Ante la ausencia de mujeres en la propuesta presidencial para cubrir las vacantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un grupo de 12 organizaciones de la sociedad civil envió una carta a la presidenta de la Comisión de Acuerdos de la Cámara de Senadores, Guadalupe Tagliaferri, para que no dé inicio a la audiencia pública de designación de los dos jueces varones propuestos por el Poder Ejecutivo por ser inconstitucional y discriminatoria por motivos de género. Asimismo, implica un fuerte retroceso en la diversidad que debe reunir el máximo tribunal, con serio impacto en su legitimidad. 

En toda la historia argentina solo hubo tres mujeres en la Corte frente a 104 hombres. En lugar de revertir esta alarmante realidad, el Poder Ejecutivo decidió integrar dicho tribunal sólo con varones. Hoy es la Comisión de Acuerdos de la Cámara Alta, el órgano que tiene la oportunidad histórica de impedir que durante al menos 7 años tengamos una Corte absolutamente masculina, dejando afuera a mujeres que reúnen las condiciones para ocupar ese cargo y reforzando los estereotipos que bloquean su acceso a lugares de poder y toma de decisión. 

Los momentos de mayor participación política de las mujeres en dichos espacios, además, coincidieron con importantes avances en materia de género. La creación de la Oficina de la Mujer y la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte, organismos fundamentales para documentar y revertir la discriminación y violencia, tuvo lugar cuando Carmen Argibay y Elena Highton de Nolasco formaron parte de la máxima magistratura.

Una integración paritaria de la Corte Suprema y el acceso igualitario a cargos públicos, especialmente en órganos jerárquicos y de poder, son derechos políticos de las mujeres y el Estado tiene la obligación de hacerlos efectivos, de acuerdo con los compromisos asumidos en tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional. Asimismo, el Decreto 222/03 recoge dichos estándares para el proceso de designación de jueces y juezas en la Corte y establece que debe promoverse una composición de género diversa al definir los nombramientos. 

Pese a que en el Poder Judicial argentino el 57% del personal está conformado por mujeres, ellas ocupan solo el 31% de los cargos de magistrados y magistradas de la justicia nacional y federal y solo el 29% de las máximas autoridades allí.  

Es un deber del Poder Ejecutivo proponer mujeres para la Corte que reúnan las cualidades, idoneidad y compromiso con los derechos que se requieren para semejante función y, del Legislativo, promover y asegurar que dicha obligación sea cumplida. 

Por ello, Amnistía Internacional, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Red de Mujeres para la Justicia, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), Mujeres en Igualdad (MEI), la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Fundación Poder Ciudadano, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Campaña GQUAL y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), piden al Senado que no dé inicio a la discusión de los pliegos para nombrar dos jueces en la Corte a efectos de garantizar la igualdad de género en la Justicia argentina. 

 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

 

*Imagen extraída de una publicación de la Fundación Género con Clase

Ayer, 10 de junio, se publicó en el Boletín Oficial una resolución del Ministerio de Justicia que ordena la disolución de 81 Centros de Acceso a la Justicia. De esta forma, quedará sólo un Centro por provincia y se privilegiará la atención remota, lo que desmantela un sistema de atención legal primaria vinculado a descentralizar y derribar las barreras geográficas que las personas más vulnerabilizadas enfrentan a la hora de acceder a la justicia. Organizaciones de la sociedad civil y distintas personas e instituciones comprometidas con el acceso a la justicia coincidimos en la pérdida que significa la reducción de este servicio.

Desde hace 15 años, los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) se extienden como una política federal a lo largo de todo el país que acerca respuestas a toda la ciudadanía, pero en particular a los grupos más vulnerabilizados de la sociedad. El foco está, justamente, en barrios populares y/o parajes rurales, lugares que históricamente han tenido mayores barreras para acceder a sus derechos. Los CAJ son dispositivos que brindan atención legal primaria: se trata de brindar servicios que se ocupen específicamente de las necesidades jurídicas cotidianas de las comunidades vulnerabilizadas: acceder a documentación personal, asesoramiento en temas de familia o trabajo, asistencia a víctimas de delitos, entre otras cuestiones. Es la primera línea de atención, situada en los territorios, que permite remover barreras históricas vinculadas a la distancia entre aquellas personas más vulnerabilizadas y las respuestas estatales que requieren.

Las instituciones tradicionales del sector justicia no se ocupan —o llegan muy tarde, de manera fragmentada y a través de caminos largos, rígidos, sinuosos, costosos y generalmente poco efectivos— de dar respuestas a muchos de los problemas que afrontan las comunidades. Frente a esto, contar con centros descentralizados, con un abordaje territorial, que puedan acompañar a las personas integralmente en la resolución de las necesidades que atraviesan es fundamental.

Según datos de la página web del propio Ministerio, desde el 2016 al 2022, los Centros de Acceso a la Justicia atendieron más de 1.300.000 consultas.

¿Cuál es la situación actual de los CAJs?

Según información oficial del Ministerio de Justicia brindada como respuesta a un pedido de acceso a la información realizado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), en lo que va del año se habían cerrado seis Centros (pasando de 109 a 103). Sin embargo, en el día de hoy, se publicó en el Boletín oficial una resolución del Ministerio de Justicia que resuelve que quedará sólo un Centro por provincia y se privilegiará la atención remota, lo que vulnera un primer principio de la atención legal primaria vinculado a descentralizar y derribar las barreras geográficas que las personas enfrentan. Al mismo tiempo, no da cuenta de la necesidad de acompañamiento que las personas más vulnerabilizadas enfrentan ni de las barreras tecnológicas.

El costo del Acceso a la Justicia

En simultáneo al anuncio del Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo emitió un comunicado que desconoce, por un lado, las premisas más básicas del acceso a la justicia y, por otro, algunos hechos evidentes como que en la Argentina no hay Defensor del Pueblo desde hace 15 años o que los Centros de Asistencia a Victimas de Delitos (CENAVID) funcionan justamente en los CAJ o de forma remota a través de atención telefónica

En el mismo comunicado, se hace referencia al costo que esta política tiene para el país. Lo primero que hay que decir es que no es posible constatar la cifra de 8 mil millones de pesos a la que hace mención el Ministerio de Justicia sobre el costo de mantenimiento de los CAJ. Sin embargo, es necesario destacar que, si ese fuera el número correcto, correspondería solo al 0.01% del gasto público. En términos comparativos, equivale, por ejemplo, al 8% de los beneficios fiscales que se le otorgaron a la empresa Mercado Libre en 2023 o al 0,18% de lo que Argentina pagó en servicios de la deuda externa hasta el momento.

Al mismo tiempo, es importante destacar que el uso del derecho por parte de las personas en situación de mayor vulnerabilidad y la atención y resolución temprana
de consultas y conflictos jurídicos resultan en mejores resultados económicos en general, evitando la pérdida de recursos y el agravamiento y escalamiento de los problemas que enfrentan. La inversión en Acceso a la Justicia termina reduciendo los gastos del Estado. En la actualidad, organismos internacionales como la OCDE alientan la implementación de este tipo de dispositivos, en parte, con argumentos de este tipo.

La preocupación por la situación actual es transversal. Organizaciones de la sociedad civil y distintas personas e instituciones comprometidas con el acceso a la justicia coincidimos en la pérdida que significa la reducción de este servicio. En la actual situación de crisis socioeconómica estas políticas territoriales y centradas en las personas resultan un instrumento fundamental para el efectivo acceso a la justicia.

FIRMAS

  • ACIJ – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia
  • ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género
  • INECIP – Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales
  • CELS – Centro de Estudios Legales y Sociales
  • Fundeps
  • Capibara
  • Xumek
  • RAAC – Red Argentina de Abogacía Comunitaria
  • Curas Villeros
  • Andhes – Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en derechos humanos y
    estudios sociales.
  • Observatorio de justicia sanitaria y climática

Sobre el acceso a la justicia

El acceso a la justicia es un derecho humano reconocido internacionalmente y considerado además como instrumental, es decir, que permite el acceso a otros
derechos. Comprende garantizar la efectividad de los derechos de todas las personas, lo que incluye no sólo poder acceder a acciones judiciales si no encontrar
respuestas no judiciales, administrativas y alternativas a conflictos que afectan la vida diaria de las personas.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Tres días después del 9° aniversario de Ni Una Menos y cinco después de la publicación del informe de femicidios que confirmó que en 2023 hubo 250 víctimas en nuestro país, el gobierno nacional decidió cerrar la Subsecretaría de Protección Contra la Violencia de Género. Una mujer muere cada 35 horas en Argentina, mientras que una de cada dos mujeres en pareja ha sufrido o sufre violencia doméstica y no existen estructuras estatales para resolverlo. 

Según los datos del Registro Nacional de Femicidios de la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia han habido entre 226 y 260 víctimas de femicidio por año de 2017 a 2023. Es claro que la violencia letal por razones de género está lejos de ser resuelta. El problema es real y no ideológico. A estos datos de letalidad hay que sumar los 124.000 llamados a la línea 144, una política de estado que lleva 10 años de existencia y que es nodal para la prevención.

Las políticas públicas para la atención de los casos de violencia de género son parte de un compromiso que el Estado argentino tiene históricamente en el marco de acuerdos internacionales y por eso hace casi 40 años se crearon institucionalidades de género que las llevan adelante. Argentina ocupa un rol privilegiado en el cumplimiento de esos acuerdos y ha sido pionera en la toma de medidas contra la discriminación y la violencia contra mujeres y personas LGBT. Es tomada como ejemplo a nivel internacional. 

Sin órganos especializados en el abordaje integral ni personal y presupuesto suficiente, el Estado argentino no podrá diseñar e implementar políticas adecuadas para prevenir y sancionar estos actos. Pero, además, no estará cumpliendo con sus obligaciones. Con el cierre de la Subsecretaría de Protección Contra la Violencia de Género el Estado argentino se retrotrae a tiempos previos a 1987 cuando se creó la primera subsecretaría de la mujer y desanda un camino de avance progresivo que logró en estos últimos 37 años.

Nuestra Constitución Nacional otorga rango constitucional a la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) comprometiéndose a la elaboración de políticas encaminadas a eliminar la discriminación contra las mujeres por todos los medios apropiados y sin dilaciones y consagra la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Belem do Pará) en 1996 a través de la Ley N° 24.632. Con el cierre de la Subsecretaría, los compromisos dejan de tener autoridad de referencia para el diseño de políticas y presupuesto y la Ley N° 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres dejará de tener autoridad de aplicación. 

El ordenamiento fiscal no puede hacerse a costa de las muertes y otras formas de violencias discriminatorias hacia la población. Nuestra sociedad ha construido un consenso frente a la violencia de género. No es una opción dar marcha atrás con cuatro décadas de avances. 

Exigimos al gobierno que esté a la altura de la urgencia y designe inmediatamente una estructura adecuada para dar respuesta a un problema que no cesa. Instamos al Congreso a observar que las leyes que define para la protección social sean ejecutadas.

VER ADHESIONES: La protección contra la violencia de género es un compromiso con toda la sociedad

Gides (Grupo de Investigación en Derechos Sociales), Fundeps (Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables) y Católicas por el Derecho a Decidir Argentina nos presentamos ante el Ministerio de Justicia de la Nación para exponer los motivos por los que consideramos que los candidatos para cubrir las vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, no cumplen con las condiciones requeridas para integrar el máximo órgano de justicia de nuestro país.

Como organizaciones de la academia y la sociedad civil con larga trayectoria en materia de derechos humanos, entendemos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como principal garante de la Constitución Nacional y del Estado de Derecho, solo puede ser integrada por personas cuya trayectoria refleje una sólida idoneidad e independencia, así como un firme compromiso con los principios constitucionales y los derechos humanos.

Ariel Lijo enfrenta serias acusaciones en el Consejo de la Magistratura, incluyendo negligencia en la investigación de casos de corrupción, retrasos injustificados en procesos legales y acusaciones de enriquecimiento ilícito, además de cargos penales por asociación ilícita, lavado de dinero, cohecho y tráfico de influencias. Además, carece de méritos profesionales o académicos que respalden su candidatura.

Por su parte, Manuel García-Mansilla ostenta una postura ideológica que podría afectar la defensa de los derechos humanos y los compromisos internacionales asumidos por nuestro país. Durante su trayectoria, ha cuestionado la jerarquía de tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificados por Argentina. También ha expresado su oposición al derecho al aborto, incluso en aquellos casos en donde el embarazo es producto de una violación. Su incorporación al máximo órgano de justicia de la Nación implica un serio riesgo para la garantía de derechos de mujeres y personas gestantes.

Asimismo, manifestamos nuestra más profunda preocupación por la flagrante falta de representación de diversos sectores de la sociedad en la potencial composición de la Corte Suprema. La inclusión de nuevos miembros debería reflejar la diversidad de género y de especialización temática y regional, para asegurar una representación adecuada de un país federal como el nuestro. Es necesario recalcar que la diversidad de género en los cargos públicos y en los órganos de toma de decisiones, resulta un requisito legalmente vinculante derivado de nuestra constitución y tratados internacionales.

Por todo lo expuesto, rechazamos las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla a la CSJN. Exigimos se respeten las garantías constitucionales para lograr una composición equitativa que contemple la diversidad regional y de género, así como las condiciones mínimas de experiencia profesional requeridas para ocupar uno de los más importantes cargos de la justicia en nuestro país.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Este viernes 24 de mayo, se desarrolló el encuentro «Córdoba tiene impacto: Conversatorio por los derechos en disputa» con la participación de más de 100 personas en el Museo de Antropologías. Fue organizado por Fundeps, con la adhesión de más de 30 espacios.

Durante tres horas, se desarrollaron reflexiones en torno a:

  • cómo la reducción del gasto público afecta a la educación universitaria, el sistema científico-tecnológico,  a los sectores populares y a los medios de comunicación;
  • las consecuencias de la propuesta de reforma previsional y laboral, con foco en trabajadoras de casas particulares; y la inconstitucionalidad del DNU 70/23.
  • las regresiones normativas en relación a la explotación de recursos naturales, cómo viven las comunidades estas desregulaciones y el impacto ambiental del Régimen de Grandes Inversiones (RIGI)

El conversatorio reunió a referentes de diversos ámbitos, incluyendo la academia, organizaciones sociales, comunidades, medios de comunicación y sindicatos. 

Un evento con diversas voces y perspectivas que nos ayudan a entender algunos de los desafíos que enfrentamos y cómo construir estrategias colectivas frente a la regresión de derechos.

Durante los meses de agosto y octubre del 2023, desde Fundeps, junto al Espacio de Economía Feminista de Córdoba y con el apoyo de la Fundación Heinrich Böell y la Secretaría de Extensión de la UPC, llevamos a cabo el Ciclo de Formación Repensando la Economía: una mirada feminista. A partir de estos encuentros construimos una guía para la Reflexión y Transformación.

En este ciclo de formación nos reunimos con una amplia diversidad de espacios para idear alternativas de resistencia que pusieran en el centro la sostenibilidad de la vida, entre ellos participaron: organizaciones autogestivas, emprendimientos, cooperativas, sindicatos, espacios académicos, trabajadores y trabajadoras del ámbito público-estatal, organizaciones de la sociedad civil, movimientos sociales y feministas y personas interesadas de la provincia. 

A partir de esta experiencia enriquecedora que constó de seis instancias, nos propusimos compartir una sistematización con quienes se interesan en emprender un camino de (de)construcción sobre las formas en las que entendemos y participamos de la economía. Desde una perspectiva crítica, este insumo busca no solo comprender la realidad desde una mirada compleja, sino también aportar a su transformación. Con este fin, recuperamos y organizamos tanto los aportes teóricos y metodológicos como las reflexiones, los interrogantes y las dinámicas desde los cuales se construyeron los encuentros de formación. 

La orientación pedagógica de esta guía se ideó desde una perspectiva feminista, integrando diversas herramientas de la educación popular, la sensibilidad y la afectividad. Está dividida en dos partes: la primera aborda categorías conceptuales fundamentales para analizar la economía en clave feminista; la segunda incluye anexos con actividades destinadas a sensibilizar y reforzar dichos contenidos. Como cierre, se presentan algunos poemas que buscan conectar las reflexiones y pensamientos desarrollados durante los encuentros, con nuestras emociones más profundas y sensibles. 

En ese sentido, la guía presenta varios aportes conceptuales y políticos fundamentales, entre ellos: la división sexual del trabajo y su impacto en el mercado laboral; la organización social del cuidado y la reproducción de las desigualdades; la reconfiguración de la estatalidad desde perspectivas feministas, incluyendo la idea de un Estado Abierto.  Además abarca algunos proyectos de ley que representan importantes precedentes para la construcción de propuestas que podrían dar lugar a marcos regulatorios para el reconocimiento del trabajo de cuidado en entornos comunitarios.

Esta guía se vuelve, entonces, una apuesta y una herramienta política para socializar diversos conocimientos críticos y colectivos relacionados con la construcción de “otra economía más justa” de la que podemos ser partícipes. Esperamos que este recurso sea de utilidad para generar diálogos enriquecedores entre los presupuestos conceptuales de la Economía Feminista y las experiencias vitales y organizativas de quienes la consulten. Esperamos que esta guía ayude a cuestionar las condiciones de vida actuales y así, poder construir bases sólidas que apoyen y fortalezcan las prácticas de cuidado para la sostenibilidad de la vida.

 

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Autora

Carola Bertona

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Nos llena de orgullo compartir el Anuario 2023, un recorrido por nuestro trabajo, logros y aprendizajes durante el último año. 

Durante 2023 llevamos a cabo diversas acciones. Desde reuniones de incidencia política y presentaciones judiciales, hasta investigaciones, congresos y talleres,   campañas de comunicación y más. Cada acción refleja nuestra determinación para transformar la sociedad y defender los derechos humanos.

Además,  a fines del año pasado, experimentamos un cambio importante en nuestra dirección. Carolina Tamagnini, quien ha liderado la Fundeps durante los últimos 4 años, dejó la Dirección Ejecutiva para sumarse al Consejo de Administración y en su lugar, Mayca Balaguer asumió como nueva Directora. 

Este cambio marca no solo una transición en el liderazgo, sino también un momento de fortalecimiento y renovación institucional, consolidando un equipo dinámico y capaz de responder a las demandas emergentes, creciendo tanto institucionalmente como en impactos. 

Lo que comenzó como una iniciativa en 2009, hoy se ha convertido en una organización sólida e involucrada en la defensa de los derechos humanos. ¡Y en este 2024 festejamos 15 años! 

Porque confiamos en que la mejor manera de realizar nuestro trabajo es en red y de forma colectiva, agradecemos a las organizaciones, comunidades y personas que fueron parte de estas iniciativas. Celebramos con ustedes nuestro progreso y les invitamos a conocer el Anuario 2023: la memoria colectiva de nuestro compromiso por una sociedad más justa, equitativa, sostenible y democrática.

VER ANUARIO 2023

Esta es la consigna de nuestra campaña que busca derribar mitos acerca de la ESI, promover debates abiertos y brindar conocimientos esenciales que permitan a estudiantes ejercer sus derechos y llevar una vida sana y plena.

El próximo 26 de febrero, estudiantes de toda la provincia de Córdoba iniciarán un nuevo ciclo lectivo. Quienes cumplan dieciocho en este 2024 tendrán la misma cantidad de años que se contarán en octubre desde la sanción de la Ley 26.150, conocida como la Ley de Educación Sexual Integral (ESI). En esta vuelta al cole, esperan que al fin se implemente la ESI en sus clases, para no seguir siendo parte del 80% de los estudiantes que considera que no se aplica de forma adecuada en su escuela, de acuerdo con el dato que surge de una encuesta realizada por la Fundación Huésped.

“La Educación Sexual Integral es un derecho inalienable de estudiantes de todo el país que concurren a establecimientos educativos tanto públicos como privados, tal como lo establece la Ley 26.150. Si bien esta ley está vigente desde 2006, no se ha logrado su cumplimiento efectivo y, además, hoy este derecho se ve amenazado por fuertes campañas de desinformación que circulan tanto en la opinión pública como en espacios institucionales”, explica Mayca Balaguer, directora ejecutiva de Fundeps.

Coincidiendo con el inicio de clases, desde Fundeps

ponemos en marcha la campaña de concientización ESI porque Sí, con el objetivo de dar a conocer entre adolescentes y jóvenes que la Educación Sexual Integral es su derecho y que debe ser garantizado en todos los casos. Con información clara y precisa, la campaña se propone combatir las noticias falsas, mitos y discursos de odio que circulan en redes sociales generando confusión y falsas creencias sobre los contenidos y prácticas efectivas de la ley en las escuelas.

ESI porque Sí, está destinada principalmente a estudiantes de nivel secundario de la provincia, pero también a docentes y autoridades educativas.

“El rol docente es fundamental: enseñar educación sexual es imprescindible para la erradicación de la violencia de género, la integración de la diversidad sexual, la prevención del abuso sexual, del embarazo adolescente y de las enfermedades de transmisión sexual, entre otras cuestiones. La ESI no es ideología de género, sino un espacio sistemático y transversal de enseñanza y aprendizaje, que asegura la transmisión de conocimiento científico preciso, confiable y adecuado a cada etapa evolutiva de las y los estudiantes. Las y los docentes son garantes de derechos”, define Mayca Balaguer.

En Córdoba, la Ley Provincial de Educación (9870) refuerza la adhesión a la normativa nacional, tanto en contenidos y saberes como en valores. Sin embargo, siguen existiendo impedimentos para su aplicación en muchas instituciones. Es por eso que apostamos también al trabajo en red, junto con otras organizaciones comprometidas con la promoción de los derechos humanos.

Garantizar la ESI es ampliar derechos. Permite formar estudiantes libres en pensamiento y elección, con empatía y capacidad de vivir una sexualidad plena con vínculos respetuosos, ya que la propia definición de Educación Sexual Integral que estipula la Ley 26.150 contempla la articulación de aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”, ratifica nuestra directora ejecutiva.

La campaña ESI porque Sí estará disponible en las redes sociales de Fundeps y organizaciones aliadas.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Dos dictámenes de la Procuración General de la Nación admiten la legitimación de dos grupos en representación del “colectivo de personas por nacer”, en contra del Constitución, leyes nacionales y acordadas de la Corte. Allanan, sin embargo, la vía judicial para arremeter contra el derecho a la interrupción del embarazo. Comunicado conjunto.

Durante la última semana, Laura M. Monti, procuradora fiscal adjunta de la Procuración General de la Nación, firmó dos dictámenes en la misma sintonía. En ellos reconoce la legitimación de un grupo de ciudadanos y una asociación civil para representar a las señaladas como “personas por nacer” ante el Poder Judicial. Se trata de una interpretación que no tiene respaldo en la jurisprudencia: ningún tribunal ha reconocido en una sentencia definitiva la posibilidad de representar colectivamente a las “personas por nacer”. 

Monti emitió esos dictámenes en dos causas: una liderada por Cristina Fiore Viñuales y otra por la organización Portal de Belén, ambas iniciadas para cuestionar la constitucionalidad de la Ley de  Interrupción Voluntaria del Embarazo. En ambos casos, si bien afirma seguirla, se aparta de la jurisprudencia de la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre representación colectiva. También en las dos causas, las partes peticionantes buscan convertir en un “caso” (para discutirse en los tribunales de justicia) lo que en verdad es una disconformidad general con la ley.

Monti se basó en el art. 1 de la Ley 26.061 de Protección Integral a la Niñez para sostener la legitimación. De esta manera, desnaturalizó el sentido de la ley e ingenió una suerte de “acción popular” que permitiría que cualquier ciudadano accione por fuera de un caso concreto. No solo eso, sino que además, equiparó a las “personas por nacer” a niños, niñas y adolescentes.

Al mismo tiempo, en los dictámenes decidió no tomar en cuenta las exigencias del artículo 116 de la Constitución Nacional, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y de las acordadas y jurisprudencia de la Corte sobre procesos colectivos, creando una situación de inseguridad jurídica. Por nombrar un antecedente: en el caso Halabi, citado por la propia Procuradora para dictaminar, se establece que la comprobación de la existencia de un caso es imprescindible para otorgar legitimación colectiva. En ninguno de los casos, ni Fiore Viñuales ni Portal de Belén, hay “caso”; es decir que Monti debería haber negado la legitimación de plano.

Por qué es grave este paso de la procuradora fiscal: porque admite que un grupo de ciudadanos cuestione a través de un juicio una ley votada por todas las fuerzas políticas sin que se acredite que hay un derecho o un daño concreto afectado y, en la misma acción, le atribuya una representación colectiva inexistente para el ordenamiento jurídico argentino. El debate democrático ya se dio en el Congreso y trazó una línea para un acuerdo social básico de derecho a la salud y a la vida, a través de la despenalización y legalización del aborto. 

Los expedientes estaban a la espera de dictamen desde hace un año y medio, pero fueron emitidos dos días después de que el Dr. Rodolfo Barra fuera designado Procurador del Tesoro de la Nación, pese a que aún ejercía como abogado patrocinante de la causa “Fiore Viñuales”. 

El Dr. Barra en su carácter de reciente Procurador del Tesoro tiene un conflicto de interés, de acuerdo a la ley de ética pública, que lo hace incompatible con la defensa de la Ley 27.610. Por eso, corresponde que se excuse de intervenir en las causas contra la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y en todo asunto relacionado con el derecho al aborto.,En este sentido, hicimos una presentación ante la Procuración del Tesoro de la Nación y pusimos en conocimiento a la Oficina Anticorrupción, en tanto es la autoridad de aplicación de la ley de ética pública.

Desde 2021, del total de acciones judiciales que se iniciaron en contra de la ley, 34 fueron rechazadas por tribunales de diferentes jurisdicciones del país. Sólo 3 llegaron a la Corte, pero no para que decida sobre su constitucionalidad, sino para determinar si quienes promovieron esas acciones tienen legitimación para hacerlo y para representar al colectivo de “personas por nacer”.

Los dictámenes de la Procuración General de la Nación no son vinculantes para la Corte, que puede definir los criterios jurídicos aplicables, sin tomar en cuenta esas recomendaciones. Por eso, la Corte ahora tiene la responsabilidad de volver a situar las acciones colectivas para los propósitos que fueron creadas, evitar que sean forzadas conceptualmente y que se vulneren las garantías del debido proceso. Es su oportunidad de frenar el litigio infundado contra una ley vigente y clave para millones de mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar. 

Amnistía Internacional Argentina
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps)
Fundación Mujeres x Mujeres

Presentamos tres amicus curiae ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para ofrecer algunas consideraciones respecto al cuidado como derecho humano. Nuestra participación fue parte de un proceso colectivo que sintetiza saberes especializados.

En enero el Estado Argentino solicitó a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) que se expida en relación a “El contenido y alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos”. Lo que motivó este pedido, según los diferentes ministerios involucrados, fue la oportunidad de abordar las desigualdades de género desde la construcción de estándares más justos y equitativos en materia de cuidados.

A partir de este pedido, la Corte IDH emitirá una Opinión Consultiva permitiendo, previamente, el involucramiento de otros actores en el proceso interpretativo de este derecho. Desde Fundeps hemos tomado parte, junto a otros espacios, en la construcción de una herramienta judicial denominada amicus curiae, la cual habilita la participación voluntaria a través de una opinión técnica-jurídica. Asimismo, hemos adherido a los documentos elaborados por la Red Jurídica de CLACAI y la Red DESC

Este proceso de trabajo colectivo reunió a activistas, docentes de universidades latinoamericanas y europeas, personas de la academia y expertas de diferentes comités, organizaciones feministas y de derechos humanos. El documento presentado busca brindar elementos al tribunal respecto al cuidado como un derecho humano: a cuidar, ser cuidade y al autocuidado. 

El documento reconstruye la concepción de los cuidados como una necesidad que trasciende las relaciones interpersonales, para así, considerarlo “como un proceso inherente y vinculado con la sostenibilidad de la vida y el bienestar”. Desde este posicionamiento, el amicus sostiene el derecho al cuidado como un derecho autónomo que, a la vez, mantiene interdependencias con otros derechos. Así, se ofrecieron consideraciones respecto a su vinculación con el derecho a la salud, a la salud sexual y (no) reproductiva, a la diversidad sexual, a la seguridad social, al ambiente sano, a los territorios y a la ciudad. Además, el amicus expuso la importancia de contar con sistemas de indicadores -cuantitativos y cualitativos- de derechos humanos, que permitan a los Estados producir información completa y sistematizada, para el monitoreo sobre el cumplimiento del derecho al cuidado.

Respecto a la exigibilidad sobre las obligaciones del Estado, se planteó que el respeto, protección y cumplimiento del derecho de las mujeres a la no discriminación y al goce de la igualdad, es una obligación derivada de este derecho autónomo. Sin embargo, se expresó que se vuelve necesario tener en cuenta, desde una perspectiva interseccional, aquellas obligaciones derivadas del derecho al cuidado en sectores mayormente expuestos a la vulnerabilidad: personas con discapacidad y afectaciones en salud mental, personas migrantes y pueblos indígenas. 

Como punto a destacar, nuestra presentación también planteó la importancia del trabajo de cuidado comunitario, estableciendo que éste toma formas particulares en comedores y ollas populares, merenderos, jardines de infantes, salitas médicas, entre otros, para hacer frente a las crisis económicas. En este sentido, la organización mayoritariamente de mujeres y disidencias en los territorios donde se evidencian las desigualdades sociales, este tipo de cuidados permiten la reproducción social y la sostenibilidad de la vida.

Como conclusión, sostuvimos que el derecho al cuidado es un derecho autónomo que debe ser garantizado por los Estados en condiciones de universalidad, igualdad y no discriminación. Esto significa la revalorización del cuidado como derecho independiente que precisa tanto de la exigibilidad hacia el Estado, como de la corresponsabilidad y distribución, involucrando tanto al conjunto de la sociedad como al mercado. 

 

Ver Amicus Curiae

Ver Amicus Curiae – Red DESC

Ver Amicus Curiae – CLACAI

 

Autora

Carola Bertona

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org.

Amnistía Internacional, ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Fundeps y el O’Neill Institute for National and Global Health Law (Universidad de Georgetown) anunciamos el lanzamiento un novedoso curso de formación para abogadas y abogados en Argentina que reúne a un cuerpo docente de gran renombre de toda la región.

La propuesta se dirige a profesionales del derecho que deseen capacitarse en estrategias de litigio estratégico feminista en materia de derechos sexuales y reproductivos para desarrollarse como referentes en sus comunidades y entornos. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación MxM adhieren a la iniciativa.

La Diplomatura será gratuita y se desarrollará de manera virtual entre marzo y octubre del 2024 a través de encuentros sincrónicos y culminará con una experiencia de litigio práctica y presencial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la cual se otorgarán becas.

Además, aquellos estudiantes que hayan obtenido certificado de aprobación podrán postular para realizar una pasantía legal en las organizaciones coordinadoras de la Diplomatura, a fin de que puedan aplicar los conocimientos, habilidades y herramientas incorporados.

Inscripciones en el este formulario

Brochure – información sobre cronograma, módulos y docentes

Para más información: diplomaturalitigiofeminista@gmail.com

En junio de este año, La Casita Trans presentó una demanda en el fuero de violencia contra el Consejo de Médicos por ofrecer una capacitación con contenidos patologizantes. Desde Fundeps presentamos un amicus curiae en la causa.

La Casita Trans es una Asociación Civil de Córdoba que acompaña a las identidades trans y sus familias. A través de distintas acciones cumplen con uno de sus objetivos fundamentales: trabajar por el reconocimiento y la protección de sus derechos.Además son un centro de contención y referencia, con foco en las masculinidades trans. 

A comienzos de este año, a través de publicaciones en redes sociales del Consejo de Médicos de la provincia de Córdoba sobre una capacitación dirigida a profesionales de la salud, la entidad promocionó un programa de actualización que cuenta con un módulo nombrado como “Disforia de género”. La Casita intervino realizando una denuncia ante el INADI, solicitando la rectificación de la capacitación ya que, con ese nombre, incumple las leyes vigentes y configura contenido violento y discriminatorio contra las identidades trans.

Ante la falta de acuerdo y respuesta apropiada por parte del Consejo de Médicos, la organización presentó una demanda judicial para evitar que ese módulo de la capacitación se lleve a cabo. La causa se encuentra en trámite ante el Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 3ra Nominación de Córdoba. 

Desde Fundeps intervinimos a través de una herramienta judicial denominada amicus curiae  que permite participar del litigio ofreciendo voluntariamente opinión técnica jurídica. En este amicus ratificamos que la patologización de las identidades trans viola la legislación vigente, la actualidad de la información científica y configura un tipo de violencia. Resulta particularmente peligroso que la entidad que regula y supervisa la profesión médica en nuestra provincia, dicte una capacitación con contenido científico desactualizado. Hay que tener en cuenta que el organismo tiene a su cargo la formación de profesionales que luego reproducirán dichos aprendizajes en las relaciones médico-paciente, con el riesgo de generar situaciones de violencia, discriminación y vulneración de los derechos humanos. 

Las disposiciones internacionales y nacionales vigentes, que en nuestro país han sido pioneras y vanguardistas en la materia, son esenciales para la protección y reconocimiento de los derechos humanos de las diversidades. Por eso, las intervenciones judiciales que buscan garantizar su respeto y evitar vulneraciones futuras, son una herramienta clave para velar por su cumplimiento.

En un contexto socio-cultural que aún tensiona los derechos humanos de las personas del colectivo LGBTIQ+, es necesario actuar ante las violencias simbólicas. Estas vulneraciones se relacionan directamente con tratos hostiles en el ámbito de la salud, lo que influye en que las personas trans lo eviten para no ser (re) victimizadas. 

El Estado, las entidades privadas y la sociedad deben enfocarse en apoyar la diversidad de experiencias de género, celebrar la identidad de cada persona y crear espacios inclusivos que promuevan el bienestar y la seguridad de las personas trans.  

Ver Amicus curiaeacá

 

Autora

Luz Baretta

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org