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A través del proyecto del Poder Ejecutivo N° Expediente 186/26 de ley que propone eliminar la Ley N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, el Poder Ejecutivo busca desmantelar una de las políticas de salud pública más importantes del país, pese a la contundente evidencia científica local e internacional que demuestra su efectividad.

El Gobierno Nacional presentó ante el Congreso de la Nación el proyecto de ley para derogar en su totalidad la ley popularmente conocida como la «Ley de Etiquetado Frontal», una medida que organizaciones de salud pública y derechos de consumidores califican como un grave retroceso en materia de derecho a la información y protección de la salud.

El proyecto firmado por el Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Manuel Adorni y el Ministro de Salud Mario Lugones, sostiene la necesidad de reducir “limitaciones regulatorias, económicas y armonizar criterios dentro del MERCOSUR”. Sin embargo, más de 300 organizaciones de la sociedad civil y academia rechazan la iniciativa porque podría eliminar una política integral diseñada específicamente para proteger la salud de la población -especialmente, la de niños, niñas y adolescentes- y el acceso a la información de las y los consumidores.

Un ataque directo al derecho a la información y a la salud

La propuesta oficialista de derogación generó una profunda alarma en las organizaciones de la sociedad civil y la comunidad científica, quienes advierten sobre el absoluto estado de desprotección en el que quedará la ciudadanía. La Ley N° 27.642 no solo establece sellos de advertencia en los envases; también  regula la publicidad de productos ultraprocesados dirigida a infancias, promueve entornos escolares saludables y prohíbe estrategias de marketing en alimentos con excesos. Su eliminación implicaría desmantelar por completo el sistema de protección de manera inmediata.

A diferencia de los cuestionamientos del Poder Ejecutivo, que califica el sistema como «inconsistente» o «simplificado», distintos estudios generados por el propio Ministerio de Salud de la Nación, UNICEF y FIC Argentina tras la implementación de la ley demuestran que los sellos funcionan: 

  • Apoyo a la ley: El 90% de las personas coincide en que los sellos negros permiten identificar de forma rápida y sencilla los productos poco saludables.
  • Cambios en la intención de compra: más de la mitad de la población afirmó haber modificado su intención de compra de bebidas (63%), yogur (62%) y galletitas (50%). 
  • Cambios en la percepción: el estudio realizado por UNICEF y FIC demostró que el etiquetado frontal es identificado como una herramienta que permite “desenmascarar engaños” al mostrar la verdadera composición nutricional de los productos. En este sentido, tras la implementación de la ley, se redujo notablemente el promedio de las personas que percibían como saludables productos con nutrientes críticos como el yogur, los cereales de desayuno y el jugo.
  • Uso activo y cotidiano: Un 55,9% de los argentinos utiliza los sellos negros «siempre o casi siempre» como guía primordial al momento de decidir sus compras.

Antes de la sanción de la norma, según la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (2019) solo el 13% de la población lograba interpretar la compleja información nutricional tradicional declarada al dorso de los envases. Los octógonos democratizaron el acceso a la información para toda la población independientemente de su nivel educativo.

La falacia de la unificación regional 

El proyecto de ley del Ejecutivo argumenta la necesidad de avanzar hacia una armonización regional dentro del MERCOSUR. Sin embargo, organizaciones y especialistas advierten que los modelos que hoy se discuten en la región son considerablemente menos efectivos que el sistema argentino vigente, basado en el Sistema de Perfil de Nutrientes (SPN) de la Organización Panamericana de la Salud, considerado el más preciso y protector de toda la región.

Por ejemplo, mientras el modelo argentino detecta de forma rigurosa el exceso de azúcares perjudiciales en el 68% de los yogures del mercado, el modelo uruguayo solo lo advierte en un 9% y el brasilero en un ínfimo 1%. En sintonía, el sistema de octógonos ha demostrado ser más claro y efectivo que el modelo de «lupa» (utilizado en Brasil), capturando mejor la atención y promoviendo decisiones de compra sustancialmente más saludables.

“Rechazamos profundamente esta medida que representa un ataque directo a la salud pública. No existen argumentos sanitarios ni científicos que justifiquen la necesidad de derogar la Ley de Etiquetado. Avanzar en ese sentido significaría quitarle a la población una herramienta simple y efectiva para tomar decisiones informadas, e implicaría un grave retroceso en el derecho a la salud y a una alimentación adecuada». 

Instituciones académicas, organizaciones de salud pública y de derechos humanos hacen un llamado urgente a los miembros del Congreso de la Nación para que prioricen la sólida evidencia científica disponible, rechacen de plano este intento de retroceso y defiendan el derecho a la salud y a la información transparente de todo el pueblo argentino.

Contacto:

Maga Ailén Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

A pesar de la recepción constitucional del derecho a la alimentación adecuada en 1994, la inseguridad alimentaria y la lógica de la emergencia han signado la política alimentaria argentina durante las últimas décadas. Este informe analiza ese proceso desde un enfoque de derechos humanos, recorriendo las principales normativas y políticas entre 2002 y 2025. Examina las tensiones entre el modelo asistencialista predominante y las obligaciones estatales derivadas del derecho internacional, y sitúa la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley PAS, N° 27.642) como el cambio de paradigma más significativo en la materia en las últimas dos décadas. En un contexto de regresiones normativas y agravamiento de la inseguridad alimentaria, el documento identifica los desafíos actuales para la implementación efectiva del derecho a la alimentación y plantea horizontes para su defensa y exigibilidad.

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable se encuentra en riesgo ante el proceso de armonización del Etiquetado Frontal que está llevando adelante el MERCOSUR, y que amenaza con debilitar los estándares de protección alcanzados en nuestro país. Este documento aporta herramientas y argumentos jurídicos concretos para quienes defienden el derecho humano a la salud y a la alimentación adecuada. El análisis recorre los principios constitucionales e internacionales que obligan al Estado argentino a sostener el nivel de protección vigente y examina la compatibilidad del sistema de octógonos con el derecho comercial internacional. Un insumo técnico para disputar, en todos los planos, cualquier retroceso regulatorio.

En un contexto de retrocesos normativos que amenazan políticas públicas de salud, Fundeps presenta Mucho más que etiquetas, un compendio jurídico colectivo que aporta herramientas concretas para defender la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y fortalecer el derecho humano a la alimentación adecuada en Argentina.

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable es una política pública clave para el fortalecimiento del derecho humano a la alimentación adecuada y a la salud en Argentina. Su diseño integral, basado en evidencia científica y en un enfoque de derechos humanos, la convierte en un eje estructurante de las políticas alimentarias y en una herramienta central para regular el entorno alimentario y proteger a la población, especialmente a los grupos en situación de mayor vulnerabilidad.

Sin embargo, a poco de iniciada su implementación, la ley comenzó a enfrentar un escenario de regresión normativa. Las resistencias de la industria alimentaria, lejos de limitarse al plano discursivo, se tradujeron en flexibilizaciones regulatorias y decisiones administrativas que debilitan los estándares de protección definidos por el Congreso. Estas medidas, impulsadas desde organismos estatales mediante normas de jerarquía inferior, ponen en riesgo derechos ya conquistados y comprometen las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado argentino en materia de derechos humanos.

Frente a este escenario, Mucho más que etiquetas: Claves jurídicas para la defensa de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable se presenta como un esfuerzo colectivo y una herramienta estratégica para la defensa activa de la Ley PAS. El compendio reúne aportes de distintas autoras y autores que, desde enfoques jurídicos complementarios, brindan argumentos claros y accionables para sostener su plena vigencia, exigir su implementación efectiva y disputar los retrocesos en los planos político, institucional y judicial.

La Ley PAS como punto de inflexión en la regulación alimentaria
En su artículo, María Eugenia Marichal analiza la Ley PAS como una respuesta a la fragmentación histórica de la regulación alimentaria en Argentina. La presenta como una “sutura normativa” que articula salud, producción, consumo e inocuidad desde un enfoque de derechos, y destaca la necesidad de defender la autonomía sanitaria del Estado frente a intentos de desregulación administrativa y armonización regional que priorizan intereses comerciales.

La alimentación saludable desde un enfoque de derechos humanos
Maximiliano Carrasco aborda la ley desde el Enfoque Basado en Derechos Humanos y la vincula con las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado. Su aporte central es claro: la Ley PAS expresa los principios de progresividad y no regresividad, y cualquier medida que reduzca sus estándares activa una presunción de ilegitimidad que debe ser estrictamente controlada.

Los tribunales como espacio de disputa
En su trabajo conjunto, María Laura Fons Camarena y Agustina Mozzoni muestran cómo la Ley PAS fortalece la exigibilidad judicial del derecho a la alimentación adecuada. Al aportar mayor densidad normativa, la ley permite superar enfoques asistenciales y habilita litigios estratégicos que colocan al Poder Judicial como una barrera clave frente a la interferencia corporativa y los retrocesos normativos.

Aportes de la justicia ambiental al derecho a la alimentación
Ananda María Lavayen propone una lectura innovadora que conecta la alimentación adecuada con la experiencia de la justicia ambiental. Su artículo recupera herramientas como la legitimación amplia, la carga dinámica de la prueba y los enfoques de justicia estructural, y señala que la plena implementación de la Ley PAS es una condición necesaria para avanzar en la exigibilidad efectiva de este derecho.

La Ley PAS y el sistema de protección de consumidores
Desde el derecho consumeril, Dante Rusconi analiza cómo la Ley PAS se integra al sistema federal de defensa de consumidores y consumidoras. Su aporte destaca el rol estratégico de provincias y municipios, que cuentan con facultades concretas para fiscalizar y sancionar incumplimientos, incluso frente a escenarios de inacción o regresión por parte del Estado nacional.

Una herramienta para la defensa activa

Lejos de ser un análisis meramente descriptivo, Mucho más que etiquetas busca fortalecer las capacidades de incidencia, litigio y control ciudadano frente a un contexto de debilitamiento de las políticas públicas de salud. La publicación reafirma que defender la Ley PAS es defender el derecho a la alimentación adecuada, la salud pública y el rol del Estado como garante de derechos.

 

Contacto: 

Maga Ailén Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

En un contexto de retrocesos normativos que amenazan políticas públicas de salud, este compendio jurídico aporta herramientas concretas para defender la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable. La publicación reúne aportes de distintas autoras y autores que, desde enfoques jurídicos complementarios, brindan argumentos claros y accionables para sostener su plena vigencia, exigir su implementación efectiva y disputar los retrocesos en los planos político, institucional y judicial. Un esfuerzo colectivo para fortalecer el derecho humano a la alimentación adecuada en Argentina.

Desde Fundeps, con acompañamiento de ADCOIN, se presentó una acción preventiva del daño contra la ANMAT y el Ministerio de Salud de la Nación, para frenar los efectos de disposiciones que debilitaron la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable. Estas medidas constituyen un grave retroceso en la protección del derecho a la salud y vulneran estándares legales vigentes.

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) presentó una acción judicial para frenar los efectos de las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). La organización sostiene que ambas medidas implican un grave retroceso en la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642) y ponen en riesgo la salud de la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes. Por eso solicita la suspensión inmediata de las normativas y la restitución de los estándares de protección establecidos por la ley de etiquetado frontal.

Las disposiciones cuestionadas flexibilizan los criterios para determinar qué productos deben llevar sellos de advertencia y debilitan las restricciones a la publicidad y al marketing engañoso dirigidos a las infancias. Esta desregulación se traduce en menor acceso a información nutricional clara y mayor exposición a productos ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos, factores asociados a un incremento del riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles.

Para Fundeps, estas modificaciones implican un retroceso en la protección de los derechos a la salud, a la información y a la alimentación adecuada. Además, carecen de sustento técnico y científico, exceden la potestad reglamentaria del organismo y contradicen la propia letra de la ley PAS.

Frente a este escenario, Fundeps y ADCOIN iniciaron una acción preventiva del daño (artículos 1710 y 1711 del Código Civil y Comercial) con el fin de evitar que los perjuicios actuales e inminentes se profundicen.

“Tenemos una ley pionera a nivel mundial, basada en la mejor evidencia disponible y aprobada por amplias mayorías en el Congreso de la Nación. La modificaron a puertas cerradas y sin argumentos científicos. Para proteger los intereses de unos pocos pusieron en riesgo a toda la población. Esta demanda es un acto de protección colectiva: buscamos garantizar información clara, decisiones de consumo libres y que la salud, sobre todo la de las infancias, sea efectivamente resguardada”, afirma Maga Merlo Vijarra, abogada y coordinadora del área de Salud de Fundeps.

¿Por qué es importante esta demanda?

La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642) estableció un sistema de advertencias nutricionales destinado a proteger el derecho a la salud, la información y la alimentación adecuada de toda la población, en particular de niños, niñas y adolescentes.La Ley y su reglamentación original se diseñó siguiendo el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), considerado el estándar más robusto para políticas de reducción del consumo de productos ultraprocesados.
Los productos procesados y ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos aumentan el riesgo de obesidad infantil, diabetes tipo 2, hipertensión, entre otras enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT).
El etiquetado frontal demostró eficacia para mejorar la comprensión de riesgos nutricionales y reducir compras impulsivas de productos no saludables. A pocos meses de la implementación de la ley, una encuesta realizada por el Ministerio de Salud comprobó cambios concretos en los hábitos de consumo: el 43% de la población consideraba los sellos al momento de comprar, y de ese porcentaje, el 58% había modificado su intención de compra.

¿Cuáles son los cambios introducidos por ANMAT a la Ley de Etiquetado?

En diciembre de 2024, ANMAT dictó dos disposiciones que modificaron el funcionamiento del sistema de advertencias nutricionales y las restricciones a la publicidad establecidas por la Ley 27.642, conocida como Ley de Etiquetado.

La disposición N° 11362/2024 introdujo las siguientes modificaciones: 

  1. Alteración del Modelo de Perfil de Nutrientes de OPS
    Se modificó el criterio para determinar si un producto debe llevar sellos. En lugar de evaluar la composición completa del alimento – como exige el Perfil de Nutrientes de la OPS adoptado por la Ley PAS- solo se analizan los nutrientes críticos agregados. Esto implica:

    • Exclusión de nutrientes intrínsecos (azúcares, sodio, grasas) del cálculo.
    • Reducción de productos alcanzados por los sellos sin que exista reformulación.
    • Pérdida de capacidad del sistema de advertencias para identificar productos no saludables.
  2. Flexibilización de las leyendas precautorias de edulcorantes
    La advertencia obligatoria por la presencia de edulcorantes solo debe colocarse si estos se declaran con «propiedades endulzantes». Sin embargo, los edulcorantes pueden utilizarse con otras funciones (conservantes, humectantes, etc.), sin que esto reduzca sus efectos adversos sobre la salud, especialmente en niñas, niños y adolescentes. La modificación reduce la protección y genera mayor riesgo de confusión.
  3. Disminución de los estándares de visibilidad de los sellos
    Los cambios introducidos permiten tamaño más reducido, menor contraste y ubicaciones que dificultan la rápida identificación de los sellos al momento de la compra, reduciendo su efectividad como advertencias.

La disposición N° 11378/2024 introdujo las siguientes modificaciones:

  1. Flexibilización de las restricciones de publicidad, promoción y patrocinio
    La disposición debilita las prohibiciones dirigidas a evitar la promoción de productos con sellos, rehabilitando diferentes estrategias que vuelven a exponer a las infancias al marketing engañoso. 
  2. Reducción de la protección a las y los adolescentes
    La protección frente al marketing engañoso que antes era aplicable a niñas, niños y adolescentes hasta los 18 años, ahora se reduce hasta los 16. Esta modificación no solo afecta a la población de 16 a 18 años, sino que, de manera indirecta, afecta también a los menores de 16 años que están expuestos a la misma publicidad, en entornos compartidos como la escuela. 
  3. Habilitación de declaraciones nutricionales complementarias
    Ahora, la disposición permite que productos con exceso de nutrientes críticos puedan resaltar supuestos atributos saludables, generando mensajes contradictorios que confunden al consumidor. De este modo en un mismo paquete puede convivir un sello que advierte exceso en sodio y un claim que diga “​​light”. 

Con esta acción, las organizaciones solicitamos al Poder Judicial que restituya la vigencia de las normas previas y garantice la continuidad de estándares de protección acordes con la ley y con el marco internacional de derechos humanos.

 

En diciembre de 2024, la ANMAT publicó las Disposiciones N° 11362/2024 y N° 11378/2024, introduciendo cambios significativos en la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642). Aunque presentadas como “actualizaciones técnicas”, estas modificaciones implican un viraje sustancial en los criterios utilizados para evaluar, advertir y comunicar la presencia de nutrientes críticos y aditivos en los productos procesados y ultraprocesados disponibles en el mercado argentino.

Frente a este escenario, Fundeps y Fundación SANAR elaboraron un informe técnico legal y nutricional que documenta en detalle las contradicciones normativas introducidas por las nuevas disposiciones, su impacto directo sobre el sistema de etiquetado frontal, la flexibilización del alcance en materia de publicidad, promoción y patrocinio; y las implicancias que representan para la salud pública, especialmente en niñas, niños y adolescentes.

El análisis revela que los cambios implementados, como la flexibilización del cálculo de nutrientes críticos, la reducción del alcance de ciertas advertencias, la introducción de excepciones amplias y la pérdida de sellos en productos sin reformulación -entre otras-, debilitan el estándar protector que había posicionado a la Argentina como referente regional en políticas de rotulado y publicidad. A su vez, se detallan los riesgos para la salud que supone la flexibilización que dejó nuevamente expuestos a las niñeces y adolescencias a las tácticas abusivas y engañosas de mercadeo.

A través de una revisión exhaustiva, el informe expone cómo estas modificaciones no sólo contradicen la letra y el espíritu de la Ley y su reglamentación, sino que también generan información menos clara para las personas consumidoras y favorecen un escenario de menor transparencia en la comercialización de alimentos. El resultado es un retroceso regulatorio que incrementa el riesgo de exposición a productos no saludables, de sus estrategias de marketing y limita la capacidad del Estado de proteger de manera efectiva el derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a la información.

En un contexto donde los entornos alimentarios condicionan fuertemente las decisiones de consumo y en el que la interferencia de la industria alimenticia se hace cada vez más presente, debilitar las herramientas de advertencia y control implica arrojar a la salud pública sobre un campo minado. Por ello, el informe concluye instando a que las disposiciones sean revisadas, dejadas sin efecto y que se restituya el estándar protector original previsto por la Ley 27.642, plenamente alineado con el Perfil de Nutrientes de la OPS y demás recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos y evidencia científica libre de conflictos de interés.

Descargar el informe completo

En diciembre de 2024, la ANMAT dictó las Disposiciones Nº 11362/2024 y 11378/2024, que modifican de forma sustancial la implementación de la ley nacional de Promoción de la Alimentación Saludable. El informe de Fundeps y Fundación SANAR documenta las regresiones normativas introducidas y el impacto negativo de estos cambios sobre el etiquetado frontal y las reglas de publicidad, promoción y patrocinio de productos procesados y ultraprocesados. El análisis evidencia que la flexibilización de criterios debilitan el estándar protector alcanzado por la ley y su decreto reglamentario, generando información confusa, reduciendo la transparencia y volviendo a exponer especialmente a las infancias a estrategias de marketing engañosas. Como resultado, aumenta el riesgo de consumo de productos no saludables, a la vez que compromete gravemente las obligaciones del Estado argentino en la garantía de los derechos a la salud, a la alimentación adecuada y a la información.

En el marco de la alianza con UNICEF Argentina, Fundeps visitó los municipios de Villaguay, Ezeiza y Río Tercero, que forman parte de la línea de Entornos Saludables dentro de la iniciativa Municipios Unidos por la Niñez y la Adolescencia (MUNA). Cada equipo avanza de manera sostenida en la elaboración de normativas para fortalecer el bienestar y la alimentación de la infancia, consolidando así una agenda local comprometida con la protección y promoción de entornos saludables.

Fundeps, en alianza con UNICEF Argentina, acompañó durante el año 2025 un proceso clave de fortalecimiento normativo para promover entornos que favorezcan la salud en distintas localidades del país.

Durante septiembre y octubre realizamos visitas a los municipios de Villaguay (Entre Ríos), Ezeiza (Buenos Aires) y Río Tercero (Córdoba). El objetivo fue profundizar el trabajo con los equipos MUNA que sostienen acciones territoriales orientadas a la promoción de la salud y la alimentación adecuada, especialmente en las infancias. En estas instancias se  compartieron con las autoridades locales los avances y desafíos en el diseño de herramientas jurídicas locales que buscan otorgar solidez, continuidad y alcance a las políticas públicas vinculadas con entornos que favorezcan la salud.

 

Municipios que marcan el camino

Las experiencias de Villaguay, Ezeiza y Río Tercero evidencian el compromiso de los gobiernos locales para avanzar en políticas integrales que mejoren el bienestar de sus comunidades. En cada municipio se desarrollan acciones para promover la actividad física, ampliar la oferta de alimentos saludables en instituciones educativas y espacios públicos, y fortalecer procesos de educación alimentaria y nutricional.

Durante 2025, estas localidades asumieron el desafío de elaborar herramientas jurídicas locales que permitan consolidar y profundizar estas iniciativas desde un enfoque de derechos y una perspectiva centrada en las infancias. Fundeps y UNICEF brindamos asesoramiento técnico, aportando evidencia, referencias normativas y experiencias relevantes.

Estos municipios tienen hoy la oportunidad de marcar el camino hacia una mejor protección del derecho a la salud y a la alimentación adecuada, garantizando que las futuras generaciones crezcan en entornos más sanos, seguros y equitativos.



La importancia de promover entornos saludables

Fundeps, en conjunto con UNICEF, desarrolló el documento técnico “Herramientas normativas para promover entornos saludables en los municipios”, destinado a orientar el proceso de construcción normativa local para proteger los derechos a la salud, la alimentación adecuada y una infancia digna.

Este documento, basado en recomendaciones de organismos de derechos humanos y en la mejor evidencia científica disponible, parte del reconocimiento de que la configuración de entornos que favorezcan la salud es una prioridad de salud pública por su impacto directo en la calidad de vida y en la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), principal causa de mortalidad en Argentina.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los entornos saludables son aquellos que reducen riesgos, fortalecen capacidades de cuidado y promueven la autonomía de las personas en los espacios donde viven, estudian, trabajan y se recrean.

Los patrones alimentarios en Argentina muestran un consumo elevado de productos ultraprocesados y un bajo consumo de frutas y verduras. Según UNICEF y FIC Argentina (2023), sólo el 20% de niños, niñas y adolescentes alcanza las recomendaciones de consumo de frutas y verduras, mientras que los ultraprocesados aportan más del 35% de las calorías diarias. A esto se suma un alto nivel de sedentarismo: el 64% de la población no realiza actividad física suficiente y más del 80% de adolescentes no cumple con las recomendaciones de la OMS.

En este contexto, los municipios cumplen un rol estratégico para impulsar políticas que transformen los entornos cotidianos y faciliten la adopción de hábitos de vida saludables.

 

¿Por qué es clave contar con ordenanzas locales?

El informe destaca que los municipios son el nivel de gobierno más cercano a la población, con capacidad de adaptar las políticas nacionales y provinciales a sus realidades locales. Contar con una ordenanza sobre entornos saludables permite:

  • Fortalecer  las acciones que vienen desarrollando las áreas de salud, educación y desarrollo social, en función de los mejores estándares de protección y desde un enfoque de derechos humanos. 
  • Asegurar la sostenibilidad y continuidad de las políticas más allá de los cambios de gestión.
  • Definir obligaciones y competencias para cada actor involucrado, así como sanciones y mecanismos de cumplimiento.
  • Facilitar la asignación de recursos y presupuesto específico para el tema.
  • Promover la articulación intersectorial y la participación ciudadana, garantizando que las políticas respondan a las necesidades reales del territorio.

De este modo, las normativas municipales funcionan como herramientas para institucionalizar y proteger los avances logrados en materia de salud, nutrición y desarrollo infantil, generando condiciones que perduren en el tiempo.

 

Hacia una política local sostenible y con enfoque de derechos

La construcción de entornos saludables requiere una mirada integral y sostenida en el tiempo. Implica no sólo transformar los espacios físicos, sino también los marcos institucionales, las prácticas cotidianas y la cultura alimentaria.

Desde Fundeps continuamos acompañando a los municipios en este desafío, brindando asistencia técnica, capacitación y materiales de referencia que fortalezcan sus capacidades institucionales y promuevan la participación social.

Promover entornos saludables es, en definitiva, construir comunidades más justas y saludables, donde todas las personas —y especialmente las infancias— puedan ejercer plenamente su derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a una vida digna.

 

Autoras:

María Laura Fons

Victoria Sibila

 

Contacto:

Maga Merlo: magamerlov@fundeps.org

Fundeps, en alianza con UNICEF Argentina, desarrolló este documento técnico que reúne herramientas normativas y recomendaciones prácticas para que los gobiernos locales puedan impulsar políticas públicas sostenibles que mejoren los hábitos y la alimentación de niñas, niños y adolescentes. Un recurso pensado para acompañar a los municipios en la creación de entornos más saludables, con acceso a agua segura, opciones alimentarias adecuadas, espacios de recreación, actividad física y apoyo a la lactancia, entre otras medidas claves.

En el marco del Día de la Alimentación, organizaciones de la sociedad civil alertamos sobre otro posible retroceso en la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, a partir de las negociaciones en curso dentro del MERCOSUR. 

En abril de este año, el Grupo Mercado Común (GMC) instruyó al Subgrupo de Trabajo Nro.º 3 para que retome las negociaciones para un Reglamento Técnico sobre Rotulado Nutricional Frontal, con el objetivo de armonizar normativas entre los países del bloque. De aprobarse, este reglamento incluiría, entre otros puntos, la unificación de un sistema gráfico de advertencias y un sistema de perfil de nutrientes (SPN). 

Si se materializa dicho Reglamento, los países del MERCOSUR estarán obligados a adecuar sus normas locales de etiquetado frontal para que estas se ajusten a la decisión del bloque. Cabe destacar que Argentina hoy cuenta con el sistema de etiquetado frontal más robusto de la región. Si en el proceso de armonización, se adoptaran elementos del etiquetado vigentes en otros países, la normativa local se vería seriamente debilitada. Incorporar estándares más bajos implica un retroceso en la protección del derecho a la salud, la alimentación y la información en nuestro país

¿Por qué es una amenaza?

  • El sistema de etiquetado frontal de Argentina advierte sobre más nutrientes críticos en exceso, en relación con los que utilizan otros países.
  • Es el único que cuenta con leyendas precautorias para cafeína y edulcorantes, advirtiendo su consumo en niños/as y adolescentes.
  • El sistema argentino se basa en el SPN de la Organización Panamericana de la Salud, que alcanza a muchos más productos no saludables que el de los demás países.

Por ese motivo, solicitamos que, de avanzar el debate en Mercosur, la eventual armonización siga el sistema argentino en su integralidad, para evitar así el debilitamiento de la Ley de Etiquetado y el consecuente retroceso en la protección de la salud de la población. Y exigimos a las/los representantes argentinos que defiendan los derechos conquistados. En este marco, junto a otras organizaciones de la sociedad civil, relanzamos la campaña “Que no nos tapen los ojos”, desarrollada en 2021, en esta oportunidad con el objetivo de alertar sobre la necesidad de defender la ley frente a estas amenazas. 

A su vez, en el marco del trabajo colaborativo con diversas organizaciones académicas y de la sociedad civil de la región, instituciones de orden regional de Argentina, Brasil y Uruguay emitieron en los últimos días un posicionamiento, ponderando el sistema argentino como el ejemplo a seguir para un eventual reglamento técnico común sobre etiquetado frontal. Las organizaciones comprometidas con el derecho a la alimentación de distintos países del bloque estarán participando en calidad de observadoras en la próxima reunión del Subgrupo de Trabajo Nro.3, que se realizará en octubre, para seguir de cerca los avances de las decisiones.

Más información:

 

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

 

Desde Fundeps, Fundación Sanar y Anfibia Podcast lanzamos la segunda temporada de “Exceso de Todo”. El podcast, narrado por Soledad Barruti,  vuelve a poner el foco en el derecho a una alimentación saludable, en un contexto de retrocesos en la Ley de Etiquetado y emergencia alimentaria. Además, nos animamos a pensar en el futuro y hablamos de soberanía.  

Desde el 4 de septiembre está disponible la segunda temporada de Exceso de Todo. El pódcast que reveló que la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable es mucho más que los octógonos negros en los envases, regresa con nuevas preguntas: ¿Por qué una norma construida con evidencia científica, avalada por profesionales y aprobada con amplio consenso político, hoy enfrenta intentos de desregulación?

En la primera temporada, el podcast partió de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado Frontal, para mostrar que la alimentación va mucho más allá del etiquetado. A lo largo de cinco episodios, abordó cómo comemos en Argentina, qué necesitamos para alimentarnos mejor y por qué no se trata solo de elecciones individuales.

En esta segunda entrega,  a través de tres episodios, la periodista Soledad Barruti revela cómo la industria alimentaria interfiere en la aplicación de la ley, el rol que cumple el Estado en este proceso y cómo la sociedad civil se está organizando para defenderla.

Además, vamos más a fondo, para pensar y repensar bajo qué lógica se reguló y se sigue regulando el sistema alimentario en Argentina. Hablar de lo que comemos, cómo se produce y cómo lo comemos, es urgente.

El primer episodio analiza los intentos de desregulación de la Ley de Etiquetado Frontal y las estrategias de la industria para debilitar su cumplimiento.

El segundo se adentra en las consecuencias sociales de vivir y crecer en emergencia alimentaria, especialmente en niñas, niños y adolescentes.

El tercero propone mirar más allá de la urgencia y pensar en un nuevo paradigma: el de la soberanía alimentaria como horizonte para garantizar el acceso a alimentos frescos, saludables y sostenibles.

Escuchá el podcast acá 

 

Exceso De Todo es una producción original de Fundeps, Fundación Sanar y Anfibia Podcast.

 

Coordinación general: Natalia Arenas

Producción periodística y guión: Lucila Lopardo

Diseño de sonido: Mateo Corrá

Producción Ejecutiva: Tomás Pérez Vizzón

Comunicación: Vera Ferrari

Identidad visual e ilustraciones: Flora Buraschi

Administración: Ana Laura Fortuzzi

Dirección Revista Anfibia: Cristian Alarcón

Desde Fundeps seguimos trabajando para defender políticas públicas basadas en evidencia que protejan el derecho a la salud y garanticen una alimentación adecuada para todas las personas.

 

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