Listado de la etiqueta: Control de Tabaco

El área de derechos humanos presentó dos Amicus Curiae, figura que posibilita la participación ciudadana en casos judiciales, en discusiones de protección de la salud y control de tabaco. FUNDEPS busca promover marcos legales que protejan el derecho humano a la salud.

Argentina

En la causa “Fundación lnteramericana del Corazón-Argentina C/Gobierno de Ia Ciudad de Buenos Aires s/ acción de amparo”, FUNDEPS se constituyó como amigo del tribunal en la apelación planteada ante la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires. Mediante una acción de amparo, FIC Argentina, ONG que trabaja en políticas públicas sobre enfermedades crónicas no transmisibles, exigió que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tome medidas dirigidas a cumplir de modo efectivo con lo dispuesto por la Ley de Control de Tabaco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En primera instancia, la jueza Lidia E. Lago rechazó el reclamo, alegando que el amparo sólo estaba previsto para aquellos casos en los que se violen derechos constitucionales de forma arbitraria o con ilegalidad manifiesta. Entiende la Jueza, que en este caso no se cumplía este requisito, por lo tanto no era pertinente la vía del amparo a pesar de que el incumplimiento de la normativa genera un daño directo en el derecho humano a la salud de la población de la ciudad de Buenos Aires.

FIC Argentina, ante el fallo adverso, apeló la resolución y FUNDEPS se presentó como amigo del tribunal apoyando los argumentos de la apelante. De esta forma, FUNDEPS alertó sobre el uso de los productos de tabaco y el foco de la industria en los jóvenes. También se hizo referencia al contenido y alcance del derecho a la salud, la faz colectiva del derecho a la salud, el funcionamiento de la prevención del daño dentro del sistema legal argentino y el rol del poder judicial en la defensa, promoción y protección de los derechos humanos.

Este caso se encuentra al día de hoy pendiente de resolución. Desde FUNDEPS esperamos que la causa tenga un pronunciamiento favorable al amparo y se proteja el derecho a la salud, instando al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a respetar los pactos de derechos humanos, la Constitución Nacional, el Estatuto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el marco legal local.

Colombia

En Colombia se solicitó la nulidad de dos circulares de la Superintendencia de Comercio de Colombia que regula cómo se puede hacer la exhibición de productos de tabaco. El argumento principal es que la los artículos 14,15 y 16 de la ley 1335 de 2009 de Colombia prohíben de manera general la publicidad y la promoción de tabaco. La exhibición (regulada por las circulares) es una forma de esa promoción por lo que debería estar prohibida. Sumado a esta regulación interna, el 9 de julio de 2008 entró en vigencia el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco, agregando la posibilidad de responsabilidad internacional de Colombia.

FUNDEPS presentó junto a FIC Argentina un amicus curiae a los fines de apoyar ese pedido de nulidad de las circulares de la Superintendencia de Comercio de Colombia destacando el uso de la exhibición de productos de tabaco en toda la región como una clara forma de marketing. También se incluyó dentro del análisis, referencias del impacto de esas técnicas en salud, en particular respecto del nivel de la iniciación del consumo en niños y adolescentes como en la obstaculización de la cesación en los fumadores adultos.

El documento realizó un estudio del marco normativo internacional que otorga los más altos estándares al derecho a la salud y en particular aquellos documentos que específicamente categorizan a la exhibición de productos como una forma de publicidad. Del mismo modo, se presentaron y respondieron los argumentos frecuentemente utilizados por la industria del tabaco con el objetivo de oponerse a aquellas medidas tendientes a restringir esas técnicas de mercadeo y que buscan garantizar una mejor protección del derecho a la salud. Finalmente, se adjuntaron evidencias científicas respecto de los impactos positivos de este tipo de políticas.

Desde FUNDEPS celebramos los esfuerzos colaborativos de organizaciones de la sociedad civil, que buscan asegurar una adecuada protección de la salud, en particular frente a la epidemia de tabaquismo. En esta línea, confiamos en que las circulares sean declaradas nulas por el Consejo de Estado y que sirva como un antecedente para que la región avance en marcos legales que protejan adecuadamente el derecho humano a la salud.

Más información:

Amicus Curiae presentado en Argentina

Amicus Curiae presentado en Colombia

Contacto:

Juan Miguel Litvachkes
juanlitvachkes@fundeps.org

Gianella Severini
gianeseverini@fundeps.org

El pasado 15 de octubre, el Ministro de Salud de la provincia de Mendoza dio a conocer una campaña en conjunto con Massalin Particulares y Nobleza Piccardo.

Nobleza Picardo, Massalin Particulares y la provincia de Mendoza, a través de su Ministro de Salud, el Sr. Matías Roby, firmaron un acuerdo para la puesta en marcha de una campaña para prevenir la venta de cigarrillos a menores de edad.

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) se suma a las diversas organizaciones de la sociedad civil que han denunciado que el acuerdo suscripto deja en evidencia la existencia de otros objetivos detrás de la supuesta intención de prevenir el consumo de tabaco en jóvenes. La Fundación Interamericana del Corazón (FIC) ha señalado que la verdadera razón del acuerdo es evitar el aumento del impuesto al cigarrillo.

Por su parte, el Ministro de Salud de Mendoza, Matías Roby, ha expresado que esta campaña encuentra su base en que los kiosqueros y los padres son los responsables indirectamente de incentivar a los menores de 18 años al consumo de tabaco. Lamentamos los dichos del Ministro y le recordamos que numerosos estudios científicos demuestran sin lugar a hesitaciones que los menores ingresan al tabaquismo no por sus padres o los kiosqueros, sino por las campañas publicitarias dirigidas a menores de edad confeccionadas por las tabacaleras. En esta línea, son también las tabacaleras que con su poderío económico buscan aliarse con gobiernos para interferir en cualquier tipo de medida que pueda perjudicar las ventas de cigarrillos.

Estas estrategias han sido utilizadas desde los años ’80 aseguran los investigadores Anne Landman, Pamela M. Ling y Stanton A. Glantz quienes describen que la industria comenzó con este tipo de programas en los Estados Unidos en la década del ’80 para prevenir legislación que restringiría actividades de la misma industria tabacalera. Los programas de la industria muestran que el consumo de tabaco para los adultos es una elección, pero omite aclarar como la publicidad de tabaco promueve su consumo, omitiendo también los riesgos que ésta tiene para la salud. La industria ha utilizado estos programas para combatir aumento de impuestos, leyes de ambientes libres de humo y las restricciones de publicidad en el mundo entero. Por último indican los autores que no hay evidencia de que estos programas hagan decrecer el consumo de tabaco entre los jóvenes. Esto lleva a una sola conclusión: los programas llevados adelante por la industria tabacalera para prevenir el consumo entre jóvenes solo han producido más daño a los fines del control en el consumo de tabaco. En sus recomendaciones finales, los estudiosos sugieren que la industria tabacalera debería tener prohibido llevar acabo directa o indirectamente (a través del patrocinio) programas que apunten a la prevención del consumo de tabaco en los jóvenes1.

Es oportuno recordar que el tabaquismo es una adicción que, en Argentina, afecta a casi 9.000.000 de personas y produce más de 40.000 muertes por año. Veronica Schoj, Directora Ejecutiva de FIC Argentina aseguró «Si las autoridades de Mendoza quisieran reducir significativamente el consumo de tabaco, en lugar de establecer acuerdos con la industria tabacalera deberían hacer cumplir la ley vigente en la provincia y avanzar con políticas de probada eficacia, como las medidas fiscales – que reducen la asequibilidad de los cigarrillos- y la prohibición completa de la publicidad de tabaco, incluida la exhibición de los productos en los puntos de venta. Cuando un gobierno admite la influencia de la industria tabacalera está protegiendo las ganancias de las transnacionales del tabaco a costa de la vida y la salud de la población.”

FUNDEPS, miembro de la Alianza Libre de Humo Argentina (ALIAR) solicita al Ministro Roby que dé marcha atrás en el acuerdo celebrado el 15 de octubre de 2014 con Nobleza Picardo y Massalin Particualres, y que proteja el derecho a la salud de todos los habitantes de la provincia de Mendoza.

Más información

Contacto: Juan Miguel Litvachkes, juanlitvachkes@fundeps.org

_______________________________________________________________________________________________________________________

1 Landman, A., Ling, P. M., & Glantz, S. A. (2002). Tobacco industry youth smoking prevention programs: protecting the industry and hurting tobacco control. American journal of public health, 92(6), 917-930.

Informe paralelo al Comité de las naciones unidas para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, apoyado por FUNDEPS.