Listado de la etiqueta: Ambiente

Durante los días 26, 27, 28 y 29 de septiembre estuvimos participando de distintas actividades vinculadas al Segundo Foro Anual sobre Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en Cuestiones Ambientales de América Latina y el Caribe. Este Foro es organizado por la CEPAL en su rol de Secretaría del Acuerdo de Escazú.

América Latina y el Caribe continúa siendo la zona más peligrosa del mundo para llevar adelante la defensa del ambiente. El año pasado asesinaron a 177 personas defensoras del ambiente y el 88 % de los homicidios ocurrieron en Latinoamérica. Es por ello que los Estados deben realizar más y mejores esfuerzos para garantizar la seguridad y propiciar un entorno seguro para el desarrollo de esta tarea. 

Recordemos que el Acuerdo sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia – conocido como Acuerdo de Escazú – es el primer tratado regional ambiental en el mundo en contener disposiciones específicas para la protección de las personas defensoras. Específicamente el artículo 9 prevé que los Estados deben garantizar  un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad.

En ese contexto, junto a comunidades indígenas y personas defensoras de toda la región, nos reunimos en Panamá para realizar aportes sobre la propuesta de  borrador del Plan de Acción Regional sobre Defensores que se presentará el año que viene en la próxima reunión de la Conferencia de las Partes (COP 3). Se trata de una verdadera oportunidad de incidencia en las cuestiones ambientales que afectan a nuestra región.  

El Acuerdo de Escazú es el primer tratado en el mundo que cuenta con espacios de diálogo abiertos y horizontales. Estos procesos participativos son una verdadera herramienta para la construcción colectiva de políticas públicas.

El principal reclamo por parte de las comunidades es la urgente ratificación del Acuerdo por parte de todos los estados de la región. Por otra parte quedaron expuestas las violencias que continuamente atraviesan los grupos y personas que protegen el ambiente, más aún en el contexto de cambio climático. En este sentido, es esencial poner especial atención a las situaciones de violación de derechos humanos en el contexto de procesos extractivos vinculados a la transición energética. 

Por otra parte, se solicitó principalmente la incorporación transversal de perspectiva de género y de interculturalidad al Plan, dando reconocimiento específico a las comunidades indígenas, quienes históricamente han sido guardianas de nuestros bienes comunes. 

Esperamos que más estados de la región ratifiquen en un corto plazo el Acuerdo y que los reclamos que fueron reiterados por las comunidades sean considerados e incluidos en el Plan.

 

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Contacto 

María Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

Hasta el 6 de julio inclusive se encuentra abierta la consulta pública sobre la propuesta del plan de acción sobre personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, en el marco del Acuerdo de Escazú. Este plan establecerá las acciones y trabajos prioritarios a ser desarrolladas a nivel regional para avanzar hacia la implementación plena y efectiva del artículo 9 del Acuerdo.

En el marco de la implementación del Acuerdo de Escazú, en la 1° Conferencia de las Partes (COP1) de 2022, los países acordaron crear un grupo de trabajo ad hoc de composición abierta sobre personas defensoras de los derechos humanos en asuntos ambientales. Actualmente este grupo desempeña su función en el marco de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) bajo el liderazgo y coordinación de Chile, Ecuador y San Cristóbal y Nieves. Su tarea principal es la elaboración de un plan de acción para ser presentado en la segunda reunión ordinaria de la COP para su consideración y aprobación en el año 2024. Este documento, en etapas de elaboración, se encuentra recibiendo comentarios y en un proceso de consulta con la sociedad civil y el público del cual pueden participar todas las personas interesadas.

Recordemos que el Acuerdo de Escazú es el primer tratado regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo en contener disposiciones específicas para la protección de personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales. Particularmente el artículo 9 del Acuerdo establece que “cada Parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promueven y defienden los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad. Además, cada Parte deberá tomar las medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover sus derechos, así como medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los mismos puedan sufrir en el ejercicio de los derechos del Acuerdo”.

Se entiende por personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales a toda persona que defienda el derecho a un ambiente sano y saludable, el derecho a la tierra y los derechos de los pueblos indígenas. Esto supone un gran riesgo, especialmente en América Latina, donde a diario se verifican casos de agresiones físicas, amenazas, intimidaciones, estigmatizaciones y campañas de desprestigio, así como agresiones específicas a mujeres defensoras del ambiente en razón de su género.

En ese contexto, se encuentra en consulta pública una propuesta preliminar del Índice Anotado del Plan de Acción, la cual se lleva adelante mediante una encuesta, que tiene el objetivo registrar los comentarios y observaciones del público al índice propuesto. Esta encuesta facilita la sistematización de la totalidad de las propuestas que se reciban, así como su posterior revisión y análisis. Tenés tiempo para participar hasta el 6 de julio  a las 23.59 horas.

Resulta fundamental la participación del público en este proceso, ya que este plan establecerá las acciones y trabajos prioritarios, específicos y estratégicos a ser desarrolladas a nivel regional para avanzar hacia la implementación plena y efectiva del artículo 9 del Acuerdo de Escazú.

 

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Autora

Ananda Lavayén

Contacto 

Maria Laura Carrizo Morales, lauracarrizo@fundeps.org

En un contexto de avasallamiento de derechos fundamentales, como el derecho a una retribución justa, a la participación en los procesos políticos de reformas constitucionales y al cuidado de la tierra, la protesta se constituye en una forma legítima de reclamo para las comunidades y para la ciudadanía en general. 

La pretendida reforma constitucional en la provincia de Jujuy vulnera derechos ampliamente reconocidos, como el derecho a la protesta, limitando la libertad de expresión y la propiedad a las tierras indígenas, y habilitando que se sigan violando derechos fundamentales para la todas las personas, tal como ocurre desde el pasado 17 de junio.

En este contexto, las comunidades indígenas reclaman que esta reforma constitucional avanza sobre sus derechos adquiridos y sobre sus territorios. Las comunidades tienen derechos que deben ser respetados en los procesos de toma de decisiones por parte del Estado.  En este sentido, destacamos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “insta a Argentina a establecer procesos de diálogo transparentes y voluntarios, que incluyan a las autoridades tradicionales locales, con el fin de abordar las demandas de los pueblos indígenas”. 

Por otro lado, ONU Derechos Humanos expresó su preocupación ante los reportes sobre vulneración de derechos y acciones violentas en el marco de las protestas en Jujuy. Realizó un llamado urgente al diálogo constructivo e intercultural, que garantice la participación efectiva de los pueblos indígenas y de todas las partes interesadas, para superar la crisis mediante vías democráticas e institucionales. 

Exigimos al gobierno cesar la violencia institucional y la represión hacia la población, y convocar a espacios de diálogo y consulta de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos.

Además, en un contexto en que circula desinformación, y se utilizan recursos que relativizan la violencia institucional y estigmatizan a los pueblos originarios, a trabajadores y sus organizaciones, hacemos un llamado a que los medios de comunicación realicen una difusión responsable de los hechos, incorporando la voz de las personas cuyos derechos están siendo vulnerados. 

 

*Foto: @susi.maresca

Presentamos un amparo ambiental por la contaminación que sufre Colonia Tirolesa a causa de las fumigaciones con agrotóxicos. La comunidad no cuenta aún con una ordenanza municipal que regule su aplicación.

Colonia Tirolesa es una localidad que se encuentra situada en el Departamento Colón de la provincia de Córdoba, a 27 km de su capital. Su principal actividad económica es la agropecuaria, centrada en la producción de soja, papa y maíz. Debido a esto, desde hace años, las fumigaciones con agrotóxicos son constantes, lo que ha causado graves problemas al ambiente y a la salud.

Pese a los reclamos continuos por parte de la población para que se controlen y regulen las fumigaciones, ya que aún no cuentan con una ordenanza propia que establezca distancias acordes a las características del lugar, el Municipio de Colonia Tirolesa nunca dio respuesta.

 Por estos motivos el pasado lunes 8 de mayo presentamos un Amparo Ambiental para que la Justicia de Córdoba le ordene a la Municipalidad de Colonia Tirolesa: 

  • La creación de una zona de resguardo ambiental no inferior a los mil noventa y cinco metros (1095 mts) de distancia desde el límite externo de la planta urbana, donde se prohíba la fumigación terrestre y una zona de resguardo ambiental no inferior a los tres mil metros dónde se prohíban las fumigaciones áreas con cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario; 
  • Se prohíba dentro de las zona de resguardo ambiental 1, la limpieza y tránsito de todo tipo de maquinaria y/o equipos utilizados para la aplicación de productos químicos y/o biológicos de uso agrícola: así como el descarte de envases de este tipo de productos. 

A su vez, solicitamos a modo de medida cautelar, es decir, de forma previa a que se resuelva lo anteriormente solicitado, que se suspendan de forma provisoria las autorizaciones de aplicaciones para futuras fumigaciones y/o pulverizaciones con productos químicos o biológicos de uso agropecuario dentro de las áreas mencionadas, entre otros. El fin de esta acción es resguardar y proteger los derechos de quienes habitan la localidad.

Esperamos que la Justicia, haciendo uso de las facultades que le otorga la legislación en materia ambiental, ordene rápidamente a la Municipalidad de Colonia Tirolesa adoptar medidas  concretas  y urgentes para  salvaguardar los derechos de la comunidad a la vida, a la salud y a un ambiente sano. Estos derechos  son afectados constantemente por el uso desmedido de agrotóxicos.

 

Autora

Ananda Lavayén

Contacto

María Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

 

*Foto de UTELPa

Desde Fundeps y Ruido, publicamos el informe Litio y Transparencia en Argentina, una investigación que aborda la situación actual de Argentina en relación con la producción de litio…

A lo largo de este informe trataremos, en primer lugar, una serie de datos de la situación actual de Argentina en relación con la producción de litio que la ubican en un papel central, dentro del concierto mundial. Luego focalizaremos en el sistema de gobernanza minera, enunciando las leyes que lo configuran, sus principales elementos y aquellos puntos que ameritan mayor análisis. Con posterioridad, abordaremos, desde algunos indicadores sugeridos por el Estándar, los dos proyectos que se encuentran en etapa de producción de litio en Argentina: el Proyecto Fénix en el salar del Hombre Muerto y Sales de Jujuy en el salar de Olaroz-Cauchari. En particular, lo relativo a la publicidad o no de sus contratos, como eslabón fundamental en materia de publicidad y transparencia en el desarrollo de estos proyectos.

En el día de ayer, 30 de marzo de 2023, la Justicia admitió la medida cautelar solicitada en el marco del amparo ambiental presentado en el mes de noviembre pasado. La Cámara resuelve hacer lugar parcialmente a la medida y ordena a la provincia de Córdoba “Plan de Saneamiento del lago San Roque y de Desarrollo Sostenible” en el plazo de 60 días hábiles. 

Antecedentes de la causa: 

En el mes de noviembre desde Fundeps presentamos una acción de amparo ambiental colectivo ante la justicia de Córdoba solicitando se tomen medidas urgentes y definitivas en torno a la grave situación que atraviesa la cuenca del Lago San Roque.

La Cámara Contenciosa Administrativa 3A Nominación, con fecha 12/12/2022 citó a todas las partes demandadas (los municipios y comunas que conforman la cuenca y la Provincia de Córdoba), y manifestó: 

Que es de público conocimiento la delicada situación en la que se encuentra la cuenca del lago San Roque, cuya degradación proviene de larga data; agravándose año a año, con picos de contaminación en los periodos estivales (efecto de las altas temperaturas y escasez de precipitaciones, entre otras causas); todo lo cual es periódicamente visibilizado por los distintos medios periodísticos provinciales o locales que retratan gráficamente el estado del espejo de agua que abastece a gran parte de la población provincial”.

Ante ello, emplazó a la provincia de Córdoba -a través de las áreas o dependencias competentes- para que en el plazo de 15 días hábiles judiciales informen, entre otras cuestiones, si se encuentra vigente y en funcionamiento el Comité de Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago San Roque, si existe un plan de saneamiento, un Plan Estratégico de Obras de Saneamiento Cloacal en la zona y además, solicitó al Poder Legislativo de la Provincia que informe si existen proyectos de ley relacionados al saneamiento de la Cuenca del Lago San Roque. 

Entre las respuestas otorgadas por la Provincia, la Cámara destaca que no se encuentra en funcionamiento el “Comité de Desarrollo Sostenible de la Cuenca del lago San Roque”, creado por Ley 7773, y que efectivamente tampoco existe un Plan de Saneamiento, sino que se adoptan desde las distintas reparticiones medidas aisladas. 

Resolución de la Cámara sobre la medida cautelar solicitada:

En ese contexto, el Tribunal, a través del Auto Número 33, en su resolución del día de ayer considera que, tal y como lo habíamos planteado en la demanda, la remediación de la cuenca no es posible sin un plan que, con base en el diagnóstico de la situación actual, defina medios y mecanismos para lograr el saneamiento y manejo sostenible.

Así la Cámara resuelve, haciendo uso de las amplias facultades y poderes con las que cuenta en este tipo de procesos donde se encuentran en juego intereses colectivos, hacer lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada y ordenar en el plazo de sesenta (60) días hábiles a  la Provincia de Córdoba la confección del proyecto de un Plan de  de Saneamiento del lago San Roque y de Desarrollo Sostenible”.

El mismo tendrá como objetivo principal el saneamiento del lago San Roque asociado al desarrollo sostenible de su cuenca, y deberá contener, entre diversos requisitos:

A. Acciones tendientes a alcanzar el objetivo, con expresa mención sobre la prevención de incendios, y el impacto de actividades antrópicas en la cuenca, el ordenamiento territorial de la Cuenca según le corresponda a cada municipio o comuna;

B. metas;

C. metodología;

D. plazos con hitos con etapas parciales con tiempos y medidas;

E. planteo de distintas alternativas para la solución de los problemas identificados y sus posibles causas, además la Cámara exige que estas alternativas deberán ser consideradas en cuanto a su aceptabilidad, efectividad, eficiencia y calidad; deberá  justificarse adecuadamente la selección de las alternativas tomadas para la solución de los distintos aspectos del problema;

F. definición de medidas de mitigación y remediación;

G. sistemas de Auditorías; 

H. entre otros.

El Plan deberá ser elaborado, en forma conjunta, por la Secretaría de Recursos Hídricos, la Secretaría de Servicios Públicos, la Secretaría de Ambiente, la Administración Provincial de Recursos Hídricos, con la especial participación en dicha tarea del INA-CIRSA. 

Desde Fundeps, nos sentimos muy optimistas con esta resolución, adecuada y oportuna en torno a la grave crisis hídrica que nos atraviesa y particularmente la situación crítica de la cuenca del Lago San Roque. Consideramos que se trata además, de un importante antecedente en materia judicial ambiental, y una resolución esperanzadora para el colectivo de personas que defienden el ambiente en la provincia de Córdoba. 

 

Más información

Presentamos un amparo ambiental por la contaminación del lago San Roque

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Río Suquía 

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Lago Los Molinos y Dique San Roque 

 

Autoras

María Laura Carrizo Morales

Ananda Lavayen

Contacto

lauracarrizo@fundeps.org

 

*Foto extraída del diario digital El Independiente

En el mes de marzo daremos inicio al ciclo de talleres “¿Cómo acceder a los derechos ambientales? Acuerdo de Escazú para comunidades”, en el marco del proyecto “Acuerdo de Escazú: ¿Qué pasa en Córdoba?”, que tiene por objetivo promover capacidades respecto a los derechos que prevé el Acuerdo en nuestra provincia y fortalecer las herramientas de la comunidad para exigir su aplicación. 

A fines del año pasado, desarrollamos la primera etapa del proyecto a través de un monitoreo y diagnóstico del cumplimiento de los derechos previstos en el Acuerdo de Escazú (derechos de acceso a la información, a la participación y a la justicia) en  nuestra provincia. Los resultados que obtuvimos despertaron una gran preocupación en torno al acceso limitado, por parte de las comunidades, a los derechos y a las herramientas que el Acuerdo concede.

A partir de lo anterior, el objetivo de esta segunda etapa consiste en avanzar en la promoción y consolidación de capacidades de la comunidad local, a través de un ciclo de talleres de empoderamiento sobre las herramientas que brinda este acuerdo, el cual fue incorporado a nuestra legislación. En ese marco, desarrollaremos cuatro talleres en distintas localidades estratégicas de la provincia, con el siguiente cronograma:

  • Alta Gracia: 18 de marzo9 a 12h (Club Central – San Martin 160)
  • Villa María: 31 de marzo – 17 a 20h (Universidad Nacional de Villa María – Arturo Jauretche 1555 (Campus) – Aula de posgrado)
  • Cosquín: 15 de abril9 a 12h – (Sociedad Española – J. C. Gerónico 937)
  • Córdoba: 28 de abril – 17 a 20h (en el Anfiteatro de la Universidad Siglo 21  – Ituzaingó 484, Nueva Córdoba)

El contenido de los encuentros se presenta en 2 grandes módulos:

  1. en el primero se abordan los conflictos ambientales y nociones esenciales del derecho humano a un ambiente sano y la política ambiental;
  2. mientras que en el segundo se profundiza en el Acuerdo de Escazú y los derechos de acceso a la información, la participación y la justicia. 

La disertante será la abogada y docente universitaria María Laura Foradori, quien, además, es especialista en educación ambiental y magister en ambiente y desarrollo sustentable, integrante de ACACIA, una red de abogadas ambientalistas.

Consideramos que estos encuentros son muy importantes para la construcción de redes y  saberes colectivos desde los territorios en lucha frente a los conflictos ambientales de nuestra provincia. ¡Esperamos que todas las personas interesadas puedan sumarse!

INSCRIPCIONES ACÁ

 

Esta actividad cuenta con el acompañamiento de:

Mesa por el Agua y el Ambiente Alta Gracia – Feria Agroecológica Córdoba – Vecinos Unidos en Defensa de un Ambiente Seguro (Fuera Porta) – Vecinos autoconvocados por la salud y el ambiente Marcos Juárez – ACACIA Derecho Ambiental – RACC (Red de Abogacía Comunitaria) – Legal Empowerment Fund – Universidad Villa María – Universidad Siglo 21

 

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Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

El cambio climático es el principal desafío y amenaza en el siglo XXI. Desde Fundeps realizamos un relevamiento y análisis de los fenómenos climáticos ocurridos en Córdoba entre  2000 y 2020, los resultados obtenidos son realmente alarmantes. Las autoridades deben avanzar de modo urgente en el diseño de políticas públicas tendientes a prevenir y afrontar la crisis climática.

El cambio climático afecta sin diferenciar a la población en general, sin embargo las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, por ejemplo, personas que viven en condiciones de pobreza, niñes y adolescentes, personas en situación de discapacidad, mujeres y diversidades sexogenéricas, se ven afectadas de manera diferenciada profundizando las desigualdades estructurales existentes.

Desde Fundeps llevamos adelante la recopilación y análisis de modo integral de los diversos fenómenos climáticos ocurridos entre el año 2000 y 2020 en la provincia de Córdoba. A partir de este diagnóstico pudimos identificar que los fenómenos climáticos son cíclicos y que año a año se profundizan. El cambio climático suele percibirse como algo abstracto y lejano, contrario a esta percepción generalizada, muestra lo concreto, cercano y lo graves que resultan los efectos del fenómeno. También permite descifrar la línea de (in)acción trazada desde el Estado. Incendios, tornados, inundaciones, sequías, temporales de granizo y olas de calor son algunos de los fenómenos que padecemos y que se agravan año a año y además que tienen severas consecuencias para las comunidades. Estos deben ser abordados como parte de un fenómeno integral y no como problemáticas aisladas y de forma tardía. 

Existen en la provincia ciertas políticas destinadas a la promoción de prácticas sostenibles.Sin embargo no se trata de acciones tendientes a mitigar de un modo significativo las causas, ni de adaptación a las consecuencias del cambio climático. Ante la ocurrencia de estos fenómenos las respuestas por parte del Estado siempre son tardías, ineficientes o desde una perspectiva de contingencia. 

Consideramos que si Córdoba desea hacer frente de un modo responsable a la crisis climática debe plantear estrategias participativas urgentes a mediano-largo plazo. Para ello debe tomar en consideración los efectos acumulativos de esta consecución de fenómenos de comportamiento errático, garantizando el acceso a elementos básicos para la supervivencia, como el agua y los alimentos de calidad. 

Además, es necesario y urgente concentrar esfuerzos en el diseño e implementación de políticas públicas que partan de una adecuada identificación de las condiciones de vulnerabilidad estructural de la que parten algunos sectores de la sociedad. Las acciones del Estado deben focalizarse en disminuir/eliminar esas condiciones estructurales. Sobre esa base equitativa se deben diseñar acciones de mitigación y adaptación. 

El Plan de Respuesta Climática que exige la Ley 27520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, surge como un instrumento fundamental para dar respuesta al fenómeno. Recordemos que según el art. 20 , cada provincia debe diseñar este “plan de respuesta” que contenga información sobre los gases de efecto invernadero, la vulnerabilidad y capacidad de adaptación de las comunidades, metas en torno a mitigación de gases y a medidas de adaptación, hoja de ruta de cada medida a adoptar, entre otros componentes. El plazo de cumplimiento, de acuerdo a la normativa, vencería el 18 de diciembre de 2023, aunque puede presentarse con anterioridad. 

El diagnóstico realizado permite afirmar que el cambio climático en Córdoba no es una amenaza lejana, sino desde hace tiempo una vivencia cotidiana que se agravará si no se adoptan medidas adecuadas.

 

 

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Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org

Este resumen plasma los principales datos relevados y sistematizados a partir de la realización de un diagnóstico de fenómenos climáticos en la Provincia de Córdoba entre los años 2000 a 2020.

El presente trabajo pretende relevar los fenómenos climáticos ocurridos a lo largo de los años 2000 a 2020 en la provincia de Córdoba y con base en ello, visibilizar la realidad local y los graves impactos del cambio climático año tras año, como así también las políticas públicas existentes a la fecha.

Presentamos un amparo ambiental ante la Justicia de Córdoba por la grave situación de contaminación y degradación que presenta el Lago San Roque, uno de los principales embalses de Córdoba. 

Luego de un estudio profundo sobre la crítica situación de contaminación ambiental que padecen las principales cuencas de agua de la provincia, entre ellas el Lago San Roque, el Dique los Molinos y el Río Suquía, confeccionamos un diagnóstico en donde plasmamos su estado actual las causas de contaminación, las consecuencias que esto genera en el ambiente, en la comunidad y en la biodiversidad, y realizamos una serie de recomendaciones a las autoridades.

Según pudimos determinar, la principal causa de contaminación es la falta o deficiencia de políticas públicas acordes. Lo que se traduce en mala gestión de los efluentes cloacales y de los residuos sólidos urbanos, deforestación, contaminación con agroquímicos, incendios, falta de estudios de impacto ambiental en las obras públicas y privadas, entre otras, todo lo cual termina afectando seriamente a los cursos de agua.

Particularmente nos centramos en el Lago San Roque debido a la gran importancia que este lago tiene para toda la provincia, ya que se dan en y alrededor de él, diversas tramas de vida culturales, económicas y de desarrollo, además de abastecer de agua a gran parte de las personas que vivimos en Córdoba. Se calcula que del lago proviene el agua que bebemos más de un millón y medio de personas, y es el motor económico de toda la región de Punilla.

Ante la alarmante situación del lago, y frente a la falta de iniciativas por parte de las autoridades para detener en lo inmediato la contaminación y sanear la cuenca, pese a las demandas constantes de la comunidad, decidimos acudir a la justicia a través de un amparo ambiental. 

¿En qué consiste el amparo?

Esta  acción legal tiene por finalidad solicitar a los Tribunales que intervengan proactivamente en la protección del derecho a la salud, calidad de vida y preservación del ambiente sano. A través del amparo presentado, demandamos a las autoridades responsables de la situación del Lago San Roque, es decir: el Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Ministerio de Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba, la Administración Provincial de Recursos Hídricos de Córdoba (APRHI), la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, y los municipios y comunas que atraviesa la cuenca.

El objetivo de esta acción es pedirle a la justicia cordobesa que:

  • condene a las autoridades demandadas a llevar adelante acciones tendientes a la prevención de conductas contaminantes a cuenca del Lago San Roque y sus ríos tributarios;
  • ordene cesar el volcamiento de sustancias que contaminen el lago; 
  • exija detener obras públicas y privadas que puedan profundizar la situación crítica de la cuenca;
  • ordene la urgente recomposición y remediación del lago;
  • A su vez, pedimos la conformación de un Comité de Cuenca interdisciplinario e interjurisdiccional, que tenga facultades de fiscalización, control, autorización de actividades y/o emprendimientos contaminantes, entre otras competencias. La conformación y funcionamiento adecuado de dicho Comité resulta fundamental a los fines de consolidar soluciones eficientes y adecuadas a las necesidades de toda la comunidad. En este sentido, solicitamos que se garantice la participación ciudadana de forma previa en su conformación y en su posterior funcionamiento, y que la opinión de la misma sea obligatoria para las autoridades.

La realidad muestra la grave y crítica situación que atraviesan todos los cursos de agua de la provincia, algo tan básico como el agua que tomamos no puede admitir más inacción y dilaciones por parte de las autoridades. Por ello, esperamos que la Justicia de Córdoba atienda y se avoque rápidamente y con responsabilidad a esta causa, dada la trascendencia que tiene para quienes habitamos la provincia, para las futuras generaciones, para el ambiente y para la comunidad de Punilla.

 

Más Información

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Lago Los Molinos y Lago San Roque

Diagnóstico Situacional de los Recursos Hídricos de Córdoba: Río Suquía }

 

Autora

Ananda Lavayén

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Laura Carrizo, lauracarrizo@fundeps.org