Listado de la etiqueta: Salud

Junto con Proyecto Squatters, lanzamos una campaña de monitoreo colectivo para identificar y visibilizar la publicidad ilegal de productos de tabaco y nicotina en entornos digitales. La iniciativa busca reunir evidencia para exigir el cumplimiento de la normativa vigente y proteger la salud de niñas, niños y adolescentes.

En redes sociales, circulan muchas publicidades de tabaco y nicotina, a veces de manera sutil y encubierta. Se trata de cigarrillos tradicionales o electrónicos, tabaco para armar, bolsitas de nicotina, productos de tabaco calentado y sus accesorios, que aparecen integrados en publicaciones, videos o contenidos que simulan ser espontáneos.

En Argentina, la publicidad de estos productos está prohibida tanto en medios tradicionales como en entornos digitales. Además, la normativa vigente prohíbe expresamente la importación, distribución, comercialización, publicidad y promoción de cigarrillos electrónicos, productos de tabaco calentado y sus accesorios. Sin embargo, la industria tabacalera incumple estas disposiciones de forma sistemática y adapta sus estrategias al entorno digital.

Hoy, la promoción de estos productos se presenta como parte de estilos de vida aspiracionales, asociada al disfrute, la pertenencia o la libertad. A través de influencers, eventos culturales, sorteos o contenidos patrocinados, las marcas logran reducir la percepción de riesgo y normalizar el consumo, especialmente entre jóvenes y adolescentes.

Frente a este escenario, desde Fundeps impulsamos una campaña de monitoreo colectivo que invita a detectar, registrar y reportar publicidades ilegales en redes sociales y plataformas digitales. El objetivo es reunir evidencia que permita visibilizar estas prácticas y fortalecer la exigibilidad de las normas que protegen el derecho a la salud.

¿Qué se puede reportar?

Se pueden reportar distintos tipos de contenidos, entre ellos:

  • Publicidades directas de productos de tabaco y nicotina realizadas por marcas, comercios o influencers.
  • Exhibición o venta de vapeadores, bolsitas de nicotina o productos de tabaco calentado.
  • Contenidos de influencers que muestran o promocionan estos productos.
  • Promociones, descuentos, sorteos o juegos vinculados a estos productos.
  • Patrocinio de eventos musicales, deportivos o recreativos.
  • Invitaciones a establecer contacto directo con marcas o empresas.
  • Anuncios o banners en sitios web.

¿Dónde se pueden encontrar?

Este tipo de publicidades circula en sitios web, canales de streaming y redes sociales como Instagram, Facebook, TikTok, YouTube y X.

¿Cómo participar?

Para participar, registra la publicidad que ves y completa el formulario disponible en la web. Los datos se recopilan de forma anónima y no constituyen una denuncia formal.

Cada registro contribuye a construir evidencia colectiva sobre estas prácticas, visibilizar el incumplimiento de la ley y fortalecer las acciones para proteger la salud de la población, especialmente a niñas, niños y adolescentes.

Para conocer más sobre cómo identificar estas infracciones, se puede consultar el instructivo también disponible en la plataforma.

Más Información

Contacto: 

Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

La iniciativa busca fortalecer las capacidades de organizaciones, activistas, profesionales y personas interesadas en promover transformaciones sociales. Aporta herramientas conceptuales y prácticas basadas en más de 16 años de trayectoria de Fundeps en incidencia y políticas públicas. Ya están disponibles los tres primeros cursos virtuales sobre litigio estratégico, derechos ambientales y acceso al aborto legal.

Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) presentó “Aprender con Fundeps”, una nueva plataforma de formación en derechos humanos orientada a fortalecer las capacidades de personas, organizaciones y equipos técnicos que trabajan por la defensa de derechos y la incidencia en políticas públicas.

La iniciativa surge con el objetivo de acercar herramientas conceptuales y prácticas para quienes buscan promover transformaciones sociales en sus territorios. Desde Córdoba y con alcance nacional, la plataforma propone espacios de aprendizaje accesibles que articulan la experiencia de trabajo territorial de la organización con conocimientos académicos y herramientas de intervención.

“Aprender con Fundeps” se basa en una propuesta pedagógica que combina formación situada, aprendizajes construidos colectivamente y conocimiento orientado a la acción. Los contenidos abordan problemáticas públicas desde un enfoque interdisciplinario que integra derechos humanos, género, salud, ambiente, democracia y participación ciudadana.

En esta primera etapa, los cursos se desarrollan con modalidad virtual, asincrónica y autogestionada, lo que permite que las personas puedan registrarse y realizar las formaciones a su propio ritmo. Se podrá acceder a una certificación inmediata.

La plataforma ofrecerá propuestas de formación gratuitas y de pago, que a su vez permitirán sostener el trabajo de Fundeps en la defensa y promoción de los derechos humanos.

Formación para defender derechos en un contexto regresivo

La plataforma inicia con tres cursos que abordan temas centrales para la defensa de derechos humanos y la participación ciudadana en un contexto global y nacional de retrocesos:

Uno de ellos es “De la lucha a la ley: historia, derechos y procedimientos para acceder al aborto legal”, un curso que recorre el proceso histórico y político que llevó a la sanción de la Ley 27.610 en Argentina,  el marco legal que la respalda y los procedimientos que permiten garantizar el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo en el sistema público de salud. La formación está destinada a profesionales de la salud, docentes, estudiantes, integrantes de organizaciones sociales y personas interesadas en comprender cómo se garantiza este derecho en la práctica.

El segundo curso, “Escazú en acción: herramientas para defender derechos ambientales”, propone una introducción al Acuerdo de Escazú, el primer tratado regional de América Latina y el Caribe que reconoce derechos de acceso a la información, participación pública y justicia en asuntos ambientales. La capacitación ofrece herramientas para comprender este marco jurídico y fortalecer la defensa del ambiente desde distintos ámbitos de acción. Está orientada a defensores ambientales, integrantes de organizaciones sociales, funcionarios públicos, operadores judiciales y comunicadores interesados en la temática.

Finalmente, estará disponible a partir del 4 de mayo el curso “Litigar para transformar: cómo usar el litigio estratégico para defender derechos”. El curso aborda cómo diseñar casos judiciales con potencial de impacto social y cómo articular estrategias jurídicas con comunicación pública, movilización social e incidencia política. Está dirigido a estudiantes de derecho, profesionales del ámbito jurídico, integrantes de organizaciones sociales, periodistas y personas interesadas en comprender el potencial transformador del litigio.

Capacitaciones y asesorías para organizaciones e instituciones

Además, la plataforma ofrecerá capacitaciones y asesorías a demanda destinadas a gobiernos locales, empresas y organizaciones sociales interesadas en fortalecer capacidades y mejorar prácticas con enfoque de derechos humanos.

Con esta nueva plataforma, Fundeps busca ampliar el acceso a herramientas de formación y fortalecer las capacidades de quienes trabajan en la defensa de derechos y la construcción de políticas públicas más justas, participativas y transparentes.

Más de 160 organizaciones de la sociedad civil de todo el mundo enviamos el pasado 4 de marzo una carta a la Formula 1 instando a que actualice su prohibición de patrocinios de productos de tabaco para incluir las bolsitas de nicotina y que deje de facilitar la promoción de productos adictivos entre sus millones de seguidores y seguidoras jóvenes. A su vez, instamos a los otros patrocinadores de F1, Disney, Lego y Hot Wheels, a exigir acciones.

La Fórmula 1 puso fin a los patrocinios de cigarrillos en 2006. Sin embargo, actualmente las tabacaleras Philip Morris International (PMI) y British American Tobacco (BAT) promocionan bolsitas de nicotina —uno de sus productos más recientes— mediante el patrocinio de equipos de F1. PMI patrocina al equipo Ferrari para promover su producto Zyn, mientras que BAT patrocina al equipo McLaren con su marca Velo. Los logotipos aparecen de manera destacada en los autos y en los trajes de carrera de sus pilotos estrella, entre ellos el campeón mundial 2025 Lando Norris y el siete veces campeón mundial Lewis Hamilton. Estos patrocinios también se difunden ampliamente en redes sociales ante cientos de millones de seguidores/as.

Al mismo tiempo, la Fórmula 1 ha trabajado activamente para ampliar su audiencia juvenil a nivel global, incluyendo recientes alianzas con DisneyLego y Hot Wheels de Mattel. Estas colaboraciones incluyen la presencia de Mickey y sus amigos en carreras de F1, así como productos exclusivos de Lego y Hot Wheels dirigidos a las infancias. Según la propia F1, más de 4 millones de niños y niñas de entre 8 y 12 años siguen el deporte en la Unión Europea y Estados Unidos, mientras que el 54% de sus seguidores/as en TikTok y el 40% en Instagram tienen menos de 25 años.

“Al patrocinar equipos de Fórmula 1, las compañías tabacaleras intentan llegar a los mismos jóvenes que la F1 ha buscado atraer. La Fórmula 1 no debe ser cómplice de esta estrategia. Para proteger la salud de sus jóvenes aficionados, es fundamental que actualice su prohibición de patrocinios de cigarrillos para incluir otros productos de tabaco y nicotina, como las bolsitas de nicotina”, señala la carta dirigida al CEO de la F1, Stefano Domenicali.

En cartas separadas, las organizaciones instamos a los directores ejecutivos de Disney, Lego y Mattel a sumarse al llamado para que la Fórmula 1 prohíba todo tipo de patrocinios vinculados al tabaco y la nicotina.

“Las tabacaleras buscan asociar sus marcas con la Fórmula 1 y sus pilotos más reconocidos porque saben que los niños, niñas y adolescentes las verán”, afirmó Yolonda C. Richardson, presidenta y directora ejecutiva de Campaign for Tobacco-Free Kids. “Promocionar productos de tabaco y nicotina en los mismos espacios donde participan Disney, Lego y Hot Wheels forma parte de una estrategia constante de la industria para captar a nuevas generaciones, mientras sostiene que sus productos son solo para personas adultas. La F1 debe proteger a niños y niñas y poner fin de inmediato a cualquier vínculo con la industria tabacalera, asegurando que no se convierta en una plataforma para promover productos dañinos y adictivos.”

Las bolsitas de nicotina conllevan riesgos importantes para la salud de las nuevas generaciones. Estos productos exponen al público joven a altos niveles de nicotina, una sustancia altamente adictiva que puede afectar el desarrollo del cerebro —que continúa hasta aproximadamente los 25 años— y aumentar la vulnerabilidad a otras adicciones. En Estados Unidos, las bolsitas de nicotina son el único tipo de producto de tabaco cuyo consumo juvenil ha aumentado en los últimos años.

La carta dirigida a la Fórmula 1 fue firmada por 162 organizaciones de 57 países.

 

Contacto

Maga Ailén Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

 

Un nuevo informe de Fundeps analiza las estrategias de marketing y persuasión psicológica que utilizan las tabacaleras para normalizar el consumo de tabaco y nicotina entre jóvenes y adolescentes, eludiendo regulaciones y reduciendo la percepción del riesgo.

El tabaquismo continúa siendo la principal causa de muerte evitable en el mundo. Cada año provoca más de 7 millones de muertes, entre ellas 1,6 millones por la exposición involuntaria al humo de productos de tabaco y nicotina. Para sobrevivir, la industria tabacalera necesita nuevos consumidores: fumadores de reemplazo.

En este marco, presentamos el informe “Juventudes capturadas. Marketing y psicología de las tabacaleras para enganchar a una nueva generación”, un trabajo que analiza cómo la industria tabacalera logró reposicionar productos históricamente asociados a la adicción, la enfermedad y la muerte como símbolos de disfrute, pertenencia y libertad entre jóvenes y adolescentes.

En el informe, Julián Pellegrini, Lic. en psicología (UBA) y Director de Proyecto Squatters, explora las técnicas psicológicas que utiliza el marketing tabacalero para explotar vulnerabilidades propias de las audiencias juveniles. A partir de inseguridades, deseos de pertenencia y búsquedas de gratificación inmediata, la industria construye estrategias que transforman esas experiencias en oportunidades de expansión de su negocio.

Lejos de desaparecer, las viejas recetas publicitarias se adaptaron a nuevos formatos. Hoy, la promoción de productos de tabaco y nicotina se camufla en redes sociales, influencers, eventos culturales, estéticas aspiracionales y relatos de autenticidad y diversión. No venden productos: venden identidades, experiencias y estilos de vida.

De este modo, un producto adictivo y letal se presenta como un accesorio estético asociado a la modernidad, el éxito y la aceptación social. Estas tácticas sofisticadas y opacas permiten eludir las regulaciones vigentes, reducir la percepción del riesgo y normalizar el consumo en los mismos espacios donde se construye la identidad juvenil.

El foco del informe no es solo denunciar estas prácticas, sino comprender sus mecanismos: cómo se moldean percepciones, cómo se prepara el terreno simbólico para la iniciación temprana y cómo estas estrategias tensionan —y muchas veces superan— los marcos regulatorios actuales.

Entender cómo opera el marketing de la industria tabacalera es un paso fundamental para fortalecer las políticas públicas de prevención y control de tabaco, proteger a las juventudes y garantizar el derecho a la salud.

Contacto:

Maga Ailén Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

Este informe analiza cómo la industria tabacalera utiliza estrategias de marketing y técnicas psicológicas para captar a nueva generación de jóvenes y adolescentes, resignificando productos  adictivos y letales como símbolos de identidad, pertenencia y libertad. A partir de un enfoque crítico, el psicólogo Julián Pellegrini – director de Proyecto Squatters – aporta claves para comprender cómo estas prácticas eluden regulaciones, reducen la percepción del riesgo y tensionan las políticas de protección de la salud.

Desde Fundeps, con acompañamiento de ADCOIN, se presentó una acción preventiva del daño contra la ANMAT y el Ministerio de Salud de la Nación, para frenar los efectos de disposiciones que debilitaron la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable. Estas medidas constituyen un grave retroceso en la protección del derecho a la salud y vulneran estándares legales vigentes.

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) presentó una acción judicial para frenar los efectos de las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). La organización sostiene que ambas medidas implican un grave retroceso en la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642) y ponen en riesgo la salud de la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes. Por eso solicita la suspensión inmediata de las normativas y la restitución de los estándares de protección establecidos por la ley de etiquetado frontal.

Las disposiciones cuestionadas flexibilizan los criterios para determinar qué productos deben llevar sellos de advertencia y debilitan las restricciones a la publicidad y al marketing engañoso dirigidos a las infancias. Esta desregulación se traduce en menor acceso a información nutricional clara y mayor exposición a productos ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos, factores asociados a un incremento del riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles.

Para Fundeps, estas modificaciones implican un retroceso en la protección de los derechos a la salud, a la información y a la alimentación adecuada. Además, carecen de sustento técnico y científico, exceden la potestad reglamentaria del organismo y contradicen la propia letra de la ley PAS.

Frente a este escenario, Fundeps y ADCOIN iniciaron una acción preventiva del daño (artículos 1710 y 1711 del Código Civil y Comercial) con el fin de evitar que los perjuicios actuales e inminentes se profundicen.

“Tenemos una ley pionera a nivel mundial, basada en la mejor evidencia disponible y aprobada por amplias mayorías en el Congreso de la Nación. La modificaron a puertas cerradas y sin argumentos científicos. Para proteger los intereses de unos pocos pusieron en riesgo a toda la población. Esta demanda es un acto de protección colectiva: buscamos garantizar información clara, decisiones de consumo libres y que la salud, sobre todo la de las infancias, sea efectivamente resguardada”, afirma Maga Merlo Vijarra, abogada y coordinadora del área de Salud de Fundeps.

¿Por qué es importante esta demanda?

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642) estableció un sistema de advertencias nutricionales destinado a proteger el derecho a la salud, la información y la alimentación adecuada de toda la población, en particular de niños, niñas y adolescentes.La Ley y su reglamentación original se diseñó siguiendo el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), considerado el estándar más robusto para políticas de reducción del consumo de productos ultraprocesados.
Los productos procesados y ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos aumentan el riesgo de obesidad infantil, diabetes tipo 2, hipertensión, entre otras enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT).
El etiquetado frontal demostró eficacia para mejorar la comprensión de riesgos nutricionales y reducir compras impulsivas de productos no saludables. A pocos meses de la implementación de la ley, una encuesta realizada por el Ministerio de Salud comprobó cambios concretos en los hábitos de consumo: el 43% de la población consideraba los sellos al momento de comprar, y de ese porcentaje, el 58% había modificado su intención de compra.

¿Cuáles son los cambios introducidos por ANMAT a la Ley de Etiquetado?

En diciembre de 2024, ANMAT dictó dos disposiciones que modificaron el funcionamiento del sistema de advertencias nutricionales y las restricciones a la publicidad establecidas por la Ley 27.642, conocida como Ley de Etiquetado.

La disposición N° 11362/2024 introdujo las siguientes modificaciones: 

  1. Alteración del Modelo de Perfil de Nutrientes de OPS
    Se modificó el criterio para determinar si un producto debe llevar sellos. En lugar de evaluar la composición completa del alimento – como exige el Perfil de Nutrientes de la OPS adoptado por la Ley PAS- solo se analizan los nutrientes críticos agregados. Esto implica:

    • Exclusión de nutrientes intrínsecos (azúcares, sodio, grasas) del cálculo.
    • Reducción de productos alcanzados por los sellos sin que exista reformulación.
    • Pérdida de capacidad del sistema de advertencias para identificar productos no saludables.
  2. Flexibilización de las leyendas precautorias de edulcorantes
    La advertencia obligatoria por la presencia de edulcorantes solo debe colocarse si estos se declaran con «propiedades endulzantes». Sin embargo, los edulcorantes pueden utilizarse con otras funciones (conservantes, humectantes, etc.), sin que esto reduzca sus efectos adversos sobre la salud, especialmente en niñas, niños y adolescentes. La modificación reduce la protección y genera mayor riesgo de confusión.
  3. Disminución de los estándares de visibilidad de los sellos
    Los cambios introducidos permiten tamaño más reducido, menor contraste y ubicaciones que dificultan la rápida identificación de los sellos al momento de la compra, reduciendo su efectividad como advertencias.

La disposición N° 11378/2024 introdujo las siguientes modificaciones:

  1. Flexibilización de las restricciones de publicidad, promoción y patrocinio
    La disposición debilita las prohibiciones dirigidas a evitar la promoción de productos con sellos, rehabilitando diferentes estrategias que vuelven a exponer a las infancias al marketing engañoso. 
  2. Reducción de la protección a las y los adolescentes
    La protección frente al marketing engañoso que antes era aplicable a niñas, niños y adolescentes hasta los 18 años, ahora se reduce hasta los 16. Esta modificación no solo afecta a la población de 16 a 18 años, sino que, de manera indirecta, afecta también a los menores de 16 años que están expuestos a la misma publicidad, en entornos compartidos como la escuela. 
  3. Habilitación de declaraciones nutricionales complementarias
    Ahora, la disposición permite que productos con exceso de nutrientes críticos puedan resaltar supuestos atributos saludables, generando mensajes contradictorios que confunden al consumidor. De este modo en un mismo paquete puede convivir un sello que advierte exceso en sodio y un claim que diga “​​light”. 

Con esta acción, las organizaciones solicitamos al Poder Judicial que restituya la vigencia de las normas previas y garantice la continuidad de estándares de protección acordes con la ley y con el marco internacional de derechos humanos.

 

En diciembre de 2024, la ANMAT publicó las Disposiciones N° 11362/2024 y N° 11378/2024, introduciendo cambios significativos en la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642). Aunque presentadas como “actualizaciones técnicas”, estas modificaciones implican un viraje sustancial en los criterios utilizados para evaluar, advertir y comunicar la presencia de nutrientes críticos y aditivos en los productos procesados y ultraprocesados disponibles en el mercado argentino.

Frente a este escenario, Fundeps y Fundación SANAR elaboraron un informe técnico legal y nutricional que documenta en detalle las contradicciones normativas introducidas por las nuevas disposiciones, su impacto directo sobre el sistema de etiquetado frontal, la flexibilización del alcance en materia de publicidad, promoción y patrocinio; y las implicancias que representan para la salud pública, especialmente en niñas, niños y adolescentes.

El análisis revela que los cambios implementados, como la flexibilización del cálculo de nutrientes críticos, la reducción del alcance de ciertas advertencias, la introducción de excepciones amplias y la pérdida de sellos en productos sin reformulación -entre otras-, debilitan el estándar protector que había posicionado a la Argentina como referente regional en políticas de rotulado y publicidad. A su vez, se detallan los riesgos para la salud que supone la flexibilización que dejó nuevamente expuestos a las niñeces y adolescencias a las tácticas abusivas y engañosas de mercadeo.

A través de una revisión exhaustiva, el informe expone cómo estas modificaciones no sólo contradicen la letra y el espíritu de la Ley y su reglamentación, sino que también generan información menos clara para las personas consumidoras y favorecen un escenario de menor transparencia en la comercialización de alimentos. El resultado es un retroceso regulatorio que incrementa el riesgo de exposición a productos no saludables, de sus estrategias de marketing y limita la capacidad del Estado de proteger de manera efectiva el derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a la información.

En un contexto donde los entornos alimentarios condicionan fuertemente las decisiones de consumo y en el que la interferencia de la industria alimenticia se hace cada vez más presente, debilitar las herramientas de advertencia y control implica arrojar a la salud pública sobre un campo minado. Por ello, el informe concluye instando a que las disposiciones sean revisadas, dejadas sin efecto y que se restituya el estándar protector original previsto por la Ley 27.642, plenamente alineado con el Perfil de Nutrientes de la OPS y demás recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos y evidencia científica libre de conflictos de interés.

Descargar el informe completo

En diciembre de 2024, la ANMAT dictó las Disposiciones Nº 11362/2024 y 11378/2024, que modifican de forma sustancial la implementación de la ley nacional de Promoción de la Alimentación Saludable. El informe de Fundeps y Fundación SANAR documenta las regresiones normativas introducidas y el impacto negativo de estos cambios sobre el etiquetado frontal y las reglas de publicidad, promoción y patrocinio de productos procesados y ultraprocesados. El análisis evidencia que la flexibilización de criterios debilitan el estándar protector alcanzado por la ley y su decreto reglamentario, generando información confusa, reduciendo la transparencia y volviendo a exponer especialmente a las infancias a estrategias de marketing engañosas. Como resultado, aumenta el riesgo de consumo de productos no saludables, a la vez que compromete gravemente las obligaciones del Estado argentino en la garantía de los derechos a la salud, a la alimentación adecuada y a la información.

En el marco de la alianza con UNICEF Argentina, Fundeps visitó los municipios de Villaguay, Ezeiza y Río Tercero, que forman parte de la línea de Entornos Saludables dentro de la iniciativa Municipios Unidos por la Niñez y la Adolescencia (MUNA). Cada equipo avanza de manera sostenida en la elaboración de normativas para fortalecer el bienestar y la alimentación de la infancia, consolidando así una agenda local comprometida con la protección y promoción de entornos saludables.

Fundeps, en alianza con UNICEF Argentina, acompañó durante el año 2025 un proceso clave de fortalecimiento normativo para promover entornos que favorezcan la salud en distintas localidades del país.

Durante septiembre y octubre realizamos visitas a los municipios de Villaguay (Entre Ríos), Ezeiza (Buenos Aires) y Río Tercero (Córdoba). El objetivo fue profundizar el trabajo con los equipos MUNA que sostienen acciones territoriales orientadas a la promoción de la salud y la alimentación adecuada, especialmente en las infancias. En estas instancias se  compartieron con las autoridades locales los avances y desafíos en el diseño de herramientas jurídicas locales que buscan otorgar solidez, continuidad y alcance a las políticas públicas vinculadas con entornos que favorezcan la salud.

 

Municipios que marcan el camino

Las experiencias de Villaguay, Ezeiza y Río Tercero evidencian el compromiso de los gobiernos locales para avanzar en políticas integrales que mejoren el bienestar de sus comunidades. En cada municipio se desarrollan acciones para promover la actividad física, ampliar la oferta de alimentos saludables en instituciones educativas y espacios públicos, y fortalecer procesos de educación alimentaria y nutricional.

Durante 2025, estas localidades asumieron el desafío de elaborar herramientas jurídicas locales que permitan consolidar y profundizar estas iniciativas desde un enfoque de derechos y una perspectiva centrada en las infancias. Fundeps y UNICEF brindamos asesoramiento técnico, aportando evidencia, referencias normativas y experiencias relevantes.

Estos municipios tienen hoy la oportunidad de marcar el camino hacia una mejor protección del derecho a la salud y a la alimentación adecuada, garantizando que las futuras generaciones crezcan en entornos más sanos, seguros y equitativos.



La importancia de promover entornos saludables

Fundeps, en conjunto con UNICEF, desarrolló el documento técnico “Herramientas normativas para promover entornos saludables en los municipios”, destinado a orientar el proceso de construcción normativa local para proteger los derechos a la salud, la alimentación adecuada y una infancia digna.

Este documento, basado en recomendaciones de organismos de derechos humanos y en la mejor evidencia científica disponible, parte del reconocimiento de que la configuración de entornos que favorezcan la salud es una prioridad de salud pública por su impacto directo en la calidad de vida y en la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), principal causa de mortalidad en Argentina.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los entornos saludables son aquellos que reducen riesgos, fortalecen capacidades de cuidado y promueven la autonomía de las personas en los espacios donde viven, estudian, trabajan y se recrean.

Los patrones alimentarios en Argentina muestran un consumo elevado de productos ultraprocesados y un bajo consumo de frutas y verduras. Según UNICEF y FIC Argentina (2023), sólo el 20% de niños, niñas y adolescentes alcanza las recomendaciones de consumo de frutas y verduras, mientras que los ultraprocesados aportan más del 35% de las calorías diarias. A esto se suma un alto nivel de sedentarismo: el 64% de la población no realiza actividad física suficiente y más del 80% de adolescentes no cumple con las recomendaciones de la OMS.

En este contexto, los municipios cumplen un rol estratégico para impulsar políticas que transformen los entornos cotidianos y faciliten la adopción de hábitos de vida saludables.

 

¿Por qué es clave contar con ordenanzas locales?

El informe destaca que los municipios son el nivel de gobierno más cercano a la población, con capacidad de adaptar las políticas nacionales y provinciales a sus realidades locales. Contar con una ordenanza sobre entornos saludables permite:

  • Fortalecer  las acciones que vienen desarrollando las áreas de salud, educación y desarrollo social, en función de los mejores estándares de protección y desde un enfoque de derechos humanos. 
  • Asegurar la sostenibilidad y continuidad de las políticas más allá de los cambios de gestión.
  • Definir obligaciones y competencias para cada actor involucrado, así como sanciones y mecanismos de cumplimiento.
  • Facilitar la asignación de recursos y presupuesto específico para el tema.
  • Promover la articulación intersectorial y la participación ciudadana, garantizando que las políticas respondan a las necesidades reales del territorio.

De este modo, las normativas municipales funcionan como herramientas para institucionalizar y proteger los avances logrados en materia de salud, nutrición y desarrollo infantil, generando condiciones que perduren en el tiempo.

 

Hacia una política local sostenible y con enfoque de derechos

La construcción de entornos saludables requiere una mirada integral y sostenida en el tiempo. Implica no sólo transformar los espacios físicos, sino también los marcos institucionales, las prácticas cotidianas y la cultura alimentaria.

Desde Fundeps continuamos acompañando a los municipios en este desafío, brindando asistencia técnica, capacitación y materiales de referencia que fortalezcan sus capacidades institucionales y promuevan la participación social.

Promover entornos saludables es, en definitiva, construir comunidades más justas y saludables, donde todas las personas —y especialmente las infancias— puedan ejercer plenamente su derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a una vida digna.

 

Autoras:

María Laura Fons

Victoria Sibila

 

Contacto:

Maga Merlo: magamerlov@fundeps.org

Fundeps, en alianza con UNICEF Argentina, desarrolló este documento técnico que reúne herramientas normativas y recomendaciones prácticas para que los gobiernos locales puedan impulsar políticas públicas sostenibles que mejoren los hábitos y la alimentación de niñas, niños y adolescentes. Un recurso pensado para acompañar a los municipios en la creación de entornos más saludables, con acceso a agua segura, opciones alimentarias adecuadas, espacios de recreación, actividad física y apoyo a la lactancia, entre otras medidas claves.

El consumo de tabaco sigue siendo uno de los principales factores de riesgo de enfermedad, discapacidad y muerte evitable en Argentina. Mientras tanto, la industria tabacalera orienta su estrategia hacia nuevos productos, como los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado, buscando mantener su mercado y esquivar las regulaciones existentes.

Frente a este escenario, la Fundación InterAmericana del Corazón (FIC Argentina), junto a Fundeps, AsAT, ETESA IECS, GRANTAHI del Hospital Italiano, UATA, FEIM, Fundación Sales, Fundación Pacientes Cáncer de Pulmón y CEDES, elaboró el documento “Productos emergentes y daño a la salud: Situación en Argentina y recomendaciones”, con el objetivo de sistematizar la evidencia científica disponible y proponer medidas concretas para proteger la salud pública.

La evidencia científica actual muestra que los productos emergentes no son inocuos. Un metaanálisis reciente encontró que el riesgo de enfermedades cardiovasculares, accidentes cerebrovasculares y disfunción metabólica es similar entre quienes usan cigarrillos electrónicos y quienes fuman cigarrillos convencionales. Además, otras revisiones reportaron asociaciones con neumonía, bronquitis, disminución del recuento de espermatozoides, mareos, cefaleas, migrañas y daño a la cavidad oral. El documento también destaca que el uso dual (cigarrillo electrónico y convencional) aumenta el riesgo de enfermedad, y que las investigaciones que sostienen lo contrario suelen provenir de autores con conflictos de interés.

Una puerta de entrada al consumo: Los datos disponibles en Argentina son claros: 

  • Según la Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes (2018), el 7,1% de los adolescentes de 13 a 15 años usaba cigarrillos electrónicos.
  • Una encuesta más reciente, que realizamos en 2023 desde FIC Argentina, identificó que el 8,9% de los adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires es consumidor actual de estos productos.
  • Estos resultados confirman que los productos emergentes pueden funcionar como puerta de entrada al consumo de tabaco, incluso entre adolescentes que nunca habían fumado antes.

Ni más ni menos, otro daño: El concepto más adecuado para abordar el impacto del vapeador es el de un riesgo distinto, no necesariamente menor.

Una verdadera estrategia de reducción de daños debe ser implementada por autoridades sanitarias, perseguir objetivos de salud pública y aplicarse sobre grupos específicos, no a través de la libre comercialización de productos dañinos.

Las organizaciones firmantes recomendamos:

  • Fortalecer el cumplimiento de las normativas vigentes.
  • Coordinar acciones entre organismos públicos para mejorar la fiscalización y sanción.
  • Promover la cooperación con organizaciones de la sociedad civil libres de conflicto de interés para reducir el consumo de tabaco y nicotina.

Los cigarrillos electrónicos no son una alternativa segura. Representan un riesgo diferente, con evidencia creciente sobre su impacto en la salud y su papel en la iniciación al consumo de tabaco. Proteger la salud de la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes, exige decisiones basadas en evidencia independiente, libres de la influencia de la industria.

Leé el documento completo acá

En el marco del Día de la Alimentación, organizaciones de la sociedad civil alertamos sobre otro posible retroceso en la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, a partir de las negociaciones en curso dentro del MERCOSUR. 

En abril de este año, el Grupo Mercado Común (GMC) instruyó al Subgrupo de Trabajo Nro.º 3 para que retome las negociaciones para un Reglamento Técnico sobre Rotulado Nutricional Frontal, con el objetivo de armonizar normativas entre los países del bloque. De aprobarse, este reglamento incluiría, entre otros puntos, la unificación de un sistema gráfico de advertencias y un sistema de perfil de nutrientes (SPN). 

Si se materializa dicho Reglamento, los países del MERCOSUR estarán obligados a adecuar sus normas locales de etiquetado frontal para que estas se ajusten a la decisión del bloque. Cabe destacar que Argentina hoy cuenta con el sistema de etiquetado frontal más robusto de la región. Si en el proceso de armonización, se adoptaran elementos del etiquetado vigentes en otros países, la normativa local se vería seriamente debilitada. Incorporar estándares más bajos implica un retroceso en la protección del derecho a la salud, la alimentación y la información en nuestro país

¿Por qué es una amenaza?

  • El sistema de etiquetado frontal de Argentina advierte sobre más nutrientes críticos en exceso, en relación con los que utilizan otros países.
  • Es el único que cuenta con leyendas precautorias para cafeína y edulcorantes, advirtiendo su consumo en niños/as y adolescentes.
  • El sistema argentino se basa en el SPN de la Organización Panamericana de la Salud, que alcanza a muchos más productos no saludables que el de los demás países.

Por ese motivo, solicitamos que, de avanzar el debate en Mercosur, la eventual armonización siga el sistema argentino en su integralidad, para evitar así el debilitamiento de la Ley de Etiquetado y el consecuente retroceso en la protección de la salud de la población. Y exigimos a las/los representantes argentinos que defiendan los derechos conquistados. En este marco, junto a otras organizaciones de la sociedad civil, relanzamos la campaña “Que no nos tapen los ojos”, desarrollada en 2021, en esta oportunidad con el objetivo de alertar sobre la necesidad de defender la ley frente a estas amenazas. 

A su vez, en el marco del trabajo colaborativo con diversas organizaciones académicas y de la sociedad civil de la región, instituciones de orden regional de Argentina, Brasil y Uruguay emitieron en los últimos días un posicionamiento, ponderando el sistema argentino como el ejemplo a seguir para un eventual reglamento técnico común sobre etiquetado frontal. Las organizaciones comprometidas con el derecho a la alimentación de distintos países del bloque estarán participando en calidad de observadoras en la próxima reunión del Subgrupo de Trabajo Nro.3, que se realizará en octubre, para seguir de cerca los avances de las decisiones.

Más información:

 

Contacto:

Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org