Listado de la etiqueta: ENTs

En el Día Mundial Sin Tabaco, volvemos a pedir que el desarrollo y la implementación de políticas de salud pública estén libres de la interferencia de las tabacaleras. Es urgente que el Estado argentino priorice el bienestar y la salud de su población, y en especial de quienes son el foco de las estrategias de marketing de esta industria, es decir, las infancias y juventudes

Los productos de tabaco y nicotina son letales. De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), más de 8 millones de personas mueren al año a causa del consumo de estos productos y 1,3 millones de personas fallecen por tan sólo estar expuestas al humo ajeno. Por su parte, el contexto epidemiológico de Argentina no se queda atrás. Según la última Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes (2018), nuestro país tiene una de las tasas de prevalencia en la adicción al tabaco más altas de la región: el 20,2% de les adolescentes fuma. Como si eso fuera poco, la edad de iniciación en el consumo ya se sitúa entre los 12 y 15 años. 

Pese a que es bien sabido que el tabaco mata hasta la mitad de quienes lo consumen, los Estados son permeables (y hasta a veces cómplices) al gran abanico de estrategias de interferencia que despliegan las tabacaleras. En términos generales, estas estrategias buscan obstaculizar los procesos de avance de normas más protectorias del derecho a la salud, socavar los marcos regulatorios existentes, sacar provecho de ciertos vacíos legales, así como de la ineficacia de los mecanismos de control de los Estados y, por último, -el propósito mayor- lograr incrementar sus ganancias y generar las condiciones necesarias para garantizar la sostenibilidad de sus negocios. 

En Argentina, la interferencia de la industria tabacalera se hace presente, principalmente, a través del lobby permanente y sostenido en autoridades del Estado Nacional y las provincias, el saboteo de procesos legislativos, la tergiversación de evidencia científica junto a la construcción de narrativas confusas que buscan posicionar sus productos como de riesgo reducido y la generación de amenazas económicas frente al desarrollo de políticas que pretenden regular su actividad. 

Sin ir más lejos, los tires y aflojes que se están dando en el marco del debate por el proyecto de ley Bases en el Congreso Nacional que, entre otras cosas, implica una reforma en la estructura impositiva en los productos de tabaco, son un claro ejemplo sobre la manera en que se materializa esta interferencia. Tanto los intercambios entre legisladores como las coberturas mediáticas se han focalizado en los perjuicios económicos que sufriría una u otra tabacalera en caso de avanzar la reforma, sin que ocupe un lugar central el impacto negativo que sufriría la salud pública con una modificación impositiva de estas características -que habilita la presencia de cigarrillos muy baratos en el mercado, obstaculizando la reducción del consumo- y, menos que menos, el gran escándalo que representa que en la toma de decisiones del poder público intervenga (o mejor dicho, ejerza un rol decisivo) cualquier industria tabacalera.  

Si bien este ha sido el caso de interferencia que, en los últimos días, ha adquirido mayor notoriedad, también es posible encontrar otros casos que revelan que el avance hacia mejores marcos regulatorios es, históricamente, un proceso minado de obstáculos. En este sentido, se destacan los numerosos proyectos de normas  que, tras la sanción de la Ley Nacional de Control de Tabaco en el año 2011, se presentaron en el Congreso Nacional con el propósito de fortalecer la respuesta del Estado argentino ante las tácticas de mercadeo de la industria tabacalera. Pese a las distintas presentaciones por parte de diversos partidos políticos y los importantes esfuerzos de la sociedad civil por impulsarlos, ninguno de ellos alcanzó tratamiento legislativo, perdiendo su estado parlamentario. 

En esta misma línea, merece especial mención la gran cantidad de intentos fallidos por lograr que el Estado argentino ratifique el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT). Un relevamiento de las bases de datos de la Cámara de Diputados y Senadores de la Nación arrojó que, entre 2003 y 2022, ingresaron 33 proyectos de ley –15 en el Senado y 18 en Diputados–, postulando la adhesión al Convenio Marco y sin que ninguno de ellos lograra llegar al plenario. Este instrumento y la ratificación por parte del Estado Nacional, resulta necesaria y urgente en tanto que permitiría contar con un marco integral para la implementación de políticas dirigidas a reducir la oferta, la demanda y, los daños sanitarios, sociales y ambientales causados por los productos de tabaco y nicotina.Además, proporcionaría herramientas eficaces para proteger las políticas de salud pública contra los intereses comerciales de las tabacaleras, así como de los individuos u otras organizaciones que trabajen para promover los intereses de esta industria. Aún cuando las implicancias positivas y estratégicas de ser parte del Convenio Marco son más que evidentes, nuestro país es el único de Sudamérica y uno de los pocos del mundo que todavía no lo es. 

Dicho esto, cabe preguntarse: ¿cuáles son las consecuencias de permitir el despliegue y la injerencia de estas prácticas al interior de los Estados y, particularmente, del Estado argentino? ¿quiénes verdaderamente se perjudican? 

Si bien nuestro país cuenta con un marco regulatorio que en materia preventiva ha adoptado ciertas restricciones al marketing, la protección a los ambientes libres de humo y la prohibición a los productos emergentes (como los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado), lo cierto es que estas normativas han quedado desactualizadas frente a una industria que se renueva permanentemente y que destina millones de dólares en amplificar y diversificar sus estrategias de mercadeo. A ello se le añade la cuasi inexistencia de mecanismos de fiscalización por parte del Estado, que impide la identificación de violaciones a las normativas existentes, la aplicación de sanciones a sus infractores y, en definitiva, un grave debilitamiento de los avances que -tras muchísimos esfuerzos- la población argentina logró conseguir en materia políticas de control de tabaco.

Esta situación es especialmente crítica para la protección de las infancias y juventudes, quienes, a razón de encontrarse en una etapa de formación y desarrollo, son altamente vulnerables a las prácticas manipuladoras de la industria tabacalera. Esto se profundiza si los marcos regulatorios y las respuestas estatales son insuficientes para combatirlas. 

Las estrategias de la industria son diversas. El lanzamiento de productos novedosos y sofisticados, la construcción de narrativas que los posicionan como la “alternativa” para dejar de fumar, la organización o presencia en eventos masivos o fiestas, y el uso de redes sociales junto la contratación de influencers para su promoción tienen un único fin: naturalizar -especialmente entre jóvenes- el consumo de los productos de tabaco y nicotina, crear una nueva generación de consumidores y mantener un público cautivo entre quienes ya padecen de esta adicción.   

No hay dudas de que la interferencia de la industria tabacalera socava los esfuerzos dirigidos a reducir la epidemia del tabaquismo en nuestro país. Por eso, reiteramos que la ratificación del CMCT por parte del Estado argentino representaría un paso fundamental para revertir esta situación, así como también un compromiso firme con la salud y calidad de vida de su población más joven. 

Proteger las políticas de salud pública frente al acecho de los intereses corporativos de esta industria constituye el aspecto más desafiante del control del tabaco y, al mismo tiempo, el más urgente y necesario. La población argentina necesita del compromiso por parte de todos los actores sociales y fuerzas políticas para que se prioricen sus derechos. Ya no es posible seguir esperando.

Autoras

Clara Díaz Yofre

Maga Merlo Vijarra 

 

Contacto

Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

La interferencia de la industria de alimentos y bebidas se define como la influencia sobre los marcos legales y entornos políticos a fin de retrasar, debilitar o impedir el desarrollo de políticas de alimentación saludable. Estas empresas y los grupos afines a sus intereses realizan distintas acciones para intervenir en el desarrollo de políticas públicas y para influir en el mundo académico y en la ciencia.

El presente reporte busca documentar el caso de interferencia de la industria alimentaria en Argentina, en el marco del debate y sanción de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (N° 27.642), más conocida como Ley de Etiquetado, así como las iniciativas desarrolladas por la sociedad civil para contrarrestar esta interferencia.

Este reporte, realizado con el apoyo financiero de Global Health Advocacy Incubator (GHAI), recopila la mirada de cinco organizaciones de la sociedad civil que participaron activamente y de forma conjunta en la promoción de la ley, y actualmente continúan trabajando en pos de su correcta implementación: la Fundación Interamericana del Corazón Argentina (FIC Argentina), Consciente Colectivo, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS), la Fundación
SANAR y la Federación Argentina de Graduados en Nutrición (FAGRAN). Estas organizaciones, libres de conflicto de interés, comenzaron a trabajar de forma conjunta en el año 2021 y aportaron evidencia científica para justificar la elección del etiquetado. Además, realizaron acciones de incidencia con distintos decisores políticos durante todos los años en que la política se debatió, y realizaron campañas de comunicación para informar y apoyar la aprobación de la ley.

Se presentó en la Legislatura de Córdoba un proyecto para promover la alimentación saludable que adhiere a la ley nacional de etiquetado frontal. La iniciativa establece escuelas libres de sellos, favorece la compra pública de alimentos saludables y crea una comisión de monitoreo integrada por organizaciones de la sociedad civil, entre otras cosas. 

El 16 de agosto ingresó a la Legislatura de Córdoba un proyecto de adhesión a la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS), más conocida como “ley de etiquetado”, que presenta los mejores estándares entre las leyes de adhesión sancionadas hasta el momento. Se logró a partir del trabajo colaborativo entre el equipo del legislador Miranda y la legisladora Labat,  junto con el Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Córdoba y Fundeps. Espera contar con el apoyo de todos los bloques que consideren prioritario defender la salud pública y el acceso a una alimentación adecuada para todas las personas consumidoras y, fundamentalmente, de las infancias. 

Para entender la importancia del avance subnacional en relación a la ley nacional de etiquetado frontal debemos dirigirnos, no sólo a la letra de la ley sino también a su puesta en práctica. El texto explícitamente obliga a las provincias a garantizar la implementación de la ley en sus territorios, pero no dice cómo. No manda a adherir. Por eso, al momento de la sanción y reglamentación de la ley nacional, se instaló la pregunta sobre ¿es necesario que las provincias adhieran? ¿Qué deben y qué pueden hacer las provincias para garantizar el efectivo cumplimiento de estos derechos fundamentales reconocidos? ¿Cómo garantizar la igualdad en el goce de estos derechos en todo el territorio? Pese a los interrogantes, lo que no se puso en cuestión es que la norma nacional es obligatoria en todo el país más allá de las estrategias que defina la provincia. 

Es importante resaltar que la norma se propone abordar la cuestión alimentaria de una manera integral y transversal. Por este motivo, no sólo introduce el etiquetado frontal que permite advertir sobre la verdadera composición de lo que se está consumiendo, sino que también regula aspectos como: entornos escolares saludables, educación alimentaria nutricional, estrategias de marketing de las industrias alimentarias, las compras públicas realizadas por el Estado, etc. Es por ello que se reconoce esta ley como una especie de sutura de la gran dispersión normativa que existe en la regulación del derecho a la alimentación en Argentina, y también es vista como una ley modelo de la región. 

Ahora bien, la puesta en práctica de todos estos componentes de la ley puso en el centro los desafíos propios del federalismo y el sistema de distribución de competencias, y exige la articulación entre diferentes ministerios, organismos y niveles de gobierno. En este escenario el dictado de normas de adhesión o complementarias surgió como el mejor camino para asegurar la plena implementación de todas las medidas que la ley establece, y así proteger efectivamente la salud de la población.

Al día de la fecha contamos con sólo 7 provincias adheridas, lo que según el mapa normativo del etiquetado en Argentina refleja el 63,3 % de avance a nivel nacional, y ello tiene que ver con que ninguna de las normas regulan la implementación de los diferentes componentes de la ley que lo requieren.

El proyecto de ley en Córdoba

En este escenario el proyecto de ley presentado en Córdoba aparece como modelo a seguir por el resto de las provincias. Propone una regulación local amplia e integral, que asegura la aplicación efectiva de todas las medidas que dispone la ley nacional. Es así que no sólo asume la responsabilidad de controlar y fiscalizar el cumplimiento del etiquetado frontal de los productos alimenticios y de las regulaciones nacionales sobre publicidad, promoción y patrocinio de estos productos, sino que amplía el alcance de la restricciones sobre publicidad en los ámbitos de jurisdicción local, como son los puntos de venta y la vía pública. También define qué se entiende por publicidad dirigida a niñes  y adolescentes, subsanando una importante deficiencia de la normativa nacional. Así, el texto logra una plena protección del entorno ante las estrategias de marketing que agresivamente incentivan la compra de productos que dañan la salud. 

También, se pronuncia respecto a los dos componentes cruciales que requieren el accionar de las provincias. 

  • Sobre entornos escolares: prohíbe la oferta, venta y publicidad de productos con sello dentro de las escuelas de todos los niveles, formales e informales y exige la oferta permanente y gratuita de agua potable ; dispone la inclusión de educación alimentaria en las currículas escolares y en los planes de formación docente; establece que en los comedores escolares se debe priorizar la oferta de alimentos frescos o mínimamente procesados y que provengan de agricultores locales; y dispone que los menú sean diseñados por profesionales de la nutrición y se realicen mejoras en la infraestructura escolar.
  • Sobre compras públicas: el proyecto recepta el criterio de la ley nacional y prioriza la compra de alimentos saludables en todo tipo de contrataciones y programas alimentarios. Prioridad que se torna absoluta si las personas destinatarias son niñes y adolescentes. 

Otros puntos a destacar de la normativa propuesta tiene que ver con la definición del Ministerio de Salud como autoridad de aplicación en coordinación con otros ministerios involucrados. Esto es fundamental para que todas las medidas que se tomen en los diferentes ámbitos sean planteadas desde un enfoque de salud pública. También consideramos un acierto la disposición de vías de denuncias, sistemas de sanciones y registro de infractores a nivel local, que permiten reforzar los mecanismo nacionales que vienen presentando ciertas limitaciones en la práctica.

Otro punto de interés, que tiene que ver con fortalecer la disponibilidad de alimentos saludables, es el incentivo al consumo de alimentos no procesados y naturales producidos por economías regionales y agriculturas campesinas, indígenas (y/o) familiares.

Finalmente, queremos hacer hincapié en que el proyecto dispone la creación de una Comisión de Consumidores integrada por organizaciones de la sociedad civil, de consumidores y colegios de profesionales que tengan como objeto la protección de los derechos involucrados. Comisión que garantiza la participación ciudadana en el monitoreo de la implementación de la ley y en la elaboración de políticas complementarias. 

Por estos motivos resulta una ley de avanzada para la promoción de la alimentación saludable en la provincia. Puede sentar el camino a seguir por otras provincias que no se han pronunciado y también para que las provincias con adhesiones simples dicten normas complementarias que aseguren el cumplimiento integral de esta política de salud pública que está siendo referencia en la región. 

Invitamos a la ciudadanía a apoyar y seguir el proceso de tratamiento de la ley en la legislatura. Es fundamental su involucramiento para que la balanza no se incline en favor de los intereses de las grandes industrias de alimentos y sean protegidos los derechos de la población y fundamentalmente de las infancias, a gozar de una vida sana y una alimentación saludable.

Accedé al proyecto de ley 

Más información

Ley de Etiquetado: es el tiempo de las provincias

Autora

María Laura Fons

Contacto

Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org 

La presente infografía brinda información acerca de la responsabilidad que les corresponde a comerciantes de productos alimenticios y bebidas analcohólicas que presentan sellos de advertencia y/o leyendas precautorias, tal cual surge de la incorporación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable al sistema normativo nacional de alimentos, como así también a principios internacionales que rigen la actividad empresarial.

Este informe brinda información acerca de la responsabilidad que les corresponde a comerciantes de productos alimenticios y bebidas analcohólicas que presentan sellos de advertencia y/o leyendas precautorias, tal cual surge de la incorporación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable al sistema normativo nacional de alimentos, como así también a principios internacionales que rigen la actividad empresarial. En ese sentido, resulta fundamental el compromiso del sector a fin de poder garantizar el cumplimiento de las políticas públicas en cuestión y proteger la salud de la población.

Desde Fundación Sanar, Fundeps y Fagran lanzamos “Construyamos una escuela más saludable”, materiales dirigidos a la comunidad educativa. Tienen como objetivo promover la implementación de la ley de etiquetado en los entornos escolares y reflexionar sobre la alimentación de niños, niñas y adolescentes.

La Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado, es una política integral que busca proteger y promover el derecho a una alimentación adecuada y el derecho a la salud, en especial de niños, niñas y adolescentes. Para lograrlo plantea un paquete de medidas que buscan transformar los entornos donde crecen y se desarrollan, limitando la oferta de productos no saludables en escuelas y la exposición al marketing, educando en aspectos alimentarios y nutricionales, y promoviendo el acceso equitativo a alimentos saludables.

En este marco, las escuelas constituyen un espacio clave para la implementación de la ley y tienen regulaciones específicas que cumplir. Allí niños, niñas y adolescentes pasan gran parte de su tiempo y por lo tanto, es un lugar propicio para promover hábitos saludables. 

A un año del comienzo de la aplicación de la ley, aún quedan muchos desafíos para su implementación dentro de las instituciones educativas, considerando también las diversas realidades que encontramos en todo el país.

En este contexto, el proceso de adecuación a la norma requiere una comunidad educativa acompañada e informada. Por eso, desde Fundeps, Fundación Sanar y Fagran lanzamos el kit de materiales “Construyamos una escuela más saludables”.

El objetivo es brindar herramientas para fomentar la participación activa de toda la comunidad educativa en la promoción de prácticas alimentarias más saludables y sostenibles. Incluye materiales para que cada integrante pueda repensar su rol dentro del proceso y convertirse en agente de cambio de la alimentación en las escuelas.

¿Qué materiales integran el kit?

  • Un documento con información sobre la ley como una política pública integral. Brinda información acerca de la evidencia que la respalda y el propósito de cada uno de sus ejes. A su vez acerca una actividad práctica de carácter reflexivo para lograr un trabajo colaborativo entre los integrantes de la comunidad.
  • 3 Vídeos: uno dirigido a autoridades y tomadores de decisión del ámbito educativo, otro a responsables de niñeces y adolescentes; y uno para niñeces (que puede ser de utilidad en el aula).

ACCEDER AL KIT DE MATERIALES

Este documento explora argumentos utilizados por las compañías de productos alimenticios contra las políticas de salud de Chile, Uruguay, México y Perú, y las respuestas de los Estados. El objetivo es brindar herramientas que aseguren la defensa legal de las políticas en otros países, tomando como ejemplo lo que ha sucedido anteriormente.

El objetivo del presente trabajo fue identificar aquellos factores que facilitan y obstaculizan la implementación de la Ley 27.642 en lo referido a las compras públicas para comedores escolares de 5 provincias argentinas. Al mismo tiempo se realizan recomendaciones para ser distribuido entre los poderes ejecutivos y legislativos de las jurisdicciones.

El presente documento sistematiza las razones por las que Argentina debe ratificar el Convenio Marco para el Control de Tabaco de la OMS para fortalecer los estándares de protección de la salud.

Los días 9 y 10 de agosto realizaremos el 1° Congreso de Políticas Alimentarias en Argentina en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Está organizado por Fundeps y Fundación Sanar. 

Con la participación de disertantes nacionales e internacionales, durante 2 días conversaremos sobre los avances y desafíos al cumplirse 1 año de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado.

Compartiremos miradas y oportunidades para el trabajo conjunto entre estudiantes y profesionales de la salud, comunidad educativa, autoridades del estado, organizaciones que trabajan por el derecho a la salud, al ambiente, entre otros actores.

Los principales temas del congreso incluyen:

  • Desafíos para la implementación de la ley en las provincias. 
  • Entornos escolares saludables: recomendaciones y herramientas. 
  • Transformación de los programas alimentarios. 
  • Estrategias de marketing de la industria alimentaria. 

Cronograma:

  • Primer día (9 de agosto): comienza a las 8.30h con las acreditaciones. Habrá 3 mesas de debate y disertantes finalizando la jornada a las 17.15h.
  • Segundo día (10 de agosto): inicia a las 8.30h y finaliza a las 12.40h. Habrá 2 mesas de diálogo.

El congreso tendrá lugar en SCALA HOTEL (BERNARDO DE IRIGOYEN 740, CABA).

Es gratuito y con cupos limitados. Requiere inscripción previa.

 

Mirá el programa completo y disertantes acá.

QUIERO INSCRIBIRME

El objetivo del presente documento es brindar información sencilla, clara y oportuna acerca del alcance de la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable para que las diversas personas que componen la comunidad educativa se conviertan en agentes de cambio que acompañen el nuevo paradigma alimentario en los entornos escolares.

La construcción de entornos escolares saludables es fundamental para promover una alimentación saludable en infancias y adolescencias. En este documento, reunimos recomendaciones y sugerencias para que las autoridades del campo de la educación avancen en este sentido, a partir de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable y la adopción de medidas complementarias.