Hacia una democracia digital
El miércoles pasado las dos Cámaras del Congreso de la Nación llevaron adelante sus sesiones de manera remota por primera vez en la historia. En salones llenos de pantallas, con representantes presentes en el recinto – tomando la prudente distancia – y también a lo lejos, el Poder Legislativo argentino retomó su actividad luego de un mes y medio de haberse decretado el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Derecho constitucional en el nuevo contexto virtual
Sin dudas, la crisis originada por el coronavirus exigió que las instituciones públicas se reformulen, no sólo para enfrentar a la pandemia, sino para continuar garantizando los derechos de la ciudadanía. Durante el mes de abril, la presidenta del Senado presentó una acción declarativa de certeza ante la Corte Suprema de Justicia planteando la necesidad de sesionar, sobre todo por aquellas cuestiones que no se pueden resolver por decretos de necesidad y urgencia, como son las de materia tributaria y penal. La pregunta concreta fue si era constitucionalmente posible que el Senado sesionara mediante medios digitales por encontrarse ante una situación de gravedad institucional generada por la pandemia del COVID-19, lo que se prevé como excepción a la sesiones presenciales en el artículo 30 del reglamento de la Cámara Alta. Si bien La Corte rechazó la acción porque consideró que era «improcedente» pronunciarse sobre el tema, ello no impidió que realizara algunas consideraciones adicionales al respecto.
En este sentido, en el voto mayoritario (Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti votaron en un mismo sentido y Carlos Rosenkrantz rechazó in limine) fue que el tribunal manifestó que:
“llevar adelante las sesiones del Senado bajo una modalidad remota en lugar de la tradicional forma presencial orbita dentro de las atribuciones propias del Poder Legislativo referentes a la instrumentación de las condiciones para crear la ley […] la posibilidad de que el Senado sesione de manera remota no interfiere con el modo en que la Constitución le impone a esa Cámara ejercer sus atribuciones” (Cons. N° 16).
Es decir, la Constitución no indica nada sobre “la modalidad física o remota de sus sesiones”.
Más adelante, la sentencia agrega que “… la continuidad de la tarea de legislar del Congreso de la Nación resulta absolutamente esencial para el normal desarrollo de la vida constitucional de la Argentina”, correspondiéndole entonces al Senado “arbitrar los mecanismos necesarios para facilitar la realización de su más alta razón de ser, que es la representación del pueblo de la Nación en la deliberación de sus asuntos” (Cons. Nº 17). Finalmente, la Corte resuelve que “el Senado de la Nación tiene todas las atribuciones constitucionales para interpretar su propio reglamento en cuanto a la manera virtual o remota de sesionar, sin recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; por lo cual se rechaza la acción incoada”.
¿Será suficiente para cerrar el camino a futuros planteos de inconstitucionalidad sobre el modo de sesionar? ¿Qué sucederá en el caso que se traten proyectos de ley conflictivos y que requieren amplio debate?
Las primeras sesiones
La sesión del miércoles tuvo como primer paso el de votar el protocolo que establece la nueva modalidad, con una vigencia de 60 días, prorrogables si se extiende el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Luego, se votó la validez de veinte Decretos de Necesidad y Urgencia firmados por el presidente de la Nación para mitigar los efectos de la pandemia de coronavirus. El debate se extendió durante cinco horas y media (se recomienda que las sesiones virtuales no duren más de 6 horas, para evitar problemas técnicos), con exposiciones de más de 20 oradores/as y sin mayores inconvenientes, salvo dos interrupciones técnicas breves.
Unas horas más tarde fue el turno de la Cámara de Diputados, que sesionó con 193 representantes de manera remota y 47 en el recinto. Primero se aprobó con mayoría especial el protocolo que establece el mecanismo de sesiones virtuales mientras dure el aislamiento social y obligatorio. Luego, se aprobó por unanimidad un proyecto de exención del pago de Impuesto a las Ganancias destinado a profesionales de la salud pública y privada, al personal de las fuerzas armadas, las fuerzas de seguridad, la actividad migratoria, la actividad aduanera y los bomberos, entre otras actividades esenciales. Finalmente, también por unanimidad, se aprobó un Programa de Protección al personal de salud ante la pandemia de COVID-19.
No obstante, tras el estreno del sistema telemático en ambas cámaras del Congreso, surgieron dudas en torno a si esta modalidad virtual resultaría viable para discutir proyectos de ley controversiales y más complejos en materia de consensos. En este sentido, representantes de la oposición expresaron que en la primera sesión sólo se le permitió a la décima parte de las y los legisladores realizar discursos, debiendo los demás permanecer en silencio. También se ha expresado cierto temor por que la modalidad remota pueda cercenar algunos derechos políticos de legisladores y legisladoras, e insisten en hallar la manera de retomar la dinámica presencial. Sin embargo, de parte del oficialismo señalan que no hay dudas que la tecnología debe comenzar a formar parte de la vida cotidiana del Congreso.
¿Qué es la democracia digital?
Se entiende que democracia digital o e-democracia es poner Internet y la tecnología al servicio de la ciudadanía, para que contribuyan en la consolidación del sistema democrático. La revolución tecnológica lleva varios años presente en los temas que conciernen a la gestión pública y a la ciudadanía, y ha redundado en grandes beneficios para prácticas ciudadanas como la participación, la libertad de expresión, el acceso a la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas. Es necesario entender que Internet tiene un rol fundamental en todos estos procesos, ya que permite el empoderamiento ciudadano y romper barreras que los sistemas tradicionales presentan, lo que genera posibilidades impresionantes y sin precedentes históricos .
En este sentido, es indudable que las sesiones virtuales de los Poderes Legislativos son una expresión de estas posibilidades inimaginables que nos da la tecnología. En muchos casos, tanto a nivel nacional como a nivel provincial, las legislaturas ya venían teniendo mesas de trabajo, reuniones de comisiones y capacitaciones por este medio. Además, son varias las provincias cuyas Legislaturas vienen sesionando de esta manera (por ejemplo, Mendoza, La Rioja y Córdoba). A nivel regional, los primeros países en sesionar de forma virtual fueron Brasil, Chile, Ecuador y Paraguay.
Sin embargo, estos mecanismos presentan una serie de dificultades que no se dan en la presencialidad, por ejemplo, a la hora de garantizar la estabilidad de las vías de comunicación (y que no haya desconexiones o problemas técnicos que puedan invalidar los procesos de debate y votación), de acreditar la identidad de quienes participan y de garantizar condiciones mínimas de seguridad informática y protección de datos personales e información sensible. Sin olvidar, además, que en muchos casos el uso de estas tecnologías requirió de capacitaciones previas y de alfabetización tecnológica.
A pesar de estos desafíos, sabemos que estos procesos han llegado para quedarse, y que continuarán implementándose más allá de la pandemia. Como el teletrabajo, la telemedicina y la educación virtual, el uso de las nuevas tecnologías en la administración pública es cada vez más frecuente, lo que requiere de un Estado ágil, moderno, eficiente e innovador, que además no pierda de vista la protección de los derechos humanos de la ciudadanía.
¿Qué sucede con la actividad estatal más allá del legislativo?
Entendemos que es imprescindible que el Estado promueva el pleno funcionamiento de todas las instituciones públicas, y no sólo para atender las soluciones específicas que este contexto demanda. La suspensión de la actividad administrativa por largos períodos puede entorpecer el acceso a derechos básicos, por lo que es clave que se retome la actividad cuanto antes, y por medios digitales si es necesario.
En el mismo sentido, el Poder Judicial, si bien en muchas jurisdicciones en donde hay mayor flexibilidad en las medidas de aislamiento ya retomó el trabajo de forma presencial, en aquellas con mayor densidad habitacional aún se encuentra con los plazos suspendidos y cursando una suerte de feria judicial extraordinaria. Sin embargo, se vienen garantizando servicios esenciales y de urgencias. Teletrabajo, recepción de escritos electrónicos, incorporación de firma digital, audiencias por videoconferencia y transmitidas por redes sociales, recepción de denuncias por sistemas de mensajería instantánea, habilitación de líneas telefónicas de atención permanente y mediaciones online son algunas de las iniciativas implementadas. Hay incluso algunos juzgados que ordenaron notificar las demandas por WhatsApp.
Más tecnología, pero para más derechos
Las sesiones virtuales del Congreso durante los próximos días seguramente serán el escenario de discusión de cuestiones que tienen que ver, justamente, con el uso de la tecnología. Ya sea para regular y limitar sus consecuencias negativas, con el reconocimiento de lo que se conoce como “derecho a la desconexión digital” ante las modalidades cada vez más expandidas de teletrabajo, o bien, para facilitar el acceso a ciertos derechos, como es el caso de las recetas médicas digitales, cuyo proyecto ya cuenta con dictamen favorable de las comisiones de Salud y Acción social de la Cámara de Diputados y será discutido próximamente.
Si la tecnología llegó para quedarse y va a intensificarse su uso en las instituciones públicas, sobre todo el Congreso, se deben intensificar también políticas de disminución de la brecha digital. De este modo, se habilitará a que toda la ciudadanía pueda gozar de sus beneficios, al poder presenciar, por ejemplo, las sesiones legislativas. La tecnología no debe convertirse en un mecanismo más de exclusión social y privilegio de alguno/as.
Seguramente queda mucho por reflexionar a la hora de pensar los desafíos en relación con la ciudadanía y la democracia en entornos tecnológicos. Con su enorme complejidad, las nuevas tecnologías son siempre medios al servicio de los fines que cada persona y cada sociedad decidan seguir. Por eso, creemos que es necesario aprender a usar el mundo digital para la promoción de valores como la apertura, la tolerancia, la democracia, el debate y los derechos humanos.
Fuentes
- Directorio Legislativo y ParlAmericas (2020). COVID-19: El desafío de adaptar y fortalecer el rol de los Congresos
- Ford, E. (2019). El reto de la democracia digital. Hacia una ciudadanía interconectada
Contacto
- Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org