indígena. 

De esta manera, la ley se posiciona por un lado, como un instrumento valioso para impactar positivamente en la salud de los sectores más vulnerables de la población, quienes son los que se encuentran más expuestos al consumo de productos procesados y ultraprocesados. Y por el otro, para comenzar a transformar la manera en que el Estado argentino, históricamente, ha construido sus políticas alimentarias y, más específicamente, en su aspecto más urgente, es decir el hambre. Por fin, a la hora de pensar qué comen quienes menos tienen, se puso sobre la mesa la necesidad de incorporar criterios nutricionales y no sólo cantidad de calorías.   

En este marco, se instalaron preguntas claves acerca de qué estamos comiendo; sobre cómo se producen los alimentos que llegan a nuestra mesa; sobre la relación que existe entre lo que consumimos y las enfermedades que contraemos, a cada vez más temprana edad. Preguntas sobre qué se les ofrece a las infancias y adolescencias en las escuelas, que en muchos casos constituye la base de su alimentación. También se habilita la pregunta sobre quiénes son los proveedores del Estados y a qué tipo de producción queremos apoyar.

Este debate y la conquista de esta ley, que ha tenido por protagonista a la sociedad civil,  ha significado un avance inmenso en las discusiones y las políticas alimentarias de nuestro país, y sobre todo brinda herramientas técnicas y legales para lograr una mejor protección de los derechos a la alimentación adecuada y a la salud de toda la población. La sociedad en general se hizo eco de la idea que ya no se trata de llenar panzas si no de nutrir cuerpos y mentes sanas, volver a nutrirnos cultural y afectivamente. Y que de acuerdo a los instrumentos de derechos humanos adoptados por nuestro país, es el Estado quien debe garantizar que así sea. 

Exigir los mínimos sin renunciar a los máximos

Actualmente, estos avances históricos se encuentran en grave riesgo, así como también está en riesgo el acceso mismo a alimentos por gran parte de la población debido a la crisis económica que atraviesa el país y, sobre todo, por las políticas de desabastecimiento que vienen sufriendo los comedores comunitarios y los programas de asistencia alimentaria. 

El avasallamiento de derechos sociales busca echar atrás los avances logrados en estos años en torno al debate sobre la calidad de los alimentos porque, ante la falta de condiciones mínimas de alimentación, las necesidades inmediatas se imponen y la necesidad de transformaciones estructurales quedan en un segundo plano. 

Ahora bien: ¿Es posible que aún en contextos de crisis podamos pensar la problemática alimentaria de manera integral y no lineal? ¿Es posible exigir que se implementen de manera urgente las políticas de emergencia alimentaria y a la vez que se priorice la compra de alimentos saludables para los comedores populares? Claro que sí. No sólo es posible sino que es necesario. Pelear por los mínimos sin renunciar a los máximos es la forma de defender los avances alcanzados, los derechos conquistados. 

Los efectos en la salud que han arrojado las políticas alimentarias meramente paliativas son irreversibles para millones de personas que han contraído enfermedades crónicas y discapacidades de diferentes tipos. Hoy conocemos las graves consecuencias en la salud que trae el consumo de ciertos productos con exceso de nutrientes críticos, así como la falta de variedad en la alimentación diaria, el escaso consumo de frutas y verduras. Por eso, no podemos conformarnos con “lo que hay”, no podemos renunciar a los derechos conquistados y los avances en el debate sobre el tipo de alimentación que necesitamos para desarrollarnos y vivir dignamente. 

La satisfacción del derecho a la salud, a la alimentación adecuada, a una vida digna no puede quedar en manos del mercado, y los alimentos no pueden tratarse como una mercancía. Es urgente que el Estado garantice que todas las personas puedan acceder a alimentos dignos, de calidad y en cantidad suficiente. La alimentación de calidad debe ser un derecho y no un privilegio. 

 

*Fuente de la imagen: Colectivo Diciembre

 

Autoras

Maga Merlo Vijarra

María Laura Fons

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Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

Nos llena de orgullo compartir el Anuario 2023, un recorrido por nuestro trabajo, logros y aprendizajes durante el último año. 

Durante 2023 llevamos a cabo diversas acciones. Desde reuniones de incidencia política y presentaciones judiciales, hasta investigaciones, congresos y talleres,   campañas de comunicación y más. Cada acción refleja nuestra determinación para transformar la sociedad y defender los derechos humanos.

Además,  a fines del año pasado, experimentamos un cambio importante en nuestra dirección. Carolina Tamagnini, quien ha liderado la Fundeps durante los últimos 4 años, dejó la Dirección Ejecutiva para sumarse al Consejo de Administración y en su lugar, Mayca Balaguer asumió como nueva Directora. 

Este cambio marca no solo una transición en el liderazgo, sino también un momento de fortalecimiento y renovación institucional, consolidando un equipo dinámico y capaz de responder a las demandas emergentes, creciendo tanto institucionalmente como en impactos. 

Lo que comenzó como una iniciativa en 2009, hoy se ha convertido en una organización sólida e involucrada en la defensa de los derechos humanos. ¡Y en este 2024 festejamos 15 años! 

Porque confiamos en que la mejor manera de realizar nuestro trabajo es en red y de forma colectiva, agradecemos a las organizaciones, comunidades y personas que fueron parte de estas iniciativas. Celebramos con ustedes nuestro progreso y les invitamos a conocer el Anuario 2023: la memoria colectiva de nuestro compromiso por una sociedad más justa, equitativa, sostenible y democrática.

VER ANUARIO 2023

Se presentó en la Legislatura de Córdoba un proyecto para promover la alimentación saludable que adhiere a la ley nacional de etiquetado frontal. La iniciativa establece escuelas libres de sellos, favorece la compra pública de alimentos saludables y crea una comisión de monitoreo integrada por organizaciones de la sociedad civil, entre otras cosas. 

El 16 de agosto ingresó a la Legislatura de Córdoba un proyecto de adhesión a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS), más conocida como “ley de etiquetado”, que presenta los mejores estándares entre las leyes de adhesión sancionadas hasta el momento. Se logró a partir del trabajo colaborativo entre el equipo del legislador Miranda y la legisladora Labat,  junto con el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Córdoba y Fundeps. Espera contar con el apoyo de todos los bloques que consideren prioritario defender la salud pública y el acceso a una alimentación adecuada para todas las personas consumidoras y, fundamentalmente, de las infancias. 

Para entender la importancia del avance subnacional en relación a la ley nacional de etiquetado frontal debemos dirigirnos, no sólo a la letra de la ley sino también a su puesta en práctica. El texto explícitamente obliga a las provincias a garantizar la implementación de la ley en sus territorios, pero no dice cómo. No manda a adherir. Por eso, al momento de la sanción y reglamentación de la ley nacional, se instaló la pregunta sobre ¿es necesario que las provincias adhieran? ¿Qué deben y qué pueden hacer las provincias para garantizar el efectivo cumplimiento de estos derechos fundamentales reconocidos? ¿Cómo garantizar la igualdad en el goce de estos derechos en todo el territorio? Pese a los interrogantes, lo que no se puso en cuestión es que la norma nacional es obligatoria en todo el país más allá de las estrategias que defina la provincia. 

Es importante resaltar que la norma se propone abordar la cuestión alimentaria de una manera integral y transversal. Por este motivo, no sólo introduce el etiquetado frontal que permite advertir sobre la verdadera composición de lo que se está consumiendo, sino que también regula aspectos como: entornos escolares saludables, educación alimentaria nutricional, estrategias de marketing de las industrias alimentarias, las compras públicas realizadas por el Estado, etc. Es por ello que se reconoce esta ley como una especie de sutura de la gran dispersión normativa que existe en la regulación del derecho a la alimentación en Argentina, y también es vista como una ley modelo de la región. 

Ahora bien, la puesta en práctica de todos estos componentes de la ley puso en el centro los desafíos propios del federalismo y el sistema de distribución de competencias, y exige la articulación entre diferentes ministerios, organismos y niveles de gobierno. En este escenario el dictado de normas de adhesión o complementarias surgió como el mejor camino para asegurar la plena implementación de todas las medidas que la ley establece, y así proteger efectivamente la salud de la población.

Al día de la fecha contamos con sólo 7 provincias adheridas, lo que según el mapa normativo del etiquetado en Argentina refleja el 63,3 % de avance a nivel nacional, y ello tiene que ver con que ninguna de las normas regulan la implementación de los diferentes componentes de la ley que lo requieren.

El proyecto de ley en Córdoba

En este escenario el proyecto de ley presentado en Córdoba aparece como modelo a seguir por el resto de las provincias. Propone una regulación local amplia e integral, que asegura la aplicación efectiva de todas las medidas que dispone la ley nacional. Es así que no sólo asume la responsabilidad de controlar y fiscalizar el cumplimiento del etiquetado frontal de los productos alimenticios y de las regulaciones nacionales sobre publicidad, promoción y patrocinio de estos productos, sino que amplía el alcance de la restricciones sobre publicidad en los ámbitos de jurisdicción local, como son los puntos de venta y la vía pública. También define qué se entiende por publicidad dirigida a niñes  y adolescentes, subsanando una importante deficiencia de la normativa nacional. Así, el texto logra una plena protección del entorno ante las estrategias de marketing que agresivamente incentivan la compra de productos que dañan la salud. 

También, se pronuncia respecto a los dos componentes cruciales que requieren el accionar de las provincias. 

  • Sobre entornos escolares: prohíbe la oferta, venta y publicidad de productos con sello dentro de las escuelas de todos los niveles, formales e informales y exige la oferta permanente y gratuita de agua potable ; dispone la inclusión de educación alimentaria en las currículas escolares y en los planes de formación docente; establece que en los comedores escolares se debe priorizar la oferta de alimentos frescos o mínimamente procesados y que provengan de agricultores locales; y dispone que los menú sean diseñados por profesionales de la nutrición y se realicen mejoras en la infraestructura escolar.
  • Sobre compras públicas: el proyecto recepta el criterio de la ley nacional y prioriza la compra de alimentos saludables en todo tipo de contrataciones y programas alimentarios. Prioridad que se torna absoluta si las personas destinatarias son niñes y adolescentes. 

Otros puntos a destacar de la normativa propuesta tiene que ver con la definición del Ministerio de Salud como autoridad de aplicación en coordinación con otros ministerios involucrados. Esto es fundamental para que todas las medidas que se tomen en los diferentes ámbitos sean planteadas desde un enfoque de salud pública. También consideramos un acierto la disposición de vías de denuncias, sistemas de sanciones y registro de infractores a nivel local, que permiten reforzar los mecanismo nacionales que vienen presentando ciertas limitaciones en la práctica.

Otro punto de interés, que tiene que ver con fortalecer la disponibilidad de alimentos saludables, es el incentivo al consumo de alimentos no procesados y naturales producidos por economías regionales y agriculturas campesinas, indígenas (y/o) familiares.

Finalmente, queremos hacer hincapié en que el proyecto dispone la creación de una Comisión de Consumidores integrada por organizaciones de la sociedad civil, de consumidores y colegios de profesionales que tengan como objeto la protección de los derechos involucrados. Comisión que garantiza la participación ciudadana en el monitoreo de la implementación de la ley y en la elaboración de políticas complementarias. 

Por estos motivos resulta una ley de avanzada para la promoción de la alimentación saludable en la provincia. Puede sentar el camino a seguir por otras provincias que no se han pronunciado y también para que las provincias con adhesiones simples dicten normas complementarias que aseguren el cumplimiento integral de esta política de salud pública que está siendo referencia en la región. 

Invitamos a la ciudadanía a apoyar y seguir el proceso de tratamiento de la ley en la legislatura. Es fundamental su involucramiento para que la balanza no se incline en favor de los intereses de las grandes industrias de alimentos y sean protegidos los derechos de la población y fundamentalmente de las infancias, a gozar de una vida sana y una alimentación saludable.

Accedé al proyecto de ley 

Más información

Ley de Etiquetado: es el tiempo de las provincias

Autora

María Laura Fons

Contacto

Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org 

Sabemos que en pocos días toca volver a las urnas, esta vez a la elección de presidencia y legisladores nacionales, según lo que se vote en tu provincia. La información que circula es mucha, y la desinformación también. Por eso, te dejamos acá un test para que puedas identificar red flags (banderas rojas, alertas) sobre las propuestas de los distintos espacios y candidatos/as y pensar tu voto desde los derechos humanos. ¿Te animás a contar las que encontrás en las ideas de tu candidato/a?

1. Amenaza a la gratuidad de servicios esenciales: Argentina es un modelo a seguir por su educación pública de calidad y su cobertura de salud universal y gratuita. Si bien en algunos casos depende de las provincias y seguramente hay mucho espacio para mejorar, la garantía de derechos tan básicos es parte fundamental de nuestra calidad de vida. ¿Vos o alguien cercano fue a una escuela pública o pública de gestión privada?  ¿O asististe alguna vez a una clínica pública u hospital? ¿Cómo sería tu vida o la de tu gente cercana sin esas posibilidades? 

2. Cuestiona el proceso de Memoria, Verdad y Justicia: uno de los consensos más fuertes de la vuelta de la democracia es que no queremos nunca más gobiernos autoritarios ni terrorismo de Estado. Los procesos de investigación, con evidencia judicial y científica, y los juicios a las juntas, dieron cuenta del plan sistemático de las fuerzas armadas para exterminar activistas estudiantiles, sindicales y  a través de la  persecución política, el secuestro, la desaparición de personas, la creación de centros clandestinos de detención, tortura y asesinato durante los 70s y 80s. No hay lugar a discusión sobre los crímenes cometidos por los militares y sus cómplices civiles de entonces. 

3. Niega la evidencia sobre el cambio climático: el planeta se está incendiando, en Córdoba esto es literal. Durante las últimas décadas es abrumadora la evidencia científica en relación a que el comportamiento humano y los niveles de consumo redundan en más gases de efecto invernadero en la atmósfera, subidas de las temperaturas globales y consecuencias negativas como inundaciones, sequías, tormentas y fenómenos climáticos extremos. Negar esto sólo nos deja más vulnerables a lo que es inminente. El cambio climático ya está acá y hay que adaptarnos a él, mientras mitigamos sus efectos.

4. Subestima las políticas que promueven la igualdad de oportunidades: las brechas salariales y las desigualdades de género son una realidad. El premio Nobel de economía de este año lo recibió una mujer que se dedicó a demostrar esto.  Por más que el mercado laboral tome conciencia de la dimensión de las brechas, las políticas públicas todavía son necesarias para avanzar en la reducción de estas y otras desigualdades. Es fundamental que el Estado valore el aporte de las mujeres para el cuidado de las vidas, garantice servicios de cuidados y alivie la carga de tareas de las cuidadoras, y que también promueva su participación en la economía 

5. Desconoce la violencia de género: entre enero y agosto de este año se registraron en nuestro país 224 víctimas de violencia de género – 204 femicidios, 3 trans/travesticidios y 17 femicidios vinculados de varones adultos y niños – según el informe del Observatorio de Femicidios en Argentina «Adriana Marisel Zambrano». En ocho meses casi se alcanza el total de casos del año 2022. Esto demuestra la importancia y la urgencia de que el Estado reconozca la dimensión de la problemática, y fortalezca todas las regulaciones y medidas que protejan especialmente a estas poblaciones que han sido histórica y sistemáticamente  vulneradas.

6. Desconoce los acuerdos internacionales: Argentina está integrada al mundo a través de múltiples organismos, tratados y acuerdos. El sistema de Naciones Unidas tiene amplio reconocimiento internacional como foro de cooperación entre países y para el avance de los derechos. El Acuerdo de París y los Objetivos del Desarrollo Sostenible son marcos de gobernanza global que han demostrado ser útiles y la tendencia es hacia su cumplimiento, no hacia su desconocimiento y desintegración de los sistemas de gobernanza globales. 

Si encontraste que un candidato o candidata tiene una o más red flags, lamentablemente, tu voto no es con el cuidado de la democracia y los derechos, ni con la sostenibilidad de las vidas humanas y del ambiente. A continuación te invitamos a reflexionar al respecto.

¿Y si nadie me convence y quiero que se rompa todo de una vez?

Primero y principal, es importante que ejerzas tu derecho al voto. Puede que ninguna opción te convenza del todo, o que estés completamente decepcionade de las opciones para la presidencia. Sin embargo, nuestra democracia de apenas 40 años necesita de nuestra participación y en contextos tan revueltos, tu voto no da lo mismo. Este domingo andá a votar e incentivá a otres a que lo hagan, cada voto vale. 

Está claro que tenemos muchos problemas en lo económico y que las condiciones de vida empeoran a causa de la inflación, empleo informal, bajos salarios y altos niveles de endeudamiento en los hogares. Y todo esto duele, porque precariza nuestras vidas, nuestro acceso a los alimentos y a la vivienda. Las respuestas radicales pueden sonar tentadoras en este contexto, pero los costos en materia de derechos son muchos y son altos, por eso te invitamos a votar y a pensar tu voto.

También te invitamos a que puedas involucrarte y discutir reformas del Estado, porque sabemos que no alcanza, que mucho de lo que existe hoy en día no funciona, que en ocasiones reproduce desigualdades en lugar de reducirlas. La democracia que supimos construir y lo público es de todos, todas, todes (como más te guste) y hay que cuidarla. No da lo mismo romper todo que pensar futuros comunes posibles, participar como ciudadanía activa en distintos espacios civiles, políticos o en organizaciones sociales, y en este contexto particular, votar opciones que no atenten contra nuestros derechos fundamentales. 

Si querés saber más sobre las distintas propuestas, te compartimos algunas iniciativas de organizaciones de sociedad civil que las condensan o ponen foco en algunas: 

  • #MeRepresenta: te cuenta las propuestas de cada candidato/a con juegos e información general de las elecciones, ¡es muy divertida! 
  • Si te interesan los temas ambientales, entrá a yovotoambiente
  • Si querés saber quiénes proponen avances, dan continuidad o plantean retrocesos en materia de igualdad y violencias de género, mirá mujeresenelpoder
  • Si querés enterarte sobre algunas desinformaciones que circulan en este período electoral, entrá a contextual.la
El equipo de Fundeps

Desde Fundación Sanar, Fundeps y Fagran lanzamos “Construyamos una escuela más saludable”, materiales dirigidos a la comunidad educativa. Tienen como objetivo promover la implementación de la ley de etiquetado en los entornos escolares y reflexionar sobre la alimentación de niños, niñas y adolescentes.

La Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado, es una política integral que busca proteger y promover el derecho a una alimentación adecuada y el derecho a la salud, en especial de niños, niñas y adolescentes. Para lograrlo plantea un paquete de medidas que buscan transformar los entornos donde crecen y se desarrollan, limitando la oferta de productos no saludables en escuelas y la exposición al marketing, educando en aspectos alimentarios y nutricionales, y promoviendo el acceso equitativo a alimentos saludables.

En este marco, las escuelas constituyen un espacio clave para la implementación de la ley y tienen regulaciones específicas que cumplir. Allí niños, niñas y adolescentes pasan gran parte de su tiempo y por lo tanto, es un lugar propicio para promover hábitos saludables. 

A un año del comienzo de la aplicación de la ley, aún quedan muchos desafíos para su implementación dentro de las instituciones educativas, considerando también las diversas realidades que encontramos en todo el país.

En este contexto, el proceso de adecuación a la norma requiere una comunidad educativa acompañada e informada. Por eso, desde Fundeps, Fundación Sanar y Fagran lanzamos el kit de materiales “Construyamos una escuela más saludables”.

El objetivo es brindar herramientas para fomentar la participación activa de toda la comunidad educativa en la promoción de prácticas alimentarias más saludables y sostenibles. Incluye materiales para que cada integrante pueda repensar su rol dentro del proceso y convertirse en agente de cambio de la alimentación en las escuelas.

¿Qué materiales integran el kit?

  • Un documento con información sobre la ley como una política pública integral. Brinda información acerca de la evidencia que la respalda y el propósito de cada uno de sus ejes. A su vez acerca una actividad práctica de carácter reflexivo para lograr un trabajo colaborativo entre los integrantes de la comunidad.
  • 3 Vídeos: uno dirigido a autoridades y tomadores de decisión del ámbito educativo, otro a responsables de niñeces y adolescentes; y uno para niñeces (que puede ser de utilidad en el aula).

ACCEDER AL KIT DE MATERIALES

Desde Fundeps, Fundación Sanar y Anfibia Podcast lanzamos “Exceso de Todo”, un podcast narrado por Lucas Fridman, que se corre de la polémica alrededor de los octógonos y se centra en la alimentación saludable. 

Hace casi un año comenzó a implementarse en Argentina la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como ley de Etiquetado Frontal. Los octógonos negros que vemos en los productos son los que más debate generaron, pero representan uno de los componentes de la ley.

El objetivo de este podcast es acercar todos los puntos que la integran y relatar en 5 episodios, cómo comemos en Argentina y qué necesitamos para alimentarnos mejor. Además aborda desde la regulación publicitaria hasta lo que se puede comer en las escuelas, cómo se manejan las compras públicas para comedores escolares y comunitarios y por qué cuando hablamos de alimentación no se trata de elecciones individuales. 

Los testimonios que reúne son de integrantes de organizaciones que la promovieron, periodistas, referentes en temáticas de nutrición y alimentación, ambiente, personas provenientes de la industria de la publicidad, entre otres.

Escuchá el podcast acá

Los episodios se estrenarán por semana los días jueves hasta el 17 de agosto. La difusión del podcast se realizará por Spotify y en todas las plataformas de audio. 

 

Contacto

Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

Los días 9 y 10 de agosto realizaremos el 1° Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Está organizado por Fundeps y Fundación Sanar. 

Con la participación de disertantes nacionales e internacionales, durante 2 días conversaremos sobre los avances y desafíos al cumplirse 1 año de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado.

Compartiremos miradas y oportunidades para el trabajo conjunto entre estudiantes y profesionales de la salud, comunidad educativa, autoridades del estado, organizaciones que trabajan por el derecho a la salud, al ambiente, entre otros actores.

Los principales temas del congreso incluyen:

  • Desafíos para la implementación de la ley en las provincias. 
  • Entornos escolares saludables: recomendaciones y herramientas. 
  • Transformación de los programas alimentarios. 
  • Estrategias de marketing de la industria alimentaria. 

Cronograma:

  • Primer día (9 de agosto): comienza a las 8.30h con las acreditaciones. Habrá 3 mesas de debate y disertantes finalizando la jornada a las 17.15h.
  • Segundo día (10 de agosto): inicia a las 8.30h y finaliza a las 12.40h. Habrá 2 mesas de diálogo.

El congreso tendrá lugar en SCALA HOTEL (BERNARDO DE IRIGOYEN 740, CABA).

Es gratuito y con cupos limitados. Requiere inscripción previa.

 

Mirá el programa completo y disertantes acá.

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A través de esta iniciativa, FIC Argentina, FAGRAN, Fundación Sanar, Fundeps y Consciente Colectivo buscan impulsar una ciudadanía comprometida con la ley de etiquetado y así generar el primer reporte ciudadano sobre su cumplimiento. La iniciativa surge a partir de la identificación de diversos incumplimientos y de la falta de una efectiva fiscalización por parte del Estado.

No lo dejemos pasar” es la nueva campaña que lanzan hoy FIC Argentina, FAGRAN, Fundación Sanar, Fundeps y Consciente Colectivo para impulsar una ciudadanía informada y comprometida con la efectiva implementación de la ley de etiquetado. La campaña de alcance nacional busca generar un reporte ciudadano sobre el estado de cumplimiento de la ley, a 10 de meses del comienzo de su implementación.

Las organizaciones impulsaron en 2021 la campaña “Que no nos tapen los ojos” para promover la aprobación de la ley y, en esta ocasión, vuelven a reunirse para que esta medida de salud pública se cumpla de forma efectiva. La campaña enfatiza sobre algunos componentes de la ley referidos a la presencia y características de los sellos (su tamaño, ubicación en el envase, por ejemplo) así como de su disposición en góndola. 

“Hace unos meses realizamos un estudio de investigación para conocer cómo se está implementando la ley y detectamos que en el 83% de los supermercados relevados había incumplimientos sobre la disposición de los productos en la góndola, los sellos no estaban visibles al consumidor. En el 67% encontramos promociones asociadas al precio (como “15% de descuento” y “50% de descuento en la segunda unidad”) en productos con sellos, lo cual también evidencia un incumplimiento a lo dispuesto en la ley, y en el 12% de los productos relevados los sellos no se encontraban en la cara principal del envase. El Estado debe sancionar estos incumplimientos y con la campaña buscamos visibilizarlos”, señaló Leila Guarnieri de FIC Argentina.

«Es prioridad que el compromiso se extienda a lo largo y a lo ancho del país, contando con la representatividad federal de las provincias, que monitorean el cumplimiento de la Ley a través de la ciudadanía comprometida y los profesionales de la nutrición que, a través de acciones de educación e incidencia ponen en el centro de escena la visibilización de esta Ley. Como Federación aunamos los esfuerzos de las entidades que nucleamos para el cumplimiento efectivo de la Ley, sin excepción», declaró Ana Caceres de FAGRAN.

 

“Para una plena implementación de la Ley de Etiquetado, es fundamental que como ciudadanía nos involucremos y exijamos su cumplimiento. Si bien es el Estado quien tiene la obligación de controlar, estamos observando que esos mecanismos pueden ser deficientes e inoportunos. Además, hasta el momento no tenemos datos de que se hayan aplicado sanciones a las empresas que incumplen la ley. Por eso, es importante que permanezcamos en alerta y reportemos los incumplimientos para exigirle a las autoridades que fiscalicen y sancionen adecuadamente”, indicó Maga Merlo de Fundeps. Y agregó: “Recordemos que esta ley viene a proteger derechos fundamentales como la salud, la alimentación adecuada y la información de las y los consumidores, y en especial de los grupos en situación de vulnerabilidad, como las infancias. La participación ciudadana es esencial para construir políticas públicas transparentes.” 

“La plataforma surge también de la necesidad de visibilizar las acciones de las empresas que incumplen la ley de distintas maneras, interfiriendo principalmente en la garantía del derecho a la información de las y los consumidores. Poder documentar, sistematizar la información y así vehiculizar el reclamo a las autoridades de aplicación permitirá que el Estado actúe de forma que pueda poner en funcionamiento, estrategias propias para mitigar los incumplimientos”, señaló Ignacio Porras de Fundación SANAR.

“Para que una norma sea efectiva y no muera en la sanción, es fundamental que nos involucremos y exijamos su correcta implementación. Es cuestión de apropiarnos de la Ley y conocerla para poder reclamar por nuestros derechos y construir nuevos horizontes”, declaró Ariana Krochik de Consciente Colectivo.

¿Cómo participar en esta campaña?

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

 

El pasado martes 2 de mayo el Poder Ejecutivo Nacional ingresó a la Cámara de Diputados un proyecto de ley para la ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco. Argentina es el único país de América del Sur que aún no lo ha hecho y su ratificación constituye una deuda pendiente para la salud pública. En esta nota te contamos por qué el Estado argentino no debe dejar pasar esta oportunidad y por qué es importante dar este paso para la adecuada protección del derecho a la salud.

El Ministerio de Salud de la Nación, en la última Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes, reveló que nuestro país tiene una de las tasas de prevalencia en la adicción al tabaco más altas de la región. Los datos muestran que el consumo de tabaco produce 44.851 muertes anuales, representando el 13% de las defunciones totales y que todavía, más del 22% de la población consume tabaco, siendo cada vez menor la edad de iniciación en el consumo, que ya se sitúa entre los 12 y 15 años.

Asimismo, de acuerdo a un estudio publicado por el Instituto de Efectividad y Clínica Sanitaria, nuestro país gasta cada año aproximadamente 197.000 millones de pesos en atender las enfermedades que provoca el tabaquismo (como ser enfermedad pulmonar obstructiva crónica, enfermedades cardíacas, cáncer de pulmón, entre otras), representando el 7,6% del gasto sanitario local. Además, como si ello fuera poco, el tabaquismo golpea principalmente a los grupos sociales en situación de vulnerabilidad por lo que genera un círculo vicioso de pobreza y enfermedad, y ha sido internacionalmente reconocido como una barrera para el desarrollo sustentable.

Es este contexto el que determina la urgencia de avanzar con la ratificación del Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT). Se trata del primer tratado internacional de salud pública celebrado en la Organización Mundial de la Salud (OMS), que a la fecha cuenta con la ratificación de 182 países (incluidos todos los Estados que forman parte del Mercosur, excepto Argentina) y es uno de los pactos de mayor aceptación en la historia de las Naciones Unidas.

Es importante resaltar que este tratado fue elaborado para poder dar respuesta a la epidemia global del tabaquismo. Con este fin, el CMCT proporciona un marco integral para la implementación de políticas efectivas de control de tabaco dirigidas a reducir la oferta, la demanda y los daños causados por estos productos. Así, al ratificar este Convenio, Argentina se comprometería a adoptar una batería de medidas que permitiría robustecer el estándar de protección de salud pública.

Puntos claves de la ratificación

Actualmente, nuestro país cuenta con diversas disposiciones normativas en materia de control de tabaco e incluso, algunas de ellas adoptan las medidas que prevé el propio CMCT. Sin embargo, es importante resaltar que la incorporación de este instrumento internacional al sistema jurídico nacional continúa siendo esencial. Pues, hay regulaciones que aún son sumamente permisivas a los intereses comerciales de la industria, a la vez que existen ciertas problemáticas globales que necesariamente requieren de la cooperación internacional para su abordaje.

En este sentido, la adopción del Convenio Marco permitiría mejorar la prohibición amplia de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco incluyendo aquella con efectos transfronterizos. Esta medida adquiere una importancia fundamental frente a la globalización de las comunicaciones y a las inversiones millonarias en marketing que hace la industria. Mientras que la Ley Nacional de Control de Tabaco permite la presencia de mercadotecnia al interior de los puntos de venta, las comunicaciones directas a personas mayores de 18 años, así como las acciones de responsabilidad social empresaria por parte de las tabacaleras.

Asimismo, la ratificación del Convenio Marco le permitiría a la Argentina contar con mejores herramientas para afrontar la problemática del comercio ilícito, tal como lo es el Protocolo para eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco, también celebrado bajo los auspicios de la OMS. De acuerdo a las investigaciones, el comercio ilícito -que implica el contrabando, la falsificación, la fabricación ilícita, entre otras formas- aumenta la accesibilidad y asequibilidad de los productos de tabaco, y transgrede las medidas relacionadas con los precios y las medidas fiscales dirigidas a disminuir la epidemia del tabaquismo. Este tratado reconoce que la eliminación de todas las formas de comercio ilícito es un componente esencial del control del tabaco y que requiere de la elaboración y aplicación de medidas tanto nacionales como internacionales. Dentro del ámbito del Mercosur, Argentina es el único país que no participa de las negociaciones para el control del contrabando, quedando fuera de las decisiones dirigidas a prevenir el comercio ilícito entre países vecinos.

A su vez, el Convenio Marco, a través de su artículo 5.3 y las directrices para su aplicación, confieren un conjunto de medidas orientadas a proteger las políticas de salud pública contra los intereses comerciales y otros intereses creados por parte de las tabacaleras, así como de los individuos u organizaciones que trabajan para promover los intereses de esta industria. En este sentido, se destacan la necesidad de establecer medidas para limitar las interacciones con la industria tabacalera a los supuestos en que sea estrictamente necesario para establecer una regulación eficaz de la misma y de sus productos; garantizar la transparencia de las interacciones que tengan lugar ya sea a través de audiencias y actas públicas; exigir que la información proporcionada por la industria sea precisa y transparente; establecer normas claras sobre conflictos de intereses para todas las personas que trabajen en el Estado y en la esfera de control de tabaco; desnormalizar y no aprobar, apoyar, asociarse o participar en las actividades que la industria tabacalera promueve como “socialmente responsables” (como ser iniciativas de educación pública, de asistencia sanitaria, etc.), entre otras recomendaciones. De este modo, el CMCT proporciona un marco legal adecuado para frenar la interferencia de la industria tabacalera en los asuntos de salud pública vinculados al control del tabaco.

Por último, es importante destacar que la ratificación del Convenio Marco, también habilitaría a que el Estado argentino pueda participar de espacios donde se toman decisiones relevantes para el control del tabaco y la construcción de estrategias de cooperación internacional. Ejemplo de esto es la Conferencia de las Partes, órgano rector del CMCT que se encarga de examinar regularmente su aplicación y de adoptar las decisiones necesarias para promover su eficaz implementación. Además, es un órgano desde el cual se promueven mecanismos para la transferencia de conocimientos técnicos, científicos, tecnológicos y jurídicos especializados, teniendo en cuenta las necesidades de los Estados Partes, si son países en desarrollo, si tienen economías en transición, etc.

Una cuestión de derechos humanos

Desde el preámbulo, el Convenio deja bien explicitado que se trata de un instrumento internacional “basado en pruebas científicas que reafirma el derecho de todas las personas a gozar del grado máximo de salud que se pueda lograr”. De este modo, expone la relación existente entre la tutela del derecho a la salud y las políticas de control del tabaco.

A este respecto, es importante destacar que la ratificación del Convenio Marco va en línea con las obligaciones asumidas por el Estado argentino en materia de protección de derechos humanos. De acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -que además cuenta con jerarquía constitucional- el Estado argentino tiene el deber de adoptar las medidas que sean necesarias a fin de garantizar el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud. En este aspecto, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a través de sus observaciones ha dicho que  que constituye una violación al derecho a la salud, la omisión estatal de no cumplir con las medidas necesarias para darle efectividad al mismo, tal como sería la no adopción de políticas de control suficientes a la comercialización de productos de tabaco. Asimismo, este Comité ha recomendado especialmente al Estado argentino a ratificar el CMCT y a impulsar políticas públicas dirigidas a prevenir la iniciación en el consumo e informar sobre los impactos negativos del tabaco en la salud, con énfasis en la niñez y en la adolescencia.

En el mismo sentido, se encuentra la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la mujer -la que también goza de jerarquía constitucional- y según la cual el Estado argentino al ser Parte tiene el deber de adoptar las medidas apropiadas para proteger y garantizar el derecho a la salud de las mujeres. A este respecto, el Comité de esta Convención ha recomendado al Estado argentino a que ratifique el CMCT, reduzca el elevado consumo de tabaco entre las personas adolescentes, en particular en las niñas, y que haga frente a las consecuencias sanitarias del tabaquismo.

De esta manera, se observa la íntima conexión entre las políticas de control de tabaco y las obligaciones de derechos humanos, incluso reforzada por la labor interpretativa de los organismos de monitoreo de derechos humanos. Así, se utiliza al CMCT como un estándar para comprender el alcance que tienen las obligaciones derivadas del derecho humano a la salud, en especial frente a la epidemia del tabaquismo.

¿Cuál es el procedimiento para que tenga lugar la ratificación del CMCT?

El día 25 de septiembre de 2003, el Estado argentino a través del Poder Ejecutivo Nacional firmó el CMCT. Este es el primer paso a dar en el proceso de ratificación de un tratado internacional e implica la asunción del compromiso de no socavar los objetivos del tratado. Lamentablemente, tuvieron que transcurrir 20 años desde que esa firma se produjo para que el Ejecutivo Nacional, finalmente, presentara un proyecto de ley para la ratificación ante el Congreso Nacional.

Este proyecto deberá ser aprobado por ambas cámaras para que una vez convertido en ley, el Ejecutivo Nacional proceda a la ratificación -propiamente dicha- y al consecuente depósito del instrumento ante las Naciones Unidas. Es importante resaltar que esta acción indica el consentimiento de un Estado de estar obligado en los términos de un tratado. Por lo tanto, en caso de mediar incumplimiento, existe la posibilidad de demandar su acatamiento, tanto a nivel nacional como internacional.

¡Que prime nuestro derecho a la salud!

El CMCT proporciona un marco legal con medidas concretas dirigidas a evitar y limitar la epidemia del tabaquismo. A partir de la ratificación, el estado Argentino estará obligado a implementar las medidas que el Convenio Marco impone, fortaleciendo así los estándares de protección que actualmente imperan en materia de control de tabaco.

Las políticas públicas dirigidas a mejorar la salud de la población, exigen el mayor de los compromisos por parte de todos los actores sociales y fuerzas políticas. Hoy, Argentina tiene una nueva oportunidad para saldar esta deuda pendiente con la salud pública, priorizando la tutela de derechos fundamentales -en especial de quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad, como es el caso de la niñez y la adolescencia, por sobre los negociados e intereses comerciales de la industria. La ratificación del CMCT debe ser una prioridad de la agenda política. ¡La Cámara de Diputados tiene que avanzar!

 

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Autora

Maga Merlo

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