Agustín Filippi Sobre la Ley Ambiente
El proyecto carece de normas operativas, deja todo sujeto a la reglamentación y a la autoridad de aplicación. Los objetivos se perciben para el logro de una buena convivencia, no a partir del logro
Ordenamiento territorial, no solo hay actividades humanas con el entorno si no entre sí y las actividades humanas con impacto sobre asentamientos o comunidades. Participación ciudadana, no es solamente el carácter de ciudadano el que nos permite participar si no el de persona, toda persona tiene derecho a ser consultada (distinto al derecho de opinar).
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