El pasado 31 de diciembre el Poder Ejecutivo dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia 941/2025, mediante el cual reformó el funcionamiento del sistema de inteligencia argentino. No con una ley debatida en el Congreso, sino de forma unilateral durante su receso.
¿Por qué te tiene que importar?
Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.
No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales
El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes.
El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan.
Nadie controla a los que controlan
El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.
Una SIDE que te puede detener
Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control.
Los militares volverían a tareas de seguridad interior
Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre «organizaciones no estatales» —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.
El regreso de la idea del «enemigo interno»
En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.
La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se identificaban expresamente como «enemigos internos» a anarquistas, pueblos originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o «deslegitimaran» al gobierno.
Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser espiados, infiltrados y hasta detenidos.
¿Por qué ahora? ¿Por qué así?
Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.
Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas, lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto.
Firmas:
Amnistía Internacional Argentina, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas / CAJE, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano, CELS, Democracia en Red, Fundación SES, Fundación Vía Libre, Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), Fundación para el Desarrollo Humano Integral, Fundación Protestante Hora de Obrar, Xumek- Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, Fundación Cambio Democrático, Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED), Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF), Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES), Consciente Colectivo, Fundación Huésped, Greenpeace, Federación Ecuménica de Cuyo (FEC).
Contacto:
Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.ord
Banco Asiático de Inversión en Infraestructura: claves del primer financiamiento en Argentina
Sin embargo, a pesar de su aprobación, el proyecto se canceló recientemente. Las causas se explican por la falta de garantías soberanas y el cambio en el escenario político nacional —tras la asunción del presidente Javier Milei en diciembre de 2023.
El análisis realizado por FARN, Fundeps y Fundación CAUCE examina el proyecto, sus implicancias socioambientales y los desafíos que plantea en relación con el financiamiento internacional para la transición energética. Además, el documento ofrece una revisión del rol del BAII en la región y del marco institucional que regula su intervención en proyectos de infraestructura.
El caso del parque eólico en Tierra del Fuego permite observar cómo la combinación entre geopolítica y cambios de prioridades nacionales puede influir en la ejecución de proyectos estratégicos. También subraya la importancia de contar con transparencia, acceso a la información pública y mecanismos efectivos de participación ciudadana, especialmente cuando se trata de obras que podrían generar impactos en áreas naturales protegidas, como la Reserva Costa Atlántica, un sitio Ramsar de relevancia internacional para aves migratorias.
Este estudio se suma al trabajo de monitoreo que las organizaciones vienen realizando sobre las instituciones financieras internacionales que operan en América Latina.
Actualización
Luego del cierre de edición del documento, el BAII canceló oficialmente el proyecto debido a que el Estado Nacional Argentino no otorgó la garantía soberana requerida.
Si bien esta definición modifica el estado administrativo de la iniciativa, no cambia la relevancia del análisis, que sigue siendo clave para comprender cómo se estructuran estos financiamientos, qué estándares aplican y cuáles son las oportunidades y tensiones que enfrenta la transición energética en Argentina.
La ficha oficial del proyecto puede consultarse aquí.
Un debate necesario sobre la transición energética
La experiencia del BAII en Argentina permite abrir preguntas sobre cómo avanzar hacia una transición energética justa, con garantías socioambientales robustas, participación ciudadana efectiva y coherencia entre las necesidades locales y los compromisos internacionales; y el rol de los bancos multilaterales de desarrollo.
Desde nuestras organizaciones seguimos impulsando la construcción de información pública, el monitoreo ciudadano y la defensa de los derechos ambientales como pilares para una transición que respete los territorios y las comunidades.
Contacto:
Gonzalon Roza, gon.roza@fundeps.org
Juventudes capturadas: cómo la industria tabacalera seduce a una nueva generación
El tabaquismo continúa siendo la principal causa de muerte evitable en el mundo. Cada año provoca más de 7 millones de muertes, entre ellas 1,6 millones por la exposición involuntaria al humo de productos de tabaco y nicotina. Para sobrevivir, la industria tabacalera necesita nuevos consumidores: fumadores de reemplazo.
En este marco, presentamos el informe “Juventudes capturadas. Marketing y psicología de las tabacaleras para enganchar a una nueva generación”, un trabajo que analiza cómo la industria tabacalera logró reposicionar productos históricamente asociados a la adicción, la enfermedad y la muerte como símbolos de disfrute, pertenencia y libertad entre jóvenes y adolescentes.
En el informe, Julián Pellegrini, Lic. en psicología (UBA) y Director de Proyecto Squatters, explora las técnicas psicológicas que utiliza el marketing tabacalero para explotar vulnerabilidades propias de las audiencias juveniles. A partir de inseguridades, deseos de pertenencia y búsquedas de gratificación inmediata, la industria construye estrategias que transforman esas experiencias en oportunidades de expansión de su negocio.
Lejos de desaparecer, las viejas recetas publicitarias se adaptaron a nuevos formatos. Hoy, la promoción de productos de tabaco y nicotina se camufla en redes sociales, influencers, eventos culturales, estéticas aspiracionales y relatos de autenticidad y diversión. No venden productos: venden identidades, experiencias y estilos de vida.
De este modo, un producto adictivo y letal se presenta como un accesorio estético asociado a la modernidad, el éxito y la aceptación social. Estas tácticas sofisticadas y opacas permiten eludir las regulaciones vigentes, reducir la percepción del riesgo y normalizar el consumo en los mismos espacios donde se construye la identidad juvenil.
El foco del informe no es solo denunciar estas prácticas, sino comprender sus mecanismos: cómo se moldean percepciones, cómo se prepara el terreno simbólico para la iniciación temprana y cómo estas estrategias tensionan —y muchas veces superan— los marcos regulatorios actuales.
Entender cómo opera el marketing de la industria tabacalera es un paso fundamental para fortalecer las políticas públicas de prevención y control de tabaco, proteger a las juventudes y garantizar el derecho a la salud.
Contacto:
Maga Ailén Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org
Juventudes capturadas. Marketing y psicología de las tabacaleras para enganchar a una nueva generación.
Este informe analiza cómo la industria tabacalera utiliza estrategias de marketing y técnicas psicológicas para captar a nueva generación de jóvenes y adolescentes, resignificando productos adictivos y letales como símbolos de identidad, pertenencia y libertad. A partir de un enfoque crítico, el psicólogo Julián Pellegrini – director de Proyecto Squatters – aporta claves para comprender cómo estas prácticas eluden regulaciones, reducen la percepción del riesgo y tensionan las políticas de protección de la salud.
Reforma del sistema de inteligencia: una norma que pone en riesgo garantías constitucionales básicas
¿Por qué te tiene que importar?
Porque modifica la manera en la que el Estado puede vigilarte y así afecta directamente tu libertad, tu autonomía y tu privacidad.
No tenés forma de saber cómo son usados tus datos personales
El DNU obliga a más de 15 organismos públicos a compartir datos personales de la población con la SIDE, sin establecer procedimientos concretos ni mecanismos de control. El decreto se vuelve así una herramienta para realizar vigilancia masiva. Además, la acumulación de grandes cantidades de datos en un solo organismo es todavía más peligrosa en la medida en que el Estado no tiene una política adecuada de seguridad de la información y las filtraciones son frecuentes.
El decreto no prevé ningún tipo de control ciudadano sobre el accionar de la SIDE y concentra todavía más poder en esta agencia. Puede pedir información a provincias y municipios, aprobar presupuestos secretos, compartir tus datos con agencias de otros países sin autorización judicial. Y todo bajo absoluto secreto. Nadie sabrá qué hacen con tu información ni a quién se la dan.
Nadie controla a los que controlan
El decreto establece que las actividades de inteligencia son encubiertas por definición. Esto significa que no vas a poder saber si te están investigando, por qué, ni qué información tienen sobre vos. El carácter encubierto puede frustrar eventuales investigaciones para probar responsabilidades del Estado. No hay forma de reclamar si se equivocan o abusan. El secreto es la regla.
Una SIDE que te puede detener
Por primera vez en democracia, los agentes de inteligencia tienen poder para detenerte. La SIDE puede proceder a la “aprehensión” de personas sin que quede claro bajo qué criterios ni con qué garantías, y sin autorización judicial. Esto deja habilitado el camino a detenciones arbitrarias, a la persecución y a la intimidación. Es transformar a los servicios de inteligencia en una especie de policía secreta y sin control.
Los militares volverían a tareas de seguridad interior
Durante décadas, Argentina trabajó para separar claramente defensa (militares) de seguridad interna (policías). Era una lección aprendida de la dictadura: los militares no deben ejercer funciones de control de la población civil. Este decreto permite que las Fuerzas Armadas realicen tareas de inteligencia sobre «organizaciones no estatales» —sin aclarar cuáles ni los criterios que harían que las organizaciones ingresaran en esa categoría— y les quita el control civil. Es un retroceso histórico peligroso.
El regreso de la idea del «enemigo interno»
En este DNU se expande de manera significativa el concepto de contrainteligencia, que pasa a incluir la prevención de acciones de infiltración, espionaje, sabotaje, influencia, injerencia o interferencia de factores externos en detrimento del proceso decisorio de las autoridades públicas, de los intereses estratégicos nacionales y/o de la población en general, incluso en “abordajes multidimensionales” de actores estatales y no estatales. Al modificar el artículo 4° de la Ley 25.520, las prohibiciones pensadas para que las agencias de inteligencia no puedan hacer tareas de inteligencia política (no influir sobre la vida política, social, económica, partidos, opinión pública) se vuelven irrelevantes porque se incluye una excepción muy amplia: las actividades de contrainteligencia previstas quedan habilitadas a realizar estas prácticas hasta ahora prohibidas. En los hechos, esto flexibiliza los límites legales a la inteligencia interior y habilita el espionaje político en nombre de la contrainteligencia.
La vaguedad de ciertos términos abre preguntas sobre cómo será la aplicación efectiva de estas disposiciones, y esta preocupación se incrementa ante la difusión en diciembre pasado de un supuesto Plan de Inteligencia Nacional (PIN), en el que se identificaban expresamente como «enemigos internos» a anarquistas, pueblos originarios, ambientalistas y periodistas que “desinformaran” o «deslegitimaran» al gobierno.
Así, se ponen en grave riesgo los derechos de libertad de expresión, de asociación y de petición a las autoridades. Reclamar por una ley (como la de Glaciares o Fondos para Discapacidad) nos convierte en un objetivo de inteligencia y pasibles de ser espiados, infiltrados y hasta detenidos.
¿Por qué ahora? ¿Por qué así?
Este DNU, manifiestamente inconstitucional, rompe consensos básicos, amplía el margen de discrecionalidad estatal, debilita los controles y posibilita prácticas que creíamos superadas. Al habilitar herramientas para vigilar, perseguir y detener, es una señal directa hacia quienes defendemos derechos, territorios y democracia.
Una vez más, se toman decisiones de extrema relevancia sin debate legislativo. Es evidente que lo que exige nuestra Constitución para el dictado de decretos de necesidad y urgencia no se cumple: no hay circunstancias excepcionales que impidan al Congreso sancionar leyes, y es claro que reformas tan trascendentes como éstas, lejos de ser adoptadas de manera unilateral, deberían realizarse cuando hay acuerdos entre diversas fuerzas políticas. El Congreso debe rechazar este decreto.
Firmas:
Amnistía Internacional Argentina, Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas / CAJE, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Poder Ciudadano, CELS, Democracia en Red, Fundación SES, Fundación Vía Libre, Campaña Argentina por el Derecho a la Educación (CADE), Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), Fundación para el Desarrollo Humano Integral, Fundación Protestante Hora de Obrar, Xumek- Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, Fundación Cambio Democrático, Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), Instituto Latinoamericano de Seguridad y Democracia (ILSED), Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF), Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES), Consciente Colectivo, Fundación Huésped, Greenpeace, Federación Ecuménica de Cuyo (FEC).
Contacto:
Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.ord
Demandan a ANMAT por el debilitamiento de la Ley de Alimentación Saludable
La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) presentó una acción judicial para frenar los efectos de las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). La organización sostiene que ambas medidas implican un grave retroceso en la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642) y ponen en riesgo la salud de la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes. Por eso solicita la suspensión inmediata de las normativas y la restitución de los estándares de protección establecidos por la ley de etiquetado frontal.
Las disposiciones cuestionadas flexibilizan los criterios para determinar qué productos deben llevar sellos de advertencia y debilitan las restricciones a la publicidad y al marketing engañoso dirigidos a las infancias. Esta desregulación se traduce en menor acceso a información nutricional clara y mayor exposición a productos ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos, factores asociados a un incremento del riesgo de enfermedades crónicas no transmisibles.
Para Fundeps, estas modificaciones implican un retroceso en la protección de los derechos a la salud, a la información y a la alimentación adecuada. Además, carecen de sustento técnico y científico, exceden la potestad reglamentaria del organismo y contradicen la propia letra de la ley PAS.
Frente a este escenario, Fundeps y ADCOIN iniciaron una acción preventiva del daño (artículos 1710 y 1711 del Código Civil y Comercial) con el fin de evitar que los perjuicios actuales e inminentes se profundicen.
“Tenemos una ley pionera a nivel mundial, basada en la mejor evidencia disponible y aprobada por amplias mayorías en el Congreso de la Nación. La modificaron a puertas cerradas y sin argumentos científicos. Para proteger los intereses de unos pocos pusieron en riesgo a toda la población. Esta demanda es un acto de protección colectiva: buscamos garantizar información clara, decisiones de consumo libres y que la salud, sobre todo la de las infancias, sea efectivamente resguardada”, afirma Maga Merlo Vijarra, abogada y coordinadora del área de Salud de Fundeps.
¿Por qué es importante esta demanda?
La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (Ley 27.642) estableció un sistema de advertencias nutricionales destinado a proteger el derecho a la salud, la información y la alimentación adecuada de toda la población, en particular de niños, niñas y adolescentes.La Ley y su reglamentación original se diseñó siguiendo el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS), considerado el estándar más robusto para políticas de reducción del consumo de productos ultraprocesados.
Los productos procesados y ultraprocesados con exceso de nutrientes críticos aumentan el riesgo de obesidad infantil, diabetes tipo 2, hipertensión, entre otras enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT).
El etiquetado frontal demostró eficacia para mejorar la comprensión de riesgos nutricionales y reducir compras impulsivas de productos no saludables. A pocos meses de la implementación de la ley, una encuesta realizada por el Ministerio de Salud comprobó cambios concretos en los hábitos de consumo: el 43% de la población consideraba los sellos al momento de comprar, y de ese porcentaje, el 58% había modificado su intención de compra.
¿Cuáles son los cambios introducidos por ANMAT a la Ley de Etiquetado?
En diciembre de 2024, ANMAT dictó dos disposiciones que modificaron el funcionamiento del sistema de advertencias nutricionales y las restricciones a la publicidad establecidas por la Ley 27.642, conocida como Ley de Etiquetado.
La disposición N° 11362/2024 introdujo las siguientes modificaciones:
Se modificó el criterio para determinar si un producto debe llevar sellos. En lugar de evaluar la composición completa del alimento – como exige el Perfil de Nutrientes de la OPS adoptado por la Ley PAS- solo se analizan los nutrientes críticos agregados. Esto implica:
La advertencia obligatoria por la presencia de edulcorantes solo debe colocarse si estos se declaran con «propiedades endulzantes». Sin embargo, los edulcorantes pueden utilizarse con otras funciones (conservantes, humectantes, etc.), sin que esto reduzca sus efectos adversos sobre la salud, especialmente en niñas, niños y adolescentes. La modificación reduce la protección y genera mayor riesgo de confusión.
Los cambios introducidos permiten tamaño más reducido, menor contraste y ubicaciones que dificultan la rápida identificación de los sellos al momento de la compra, reduciendo su efectividad como advertencias.
La disposición N° 11378/2024 introdujo las siguientes modificaciones:
La disposición debilita las prohibiciones dirigidas a evitar la promoción de productos con sellos, rehabilitando diferentes estrategias que vuelven a exponer a las infancias al marketing engañoso.
La protección frente al marketing engañoso que antes era aplicable a niñas, niños y adolescentes hasta los 18 años, ahora se reduce hasta los 16. Esta modificación no solo afecta a la población de 16 a 18 años, sino que, de manera indirecta, afecta también a los menores de 16 años que están expuestos a la misma publicidad, en entornos compartidos como la escuela.
Ahora, la disposición permite que productos con exceso de nutrientes críticos puedan resaltar supuestos atributos saludables, generando mensajes contradictorios que confunden al consumidor. De este modo en un mismo paquete puede convivir un sello que advierte exceso en sodio y un claim que diga “light”.
Con esta acción, las organizaciones solicitamos al Poder Judicial que restituya la vigencia de las normas previas y garantice la continuidad de estándares de protección acordes con la ley y con el marco internacional de derechos humanos.
Campo Minado: Fundeps y Fundación SANAR alertan sobre los riesgos sanitarios y jurídicos de las nuevas disposiciones de ANMAT.
Frente a este escenario, Fundeps y Fundación SANAR elaboraron un informe técnico legal y nutricional que documenta en detalle las contradicciones normativas introducidas por las nuevas disposiciones, su impacto directo sobre el sistema de etiquetado frontal, la flexibilización del alcance en materia de publicidad, promoción y patrocinio; y las implicancias que representan para la salud pública, especialmente en niñas, niños y adolescentes.
El análisis revela que los cambios implementados, como la flexibilización del cálculo de nutrientes críticos, la reducción del alcance de ciertas advertencias, la introducción de excepciones amplias y la pérdida de sellos en productos sin reformulación -entre otras-, debilitan el estándar protector que había posicionado a la Argentina como referente regional en políticas de rotulado y publicidad. A su vez, se detallan los riesgos para la salud que supone la flexibilización que dejó nuevamente expuestos a las niñeces y adolescencias a las tácticas abusivas y engañosas de mercadeo.
A través de una revisión exhaustiva, el informe expone cómo estas modificaciones no sólo contradicen la letra y el espíritu de la Ley y su reglamentación, sino que también generan información menos clara para las personas consumidoras y favorecen un escenario de menor transparencia en la comercialización de alimentos. El resultado es un retroceso regulatorio que incrementa el riesgo de exposición a productos no saludables, de sus estrategias de marketing y limita la capacidad del Estado de proteger de manera efectiva el derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a la información.
En un contexto donde los entornos alimentarios condicionan fuertemente las decisiones de consumo y en el que la interferencia de la industria alimenticia se hace cada vez más presente, debilitar las herramientas de advertencia y control implica arrojar a la salud pública sobre un campo minado. Por ello, el informe concluye instando a que las disposiciones sean revisadas, dejadas sin efecto y que se restituya el estándar protector original previsto por la Ley 27.642, plenamente alineado con el Perfil de Nutrientes de la OPS y demás recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos y evidencia científica libre de conflictos de interés.
Descargar el informe completo
Campo Minado: Fundeps y Fundación SANAR alertan sobre los riesgos sanitarios y jurídicos de las nuevas disposiciones de ANMAT.
En diciembre de 2024, la ANMAT dictó las Disposiciones Nº 11362/2024 y 11378/2024, que modifican de forma sustancial la implementación de la ley nacional de Promoción de la Alimentación Saludable. El informe de Fundeps y Fundación SANAR documenta las regresiones normativas introducidas y el impacto negativo de estos cambios sobre el etiquetado frontal y las reglas de publicidad, promoción y patrocinio de productos procesados y ultraprocesados. El análisis evidencia que la flexibilización de criterios debilitan el estándar protector alcanzado por la ley y su decreto reglamentario, generando información confusa, reduciendo la transparencia y volviendo a exponer especialmente a las infancias a estrategias de marketing engañosas. Como resultado, aumenta el riesgo de consumo de productos no saludables, a la vez que compromete gravemente las obligaciones del Estado argentino en la garantía de los derechos a la salud, a la alimentación adecuada y a la información.
Jóvenes del IPEM San Antonio fortalecen su participación en temas ambientales y climáticos
Desde Fundeps desarrollamos un ciclo de talleres presenciales destinados a 80 estudiantes de 4.º, 5.º y 6.º año del IPEM N.º 323 San Antonio de la ciudad de Córdoba. A lo largo de cinco encuentros, se abordaron contenidos vinculados al derecho ambiental, el cambio climático y las herramientas de participación ciudadana, generando espacios de diálogo e intercambio sobre las principales problemáticas socioambientales que atraviesan y preocupan a las juventudes.
A través de estos encuentros, fueron conociendo las distintas formas de organización colectiva y los mecanismos existentes para participar en los procesos de toma de decisiones. Como cierre del ciclo formativo, se realizó un primer simulacro de asamblea climática juvenil, que permitió poner en práctica los aprendizajes y fortalecer el ejercicio de la participación ciudadana.
Entre las principales problemáticas identificadas por los jóvenes en sus barrios, se destacan la existencia de basurales a cielo abierto, la contaminación del canal que atraviesa la escuela y las emanaciones provenientes de las fábricas ubicadas en zonas cercanas. Asimismo, manifestaron un fuerte interés y compromiso por participar activamente en el diseño, monitoreo e implementación de políticas públicas vinculadas a las cuestiones ambientales y climáticas.
Finalmente, como parte de este proceso colectivo, las y los jóvenes, acompañados por el artista Felipe William Carrizo Álvarez, diseñaron y pintaron un mural en su escuela, plasmando un mensaje claro sobre la importancia del cuidado del ambiente, la justicia climática y social y el protagonismo juvenil en la construcción de un futuro más justo y sostenible.
Desde Fundeps, reafirmamos la importancia de seguir impulsando procesos que reconozcan y potencien el protagonismo de los jóvenes, promoviendo su inclusión efectiva en los procesos de toma de decisiones y en el diseño de respuestas frente a la crisis ambiental y climática, entendiendo que no hay un futuro posible sin la participación activa de las juventudes.
Autora: Ananda Maria Lavayen
Entornos saludables en municipios: avances normativos para proteger a las infancias
Fundeps, en alianza con UNICEF Argentina, acompañó durante el año 2025 un proceso clave de fortalecimiento normativo para promover entornos que favorezcan la salud en distintas localidades del país.
Durante septiembre y octubre realizamos visitas a los municipios de Villaguay (Entre Ríos), Ezeiza (Buenos Aires) y Río Tercero (Córdoba). El objetivo fue profundizar el trabajo con los equipos MUNA que sostienen acciones territoriales orientadas a la promoción de la salud y la alimentación adecuada, especialmente en las infancias. En estas instancias se compartieron con las autoridades locales los avances y desafíos en el diseño de herramientas jurídicas locales que buscan otorgar solidez, continuidad y alcance a las políticas públicas vinculadas con entornos que favorezcan la salud.
Municipios que marcan el camino
Las experiencias de Villaguay, Ezeiza y Río Tercero evidencian el compromiso de los gobiernos locales para avanzar en políticas integrales que mejoren el bienestar de sus comunidades. En cada municipio se desarrollan acciones para promover la actividad física, ampliar la oferta de alimentos saludables en instituciones educativas y espacios públicos, y fortalecer procesos de educación alimentaria y nutricional.
Durante 2025, estas localidades asumieron el desafío de elaborar herramientas jurídicas locales que permitan consolidar y profundizar estas iniciativas desde un enfoque de derechos y una perspectiva centrada en las infancias. Fundeps y UNICEF brindamos asesoramiento técnico, aportando evidencia, referencias normativas y experiencias relevantes.
Estos municipios tienen hoy la oportunidad de marcar el camino hacia una mejor protección del derecho a la salud y a la alimentación adecuada, garantizando que las futuras generaciones crezcan en entornos más sanos, seguros y equitativos.
La importancia de promover entornos saludables
Fundeps, en conjunto con UNICEF, desarrolló el documento técnico “Herramientas normativas para promover entornos saludables en los municipios”, destinado a orientar el proceso de construcción normativa local para proteger los derechos a la salud, la alimentación adecuada y una infancia digna.
Este documento, basado en recomendaciones de organismos de derechos humanos y en la mejor evidencia científica disponible, parte del reconocimiento de que la configuración de entornos que favorezcan la salud es una prioridad de salud pública por su impacto directo en la calidad de vida y en la prevención de enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT), principal causa de mortalidad en Argentina.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), los entornos saludables son aquellos que reducen riesgos, fortalecen capacidades de cuidado y promueven la autonomía de las personas en los espacios donde viven, estudian, trabajan y se recrean.
Los patrones alimentarios en Argentina muestran un consumo elevado de productos ultraprocesados y un bajo consumo de frutas y verduras. Según UNICEF y FIC Argentina (2023), sólo el 20% de niños, niñas y adolescentes alcanza las recomendaciones de consumo de frutas y verduras, mientras que los ultraprocesados aportan más del 35% de las calorías diarias. A esto se suma un alto nivel de sedentarismo: el 64% de la población no realiza actividad física suficiente y más del 80% de adolescentes no cumple con las recomendaciones de la OMS.
En este contexto, los municipios cumplen un rol estratégico para impulsar políticas que transformen los entornos cotidianos y faciliten la adopción de hábitos de vida saludables.
¿Por qué es clave contar con ordenanzas locales?
El informe destaca que los municipios son el nivel de gobierno más cercano a la población, con capacidad de adaptar las políticas nacionales y provinciales a sus realidades locales. Contar con una ordenanza sobre entornos saludables permite:
De este modo, las normativas municipales funcionan como herramientas para institucionalizar y proteger los avances logrados en materia de salud, nutrición y desarrollo infantil, generando condiciones que perduren en el tiempo.
Hacia una política local sostenible y con enfoque de derechos
La construcción de entornos saludables requiere una mirada integral y sostenida en el tiempo. Implica no sólo transformar los espacios físicos, sino también los marcos institucionales, las prácticas cotidianas y la cultura alimentaria.
Desde Fundeps continuamos acompañando a los municipios en este desafío, brindando asistencia técnica, capacitación y materiales de referencia que fortalezcan sus capacidades institucionales y promuevan la participación social.
Promover entornos saludables es, en definitiva, construir comunidades más justas y saludables, donde todas las personas —y especialmente las infancias— puedan ejercer plenamente su derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a una vida digna.
Autoras:
María Laura Fons
Victoria Sibila
Contacto:
Maga Merlo: magamerlov@fundeps.org
Herramientas normativas para promover Entornos Saludables en Municipios
Fundeps, en alianza con UNICEF Argentina, desarrolló este documento técnico que reúne herramientas normativas y recomendaciones prácticas para que los gobiernos locales puedan impulsar políticas públicas sostenibles que mejoren los hábitos y la alimentación de niñas, niños y adolescentes. Un recurso pensado para acompañar a los municipios en la creación de entornos más saludables, con acceso a agua segura, opciones alimentarias adecuadas, espacios de recreación, actividad física y apoyo a la lactancia, entre otras medidas claves.
COP30: Por una transición energética liderada por las comunidades
Los bancos públicos de desarrollo se están posicionando, a través de sus compromisos climáticos y su apoyo financiero, como actores fundamentales en la transición energética, especialmente en el Sur Global. Entre enero de 2022 y junio de 2025, los bancos públicos de desarrollo han invertido un total de 245.500 millones de dólares estadounidenses en proyectos energéticos en todo el mundo, principalmente en forma de préstamos y a través del sector privado.
El mayor porcentaje de inversiones se destinó al sector de la energía solar (30%), seguido de las líneas de transmisión (24%) y la energía eólica (22%). Sin embargo, las investigaciones muestran que los BPD siguen invirtiendo dinero en combustibles fósiles, a menudo a través de intermediarios financieros. Además, los BPD han apoyado en gran medida soluciones falsas en forma de proyectos de energía renovable a gran escala, soluciones tecnológicas, actividades extractivistas y enfoques basados en el mercado.
En este contexto, en los últimos años, la Coalición por los Derechos Humanos en el Desarrollo, de la cual Fundeps forma parte, ha involucrado a su membresía y alianzas en debates sobre la transición energética justa y el papel de los BPD, con el fin de denunciar las soluciones falsas y las contradicciones. Al tiempo que elaborar demandas sobre cómo debería ser una transición verdaderamente justa, que se centre en las voces y las demandas de las comunidades afectadas.
Demandas a los Bancos Públicos de Desarrollo
A partir de este proceso, se elaboró un documento de posición que contiene una serie de demandas a los BPD, para apoyar una transición energética liderada por las comunidades, que respete los derechos y satisfaga las necesidades de las comunidades del Sur Global. Las principales demandas que se identificaron fueron las siguientes:
1. Reconocer a las comunidades como actores centrales y protagonistas de la transición energética
Los derechos de las comunidades más afectadas por el cambio climático, que ya luchan por garantizar el agua, los alimentos, la vivienda, los medios de vida y la supervivencia cultural, deben estar en el centro de la transición. Los BPD deben cambiar su paradigma: pasar de considerar a las comunidades como «beneficiarias» pasivas, obstáculos o víctimas del desarrollo, a reconocerlas como partes interesadas y protagonistas de la transición energética. Incorporar este reconocimiento en las políticas y prácticas significa tratar a las comunidades locales y a los pueblos indígenas no como víctimas a las que hay que indemnizar o desplazar apresuradamente, sino como co-creadores y co-monitores de soluciones energéticas justas que anteponen a las personas y al planeta.
2. Dar prioridad a la financiación de soluciones energéticas descentralizadas, a pequeña escala y dirigidas por la comunidad.
En todo el Sur Global, las comunidades locales están promoviendo soluciones de base para mitigar los efectos del cambio climático y generar energía mediante proyectos a pequeña escala. Estos proyectos, diseñados mediante enfoques participativos, inclusivos y feministas, pueden satisfacer eficazmente las necesidades de las comunidades locales y prevenir daños.
3. Responsabilidad en el diseño, supervisión y protección de los derechos, basadas en las necesidades y prioridades de la comunidad
Una transición energética sólo puede ser justa si tiene en cuenta y remedia sus posibles impactos negativos, en particular en las comunidades rurales, locales e indígenas. Para ello, es fundamental permitir que las comunidades participen en las fases de diseño y evaluación del proyecto, aplicar salvaguardias sólidas y garantizar la reparación y la justicia cuando se violen los derechos.
Asimismo, el documento de posición resalta una serie de elementos clave de una transición energética justa impulsada por la comunidad en el Sur Global; centrada en los derechos humanos y la autodeterminación de las comunidades; en la protección de la tierra, los medios de vida y la seguridad alimentaria; e impulsada por las personas y con justicia de género.
Un llamamiento a la acción
Estas demandas colectivas ofrecen una hoja de ruta hacia una transición energética que no deje a nadie atrás y que se base en las realidades locales, una perspectiva feminista e interseccional, la solidaridad global y la justicia.
El cambio tecnológico por sí solo no basta para que la transición energética sea justa: una transición energética verdaderamente justa requiere centrar las comunidades en las decisiones de financiación del desarrollo. Necesitamos un cambio de paradigma transformador que anteponga a las personas y al planeta tanto en las políticas como en la práctica.
Para romper con los patrones explotadores del modelo de desarrollo basado en los combustibles fósiles, todos los actores que participan en la configuración y la financiación de la transición (Estados, organismos internacionales y multilaterales, bancos de desarrollo públicos, actores privados, etc.) deben dar prioridad a las soluciones de abajo hacia arriba y dirigidas por las comunidades que defienden los derechos humanos, protegen los ecosistemas y garantizan un acceso equitativo a la energía.
Se puede acceder a la versión completa del Documento de Posición a través del siguiente enlace
* Nota elaborada a partir de la publicación de la Coalición para los Derechos Humanos en el Desarrollo, disponible en: https://rightsindevelopment.org/es/news/documento-posicion-jet/
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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org
Córdoba avanza en el diseño de una nueva ley de acceso a la información
El pasado jueves 13 de noviembre participamos de la comisión de trabajo de diseño de un proyecto de ley de acceso a la información pública para la provincia de Córdoba.
Esta iniciativa es uno de los compromisos asumidos por la Secretaría de Gobierno Abierto del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Córdoba en el marco del 2° Plan de Gobierno Abierto de la provincia de Córdoba ante la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP, por sus siglas en inglés). Este Plan fue codiseñado entre mayo y septiembre de 2024 con la participación de la Mesa de Universidades y Organizaciones de la Sociedad Civil, entre las que se encuentra Fundeps.
Celebramos que la provincia de Córdoba avance en el diseño de una nueva normativa que actualice la Ley de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado 8.803 de 1999. La norma vigente requiere varias modificaciones para elevar los estándares y garantizar este derecho para toda la ciudadanía. Es fundamental, además, que se establezcan los mecanismos institucionales que posibiliten su efectivo ejercicio.
A partir de nuestra experiencia y conocimientos, seguiremos aportando para la construcción de un proyecto de ley que esté a la altura de las demandas y estándares actuales en materia de acceso a la información pública y transparencia de los gobiernos.
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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org