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El programa “El Show del Caos”, que se emite por el Canal 12 de Córdoba, abordó –en una edición de fines de agosto- varios estereotipos nocivos desde un punto de vista de género: las mujeres como responsables de la crianza, su no injerencia en todos los ámbitos de la vida, una actitud manipuladora ,y el desprecio por las personas homosexuales. A continuación el análisis de la emisión, que contraría la Ley de Protección Integral de la Violencia y la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Otra vez, en el marco de la presentación de candidatxs políticxs, la televisión es propulsora de actos de violencia mediática hacia la mujer y de discriminación hacia las personas homosexuales. Tenemos tan interiorizados algunos esquemas culturales, que dejamos que actos abusivos se trasformen en naturales. Esta vez ocurrió, en el programa Nº 102 del “Show del Caos”, que se emite por el Canal 12 de Córdoba, que tuvo como invitado especial a Tomás Méndez, candidato a intendente para la ciudad de Córdoba.

El primer tema abordado en el programa apenas presentado el invitado fue “¿Quién toma las decisiones en la casa?”. A partir de esta pregunta se sucedieron opiniones tanto del candidato como de las y los panelistas y el conductor, y chicanas del estilo “¿Te tiene cortito?”.

El estereotipo que se intentó poner en evidencia es el de la mujer controladora en el ámbito privado, un espacio en el que el varón no tendría opiniones para expresar, y así lo confirmaron tanto panelistas como invitado. Mientras el candidato confirmó que en su matrimonio el cuidado y la crianza de las hijas está totalmente delegado en su esposa –argumento que a ningunx de lxs presentes le pareció inadecuado o cuestionable-, uno de los panelistas afirmó que su propia estrategia era decirle siempre a su esposa “si querida” y la panelista mujer afirmó en tono seductor: “Hay maneras de que el hombre decida lo que una realmente quiere”, confirmando que las decisiones en su pareja no se toman en un ámbito de igualdad sino que hay que hacer creer a los varones que poseen el dominio de la situación para, en verdad, lograr los propios objetivos. Aquí el estereotipo puesto en juego fue de la mujer engatusadora o manipuladora (mujer-serpiente), que tampoco fue cuestionado por ningún presente, sino que, por el contrario, se le preguntó a ella cuáles eran esas estrategias evidenciando que una de ellas era la sexualidad.

Luego, el conductor le preguntó al candidato si le hacía favores a su esposa, como por ejemplo pasar por una farmacia a comprarle tampones de regreso al hogar. “Porque vos sos una persona pública…” argumentó el conductor, como si por serlo no pudiera trascender que su mujer menstrua. En este comentario se pone en juego otro estereotipo: el de la “suciedad” que rodea a la menstruación femenina, que debe ser siempre ocultada (recordemos que la sangre menstrual en las publicidades de toallas íntimas nunca es roja) de la mirada pública, y quedar en el ámbito de lo privado, como la mujer misma.

También hubo comentarios despectivos hacia las personas homosexuales. En un momento que el conductor le dijo a la panelista “¡Ay, por favor, contalo!” refiriéndose a un comentario sobre el que ella no quería explayarse, uno de los panelistas dijo “Paren, paren, te salió muy afeminado y después la gente por la calle me para y pregunta…” como si una supuesta opción homosexual del conductor fuera algo que le restara popularidad entre su audiencia.  Como respuesta a este comentario, el conductor expresó en tono grave, muy alto y con violencia: “Dale, contalo, hablá, hablá!” imitando supuestamente un tono masculino de expresión. Todo entre risas y burlas.

También uno de los panelistas fue categórico en relación a que “la mujer siempre quiere opinar, y hay cosas en las que no tiene que opinar”. Con el auto y el asado la mujer no se tiene que meter, fue uno de los argumentos. Todas estas formas de expresión y argumentos lejos están de promover la protección e igualdad de género previstas en nuestra normativa, y son en cambio reproducciones manifiestas de los estereotipos que tanto la Ley 26485 de Protección Integral de la Violencia, como la Ley 26522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, pretenden erradicar.

Luego, a lo largo de todo el programa se llevó a cabo un debate acerca de la posición del hombre y la mujer en diferentes ámbitos de la vida: en relación a lxs hijxs, las parejas, la vida sexual, las tareas del hogar, remarcando los “deberes de una buena mujer” en el medio de burlas y risotadas.

Como sociedad somos cómplices de la construcción de patrones culturales que se alejan de la igualdad de género y la protección de los derechos humanos. Seamos conscientes de nuestra responsabilidad en la reproducción de estereotipos reproductores de violencia, y procuremos promover un trato igualitario que erradique las conductas agresivas hacia las personas en todos los ámbitos en las que se desempeñen.

 

Fuente

Monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS).

 

Contacto

Virginia Pedraza / Co-coordinadora del área de Derechos Humanos

vir.pedraza@fundeps.org

Con motivo de las elecciones nacionales Primarias Abiertas Simultáneas Obligatorias (PASO), fijadas para el próximo 9 de agosto, revisamos algunos de los spots de campaña ofrecidos por las distintas fuerzas políticas, analizando en ellos la ausencia, o presencia, de perspectiva de género y la vulneración de derechos garantizados por ley.

Casos analizados: 

Las propagandas políticas utilizan como herramienta predilecta los spots televisivos, videos de corta duración con mensajes directos y efectistas, reproducidos en medios de difusión masiva. Desafortunadamente, algunos de estos videos han evidenciado la dificultad para evitar mensajes que tienen a mujeres y niñas como objeto de distintos tipos de violencias o no reflejan la complejidad de las temáticas vinculadas a las desigualdades estructurales de género ni la ampliación de derechos vinculados a estos temas que ha habido en nuestra sociedad en los últimos años.

Un spot publicitario del precandidato presidencial Mauricio Macri, Vendo rosas para comprarme la bici, abrió un intenso debate en distintos ámbitos acerca del abuso de poder que queda plasmado sobre el cuerpo de la nena que lo protagoniza. La notable incomodidad de la niña, ante la insistencia en el contacto físico de Macri, no es tenida en cuenta como una expresión de violencia sobre ella; quizás en sentido contrario, esta violencia pretende ser mostrada como un gesto de cariño del adulto que “pasa por encima” de la voluntad de la nena. No es casual que sea el mismo precandidato que tiempo atrás aludió a los “piropos“  de los varones hacia las mujeres como algo que ellas quieren, aceptan e inclusive, disfrutan. Son expresiones de una mirada patriarcal que considera tanto que las mujeres pueden ser objeto de uso, al servicio de la mirada masculina; como que un/a niña/o no debe negarse al acercamiento con una persona adulta, sin respetar el articulado de leyes nacionales e internacionales que, entre otras cosas, dicen que lxs niñxs “tienen derecho a no ser sometidos a trato violento, discriminatorio, vejatorio, humillante, intimidatorio” (Art. 9, Ley Nacional 26061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes).

Por otra parte, se trata de un discurso que naturaliza el trabajo infantil. La niña le muestra “su producción de flores” y él ofrece comprarle una, en un intento por “colaborar” para que pueda comprarse su bicicleta. Más allá de que el trabajo infantil está prohibido en Argentina (Ley 26390 de Prohibición del Trabajo Infantil y Prohibición del Trabajo Adolescente), el spot expone una perspectiva benefactora sobre la sociedad y no de construcción de ciudadanía; el candidato con recursos puede resolver un día de la venta de la nena comprándole rosas, pero sin el ofrecimiento de políticas públicas para salir de la pobreza ni para eliminar, justamente, una práctica prohibida por ley y nociva para cualquier niña/o.

Ninguna de estas circunstancias queda librada al azar en una publicidad: la niñez, la mujer, el trabajo, envían un mensaje claro al espectador: se están desconociendo derechos que la ciudadanía ganó trabajosamente en los últimos años.

Por otro lado, en el spot del gobernador de la provincia de Córdoba Juan Manuel De la Sota, Discurso de noviazgo, el mensaje violento contra las mujeres no fue disimulado. La desafortunada analogía entre las elecciones PASO y las relaciones interpersonales, reproduce la idea patriarcal de mujeres ubicadas en lugares de objetos, en roles pasivos y a los varones en posiciones dominantes y hegemónicas, perpetuando la generación de todos los tipos de violencia que sufren las mujeres: el novio –futuro esposo- puede flirtear e intercambiar novias durante el noviazgo, ya que no se trataría de una instancia definitiva como el matrimonio; sin embargo, esto no es un acuerdo que han pautado con su novia “oficial”, sólo él está escogiendo entre varias opciones mientras ella asiste pasiva y desconcertada a las confesiones de él. Desde el spot se propone una analogía con las PASO, en la que hay varios candidatos para elegir, y la decisión definitiva –el matrimonio- sería durante las elecciones de octubre.

El spot del candidato Daniel Scioli, La victoria de la familia, si bien no incurre en discursos sexistas ni violentos explícitos como los anteriores, no contribuye a la construcción de valores inclusivos en relación a los modelos de familia. Se expone un modelo tradicional, que deja de lado la realidad de las familias no heterosexuales, reconocidas legalmente en nuestro país a partir de la Ley de Matrimonio Igualitario. La construcción familiar que pueda realizarse desde espacios simbólicos impacta en lo permitido o excluido dentro de los vínculos sociales: presentar modelos diversos de familia, o una familia con integrantes diversos, legitimaría y reforzaría los derechos garantizados en relación a este tema por la mencionada ley.

Por último, si bien saludamos la iniciativa del candidato de la Unión Cívica Radical, Ernesto Sanz, de incluir en un spot a la violencia de género como tema central de campaña, advertimos sobre la necesidad de considerar a este tipo de violencia como una problemática estructural de toda la sociedad,  que se relaciona con la desigual distribución de las relaciones de poder –por tanto un abordaje integral de la misma involucraría una revisión profunda por parte de los varones de los roles históricos de dominación que han asumido-. Justamente porque se trata de una problemática que involucra a la sociedad completa, los varones violentos no son “bestias” –sino varones comunes socializados en la dominación masculina- y las mujeres violentadas no son particularmente vulnerables; se trata de situaciones que pueden afectar, y lo hacen, a todos los sectores educativos, económicos y sociales. Por último advertimos sobre la importancia de utilizar un lenguaje inclusivo si se desea trabajar con perspectiva de género.

La Ley nº 26.485 de Protección Integral de las Mujeres en los Ámbitos en que se desarrollan sus Relaciones Interpersonales  dispone en su artículo 6, que la difusión de mensajes e imágenes en los medios que humillen o atenten contra la dignidad de las mujeres, es considerada violencia mediática.

Por su parte, la Ley nº 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual tiene, dentro de sus objetivos, promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado en los medios, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.

Estas leyes deben ser aplicadas a los spots de campaña, como a cualquier contenido reproducido en los medios de comunicación.

La violencia mediática y la discriminación de género en radio y televisión, pueden ser denunciadas por todos nosotros en:

Fuente:

Monitoreo de medios de comunicación acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina, realizado por la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS). Ver también en: Informe de la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad sobre el caso

Consultar comunicados anteriores.

Contacto: 

 Virginia Pedraza – Coordinadora del área de Derechos Humanos

 vir.pedraza@fundeps.org

El pasado viernes 26 de junio, en Paraná, más de 187 organizaciones expusieron en la primera Audiencia Pública 2015, organizada por la Defensoría del Público. Con la consigna ¿Cómo nos ven los medios?, durante más de ocho horas se abordaron variadas temáticas en relación a este eje.

La Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, organizó la primera Audiencia Pública 2015 región centro, en la que participaron organizaciones de distintas localidades de Córdoba, San Luis, Santa Fe, Entre Ríos, Mendoza, Corrientes, Misiones y La Pampa.

Las instituciones participes provenían de distintos sectores y entre ellas hubo sindicatos, medios comunitarios y gestionados por pueblos originarios, asociaciones de sordos y de intérpretes de lengua de señas, organizaciones sociales, comunidades campesinas, organismos públicos, instituciones educativas, productores audiovisuales, adultos mayores, grupos de investigación, etc.

A partir del disparador sobre cuáles son las representaciones que los medios de comunicación audiovisual construyen, se plantearon distintas temáticas como género y diversidad sexual, discapacidad, vejez, juventud y niñez, el mundo del trabajo, violencia institucional, entre otras. Desde nuestra Área de Derechos Humanos, en torno al tema género, se presentó nuestro proyecto de Violencia Mediática y se profundizó sobre las representaciones sexistas y no sexistas que promueven los medios de comunicación.

Agradecemos a la Defensoría del Público la invitación y celebramos la concreción de estos espacios de participación y construcción ciudadana. Vemos enriquecedora la oportunidad de intercambiar perspectivas con organizaciones, y entre todos reclamar la comunicación como un derecho.

 

Más información

Defensoría del Público

 

Contacto

Carolina Tamagnini – Área de Derechos Humanos

carotamagnini@fundeps.org

Desde nuestra Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, iniciamos un espacio de monitoreo permanente de medios masivos, acorde al cumplimiento de las políticas públicas de comunicación y género existentes en Argentina. En esta primera instancia, analizamos el informe “Piropo vas a llorar: después de Aixa, nos prohíben la seducción espontánea”, emitido por el programa Duro de Domar.

Caso: Informe del programa Televisivo “Duro de Domar” llamado “Piropo vas a llorar: después de Aixa, nos prohíben la seducción espontánea”, publicado por Canal 9 el día 8 de Abril del 2015.

El pasado 8 de abril, el programa televisivo de Canal 9 “Duro de Domar” transmitió un informe sobre la denuncia pública realizada por la joven Aixa Ruzzo, a través de un video en YouTube, sobre el acoso callejero que sufre desde hace más de un mes en la puerta de su casa, por parte de un grupo de trabajadores de una empresa que provee servicios eléctricos.El programa reproduce el contenido del video de Aixa combinándolo, en forma grotesca e irónica, con imágenes y representaciones que tienden a simplificar y parodiar la gravedad del acoso verbal sufrido por ella, difamándola y humillándola.

Luego de la presentación del caso, el informe justifica el acto de “seducción espontánea propio de los varones” mostrando imágenes con contenido sexista. Asimismo, reproduce los desafortunados dichos del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,  Mauricio Macri, cuando tiempo atrás expresó en una entrevista radial: “En el fondo a todas las mujeres les gusta que le digan un piropo. Aquella que dice que no, que me ofende, no le creo nada”.

En el avance del informe se expone la repercusión mediática que tuvo el caso, planteando la idea de una exageración sobre el acoso verbal, deshonrando los dichos de la joven: “Con todo respeto a Aixa, no está copado eso de imaginar un Mangeri en cada obra de construcción”.

La Ley de Protección Integral a las Mujeres (Ley 26.485) explica en su artículo 6 que la difusión de mensajes e imágenes en los medios que humillen o atenten contra la dignidad de las mujeres, es considerada violencia mediática. Por su parte, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ley 26.522) tiene, dentro de sus objetivos, promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado en los medios, evitando toda discriminación por género u orientación sexual.

 

La violencia mediática y la discriminación de género en radio y televisión, pueden ser denunciadas por todos nosotros en:

La Defensoría del Público de Servicio de Comunicación Audiovisual. (Tel: 0800 999 3333)

La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. (Tel: 0800-345-0285)

El Observatorio para la Discriminación en Radio y Televisión.

 

Fuente: Informe de la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad sobre el caso

 

Contacto: 

 Virginia Pedraza – Coordinadora del área de Derechos Humanos

vir.pedraza@fundeps.org

FUNDEPS continúa con el compromiso asumido en lo que respecta a Violencia Mediática y Simbólica hacia las mujeres y/o de Género, junto con la Asociación Civil Comunicar para la Igualdad. En este marco, se hará un monitoreo de los órganos del estado encargados de aplicar normas contra la Violencia Mediática y Simbólica hacia las mujeres y/o de Género.

Durante el transcurso del año 2014, nuestro equipo consolidó una alianza de trabajo junto con la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, a los fines de la realización de un proyecto conjunto que se centra en el monitoreo de la aplicación de las normas contra la Violencia Mediática y Simbólica hacia las Mujeres y/o de Género. Nuestro principal objetivo es hacer un seguimiento de la implementación de las políticas públicas sobre comunicación y género desarrolladas en los últimos años en nuestro país, inéditas en el mundo.

Es imperiosa la realización de una valoración crítica de los últimos años transcurridos desde la implementación de las políticas señaladas, con el objetivo de generar herramientas para continuar avanzando en el reconocimiento y defensa de los derechos de las mujeres y de las personas habitualmente sometidas a situaciones de desigualdad debidas a su identidad de género u opción sexual.

Las instituciones que trabajamos en este proyecto, hemos asumido el compromiso de seguir en la lucha contra la violencia hacia las mujeres y/o de género y trabajar activamente desde sus espacios de acción en la generación de incidencia en políticas públicas que importen el desarrollo de una sociedad más equitativa e igualitaria.

Desde el trabajo realizado por ambas instituciones, y a partir de las necesidades que surgen de la problemática relacionada con la existencia y persistencia de contenidos de corte sexista que importan violencia simbólica y mediática en los medios de comunicación audiovisuales de Argentina, es que FUNDEPS y la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad han generado este espacio de compromiso y colaboración a los fines de desarrollar herramientas útiles a la sociedad civil y la comunidad, que se traducirán en un informe sobre los Mecanismos implementados por los Órganos Estatales a los fines de aplicar las normas contra la Violencia Mediática y Simbólica hacia las Mujeres y/o de Género, que terminará de confeccionarse durante el transcurso de este año.

Más información:

– Asociación Civil Comunicar Igualdad

Contacto:  

Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org

Desde FUNDEPS reafirmamos nuestro compromiso de trabajo por los derechos humanos de las mujeres con la adhesión al “Año de lucha contra la violencia mediática hacia las mujeres y la discriminación de género en los medios audiovisuales”, propuesta de acción de la Defensoría del Público, que promueve la construcción de capacidades ciudadanas sobre comunicación con enfoque de género en los medios audiovisuales.

Desde FUNDEPS reafirmamos nuestro compromiso de trabajo por los derechos humanos de las mujeres con la adhesión al “Año de lucha contra la violencia mediática hacia las mujeres y la discriminación de género en los medios audiovisuales”, propuesta de acción de la Defensoría del Público, que promueve la construcción de capacidades ciudadanas sobre comunicación con enfoque de género en los medios audiovisuales.

En el marco del compromiso asumido, el 26 de agosto participamos en la Mesa de Trabajo de la Región Centro, jornada en la que las organizaciones de la sociedad civil logramos elaborar propuestas para el desarrollo de buenas prácticas en los contenidos y productos audiovisuales, con enfoque de género y en respeto a los colectivos de la diversidad LGTBI. El desarrollo del evento tuvo dos mesas de diálogo y discusión, la primera relacionada con la necesidad de implementar prácticas que consideren a la problemática de la violencia y discriminación hacia las mujeres, teniendo como centro la revisión de los contenidos, desde las noticias que informan casos de violencia machista, hasta la emisión de propagandas que acentúan los estereotipos patriarcales. La segunda mesa se enfocó en la necesidad de observar las coberturas relacionadas con la diversidad sexual e identidad de género, generando recomendaciones para que su trato sea particularmente respetuoso y remarcando como indispensable la visibilización, la eliminación de la estigmatización y el respeto por la autodeterminación como derecho humano.

Nuestras propuestas tuvieron como principio rector la necesidad de mejorar la efectividad de los procesos de sanción establecidos por la ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, para aquellos medios que emitan contenidos que promuevan o inciten tratos discriminatorios basados en la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, las opiniones políticas o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica, el nacimiento, el aspecto físico, la presencia de discapacidades o que menoscaben la dignidad humana o induzcan a comportamientos perjudiciales para el ambiente o para la salud de las personas y la integridad de los niños, niñas o adolescentes, como es establecido por los art. 70 y 71 de la mencionada ley. Asimismo, entendemos indispensable la formación, sensibilización y capacitación a los/as generadores/as de contenidos, como presupuesto primordial para la construcción de este nuevo enfoque para los productos audiovisuales en nuestro país.

Más información:

http://www.defensadelpublico.gob.ar/es/organizaciones-feministas-y-lgbti-proponen-otra-comunicacion-0