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Género, Noticias

Las elecciones que no dieron tregua a las violencias de géneros

En agosto, durante la campaña electoral, diario Perfil publicó una nota agrediendo a Ofelia Fernandez. Desde Fundeps denunciamos ante el INAM e INADI pero sus respuestas fueron tibias e insuficientes en el caso del INAM y restrictivas en el caso del INADI.

El 27 de julio, diario Perfil publicó una nota titulada “Operación cancelar” en la que pretendía realizar un breve análisis del vínculo entre las redes sociales, nuevas tecnologìas y la participación política.
Con este objetivo, la autora de la nota, Pola Oloixarac, tomó como figura de referencia a la candidata a legisladora por la Ciudad de Buenos Aires, Ofelia Fernández, realizando la siguiente afirmación:

“En olitas cíclicas, como circulan las cosas y personas en la web, aprendemos que ciertas características de la burguesía argentina tienen un efecto no deseado en la vagina de la candidata a legisladora Ofelia Fernández. En un video donde se la ve hablar desde un púlpito, asegura que “la tibieza de la burguesía a mí me seca la concha”. Ofelia revitaliza el tropo marxista de la lucha de clases acercándolo a la inmediatez de su bombacha: nos invita a pensar que hay una pulsión sexual insatisfecha en el statu quo, y que el fragor por la revolución venidera es lo único que podría excitar a la joven Ofelia. Según esa imagen, votar a Ofelia es una invitación a complacerla sexualmente, preparándola para un coito exitoso. A sus 19 años, Ofelia entiende que lo personal es político, es decir, que lo político es genital: que las pindongas y cuchuflitos de cada une están llamados de algún modo a participar en la histeria colectiva de la revolución (o el Cambio).”

En el párrafo citado, la autora toma la expresión metafórica utilizada por Ofelia para comunicar su desacuerdo y rechazo hacia ciertas prácticas políticas y realiza una interpretación literal con el claro objetivo de correr el debate del plano político al plano sexual, degradándola por su condición de mujer.

Es importante mencionar que no es la primera vez que el diario Perfil ejerce violencia mediática y simbólica contra Ofelia Fernández. El 21 de noviembre de 2018, esta misma editorial publicó una nota titulada “La colegiala k que impactó en la contracumbre del G20”. La reincidencia de este tipo de accionar da cuenta de la necesidad urgente de que los organismos del Estado encargados a erradicar las violencias de géneros, realicen las intervenciones necesarias para lograr esta meta.

Frente a la violencia de estos discursos, desde Fundeps presentamos la denuncia correspondiente ante el INAM y el INADI a través de sus páginas web. Si bien el primer organismo recibió el reclamo, el INADI se contactó vía telefónica para informarnos que la opción de realizar las denuncias por esa vía ya no está disponible y que las mismas deben presentarse en alguna de sus oficinas. Entendemos que la restricción de los canales para hacer reclamos significa una restricción a los derechos de las audiencias, limitándose a quienes tengan el conocimiento sobre esta vía administrativa, el tiempo y los recursos para hacerlo.

Por su parte, la respuesta del INAM llega luego de dos meses de haber presentado la denuncia; la Institución reconoce que hubo misoginia en el relato, pero que la autora de la nota no hizo más que darle una interpretación literaria o filosófica a los dichos de Fernández, minimizando, de esta manera, la violencia simbólica, política y mediática a la que fue sometida la candidata. En el documento enviado por la institución se expresa:

“Si bien, se hace mención a los genitales de la entonces candidata, y eso no debería formar parte de un análisis político, la nota retoma frases textuales de la dirigente política y el artículo pareciera convertirse en un análisis rebuscado de esas frases, con algunos fragmentos de tono más bien literario o filosófico que incluyen a otras figuras de la política y/o la cultura. Entendemos, no obstante, que hubo producción misógina en una serie de artículos o coberturas periodísticas en función de esta candidata, aunque no solamente, sino también de otras mujeres de la política.”

El último párrafo citado reconoce la misoginia desde la cual se realizan los abordajes periodísticos hacia el colectivo “mujeres en la política”. Sin embargo, en vez de agravar y sostener el reclamo presentado, el escrito minusvalora estas violencias misóginas por recaer en un colectivo.

Es claro que la nota de diario Perfil reafirma y reproduce la violencia política a la que se enfrentan las mujeres que eligen desempeñarse dentro de la política partidaria, y da cuenta de las estrategias de deslegitimación a través de la cosificación y sexualización de sus cuerpos. Un trato que, por el contrario, nunca es aplicado a sus pares varones.

Este tipo de acciones deslegitima e inhabilita la participación política de las mujeres, así como también atenta contra la efectividad de la recientemente implementada Ley de Paridad de Género, interfiriendo con la posibilidad de desempeño en igualdad de condiciones que los hombres. Este ataque a Ofelia Fernández constituye un ataque a todas las mujeres y un mensaje disciplinador y expulsivo del terreno político.

A partir de lo dicho, es evidente que estamos ante un caso de violencia mediática y simbólica según lo estipulado por la Ley 26.485 de Protección Integral de la mujer. Esta normativa define la violencia mediática de la siguiente manera:

“…aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

La violencia simbólica, por su parte, es definida como aquella que “a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad»

La nota mencionada constituye también una violación al inciso m. del articulo 3 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación audiovisual, en el cual se establece la obligatoriedad de “promover la protección y salvaguarda de la igualdad entre hombres y mujeres, y el tratamiento plural, igualitario y no estereotipado, evitando toda discriminación por género u orientación sexual”.

Este contenido, además de constituir un acto de violencia en sí mismo, funciona como un legitimador y un motivador de otras expresiones de violencia. Ofelia Fernández compartió los mensajes misóginos y machistas que recibió en sus redes a partir de esta publicación y declaró “Le hace mucho daño a la campaña electoral habilitar que a nosotras nos traten así. Injusto y desagradable”.

Autora

Mila Francovich

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

3 de diciembre de 2019
Etiquetas: Comunicación y Género, Elecciones, Género, Género y participación, Violencia mediática, Violencias de Género
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