Se llevó a cabo la quinta sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental en Ginebra. En las negociaciones sobre el borrador revisado del Tratado vinculante sobre las corporaciones transnacionales y su responsabilidad hacia los Derechos Humanos participaron las delegaciones oficiales de los Estados miembros de la ONU, la sociedad civil y movimientos y organizaciones sociales. 

Desde el 14 al 18 de octubre, se desarrolló en Ginebra la quinta sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre el borrador revisado del tratado vinculante de corporaciones transnacionales respecto a los derechos humanos (DDHH). 

De las sesiones, participaron no solo los representantes de los Estados miembros, también organizaciones de sociedad civil (OSC) y movimientos sociales. En el transcurso de las sesiones, la delegación de Brasil, junto a otras delegaciones, plantearon la necesidad de que las negociaciones sean directas entre los Estados y sin la sociedad civil; ello fue rechazado no solo por las OSC, también por las delegaciones de otros Estados quienes destacaron el importante rol que han tenido las OSC a lo largo de estos 4 años de negociaciones con sus aportes al tratado vinculante. También se destacó la necesidad de que las organizaciones sean partícipes del proceso para garantizar que los DDHH de las comunidades afectadas por las corporaciones transnacionales sean respetados y remediados.

Como punto a favor, se destacó el avance del proceso en comparación con el primer borrador del tratado (borrador zero). Sin embargo, aún restan muchas cuestiones por abordar ya que el nuevo instrumento legal no estaría garantizando la justicia para las comunidades afectadas por las empresas transnacionales y, además existen términos que continúan siendo demasiado ambiguos y prestarán a la libre interpretación de las empresas trasnancionales en desmedro de la protección de los DDHH. 

Al finalizar la semana de negociaciones en el marco de la quinta sesión, se aprobó la relalización sexta sesión con una nueva versión del tratado revisado para el año 2020. Es relevante recalcar la necesidad de que el tratado contemple a las víctimas y a los afectados por las violaciones de los DDHH ocasionados por las empresas transnacionales. 

Más información

Contacto 

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

 

Desde Fundeps adherimos a la iniciativa de un conjunto de organizaciones de la sociedad civil y especialistas en pos de políticas públicas que prevengan y sancionen la corrupción con enfoque en derechos humanos.

Un grupo diverso de especialistas y organizaciones de la sociedad civil elaboraron un «Acuerdo Social Anticorrupción»,  documento en el que identifican un conjunto de propuestas de políticas públicas que Argentina debería implementar para asegurar las capacidades estatales en materia de prevención, detección y sanción de la corrupción.

El documento está disponible en www.acuerdoanticorrupcion.org y se encuentra abierto a adhesiones desde el miércoles 16 de octubre del 2019.

El Acuerdo sienta las bases para un debate público centrado en el impacto de la corrupción en la desigualdad, los derechos humanos y la calidad de la democracia. Las reformas que se impulsan están destinadas a los distintos poderes del Estado. 

El grupo que impulsa esta iniciativa está integrado por Roberto Carlés​, Manuel Garrido​, Ricardo Gil Lavedra​, Natalia Volosin​, ACIJ​, Acción Colectiva​, CIPCE​, Directorio Legislativo​, Poder Ciudadano​, Cambio Democrático​, CLADH, Democracia en Red​, Nuestra Mendoza y Salta Transparente​.

El documento contiene un total de 74 propuestas​, que forman parte de 16 ejes temáticos​, presentados en las siguientes 6 secciones​: “​Un nuevo sistema nacional de integridad​”; “​Investigación y sanción de la corrupción pública y privada​”; “​Prevención de la corrupción en situaciones típicamente críticas​”; “​Políticas de transparencia​”; “​Fortalecimiento institucional​”; y “​Participación ciudadana​”.

Entre los ejes temáticos que se proponen se encuentran la reforma en materia de ética pública, un nuevo sistema de compras y contrataciones del Estado, mejoras procesales para la persecución de la corrupción, políticas de transparencia en el financiamiento de la política, mejoras en los mecanismos y organismos de control, transparencia en los mercados y flujos financieros, así como la apertura de instancias de participación de la ciudadanía en la lucha anticorrupción.

Las instituciones argentinas padecen de deficiencias estructurales, producto de las cuales la corrupción afecta la plena vigencia de los derechos humanos, principalmente de los sectores más vulnerabilizados. Este fenómeno, en el que ocupan un rol central tanto el Estado como el sector privado, impacta en la calidad y disponibilidad de los bienes y servicios públicos y menoscaba la confianza en las instituciones de la democracia.

Para que estas propuestas de políticas públicas sean efectivas, las autoridades deben promover su implementación a través de la plena participación de la ciudadanía, de forma transparente y a través de un proceso constante de rendición de cuentas. Para esto, es fundamental establecer indicadores que permitan conocer la evolución de estas políticas y su efectivo impacto en la lucha contra la corrupción.

En función de ello, el Acuerdo Social Anticorrupción es una convocatoria a todos los actores de la vida social argentina, y particularmente a los partidos, referentes políticos y autoridades de todos los poderes del Estado, a adherir a este documento y utilizarlo como disparador de nuevos debates, a fin de generar los consensos estructurales y de largo plazo que necesitamos alcanzar para la construcción de un país con menos corrupción y, en particular, más justo e igualitario.

Desde Fundeps dimos nuestro apoyo, sumá tu adhesión


Contacto:

Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

El Primer Plan Quinquenal Integrado firmado entre Argentina y China para la Cooperación en Infraestructura (2017-2021), contiene 16 proyectos a desarrollarse en el país. Dentro de éstos se encuentran la construcción de dos centrales nucleares. La elección de construir plantas nucleares en vez de invertir en energía eólica y solar, produce ciertas inquietudes por los riesgos que implica la energía nuclear.

El fortalecimiento de la relación sino-argentina se observó con la firma del Primer Plan Quinquenal (2017-2021) entre ambos actores, el cual incluye 16 proyectos a llevarse a cabo en el país con financiamiento chino. Uno de los proyectos que genera cuestionamientos económicos, pero sobre todo ambientales, es el de la construcción de dos centrales nucleares, Atucha III y IV.

En torno a las centrales nucleares hay opiniones a favor y en contra. Hay defensores de este tipo de energía por las bajas emisiones. Sin embargo, cada vez hay una mayor cantidad de opositores a la energía nuclear por sus impactos al medio ambiente, el riesgo que significa y lo costosa que es en relación a la energía eólica y solar.

Nuestro país cuenta con tres reactores nucleares, el primero, Atucha I, fue construida en 1974; la segunda central es la de Embalse que comenzó a operar en 1984 y la tercera central fue Atucha II, la cual comenzó a funcionar en el sistema nacional a partir del año 2014. La energía de tipo nuclear representa en el país el 6% de la matriz energética.

El acuerdo de la construcción de dos centrales nucleares data desde el gobierno de Cristina Kirchner, quien acordó su construcción con China en el año 2015. Cuando asumió Macri como presidente, se puso en duda la efectividad de este tipo de energía; sin embargo se ratificó el acuerdo con China sobre la construcción de las centrales nucleares (Atucha III y IV). A pesar de ello, por la crisis económica que atraviesa el país, el gobierno tuvo que optar por construir una sola central para que el tamaño del préstamo no sea tan grande y el país pueda afrontarlo.

Así, se construirá la central nuclear Atucha III que sumará a la red 745 megavatios y estará localizada en la localidad de Lima, provincia de Buenos Aires. El contrato para la construcción de esta central incluye un préstamo de China por $10.000 millones de dólares, lo cual cubre el 85% de los costos de construcción; el restante será invertido por Argentina.

En un primer momento, cuando se firmó el acuerdo, los gobiernos de ambos países manifestaron la importancia de firmar los contratos antes de septiembre de 2017, y, en consecuencia, comenzar la construcción de una de las centrales ese mismo años y de la segunda en el 2019. Sin embargo, ninguno de estos hechos sucedió. 
Este Plan Quinquenal tiene por propósito aumentar la complementariedad, la cooperación y beneficios en el sector de las infraestructuras, contribuyendo al desarrollo de las relaciones económicas bilaterales y de las naciones de ambos países.

El financiamiento chino ha crecido notablemente en América Latina y el Caribe, y Argentina no ha sido la excepción a este crecimiento. Las relaciones entre ambos países ha evolucionado de tal manera que China tiene importancia como prestamista bilateral, donde la mayor cantidad de préstamos se ha destinado a infraestructura y proyectos energéticos.

Desde Fundeps se realizó a principios de año un pedido de información al gobierno Nacional por el Primer Plan Quinquenal entre China y Argentina, haciendo hincapié en la construcción de las centrales nucleares. Las principales cuestiones que se consultaron fueron acerca de las modalidades y características del financiamiento que acordó el gobierno argentino para financiar las obras que contempla el Primer Plan Quinquenal; las dependencias, funcionarios y demás actores involucrados.

En cuanto a la construcción de las centrales nucleares, tema de relevancia en la solicitud de información, se solicitó el estado de construcción de las centrales nucleares, cuáles han sido los lineamientos sociales y ambientales de las instituciones que se encuentran involucradas en el proyecto, cuáles eran los lugares preseleccionados  y seleccionados para realizar la construcción, los estudios que se efectuaron para seleccionar el lugar de construcción de las centrales y, si ha habido evaluación de impacto ambiental (EIA) como si hubieron instancias de participación ciudadana. 

Si bien la solicitud fue respondida fuera de término (julio), no se respondieron de manera efectiva las preguntas realizadas al Ministerio de Energía y al de Hacienda. Solo por mencionar algunas cuestiones de la respuesta a la solicitud, no se brindaron los documentos de la EIA, muchos menos los estudios realizados para seleccionar a Lima, (provincia de Buenos Aires)  como el lugar para la construcción de la central nuclear. En líneas generales, las respuestas a las preguntas realizadas fueron escuetas, y la mayoría, por no decir todas, no brindaron los datos solicitados por Fundeps. 

En materia de acceso a la información a nivel nacional se ha avanzado, ya que como ciudadanos se pueden realizar solicitudes de información a través de la web. Sin embargo, todavía queda por hacer mucho trabajo en materia de gobierno abierto, ya que las respuestas a las solicitudes de información eluden la raíz de la pregunta que se realiza. No se encuentra mucha información disponible y, tampoco, al solicitar a las entidades responsables, se obtiene la información que se requiere. 

Más información

Autores

Sofía Brocanelli

Gonzalo Roza

Contacto

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

En el marco de nuestro 10° aniversario, el pasado jueves 10 de octubre realizamos una muestra fotográfica en el Cabildo de la ciudad de Córdoba, para dar cierre al concurso “Lucha en Foco”. 

En la muestra, que tuvo lugar en la sala Herbert Diehl del edificio histórico, expusimos las imágenes ganadoras y la selección de fotos más destacadas de la Categoría Réflex. También proyectamos las que participaron en la Categoría 3.0, a través de Instagram.

Nos acompañaron como auspiciantes: “La Metro, Escuela de Diseño y Comunicación Audiovisual” y el medio digital “La Tinta”. También contamos con el apoyo de Pigmalión Fine Print y Serra Objetos.

Durante el cierre del evento, otorgamos reconocimientos a fundadores/as e integrantes de Fundeps por su trayectoria y aporte a la institución. Luego, hicimos entrega de los premios a ganadores/as del concurso y distinguimos al jurado.

Agradecemos a todas las personas que participaron de Lucha en Foco y apostaron a visibilizar, a través de la fotografía, las pequeñas y grandes luchas cotidianas por la defensa de los derechos humanos. También, queremos agradecer a quienes asistieron a la muestra y nos acompañaron en la celebración de nuestros 10 años.

Fotos ganadoras del concurso:

Categoría Réflex Digital

*1er puesto: «Por acá no es» – Mateo Rivarosa 

*2do puesto:  «Mujer! Escucha! Únete a la lucha» – Delfina Audisio

*3er puesto: «Fortaleza» – Facundo Cornejo Marro

Categoría 3.0

*1er puesto: «Nos quitaron el miedo» – Lourdes Flores

 

Más información:

 

El pasado 9 de octubre la Legislatura de Córdoba aprobó la ley 10.661 que modifica a la Ley N° 9113 del Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo. La modificación contempla la prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, incluyendo la exhibición de productos; y prevé, además, la prohibición de comercialización y uso en lugares públicos del cigarrillo electrónico y dispositivos similares.

Hasta la sanción de la ley de tabaco n° 10.661, en la provincia de Córdoba rigieron por adhesión de la ley provincial Nº 10.026, las prohibiciones a la publicidad establecidas por la ley nacional 26.6887. La ley nacional prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco en forma directa o indirecta y a través de cualquier medio de difusión o comunicación; dejando a salvo los anuncios en puntos de venta, las publicaciones de empresas del sector y las comunicaciones directas, previo consentimiento y verificación de la mayoría de edad de los receptores.

Sin embargo, a través de la nueva normativa local, se avanza en un mayor estandar de protección del derecho a la salud al establecido en la norma nacional, prohibiendo de manera completa la publicidad, promoción y patrocinio e incluyendo a la exhibición del producto como parte de esa prohibición. Específicamente, la ley prohíbe:

La publicidad, promoción, patrocinio y exhibición de productos elaborados con tabaco, sus derivados y accesorios para fumar, en dispensadores y cualquier otra clase de estantería ubicada en los locales donde se venden ese tipo de productos, y el auspicio, patrocinio y el uso de incentivos directos o indirectos que fomenten la compra o que ofrezcan descuentos promocionales, entrega de obsequios y premios en dinero o especies por la adquisición o consumo de los productos y elementos mencionados en esta Ley”.

En cuanto a los dispositivos electrónicos, la norma prohíbe “en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba la distribución y comercialización de productos destinados a fumar, como así también de dispositivos electrónicos con tabaco o cualquier otra sustancia que expida humo, gases o vapores utilizando el cigarrillo electrónico, vapeadores y todo otro tipo de dispositivo de naturaleza similar, a toda persona menor de dieciocho años de edad”.

Desde Fundeps, hace más de dos años, presentamos un proyecto de ley con esta iniciativa, en línea con la recomendación de la Organización Mundial de la Salud.  Nos basamos en relevamientos que realizamos junto a la Alianza Libre de Humo de Tabaco (ALIAR) que evidencian que, en los últimos años, los puntos de venta incluyen publicidad llamativa, colorida y visible desde el exterior de esos espacios. Estas estrategias son más frecuentes en los puntos de venta cercanos a colegios. En este contexto, no es extraño que más de la mitad de las personas que fuman, inicien su consumo entre los 12 y los 15 años. 

Celebramos este avance que significa un gran avance, queda ahora trabajar por la adecuada implementación y fiscalización de esa normativa. Nuestro trabajo como sociedad civil será seguir acompañando este proceso y seguir exigiendo que se garanticen los más altos niveles de protección del derecho a la salud.

Más información

Contacto 

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

 

El pasado 02 de octubre presentamos reclamos ante la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación y la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología) denunciando las publicidades que MigVapor, una empresa de cigarrillos electrónicos, ha estado realizando mediante videos musicales de diferentes artistas -influencers-. En Argentina la publicidad y comercialización del cigarrillo electrónico está prohibida.

El pasado 02 de octubre presentamos reclamos ante la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación y la ANMAT, solicitando la eliminación de videos musicales que publicitan y promocionan la utilización de cigarrillos electrónicos y que se encuentran alojados en la plataforma de YouTube. Adicionalmente, pedimos que se proceda a la eliminación de los links que se encuentran en las descripciones de los videos y que redirigen a la página web para adquirirlos.

Los cigarrillos electrónicos constituyen una amenaza real a la salud pública en todo el mundo y su consumo aumenta constantemente incluso en aquellos países donde se había logrado erradicar el consumo del tabaco. Los eCig, generalmente, funcionan con una bobina a batería que calienta una solución líquida compuesta por nicotina, aceites esenciales de tabaco, sustancias aromatizantes y saborizantes y otras sustancias químicas, que son inhaladas por el usuario. Estos niveles de concentración de nicotina en las soluciones pueden ir variando según el producto pero el impacto negativo a la salud es el mismo.

La industria gasta millones de dólares anualmente para comercializar sus productos a través de diversas acciones de publicidad, promoción y patrocinio. Desde hace un tiempo y con el aumento del uso de internet y de redes sociales, un foco importante de las campañas de marketing ha sido la utilización de jóvenes “influencers”, quienes mediante diversos tipos de publicaciones tienen la posibilidad de influir en la opinión y comportamiento de miles de personas.

Ésta ha sido la estrategia empleada por MigVapor LLC, que desde hace un tiempo utiliza a distintos artistas de la industria de la música para la promoción de sus productos, a través de la aparición de varios modelos de cigarrillos electrónicos siendo empleados por los artistas, el nombre visible de la marca y en las descripciones de los videos, un link de re-dirección a la página web donde pueden adquirirse y en algunas casos, incluso, incluyendo descuentos promocionales.

Dicha publicidad la hemos encontrado en los siguientes videos musicales, disponibles para ser visualizados en la plataforma de YouTube Argentina:

La publicidad contenida en los videos musicales, con imágenes que seducen a jóvenes y con marcadas intenciones de influir en el consumo de tabaco, sus derivados y productos asociados a él, con la remisión a un link específico para adquirir el producto, ubicado en la descripción del video, atenta contra el derecho fundamental a la salud garantizado por normas constitucionales y por tratados internacionales con jerarquía consitucional e infringen la resolución del ANMAT 3226/11 y la ley 26.687 de Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco, además de vulnerar el derecho de los consumidores respecto a la información de prevención poco clara o inexistente respecto de las consecuencias e impacto en la salud por el uso de los eCig. 

Es necesario el diseño de nuevas políticas públicas tendientes a fortalecer el cumplimiento de las normativas vigentes y acciones que se ajusten a los nuevos desafíos generados por los avances de la  tecnología y las innovaciones constantes para la difusión y promoción de este tipo de productos y poder concientizar a la población sobre los riesgos del consumo de los mismos. 

Más información:

Autora

Ana Carla Barrera Vitali

Contacto

Agustina Mozzoni agustinamozzoni@fundeps.org

 

El Tribunal Superior de Justicia denegó el recurso interpuesto por Portal de Belén para que la Corte Suprema revisara la sentencia que confirmaba la constitucionalidad de la Guía para la Atención de Abortos No Punibles. Después de siete años de discusiones judiciales, la guía es finalmente aplicable.

En el año 2012, el Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba aprobó la Guía de Procedimiento para la atención de pacientes que soliciten prácticas de Aborto No Punible. Esa guía se aprobó en cumplimiento de lo indicado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo F.A.L, en donde le encargó a los poderes ejecutivos nacionales y provinciales la implementación de protocolos hospitalarios “para la concreta atención de los abortos no punibles a los efectos de remover todas las barreras administrativas o fácticas al acceso a los servicios médicos”.

La Guía, aprobada mediante la Resolución 93/12, establece el modo de proceder de las instituciones de salud de la provincia de Córdoba ante el requerimiento de un aborto no punible por las causales establecidas en el Art. 86 Inc. 1 y 2 del Código Penal con la interpretación de la Corte Suprema. Esto es: 

  • Cuando la vida o la salud de la persona gestante esté en peligro. Aquí es importante tener en cuenta que según la Organización Mundial de la Salud, ésta se entiende como el mayor estado de bienestar general (social, físico, emocional, espiritual, mental, etc.) que pueda tener una persona. En este sentido, la posibilidad de decidir es un factor que incide en la salud de las personas gestantes.
  • Cuando el embarazo sea  producto de violación.

Sin embargo, la aplicación de esta Guía estuvo suspendida casi desde el momento de su aprobación. A pesar de la interpretación judicial clara de las normas sobre aborto no punible hecha por la Corte Suprema en el fallo F.A.L. y por el Ministerio de Salud de la provincia al sancionarla, la organización religiosa “Portal de Belén” presentó un amparo para impedir su aplicación,  logrando la interposición de una medida cautelar sobre la Guía e impidiendo así que las personas gestantes, en su mayoría, mujeres, pudieran acceder a un derecho fundamental por más de 7 años.

Las dificultades de abortar en Córdoba

Esto significó que las situaciones de aborto legal que surgieron en la provincia durante estos años debieran resolverse en otras jurisdicciones, o, directamente, en la clandestinidad. El Hospital Universitario de Maternidad y Neonatología, de jurisdicción nacional y ubicado en la capital provincial, es uno de los centros de salud que garantizaron el acceso, con algunas dificultades debido al escaso personal dedicado a la práctica. Por otro lado, los Centros de Atención Primaria de Salud de la Municipalidad de Córdoba abordan estas situaciones a través del Programa de Salud Sexual y Reproductiva que se lleva adelante mediante un convenio con la Nación. Allí, las mujeres acceden a consejerías y asesoramiento, y pueden obtener la medicación para realizar la práctica de manera ambulatoria. 

Sin embargo, cuando la interrupción no podía resolverse en estos centros, las mujeres y personas gestantes no tenían a dónde recurrir. Según datos proporcionados por la Dirección de Salud Sexual y Reproductiva de la Secretaría de Salud de la Nación, desde enero del 2018 hasta julio del 2019 se realizaron 155 llamados desde Córdoba a la Línea 0800 de Salud Sexual por consultas por aborto. “La respuesta del área de Legales del Ministerio de Salud de la provincia de Córdoba ante los requerimientos de esta Dirección para que la provincia garantice el acceso a ILE y resuelva los casos que se inician con los llamados recibidos en el 0800 ha sido repetidas veces que no puede aplicarse el protocolo y por lo tanto no se realizan interrupciones legales de embarazo en la provincia. Desde la Dirección siempre se ha respondido que todas las provincias deben garantizar las causales de ILE que establece el Art. 86 del Código Penal de la Nación, independientemente de utilizar el Protocolo nacional o no. Pero la respuesta del área de legales de la provincia de Córdoba sigue siendo la misma.”, declaró la Dirección hace una semana.

Para garantizar la práctica de ILE a pacientes de la jurisdicción de Córdoba fue necesaria la articulación de instituciones nacionales y municipales con profesionales de la salud amigables y comprometidos con los derechos de las mujeres y personas gestantes. Ahora le toca a la provincia. 

El proceso judicial que al fin termina

A fines del año pasado, el 18 de diciembre, después de un proceso judicial de más de 6 años, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó la acción de amparo y confirmó la constitucionalidad de la Guía. Sin embargo, la interposición del Recurso Extraordinario Federal por parte del Portal de Belén para que la decisión fuera revisada por la Corte Suprema mantuvo la vigencia de la medida cautelar. Es decir, hasta esta semana, la situación seguía igual: las mujeres y personas gestantes de Córdoba no podían acceder a ningún tipo de aborto no punible en los hospitales provinciales.

En este sentido, consideramos que el Estado provincial incurrió en violencia institucional. La actitud dilatoria y el retardo en resolver la causa por parte del Poder Judicial pusieron a las mujeres y personas gestantes en una situación de injusticia y de falta de acceso a un derecho básico. Es un claro incumplimiento a la obligación internacional del Estado de garantizar el acceso igualitario a la salud. 

Este 24 de septiembre, gracias a la lucha del movimiento feminista que acompañó la causa durante todos estos años, la máxima autoridad jurisdiccional de la provincia volvió a darle vigencia al protocolo, al denegar el recurso interpuesto por Portal de Belén por inadmisible. 

Frente a este último intento, el TSJ no solamente rechazó el recurso por falta de cumplimiento de requisitos formales, sino que agregó: “Lejos de haber refutado todos y cada uno de los fundamentos de la sentencia impugnada insistió en reiterar sus propios puntos de vista en función de la cosmovisión y del esquema formal de valores que defiende, en virtud de la cual el aborto no es admisible en ninguna hipótesis pese a lo establecido  por el art. 86 inc 1 y 2 del CP”. 

Es decir que lo que Portal de Belén discutía no era la constitucionalidad de la Guía, sino de todo tipo de aborto, discusión que ya fue saldada por la Corte Suprema en el fallo FAL. 

Dentro de las instancias judiciales, la organización aún puede interponer un recurso de queja ante la Corte Suprema. Sin embargo, sería absurdo que la Corte cambie el criterio aplicado en 2012. En ese entonces confirmó la constitucionalidad y convencionalidad de la interrupción del embarazo en ciertos casos. Es indiscutible que está permitido por la ley local y por los tratados internacionales interrumpir el embarazo en estas causales, y además, los últimos pronunciamientos de los organismos internacionales apuntan a una ampliación de este derecho y recomiendan que se elimine todo tipo de prohibición sobre la práctica. Lejos de seguir discutiendo sobre aborto no punible, lo que vendrá en los próximos meses será la discusión para que esta práctica sea, de una vez por todas, voluntaria, legal, segura y gratuita. 

¿Y ahora? A exigir nuestro derecho

Se puede solicitar la interrupción legal del embarazo en cualquier centro de salud público de la provincia. En todos los casos es imprescindible el consentimiento informado de la persona. Debe garantizarse, además, una pronta y segura respuesta a la persona requirente, resguardando su intimidad y la confidencialidad, preservando sus datos personales y familiares. No es necesaria ninguna autorización de autoridad judicial o administrativa. . 

Para el caso en que exista peligro para la vida o para la salud de la mujer o persona gestante, éste debe ser constatado por el médico tratante. 

Para el caso de un embarazo causado por violación, la mujer o persona gestante debe manifestar, con carácter de declaración jurada, que el embarazo ha sido producto de una violación y que por esa causa solicita se le practique el aborto. No es necesario que realice una denuncia de la violación. 

El plazo para efectuar el procedimiento, no deberá ser mayor a diez (10) días desde que se haya presentado la solicitud, salvo que, por razones estrictamente médicas, al aborto deba postergarse.

Autoras

Constanza Attwood, Ivana Sánchez y Agostina Copetti

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Conjuntamente con otras organizaciones no gubernamentales, participamos de una audiencia temática ante la Comisión Interamericana de derechos humanos. En dicha audiencia presentamos un informe acerca del impacto del cambio climático sobre el goce y disfrute de los derechos humanos. 

En el marco del 173 periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebrado en Washington DC, participamos de la audiencia sobre cambio climático y los derechos de las mujeres, niños/as, comunidades indígenas y rurales. Conjuntamente con otras organizaciones no gubernamentales latinoamericanas -abocadas a la protección de derechos humanos y ambiente-, presentamos un informe sobre cambio climático y su impacto en los derechos humanos.

El informe fue elaborado colaborativamente junto con Fundación Pachamama, Dejusticia, AIDA, IDL, Engajamundo, Earthrights International, Alianza Hondureña ante el Cambio Climático, FIMA, CELS, DPLF, Conectas, FARN, CEMDA y La Ruta del Clima. Fue presentado ante la CIDH, aborda principalmente el impacto diferenciado que ocasiona el cambio climático sobre las poblaciones y comunidades de latinoamérica. En este se abordaron los siguientes temas:

  1. Impactos del Cambio Climático en los Derechos
  2. Medidas de Respuesta para Afrontar el Cambio Climático y sus Implicaciones con los Derechos Humanos
  3. Impactos Diferenciados del Cambio Climático en los Derechos de Grupos Vulnerables
  4. Obligaciones de los Estados y Responsabilidades de Actores No-Estatales en el Contexto del Cambio Climático y los Derechos Humanos

Es importante destacar que la herramienta de participación en audiencias temáticas de la CIDH, permite la inmediación por parte del órgano regional en aquellas problemáticas que aquejan a las comunidades locales, a la vez que le brinda herramientas para luego instar a los Estados integrantes de la Organización de Estados Americanos, al cumplimiento de políticas respetuosas de Derechos Humanos.

En torno a la acuciante problemática del cambio climático, es importante que la CIDH reconozca los impactos que dicho fenómeno ocasiona a lo largo y ancho de latinoamerica, y exija concordantemente a los Estados profundizar sus políticas de prevención, regulación, mitigación y adaptación en pos de garantizar el desarrollo humano y social en condiciones ambientales sanas y equilibradas.

Autoras

Valentina Castillo Barnetche

Aranza Ruiz

Contacto

Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Realizamos el Foro Nacional de Políticas de Género en Periodismo y Publicidad los días 12 y 13 de septiembre en la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA. Contamos con la presencia de becarias/os del interior del país dedicadas/os a la publicidad, al periodismo y a la comunicación, de representantes de organizaciones periodísticas y publicitarias y obtuvimos la firma de 44 instituciones al Acuerdo Compromiso. 

Fueron dos días de reflexión y discusión en torno a un eje central: las políticas de género que existen (y que faltan) en los dos sectores más importantes dedicados a la comunicación: la publicidad y el periodismo. 

El día jueves 12, la jornada comenzó a la tarde con la apertura del Foro por las organizaciones que hicieron posible este evento: La Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, La Fundación Heinrich Boll, UNESCO y Fundeps.

Luego, organizaciones de todo el país vinculadas al periodismo y a la publicidad firmaron el Acuerdo Compromiso en Políticas de Género en Periodismo y Publicidad. Plasmaron así su interés y deseo en transformar las estructuras laborales de dichas industrias y crear espacios democráticos, inclusivos y diversos, con igualdad de oportunidades reales para acceder a puestos de decisión y áreas más valoradas.   

Adhirieron 44 organizaciones de las cuales 16 son del interior del país. Firmaron 9 empresas de medios, 15 agencias de publicidad, 7 instituciones académicas, 6 asociaciones y redes profesionales, 3 sindicatos de prensa, 3 cámaras empresariales y 1 organismo del Estado. 

Quienes quieran adherir y firmar el Acuerdo compromiso pueden hacerlo a través de este formulario.

La jornada cerró con la charla-debate de Luciana Peker “La marea feminista en periodismo y publicidad: otra forma de contar, otra forma de trabajar”.

Partir desde interrogantes para buscar respuestas 

El día viernes estuvo planteado como un espacio de encuentro entre los diversos actores que forman parte de ambas industrias: instituciones educativas, sindicatos, cámaras empresariales, agencias de publicidad, empresas de medios de comunicación, organizaciones de la sociedad civil, organismos del Estado y trabajadoras/es de ambas industrias. 

La jornada se organizó en cuatro paneles, pensados a partir de los ejes críticos hallados en ambas industrias. Durante la mañana se presentaron los siguientes paneles:

Políticas de cuidado, en el que participaron Paula Rey y Victoria Gallo (ELA), Georgina Sticco (Género y Trabajo-Grow), Mariángeles Camusso (Universidad Abierta Interamericana), Silvia Martínez Cassina (canal 13) y Cecilia Bustos Moreschi (Fundeps) como moderadora.

Derechos laborales y sindicalización, cuyos panelistas fueron Cynthia Benzion (vicepresidenta de la Asociación de Abogadas y Abogados Laboralistas de CABA), Verónica Baracat (ONU Mujeres), Diego Pietrafesa (Telefe-SiPreBA), Luciano Calió (FBC&Fire) y Melanie Tobal (Publicitarias.org) en la moderación.

Por la tarde estuvieron los paneles “Periodismo y Género” y “Publicidad y Género”

El primero, moderado por Pate Palero (Red PAR), estuvo compuesto por Viviana Mariño (Tiempo Argentino), Nicole Insignares (Grupo Clarín), Silvia Hernández (UBA) y Gabriela Toledo (Subprograma de Estrategias para la Capacitación y la Comunicación de San Luis).

Y el último, estuvo formado por Mariana Iesulauro (Agencia Y&R), Agustina Militerno (Havas), Tomás Balduzzi (Escuela Superior de Creativos Publicitarios) y Rocío Restaino (Mujeres en Publicidad) como moderadora. 

En estos espacios, se invitó a que los diversos actores de las industrias de la publicidad y del periodismo se preguntaran: ¿Qué relación existe entre las políticas y acciones de cuidado y la participación de mujeres en las industrias de la publicidad y del periodismo? ¿Por qué hay tan pocas mujeres en cargos jerárquicos y en las áreas más valoradas? ¿Cuáles son los problemas más graves de ambas industrias en relación a la sindicalización y la construcción de los derechos laborales? ¿Qué estrategias se pueden diseñar, implementar y evaluar para generar ámbitos laborales más democráticos y diversos?

Estos interrogantes pusieron en tela de juicio las prácticas laborales de ambas industrias, la producción de contenido y promovieron discusiones postergadas por algunos de estos actores. 

Fueron dos jornadas de intenso debate, que permitieron observar y dar cuenta que las industrias de la publicidad y del periodismo no están excluidas de muchas prácticas machistas, y que padecen al igual que la mayoría de los distintos rubros las desigualdades basadas en el género como, la brecha salarial entre varones y mujeres y el techo de cristal, ambas producidas principalmente por la sobrecarga en las mujeres de las tareas domésticas no remuneradas y por la maternidad. Que para poder transformar esto, es necesario defender y transformar los espacios gremiales, continuar con el reclamo interno de espacios libres de violencia, equitativos e igualitarios. Tal como lo dijo Luciana Peker “sin derechos gremiales, pero además específicos de género no hay posibilidad de llegar ni de permanecer, ni de llegar a lugares de jerarquía.”

Consideramos que el Foro fue un espacio enriquecedor ya que sentó en la misma mesa de discusión a trabajadores/as, empresas, sindicatos, instituciones educativas, organizaciones de la sociedad civil y al mismo Estado, a fin de generar compromisos que se traduzcan en políticas de género formales, concretas y sustentables que promuevan una real igualdad de oportunidades, inclusión y diversidad a su interior.

Autoras

Valentina Montero

Cecilia Bustos Moreschi

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

El juez federal de San Nicolás, provincia de Buenos Aires, Carlos Villafuerte Ruzo, ordenó «un límite restrictivo y de exclusión»  de 1095 metros para fumigaciones terrestres y 3000 metros para fumigaciones aéreas con plaguicidas, herbicidas, insecticidas, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos en la localidad de Pergamino.

El titular del Juzgado Federal Nº 2 que investiga la contaminación con agroquímicos en la localidad de Pergamino, provincia de Buenos Aires, amplió una medida cautelar que había sido dictada en la misma causa, ordenando en esta nueva ocasión, suspender las fumigaciones aéreas en una distancia de 3.000 metros del área urbana y de 1.095 metros para aplicaciones terrestres. La prohibición comprende el uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos, tales como glifosato y sus metabolitos derivados, atrazina, triticonazol, metolaclor, acetoclor, clorpirifos, imidacloprid, desetil, 2.4D; y los formulados comerciales como ROUNDUP FULL II, ROUNDUP MAX II, ROUNDUP ULTRAMAX.

El juez consideró en esta oportunidad, que no habían variado los motivos por los cuales se ordenara la resolución primigenia, donde se fijará una prohibición de 600 metros de manera provisoria, hasta tanto se realizaran estudios en la salud de la población. En este sentido, se incorporaron a la causa nuevos estudios de genotocixidad donde se confirmó la «presencia de daño genético en el organismos de las personas«. La resolución precisó que los estudios encontraron «glifosato en sangre y orina de personas, con un incremento en los marcadores sanguíneos de daño cromosómico«. 

La causa se abrió por el impulso de las vecinas Florencia Morales y Sabrina del Valle Ortíz, que detectaron las intoxicaciones en el barrio Villa Alicia, ambas referentes de “Madres de Barrios fumigados”. A lo largo de la causa, se incorporaron diversas pruebas que demostraban el riesgo ambiental que acarrea el uso de estos productos y su afectación sobre la salud humana. Ante todo ello, el juez federal entendió que dichas evidencias, en principio, resultaban suficientes para tener por configurado un peligro de daño a la salud y al medio ambiente. Bajo la directriz del principio precautorio, sostuvo que “frente a la falta de certeza científica respecto a la inocuidad de los productos vertidos para la población de Pergamino justifica la ampliación de la medida ya dispuesta y en las distancias pretendidas, ya que no es posible soslayar que se trata de una situación extremadamente delicada y sensible, estando en juego la salud de niños y adultos de esa región”. 

El Juez valoró también los resultados y evaluaciones realizadas por el Grupo de Investigación GeMA – Genética y Mutagénesis Ambiental- del Departamento de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Río Cuarto, a cargo de la Dra. Delia Aiassa. En uno de sus trabajos, los investigadores evaluaron el nivel de daño en el material genético de niños de la ciudad de Marcos Juárez, provincia de Córdoba. Para tal fin estudiaron tres grupos de niños que residen a distintas distancias de la zona de pulverización: a menos de 500 metros, entre 500 y 1.095 metros, y a más de 3.000. No se encontraron diferencias en el daño genético entre los grupos de niños que residen a menos de 500 metros y entre 500 y 1.095 metros. Sin embargo, el daño genético de ambos grupos fue significativamente mayor al de niños residentes a distancias mayores a 3.000 metros, sugiriendo así que los 500 metros de resguardo indicado en el Art. 59 de la Ley 9.164 de la provincia de Córdoba (Ley de Agroquímicos) no son suficientes en localidades que se encuentran rodeadas de cultivos donde se pulverizan agroquímicos.

El agua en Pergamino

En el mes de abril de 2019, el mismo juez Carlos Villafuerte Ruzo ordenó suspender la aplicación de agroquímicos en cuatro campos que rodean tres barrios de Pergamino, determinando una distancia de prohibición de 600 metros de las viviendas. Allí, los vecinos habían denunciado graves problemas de salud en niños y adultos. La decisión del juez se fundamentó en un estudio de la Estación Experimental Agropecuaria (EEA) del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) Balcarce, el cual arrojó como resultado la presencia de plaguicidas en el agua. Desde el Municipio solicitaron que se realice un nuevo análisis a la Autoridad del Agua de la provincia de Buenos Aires que, al contrario del INTA, concluyó que el agua era apta para el consumo humano. 

Si bien se halló presencia de agroquímicos, se detalló que los mismos estaban por debajo de los parámetros que se consideran riesgosos para la salud. Frente a estos dos informes, el juez Villafuerte solicitó un nuevo estudio al equipo de Toxicología de la Corte Suprema de la Nación, el cual confirmó que el agua de Pergamino está contaminada con 18 tipos de agroquímicos. Este resultado coincide con el arrojado por el INTA Balcarce. En este nuevo informe se aclara que el examen de los especialistas de la Corte se realizó en base a las pruebas líquidas y no sobre los informes ya elaborados que son parte de la causa penal. 

Los tres barrios en los que se denunció contaminación en el agua son: Villa Alicia, Luar Kayard y La Guarida. Villafuerte Ruzo en su fallo había exhortado al Municipio a que de manera inmediata garantice en estos barrios la provisión de agua potable. 

Impacto de la causa

El caso Pergamino y su posterior fallo a manos de la Justicia Federal, generó que en la provincia los juzgados también dictaran sentencias similares. Tal es el caso de Exaltación de la Cruz, en donde un reciente fallo de la justicia bonaerense ordenó prohibir las pulverizaciones a menos de mil metros de forma terrestre. 

Más información

Autoras

María Laura Carrizo

Lorena Sciarini

Contacto

Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org

El 23 de agosto pasado, Fundeps participó del Congreso Nacional ALADAA en el marco de la agenda del área de Gobernabilidad Global sobre inversiones chinas en América Latina

El pasado 22 y 23 de agosto del 2019 se llevó a cabo en la ciudad de Río Cuarto el IX Congreso Nacional de ALADAA (Asociación Latinoamericana de Estudios de Asia y África) Argentina “Culturas en Movimiento: Potencialidades y Desafíos en la Globalización. Asia y África desde América Latina”. Fundeps participó presentando un trabajo titulado “El rol del Banco Asiático de Inversión en Infraestructura (AIIB) en la Nueva Ruta de la Seda Verde”, el cual fue expuesto por el voluntario del área de Gobernabilidad Global, Mariano Camoletto.

El artículo aborda el financiamiento de la Iniciativa de la Franja y la Ruta de la Seda, analizando el rol del AIIB como motor financiero de la misma. Además, explora si el financiamiento a través del AIIB representa una posibilidad de dotar de mayor sustentabilidad ambiental y social a los proyectos implementados en el marco de la Nueva Ruta de la Seda (también conocido como la Iniciativa de La Franja y la Ruta), el mega proyecto a escala global impulsado por China.

El AIIB, cuya sede se encuentra en Pekín, se creó en 2015 por iniciativa de China y cuenta actualmente con más de 100 miembros, entre los que se encuentra Argentina. El banco tiene como propósito contribuir al desarrollo económico y social de Asia con el enfoque puesto en la infraestructura sostenible, la movilización de capital privado y la conectividad. Para su cumplimento, el AIIB cuenta con una cartera de 100 mil millones de dólares y la estrategia se basa en el concepto Lean, Clean and Green a través del cual el banco busca ser eficiente, ágil, ético y respetuoso con el medio ambiente.

En cuanto a las políticas operacionales del banco, las más importantes son el Marco Ambiental y Social y el Mecanismo de Rendición de Cuentas. En cuanto al primero, fue aprobado en el 2016 y tiene como propósito ayudar al banco y sus clientes a alcanzar resultados positivos de desarrollo ambiental y socialmente sostenible en sus proyectos, además de exponer los objetivos institucionales para abordar los riesgos e impactos ambientales y sociales en los proyectos financiados por el banco. Asimismo, el cumplimiento de éstas políticas son de carácter obligatorio para poder acceder al financiamiento del banco.

En lo que respecta al Mecanismo de Rendición de Cuentas del Banco, éste fue lanzado en  2018 y tiene como propósito recibir las quejas y solicitudes de aquellas comunidades o poblaciones afectadas negativamente por proyectos financiados por el Banco. El mecanismo tiene dos funciones esenciales: la primera de ellas es la resolución de disputas mediante el diálogo y el entendimiento de las partes afectadas; y en segundo lugar, el de revisión de cumplimiento, que consiste en que éste mecanismo investigue si el Banco ha cumplido con sus obligaciones respecto a la buena aplicación de las políticas operacionales del mismo.

El objetivo principal de nuestra participación como expositores en este Congreso fue la de promover el acercamiento de la Fundación a la comunidad académica tanto nacional como provincial, para el estudio de las inversiones e iniciativas chinas (tales como el AIIB) y su impacto en la sociedad, que por lo general se ve reflejado en proyectos de infraestructura con potenciales (o reales) impactos a nivel ambiental y social. El trabajo conjunto tiene el propósito de analizar y comprender el modelo de inserción sociopolítico y económico de China en América Latina y, en especial, en Argentina; así como las estrategias que los países latinoamericanos implementan frente a este fenómeno en el marco de la Ruta de la Seda.

Más información

Autor

Mariano Camoletto

Contacto

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Durante los días 6 y 7 de Septiembre se desarrolló en la Facultad de Ciencias Económicas de la UNC la XII Jornada de Economía Crítica y la I Jornada de Economía Feminista

Durante la I Jornada de Economía Feminista, en la que se expusieron distintas temáticas vinculadas a perspectivas feministas de la economía y las principales problemáticas de mujeres en el sistema actual, presentamos el trabajo “El cuidado y la (des)igualdad de oportunidades para mujeres en empresas de medios y agencias de publicidad”. 

En la ponencia se analizó el impacto de las tareas de cuidado en las trabajadoras de dichos sectores en Buenos Aires y Córdoba.

El trabajo se basó en las investigaciones “Organizaciones de medios y género: Igualdad de oportunidades para mujeres y personas LGBTQ+ en empresas, sindicatos y universidades” y “Sector publicitario y género: Agencias de publicidad, asociaciones, sindicatos e instituciones educativas analizados con perspectiva feminista” que realizamos junto a la Asociación Civil Comunicación Para la Igualdad con el apoyo de la Fundación Heinrich Boll. Uno de los puntos relevantes de la investigación se centra en el análisis sobre la distribución de tareas de cuidado. 

Según datos oficiales, el 88,9% de las mujeres participan en tareas domésticas no remuneradas, a las cuales les dedican 6,4 horas diarias, mientras que un 57,9% de varones declaran haberlas realizado por un total de 3,4 horas. Estas cifras muestran la rígida división sexual del trabajo existente que afecta el desarrollo profesional de las mujeres frente al de sus pares varones. Esta realidad se reproduce en todos los ámbitos laborales y las agencias de publicidad y organizaciones de medios, objetos de nuestra investigación, no son la excepción. 

Esta desigualdad imperante es, a su vez, producto de la ausencia de políticas públicas y/o empresariales para mitigar el impacto. Según los datos investigados, en las empresas de medios de Córdoba, el número de mujeres contratadas bajo plazo fijo, tiempo parcial o que son monotributistas, en relación al total de mujeres es un 10% mayor que los varones, y el porcentaje de mujeres que ingresan a los medios mediante pasantías es un 57,14% más que los varones. Con este dato se comprende el panorama general que afecta a las mujeres (y a las identidades diversas y disidentes) en cuanto a su precarización e inestabilidad laboral.

Sorprendentemente, la industria publicitaria muestra un alto porcentaje de contratación en relación de dependencia  (90%) y de tiempo completo. Los contratos con modalidad freelance o bajo el régimen del monotributo, así como los de tiempo parcial, se registran en una proporción baja. Sin embargo, el formato de trabajo domiciliario se identifica en baja escala y nunca es formalizado. En este sentido, resulta importante destacar cómo la implementación de este tipo de trabajo se vincula con las tareas de cuidado. Pues, si bien se proponen como formas positivas de flexibilización laboral, redundan en modos de precarización que afectan principalmente a las mujeres, pues les permite “conciliar” éste trabajo con el doméstico. 

Atendiendo a este panorama desfavorable, las políticas de cuidados vigentes en ambas industrias reproducen los desequilibrios que existen a nivel general en su asignación y distribución, afectando especialmente a la autonomía de las mujeres, disminuyendo sus oportunidades de desarrollo profesional, convirtiéndose en un factor fundamental en la perpetuación de las brechas de géneros. Esto es porque reproducen la la división sexual del trabajo y cubren sólo a las trabajadoras en relación de dependencia. Esto se torna problemático si recordamos que son las mujeres quienes presentan una mayor tasa de informalidad laboral. 

Tanto en empresas de medios como en agencias de publicidad, las medidas tomadas en relación a los cuidados se limitan a seguir lo estipulado por ley, como es el otorgamiento de  licencias, en especial a las mujeres madres durante la primera infancia de sus hijas/os. Sin embargo, notamos un escaso cumplimiento aquellas políticas como lactarios y guarderías. 

Hay políticas desarrolladas por las empresas que compensan su incumplimiento de la normativa con prácticas puntuales e informales de conciliación con diferentes niveles de flexibilidad. Algunas de ellas, las podríamos considerar como superadoras de la ley, como son licencias específicas, posibilidad de trabajar desde la casa o flexibilidad en el horario de entrada y/o salida, extensión de la licencia sin goce de sueldo o la reincorporación progresiva con goce de sueldo. En este contexto vale mencionar que, si bien existen estas iniciativas, algunas de ellas, como home office, son escasas y responden a pedidos específicos de cada trabajador/a, siendo en su mayoría las mujeres quienes las solicitan.  

Tras haber participado de la histórica primera Jornada de Economía Feminista en Córdoba, celebramos la realización de estos encuentros donde es posible repensar, discutir y deconstruir, desde las corrientes feministas, la inequidad económica, la desigualdad de oportunidades, la discriminación y la división sexual del trabajo. 

Autoras

Ivana Sánchez y Luz Baretta

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org