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En conjunto con la Fundación TierraVida y Ecohouse Córdoba, formulamos aportes para la formulación de lineamientos generales para la realización de las capacitaciones en el marco de la Ley Yolanda. 

En una nota destinada al Secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba, presentamos directrices para el diseño de los lineamientos generales en el marco de la ley Yolanda. Estos lineamientos permiten direccionar la metodología y contenidos que formarán parte de las capacitaciones que reciban personas que ejercen la función pública en el marco de la normativa. 

Los aportes se centran principalmente en aquellos contenidos primordiales, asuntos de tipo procesuales y metodológicos, operativos y epistemológicos. Cada uno de los puntos aportados, presentan las razones por las cuales creemos que deben de ser tenidos en cuenta a los fines de una eficiente aplicación, que permita el abordaje adecuado conforme al objetivo propio de la ley.

Confiamos en que las instancias participativas enriquecerán los lineamientos, y por consecuencia las capacitaciones que finamente se dicten. Asimismo, resulta valioso que aquellos pilares sobre los cuales se asienten las capacitaciones gocen de la legitimidad por parte de las organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general. 

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Durante los días 19 al 23 de julio, participamos en las reuniones convocadas por la Secretaría de Ambiente de la Provincia para la confección de los lineamientos generales a nivel provincial establecidos en la Ley N° 10.758 de adhesión a la Ley Yolanda.

Tal y como lo ordena el Art. 3 y 4 de la Ley Nacional N° 27.592, la Secretaría de Ambiente de la Provincia llevó a cabo una serie de reuniones en las que participamos diversas Organizaciones de la Sociedad Civil de la Provincia. El objetivo lo constituyó la confección de los lineamientos generales en materia de contenidos a dictarse en las capacitaciones destinadas a las personas que ejercen la función pública en los tres poderes del Estado. 

En las reuniones se trataron diversas temáticas asociadas al eje biodiversidad, al cambio climático, a la capacitación en leyes entre otras. El espacio permitió que cada organización diera su punto de vista acerca de los temas trascendentes y las modalidades a adoptarse. 

El diseño de la ley y su cumplimiento por parte de las autoridades, permite y permitirá la capacitación de quienes ponen en marcha las políticas públicas en asuntos ambientales, a partir de contenidos consensuados a partir del dialogo. Sin dudas la participación ciudadana constituye un pilar fundamental para cualquier arquitectura institucional vinculada a la cuestión ambiental, que debe de verse reflejado de un modo real y acabado al momento de cristalizarse la práctica estatal, en este caso, las capacitaciones obligatorias. 

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

La Municipalidad de Córdoba sancionó en noviembre del año 2020 la ordenanza N° 13.103. Aun cuando no se trata de la adhesión a la llamada Ley Yolanda, esta implementa a nivel municipal la capacitación permanente y obligatoria en materia ambiental.

La ordenanza obliga a todas las personas que desempeñen la función pública municipal a capacitarse en asuntos ambientales. En particular la ordenanza plantea temáticas tales como la normativa vigente, con foco en el cambio climático, calentamiento global, el cuidado ambiental y equilibrio ecológico, la gestión de residuos sólidos urbanos, la economía circular, la biodiversidad y el uso responsable de los recursos en el ámbito laboral.

Si bien la normativa prevé un mecanismo de acceso a la información para la difusión del grado de cumplimiento mediante diversos indicadores, al día de la fecha este no ha sido instrumentado. No obstante se han dado a conocer diversos eventos a través del portal municipal en los que se llevaron a cabo las capacitaciones.

En este marco, solicitamos mediante la plataforma municipal de acceso a la información, diversos puntos sobre el proceso de implementación al día de la fecha. Las leyes y ordenanzas que garantizan el acceso a la información pública ambiental, permiten solicitar este tipo de información a los fines de procurar un monitoreo de las políticas públicas.

Lo cierto es que en numerosas ocasiones este tipo de solicitudes no suelen ser contestadas, impactando tal accionar en el ejercicio de estos derechos. El acceso a la información es un pilar para la defensa de los derechos colectivos y para una adecuada gestión ambiental participativa.

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Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org

El día de hoy la Legislatura provincial aprobó el proyecto de adhesión a la Ley Yolanda de formación integral en ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en cambio climático para las personas que se desempeñen en la función pública.

Con la incorporación de ciertas normas particulares, la provincia de Córdoba sancionó la normativa por la cual se adhiere a la Ley Nacional N° 27.592, llamada Ley Yolanda en honor a Yolanda Ortiz, quien fuera la primera Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la República Argentina.

Esta ley obligará a las personas que ejerzan la función pública en el Estado provincial a capacitarse en la temática de ambiente, con perspectiva de desarrollo sostenible y con especial énfasis en el cambio climático. En el texto cordobés se incorporan temáticas de particular interés regional, numeradas de un modo enunciativo, tales como bosque nativo, cambio climático, derecho ambiental, gestión de residuos solidos urbanos, impacto ambiental de las políticas públicas, preservación de áreas protegidas y recursos hídricos, entre otros.

Asimismo, afortunadamente se establece la autoridad de aplicación en el mismo cuerpo de la ley, siendo la Secretaría de Ambiente la encargada de su aplicación. Además, procura garantizar el acceso público a la información en torno al grado de cumplimiento de la ley, como así también le otorga a la autoridad de aplicación la facultad de celebrar convenios con universidades, instituciones científicas, organizaciones de la sociedad civil y otras entidades para garantizar el cumplimiento de la norma.

A pesar de que la normativa podría haber sido superadora en relación a la Ley Nacional en torno a la conformación de una autoridad de aplicación mixta que incorpore al Ministerio de Educación, como así también la incorporación de una vía de denuncia o reclamo que permita a la ciudadanía aportar en el proceso de fiscalización, celebramos la adhesión provincial a esta importante herramienta para la protección ambiental.

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Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org

La Comisión de Ambiente de la Legislatura Provincial se encuentra abocada al tratamiento de tres proyectos de ley para la adhesión provincial a la Ley Yolanda de capacitación ambiental obligatoria.

En el marco de dicho tratamiento, la Comisión de Ambiente ha efectuado un número de encuentros abiertos a ciertas organizaciones de la sociedad civil y personas dedicadas a la defensa del ambiente, a los fines de escuchar su opinión. Si bien la convocatoria a dichas personas no fue abierta a quienes pretendieran dar a conocer sus opiniones, lo cierto es que se generó un novedoso mecanismo de participación ciudadana limitado quizás por los tiempos que la agenda demanda. 

Dicho proceso constituye una buena práctica que ha de celebrarse. No obstante, hoy en día con la entrada en vigor del Acuerdo de Escazú, tales espacios constituyen ya una obligación del Estado Provincial y no sólo el ejercicio de la buena voluntad política. La adecuada publicitación y convocatoria, como así también la organización y distribución  de los tiempos propiciando una amplia participación, debe de contemplarse en pos de una verdadera democracia ambiental. 

En el marco del proceso participativo, remitimos a la Comisión de Ambiente de la Legislatura Provincial, lo que consideramos resultan ajustes necesarios para una normativa superadora a la nacional. Así, se realizaron observaciones en torno al modo en que debe diseñarse una autoridad de aplicación acorde a los objetivos de la ley, al proceso de creación y valoración de los programas y contenidos de capacitación para las personas que ejercen la función pública, como así también la introducción de mecanismos de denuncia o reclamos que permitan a la ciudadanía el efectivo monitoreo y control sobre el cumplimiento de la capacitación ambiental. 

Creemos que una normativa provincial puede ser superadora, si incorpora mecanismos tendientes a garantizar mayor participación tanto en su etapa de gestación como en los procesos de monitoreo e implementación.

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Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org