El mundo está pasando por circunstancias extraordinarias. La necesidad de adoptar medidas urgentes como el aislamiento social han cambiado nuestra cotidianeidad y ponen en tensión la salud pública y la seguridad. Sin embargo, las políticas implementadas no pueden olvidarse de los derechos de la ciudadanía.

La situación de público conocimiento de avance del COVID-19 ha hecho necesaria la adopción de medidas urgentes cuyo objetivo es la protección de la salud pública. Las medidas de aislamiento y de distanciamiento social están apoyadas por la evidencia científica que se comienza a recolectar sobre los brotes de contagio de la pandemia. La Organización Mundial de la Salud recomienda estas medidas y sus representantes han reconocido al gobierno argentino por sus decisiones que en forma temprana pueden limitar la curva de contagio de esta enfermedad. Como en otros temas de salud pública en los que hemos trabajado desde hace años, Fundeps apoya enfáticamente las políticas públicas basadas en evidencia científica y en línea con las recomendaciones de organismos especializados en la materia.

En este contexto de emergencia sanitaria, resulta fundamental tomar conciencia acerca de la importancia de respetar la cuarentena a los fines de resguardar la salud pública y garantizar el funcionamiento del sistema de salud argentino. El incumplimiento de las medidas de aislamiento, y el consecuente riesgo para la población que ello ocasiona, permite al Estado tomar medidas sancionatorias en contra de quienes la infrinjan. Ahora bien, también resulta importante señalar que, ante la puesta en marcha de un proceso sancionatorio en contra de una persona infractora al aislamiento, es necesario que las fuerzas de seguridad actuantes cumplan estrictamente el procedimiento legal previsto para tal caso, y respeten todos los derechos y las garantías constitucionales que, aun en este estado de emergencia, mantienen su plena vigencia.

Aquellas excepciones en las cuales una persona tiene permitido circular, sin dudas no deben de ser utilizadas por la ciudadanía como un pretexto para infringir el aislamiento social preventivo y obligatorio. Sin embargo, ante un caso de circulación permitida (Por ejemplo: aprovisionamiento de alimentos), quien resulte interrogado por las fuerzas de seguridad, debe contar con la posibilidad de brindar información a dicho personal a los fines de dar a conocer los motivos de su circulación, es decir de ejercer su descargo. Una medida coercitiva por parte de la fuerza pública, sólo debe encontrar respaldo en la existencia de “motivos bastantes” (circunstancias objetivas advertidas por el funcionario policial al momento de efectuar el control) que permitan suponer que la persona se encuentra efectivamente infringiendo la cuarentena y que no se encuentra habilitado para circular (Por ej. profesionales de salud), pero permitiendo antes, valga la redundancia, efectuar su descargo.

Por el contrario, una detención que no tenga en cuenta los motivos dados por quien circula o siquiera brinde la posibilidad de darlos, no solo vulnerará aquellas garantías constitucionales que restringen la adopción de este tipo de medidas (existencia de motivos bastantes para proceder a la detención y derecho de defensa), sino que además tornará ilusorias las excepciones contempladas por el D.N.U. De tal modo, toda persona que circule por la vía pública, debería de ser detenida y recién luego de atravesar todo el procedimiento, podría brindar los motivos de su circulación al funcionario judicial competente. De ser así, esto podría ocasionar un desborde en los lugares destinados a alojar a los detenidos, con la consecuente sobrecarga del sistema judicial mínimo que se encuentra actualmente tratando tales casos. 

Más allá de lo mencionado, en los casos en los que el personal de las fuerzas de seguridad detecte una infracción a la cuarentena y detenga la persona en cuestión, el procedimiento deberá respetar la dignidad de la persona sin incurrir en tratos degradantes, y utilizando la fuerza tan solo cuando sea necesario. Más aún, deberán cumplirse las reglas de procedimiento vigentes en cada jurisdicción, esto es, anoticiar inmediatamente al órgano judicial competente, procurando el efectivo derecho de asistencia legal y de defensa.

Finalmente, la aplicación de tareas de fiscalización, tampoco deben orientarse y direccionarse sistemáticamente al “control” de aquellos sectores en situación de vulnerabilidad. La garantía de no discriminación no debe de soslayarse al momento de fiscalizar el cumplimiento de la cuarentena, direccionando los controles solamente a un determinado sector poblacional, sino que su alcance debe ser general. 

La existencia de un estado de emergencia sanitaria, requiere de responsabilidad por parte de toda la ciudadanía en el cumplimiento de la medida de cuarentena. El incumplimiento a tal medida sin dudas reclama una sanción para garantizar la salud de toda la población argentina, pero no debe conducir a excesos, arbitrariedades y abusos de autoridad por parte de las fuerzas de seguridad, procurando una cuarentena con plena vigencia de nuestros derechos.

Desde la sociedad debemos evitar actuar subestimando la cantidad de casos existentes al día de hoy, que pueden parecer pocos o con números que no son lo suficientemente alarmantes: el comportamiento de la pandemia ya ha demostrado en otros países tener un crecimiento exponencial. Es por esto que es necesario pensar en los posibles contagios de mañana, y especialmente en los impactos en la salud de aquellas personas pertenecientes al grupo de riesgo y/o en situación de vulnerabilidad.

A partir de la aparición del COVID-19, se ha evidenciado la necesidad de revisar desde el Estado y desde toda la sociedad, el modo de vincularnos, tanto en lo individual y cotidiano como en lo global. Es necesario que colectivamente logremos aprovechar estas circunstancias para construir lazos, formas de relacionarnos que incluyan a la ciudadanía, respeto mutuo y para con nuestro entorno, como puntos de partida.  La salud pública va a ser mejor protegida con una ciudadanía activa, responsable para el cumplimiento de sus obligaciones y capaz de ejercer sus derechos.

Para mayor información, se recomienda acudir a los canales oficiales de información haciendo click aquí

Firma: El equipo de Fundeps

El discurso de apertura del periodo de sesiones legislativas del Congreso de la Nación por el presidente Alberto Fernández presentó numerosas iniciativas y enunciación de políticas que son alentadoras en cuanto al acceso y goce de los derechos humanos, pero también dejó en el tintero cuestiones preocupantes y contradictorias en cuanto a políticas ambientales, de salud, y de inclusión, entre otras.

Dentro de los muchos anuncios, aquellas políticas relativas al fortalecimiento de la calidad institucional son las que mayor expectativa generan. La recurrente referencia al diálogo, al consenso y a la pluralidad son signos de voluntad hacia una democracia sana y duradera. También, estas propuestas muestran un claro interés en seguir desarrollando herramientas que mejoren la participación ciudadana, lo que ha sido y sigue siendo una deuda en el Estado argentino.

Entre los anuncios más importantes en materia institucional, se pueden destacar:

  •  La creación del Consejo Económico y Social para el Desarrollo Argentino que en palabras del presidente “implica estar dispuesto a abrir cauces de participación novedosos en nuestro sistema democrático”. El mismo tendrá como misión ser el motor de políticas de Estado y políticas de la sociedad, y propone promover las profesiones estratégicas y los trabajos del futuro, atender la agenda urgente del cambio climático con adecuadas herramientas de financiamiento de la infraestructura verde,  atraer la riqueza argentina que está en el exterior con fines productivos nacionales y afianzar instituciones republicanas más transparentes y socialmente eficaces.En este punto cabe decir que en relación a la la agenda ambiental, la idea de atender de modo urgente el fenómeno del  cambio climático, resulta contradictoria con el resto del discurso, ya que el tinte extractivista de la política productiva que se advierte en él, excluye la posibilidad real de un abordaje serio a la problemática, respetuosa de los compromisos internacionales asumidos por Argentina en la materia.

    Por otra parte, es de destacar la voluntad política de apostar a la transparencia de las instituciones estatales, sin olvidar los avances que han sido logrados en los últimos años con relación al desarrollo de herramientas de gobierno abierto y de acceso a la información pública.

  • La creación de un Cuerpo Profesional de Servidores Públicos formados desde la academia, con arraigo a la carrera administrativa y para la transformación del Estado en la promoción de cambios de calidad en el sector público.La calidad institucional desde la carrera administrativa y con foco en la educación pública, podría significar un avance importante, y es momento de que el Estado tenga a disposición personas capacitadas que puedan aceitar los mecanismos vetustos y burocráticos que obstruyen la implementación de las políticas.
  • La creación de la Agencia Federal de Evaluación de Impacto de las Políticas Públicas, también con énfasis en mejorar la implementación de medidas y acciones desde la administración estatal, para mejorar la efectividad de su tarea.Este tipo de iniciativas son bienvenidas, pero siempre que se implementen mecanismos para el monitoreo de su funcionamiento y participación desde la ciudadanía. Asimismo, es de suma importancia que el control sobre la calidad y efectividad de las políticas también se realice con acento en la transparencia y en la rendición de cuentas, especialmente en lo relativo a la inversión pública.
  • Además, se destaca la iniciativa de reforma de Justicia Federal, en el marco del cual se creará un Consejo para Afianzar la Administración de Justicia en la República Argentina. El mismo se propone ser un cuerpo consultivo del Poder Ejecutivo para el impulso de otras transformaciones de fondo en nuestro Poder Judicial.En este punto, es importante tener especial atención en los principios de la división de poderes en los procesos que vayan a iniciarse a partir de las iniciativas propuestas desde este órgano. Asimismo, es de fundamental importancia la colaboración de los tres poderes del Estado, para promover un real acceso a la justicia, especialmente para los sectores más vulnerables de la sociedad.

En lo que a salud pública respecta, más allá de la destacable referencia a vacunas, es preocupante la falta de mención al abordaje de enfermedades crónicas no transmisibles: no se mencionaron medidas relativas a consumo de tabaco, exposición al humo de tabaco ajeno, consumo de alcohol, alimentación inadecuada, actividad física insuficiente.

Siguiendo la misma línea, y específicamente sobre el Plan Argentina Contra el Hambre, se advierte un abordaje parcial de la problemática que no incluye la perspectiva de alimentación adecuada y de calidad, lo que resulta preocupante dados los altos índice de prevalencia de obesidad y sobrepeso en nuestro país, especialmente en niños, niñas y adolescentes.

En materia de integración global, se observa una agenda inclusiva, para avanzar en la asociación con países desarrollados, emergentes y en desarrollo. El presidente destacó tanto el diálogo con potencias de América y Europa como asociaciones estratégicas integrales con China y Rusia.

Resulta muy importante mejorar la asociación estratégica integral con China, pero es fundamental asegurar que tal relación no profundice las relaciones crecientemente asimétricas entre los dos países, y que no redunde en esquemas económicos de reprimarización de la economía argentina.

Políticas con perspectiva de géneros y diversidad sexual

Uno de los puntos más destacados del discurso fue el anuncio que en los próximos días el Poder Ejecutivo presentará un proyecto de legalización del aborto. El presidente expresó su preocupación por las consecuencias que tiene el estado actual de la legislación, que empuja a las mujeres a la clandestinidad, poniendo en riesgo su salud e incluso su vida. Si bien aún no se conocen detalles del proyecto, el tratamiento de una ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo viene de la lucha incansable del movimiento de mujeres que reclaman este derecho desde hace años, y esperan que se trate de un proyecto fiel a los puntos que contempla aquel que fuera presentado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito el año pasado.

Asimismo, Fernández anunció que enviará otro proyecto de ley para garantizar la atención y el cuidado integral de la mujer embarazada y de sus hijos e hijas en la primera infancia, al que se refirió como el programa de los primeros 1000 días.

Además, hizo tres anuncios relativos a la erradicación de la violencia de género:

  • Implementación de la Ley Micaela.
  • Lanzamiento del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por razones de Género 2020-2021.
  • Ratificación del Convenio N ° 190 de la OIT sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.

Sin dudas, este tipo de iniciativas dan fe del interés de este gobierno por erradicar las violencias contra las mujeres, lo que es impostergable. Sin embargo, llama la atención que se hayan omitido mencionar los derechos que aún faltan reconocer a otros colectivos e identidades, como el cupo laboral para las personas trans. Al hablar de aborto, solo se enunció a las mujeres, pasando por alto que hay otras personas gestantes que también pueden cursar embarazos no deseados. Es imprescindible atender a los factores que reproducen las desigualdades estructurales de estos colectivos.

Por eso es relevante remarcar la necesidad de diseñar e implementar políticas públicas y su correspondiente presupuesto con perspectiva de géneros, que contemplen la igualdad de oportunidades para todas las personas. Esto se puede concretar a través de medidas que acompañen las trayectorias laborales y profesionales de personas LGBTIQ+, como por ejemplo, la implementación del cupo laboral trans.

Otra vez la deuda con el ambiente

En líneas generales, la perspectiva “ambiental” adoptada en el discurso de apertura de sesiones, se puede caracterizar como una visión extractivista, que contempla a los bienes ambientales tan solo como recursos para el desarrollo económico y social. Esto puede percibirse en aquellos tramos del discurso en los cuales se anunciaron, por ejemplo, iniciativas vinculadas con la promoción de proyectos e inversiones en materia de hidrocarburos y minería. A más, estas fueron calificadas por el presidente como la “palanca para el desarrollo productivo” del país.

Tal línea discursiva, resulta desalentadora en el contexto ambiental actual, el cual se encuentra teñido de tragedias socio-ambientales a causa del cambio climático, que afectan diferenciadamente a las comunidades en situación de vulnerabilidad. Sin perjuicio de que se mencionan algunas pequeñas líneas de abordaje al cambio climático, tal idea resulta contradictoria con el posicionamiento extractivista que el presidente sostuvo a lo largo de todo el discurso, e incluso contradice los esfuerzos a nivel local y mundial tendientes a disminuir la promoción de aquellas industrias generadoras de gases de efecto invernadero (principal causa del cambio climático), como así también en diversificar las fuentes de energía.

En el ámbito local, recientemente Argentina sancionó la ley de presupuestos mínimos de protección ambiental en contra del cambio climático, plasmando las directrices a seguir en torno al fenómeno. Uno de los objetivos de la ley (art.2, ley 27.520), consiste en establecer asistir y promover el desarrollo de estrategias de mitigación y reducción de gases de efecto invernadero en el país.

Asimismo, entre las medidas de mitigación que la ley prevé, se menciona la utilización progresiva de energías renovables, con la consecuente reducción gradual de emisiones de gases de efecto invernadero. Por otro lado, la ley de política ambiental nacional n° 25.675, mediante el llamado “principio preventivo”, procura prevenir, antes que nada, los daños al ambiente.

Todo esto, debe de ser enmarcado también en el Acuerdo de París, Protocolo de Kyoto y Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, todos instrumentos internacionales ratificados por Argentina. Ellos tienen entre sus objetivos principales, reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero.

También es preciso señalar que la República Argentina, posee una matriz energética cuyo 81.6 por ciento, proviene de combustibles fósiles, observándose sólo un ínfimo porcentaje en relación a otros tipos de energía (nuclear, hidráulica, eólica,etc).  Ello resulta de importancia debido a que, si la matriz energética no es diversificada, necesariamente requerirá de mayor producción y refinación de hidrocarburos. Así, la tendencia al autoabastecimiento, sin dudas implica un crecimiento en la explotación de dicha fuente energética, repercutiendo negativamente en el cumplimiento de los objetivos relacionados a los Gases de Efecto Invernadero.

De tal modo, una política basada en perspectivas extractivistas, como aquella anunciada por el presidente, tiene serias implicancias. En primer lugar, desoye los principios que orientan al desarrollo sustentable, para emprender un “desarrollo” que no contempla la variable ambiental. En segundo lugar, incumple aquellos objetivos previstos en el ordenamiento jurídico, que imponen obligaciones en torno a la mitigación de los efectos del cambio climático. En tercer lugar, ignora la circunstancia de que cualquier afectación ambiental tiene serias repercusiones en aquellos sectores en situación de vulnerabilidad, estropeando sin dudas la justicia social de un modo directo.

Es por esto, que una política ambiental, en particular que contemple los efectos del cambio climático, debe de buscar el desarrollo de fuentes de energía renovables, contemplar verdaderas acciones de adaptación y mitigación, promoviendo el desarrollo con justicia y equidad ambiental, social e intergeneracional.

Contacto

Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

Con motivo de la finalización de la Obra de Gasoductos Troncales en la provincia de Córdoba, el año pasado realizamos 5 pedidos de información a dependencias provinciales. Al no obtener ninguna respuesta, presentamos un pronto despacho a la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático. Las dificultades que hemos encontrado para acceder a información sobre este proyecto han sido constantes desde el inicio del mismo.

Desde el año 2014, hemos realizado diversas solicitudes de información sobre este emblemático proyecto tanto al Gobierno Provincial, como al Gobierno Nacional. Con motivo de la finalización del proyecto, el año pasado entre Agosto y Octubre realizamos una serie de pedidos de información a tres dependencias de la Provincia de Córdoba involucradas directa o indirectamente en el proyecto, a saber: la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento -ACIF-, el actual Ministerio de Obras Públicas, ex Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento y a la actual Secretaría de Ambiente, ex. Min. de Agua, Ambiente y Servicios Públicos.

A fines del 2019, al no haber obtenido respuesta de ninguna de las dependencias provinciales por los pedidos de información realizados y habiéndose finalizado el plazo de respuesta, decidimos realizar un pronto despacho a la Secretaría de Ambiente. 

Es importante aclarar que una vez que los organismos provinciales reciben una solicitud de información tienen 10 días para responder y solo puede prorrogarse por 10 días más siempre y cuando se informe dentro del plazo. Ante respuesta incompleta o falta de respuesta, como fue en este caso, se puede presentar un pronto despacho. Este recurso es el mismo pedido de información, pero se detalla la fecha y los detalles del pedido que se había realizado, sumado a un apercibimiento de iniciar acciones legales, es decir un amparo por mora. Cualquier dependencia provincial posee un plazo de 10 para responder el pronto despacho, con posibilidad de prorrogarlo 10 días más al igual que con las solicitudes de información. En nuestro caso, el pronto despacho fue realizado a mediados de diciembre del 2019, sin embargo la Secretaría de Ambiente nos respondió recién en febrero de 2020, es decir el plazo estaba más que vencido. 

Gracias al pronto despacho realizado, recibimos la respuesta del pedido de información realizado en agosto de 2019. En el pedido se solicitó información sobre el trazado definitivo del proyecto, localidad y cantidad de habitantes, comercios e industrias beneficiados por las obras y el estado de situación del proyecto. Acorde a la información brindada, la totalidad de los Sistemas Regionales se encuentran finalizados con recepción provisoria y/o definitiva de obra. 

Además, consultamos sobre las empresas y/o Unidades Transitoria de Empresas (UTEs) que participaron del proyecto como también cuáles eran los detalles y las características del plan de conexión de la unidades domiciliarias a los Sistemas Troncales  Respecto a esta última consulta, la dependencia provincial respondió que mediante Convenio protocolizado N° 024/2017 suscripto por la provincia de Córdoba, el Banco de Córdoba y la Distribuidora de Gas del Centro S.A. fue aprobado el “Fondo para el Financiamiento de las Redes Domiciliarias de Gas Natural”. En ella se establecieron las pautas y exigencias que deben cumplir los municipios que adhieran para permitirle a los vecinos la posibilidad de obtener financiamiento para afrontar los costos de la conexión al gas natural en las redes domiciliarias. En línea con lo anterior, se consultó sobre el origen del financiamiento del Plan Provincial Conectar Gas Industria que posibilita la conexión al servicio de gas natural a Comercios, PyMES, Industrias, Parques Industriales, entre otros. Este Programa tiene una línea de financiamiento del Banco de Córdoba de $200.000.000, monto que es prestable hasta el 100% del valor de la obra de acuerdo con la clasificación del cliente. También, el Programa tiene financiamiento de $100.000.000 del Consejo Federal de Inversiones. 

La mayor parte de la información solicitada ya había sido solicitada previamente  en solicitudes de información que realizamos en años anteriores pero en los que no obtuvimos respuesta alguna. Información que hubiera sido óptima tenerla mucho tiempo antes. 

La falta de respuesta en las solicitudes de información como el incumplimiento de los plazos estipulados por la Ley Provincial  8803 de Acceso a la Información Pública (denominada Ley de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado) deja entrever, nuevamente, no solo la gran dificultad existente en la actualidad para poder acceder a información de carácter público en manos del gobierno de la Provincia, sino también lo desactualizada que se encuentra esta ley que data del año 1999. En consecuencia, el año pasado junto a organizaciones sociales solicitamos a través de un documento  la actualización de esta Ley provincial de acuerdo con los lineamientos de la Ley modelo Interamericana y de la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública

El Acceso a la información pública es una derecho humano que fortalece la participación ciudadana, la transparencia de la gestión pública y la gobernabilidad democrática. Por ello, es necesario actualizar la Ley provincial en esta materia en pos de solucionar las falencias que posee incorporando los más altos estándares y garantizando mecanismos de control que supervisen su cumplimiento. 

Más información 

Autor/a

  • Gonzalo Roza 
  • Sofía Brocanelli

Contacto 

El financiamiento político, del que poco se sabe y habla, es un elemento clave en el desarrollo de las democracias. Si bien en la esfera nacional ha estado en el tapete del debate público todo tipo de información vinculada a “aportantes truchos”, causas judiciales de corrupción vinculadas a aportes en negro, y otros. En Córdoba, ¿Qué sucede? ¿Cómo se financian las elecciones? ¿Quién controla?

¿De qué hablamos cuando hablamos de financiamiento político?

En general, cuando hablamos de financiamiento político podemos referir al financiamiento que reciben los partidos políticos de forma constante para su funcionamiento o el que se recibe específicamente en el período de elecciones. En ambos casos, está previsto un financiamiento de tipo público y otro de tipo privado. El público proviene del Estado a partir de un “Fondo Permanente para el financiamiento de partidos políticos o campañas electorales” respectivamente, y de la asignación de espacios publicitarios. Por su parte, el privado puede provenir de los afiliados, de otras personas físicas o jurídicas y de otro tipo de actividades que desarrolle el partido.

Dado que en 2019, y en lo que va de 2020 todavía no pudimos acceder a la información relativa al financiamiento de las campañas electorales de 2019, en el presente se analizan los datos de la campaña 2015 de las dos fuerzas políticas que ganaron las elecciones a nivel provincial y a nivel municipal.

A los fines del presente análisis utilizamos la siguiente información pública disponible:

  • Informe final de campaña de Unión por Córdoba del año 2015, tanto provincial como municipal.
  • Informe final de campaña de Juntos por Córdoba del año 2015, tanto provincial como municipal.
  • Empresas contratistas a nivel provincial de los años 2014, 2015 y 2016.
  • Empresas contratistas a nivel municipal del año 2016 (por falta de disponibilidad de datos de 2014 y 2015).

Del análisis efectuado surgen los siguientes datos:

CAMPAÑAS PROVINCIALES

Campaña provincial de Unión por Córdoba

Aportantes públicos: $5.578.886  | Aportes privados: $26.888.186


Aportantes privados

De personas físicas | $18.627.012
De personas jurídicas / empresas | $8.261.174

La cantidad total de empresas que aportaron a la campaña de Unión por Córdoba fueron 158. De esas, 55 eran proveedoras del Estado en 2015, es decir un 35% o dicho de otra forma 1 de cada 3 empresas que aportaron a la campaña de UPC eran previamente o comenzaron en 2015 a ser a su vez proveedoras del Estado.

En pesos ¿Cuánto significaron estos aportes? $2.084.900

Campaña provincial de Juntos por Córdoba

Aportantes públicos: $0 | Aportes privados: $4.209.110 | De otros órganos y distrito: $5.250.000


Aportantes privados

De personas físicas | $3.890.900
De personas jurídicas / empresas | $318.210

Aquí el total de empresas aportantes fueron 19, y de éstas sólo una era proveedora del Estado provincial, y aportó $15.000.

 

CAMPAÑAS MUNICIPALES

Campaña municipal de Unión por Córdoba

Aportes totales recibidos | $15.726.368

De otros órganos y distritos | $9.411.368
De personas físicas | $6.315.000
De personas jurídicas / empresas

Campaña municipal de Juntos por Córdoba

Aportes totales recibidos | $8.508.874,49

De personas físicas | $7.508.670
De personas jurídicas / empresas | $1.000.000


A nivel municipal no es posible efectuar un análisis análogo al provincial porque no contamos con los mismos datos para realizarlo.

En este sentido UPC declaró en su informe de campaña electoral municipal 2015 que ninguna empresa le aportó, y más allá de que no sea algo estemos analizando ahora, no detalló el listado de personas físicas aportantes, tal como exige la ley.

En paralelo, en el portal de datos de la municipalidad no existe la información relativa a proveedores del Estado municipal 2015, aunque la prohibición que existe en cuanto a empresas proveedoras del Estado, tal como veremos más adelante, aplica a que éstas lo sean a nivel nacional, provincial o municipal.

Por esto, sólo es posible dar a conocer que en 2015 a Juntos por Córdoba aportaron 19 empresas de las cuales 4 eran contratistas del Estado provincial, y sus aportes en conjunto fueron de $60.000.

Algunas consideraciones

La información relativa al financiamiento de las campañas electorales es pública.

Desde Fundeps intentamos en 2019 acceder a esta información desde el momento en que se estaba en período electoral. A los fines de poder realizar algún tipo de análisis es fundamental que primero todos estos datos estén disponibles. A nivel municipal cabe aclarar que ya están disponibles los informes de campaña 2019. A nivel provincial, todavía no están colgados los informes de campaña 2019 y tampoco hemos podido acceder a ellos a través de pedidos de información pública.

En julio de 2019 y en ejercicio de nuestro derecho ciudadano de controlar la gestión pública, solicitamos esta información tanto a los partidos como a la Justicia Electoral con solicitudes de acceso a la información. En primer lugar nos dirigimos a las 5 alianzas o partidos políticos que obtuvieron la mayor cantidad de votos en las pasadas elecciones de mayo 2019. ¿Adivinen cuántas respuestas obtuvimos? Ninguna. Lo propio hicimos en la Justicia Electoral Provincial, y la “suerte” no fue muy distinta. La última respuesta judicial fue “esperen a que se publiquen los informes finales de campaña en la web”, ¿Y eso cuándo va a suceder? No sabemos.

El principio de publicidad de los actos de gobierno, y que rige especialmente en materia de financiamiento político, sirve en tanto se pueda someter a los mismos a un control efectivo, pues de lo contrario tal exigencia está vacía de contenido.

Y no se trata sólo de una cuestión de principios, veamos cómo está prevista en la ley esta cuestión.

Sumado a toda la normativa vinculada a la información pública y al derecho de acceder a ésta que tiene la ciudadanía, el propio Código Electoral establece en su artículo 234 que se denomina “Publicidad de los informes previo y final” que “el Juzgado Electoral ordena la inmediata publicación de los informes (…) en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en su sitio web”.

¿A qué informes se refiere?

Los partidos políticos deben presentar dos informes en el desarrollo de la campaña electoral. Uno previo, 15 días antes de que se lleven a cabo las elecciones con el detalle de los aportes privados recibidos, con indicación del origen, monto y destino de los mismos. Y otro final, dentro de los sesenta 60 días siguientes a las elecciones, con todos los ingresos y gastos efectuados por la campaña electoral, de forma documentada.

Acto seguido el Código Electoral vuelve a insistir en el artículo 236 con el acceso que cualquier ciudadana/o puede tener a éstos informes al decir que “cualquier ciudadano sin limitación alguna y sin necesidad de acreditar interés legítimo puede tener acceso a los informes obrantes en el Juzgado Electoral referidos a gastos de campañas electorales”.

Es decir, que el desde el informe previo debe estar publicado, más allá del acceso que, en teoría, cualquier ciudadana/o puede tener a ambos informes mientras estén en el Juzgado Electoral. De más está aclarar que por la campaña de 2019, nada de eso sucedió, ni los informes están publicado ni ha sido posible acceder a ellos en la propia Justicia Electoral.

Del aporte de empresas proveedoras del Estado

La cooptación del poder político y por tanto de las decisiones públicas a través del dinero de personas y empresas privadas es algo que se quiere evitar en todas las democracias. Y por eso está especialmente regulado el aporte privado en todas las legislación vinculadas al financiamiento político. No es que el mismo esté prohibido, está permitido, tanto el de personas como empresas, sólo que se establecen algunas limitaciones para evitar, entre otras cosas, una eventual “devolución de favores” con quienes ganen las elecciones y pasen a formar parte del gobierno.

En este sentido el Código Electoral Provincial establece una serie de prohibiciones en el financiamiento privado, que alcanzan por ejemplo a personas anónimas y a empresas contratistas de servicios u obras públicas nacionales, provinciales o municipales.

Si en general es discutible el aporte de empresas, mucho más lo es de empresas que ya tienen una vinculación económica con el Estado, como es el caso de las empresas contratistas o proveedoras de Estado.

Como se indicó más arriba, en la campaña provincial de 2015 UPC recibió $2.084.900 de aportes de empresas proveedoras del Estado y JPC $15.000.

¿Quién debe controlar? ¿A quiénes y qué sanciones se prevén?

Esta situación debe ser controlada por la Justicia Electoral de la provincia de Córdoba. Las sanciones que prevé el Código Electoral son bien abarcativas y alcanzan a los siguientes actores:

  • El Responsable de Campaña Electoral puede ser sancionado con inhabilitación de seis meses a diez años para el ejercicio del derecho a elegir y ser elegido en cargos públicos provinciales, municipales o comunales.
  • El partido político, que recibe financiamiento indebido, puede recibir sanciones que van desde multas, suspensión de la financiación estatal por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años de los fondos para financiamiento público de los partidos políticos previstos, a la suspensión de su personería jurídico-política hasta por cuatro (4) años, cuando se trate de la reiteración de las conductas previstas en el artículo 239 de este Código, o cancelación de su personería jurídico-política cuando se reiteren las conductas previstas en el artículo 239 de esta Ley y se haya aplicado previamente la sanción de suspensión de la personería jurídica prevista en el inciso precedente.
  • La empresa aportante (o terceros que efectúen contribuciones o donaciones bajo modalidades prohibidas, como dice la ley) puede recibir una multa equivalente desde el doble hasta el décuplo de la contribución o donación efectuada o la contratación realizada.

En 2015 no se estableció ninguna sanción ¿Dejaremos que por las elecciones de 2019 suceda lo mismo?

 

Más información

A raíz de la oportunidad que representa el cambio de gestión a nivel municipal, queremos expresarnos sobre temas claves para el futuro de nuestra ciudad. Por eso, nos dirigimos de manera conjunta con otras organizaciones cordobesas al nuevo intendente de Córdoba, Martín Llaryora, con el objetivo de hacer recomendaciones en torno a las problemáticas estructurales que causan graves perjuicios en materia de derechos humanos.

En el marco de la asunción de la nueva gestión municipal, hay situaciones desatendidas por años que necesitan respuesta urgente. A través de una carta abierta, damos a conocer en diez puntos cuáles son estas problemáticas y nos ponemos a disposición del nuevo gabinete para trabajar de manera articulada.

Los diez puntos se resumen en:

  1. Emergencia ambiental y sanitaria en el Barrio Chacras de la Merced
  2. Residuos Sólidos Urbanos
  3. Planeamiento y desarrollo urbano
  4. Paridad de géneros en el gabinete
  5. Inclusión laboral trans y ley de cupo
  6. Acceso a la Interrupción Legal del Embarazo en los Centros de Atención Primaria
  7. Aplicación de la ley Micaela 
  8. Acceso a la información pública
  9. Entornos escolares saludables
  10. Ambientes libres de humo y protección de la persona no fumadora

Se trata de 10 puntos, que no son exhaustivos ni excluyentes de otras problemáticas, pero requieren una respuesta urgente por las situaciones críticas que representan. Esperamos que en los próximos 4 años podamos articular un trabajo mancomunado para continuar avanzando en el cumplimiento de los derechos humanos de la comunidad cordobesa. 

Acceder a la carta completa

Contacto

Carolina Tamagnini, carotamagnini@fundeps.org

La corrupción impacta negativamente en la calidad de nuestra democracia y afecta la vigencia de los derechos humanos, particularmente de aquellos grupos y comunidades más vulnerabilizados. Al reducir la cantidad y calidad de recursos públicos disponibles, se ven especialmente menoscabados los derechos económicos, sociales y culturales de la población. 

En materia de lucha contra la corrupción, nuestro país aún tiene pendiente numerosas reformas. Entre ellas, podemos mencionar como puntos ineludibles la modificación de la ley de ética pública, la sanción de un nuevo sistema de compras y contrataciones del Estado, implementar políticas de transparencia en el financiamiento de la política, mejorar los organismos de control, implementar políticas de transparencia en los mercados y flujos financieros. También es necesario institucionalizar espacios de participación ciudadana, no solo en materia de lucha contra la corrupción, sino para garantizar una democracia más inclusiva.  

En el Día Internacional de la Lucha contra la Corrupción, las organizaciones de la sociedad civil resaltamos que para poder prevenir, detectar y sancionar la corrupción de manera exitosa son necesarias políticas públicas integrales, destinadas a los distintos sectores del Estado y los actores privados. Para eso, es necesario generar consensos amplios y robustos entre los diversos actores sociales. En este sentido, el Acuerdo Social Anticorrupción, elaborado por un grupo diverso de organizaciones y especialistas, tiene como finalidad trazar una hoja de ruta de las políticas públicas que se debieran implementar para construir un país con menos corrupción y, por ende, más justo e igualitario. 

Es posible acceder al documento en www.acuerdoanticorrupcion.org.

Contacto

Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

El día 28 y 29 de noviembre se llevó a cabo la 2° reunión anual de la Red de Organizaciones contra la Corrupción (ROCC) en la ciudad de Córdoba. En este marco, se realizó un encuentro con periodistas para charlar sobre corrupción y acceso a la información. 

El tema central que nos convocó fue el pedido de actualización de la ley de acceso a la información pública en Córdoba, apoyado por la ROCC y otras ONGs de Córdoba. En el encuentro se conversó sobre el estado de situación de este derecho a nivel de las provincias y a nivel nacional, y las diferencias entre la existencia de una normativa y la aplicación de la misma. Periodistas y ONGs concluyeron en la necesidad de un trabajo colaborativo conjunto para poder trabajar en materia de acceso a la información pública.

¿Cuál es la situación en Córdoba?

Las conclusiones del encuentro evidencian la necesidad, en la mayoría de los casos, de tener que judicializar pedidos de acceso a la información pública en Cördoba, y tener que esperar a los tiempos judiciales. 

Córdoba, no solo necesita actualizar su ley de acceso a la información, sino que además la normativa que existe está lejos de poder aplicarse correctamente. Fundeps solo recibió respuestas del 5% de los pedidos de información presentados en 2019 al municipio y a la provincia; y cuando judicializó un caso, el TSJ lo resolvió 10 años después

¿Y en las otras provincias?

Desde las organizaciones de Mendoza, CLADH (Centro Latinoamericano de Derechos Humanos) y Nuestra Mendoza se resaltó que hubo claros avances en relación al acceso a la información pública en su provincia, sobre todo legislativos. Desde 2018 cuentan con una nueva ley de AIP y en 2019 se reglamentó. La misma contempla cuestiones de transparencia activa e incluso una oficina que dedicada a su implementación, la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública. Sin embargo advierten que ésta no funciona correctamente y que sería útil un sistema de contralor, interprovincial por ejemplo, a los fines de que éste rinda cuentas ante un tercero. 

Por su parte tanto la organización de Salta como la de Santa Fe, Salta Transparente y Acción Colectiva respectivamente, dieron a conocer que su situación legislativa es la más preocupante. Salta no cuenta a nivel provincial con una ley de acceso a la información pública, sí a nivel municipal de la ciudad de Salta con una ordenanza que contempla, entre otras cuestiones, la transparencia activa y sanciones para el caso de incumplimiento de la misma. Por su parte en Santa Fe, el próximo intentarán por novena vez ingresar la ley a la Legislatura el proyecto de ley sobre acceso a la información pública. 

La Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) de la ciudad autónoma de Buenos Aires, adelantó que está confeccionando un informe sobre la aplicabilidad de la ley nacional de AIP, que se publicará a comienzos del año 2020. 

¿Cómo continuó el evento de la ROCC?

En el encuentro, se invitó a otras organizaciones de la sociedad civil de Córdoba para que expusieran sus proyectos en materia de Gobierno Abierto. Asistió Virginia Romanutti de la Red Ciudadana Nuestra Córdoba, quien expuso su trabajo en el marco del Plan de Metas de la Municipalidad de Córdoba. Asimismo asistieron representantes de PARES que trabaja alrededor de tres ejes estratégicos: género, ciudadanía y desarrollo; y Minka que se dedica a temas vinculados a derecho y tecnología. 

En relación a la Red de Organizaciones contra la Corrupción, se hizo un balance de las actividades del 2019, destacándose:

  • La nota que se presentó el 25 de enero al presidente de la nación en relación al decreto de necesidad y urgencia (DNU) que dictó sobre Régimen Procesal de la Acción Civil de Extinción de Dominio.
  • Aporte de comentarios a la presentación del Anteproyecto de Ley de Estado Abierto en Salta. 
  • Participación activa en el Consejo Federal para la Transparencia.
  • El Acuerdo Social Anticorrupción.

Y, se plantearon algunas acciones para llevar adelante el próximo año como: 

  • Participar del Consejo Federal para la Transparencia. 
  • Realizar campañas de concientización sobre la importancia del derecho de acceso a la información pública. 
  • Fiscalizar las obras de infraestructura a nivel nacional por constituirse éstas en unos de los nichos más importantes de corrupción. 
  • Trabajo con miras a regularizar el lobby. 
  • Consolidar un plan de trabajo sobre usos indebidos de recursos públicos. 
  • Exigir una ley sobre ética pública en provincias o municipios que no posean una. 

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

A fines de octubre de este año presentamos una acción de amparo por mora, en el marco de la ley N° 8803 que regula el derecho al acceso al conocimiento de los actos del Estado, en contra del Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba, por no haber respondido a una solicitud de información pública presentada el 6 de agosto. 

En el marco de nuestro trabajo de monitoreo y promoción de políticas públicas respetuosas de los derechos humanos, con especial interés por el acceso a los servicios de salud en materia de salud sexual y reproductiva en la provincia de Córdoba, hicimos pedidos de información al Ministerio de Salud de Córdoba y a los/as directores/as de los principales hospitales provinciales. 

La información solicitada se enfocaba en los servicios que brinda el Programa de Salud Sexual y Reproductiva, con preguntas sobre la cantidad de pacientes que recibieron atención, la cantidad de capacitaciones que se hicieron en la provincia sobre la temática,  el presupuesto destinado al Programa, entre otras. Además, se incluyeron preguntas sobre los servicios de Interrupción Legal del Embarazo específicamente, y sobre la reglamentación aplicada a los casos de objeción de conciencia. 

Ante la falta de respuesta por parte del Ministerio de Salud, un mes después de haber despachado la solicitud, presentamos un pedido de pronto despacho, pero tampoco obtuvimos ningún tipo de respuesta. Vale aclarar que el plazo que prevé la ley N° 8803 para que el Estado provincial conteste este tipo de solicitudes es de 10 días hábiles. A fines de octubre, por encontrarse largamente vencido este plazo, decidimos iniciar acción de amparo por mora, la cual se encuentra actualmente en trámite en la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de la justicia provincial. 

Las dificultades de acceder a la información en Córdoba

El derecho de toda persona a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la administración pública, es un derecho humano fundamental para garantizar la participación ciudadana, el fortalecimiento del sistema democrático, la transparencia de la gestión pública y la efectiva vigencia de otros derechos. 

A lo largo de este año, desde Fundeps presentamos un total de 62 pedidos de información pública a diversas dependencias públicas provinciales y municipales. Todos se encuentran con el plazo vencido, y sólo obtuvimos 3 respuestas. 

Es lamentable que tengamos que recurrir a la vía judicial para poder acceder a información que es pública. Es necesario que la Provincia revise la normativa y sancione una ley que contemple los estándares mínimos para la vigencia efectiva de este derecho, por eso solicitamos que se actualice la ley de acceso a la información pública. 

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Mayca Balguer, maycabalaguer@fundeps.org

Organizaciones de Córdoba y de distintos puntos del país solicitamos, a través de un documento, la actualización de la ley provincial de acceso a la información pública, de acuerdo a los estándares internacionales y a la ley nacional sancionada en 2016.

Córdoba cuenta con una ley denominada “Ley de Acceso al Conocimiento a los Actos del Estado” del año 1999, que no contempla los estándares mínimos para la vigencia efectiva del derecho de acceso a la información pública. En este marco, organizaciones sociales solicitamos la actualización de la normativa, siguiendo los lineamientos de la Ley modelo Interamericana y de la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública.

Entre sus falencias, la ley provincial actual no establece cuáles son los principios claves por los cuales se rige el derecho de acceso a la información pública, define de forma muy restrictiva a la “información pública” y a los “sujetos obligados” a brindar información. Por ejemplo, no incluye entes que reciban fondos públicos, como partidos políticos o sindicatos, o contratistas del Estado para brindar un servicio público.

A su vez, la normativa tampoco tiene un ente encargado del cumplimiento de la ley ni establece qué información debe ser publicada por el Estado de forma proactiva, fortaleciendo, de esta manera, la democracia y la participación ciudadana.

Pedir información pública en Córdoba

A lo largo de 2019, desde Fundeps presentamos un total de 62 pedidos de información pública a diversas dependencias públicas provinciales y municipales, de los cuales obtuvimos sólo 3 respuestas satisfactorias. De esas 62 solicitudes, 54 fueron no respondidas y, de los 5 restantes, obtuvimos “respuestas” de las más diversas, en algunos casos poco claras o incompletas, y en otras respuestas tan insólitas como “no vamos a responder”. Estos pedidos de información contemplaron distintas temáticas vinculadas a otros derechos humanos, como la salud, el medio ambiente, el desarrollo, entre otros. 

Lo anterior hace imperioso prever mecanismos de supervisión y cumplimiento de la ley, a través de una entidad independiente. Así se podrían centralizar todos los reclamos ante incumplimiento, establecer pautas claras de actuación a quienes deben brindar la información y concientizar en cuestiones de transparencia, rendición de cuentas y de acceso a la información.

Necesitamos que Córdoba sancione una nueva ley de acceso a la información pública que garantice la efectiva vigencia del derecho de acceso a la información pública, clave tanto para el fortalecimiento del sistema democrático, la transparencia de la gestión pública y la efectiva vigencia de otros derechos. 

Organizaciones solicitantes

Fundeps Argentina – CLADH – Centro Latinoamericano de Derechos Humanos, Fundación Conocimiento Abierto, Fundación Córdoba de Todos, Desarrollo Digital, Directorio Legislativo, Foro Ambiental Córdoba, Minka, Nuestra Mendoza, PARES, Poder Ciudadano, Red Ciudadana Nuestra Córdoba, Salta Transparente, ACIJ – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y Acción Colectiva.

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

Desde Fundeps adherimos a la iniciativa de un conjunto de organizaciones de la sociedad civil y especialistas en pos de políticas públicas que prevengan y sancionen la corrupción con enfoque en derechos humanos.

Un grupo diverso de especialistas y organizaciones de la sociedad civil elaboraron un «Acuerdo Social Anticorrupción»,  documento en el que identifican un conjunto de propuestas de políticas públicas que Argentina debería implementar para asegurar las capacidades estatales en materia de prevención, detección y sanción de la corrupción.

El documento está disponible en www.acuerdoanticorrupcion.org y se encuentra abierto a adhesiones desde el miércoles 16 de octubre del 2019.

El Acuerdo sienta las bases para un debate público centrado en el impacto de la corrupción en la desigualdad, los derechos humanos y la calidad de la democracia. Las reformas que se impulsan están destinadas a los distintos poderes del Estado. 

El grupo que impulsa esta iniciativa está integrado por Roberto Carlés​, Manuel Garrido​, Ricardo Gil Lavedra​, Natalia Volosin​, ACIJ​, Acción Colectiva​, CIPCE​, Directorio Legislativo​, Poder Ciudadano​, Cambio Democrático​, CLADH, Democracia en Red​, Nuestra Mendoza y Salta Transparente​.

El documento contiene un total de 74 propuestas​, que forman parte de 16 ejes temáticos​, presentados en las siguientes 6 secciones​: “​Un nuevo sistema nacional de integridad​”; “​Investigación y sanción de la corrupción pública y privada​”; “​Prevención de la corrupción en situaciones típicamente críticas​”; “​Políticas de transparencia​”; “​Fortalecimiento institucional​”; y “​Participación ciudadana​”.

Entre los ejes temáticos que se proponen se encuentran la reforma en materia de ética pública, un nuevo sistema de compras y contrataciones del Estado, mejoras procesales para la persecución de la corrupción, políticas de transparencia en el financiamiento de la política, mejoras en los mecanismos y organismos de control, transparencia en los mercados y flujos financieros, así como la apertura de instancias de participación de la ciudadanía en la lucha anticorrupción.

Las instituciones argentinas padecen de deficiencias estructurales, producto de las cuales la corrupción afecta la plena vigencia de los derechos humanos, principalmente de los sectores más vulnerabilizados. Este fenómeno, en el que ocupan un rol central tanto el Estado como el sector privado, impacta en la calidad y disponibilidad de los bienes y servicios públicos y menoscaba la confianza en las instituciones de la democracia.

Para que estas propuestas de políticas públicas sean efectivas, las autoridades deben promover su implementación a través de la plena participación de la ciudadanía, de forma transparente y a través de un proceso constante de rendición de cuentas. Para esto, es fundamental establecer indicadores que permitan conocer la evolución de estas políticas y su efectivo impacto en la lucha contra la corrupción.

En función de ello, el Acuerdo Social Anticorrupción es una convocatoria a todos los actores de la vida social argentina, y particularmente a los partidos, referentes políticos y autoridades de todos los poderes del Estado, a adherir a este documento y utilizarlo como disparador de nuevos debates, a fin de generar los consensos estructurales y de largo plazo que necesitamos alcanzar para la construcción de un país con menos corrupción y, en particular, más justo e igualitario.

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

Desde el mes de junio, se vienen llevando adelante distintas instancias de co-creación entre sociedad civil y gobierno en miras a la elaboración del Cuarto Plan de Gobierno Abierto de Argentina. Éste será publicado a comienzos de septiembre y aún hay instancias de participación virtual para quienes tengan interés en realizar aportes.

Argentina ya lleva implementados tres planes de Gobierno Abierto, elaborados en el marco de la Alianza para el Gobierno Abierto (OGP, por sus siglas en inglés). En 2020 deberá implementarse el Cuarto Plan, por lo que desde la Mesa Nacional de Gobierno Abierto -compuesta por representantes de gobierno y de sociedad civil- se receptaron propuestas para la elaboración de los nuevos compromisos. 

Para trabajar en profundidad la elaboración de dichos compromisos, se desarrollaron 14 mesas de diversas temáticas tales como: Industrias Extractivas, Asuntos Indígenas, Transparencia Presupuestaria, Obra Pública, Trata de Personas, Agua y Saneamiento, Acceso a la Justicia, Género y otras. Desde Fundeps, estuvimos participando en la mesa de Gobiernos Subnacionales y en la mesa convocada por el INAM que abordó la federalización de la Ley Micaela. 

Asimismo, estuvimos presentes en la redacción ambos compromisos, que van a someterse a consulta pública durante el mes de Agosto. Para participar de la consulta pública, tiene que ingresarse al siguiente enlace.

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Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org

Durante la semana del 27 al 31 de mayo, tuvo lugar la Cumbre Global de la Open Government Partnership, en Ottawa, Canadá. Gobiernos, sociedad civil y aficionados/as a los temas de transparencia, se reunieron para debatir sobre las bondades de la apertura gubernamental. ¿Que nos dejó la conferencia?

La Open Government Partnership (OGP o Alianza para el Gobierno Abierto), es una iniciativa multilateral formada en el año 2008 por sugerencia del presidente de Estados Unidos, Barack Obama ante la Asamblea General de la ONU. Desde ese momento, la impronta de esta ‘institución’ ha sido lograr que los gobiernos alrededor del mundo logren implementar más y mejores políticas públicas de transparencia, apertura y participación ciudadana.

Por medio de planes de acción que duran dos años, los Estados se comprometen a diseñar políticas más cercanas a la realidad ciudadana, que transparenten los actos de gobiernos y permitan la participación social. Se trata de acciones cortas y concretas, cuya finalidad es lograr la construcción de instituciones más sólidas, inclusivas y confiables.

La OGP, desde su concepción, lleva adelante ‘Cumbres Globales’ que sirvan de espacio para el intercambio de experiencias y buenas prácticas en materia de gobierno abierto. En 2019, se desarrolló la sexta cumbre, con más de 1000 participantes de aproximadamente 90 países del mundo y más de 80 paneles de expertos y expertas.

No obstante, luego de haber recorrido la Cumbre y participado de las discusiones, aparecen más preguntas y dudas, que respuestas. A pesar de que los espacios de las Cumbres Globales sirvan para conocer la realidad del gobierno abierto en otros lugares del mundo, el verdadero objetivo es el de lograr que dicho intercambio provea herramientas para acercar el gobierno a la ciudadanía en general. La idea clave, siempre ha sido ¿Cómo hacer que la apertura gubernamental cambie la vida de las personas y lleve soluciones a los problemas sociales actuales?

Este 2019, los paneles y charlas estuvieron muy enfocados en la cuestión de los principios del Gobierno Abierto, más que en las soluciones que este paradigma puede proveer. En términos generales, quedó una sensación de ‘vuelta atrás’ en las discusiones, retomando viejas problemáticas y dejando por fuera cuestiones importantes como: la salud, el medioambiente, el cambio climático, los servicios públicos, el acceso al agua, la educación, los recursos naturales, entre otros derechos. Si bien en un momento, desde OGP se impulsó la idea de comenzar a prestar atención a las cuestiones más concretas en donde se puede hacer un aporte, esta Cumbre pareció no recogerla.

En 2017, en la Cumbre Regional para las Américas de OGP, el lema fue lograr dar un paso más adelante con la idea de Gobierno Abierto, para ver resultados concretos. Lamentablemente, esto parece no estar presente en las discusiones de hoy en día. A pesar de haber logrado incluir la cuestión de género mediante la creación de la Feminist Open Government, aún quedan brechas por abordar en cuestiones de derechos humanos en general.

En 2019 el lema fue la ‘inclusión’. Empero, la Cumbre no fue inclusiva. Aquellos a quienes se pretende incluir en las discusiones de gobierno abierto, no estuvieron presentes en ese espacio: pueblos indígenas y afrodescendientes, grupos vulnerables y marginalizados, entre otros. Empoderar a quienes ya están empoderados, no tiene sentido. Convencer a quienes ya estamos convencidos que el gobierno abierto funciona, tampoco.

Para lograr un avance en esta materia, es crucial poder incluir a quienes no tienen acceso a la tecnología, a quienes ven vulnerados sus derechos y a quienes no tienen voz a la hora de la toma de decisiones.

Dentro de los debates de este año, se destacó la poca y casi ínfima cantidad de compromisos relacionados con participación ciudadana e inclusión. A pesar de ello, fue bueno saber que América Latina es la región más pujante en este sentido, con más de la mitad de los compromisos en este ámbito. ¿Es suficiente? No. Queda mucho por recorrer y solucionar. Sin ir más lejos, América Latina es también la región más peligrosa para los/as defensores/as de derechos humanos.

¿De qué manera el gobierno abierto puede subsanar esta contradicción? Somos la región que más avances ha hecho en temas de transparencia, pero la más peligrosa para quienes buscan participar en la toma de decisiones. Los niveles generales de apertura han mejorado, empero la gente nunca ha desconfiado más de las instituciones. El espacio de la Cumbre debiera haber servido para poner sobre la mesa estas problemáticas.

Es importante poder debatir sobre qué pasa luego de la transparencia, qué pasa luego de la publicación de datos ¿cómo eso se traduce en políticas públicas de mayor calidad, informadas y participativas? ¿cómo ser más inclusivos/as y lograr que esas políticas representen a todos los grupos sociales? En la cumbre se plantearon muchos problemas pero pocas soluciones. Es necesario lograr que los gobiernos se comprometan a elaborar planes más transformadores que fortalezcan las instituciones desde sus cimientos, y no con iniciativas de dos años (o menos) que luego no se traducen en prácticas estables. Nuevamente, ¿cómo se logra la trascendencia del gobierno abierto? ¿cómo evitar que esto sea una moda pasajera que cambie al momento en que los gobiernos en el poder, dejen paso a nuevos actores políticos?

Para el año 2020, Argentina tendrá la presidencia de OGP. Deseamos que pueda afrontar todos estos desafíos y como sociedad civil pondremos nuestro esfuerzo en ello, para incluir a quienes no estuvieron presentes este año y hablar de los temas que nos quitan de nuestros lugares de conformidad y privilegio. Es hora de que el ‘gobierno abierto’ deje de ser algo que se discute en círculos de ‘iluminados’ y elites, para que finalmente logre que quienes deben ser incluidos, puedan participar efectivamente y sin temores.

 

Más información:

Cumbre Global de OGP 2019

Cumbre regional de OGP para las Américas 2017

 

Contacto:

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org