Listado de la etiqueta: Acceso a la Justicia

En un esfuerzo por promover la implementación efectiva del Acuerdo de Escazú a nivel local, desde Fundeps llevamos adelante tres encuentros durante el mes de agosto, dirigidos a la Dirección de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de Córdoba. Estas capacitaciones estuvieron enfocadas en fortalecer las competencias  en derecho ambiental y en los derechos de acceso a la información, participación y justicia ambiental, esenciales para una planificación urbana sostenible.

El público destinatario de estos encuentros fueron  quienes integran las Secretarías de Desarrollo Urbano, Integración Regional y Vinculación Institucional, y de Ciudad Inteligente de la Municipalidad de Córdoba. El objetivo central fue brindar las herramientas necesarias para comprender y aplicar el Acuerdo de Escazú en las políticas y prácticas de planeamiento urbano de la ciudad.

Los dos primeros talleres se centraron en aspectos teóricos y específicos sobre las leyes de presupuestos mínimos y el Acuerdo de Escazú. Para el último encuentro, pusimos especial énfasis en la participación ciudadana. Durante esta sesión, exploramos diversos modelos de participación ciudadana exitosa, tanto a nivel nacional como regional, destacando ejemplos prácticos que han sido implementados en distintas ciudades de nuestro país, así como también en países de América Latina y localidades de Europa.

Propusimos discusiones sobre casos en los que la participación activa de la ciudadanía ha resultado en mejoras significativas en la planificación y gestión urbana, subrayando cómo estos procesos inclusivos pueden ser adaptados a nuestra ciudad. Además,  analizamos las herramientas y mecanismos disponibles para facilitar la participación ciudadana en la toma de decisiones, enfatizando en la importancia de la transparencia, la comunicación efectiva, el lenguaje claro y la construcción de confianza entre las autoridades municipales y la ciudadanía.

Continuamos trabajando para la implementación plena y efectiva del Acuerdo de Escazú a nivel local. El Acuerdo es una herramienta fundamental para la protección del ambiente y de las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. 

Si querés profundizar sobre el Acuerdo de Escazú, ingresá a nuestra web: https://acuerdodeescazu.org/

 

Autores

Lourdes Zanotti

Federico Marengo Ligoria

 

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María Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

A través de la recopilación de algunas de las experiencias de luchas de las comunidades cordobesas, pretendemos dar respuesta colectiva a los desafíos que surgen alrededor de los procesos de conflictividad ambiental.

Lo cierto es que no existe una única manera para organizarse, una única forma de pedir respuestas a las autoridades, ni mucho menos una única manera de afrontar un conflicto socioambiental. Sin embargo, observamos que sí existen prácticas comunes que se han ido afianzando y que sirven como guía para otras luchas.

Gides (Grupo de Investigación en Derechos Sociales), Fundeps (Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables), El Telar y Católicas por el Derecho a Decidir Argentina nos presentamos ante la Cámara de Senadores de la Nación para exponer los motivos por los que consideramos que los candidatos para cubrir las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, no cumplen con las condiciones requeridas para integrar el máximo órgano de justicia de nuestro país.

Como organizaciones de la academia y la sociedad civil con larga trayectoria en materia de derechos humanos, entendemos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como principal garante de la Constitución Nacional y del Estado de Derecho, solo puede ser integrada por personas cuya trayectoria refleje una sólida idoneidad e independencia, así como un firme compromiso con los principios constitucionales y los derechos humanos.

Ariel Lijo enfrenta serias acusaciones en el Consejo de la Magistratura, incluyendo negligencia en la investigación de casos de corrupción, retrasos injustificados en procesos legales y acusaciones de enriquecimiento ilícito, además de cargos penales por asociación ilícita, lavado de dinero, cohecho y tráfico de influencias. Además, carece de méritos profesionales o académicos que respalden su candidatura. 

Por su parte, Manuel García-Mansilla ostenta una postura ideológica que podría afectar la defensa de los derechos humanos y los compromisos internacionales asumidos por nuestro país. Durante su trayectoria, ha cuestionado la jerarquía de tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por Argentina. También ha expresado su oposición al derecho al aborto, incluso en aquellos casos en donde el embarazo es producto de una violación. Su incorporación al máximo órgano de justicia de la Nación implica un serio riesgo para la garantía de derechos de mujeres y personas gestantes. 

Asimismo, manifestamos nuestra más profunda preocupación por la flagrante falta de representación de diversos sectores de la sociedad en la potencial composición de la Corte Suprema. La inclusión de nuevos miembros debería reflejar la diversidad de género y de especialización temática y regional, para asegurar una representación adecuada de un país federal como el nuestro. Es necesario recalcar que la diversidad de género en los cargos públicos y en los órganos de toma de decisiones, resulta un requisito legalmente vinculante derivado de nuestra constitución y tratados internacionales. 

Además, en esta oportunidad algunas organizaciones remitieron preguntas y cuestionamientos para que sean contestadas por parte de los candidatos de manera pública, tal como lo habilita el procedimiento de la Cámara Alta. 

Las preguntas presentadas a García Mansilla incluyen: ¿Cómo justifica su candidatura a la Corte Suprema en un contexto donde se exige una representación equitativa de género y su nombramiento perpetuaría la subrepresentación de mujeres en el tribunal? ¿Qué acciones concretas ha tomado para avanzar en los derechos de las mujeres y diversidades en su carrera?. Mientas que las preguntas formuladas a Lijo fueron: ¿Cómo puede su candidatura contribuir a una representación equitativa de género en la Corte Suprema de Justicia de la Nación? ¿Cómo garantiza la transparencia y ética en sus decisiones judiciales?

En estos contextos, creemos imprescindible que desde el Senado se consulte a los candidatos en las líneas aquí expresadas, así como también se indague en forma pormenorizada sobre los puntos neurálgicos que hemos advertido en nuestras impugnaciones. 

Exigimos que las y los Senadoras y Senadores estén a la altura de las circunstancias, y NO presten el acuerdo para la aprobación de estas candidaturas en defensa de los Derechos Humanos y los más altos valores de justicia.

 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org 

La justicia provincial resolvió tener por no presentado el amparo iniciado por vecinos/as de Marcos Juárez y Fundeps por errores relacionados con las formalidades del proceso que fueron subsanados al momento de ser requeridos. Sigue sin discutirse la cuestión de fondo, que es la distancia para la aplicación de agroquímicos dentro del ejido municipal, ya que la ordenanza vigente no se cumple. Esta resolución afecta el acceso a la justicia y los derechos a la salud y al ambiente sano de la comunidad. 

En noviembre de 2023, desde Vecinos Autoconvocados de Marcos Juárez y Fundeps presentamos un amparo ambiental con el objetivo de aumentar las distancias entre las zonas pobladas y la aplicación de agroquímicos, debido a las afecciones que estos causan en la salud comunitaria. Este paso judicial se dio después de haber realizado diversos reclamos y pedidos de diálogo ante las autoridades locales, y no encontrar respuestas acordes.  

Luego de la presentación del amparo, la Cámara Civil, Comercial, Trabajo y Familia de Marcos Juárez dio inicio al trámite, ordenando su publicación y solicitando a la Municipalidad de Marcos Juárez que conteste la demanda. En esa oportunidad, el Municipio señaló errores vinculados con el formato de la presentación del escrito del amparo, que resultó luego en una resolución judicial que decidió tenerlo como no presentado. Este error de formato se debió pura y exclusivamente a la manera en que fueron colocadas las firmas de los/as vecinos/as en el expediente electrónico, y fue subsanado inmediatamente a través de una ratificación. Además, las personas que firmaron se pusieron a disposición del Tribunal para ratificar el amparo de forma presencial y no dejar lugar a dudas sobre su intención de continuar con el proceso. Sin embargo, estos esfuerzos no fueron considerados por la justicia. 

Se trató solamente de una cuestión de formas. La justicia no brindó una sentencia sobre el contenido de fondo del amparo, que son las distancias en la aplicación de agroquímicos, ni tampoco opinó sobre la información técnica aportada que da cuenta de la existencia de daños en la salud de la población, particularmente de niños, niñas y adolescentes.

La acción judicial, en definitiva, parte de las preocupaciones que desde hace muchos años tenemos como vecinos/as de Marcos Juárez que vemos afectada nuestra salud, debido al incumplimiento e ineficacia de la legislación actual, y hemos decidido buscar una respuesta, con el acompañamiento de Fundeps, una organización cordobesa que trabaja hace 15 años promoviendo derechos y acompañando a comunidades afectadas en toda la provincia.

Esta decisión afecta gravemente el derecho de acceso a la justicia en asuntos ambientales de la comunidad de Marcos Juárez, ya que no se dio lugar a la discusión sobre el uso de agroquímicos ni su impacto en la salud y el ambiente. Este tipo de resoluciones va en contra del principio precautorio que debe primar en cualquier proceso ambiental, en donde no solo deben plantearse medidas para eliminar los daños ambientales, sino minimizar la posibilidad de que se sigan produciendo.

Reafirmamos que nuestra lucha por un ambiente libre de agrotóxicos sigue en pie y más firme que nunca. Nuestro compromiso con un ambiente sano para toda la población de Marcos Juárez es inquebrantable. 

Seguiremos trabajando arduamente para garantizar un entorno libre de contaminantes y agrotóxicos, amparándonos en los principios constitucionales que nos respaldan.

 

Más Información:

 

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María Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

Ante la ausencia de mujeres en la propuesta presidencial para cubrir las vacantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un grupo de 12 organizaciones de la sociedad civil envió una carta a la presidenta de la Comisión de Acuerdos de la Cámara de Senadores, Guadalupe Tagliaferri, para que no dé inicio a la audiencia pública de designación de los dos jueces varones propuestos por el Poder Ejecutivo por ser inconstitucional y discriminatoria por motivos de género. Asimismo, implica un fuerte retroceso en la diversidad que debe reunir el máximo tribunal, con serio impacto en su legitimidad. 

En toda la historia argentina solo hubo tres mujeres en la Corte frente a 104 hombres. En lugar de revertir esta alarmante realidad, el Poder Ejecutivo decidió integrar dicho tribunal sólo con varones. Hoy es la Comisión de Acuerdos de la Cámara Alta, el órgano que tiene la oportunidad histórica de impedir que durante al menos 7 años tengamos una Corte absolutamente masculina, dejando afuera a mujeres que reúnen las condiciones para ocupar ese cargo y reforzando los estereotipos que bloquean su acceso a lugares de poder y toma de decisión. 

Los momentos de mayor participación política de las mujeres en dichos espacios, además, coincidieron con importantes avances en materia de género. La creación de la Oficina de la Mujer y la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte, organismos fundamentales para documentar y revertir la discriminación y violencia, tuvo lugar cuando Carmen Argibay y Elena Highton de Nolasco formaron parte de la máxima magistratura.

Una integración paritaria de la Corte Suprema y el acceso igualitario a cargos públicos, especialmente en órganos jerárquicos y de poder, son derechos políticos de las mujeres y el Estado tiene la obligación de hacerlos efectivos, de acuerdo con los compromisos asumidos en tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional. Asimismo, el Decreto 222/03 recoge dichos estándares para el proceso de designación de jueces y juezas en la Corte y establece que debe promoverse una composición de género diversa al definir los nombramientos. 

Pese a que en el Poder Judicial argentino el 57% del personal está conformado por mujeres, ellas ocupan solo el 31% de los cargos de magistrados y magistradas de la justicia nacional y federal y solo el 29% de las máximas autoridades allí.  

Es un deber del Poder Ejecutivo proponer mujeres para la Corte que reúnan las cualidades, idoneidad y compromiso con los derechos que se requieren para semejante función y, del Legislativo, promover y asegurar que dicha obligación sea cumplida. 

Por ello, Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Red de Mujeres para la Justicia, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), Mujeres en Igualdad (MEI), la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Fundación Poder Ciudadano, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Campaña GQUAL y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), piden al Senado que no dé inicio a la discusión de los pliegos para nombrar dos jueces en la Corte a efectos de garantizar la igualdad de género en la Justicia argentina. 

 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

 

*Imagen extraída de una publicación de la Fundación Género con Clase

Ayer, 10 de junio, se publicó en el Boletín Oficial una resolución del Ministerio de Justicia que ordena la disolución de 81 Centros de Acceso a la Justicia. De esta forma, quedará sólo un Centro por provincia y se privilegiará la atención remota, lo que desmantela un sistema de atención legal primaria vinculado a descentralizar y derribar las barreras geográficas que las personas más vulnerabilizadas enfrentan a la hora de acceder a la justicia. Organizaciones de la sociedad civil y distintas personas e instituciones comprometidas con el acceso a la justicia coincidimos en la pérdida que significa la reducción de este servicio.

Desde hace 15 años, los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) se extienden como una política federal a lo largo de todo el país que acerca respuestas a toda la ciudadanía, pero en particular a los grupos más vulnerabilizados de la sociedad. El foco está, justamente, en barrios populares y/o parajes rurales, lugares que históricamente han tenido mayores barreras para acceder a sus derechos. Los CAJ son dispositivos que brindan atención legal primaria: se trata de brindar servicios que se ocupen específicamente de las necesidades jurídicas cotidianas de las comunidades vulnerabilizadas: acceder a documentación personal, asesoramiento en temas de familia o trabajo, asistencia a víctimas de delitos, entre otras cuestiones. Es la primera línea de atención, situada en los territorios, que permite remover barreras históricas vinculadas a la distancia entre aquellas personas más vulnerabilizadas y las respuestas estatales que requieren.

Las instituciones tradicionales del sector justicia no se ocupan —o llegan muy tarde, de manera fragmentada y a través de caminos largos, rígidos, sinuosos, costosos y generalmente poco efectivos— de dar respuestas a muchos de los problemas que afrontan las comunidades. Frente a esto, contar con centros descentralizados, con un abordaje territorial, que puedan acompañar a las personas integralmente en la resolución de las necesidades que atraviesan es fundamental.

Según datos de la página web del propio Ministerio, desde el 2016 al 2022, los Centros de Acceso a la Justicia atendieron más de 1.300.000 consultas.

¿Cuál es la situación actual de los CAJs?

Según información oficial del Ministerio de Justicia brindada como respuesta a un pedido de acceso a la información realizado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), en lo que va del año se habían cerrado seis Centros (pasando de 109 a 103). Sin embargo, en el día de hoy, se publicó en el Boletín oficial una resolución del Ministerio de Justicia que resuelve que quedará sólo un Centro por provincia y se privilegiará la atención remota, lo que vulnera un primer principio de la atención legal primaria vinculado a descentralizar y derribar las barreras geográficas que las personas enfrentan. Al mismo tiempo, no da cuenta de la necesidad de acompañamiento que las personas más vulnerabilizadas enfrentan ni de las barreras tecnológicas.

El costo del Acceso a la Justicia

En simultáneo al anuncio del Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo emitió un comunicado que desconoce, por un lado, las premisas más básicas del acceso a la justicia y, por otro, algunos hechos evidentes como que en la Argentina no hay Defensor del Pueblo desde hace 15 años o que los Centros de Asistencia a Victimas de Delitos (CENAVID) funcionan justamente en los CAJ o de forma remota a través de atención telefónica

En el mismo comunicado, se hace referencia al costo que esta política tiene para el país. Lo primero que hay que decir es que no es posible constatar la cifra de 8 mil millones de pesos a la que hace mención el Ministerio de Justicia sobre el costo de mantenimiento de los CAJ. Sin embargo, es necesario destacar que, si ese fuera el número correcto, correspondería solo al 0.01% del gasto público. En términos comparativos, equivale, por ejemplo, al 8% de los beneficios fiscales que se le otorgaron a la empresa Mercado Libre en 2023 o al 0,18% de lo que Argentina pagó en servicios de la deuda externa hasta el momento.

Al mismo tiempo, es importante destacar que el uso del derecho por parte de las personas en situación de mayor vulnerabilidad y la atención y resolución temprana
de consultas y conflictos jurídicos resultan en mejores resultados económicos en general, evitando la pérdida de recursos y el agravamiento y escalamiento de los problemas que enfrentan. La inversión en Acceso a la Justicia termina reduciendo los gastos del Estado. En la actualidad, organismos internacionales como la OCDE alientan la implementación de este tipo de dispositivos, en parte, con argumentos de este tipo.

La preocupación por la situación actual es transversal. Organizaciones de la sociedad civil y distintas personas e instituciones comprometidas con el acceso a la justicia coincidimos en la pérdida que significa la reducción de este servicio. En la actual situación de crisis socioeconómica estas políticas territoriales y centradas en las personas resultan un instrumento fundamental para el efectivo acceso a la justicia.

FIRMAS

  • ACIJ – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia
  • ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género
  • INECIP – Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales
  • CELS – Centro de Estudios Legales y Sociales
  • Fundeps
  • Capibara
  • Xumek
  • RAAC – Red Argentina de Abogacía Comunitaria
  • Curas Villeros
  • Andhes – Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en derechos humanos y
    estudios sociales.
  • Observatorio de justicia sanitaria y climática

Sobre el acceso a la justicia

El acceso a la justicia es un derecho humano reconocido internacionalmente y considerado además como instrumental, es decir, que permite el acceso a otros
derechos. Comprende garantizar la efectividad de los derechos de todas las personas, lo que incluye no sólo poder acceder a acciones judiciales si no encontrar
respuestas no judiciales, administrativas y alternativas a conflictos que afectan la vida diaria de las personas.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Lanzamos la plataforma web “Acuerdo de Escazú para comunidades”, que brinda información sobre el Acuerdo y los derechos que contempla con datos y modelos prácticos para hacerlos efectivos. Además, dentro del sitio se encuentra disponible para descargar un documento que reúne las experiencias y aprendizajes de distintas comunidades de Córdoba que enfrentan problemáticas ambientales y luchan desde hace años.

El Acuerdo de Escazú es el primer tratado ambiental de la región sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. También es el primer tratado del mundo en contener disposiciones relativas a la protección y promoción de la labor que llevan adelante las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. 

Desde Fundeps, venimos acompañando el proceso del Acuerdo desde antes de su aprobación en 2018, por el rol central que cumple en el fortalecimiento de la democracia ambiental y la justicia climática. En el marco de este proceso, cuando entró en vigor en la Argentina lanzamos un Recursero del Acuerdo de Escazú y una Guía sobre el Acceso a la Información Ambiental. Luego , realizamos un ciclo de formación sobre acceso a la información pública ambiental y una introducción a Escazú, y en 2023, como parte del proyecto denominado “Acuerdo de Escazú: ¿Qué pasa en Córdoba?”, dictamos talleres en distintas localidades de la provincia atravesadas por conflictos socioambientales.

Todo este recorrido, sumado al acompañamiento diario a comunidades de Córdoba, nos permitió detectar la necesidad de realizar una herramienta que reúna todos los insumos creados, información relativa al Acuerdo de Escazú y que brinde instrumentos prácticos para facilitar el ejercicio de los derechos que regula. Por eso, lanzamos “Escazú para comunidades” (acuerdodescazu.org), una plataforma que brinda información sobre qué es el Acuerdo, qué derechos contempla y cómo se ejercen , cuál es la historia del Acuerdo, qué países de la región son parte, las respuestas a dudas frecuentes que surgen entre quienes defienden el ambiente, entre otros contenidos. Nuestro objetivo es poner a disposición de las comunidades las herramientas que ofrece Escazú para impulsar y monitorear su efectiva implementación, y fortalecer las luchas de las personas y grupos que defienden el ambiente,  la salud colectiva y a sus territorios. 

Entre las herramientas del sitio, se pueden encontrar: modelos para pedir información pública ambiental, explicaciones sobre cómo debe garantizarse y hacerse efectiva la participación ciudadana en decisiones que impacten sobre el ambiente, tipos de acciones judiciales que se pueden presentar para reclamar; las obligaciones de los Estados para garantizar la seguridad de quienes defienden el ambiente, entre otras cuestiones.

También desde Fundeps venimos trabajando en reforzar las estrategias y abordajes de los conflictos socioambientales, poniendo en el centro a las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. Por eso, dentro del sitio web también se puede acceder a “Resistiendo y re-existiendo en comunidad. Relatos y experiencias de luchas socioambientales en Córdoba”. Este documento es el resultado de una serie de entrevistas realizadas durante 2023 y 2024 a siete comunidades  en lucha de la provincia de Córdoba  (OMAS, VUDAS, Todxs por nuestros arroyos, Vecinos Autoconvocados de Marcos Juárez, Preservando el Parque de la Vida, Madres de Barrio Ituzaingó y Amigos de la Reserva San Martín), a las cuales les agradecemos profundamente su apoyo y colaboración. El  propósito es la puesta en común de las experiencias de las comunidades, sus historias y sus consejos útiles para quienes están iniciando un proceso de lucha socioambiental. 

Apostamos a que este sitio web sirva como  material de consulta y de fortalecimiento de capacidades ambientales.También promovemos la difusión de las estrategias de luchas y de los aprendizajes de quienes las llevan adelante en la provincia, para que los desafíos socioambientales sean transitados con solidez, conocimiento, en base a experiencias compartidas y sobre todo, en red. 

Esperamos que les resulte de utilidad para las personas interesadas, y sobre todo, para quienes  defienden  los derechos humanos en asuntos ambientales.

Autora

Ananda María Lavayen

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Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

Gides (Grupo de Investigación en Derechos Sociales), Fundeps (Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables) y Católicas por el Derecho a Decidir Argentina nos presentamos ante el Ministerio de Justicia de la Nación para exponer los motivos por los que consideramos que los candidatos para cubrir las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, no cumplen con las condiciones requeridas para integrar el máximo órgano de justicia de nuestro país.

Como organizaciones de la academia y la sociedad civil con larga trayectoria en materia de derechos humanos, entendemos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como principal garante de la Constitución Nacional y del Estado de Derecho, solo puede ser integrada por personas cuya trayectoria refleje una sólida idoneidad e independencia, así como un firme compromiso con los principios constitucionales y los derechos humanos.

Ariel Lijo enfrenta serias acusaciones en el Consejo de la Magistratura, incluyendo negligencia en la investigación de casos de corrupción, retrasos injustificados en procesos legales y acusaciones de enriquecimiento ilícito, además de cargos penales por asociación ilícita, lavado de dinero, cohecho y tráfico de influencias. Además, carece de méritos profesionales o académicos que respalden su candidatura.

Por su parte, Manuel García-Mansilla ostenta una postura ideológica que podría afectar la defensa de los derechos humanos y los compromisos internacionales asumidos por nuestro país. Durante su trayectoria, ha cuestionado la jerarquía de tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por Argentina. También ha expresado su oposición al derecho al aborto, incluso en aquellos casos en donde el embarazo es producto de una violación. Su incorporación al máximo órgano de justicia de la Nación implica un serio riesgo para la garantía de derechos de mujeres y personas gestantes.

Asimismo, manifestamos nuestra más profunda preocupación por la flagrante falta de representación de diversos sectores de la sociedad en la potencial composición de la Corte Suprema. La inclusión de nuevos miembros debería reflejar la diversidad de género y de especialización temática y regional, para asegurar una representación adecuada de un país federal como el nuestro. Es necesario recalcar que la diversidad de género en los cargos públicos y en los órganos de toma de decisiones, resulta un requisito legalmente vinculante derivado de nuestra constitución y tratados internacionales.

Por todo lo expuesto, rechazamos las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla a la CSJN. Exigimos se respeten las garantías constitucionales para lograr una composición equitativa que contemple la diversidad regional y de género, así como las condiciones mínimas de experiencia profesional requeridas para ocupar uno de los más importantes cargos de la justicia en nuestro país.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Durante los días 21 al 24 de abril estuvimos participando de la Tercera Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú (COP3) que se llevó adelante en Santiago de Chile.  Asimismo, fuimos parte del evento que se realizó de forma previa (Pre-COP) y de los paneles paralelos de las organizaciones de la sociedad civil. 

En abril se llevó a cabo la Tercera Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú: un tratado sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe. La Conferencia de las Partes es el máximo órgano deliberativo y de decisión de este Acuerdo regional, y se lleva a cabo una vez cada dos años, teniendo por finalidad tomar decisiones, revisar y fomentar la aplicación y efectividad del Acuerdo. 

Particularmente el objetivo principal de esta tercera COP, fue el tratamiento y aprobación del Plan de Acción sobre defensoras y defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, fruto de una amplia  participación pública previa. Este Plan tiene como objetivo el avance en la implementación del artículo 9 del Acuerdo, donde se establece como obligación de las Partes garantizar un entorno seguro y propicio para la actuación de personas defensoras sin amenazas, restricciones y en condiciones de seguridad. El Plan se estructura en cuatro ejes, cada uno con acciones estratégicas: 

  1. generación de conocimiento;
  2. reconocimiento;
  3. fortalecimiento de capacidades y cooperación para la implementación nacional del Plan de Acción;
  4. evaluación, seguimiento y revisión.

Es importante remarcar que el Acuerdo de Escazú es el primer tratado internacional que contempla la protección de las personas defensoras. Esta incorporación resulta muy relevante para América Latina y el Caribe ya que es considerada la región más peligrosa del mundo para quienes defienden el ambiente. Es por esto que avanzar en su protección y defensa es una necesidad prioritaria para la región y un ejemplo para el resto del mundo.

 Además se aprobó la transversalización de la cuestión de género, mediante la cual se incorporarán medidas, acciones y actividades dirigidas a integrar y reforzar la perspectiva de género en lo relativo a Escazú. También se alentó a las Partes a que sigan fomentando la participación plena y efectiva de las mujeres en toda su diversidad, especialmente a las mujeres indígenas. Esto resulta relevante ya que obliga a los países a adoptar medidas para garantizar la equidad e igualdad.

Asimismo, en el marco del encuentro, tanto de forma paralela como previa y posterior,  se realizaron más de 30 eventos de los que participaron defensoras y defensores, organizaciones de la sociedad civil, comunidades indígenas, representantes electos del público, activistas de toda la región y autoridades. Estos eventos fueron muy importantes para la creación y el fortalecimiento de vínculos, la difusión de conflictos socioambientales y la construcción de capacidades entre los participantes. 

Si bien no podemos dejar de advertir el camino que aún falta recorrer para lograr justicia ambiental y climática, reconocemos el enorme paso adelante que implica la aprobación del Plan de Acción para personas defensoras y la incorporación de la perspectiva de género. Por estos motivos, desde Fundeps continuamos participando y apoyando firmemente la efectiva implementación del Acuerdo de Escazú, en su difusión y en la formación de capacidades.

 

Autoras

Manuela Fernández Grassani

Ananda María Lavayen

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Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

Junto a la comunidad de Marcos Juárez presentamos un amparo ambiental en la Justicia de Córdoba. Solicitamos que se modifique la ordenanza vigente sobre agrotóxicos con el objetivo de ampliar la zona de resguardo, se cumpla con los controles y se efectivice el funcionamiento de la Comisión Asesora sobre Medio Ambiente.

La aplicación de agrotóxicos en Argentina continúa siendo uno de los principales problemas ambientales y acarrea una grave contaminación del agua, el suelo, el aire y el consecuente daño en la biodiversidad y en la salud de las personas.

Existen miles de estudios científicos alrededor del mundo que prueban la toxicidad de estos productos y su vinculación con el desarrollo de enfermedades crónicas  que afectan a personas adultas y principalmente a niñeces. Entre ellas se encuentran: el desarrollo neurológico anormal, cáncer, incremento en la incidencia del linfoma no–hodking, afección en la placenta humana con probable incidencia en el desarrollo de abortos.

El problema de los agrotóxicos ya no se limita solo a las comunidades campesinas quienes ven fumigadas sus casas, hospitales y escuelas cotidianamente, sino que afecta a millones de personas en nuestro país. A modo de ejemplo, la organización Democracia en Red, en el marco del proyecto Pesticidas Introducidos Silenciosamente (PIS), analizó 200 muestras de orina en las localidades de Lobos, Saladillo, Barrio Nicole (La Matanza), Mar Chiquita y la Ciudad de Buenos Aires. Los resultados demostraron que en todos los distritos hubo casos positivos para glifosato.

Desde Fundeps venimos hace tiempo abordando esta problemática, desarrollando e implementando distintas estrategias para lograr políticas públicas adecuadas para garantizar la sostenibilidad socioambiental. En ese sentido, en el año 2019 publicamos nuestro sitio web Emergencia Agroquímica donde sistematizamos la inmensidad de conflictos socioambientales que se dan en nuestra provincia a partir del uso/mal uso de agrotóxicos, además aportamos herramientas para que las comunidades puedan reclamar por sus derechos. De modo simultáneo desarrollamos modelos de ordenanzas que proponen restricciones al uso de estos productos y la creación de zonas de resguardo, buscando promover avances locales para mejorar la calidad de vida comunitaria.

Siguiendo este camino en el mes de mayo presentamos un primer amparo ambiental por la contaminación con agrotóxicos en Colonia Tirolesa, proceso donde aún y a pesar de la evidencia científica sobre los diversos problemas de salud que padece la comunidad continuamente, no se ha encontrado ninguna solución.

Marcos Juárez: ¿qué pasa con los agrotóxicos?

Marcos Juárez es una localidad situada en el sudeste de la provincia de Córdoba una zona conocida por su crecimiento económico vinculado a la explotación agropecuaria y la agroindustria, que utiliza grandes cantidades de productos químicos como fungicidas, herbicidas, insecticidas y a pesar de que Marcos Juárez cuenta con la ordenanza 2446, que regula el uso y aplicación de productos químicos y biológicos de uso agropecuario y que la Municipalidad adhiere a la Ley Provincial 9140, gran parte de la población se encuentra expuesta cotidianamente a estos productos.

La Ordenanza de Marcos Juárez surgió a partir de un proceso de lucha colectiva en el 2010, cuando integrantes de la comunidad se organizaron en contra de las fumigaciones desmedidas con agrotóxicos debido a las consecuencias sociales y sanitarias que ocasiona esta forma de producción y que se se fue intensificando con el transcurso del tiempo. Esta ordenanza significó un verdadero hito histórico para Córdoba, ya que fija zonas de resguardo ambiental para la aplicación de agroquímicos. Sin embargo con el paso de los años la comunidad comenzó a observar que esta regulación es insuficiente. A esto se le suma que la Municipalidad no logra hacer efectivo el cumplimiento de esta regulación (existen decenas de denuncias por infracciones).

En ese contexto, en el año 2015 el Grupo de Genética y Mutación Ambiental perteneciente al Departamento de Ciencias Naturales de la Universidad de Río Cuarto a cargo de la Dra. Delia Aiassa, evaluaron el nivel de daño en el material genético en niñeces expuestos a plaguicidas en la localidad. Del estudio surge que del total de niñes expuestos, 20 (40%) presentaron síntomas persistentes de diversa índole. Por otra parte sostiene: “Tratándose de una ciudad relativamente pequeña, este resultado pone de manifiesto que las pulverizaciones podrían alcanzar (por vía aérea) toda la localidad y que la población vulnerable de niños se encuentra sometida a una exposición extremadamente alta y continua, dado que vive rodeada por los cultivos. Teniendo en cuenta que no existen diferencias entre los grupos de niños en estudio en cuanto a distancias de pulverización hasta un máximo de 1095 m, debería tomarse en cuenta este dato al momento de establecer resguardos ambientales en localidades que se encuentren rodeadas de cultivos donde se pulveriza”.

A partir de allí, y considerando que la ordenanza establece distancias que se encuentran muy por debajo de lo recomendado, por ejemplo en algunas zonas de riesgo alto (art. 4) la  zona de exclusión de 150 metros (cuando en otras localidades es de 1500mts.), la comunidad se organiza nuevamente y comienza un largo recorrido de reclamos para salvaguardar sus vidas y las de las niñeces.  

En este marco, desde Fundeps comenzamos a apoyar este legítimo reclamo y luego de un largo camino decidimos acudir a la justicia en busca de soluciones.

La Acción de Amparo Ambiental 

Por estos motivos en virtud del principio precautorio, preventivo y de equidad intergeneracional, el  día 27 de noviembre presentamos una acción colectiva ambiental ante la justicia de Córdoba solicitando entre otras cosas:

  • La creación de una zona de resguardo ambiental no inferior a los 1095 metros de distancia desde el límite externo de las zonas pobladas, donde se prohíba la fumigación terrestre.
  • Y una zona de resguardo ambiental no inferior a los 3000 metros dónde se prohíban las fumigaciones áreas con cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario.

La finalidad de esta acción es resguardar y proteger los derechos de quienes habitan la localidad.

Esperamos que la justicia, haciendo uso de las facultades que le otorga la legislación en materia ambiental, ordene rápidamente a la Municipalidad de Marcos Juárez adoptar medidas concretas  y urgentes. Esto es fundamental para salvaguardar los derechos de la comunidad a la vida, a la salud y a un ambiente sano.

 

Autoras 

Katen Moldes y María Laura Carrizo

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María Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

Amnistía Internacional, ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Fundeps y el O’Neill Institute for National and Global Health Law (Universidad de Georgetown) anunciamos el lanzamiento un novedoso curso de formación para abogadas y abogados en Argentina que reúne a un cuerpo docente de gran renombre de toda la región.

La propuesta se dirige a profesionales del derecho que deseen capacitarse en estrategias de litigio estratégico feminista en materia de derechos sexuales y reproductivos para desarrollarse como referentes en sus comunidades y entornos. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación MxM adhieren a la iniciativa.

La Diplomatura será gratuita y se desarrollará de manera virtual entre marzo y octubre del 2024 a través de encuentros sincrónicos y culminará con una experiencia de litigio práctica y presencial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la cual se otorgarán becas.

Además, aquellos estudiantes que hayan obtenido certificado de aprobación podrán postular para realizar una pasantía legal en las organizaciones coordinadoras de la Diplomatura, a fin de que puedan aplicar los conocimientos, habilidades y herramientas incorporados.

Inscripciones en el este formulario

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Para más información: diplomaturalitigiofeminista@gmail.com

El 3 de octubre el gobierno nacional presentó el Plan Nacional para la Implementación del Acuerdo de Escazú. Este tratado regional fue aprobado por Argentina en 2020 y busca efectivizar los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en la toma de decisiones ambientales, el acceso a la Justicia y la protección de las personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.

La Secretaria de Cambio Climático y Desarrollo Sostenible e Innovación de la Nación fue designada para avanzar hacia la implementación del Acuerdo de Escazú en Argentina. Este recorrido se diseñó en dos etapas: la primera, orientada a realizar un diagnóstico para determinar el estado de cumplimiento del Acuerdo en nuestro país, del cual surgieron recomendaciones: y la segunda estuvo enfocada en diseñar el Plan. Para eso, se realizó una consulta pública, encuentros virtuales y presenciales colaborativos, mesas de diálogo regionales y un buzón de propuestas. En total se recibieron 533 aportes de la ciudadanía en el diseño del Plan y la mayoría (65%) de las personas que participaron fueron mujeres. Desde Fundeps acompañamos todo este proceso brindando aportes en las distintas instancias participativas.

El Plan se estructura en 6 ejes: acceso a la Información pública ambiental, participación pública en la toma de decisiones ambientales, acceso a la justicia en asuntos ambientales, defensoras y defensores de derechos humanos en cuestiones ambientales, fortalecimiento de capacidades, sistema de gobernanza para la ejecución y seguimiento de la implementación del Acuerdo. Se establecen también objetivos e indicadores, que son muy importantes para la evaluación del avance en la implementación. La ejecución del Plan será en un período de 3 años y estará a cargo del Poder Ejecutivo Nacional. 

El proceso de creación del Plan fue un proceso abierto, participativo y transparente, centrado en asegurar la participación ciudadana y construir los consensos necesarios para atender las necesidades de las comunidades y hacer efectivo el Acuerdo. Celebramos la presentación de este Plan, que significa un hito hacia la consolidación de la aplicación del Acuerdo de Escazú en Argentina y brinda herramientas concretas para facilitar su implementación. Ahora instamos al estado nacional y a las provincias a hacer efectiva su puesta en marcha  y a la ciudadanía a exigir su efectiva aplicación para lograr el fin último del Acuerdo de Escazú: el cumplimiento del derecho a un ambiente sano.

 

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Autora

Manuela Fernández Grassani 

Contacto

María Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org