El pasado martes 13 de noviembre, la asociación de consumidores Acción y Defensa del Consumidor e Inquilino (ADCOIN) recibió a representantes de Arcor y de la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) en una audiencia de conciliación extrajudicial solicitada por la Fundación con motivo de la campaña publicitaria “Tu porción justa” de la empresa.

La campaña “Tu porción justa” contradice el derecho de los consumidores a recibir información y atenta contra el derecho a la salud.

A mediados de septiembre de este año, Arcor lanzó la campaña que plantea que “una vida saludable es una vida equilibrada en la que darse un gusto y cuidar la salud van de la mano”. Como parte de esa campaña, se estampó en varios productos de la empresa una etiqueta frontal color verde con la frase “Tu porción justa”, indicando “cuál es la porción diaria recomendada de eso que te gusta y te hace bien”.

FUNDEPS planteó ante ADCOIN que la campaña contradice la garantía de los/as consumidores/as de recibir información adecuada y veraz contemplada en el art. 4 de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240, en el art. 1100 del Código Civil y Comercial y en el art. 42 de la Constitución Nacional. Además, considera que el mensaje que esconde la campaña publicitaria es engañoso, ya que induce a una idea falsa respecto de los productos. La elección de la palabra “justa” y del color verde generan en la persona que se acerca al producto una idea de “salud” muy lejana a lo que verdaderamente implica el consumo de alimentos ultraprocesados como los que promociona la campaña. De esta manera, se promueve e induce su consumo, exagerando sus virtudes o sugiriendo algunas en realidad inexistentes. Se trata de un caso de publicidad falsa, y más específicamente, publicidad engañosa.

Las representantes de Arcor afirmaron en la audiencia que el programa “Tu porción justa” es respetuoso de la legislación vigente y que fue diseñado, precisamente, para contribuir a fomentar una alimentación saludable. Indicaron que la creación del “slogan” y de la campaña había sido consultada con expertos en la materia, “con el objetivo de ayudar al consumidor a limitar la ingesta de los alimentos de consumo opcional a una medida justa.”

Sin embargo, tanto FUNDEPS como ADCOIN sostuvieron que si bien la campaña asegura estar proporcionando información al consumidor, lo cierto es que no existe una porción recomendada de consumo de estos productos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) considera que los alimentos ultraprocesados “son motor de la epidemia de obesidad en América Latina” y deben evitarse. La campaña de Arcor va en dirección opuesta.

A pesar de la falta de marco normativo específico en materia de etiquetados, FUNDEPS insiste que existe una violación al derecho de recibir información cierta, veraz y detallada. La campaña no desalienta el consumo de estos productos ni marca el límite máximo, sino que lo promueve. Ante la insistencia de Arcor respecto de la intención de la campaña de generar una herramienta en los consumidores para identificar una porción y de esta manera reconocer el límite máximo, FUNDEPS solicitó los estudios de mercadeo y los fundamentos científicos sobre los que fue ideada la campaña, así como también los contactos de nutricionistas y profesionales que la apoyaron, a los fines de comprender mejor la evidencia científica mencionada por la empresa. Por su parte, Arcor solicitó conocer mejor los argumentos que fundan la postura de la Fundación y de las organizaciones de la región que apoyaron el reclamo.

Ambas partes decidieron continuar el diálogo en el ámbito conciliatorio extrajudicial, por lo que se fijó una nueva audiencia para los primeros días de diciembre.

La falta de regulación en materia de etiquetados

El etiquetado nutricional que se muestra en los paquetes de alimentos debe brindarle a las/os consumidores la información necesaria que le permita saber la cantidad de nutrientes críticos, como el azúcar, la gras o el sodio que está consumiendo. De esta manera, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda implementar un etiquetado frontal, que se aplique a los alimentos procesados y ultra procesados, incluyendo bebidas, y que proporcione información de forma directa, sencilla y rápida. Además, deberá advertir sobre el alto contenido en nutrientes asociados a problemas de salud, como son azúcar, grasa y sal, conforme un perfil de nutrientes. La implementación de estas advertencias debería incluir la restricción al uso de eslóganes, imágenes y colores que puedan sugerir características que esos productos  no tienen. Asimismo, estas políticas deberán estar acompañado de campañas dirigidas a promover una compra más consciente, utilizando el etiquetado.

Es evidente que la normativa actual resulta ineficaz para proteger adecuadamente el derecho a la salud y a la alimentación, lo que deja margen para que las empresas aprovechen esos vacíos legales, confundan a consumidores y consumidoras, y limiten sus elecciones.

De esta forma, el Estado incumple con su obligación de proteger el derecho humano a la salud que exige evitar que el accionar de terceros/as afecte el goce efectivo de este derecho. Esta situación evidencia la necesidad de fortalecer la regulación existente y la implementación de mecanismos eficaces dirigidos a restringir estas prácticas de mercadotecnia engañosas y a elaborar un etiquetado nutricional que aporte la información necesaria para asegurar el derecho de los consumidores y consumidoras a información clara y veraz, contribuyendo a la elección de opciones más saludables.

Niñas, niños y adolescentes: principales afectados/as

El mensaje que contienen los productos publicitados por Arcor atenta contra los derechos de niñas, niños y adolescentes, debido a que son las y los principales consumidoras/es de este tipo de alimentos. Las caricaturas, los personajes, los diseños y los colores que ilustran los paquetes de estos productos son infantiles, con una clara intención de llamar su atención.

Por tratarse de un grupo vulnerable, con menos herramientas para decidir qué tipo de alimentos elegir para una dieta equilibrada, FUNDEPS realizó una presentación ante la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba, solicitando que se arbitren los medios necesarios para responder a esta campaña y que se habiliten mecanismos para la difusión de información correcta y científica sobre alimentación saludable.

El mismo planteo se realizó junto a FIC Argentina ante la defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Walter Martello. En dicha oportunidad, las organizaciones solicitaron al defensor que inste a las autoridades nacionales a que intimen a la empresa a retirar de los canales de comunicación, punto de venta y mercado en general, la campaña “Tu porción justa” y a que inste al Poder Ejecutivo y Legislativo Nacional a fortalecer el marco regulatorio para evitar que se puedan desarrollar acciones comerciales como la presente, que vulneran el derecho a la salud, a la alimentación y a la información de las/os consumidores, en especial de niños, niñas y adolescentes.

Contactos

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  concluyó el pasado 28 de septiembre el cuarto informe de Argentina sobre su implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Luego de un diálogo interactivo con la delegación argentina, quienes integran el Comité analizaron el informe nacional presentado por el Estado y también la información recibida por parte de las organizaciones de la sociedad civil a través de los informes sombra.

 

Conclusiones principales

Uno de los temas centrales que abordó el Comité fue el de la crisis financiera, porque en un contexto donde continúan los índices de pobreza,  se han implementado políticas de reducción de programas sociales, profundizando la vulnerabilidad de algunos grupos sociales. También se cuestionó al Estado argentino por la situación que enfrentan sus instituciones gubernamentales, la degradación de algunos ministerios a secretarías, y sobre el nombramiento del Defensor del Pueblo.

Por otro lado, expresó su preocupación por la represión de la protesta social y el acceso a la tierra de los pueblos originarios. Además, si bien el Comité felicitó la adopción de la Ley de Identidad de género y de matrimonio igualitario en el país, llamó la atención sobre la falta de acceso al trabajo y acoso en el sistema educacional a personas del colectivo LGBTI, personas con discapacidad, migrantes y mujeres. También inquirió al Estado por el desempleo juvenil, el trabajo informal, y varios temas relacionados a la educación (deserción escolar, educación sexual y reproductiva y enseñanza de lenguas originarias).

Encontrá más info sobre educación pública y educación sexual integral.

Igualdad entre hombres y mujeres

Las mujeres argentinas se ven afectadas por el trabajo no remunerado de cuidado de la familia, la baja tasa de participación laboral, falta de provisión universal de servicios sociales y baja representación en altos cargos en varios sectores (particularmente la justicia y el sector privado). Por ello el Comité recomienda reforzar las disposiciones legislativas y las políticas públicas con presupuestos asignados, destinadas a lograr la igualdad de derechos para el hombre y la mujer, incluyendo un sistema público de cuidados integral, la implementación de medidas contra los estereotipos sociales que afectan a las mujeres y la promoción de políticas de conciliación entre la vida laboral y familiar.

Sobre igualdad de oportunidades para mujeres y personas LGBTI en organizaciones de medios, te puede interesar el siguiente enlace

Derechos sexuales y reproductivos

Lamentando que no se haya aprobado el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el Comité resaltó los altos números de abortos peligrosos en Argentina

y los obstáculos para el acceso al aborto en las causales previstas por la ley actual, como la falta de los medicamentos adecuados y el impacto negativo de la objeción de conciencia de profesionales de la salud. También destacó la falta de marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Entre sus recomendaciones en esta materia, se encuentran la provisión de métodos anticonceptivos en todo el territorio, además la adopción de medidas efectivas para la implementación efectiva de las causales de aborto no punible en todas las provincias -en virtud de lo establecido en el fallo FAL- y el acceso a medicamentos que permitan una interrupción del embarazo segura. Además recomendó la regulación de la objeción de conciencia para no obstruir el acceso rápido y efectivo al aborto, con trato digno por parte de profesionales de la salud a pacientes que busquen acceso a servicios de aborto, así como no criminalizar a mujeres que recurren a la práctica. Finalmente, recomendó  adoptar un marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Violencia contra la mujer

El Comité está preocupado por la gravedad de la violencia hacia las mujeres y las niñas, con 251 feminicidios en el 2017, a pesar de algunos avances (como la inclusión de la figura del femicidio en el Código Penal y la ley de Protección Integral). Por esto, instó al Estado a contemplar las necesidades de las víctimas de violencia de género en el poder judicial, a implementar servicios de patrocinio gratuito y especializado para las mujeres y a mejorar las medidas para garantizar la investigación, sanción y reparación de los hechos de violencia, en miras de lograr una plena protección a las mujeres y sus hijos/as.

Alimentación

Sobre este punto, el Comité lamentó la ausencia de un reconocimiento y protección constitucional explícitos del derecho a la alimentación, la falta de implementación de la Ley de Agricultura Familiar N° 27.118, los cortes presupuestarios y de personal en el sector de la agricultura familiar y el aumento de personas que dependen de los comedores escolares y comunitarios.

Asimismo, expresó su preocupación respecto del incremento de los índices de sobrepeso y obesidad, la ausencia de medidas estatales para disminuir el consumo de bebidas azucaradas y la falta de una regulación adecuada para restringir la publicidad de alimentos no saludables.

En este sentido, sus principales recomendaciones fueron las de adoptar un marco normativo que reconozca expresamente el derecho a la alimentación y que guíe las políticas públicas que aseguren una alimentación sana, nutritiva y suficiente, en especial a grupos desfavorecidos. Esto incluye garantizar la efectiva implementación de la Ley de Agricultura Familiar y tomar las medidas efectivas para disuadir el consumo de alimentos y bebidas dañinos para la salud. En este punto, se recomendó incluso el incremento del impuesto sobre las bebidas azucaradas, el fortalecimiento de la regulación del Código Argentino sobre Alimentación en cuanto al etiquetado frontal de alimentos, que incluya información sobre azúcar en los productos, e implementar restricciones sobre la publicidad de alimentos y bebidas dañinos para la salud, en particular los destinados a niñas, niños y adolescentes.

Conocé más sobre etiquetado de alimentos y sobre consumo de bebidas azucaradas.

Salud y consumo de tabaco

El alto consumo de tabaco tiene un gran impacto negativo sobre la salud de las personas en Argentina. La regulación de los impuestos sobre el tabaco es insuficiente y la regulación sobre las campañas de publicidad es precaria, por lo que el Comité recomendó a nuestro Estado adoptar medidas más robustas para la prevención del consumo. Entre estas, se mencionan el aumento del impuesto a un nivel suficiente para tener un efecto de disuasión el consumo de tabaco, la  prohibición de publicidad, y campañas de información sobre el impacto negativo del tabaco en la salud, con énfasis en la protección de los niños y jóvenes.

Además, instó al Estado a ratificar el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y a ajustar las regulaciones internas sobre la publicidad de los productos del tabaco a las normas establecidas en este Convenio.    

Acá podés leer más sobre el convenio marco de control de tabaco.

Explotación minera y medio ambiente

El uso de ciertos métodos de explotación no convencionales de hidrocarburos, como el “fracking”, y el impacto local de esas formas de explotación fueron otro objeto de preocupación del Comité. En particular por el impacto negativo que pueden tener sobre el medio ambiente, el agua y la salud. Por ello, se recomendó al país adoptar un marco regulatorio del fracking, que incluya las evaluaciones de su impacto en todas las provincias, consultas previas con las comunidades afectadas, y  documentación apropiada de sus efectos sobre la contaminación del aire y el agua, las emisiones radiactivas, los riesgos para la salud y la seguridad en el trabajo, los efectos sobre la salud pública, la contaminación acústica, la luz y el estrés, la actividad sísmica que puede desencadenar, las amenazas a la agricultura y la calidad del suelo, y al sistema climático.

Agricultura, medio ambiente sano y salud

Resulta preocupante el aumento en el uso de pesticidas y herbicidas que incluyen glifosato, a pesar de los graves impactos adversos a la salud y al medio ambiente de muchos de ellos, señalado como probablemente carcinógeno por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud.

En este sentido, el Comité recomendó que Argentina adopte un marco regulatorio que incluya la aplicación del principio de precaución en cuanto al uso de pesticidas y herbicidas dañinos, en particular los que incluyen glifosato, para prevenir los impactos negativos en la salud por su uso y en la degradación del medio ambiente.

Sobre aplicación de agroquímicos, te puede interesar el siguiente enlace.

 

 

Autora: Mayca Balaguer

 

Apoyada por organizaciones de salud pública de toda la región, FUNDEPS presenta un reclamo contra la campaña de Arcor “Tu porción justa” ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes

A mediados de septiembre del corriente año, Arcor lanzó la campaña publicitaria autodenominada “Tu porción justa” la cual plantea que “una vida saludable es una vida equilibrada en la que darse un gusto y cuidar la salud van de la mano”. De esta manera, se estampó en varios productos de la empresa una etiqueta frontal color verde con la frase “Tu porción justa”, indicando “cuál es la porción diaria recomendada de eso que te gusta y te hace bien”.

Este tipo de mensajes han sido criticados por especialistas de salud pública por ser engañosos y riesgosos, y por contradecir recomendaciones de organismos de derechos humanos y organizaciones de salud pública como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Las estrategias comerciales de este tipo en la práctica promueven productos con altas concentraciones de nutrientes críticos (sodio, azúcar, grasas) cuyo consumo regular tiene un efecto dañino sobre la salud. De hecho, Argentina lidera los índices de obesidad infantil en Latinoamérica.

Esta estrategia comercial vulnera el derecho a la salud y a la alimentación de niños, niñas y adolescentes. Es por esto que decidimos realizar una denuncia ante la Defensoría de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Córdoba, como órgano público encargado de proteger los derechos de esos grupos.  Nuestra presentación pide:

  • que se arbitren los medios para responder a la campaña publicitaria de Arcor “Tu porción justa” por la afectación de los derechos a la salud y a la alimentación de niños, niñas y adolescentes;
  • que se habiliten mecanismos para la difusión de información correcta y científica sobre alimentación saludable y en particular respecto de esta campaña;
  • que se inste al Poder Ejecutivo y Legislativo de la Provincia a fortalecer el marco regulatorio para evitar que se puedan desarrollar acciones comerciales como la presente, que vulneren el derecho a la salud y a la alimentación de niños, niñas y adolescentes.

La normativa actual argentina vinculada al etiquetado de alimentos y técnicas de marketing resulta ineficaz para proteger adecuadamente el derecho a la salud y a la alimentación, lo que deja margen para que las empresas aprovechen esos vacíos legales, confundan a consumidores y consumidoras, y limiten sus elecciones.

De esta forma, el Estado incumple con su obligación de proteger el derecho humano a la salud que exige evitar que el accionar de terceros/as afecte el goce efectivo del derecho a la salud de un grupo de personas. Esto implica una violación a obligaciones de derechos humanos en tanto el Estado incumple las recomendaciones de órganos de monitoreo sobre cómo enfrentarse a la epidemia de obesidad. Diferentes órganos y oficinas especializadas como el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, el Comité de Derechos del Niño o las Relatorías para el derecho a la salud o el derecho a la alimentación han marcado que la epidemia de obesidad es definitivamente un problema de derechos humanos.

Esta situación evidencia la necesidad de fortalecer la regulación existente y la implementación de mecanismos eficaces dirigidos a restringir estas prácticas de mercadotecnia engañosas y a elaborar un etiquetado nutricional que aporte la información necesaria para asegurar el derecho de los consumidores y consumidoras a información clara y veraz, contribuyendo a la elección de opciones más saludables.

Además, considerando que esta estrategia de comercialización no facilita el acceso a información, apunta directamente a niños y niñas y genera confusión sobre aspectos críticos de esos productos, desde FUNDEPS se está investigando por una posible violación del marco legal de defensa del consumidor.  Esto podría implicar un incumplimiento de la empresa al deber de brindar información adecuada y veraz, y a la prohibición de publicidad engañosa, afectando el derecho a la salud y a la alimentación saludable de los/as consumidores/as, fundamentalmente en niños, niñas y adolescentes

Más allá de estas consideraciones sobre la necesidad de mejorar el marco normativo actual y sobre una eventual violación a la normativa de defensa del consumidor, la presentación ante la Defensoría apunta a que se limite una estrategia que afecta los derechos a la salud y a la alimentación de niños y niñas. En este sentido, Juan Carballo, Director Ejecutivo de FUNDEPS, sostiene que este planteo busca que un organismo encargado de velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes, preste especial atención a una campaña que afecta sus derechos. “Esperamos que Arcor pueda alinearse con las prácticas recomendadas por organismos especializados de salud. Además, de esta forma no caería en un doble estándar dependiendo el país en que sus productos se venden”

Mientras que en Argentina un mismo producto se promociona con la etiqueta “tu medida justa”, en Chile recibe la triple advertencia de producto “alto en grasas saturadas”, “alto en calorías” y “alto en azúcares”:

Argumentos en contra de la campaña:

  1. La campaña promueve alimentos ultraprocesados en un contexto de emergencia sanitaria por la alta prevalencia de sobrepeso y obesidad en los NNyA
  2. La campaña utiliza técnicas de mercadeo engañosas
  3. La campaña pone en riesgo la salud de niñas, niños y adolescentes
  4. La campaña hace énfasis en la responsabilidad individual
  5. La campaña vulnera el derecho a la información de los/as consumidores/as
  6. La campaña se presenta en productos de “porciones pequeñas” y no por 100 gramos
  7. La campaña se basa sólo en calorías

Adhieren:

  •  Dirección General de Enfermedades Crónicas No Transmisibles – Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba
  • Coalición Latinoamérica Saludable (CLAS)
  • Fundación Interamericana del Corazón y sus afiliadas en México, Argentina, Bolivia y Caribe
  • CISPAN Centro de Investigaciones Sobre Problemáticas Alimentarias Nutricionales (UBA), Argentina
  • IFMSA (International Federation of Medical Students Associations) y su sede nacional de Argentina, IFMSA-Argentina
  • Consumers International Latinoamérica
  • ACT Promoción de la Salud, Brasil
  • El Poder del Consumidor, México
  • Alianza por la Salud Alimentaria, México
  • Instituto de Investigaciones en Salud y Nutrición (ISYN), Quito, Ecuador
  • Alianza para el Control de ECNT Chile
  • Frente por un Chile Saludable 
  • Fundación EPES, Santiago, Chile
  • Guillermo Paraje, Profesor titular de Economía, Escuela de Negocios, Universidad Adolfo Ibáñez, Chile
  • Alianza ENT-Uruguay
  • Centro de Investigación para la Epidemia de Tabaquismo, CIET-Uruguay
  • Asociación Uruguaya de Dietistas y Nutricionistas – Uruguay
  • Instituto Nacional de Cáncer, Uruguay
  • Instituto Brasileiro de Defesa do Consumidor – IDEC, Brasil
  • FEMAMA, Porto Alegre, Brasil
  • Educar Consumidores, Colombia
  • Fundación Colombiana de Obesidad (FUNCOBES))
  • Mesa por las ENT Colombia
  • Corporate Accountability, Colombia
  • Alianza ENT-Perú
  • COLAT (Comisión Nacional Permanente de Lucha Antitabáquica). Perú
  • ESPERANTRA (Asociación de Pacientes y Usuarios de Servicios de Salud de Perú)
  • SLACOM Sociedad Latinoamericana y del Caribe de Oncología Médica
  • Coalición México Salud-Hable, México
  • Salud Crítica, México
  • Contrapeso, México
  • Public Health Institute

Contacto:

Juan Martin Carballo – juanmcarballo@fundeps.org

Agustina Mozzoni – agustinamozzoni@fundeps.org

En colaboración con otras organizaciones de la sociedad civil, realizamos varias presentaciones de informes ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) para su período de sesiones N° 64. A través de ellos  pretendemos acercar observaciones críticas y recomendaciones en temas vinculados a DESC que han sido parte de la agenda de trabajo de nuestra organización, y así dar una actualización del reporte presentado en la instancia de sesiones del Grupo de Trabajo preparativo, en 2017.

Argentina ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), comprometiéndose así a cumplir con las obligaciones derivadas de este pacto.  El PIDESC, como otros tratados de derechos humanos, establece un órgano para el monitoreo de su nivel de cumplimiento: el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (CDESC). En este sentido, la Corte Suprema ha reconocido a este comité como “intérprete autorizado” del Pacto, que a su vez tiene jerarquía constitucional.

El mecanismo de monitoreo establecido en el mismo incluye, a su vez, la posibilidad de participación de la sociedad civil en diferentes etapas, a través de la presentación de informes: el Comité recibe reportes tanto del Estado como de la sociedad civil y los evalúa, para luego emitir sus Observaciones Finales. La importancia de estas observaciones radica en que la mismas se constituyen como herramientas para exigir a los estados el cumplimiento de estándares de derechos humanos en materia de DESC.

En este marco, hemos presentado varios reportes alertando sobre situaciones de afectación de derechos en diferentes ámbitos.

Salud:

  • Situación de las enfermedades crónicas no transmisibles en Argentina:

Recomendamos instar al Estado la adopción de algunas medidas para reducir el consumo de productos de tabaco y alimentos no saludables. Entre ellas, la limitación de publicidad dirigida a niños y niñas, la adopción de un etiquetado nutricional más sencillo y entendible, la suba de impuestos, la ratificación por parte del Estado argentino del Convenio Marco de Control de Tabaco y la adopción de medidas que protejan especialmente a grupos vulnerables.

 

  • Situación actual respecto a las prácticas de mercadeo de fórmulas de leche:

En este sentido, recomendamos instar al Estado argentino a que regule y restrinja las estrategias de marketing de fórmulas de leche materna, a que continúe promoviendo la lactancia materna más allá de las campañas de concientización, a que impida la interferencia de la industria en los procesos relativos al ámbito de la salud pública y a que promueva la transparencia en el patrocinio de eventos e investigaciones académicas.

  • Situación de las regulaciones de residencias geriátricas:

Recomendamos la sanción de una ley nacional que establezca presupuestos mínimos a garantizarse en todas las residencias geriátricas del país, conforme los derechos y el paradigma establecido en la Convención Interamericana de Protección de las Personas Mayores, así como también leyes locales que recepten dicho paradigma. Asimismo, se recomienda instar al Estado Argentino a dar publicidad a los datos relativos a las habilitaciones y controles de dichas residencias.

  • Falta de acceso a derechos sexuales y reproductivos:

Es preocupante la situación de bajo acceso a anticonceptivos y a las prácticas de aborto en los casos permitidos por la ley. Recomendamos entonces instar al Estado a proveer los insumos necesarios para dar cumplimiento a los derechos sexuales y reproductivos, así como garantizar que la objeción de conciencia no obstaculice el acceso a los mismos. Por último, recomendamos instar al Estado a que capacite a los y las profesionales de la salud, de acuerdo a los estándares internacionales fijados por la OMS para el acceso al aborto seguro, y la promoción de la discusión legislativa para la legalización del aborto.

Democracia

  • Situación actual de la Defensoría del Pueblo:

Esta institución continúa acéfala desde hace 11 años, lo que se configura como un debilitamiento del sistema de protección de DESC. En este sentido, hemos recomendado entre otras cosas, designar lo más pronto posible a una persona a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación y  reformular los procedimientos de selección del mismo.

  • Acceso a la información pública en materia ambiental:

Recomendamos al Comité instar al Estado a garantizar el acceso a la información pública en materia ambiental frente al avance de los grandes proyectos de infraestructura, las industrias extractivas e inversiones chinas; promoviendo la creación de instancias y/o mecanismos de participación ciudadana. Además de promover la protección de aquellas personas que en defensa de sus derechos y opuestas al avance de grandes proyectos de infraestructura.

  • Anteproyecto de Ley de Procesos Colectivos:

Recomendamos que el Estado se abstenga de impulsar el Anteproyecto de Ley de acciones colectivas ante el Congreso Nacional y promueva una regulación que se ajuste a los estándares internacionales y constitucionales vigentes en materia de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva de grupos en situación de vulnerabilidad.

Ambiente

  • Uso y aplicación de agroquímicos:

Advertimos sobre las afectaciones al derecho a la salud derivadas del uso de agroquímicos; recomendando la adopción de una normativa nacional que regule el uso y aplicación de agroquímicos  y solicitando la revisión y adaptación de normativas nacional y provinciales a las nuevas categorías fijadas por la OMS en materia de clasificación de productos fitosanitarios. Además, se recomienda la adopción de medidas para minimizar el impacto del uso de agroquímicos y la realización de evaluaciones epidemiológicas periódicas.

Más información

Contacto

Agustina Mozzoni: agustinamozzoni@fundeps.org

Carolina Tamagnini: carotamagnini@fundeps.org

FUNDEPS, en colaboración con el O’Neill Institute for National and Global Health Law at Georgetown University y la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba, anuncia renovación del programa de pasantías

Pasantía rentada en los meses de enero, febrero y marzo de 2019 en el O’Neill Institute for National and Global Health Law at Georgetown University en Washington DC

Instituciones convocantes:

  • O’Neill Institute for National and Global Health Law at Georgetown University Law Center
  • Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba
  • FUNDEPS – Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables

Requisitos para la presentación:

  • Estar inscripto como estudiante regular de la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba.
  • Haber aprobado o estar cursando Derecho Internacional Público.
  • Tener un promedio general, con aplazos, de 7 o más puntos.
  • Tener un excelente manejo del idioma inglés escrito y oral.

Mecanismo de selección:

  • Plazo límite para la presentación de las candidaturas: 26 de septiembre de 2018.
  • Un Comité de Selección de la UNC elegirá una lista de entre cinco y siete personas pre-seleccionadas, quienes serán convocadas a una entrevista a desarrollarse en inglés el día 28 de septiembre de 2018, en lugar a confirmar.
  • El 1 de octubre de 2018 el Comité de Selección de la UNC enviará un listado de entre tres y cinco personas al O’Neill Institute for National, cuyo equipo decidirá la persona seleccionada para realizar la pasantía.
  • La persona seleccionada deberá participar, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, en actividades vinculadas al derecho humano a la salud, en el equipo de FUNDEPS.

Documentación a presentar:

  • Carta de motivación en inglés justificando la aplicación al programa de pasantías del Instituto O´Neill
  • Curriculum vitae detallado en inglés, en no más de 3 páginas
  • Copia escaneada del certificado analítico (no versión electrónica)

* Los materiales se deberán enviar en formato digital en un único archivo en formato Acrobat Reader (.pdf) a la dirección: info@fundeps.org, indicando en el asunto: Convocatoria O’Neill – “Nombre del candidato”.

Criterios de selección:

  • Promedio.
  • Interés en área de derecho a la salud o derechos humanos.
  • Experiencia de investigación académica.
  • Experiencia de trabajo en organizaciones de la sociedad civil.
  • Nivel de inglés.

Financiamiento:

  • La contraprestación otorgada por el Instituto O’Neill durante los meses de la pasantía rentada (enero, febrero y marzo) permite cubrir alojamiento y gastos de manutención durante esos meses así como los pasajes desde Córdoba a Washington, DC.
  • FUNDEPS pone a disposición un crédito de honor para quien necesite apoyo para hacer frente al gasto anticipado del pago del pasaje aéreo, en condiciones a determinar.

Consultas:

info@fundeps.org

Más información

Instituto O´Neill: http://www.law.georgetown.edu/oneillinstitute

Dado que en octubre de 2018 la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será sede de los Juegos Olímpicos de la Juventud y que Coca-Cola es uno de los principales patrocinadores del evento, las organizaciones abajo firmantes DECLARAMOS:

• Que el consumo de productos no saludables con altos niveles de nutrientes críticos, como el azúcar agregado, es uno de los principales factores de riesgo de las enfermedades crónicas no transmisibles (ENTs) y que las ENTs son la principal causa de muerte en el mundo y en Argentina.

• Que el consumo de azúcar agregado estimado en nuestro país es alrededor del triple del máximo que la Organización Mundial de la Salud recomienda no superar, encontrándose entre los 5 países de mayor consumo de azúcar agregada del mundo.

• Que la Encuesta Mundial de Salud Escolar (2012) estimó que el exceso de peso en adolescentes entre 13 y 15 años fue de 28,6% (sobrepeso 22,7% y obesidad 5,9%). Que los adolescentes de nivel socioeconómico más bajo tienen un 31% más de probabilidades de sobrepeso respecto a los adolescentes del nivel socioeconómico más alto.

• Que una de las principales fuentes de consumo de azúcar agregado es el consumo de bebidas azucaradas y Argentina es el primer consumidor de bebidas gaseosas del mundo, con 137 litros per cápita por año. Y que estas bebidas son uno de los principales factores que promueven el aumento de peso y la obesidad.

• Que las bebidas edulcoradas, así como otras fuentes de edulcorantes, también tienen un efecto potencialmente obesogénico según la evidencia disponible actual.

• Que las estrategias de marketing, incluyendo el patrocinio de eventosdeportivos, por parte de las empresas de bebidas azucaradas constituyen un determinante más de las elecciones de consumo y que los niños, niñas y adolescentes son una población vulnerable a este tipo de publicidad.

• Que el accionar de los gobiernos es fundamental para proteger a niños, niñas y adolescentes y garantizar su derecho a la salud y a la alimentación adecuada.

• Que las empresas de bebidas azucaradas destinan recursos económicos millonarios para, a través de estrategias de publicidad, promoción y patrocinio, naturalizar el consumo de un producto no saludable, causante de obesidad y sobrepeso, entre otras problemáticas de salud.

• Que las medidas que restrinjan las acciones de marketing y promoción de las bebidas azucaradas son efectivas para la protección del derecho a la salud y a una alimentación saludable de los niños, las niñas y adolescentes.

• Que, en este mismo sentido, el Comité de los Derechos de los Niños aconseja a los Estados que, en el marco de la garantía del derecho a la salud, tomen medidas para proteger a los niños de las violaciones del derecho a la salud por parte de terceros, en particular “la regulación de la publicidad y venta de sustancias perjudiciales para la salud de los niños y la regulación de la promoción de dichos productos en lugares donde se congregan los niños, así como en los medios y las publicaciones a las que acceden los niños”

• Que es necesario que los espacios dedicados a la actividad física y/o recreativa con presencia de niños, niñas y adolescentes no tengan publicidad de bebidas con alto contenido en nutrientes críticos como azúcar y sodio.

En virtud de todo ello, EXIGIMOS al Gobierno de la Ciudad de Buenos que retire de los Juegos Olímpicos de la Juventud el patrocinio de la empresa Coca Cola y arbitre las medidas necesarias para proteger a los niños, las niñas y adolescentes de la exposición al marketing y patrocinio de alimentos y bebidas no saludables.

Organizaciones firmantes

1 NCD Alliance Internacional
2 World Obesity Federation Internacional
3 Latinamerican & Caribbean Society of Medical Oncology (SLACOM) Internacional
4 Corporate Accountability International (CAI) Internacional
5 Fundación Interamericana del Corazón (FIC Argentina)
6 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria – Escuela de Nutrición – UBA Argentina
7 Observatorio del Derecho a la Ciudad (ODC) Argentina
8 Asociación por la Justicia Ambiental (AJAM) Argentina
9 Asociacion Civil de Nutricionistas de Neuquen (AcNuNeu) Argentina
10 Fundación para el Desarrollo de Politicas Sustentables (FUNDEPS) Argentina
11 Consumidores Argentinos Argentina
12 Museo del Hambre Argentina
13 Fundación Soberanía Alimentaria Argentina
14 Seminario sobre el Derecho a la Alimentación Adecuada – Facultad de Derecho – UBA Argentina
15 Hecho en Buenos Aires – Argentina
16 A Cultivar que se Acaba el Mundo – Argentina
17 Acción por la Biodiversidad – Argentina
18 Desvío a la Raíz. Agricultura Ancestral – Argentina
19 Radio Ambiente con Relaciones de Tandil – Argentina
20 Cocina Natural Online – Argentina
21 Bioferia de Mendoza – Argentina
22 Foro Ambiental de General Viamonte, Provincia de Buenos Aires – Argentina
23 5 al Día – Argentina
24 Taller Ecologista – Argentina
25 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Escuela Agrotécnica de la Universidad Nacional de Rosario, Casilda, Santa Fe – Argentina
26 Hijos de Gaia Pachamama Madre Tierra – Argentina
27 Paren de Fumigar las Escuelas – Argentina
28 Vecinos Autoconvocados por la Vida de Timbúes Argentina
29 Foro Social y Ambiental de la Patagonia – Argentina
30 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Facultad de Agronomía – UBA – Argentina
31 Plantas de la Patagonia para la Salud – Argentina
32 Cátedra Libre de Medio Ambiente, Sociedad y Soberanía Alimentaria de Pergamino, Provincia de Buenos Aires – Argentina
33 Movimiento Campesino de Formosa – Argentina
34 Frente Nacional Campesino – Argentina
35 Cátedra Abierta de Estudios Territoriales y Urbanos de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco sede Trelew – Argentina
36 Asamblea Riojana Capital – Regional Cuyo – NOA – Unión de Asambleas de Comunidades (UAC) – Argentina
37 La Tierra sin Mal, Puerto Tirol, Provincia de Chaco – Argentina
38 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de 9 de Julio, Provincia de Buenos Aires – Argentina
39 ConCiencia Agroecológica 9 de Julio, Provincia de Buenos Aires – Argentina
40 Docentes de Gualeguaychú por la Soberanía Alimentaria – Argentina
41 Ecos de Saladillo – Argentina
42 GAJAT– CEPPAS – Argentina
43 Cátedra Abierta de Soberanía Alimentaria de Paraná, Entre Ríos – Argentina
44 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria y Agroecología de la Universidad Nacional de Misiones – Argentina
45 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de Villa María, Provincia de Córdoba Argentina
46 Granja Agroecológica La Dorita – Argentina
47 Red de Comercio Justo Piri Hué, Concordia, Entre Ríos – Argentina
48 Proyecto Hablemos con la Boca Llena: la soberanía alimentaria desde la comunicación comunitaria, Santa Fe y Entre Ríos – Argentina
49 Cátedra Abierta de Soberanía Alimentaria de la Facultad de Ciencias Naturales de la Universidad Nacional de Salta – Argentina
50 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Universidad Nacional de Cuyo Argentina
51 Asamblea Popular por el Agua de Mendoza – Argentina
52 Asamblea Popular por la Soberanía Alimentaria de Mendoza – Argentina
53 Cooperativa de Trabajo Iriarte Verde Ltda. – Argentina
54 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de la Universidad Nacional de Río Cuarto – Argentina
55 Organización Piuké Bariloche – Argentina
56 Asamblea Río Cuarto sin Agrotóxicos – Argentina
57 Instituto de Salud Socioambiental – Facultad de Ciencias Médicas – Universidad Nacional de Rosario – Argentina
58 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria – Universidad Nacional de La Plata Argentina
59 Movimiento Campesino Liberación Argentina
60 Cátedra Libre de Agroecología y Soberanía Alimentaria de la Universidad Nacional de Córdoba – Argentina
61 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria y Agroecología de la Universidad Nacional de Luján – Argentina
62 Cátedra Libre de Agricultura Familiar y Soberanía Alimentaria de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora – Argentina
63 Fundación Uñopatún – Patagones Argentina
64 Asociación Ecológica de Lanús (A.E.L) Argentina
65 Asamblea y Radio El Algarrobo, Andalgalá, Provincia de Catamarca – Agentina
66 Red de Salud Popular Dr. Ramón Carrillo Chaco – Argentina
67 Fundación Faldad – Argentina
68 Asamblea por la Vida de Chilecito, La Rioja – Argentina
69 Colectivo Feminista Las Salamanquesas del Valle de Famatina – Argentina
70 Corriente Nueva Patria Argentina
71 CTD Aníbal Verón – Argentina
72 Movimiento Estudiantil Liberación – Argentina
73 Corriente Nuestro Americano de Trabajadores 19 de Diciembre – Argentina
74 MPR Quebracho – Argentina
75 Wirahjkocha Grupo de Reflexión y Acción Rural – Argentina
76 Autoconvocados por los Derechos Humanos de los Enfermos de HIV – SIDA Argentina
77 Red Nacional de Acción Ecologista (RENACE) – Argentina
78 Organización Ambiente Mar, Mar del Tuyú, Provincia de Buenos Aires Argentina
79 Foro Ambiental Rojas, Provincia de Buenos Aires – Argentina
80 Red Nacional de Municipios y Comunidades que fomentan la Agroecología (RENAMA) – Argentina
81 Red de Abogadxs de Pueblos Fumigados – Argentina
82 Bios Argentina – Argentina –
83 Red de Semillas de Libertad Argentina
84 Plan de Alimentación Sana, Segura y Soberana (PASSS) de la Municipalidad de Gualeguaychú – Argentina
85 Centro de Medicina Familia y Comunitaria San Pantaleón (Fundación MF) Argentina
86 Red Federal de Docentes por la Vida – Argentina
87 Instituto de Investigación sobre Cultura Popular – Facultad de Artes – Universidad Nacional de Tucumán – Argentina
88 ATTAC Argentina – Argentina
89 Foro Ecologista de Paraná – Argentina
90 Vecinos Autoconvocados de Arroyo Leyes, Provincia de Santa Fe – Argentina
91 Ambiente Saludable San Andrés de Giles – Argentina
92 Asamblea de Ancasti por la Vida – Argentina
93 Asociación Civil Pro Eco Grupo Ecologista – Tucumán – Argentina
94 Ayacucho Conciencia Ambiental – Argentina
95 Multisectorial Antiextractivista – Argentina
96 Federación Sindical de Profesionales de la Salud de la República Argentina (FESPROSA) – Argentina
97 Asamblea por el Agua de San Rafael – Mendoza – Argentina
98 Círculo de Agricultores de San Rafael – Mendoza – Argentina
99 Colectivo Sanitario Andrés Carrasco – Argentina
100 Hacia el Buen Vivir – Argentina
101 Red de Productores y Consumidores Agroecológicos de Tres Arroyos – Argentina
102 Centro Cultural Espacio Inca – San Rafael, Mendoza – Argentina
103 Liga Argentina por los Derechos del Hombre – Argentina
104 Amigos de la Tierra Argentina – Argentina
105 Colegio de Graduados en Nutrición de la Provincia de Santa Fe 1ra. Circunscripción – Argentina
106 Centro de Protección de la Naturaleza (CEPRONAT) – Argentina
107 Movimiento Antinuclear de Chubut – Argentina
108 Círculo Argentino de Agroecología – Argentina
109 La Algarroba, Espacio de Alimentación Consciente – Bolívar, Provincia de Buenos Aires – Argentina
110 Editorial Chirimbote (Antiprincesas) Argentina
111 Fundación Pelota de Trapo – Avellaneda, Provincia de Buenos Aires Argentina
112 Fundación Alandar – Gerli, Provincia de Buenos Aires – Argentina
113 Organización “La Miguelito Pepe” – Ciudad de Buenos Aires – Argentina
114 Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) – Argentina
115 Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional de Derechos del Niño (CASACIDN) – Argentina
116 La Dársena Plataforma de Pensamiento e Interacción Artística – Argentina
117 Propuesta Sur – Rosario, Provincia de Santa Fe – Argentina
118 Red de Defensoras del Ambiente y el Buen Vivir – Argentina
119 Fundación Ecosur – Argentina
120 Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria del Asentamiento Universitario de San Martín de los Andes de la Universidad Nacional del Comahue – Argentina
121 Red Animalista Mendoza – Argentina
122 Centro de Estudios de Estado y Sociedad (CEDES) – Argentina
123 Asociación de Dietistas y Nutricionistas del Chaco – Argentina
124 Centro de Investigación sobre Problemáticas Alimentarias Nutricionales de la Carrera de Nutrición (CISPAN) – Facultad de Medicina, UBA – Argentina
125 Fundación Más Derechos por Más Dignidad – Argentina
126 Federación Argentina de Medicina General (FAMG) – Argentina
127 Asociación Civil TRAMA, Lazos para el Desarrollo – Argentina
128 Colegio de Nutricionistas de la Provincia de Buenos Aires – Argentina
129 Asociación Formosena de Graduados en Nutrición (AFROGRAN) Argentina
130 Red de Plantas Saludables y Buen Vivir de Buenos Aires – Argentina
131 Fundación Che Pibe – Argentina
132 Instituto de Cultura Popular (INCUPO) – Argentina
133 Asociación Agroecologia en Movimiento de Mar del Plata – Argentina
134 Fundacion InterAmericana del Corazón (FIC Bolivia) – Bolivia
135 ADJ Diabetes Brasil – Brasil
136 Aliança pela Alimentação Adequada e Saudável – Brasil
137 ACT Promoção da Saúde – Brasil
138 IDEC (Asociación de Consumidores) – Brasil
139 Centre for Health Science and Law (CHSL) – Canadá
140 Centro de Investigación en Ambientes Alimentarios y Prevención de Enfermedades Crónicas (CIAPECINTA Univ. de Chile) – Chile
141 Fundación Educación Popular en Salud (EPES) – Chile
142 Frente por un Chile Saludable – Chile
143 Educar Consumidores – Colombia
144 Red Papaz – Colombia
145 Fundación Ecuatoriana de Salud Respiratoria (FESAR) – Ecuador
146 Alianza Juvenil Antitabaco – Ecuador
147 Alianza Antitabaco Ecuador – Ecuador
148 Instituto de Investigación en Salud y Nutrición – Ecuador
149 InterAmerican Heart Foundation (IAHF) – Estados Unidos
150 Naked Food – Estados Unidos
151 Whole Food Plant -Based Organization (WFPB.ORG) – Estados Unidos
152 Fundacion InterAmericana del Corazón (FIC México) – México
153 México Saludable – México
154 Red ALIENTO – México
155 Salud Crítica – México
156 El Poder del Consumidor – México
157 Centro de Investgación en Nutrición y Salud – Instituto Nacional de Salud Pública – México
158 Escuela de Nutrición. Facultad de Medicina. Universidad de Panama – Panama
159 Alianza ENTs – Peru
160 Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (ASPEC) – Peru
161 Comisión Nacional Permanente de Lucha Antitabáquica (COLAT) – Perú
162 Colegio de Nutricionistas y Dietistas – República Dominicana
163 Consumidores y Usuarios Asociados (CUA) – Uruguay
164 Asamblea Pachamama – Uruguay
165 Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos – Uruguay
166 Fundacion Venezolana del Corazón – Venezuela


Adhesiones individuales

167 Dr. Enrique Jacoby, Ex-representante regional de Nutricion OPS – Perú
168 Guillermo Paraje, PhD. Universidad Adolfo Ibanez (UAI) – Chile
169 Rt Hon Helen Clark. Ex-Primer Ministra y Ex Ministra de Salud de Nueva Zelanda, Ex-Directora de PNUD (Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo) – Nueva Zelanda

Contacto:
Agustina Mozzoni – agustinamozzoni@fundeps.org

La Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) del Estado brasileño, fijó como tema prioritario de su agenda reguladora, el mejoramiento del etiquetado nutricional de los productos alimenticios que se ofrecen en el mercado. En este marco, realizó un asesoramiento de expertos/as y apeló a las opiniones, datos y pruebas de la sociedad, ONGs y demás organismos. FUNDEPS participó de este proceso de consulta pública.

Esta iniciativa surgió en respuesta a las deficiencias reveladas por las investigaciones en la materia, que demuestran que el etiquetado actual de los alimentos, dificulta la comprensión y el acceso a información valiosa, que debiera estar presente en las decisiones de consumo de los brasileños. En este sentido, el principal objetivo es facilitar la lectura y la comprensión de esa información, a través del denominado “etiquetado frontal” de los alimentos.
Esta nueva propuesta de rotulado, consiste básicamente en traer hacia la parte delantera del paquete la información sobre el contenido de nutrientes de cada producto alimenticio. De esta manera, el etiquetado frontal, se constituye en una especie de advertencia sanitaria – respecto a la cual existen diferentes tipos de formatos- que tiene como fin prioritario, que los consumidores sepan cuándo están frente a un producto que tiene mucha azúcar, sal, calorías o grasas.

Con el propósito de decidir en qué modo el etiquetado nutricional de Brasil habrá de cambiar, la Agencia decidió valerse no sólo del asesoramiento de un Grupo de Trabajo experto sino que también apeló a las opiniones, datos y pruebas que en este sentido pudiese aportar la sociedad en general, como los y las consumidores, ciudadanos/as, ONGs y demás organismos.

Fue así que anunció la apertura de un proceso de consulta pública a través de su página oficial, en la que se puede apreciar un formulario que pretende recabar, principalmente, información ligada a las percepciones de la sociedad, tanto de los consumidores como del sector productivo; la visión de especialistas en comunicación, nutrición y marketing, así como evidencia científica en torno a los posibles impactos de un nueva regulación de etiquetado, recurriendo a los conocimientos y puntos de vista del sector académico, de organismos gubernamentales y no gubernamentales, tanto nacionales como extranjeros.

En el marco de este proceso de consulta pública que participamos brindando respuestas y efectuando recomendaciones a los interrogantes planteados por la Agencia. Creemos que aprovechar estas instancias es sumamente importante ya que permiten continuar pregonando por una adecuada protección del derecho humano a la salud y el derecho a una alimentación adecuada.

Después de años de investigación y diálogos con sectores interesados, Anvisa tiene la oportunidad de efectivamente oír y considerar lo que dicen y sostienen voces no impulsadas por intereses económicos, tal como lo son la de los propios ciudadanos brasileños, sectores académicos y ONGs.

El crecimiento de la obesidad (de impacto especialmente fuerte en niños, niñas y adolescentes) y la fuerte presencia de estrategias publicitarias de la industria alimentaria, es un común denominador en toda la región. Particularmente en Brasil, de acuerdo a datos del Ministerio de Salud, la prevalencia de la obesidad aumentó en un 60% en diez años, pasando del 11,8% en 2006 al 18,9% en 2016 . Esta situación exige de los Estados un rol especialmente activo a través de políticas públicas que entre otras cosas, inste a las industrias a implementar un rotulado claro y sencillo. Pues, así los consumidores podrán contar con la información suficiente para efectuar decisiones más informadas, más libres e incluso más saludables. De este modo, el Estado brasileño, también, contribuye a cumplimentar adecuadamente con sus obligaciones en relación al derecho humano a la salud y a la alimentación adecuada, ambos receptados en numerosos instrumentos internacionales de los cuales Brasil forma parte.

Desde FUNDEPS estaremos siguiendo de cerca la continuidad del proceso decisorio de la Anvisa.

Más información:

Em dez anos, obesidade cresce 60% no Brasil e colabora para maior prevalência de hipertensão e diabetes

Autora:
Maga Merlo Vijarra
Slavenska Zec

Contacto:
Agustina Mozzoni – agustinamozzoni@fundeps.org

El reporte elaborado por la Coalición Latinoamericana Saludable (CLAS) fue presentado en el marco de una consulta pública que abrió la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el fin de elaborar un informe temático sobre estándares interamericanos en materia de empresas y derechos humanos.

El creciente número de casos de abusos y violaciones de derechos humanos cometidos por empresas ha impulsado el tratamiento de la problemática por parte de la comunidad internacional desde hace ya algunos años. En este contexto y en el marco del sistema interamericano, la CIDH se planteó recopilar información de diferentes actores/as interesados/as a los fines de elaborar un informe que considere la realidad regional, y que analice y sistematice las obligaciones y estándares interamericanos, para finalmente hacer recomendaciones en la materia.

El informe presentado por CLAS, una red que agrupa a alrededor de 300 organizaciones de Latinoamérica de la que FUNDEPS es parte, se enfoca específicamente en analizar la vinculación existente entre empresas y enfermedades crónicas no transmisibles (ENTs).

Así, en primer lugar, el informe proporciona información sobre el impacto de  dichas enfermedades en la región, con especial mención a la afectación de grupos vulnerables. En segundo lugar, se analiza el poder de influencia de empresas en el proceso de formulación de normas y políticas públicas, como obstáculo a la hora de adoptar, ejecutar y avanzar en políticas de salud para prevenir y reducir el impacto de las enfermedades crónicas no transmisibles. Al respecto, se citan como ejemplos los casos de la industria tabacalera, la industria de alimentos y la de bebidas alcohólicas.

El documento también advierte que la normativa vigente y planes de acción sancionados por los gobiernos se enfocan en la prevención de los factores de riesgo de dichas enfermedades, sin incluir una perspectiva más general sobre derechos humanos y empresas. Observa que sólo algunos países han avanzado levemente en este sentido, pese a que la evidencia internacional demuestra que las medidas más efectivas para disminuir el consumo de productos no saludables, son aquellas que controlan el accionar de las empresas que fabrican y promueven estos productos; especialmente en lo relacionado con las estrategias de marketing y promoción.

Más allá de los esfuerzos de los gobiernos latinoamericanos para avanzar con legislaciones para la prevención de ENTs, la intervención de las empresas en el diseño e implementación de políticas públicas, como así también el lobby de la industria, constituyen un gran obstáculo para la efectiva aplicación de normas que prevengan a la población de las consecuencias en la salud del consumo de productos no saludables.

Actualmente, a nivel internacional existen instrumentos y mecanismos no vinculantes que tienen por objeto proteger los DDHH del accionar irresponsable de las empresas. Entre ellos se pueden mencionar: los Principios Rectores de Naciones Unidas (NU) sobre Empresas y DDHH, las directrices de la OCDE y el Grupo de Trabajo de NU sobre Empresas y DDHH. De igual manera, el trabajo de la CIDH se ha orientado a la búsqueda de la prevalencia de los derechos fundamentales frente al poder de las corporaciones; y es por ello, que este informe temático toma un carácter fundamental. En este marco, asimismo, en los últimos tres años, por iniciativa de algunos Estados, se ha comenzado a debatir la posibilidad de contar con un tratado internacional que efectivamente fuerce a las empresas a cumplir y garantizar el respeto de los DDHH. Consideramos que un instrumento con estas características reforzaría la normativa ya existente, a la vez que pondría fin a los abusos perpetrados.

Más información

Contacto

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

El pasado 18 de junio de 2018, dentro del marco del Proyecto AJuV- de Promoción del Acceso a la Justicia de Grupos Vulnerables- de la Oficina de Derechos Humanos y Justicia del Poder Judicial de Córdoba – Argentina, se llevó adelante un conversatorio de consulta externa sobre el acceso a la justicia de personas mayores en la provincia de Córdoba, que contó con la participación de numerosas organizaciones que trabajan a nivel local en la promoción los derechos humanos de las personas mayores, incluyendo a FUNDEPS.

El Proyecto AJuV tiene como objetivo desarrollar estrategias de acción contextuales que permitan efectivizar el acceso a la justicia de grupos en condición de vulnerabilidad. Estas acciones consisten en: cursos virtuales de capacitación para todo el personal judicial, publicación de compendios normativos con resúmenes en lenguaje sencillo para la difusión social de derechos, eventos de sensibilización para el abordaje de la cultura jurídica en relación a los sectores vulnerables y la elaboración de protocolos de actuación para el personal judicial.

Estos últimos, serán la herramienta de consulta diaria para quienes imparten justicia en casos que involucren personas pertenecientes al grupo en condición de vulnerabilidad.

Con la finalidad de enriquecer el armado de los protocolos, el Conversatorio generó un espacio de comunicación y debate con las organizaciones y actores relevantes para la promoción del acceso a la justicia, dialogando sobre obstáculos, buenas prácticas y recomendaciones transversales a diferentes grupos en condición de vulnerabilidad en Córdoba.

Se espera que este tipo de iniciativa puedan generar índices de medición acerca de los niveles de efectividad de las políticas implementadas y que se establezcan responsables para el seguimiento y cumplimiento de las políticas que garantizan el acceso de la persona mayor a la justicia.

Autora

Laura Alesso

Contacto

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org 

En la actualidad, no se tiene acceso a datos oficiales acerca de las residencias geriátricas habilitadas en la provincia de Córdoba.

Desde FUNDEPS, hemos presentado un pedido de información ante R.U.GE.PRE.SA, (Registro de Unidades de Gestión de Prestaciones de Salud), un organismo dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia, encargado entre otras cosas, de regular y monitorear las habilitaciones de las residencias para personas mayores.

En la presentación, requerimos que se informara acerca de la cantidad de residencias para personas mayores que se encontraban en funcionamiento en la provincia de Córdoba; cuáles eran los mecanismos de control o monitoreo sobre las instituciones habilitadas; y sobre los procedimientos de control respecto de instituciones no habilitadas, detallando cómo se procede en eso casos.

La normativa prevé la posibilidad de presentar estos pedidos de información por parte de la ciudadanía a los fines de tomar conocimiento de los actos del Estado y, conforme lo establece la ley provincial nº 8803, el Estado debe responder en el plazo de 10 días hábiles. Habiendo vencido este plazo y sin respuesta, presentamos un pronto despacho cuyo plazo de contestación también venció sin haber sido respondido.

Es un deber del Estado hacer que esta información sea de acceso público. Insistimos en la importancia de la publicidad de estos datos, a los fines de poder ejercer un mejor control y visibilizar situaciones de irregularidad. Más aún si tenemos en cuenta que lo que se está afectando son los derechos de un grupo vulnerable, como lo son las personas mayores institucionalizadas.

La situación es aún más preocupante, si tenemos en cuenta que a nivel nacional no existen normas que unifiquen y establezcan requisitos básicos a cumplir por estas residencias y que determinen un mínimo de derechos a garantizarse en cualquier residencia geriátrica del país; por el contrario, los requisitos y condiciones que habrá de cumplir una residencia geriátrica para ser habilitada, depende exclusivamente de lo que establezcan los gobiernos locales, lo que ocasiona grandes diferencias entre las provincias.

En la Provincia de Córdoba, la ley n° 8.677 y el decreto n° 657/09, regulan el funcionamiento de las residencias geriátricas de carácter privado con especial énfasis en las cuestiones físicas del establecimiento, pero sin avanzar sobre la calidad de la atención. La ley no realiza consideraciones relativas a la perspectiva de derechos humanos, a cuestiones sociosanitarias y a la condición de sujetos de las personas que allí residen. En cuanto a los residencias de carácter público, se advierte que no existen normas en la provincia que las regulen, constituyéndose de esta forma una laguna normativa al respecto.

En un escenario caracterizado por la desigualdad y ante una infraestructura institucional aún insuficiente en materia de protección y ejercicio de derechos humanos, otorgar respuestas eficaces al acelerado envejecimiento poblacional es uno de los desafíos más importantes a los que se enfrenta el Estado argentino y la región. La reciente ratificación por parte del Estado Argentino de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, podría significar una oportunidad para ello.

Hay que insistir en que el camino por recorrer aún es largo. Por un lado, son imprescindibles políticas públicas que estén destinadas a reivindicar e impulsar el empoderamiento de las personas mayores. No sólo para posibilitar su plena participación en la vida social, económica, cultural y familiar de los países, sino también para alentar procesos sociales de revisión de las percepciones y representaciones, generalmente negativas, ligadas a la vejez. Por el otro, resulta necesario pensar estrategias que permitan posicionar al envejecimiento en el centro del debate público a los fines de dar visibilidad e interés a un tema que históricamente ha sido ignorado.

En definitiva, las actitudes y políticas correctas en este sentido facilitarán a la sociedad el empleo efectivo del potencial de las personas de edad, afianzando así el camino dirigido a la construcción de una sociedad más inclusiva, donde todos y todas encuentren su protagonismo y oportunidades, en sintonía con sus deseos y necesidades.

Seguimos exigiendo la respuesta de los organismos correspondientes, a la vez que esperamos que se desarrollen políticas públicas destinadas al pleno cumplimiento de los derechos humanos de las personas mayores.

Autora

Maga Ailén Merlo Vijarra

Contacto

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

Desde el Ministerio de Salud de la Nación se desarrolló un plan de acción que incluye a representantes de diferentes sectores, a los fines de empujar la ratificación del Convenio Marco de Control de Tabaco (CMCT) por parte del Estado argentino, un tratado internacional de salud pública con miembros de 180 países y que Argentina aún no ratificó.

El pasado 24 de abril tuvo lugar una nueva reunión de la Comisión Nacional de Coordinación de Control del Tabaco. Del evento participaron representantes de cerca de 40 organizaciones que comprenden organismos gubernamentales, ONGs, sociedades científicas, entre otros.

Entre las conclusiones de este primer evento, se destacan:

  • Una ley nacional no es suficiente, la ratificación del (CMCT) prevé herramientas, medidas y mecanismos de cooperación internacional que no pueden ser reemplazados por políticas nacionales: la protección de los pequeños productores, la interferencia de la industria y el comercio ilícito, por ejemplo, no pueden ser abarcados totalmente por legislación nacional. Si no ratificamos el CMCT, Argentina se queda fuera de la ayuda internacional que brinda el CMCT a sus miembros y nos estamos perjudicando junto a otros países de la región.
  • El CMCT no está en contra de los pequeños productores, por el contrario, los artículos 17 y 18 del convenio se centran en proteger a los pequeños productores en la diversificación de sus cultivos. La ratificación tiene una implementación gradual de sus medidas en orden a la protección de las pequeños productores. Además el ejemplo de otros países que ratificaron es que no hubo impacto en el cultivo de tabaco.
  • Se recordó que ante la comunidad internacional, la ratificación facilita el que Argentina pueda ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

Este reclamo no proviene sólo de instituciones del área de salud pública. Desde hace varios años, diversos órganos de monitoreo de tratados internacionales de derechos humanos han venido recomendando al Estado Argentino que ratifique este tratado. En efecto, el Comité para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW), el Comité por los Derechos del Niño (CDN) y el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC) han remarcado que para la adecuada protección del derecho a la salud en general y en particular de poblaciones como mujeres, niños y niñas, Argentina debería ratificar el CMCT.

Junto con otras organizaciones de la sociedad civil, como FIC Argentina, presentamos informes sombra a esos comités de derechos humanos. Como ejemplos, el CDESC recomendó “al Estado parte que ratifique y aplique el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco”. Por su parte, el CEDAW manifestó su preocupación por el “alto consumo de tabaco entre las niñas en comparación con los niños”. En virtud de ello, recomendó a Argentina “ratificar el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco”.

Como parte de este plan de acción, se envió una Declaración que desde FUNDEPS apoyamos, se prevé la creación de una comisión ejecutiva y la celebración de reuniones periódicas. En este sentido es válido aclarar que La Senadora Silvina García Larraburu presentó un proyecto de ley ante el Congreso que busca ratificar el Convenio.

Contacto

Agustina Mozzoni, <agustinamozzoni@fundeps.org>