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Género, Noticias

El aborto legal debe ser aplicado plenamente en todo el país

Organizaciones de la sociedad civil exigimos, luego de la medida cautelar decidida por una jueza de feria de Chaco, que se garantice el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en esa provincia. Se trata de un derecho conquistado en un proceso democrático, tras un largo debate en el Congreso.

La ley 27610, que regula el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, debe ser aplicada plenamente en toda la Argentina. Luego de la medida cautelar resuelta por la jueza de feria, Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado Civil y Comercial No. 19 de la ciudad de Resistencia, que suspendió la aplicación de la ley en el territorio de Chaco, exigimos que no se generen zonas de discriminación para los derechos a la salud y a la autonomía de las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar en función del domicilio fijado en una u otra provincia. 

La acción fue interpuesta por seis personas, quienes argumentaron una supuesta contradicción entre la Constitución Provincial y la ley nacional y pidieron que la ley se suspenda en todo el territorio. La jueza omite pronunciarse sobre la inadmisibilidad de ese tipo de solicitudes en nuestro sistema legal y desconoce que ningún juez ni jueza puede suspender la vigencia de una ley con efectos generales. Además, no advierte que el hecho de que la Constitución chaqueña proteja la vida desde la concepción no es ningún obstáculo para la aplicación de la ley, ni en Chaco ni en ninguna de las otras provincias que contemplan ese tipo de protección. Esa evaluación acerca de la constitucionalidad de la legislación de aborto ya fue realizada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo “FAL” en el año 2012. 

Amnistía Internacional, el CELS, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Mujeres x Mujeres y Fundeps enfatizamos la importancia de que tanto las provincias como el Estado nacional defiendan la ley y cuestionen las decisiones judiciales que ponen en crisis el derecho al aborto, en particular cuando lo hacen vulnerando el principio de supremacía constitucional, la division de poderes y desnaturalizan el debate democrático.  

La Corte Suprema de la Nación ya dijo, en el marco de una medida cautelar que suspendió en todo el país la aplicación de la ley de servicios de comunicación audiovisual, que una cautelar que suspende la vigencia de toda una ley con efectos generales para toda la población, es incompatible con el control concreto de constitucionalidad de las leyes, la división de poderes y la razonabilidad. 

Más allá de las diferencias con este caso, en momentos de dictar una medida cautelar jueces y juezas deben tener en cuenta la verosimilitud de los derechos afectados y el peligro en la demora de retrasar una decisión sobre el caso. Para ello debe analizar las consecuencias del dictado de su medida de forma amplia, teniendo en cuenta el interés de la sociedad en su conjunto y el impacto en los derechos consagrados. 

En la medida cautelar dictada no se encuentran acreditados la existencia de un derecho vulnerado a las demandantes, ni el peligro en la demora. Y lo que es muy grave, la medida pone en riesgo a nivel local el derecho a la salud de mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar. 

Decisiones de este tipo no hacen más que minar el uso de las herramientas legales, tan importantes para la garantía de derechos como las medidas cautelares, y el proceso legislativo llevado adelante con un amplio debate en diciembre, apoyado de un fuerte respaldo social y con el acompañamiento transversal de las principales fuerzas políticas.

Es importante que las personas usuarias de estos servicios y con derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo tal como establece la Ley 27.610 sepan que el Estado nacional y las provincias deben garantizar su acceso en todo el país. Hasta tanto la justicia de Chaco revierta esta medida cautelar, debemos destacar que el derecho a los abortos legales vigentes en Argentina desde hace cien años (es decir, si el embarazo fue producto de una violación, si la gestación afecta la salud de la persona o si pone en riesgo su vida) se encuentra vigente en Chaco como en todo el territorio nacional, y el personal de salud debe proveer esos servicios.

Ante ataques de este tipo a los derechos vigentes, insistimos en que las provincias y el Estado nacional cuestionen las decisiones judiciales que desprotegen a las mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar en el ejercicio de su derechos sexuales y reproductivos, incluido el derecho al aborto. Debemos seguir cuidando la salud de todes.

Amnistía Internacional Argentina

CELS

ELA

Fundeps

Mujeres x Mujeres

30 de enero de 2021
Etiquetas: Derechos Sexuales y Reproductivos, Interrupción Voluntaria del Embarazo
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La Legislatura de Córdoba otorgó a Fundeps un bene La Legislatura de Córdoba otorgó a Fundeps un beneplácito por el Tercer encuentro Redes de compromiso y cuidados: “Acceso a la salud sexual integral. Debates urgentes”. El encuentro se realizó el pasado 20 de junio y reunió a más de cien profesionales de toda la provincia.

La mención (aprobada por unanimidad) fue iniciativa de la Legisladora Karen Acuña, en coautoría con las legisladoras Silvina Jurich, Ariela Szpanin, Doris Mansilla y Julieta Rinaldi. La misma expresa: “iniciativas con estas características, impulsadas por organizaciones de la sociedad civil, resultan fundamentales para fortalecer la protección y el ejercicio efectivo de los derechos ciudadanos, al tiempo que contribuyen a la construcción de una sociedad más justa, inclusiva e igualitaria".

Recibir este reconocimiento nos llena de orgullo y fortalece sin dudas los vínculos y el camino conjunto en pos del acceso a derechos en nuestra provincia.
Este viernes 31 de julio realizamos un nuevo encue Este viernes 31 de julio realizamos un nuevo encuentro de formación en derechos sexuales y (no) reproductivos. 

En articulación con el Consultorio de Salud Integral y con el aval de la DAJA, compartimos la jornada de capacitación con profesionales del Hospital Vicente Agüero de Jesús María.

Más de 15 profesionales de diversas disciplinas se dieron cita, para conocer diferentes aspectos de la práctica de AMEU y fortalecer su trabajo diario, en pos del acceso al aborto legal, seguro y gratuito.

Como en cada instancia, celebramos el compromiso de cada participante y agradecemos especialmente a la Dra. Kenia Torres y al Director del Hospital, Dr. Javier Díaz, por la predisposición para recibirnos.
La información como herramienta ya está disponible La información como herramienta ya está disponible en Aprender con Fundeps.

Aprendé a ejercer el derecho de acceso a la información pública y a usarlo para defender derechos, monitorear decisiones e impulsar procesos de incidencia.

En este curso vas a aprender:

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✊ Una victoria para quienes defienden el ambiente en América Latina y el Caribe: la Corte confirmó que proteger a las personas defensoras del ambiente no es opcional. Es una obligación legal.

⚖️ Para explicar qué exige esa protección, la Corte se apoyó en el Acuerdo de Escazú. Resultado: la gran mayoría de Estados de América Latina y el Caribe no pueden ignorar los estándares de Escazú, incluso si aún no han ratificado el tratado.

🔎 La implicación es clara: los países de la región deben fortalecer el acceso a la información, la participación pública, la justicia ambiental y la protección de quienes defienden el ambiente. 

📝 La Opinión abre nuevas rutas para frenar la criminalización de personas defensoras, responder a las restricciones al espacio cívico y defender la participación pública en países como Costa Rica, Guatemala y Perú. Compartimos el análisis de  @manizalmigrante del @ciel_org

📣 La discusión ya no es si los países de América Latina y el Caribe deben proteger a quienes defienden el ambiente. Eso ya está claro. Ahora hay que usar la Opinión: en tribunales, reformas, debates públicos y procesos de movilización para exigir mejores garantías y mayor protección.

🔗 Lee el análisis completo en el link en www.ciel.org/corte-idh-escazu-personas-defensoras/
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