Declaración de interés por persecución penal a médica que realizó una ILE en Salta
Las organizaciones de la sociedad civil Católicas por el Derecho a Decidir Argentina (CDD), la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) acompañaron hoy
consideraciones de derecho en el marco del proceso penal de una médica residente de Salta que realizó una ILE en el marco de la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, como parte del equipo de salud del Hospital Juan Domingo Perón de la ciudad de Tartagal.
La práctica había sido solicitada por una paciente mayor de edad, en pleno ejercicio de su autonomía. Cuando la recibieron en el centro de salud fue atendida por un equipo interdisciplinario, quienes, con aval del director del hospital, constataron que se trataba de la causal salud y que estaba debidamente justificada. Se trata de la posibilidad de interrumpir el embarazo cuando se encuentra en riesgo la vida o la salud de la persona gestante.
Los procedimientos que realizó el equipo médico están dentro de la ley y cada paso fue registrado en la historia clínica. La médica que hoy atraviesa un proceso penal es la única profesional no objetora, que garantiza el derecho a una salud integral para las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar en la zona.
Resulta fundamental que este caso sea analizado a la luz de las normas locales y en consonancia con los instrumentos internacionales de derechos humanos. Un embarazo puede legalmente interrumpirse cuando cualquier dimensión de la salud está en riesgo, ya sea la salud física, psíquica o social.
Asimismo, se debe tener particular consideración por el interés social que rige en esta materia, así como el impacto que tiene cualquier decisión judicial en relación a la implementación de una política pública que prevé el acceso a un derecho humano fundamental como es el acceso a la Interrupción Legal y Voluntaria del Embarazo.