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Ambiente, Noticias

La senda de la Sociedad Civil hacia el Acuerdo de Escazú

En conjunto con otras organizaciones de la Sociedad Civil de America Latina y el Caribe, elaboramos un documento de trabajo que plasma los aportes y las lecciones aprendidas en el proceso de negociación del Acuerdo de Escazú.

Este documento se realizó en el marco del trabajo del Observatorio Regional de Inversiones, Transparencia y Derechos Humanos (compuesto por diversas organizaciones de sociedad civil de América Latina y el Caribe, muchas de ellas autoras de la presente publicación), como parte de un esfuerzo colectivo por dar a conocer desde nuestra experiencia los aportes y las lecciones aprendidas que ha dejado el proceso de negociación del Principio 10 para que estas puedan ser incorporadas dentro de los actuales procesos de firma y ratificación del Acuerdo de Escazú.

De este modo, lo descrito en el presente documento responde a la consecución de una aspiración regional: el Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, ahora Acuerdo de Escazú, primer instrumento regional de derechos ambientales, que representa una oportunidad histórica para la materialización de la democracia ambiental y la consolidación de la ciudadanía, especialmente de aquellos grupos que han sido histórica y sistemáticamente discriminados, como los pueblos indígenas.

La publicación, presenta de forma resumida, los procesos internos en diversos países de Latinoamérica tendientes a la aprobación del Acuerdo, en particular, de Argentina, Brasil, Colombia, México, Nicaragua y Perú.

Más información

La senda de la sociedad civil hacia el Acuerdo de Escazú en América Latina y El Caribe

Contacto

Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

26 de febrero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-02-26 21:19:532024-06-30 16:29:29La senda de la Sociedad Civil hacia el Acuerdo de Escazú
Democracia, Gobernabilidad Global, Noticias

Gasoductos Troncales y la dificultad para acceder a información pública en la provincia

Con motivo de la finalización de la Obra de Gasoductos Troncales en la provincia de Córdoba, el año pasado realizamos 5 pedidos de información a dependencias provinciales. Al no obtener ninguna respuesta, presentamos un pronto despacho a la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático. Las dificultades que hemos encontrado para acceder a información sobre este proyecto han sido constantes desde el inicio del mismo.

Desde el año 2014, hemos realizado diversas solicitudes de información sobre este emblemático proyecto tanto al Gobierno Provincial, como al Gobierno Nacional. Con motivo de la finalización del proyecto, el año pasado entre Agosto y Octubre realizamos una serie de pedidos de información a tres dependencias de la Provincia de Córdoba involucradas directa o indirectamente en el proyecto, a saber: la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento -ACIF-, el actual Ministerio de Obras Públicas, ex Ministerio de Obras Públicas y Financiamiento y a la actual Secretaría de Ambiente, ex. Min. de Agua, Ambiente y Servicios Públicos.

A fines del 2019, al no haber obtenido respuesta de ninguna de las dependencias provinciales por los pedidos de información realizados y habiéndose finalizado el plazo de respuesta, decidimos realizar un pronto despacho a la Secretaría de Ambiente. 

Es importante aclarar que una vez que los organismos provinciales reciben una solicitud de información tienen 10 días para responder y solo puede prorrogarse por 10 días más siempre y cuando se informe dentro del plazo. Ante respuesta incompleta o falta de respuesta, como fue en este caso, se puede presentar un pronto despacho. Este recurso es el mismo pedido de información, pero se detalla la fecha y los detalles del pedido que se había realizado, sumado a un apercibimiento de iniciar acciones legales, es decir un amparo por mora. Cualquier dependencia provincial posee un plazo de 10 para responder el pronto despacho, con posibilidad de prorrogarlo 10 días más al igual que con las solicitudes de información. En nuestro caso, el pronto despacho fue realizado a mediados de diciembre del 2019, sin embargo la Secretaría de Ambiente nos respondió recién en febrero de 2020, es decir el plazo estaba más que vencido. 

Gracias al pronto despacho realizado, recibimos la respuesta del pedido de información realizado en agosto de 2019. En el pedido se solicitó información sobre el trazado definitivo del proyecto, localidad y cantidad de habitantes, comercios e industrias beneficiados por las obras y el estado de situación del proyecto. Acorde a la información brindada, la totalidad de los Sistemas Regionales se encuentran finalizados con recepción provisoria y/o definitiva de obra. 

Además, consultamos sobre las empresas y/o Unidades Transitoria de Empresas (UTEs) que participaron del proyecto como también cuáles eran los detalles y las características del plan de conexión de la unidades domiciliarias a los Sistemas Troncales  Respecto a esta última consulta, la dependencia provincial respondió que mediante Convenio protocolizado N° 024/2017 suscripto por la provincia de Córdoba, el Banco de Córdoba y la Distribuidora de Gas del Centro S.A. fue aprobado el “Fondo para el Financiamiento de las Redes Domiciliarias de Gas Natural”. En ella se establecieron las pautas y exigencias que deben cumplir los municipios que adhieran para permitirle a los vecinos la posibilidad de obtener financiamiento para afrontar los costos de la conexión al gas natural en las redes domiciliarias. En línea con lo anterior, se consultó sobre el origen del financiamiento del Plan Provincial Conectar Gas Industria que posibilita la conexión al servicio de gas natural a Comercios, PyMES, Industrias, Parques Industriales, entre otros. Este Programa tiene una línea de financiamiento del Banco de Córdoba de $200.000.000, monto que es prestable hasta el 100% del valor de la obra de acuerdo con la clasificación del cliente. También, el Programa tiene financiamiento de $100.000.000 del Consejo Federal de Inversiones. 

La mayor parte de la información solicitada ya había sido solicitada previamente  en solicitudes de información que realizamos en años anteriores pero en los que no obtuvimos respuesta alguna. Información que hubiera sido óptima tenerla mucho tiempo antes. 

La falta de respuesta en las solicitudes de información como el incumplimiento de los plazos estipulados por la Ley Provincial  8803 de Acceso a la Información Pública (denominada Ley de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado) deja entrever, nuevamente, no solo la gran dificultad existente en la actualidad para poder acceder a información de carácter público en manos del gobierno de la Provincia, sino también lo desactualizada que se encuentra esta ley que data del año 1999. En consecuencia, el año pasado junto a organizaciones sociales solicitamos a través de un documento  la actualización de esta Ley provincial de acuerdo con los lineamientos de la Ley modelo Interamericana y de la Ley Nacional de Acceso a la Información Pública. 

El Acceso a la información pública es una derecho humano que fortalece la participación ciudadana, la transparencia de la gestión pública y la gobernabilidad democrática. Por ello, es necesario actualizar la Ley provincial en esta materia en pos de solucionar las falencias que posee incorporando los más altos estándares y garantizando mecanismos de control que supervisen su cumplimiento. 

Más información 

  • Gasoductos troncales: realizamos pedidos de información a dependencias de la provincia de Córdoba – Fundeps
  • Con los Gasoductos Troncales concluidos: ¿saldo positivo o negativo? – Fundeps 
  • Gasoductos troncales en Córdoba: una obra que avanza a la sombra de la corrupción – El Entramado 
  • Córdoba, una propuesta de actualización de la ley de Acceso a la Información Pública – Fundeps

Autor/a

  • Gonzalo Roza 
  • Sofía Brocanelli

Contacto 

  • Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org
26 de febrero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-02-26 15:08:402024-08-15 17:42:25Gasoductos Troncales y la dificultad para acceder a información pública en la provincia
En los medios

Publican los gastos de campaña de 2019 en Córdoba

Fundeps los reclamaba desde el año pasado. El informe anterior mostraba que proveedores de la Provincia habían aportado a la campaña 2015 de Schiaretti-Llaryora. La mayoría eran contratistas de obra pública.

Tras la difusión de un informe que revelaba que un tercio de las empresas aportantes a la campaña 2015 de Unión por Córdoba para la gobernación de Córdoba eran proveedoras del Estado provincial, el Fuero Electoral finalmente publicó el detalle de los gastos de campaña de los comicios de 2019, que reclamaba la fundación Fundeps.

Los listados de ingresos y egresos de todos los partidos se pueden encontrar en el sitio de la Justicia de Córdoba.

  • Fuero electoral, fuera de plazo

El domingo pasado, publicamos un estudio de Fundeps que mostraba que 55 empresas (de las 158 que aportaron para la campaña de la fórmula Juan Schiaretti-Martín Llaryora en 2015) eran proveedoras o contratistas de la Provincia al momento de entregar su aporte al PJ Córdoba. La ley 9.571 (Código Electoral) prohíbe ese tipo de donaciones por parte de “concesionarias de servicios u obra pública”.

Aun así, la presentación fue aprobada por el Tribunal Electoral de Córdoba. La mayoría de esas 55 firmas eran las grandes contratistas de la obra pública provincial. El informe mostraba, además, que entre 2014 (antes de las elecciones) y 2015, el año del aporte, la facturación de esas compañías aumentó un 109% de promedio. Pasó de 1.489.171.661 pesos a 3.121.499.828 pesos.
  • La ley es clara, los datos son públicos

Respecto de la rendición 2019, el fuero electoral presentó el detalle total de 2019 tras varios pedidos de Fundeps, que reclamaba su publicación desde el año pasado.

Fuente: La Voz

19 de febrero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-02-19 20:27:532020-02-19 20:27:53Publican los gastos de campaña de 2019 en Córdoba
En los medios

Campaña 2015: un tercio de empresas aportantes de UPC eran proveedoras de la Provincia

  • Son las que apoyaron la fórmula Schiaretti-Llaryora para la gobernación.
  • La mayoría eran contratistas de obra pública.
  • Fundeps mostró lo ocurrido en esos comicios, hace cuatro años.
  • Y pide a la Justicia que publique las rendiciones de los partidos de las elecciones 2019.
  • Los plazos ya están vencidos.

Pese a que aún no se conoce el detalle de los aportantes a cada partido en las elecciones del año pasado, un informe de la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) reveló que un tercio de las empresas que aportaron a la campaña de Unión por Córdoba en 2015 eran proveedoras del Estado provincial, entre ellas varias contratistas de obras públicas.

En aquellas elecciones de 2015, que llevaron a la gobernación a la fórmula de Juan Schiaretti-Martín Llaryora, Unión por Córdoba recibió el aporte de 158 empresas, por 8.261.174 pesos. Un tercio de estas compañías –55, que donaron más de dos millones de pesos, unos 231 mil dólares en esa época– eran proveedoras del Estado. Y muchas aún lo son.

De todas maneras, el informe final de campaña de esa alianza fue aprobado por el Fuero Electoral provincial, el que, por otra parte, ya lleva varios meses de atraso para publicar la rendición de cuentas completa de los partidos políticos por la última campaña, la de mayo de 2019.

  • El fuero electoral, fuera de plazo

Así lo advierte un informe de Fundeps (Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables), que aún no recibió respuesta a sus pedidos de acceso a la información para acceder a las rendiciones completas, en las que se podría comprobar, o desestimar, si en los últimos comicios sucedió lo mismo que en 2015.

Al respecto, la ley 9.572 (Régimen Jurídico de los Partidos Políticos) y la 9.571 (Código Electoral de Córdoba) señalan la prohibición de recibir aportes de “contratistas de servicios u obra pública”.

El martes pasado este medio realizó la consulta tanto al Tribunal Electoral provincial como al apoderado del Partido Justicialista cordobés, Domingo Carbonetti. En ambos casos se les envió el listado de las 55 empresas, con el ánimo de recibir alguna observación. Pero hasta ayer no hubo respuesta en ese sentido.

Desde el PJ cordobés se informó que «se actuó conforme a derecho», y que en la «resolución 642 (del 3 de noviembre de 2015) la Justicia electoral aprobó el informe final de campaña». Agregaron que «no hubo entonces ninguna observación por parte de las alianzas y partidos que fueron parte de ese proceso electoral».

Desde la Justicia electoral no hubo respuesta aún a ninguna de las consultas realizadas por este medio.

Cómo fue en 2015

La Voz confirmó los datos aportados por Fundeps: en el caso de la alianza encabezada por el PJ Córdoba, en 2015 recibió 960 mil pesos (casi 106 mil dólares de entonces) de 23 empresas contratistas de servicios u obra pública, en su mayoría empresas de construcción.

Entre los aportantes sobresalen los contratistas de obra pública de la Provincia. (Pedro Castillo / Archivo)

Entre los aportantes sobresalen los contratistas de obra pública de la Provincia. (Pedro Castillo / Archivo)

Además, hubo donaciones de otros 31 proveedores por 1.124.900 pesos.

Se trata, en suma, de 2.084.900 pesos –más de 231 mil dólares de aquel año– aportados por 55 empresas que eran proveedoras de la Provincia, entonces también bajo gestión del peronismo, esa vez con José Manuel de la Sota.

Esas compañías habían facturado en conjunto en 2014, antes de las elecciones, 1.489.171.661 pesos. Al año siguiente, en el que hicieron su aporte a la campaña, le vendieron a la Provincia por 3.121.499.828 pesos. Es decir, más del doble (109% más), en un año en el que la inflación rondó el 30%.

En el caso de Juntos por Córdoba (la alianza UCR-PRO-Frente Cívico y ARI), que llevaba en su fórmula a los candidatos Oscar Aguad-Héctor Baldassi, el informe de 2015 muestra un solo aporte de un proveedor del Estado, por 15 mil pesos. Es de una empresa que en ese momento era proveedora del Estado provincial.

Si bien es un caso entre 19 –cifra ínfima en comparación con UPC–, debe mencionarse. La apoderada de Juntos por Córdoba en 2015, la actual senadora Laura Rodríguez Machado, mostró los informes de Nosis que no arrojaban esa coincidencia en 2015, pero que sí aparece ahora en el Portal de Transparencia del Gobierno cordobés.

  • La ley es clara, los datos son públicos: la opinión de Fundeps.

Cómo chequear

Los datos de los proveedores y los montos de las transacciones con la Provincia se pueden buscar en el Portal de Trasparencia del Gobierno de Córdoba, y muestran que casi todas las empresas aportantes también facturaban para el Estado provincial en 2014, y lo siguieron haciendo en 2016. Es decir, al menos un año antes y un año después de las elecciones.

Las listas de aportantes a los partidos pueden ser encontradas en el sitio del Fuero Electoral de la Provincia de Córdoba.

La polémica por este tipo de aportes no es nueva. Surge cada vez que se conocen estos reportes y, más allá de las interpretaciones de cada partido y/o gobierno, el espíritu de la norma es evitar el conflicto de intereses entre las empresas y las gestiones que deben contratarlas, en especial cuando las segundas recibieron aportes de las primeras para llegar al poder.

En 2015, las elecciones provinciales se realizaron el 5 de julio. Pero las rendiciones de campaña se conocieron en 2018. (Facundo Luque / archivo)

En 2015, las elecciones provinciales se realizaron el 5 de julio. Pero las rendiciones de campaña se conocieron en 2018. (Facundo Luque / archivo)

Qué dice la ley, y su interpretación

El Código Electoral de la Provincia de Córdoba (ley 9.571) establece en el artículo 203.3 la prohibición de que “empresas contratistas de obras y servicios públicos” realicen aportes de campaña. Lo mismo aclara la ley 9.572 (Régimen Jurídico de los Partidos Políticos).

La ley nacional 26.215 (Financiamiento de los Partidos Políticos) establece en su artículo 15 la prohibición de “contribuciones o donaciones de permisionarios, empresas concesionarias o contratistas de servicios u obras públicas o proveedores de la Nación, las provincias, los municipios o la ciudad de Buenos Aires”.

Nótese que en esta última se agrega la palabra “proveedores”. Y aunque se trata de una ley de jurisdicción federal, la interpretación de ese punto ya fue tratada por la Cámara Nacional Electoral, al señalar que “las razones que fundan dicha prohibición se basan en la incidencia que puede tener la Administración Pública en el desenvolvimiento económico de las personas jurídicas que tengan una relación contractual con el Estado”.

Precisamente, en ese fallo (Alianza Frente Nuevo s/control de informe de campaña en elecciones generales, expediente 4001569/2005/CA2) se establece que “no corresponde efectuar una distinción entre concesionarias de servicios u obra pública y proveedores del Estado”, ya que “ambos conceptos refieren a tipos de contratos administrativos”, y lo que se procura es “salvaguardar la independencia, especialmente de los candidatos que resultaren electos, respecto de grupos económicos que hubieren colaborado en la financiación de su propaganda”.

Consultado por La Voz, un vocal del Tribunal Superior de Justicia dijo –aunque prefirió preservar su anonimato– que si bien el hecho puede ser “éticamente reprochable”, al haber sido aprobado el informe por el Tribunal Electoral sin ninguna observación de los otros partidos, la resolución ya está firme y no hay posibilidad de reclamo.

Además, el artículo 28 de la ley provincial 10.155 (Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Provincial) establece: “El Poder Ejecutivo Provincial organizará y reglamentará el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado. Toda persona o entidad que contrate suministros o trabajos con el Estado Provincial debe encontrarse debidamente inscripta, salvo las excepciones que establezca la reglamentación”.

En suma, es la propia legislación provincial la que determina que toda persona que contrate suministros o trabajos con el Estado provincial será considerada proveedor.

Fuente: La Voz

16 de febrero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-02-16 19:08:142020-02-16 19:08:14Campaña 2015: un tercio de empresas aportantes de UPC eran proveedoras de la Provincia
Democracia, Noticias

Desmitificando el financiamiento político en Córdoba

El financiamiento político, del que poco se sabe y habla, es un elemento clave en el desarrollo de las democracias. Si bien en la esfera nacional ha estado en el tapete del debate público todo tipo de información vinculada a “aportantes truchos”, causas judiciales de corrupción vinculadas a aportes en negro, y otros. En Córdoba, ¿Qué sucede? ¿Cómo se financian las elecciones? ¿Quién controla?

¿De qué hablamos cuando hablamos de financiamiento político?

En general, cuando hablamos de financiamiento político podemos referir al financiamiento que reciben los partidos políticos de forma constante para su funcionamiento o el que se recibe específicamente en el período de elecciones. En ambos casos, está previsto un financiamiento de tipo público y otro de tipo privado. El público proviene del Estado a partir de un “Fondo Permanente para el financiamiento de partidos políticos o campañas electorales” respectivamente, y de la asignación de espacios publicitarios. Por su parte, el privado puede provenir de los afiliados, de otras personas físicas o jurídicas y de otro tipo de actividades que desarrolle el partido.

Dado que en 2019, y en lo que va de 2020 todavía no pudimos acceder a la información relativa al financiamiento de las campañas electorales de 2019, en el presente se analizan los datos de la campaña 2015 de las dos fuerzas políticas que ganaron las elecciones a nivel provincial y a nivel municipal.

A los fines del presente análisis utilizamos la siguiente información pública disponible:

  • Informe final de campaña de Unión por Córdoba del año 2015, tanto provincial como municipal.
  • Informe final de campaña de Juntos por Córdoba del año 2015, tanto provincial como municipal.
  • Empresas contratistas a nivel provincial de los años 2014, 2015 y 2016.
  • Empresas contratistas a nivel municipal del año 2016 (por falta de disponibilidad de datos de 2014 y 2015).

Del análisis efectuado surgen los siguientes datos:

CAMPAÑAS PROVINCIALES

Campaña provincial de Unión por Córdoba

Aportes totales recibidos | $32.467.072

Aportantes públicos: $5.578.886  | Aportes privados: $26.888.186


Aportantes privados

De personas físicas | $18.627.012
De personas jurídicas / empresas | $8.261.174

La cantidad total de empresas que aportaron a la campaña de Unión por Córdoba fueron 158. De esas, 55 eran proveedoras del Estado en 2015, es decir un 35% o dicho de otra forma 1 de cada 3 empresas que aportaron a la campaña de UPC eran previamente o comenzaron en 2015 a ser a su vez proveedoras del Estado.

En pesos ¿Cuánto significaron estos aportes? $2.084.900

Campaña provincial de Juntos por Córdoba

Aportes totales recibidos | $9.459.110

Aportantes públicos: $0 | Aportes privados: $4.209.110 | De otros órganos y distrito: $5.250.000


Aportantes privados

De personas físicas | $3.890.900
De personas jurídicas / empresas | $318.210

Aquí el total de empresas aportantes fueron 19, y de éstas sólo una era proveedora del Estado provincial, y aportó $15.000.

 

CAMPAÑAS MUNICIPALES

Campaña municipal de Unión por Córdoba

Aportes totales recibidos | $15.726.368

De otros órganos y distritos | $9.411.368
De personas físicas | $6.315.000
De personas jurídicas / empresas

Campaña municipal de Juntos por Córdoba

Aportes totales recibidos | $8.508.874,49

De personas físicas | $7.508.670
De personas jurídicas / empresas | $1.000.000


A nivel municipal no es posible efectuar un análisis análogo al provincial porque no contamos con los mismos datos para realizarlo.

En este sentido UPC declaró en su informe de campaña electoral municipal 2015 que ninguna empresa le aportó, y más allá de que no sea algo estemos analizando ahora, no detalló el listado de personas físicas aportantes, tal como exige la ley.

En paralelo, en el portal de datos de la municipalidad no existe la información relativa a proveedores del Estado municipal 2015, aunque la prohibición que existe en cuanto a empresas proveedoras del Estado, tal como veremos más adelante, aplica a que éstas lo sean a nivel nacional, provincial o municipal.

Por esto, sólo es posible dar a conocer que en 2015 a Juntos por Córdoba aportaron 19 empresas de las cuales 4 eran contratistas del Estado provincial, y sus aportes en conjunto fueron de $60.000.

Algunas consideraciones

La información relativa al financiamiento de las campañas electorales es pública.

Desde Fundeps intentamos en 2019 acceder a esta información desde el momento en que se estaba en período electoral. A los fines de poder realizar algún tipo de análisis es fundamental que primero todos estos datos estén disponibles. A nivel municipal cabe aclarar que ya están disponibles los informes de campaña 2019. A nivel provincial, todavía no están colgados los informes de campaña 2019 y tampoco hemos podido acceder a ellos a través de pedidos de información pública.

En julio de 2019 y en ejercicio de nuestro derecho ciudadano de controlar la gestión pública, solicitamos esta información tanto a los partidos como a la Justicia Electoral con solicitudes de acceso a la información. En primer lugar nos dirigimos a las 5 alianzas o partidos políticos que obtuvieron la mayor cantidad de votos en las pasadas elecciones de mayo 2019. ¿Adivinen cuántas respuestas obtuvimos? Ninguna. Lo propio hicimos en la Justicia Electoral Provincial, y la “suerte” no fue muy distinta. La última respuesta judicial fue “esperen a que se publiquen los informes finales de campaña en la web”, ¿Y eso cuándo va a suceder? No sabemos.

El principio de publicidad de los actos de gobierno, y que rige especialmente en materia de financiamiento político, sirve en tanto se pueda someter a los mismos a un control efectivo, pues de lo contrario tal exigencia está vacía de contenido.

Y no se trata sólo de una cuestión de principios, veamos cómo está prevista en la ley esta cuestión.

Sumado a toda la normativa vinculada a la información pública y al derecho de acceder a ésta que tiene la ciudadanía, el propio Código Electoral establece en su artículo 234 que se denomina “Publicidad de los informes previo y final” que “el Juzgado Electoral ordena la inmediata publicación de los informes (…) en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en su sitio web”.

¿A qué informes se refiere?

Los partidos políticos deben presentar dos informes en el desarrollo de la campaña electoral. Uno previo, 15 días antes de que se lleven a cabo las elecciones con el detalle de los aportes privados recibidos, con indicación del origen, monto y destino de los mismos. Y otro final, dentro de los sesenta 60 días siguientes a las elecciones, con todos los ingresos y gastos efectuados por la campaña electoral, de forma documentada.

Acto seguido el Código Electoral vuelve a insistir en el artículo 236 con el acceso que cualquier ciudadana/o puede tener a éstos informes al decir que “cualquier ciudadano sin limitación alguna y sin necesidad de acreditar interés legítimo puede tener acceso a los informes obrantes en el Juzgado Electoral referidos a gastos de campañas electorales”.

Es decir, que el desde el informe previo debe estar publicado, más allá del acceso que, en teoría, cualquier ciudadana/o puede tener a ambos informes mientras estén en el Juzgado Electoral. De más está aclarar que por la campaña de 2019, nada de eso sucedió, ni los informes están publicado ni ha sido posible acceder a ellos en la propia Justicia Electoral.

Del aporte de empresas proveedoras del Estado

La cooptación del poder político y por tanto de las decisiones públicas a través del dinero de personas y empresas privadas es algo que se quiere evitar en todas las democracias. Y por eso está especialmente regulado el aporte privado en todas las legislación vinculadas al financiamiento político. No es que el mismo esté prohibido, está permitido, tanto el de personas como empresas, sólo que se establecen algunas limitaciones para evitar, entre otras cosas, una eventual “devolución de favores” con quienes ganen las elecciones y pasen a formar parte del gobierno.

En este sentido el Código Electoral Provincial establece una serie de prohibiciones en el financiamiento privado, que alcanzan por ejemplo a personas anónimas y a empresas contratistas de servicios u obras públicas nacionales, provinciales o municipales.

Si en general es discutible el aporte de empresas, mucho más lo es de empresas que ya tienen una vinculación económica con el Estado, como es el caso de las empresas contratistas o proveedoras de Estado.

Como se indicó más arriba, en la campaña provincial de 2015 UPC recibió $2.084.900 de aportes de empresas proveedoras del Estado y JPC $15.000.

¿Quién debe controlar? ¿A quiénes y qué sanciones se prevén?

Esta situación debe ser controlada por la Justicia Electoral de la provincia de Córdoba. Las sanciones que prevé el Código Electoral son bien abarcativas y alcanzan a los siguientes actores:

  • El Responsable de Campaña Electoral puede ser sancionado con inhabilitación de seis meses a diez años para el ejercicio del derecho a elegir y ser elegido en cargos públicos provinciales, municipales o comunales.
  • El partido político, que recibe financiamiento indebido, puede recibir sanciones que van desde multas, suspensión de la financiación estatal por un plazo de uno (1) a cuatro (4) años de los fondos para financiamiento público de los partidos políticos previstos, a la suspensión de su personería jurídico-política hasta por cuatro (4) años, cuando se trate de la reiteración de las conductas previstas en el artículo 239 de este Código, o cancelación de su personería jurídico-política cuando se reiteren las conductas previstas en el artículo 239 de esta Ley y se haya aplicado previamente la sanción de suspensión de la personería jurídica prevista en el inciso precedente.
  • La empresa aportante (o terceros que efectúen contribuciones o donaciones bajo modalidades prohibidas, como dice la ley) puede recibir una multa equivalente desde el doble hasta el décuplo de la contribución o donación efectuada o la contratación realizada.

En 2015 no se estableció ninguna sanción ¿Dejaremos que por las elecciones de 2019 suceda lo mismo?

 

Más información

  • Listas de empresas aportantes en 2015
  • Informe de campaña provincial UPC 2015
  • Informe de campaña provincial JPC 2015
16 de febrero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-02-16 07:30:282020-02-16 07:30:28Desmitificando el financiamiento político en Córdoba
En los medios

El fuero electoral, fuera de plazo

  • Ya aprobó los informes y publicó esas resoluciones.
  • Pero no divulga los listados de aportantes y gastos de los partidos.
  • Desde julio de 2019, Fundeps intenta que se hagan públicos.

A principios de julio de 2019, Fundeps presentó un pedido de información dirigido a las cinco primeras fuerzas electorales que participaron de las elecciones provinciales del 12 de mayo de 2019. También lo hicieron ante el Juzgado Electoral de la Provincia de Córdoba, a cargo de Marta Elena Vidal.

Ninguno de esos pedidos fue respondido.

Vale aclarar que desde el momento mismo que los partidos presentan sus informes, tanto el previo (15 días antes de las elecciones) como el final (dentro de los 60 días siguientes a los comicios) estos deben estar a disposición de la ciudadanía en el Juzgado Electoral. Así está previsto en los artículos 234 y 236 del Código Electoral (ley 9.571).

Ante la consulta de la fundación el 27 de agosto, en el juzgado informaron que habían extraviado la presentación. Hubo que hacerla de nuevo. El 1 de octubre, ante la falta de respuesta, Fundeps presentó otro pedido. No hubo respuesta.

Marta Vidal, la titular del Juzgado Electoral de Córdoba. (La Voz / Archivo)

El 20 de diciembre de 2019, el fuero electoral publicó las resoluciones en las que aprueba las rendiciones de los partidos, pero sin los informes finales de ingresos y gastos.

El 6 de febrero se presentó un nuevo pedido y la respuesta fue entonces verbal: la fecha de publicación es incierta. La misma contestación que obtuvo La Voz ante la consulta en la barandilla del juzgado. Era, además, una de las preguntas de la consulta enviada por escrito por este medio, que tampoco fue respondida.

Según la ley 9.571 (Código Electoral de Córdoba), los partidos tienen 60 días para presentar a la Justicia electoral la rendición de los gastos de campaña: ingresos (aportes de personas físicas y jurídicas) y egresos (en qué gastaron ese dinero).

La Justicia tiene 120 días corridos desde entonces para realizar el informe final de campaña. Luego, los partidos tienen otros 10 días para hacer objeciones u observaciones, y después el tribunal dispone de 10 días más para resolver y publicar.

Pasaron mucho más que 10 días desde la aprobación de los informes, el 20 de diciembre pasado.

Claro que con la elección de 2015 pasaron más de tres años hasta que los ciudadanos pudieron acceder a ese listado (fue en julio de 2018).
Fuente: La Voz
16 de febrero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-02-16 00:14:322020-02-16 00:14:32El fuero electoral, fuera de plazo
Gobernabilidad Global, Noticias

Argentina, ¿seguirá apostando por la modalidad de contrato APP?

Con la ley 27.328 aprobada en el 2017 sobre la modalidad de contrato de Participación Público Privada, el anterior Gobierno argentino pretendía, entre otros objetivos, reducir el déficit en infraestructura del país, a la vez que apalancar la inversión privada. Tras haberse confirmado tan sólo un puñado de proyectos de los inicialmente planteados, y teniendo en cuenta las críticas existentes en otros países y regiones respecto a este tipo de contratación, la pregunta que surge es qué tan efectiva ha resultado hasta el momento esta modalidad de contratación, y qué decisión tomará el nuevo Gobierno respecto a la continuidad o no tanto de los proyectos confirmados y  pendientes; como de la propia decisión de impulsar las APPs para potenciar la infraestructura en el país. 

La modalidad de contrato de Asociaciones Público Privadas (APPs) o Participación Público Privada  (PPP) son acuerdos a mediano o largo plazo entre el Estado y una empresa del sector privado. Las APPs se aplican a proyectos relacionados con la infraestructura pública y la provisión de servicios sociales que tienen déficit en su financiamiento. Por lo que,  junto a agentes privados y gubernamentales participa en la provisión de servicios como agua, transporte, infraestructura vial, energía, entre otros. (Más información sobre APPs)

La necesidad de capital, tecnología y recursos ha sido y es necesario en nuestro país debido al déficit que existe en  infraestructura. Por ello, la modalidad de contrato APPs se ha presentado como una alternativa para terminar o disminuir este desbalance.  Desde el año 2000, Argentina cuenta con un marco legal que regula las APP, uno es el Decreto N°1299 del año 2000 y el otro es el Decreto N° 967 del año 2005. Sin embargo, debido a los cambios en la economía internacional, estos instrumentos quedaron obsoletos, por lo que en 2017 se aprobó una nueva ley que se encarga de regular la aplicación de la PPP, la Ley N° 27.328 y su Decreto 118/2017. La diferencia entre este instrumento y los anteriores, es que el actual excluye o limita las prerrogativas de derecho público de la Administración como la capacidad de modificar de manera unilateral el contrato, imposibilitando al contratista privado la posibilidad de invocar el incumplimiento del Estado para suspender sus prestaciones, entre otros.

La Subsecretaría de PPP es el órgano encargado de regular este tipo de modalidad de contrato. Esta dependencia, antes de la asunción del actual gobierno, tenía a su cargo 5 Direcciones Nacionales: la Coordinación Ejecutiva de Proyectos de PPP, de Proyectos de Energía y Minería, de Proyectos de Transporte, Comunicaciones y Tecnología, la de Proyectos de Agua, Saneamiento y Vivienda, y la de Salud, Justicia y Educación. Actualmente, con motivo del cambio de gobierno, se están llevando a cabo modificaciones en esta dependencia. Por lo que ahora, la Subsecretaría de PPP tiene a su cargo 3 direcciones nacionales: la dirección nacional de Información y seguimiento de proyectos de PPP, la dirección nacional de Evaluación Técnica de proyectos de PPP y la dirección nacional de Análisis Legal y regulatorio de proyectos de PPP.

Es importante mencionar, que también se implementó el Mecanismo de Reporte de Alto Nivel (MRAN) en la Licitaciones PPP que colabora con la Oficina Anticorrupción. Este mecanismo es una herramienta de prevención de la corrupción y/o de comisión de irregularidades éticas. Pretende proporcionar a las compañías del sector privado y otras partes que se encuentren participando del proceso licitatorio, un canal confiable, específico y conocido por todos para reportar situaciones de alerta como comportamientos anti-éticos y oferta de sobornos. 

En cuanto a los proyectos, una vez que la ley entró en vigencia, se presentó un Plan del gobierno argentino que contemplaba la realización de 60 proyectos de PPP entre 2018-2022 por un valor de USD 26 mil millones. En este marco, desde Fundeps se han realizado pedidos de información al Estado nacional para consultar por mayor información sobre esta modalidad de contrato como la estructura organizativa que lo avala,  los entes encargados de realizar el monitoreo, y cuáles son los proyectos que se encuentran en marcha y en qué sectores. 

Uno de los proyectos de mayor envergadura que se está desarrollando actualmente es la ‘Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP- Etapa 1’ que comenzó en junio de 2018, adjudicándose a Licitación Pública Nacional e Internacional para la contratación del diseño, construcción, ampliación, mejora, reparación, remodelación, operación, mantenimiento y explotación comercial de distintos Corredores Viales Nacionales. Solo por mencionar, en este proceso se contó con la participación de 10 consorcios compuestos por 19 empresas nacionales y 7 internacionales que presentaron 32 ofertas en total. 

Sin embargo, al consultar por la participación en este tipo de proyectos  de alguna de las instituciones financieras internacionales como el BID, BID Invest o Banco Mundial, desde Nación no pudieron brindarnos tal información, a pesar de que existen en las propias páginas web de dichas instituciones, información vinculada a la realización de obras con ese tipo de modalidad. 

Sin dudas, el poco tiempo de vigencia del nuevo régimen, así como su escasa implementación en tan solo un puñado de proyectos al día de la fecha, sumado al contexto de crisis económica que ha atravesado el país en los últimos años, hacen imposible poder hacer un balance certero acerca de qué tan efectiva o no ha resultado esta modalidad de contratación para alcanzar los objetivos planteados.  

Con el nuevo gobierno, habrá que hacer seguimiento a los proyectos que están en marcha y observar qué posición tomará de acuerdo a los proyectos que aún restan por comenzar, ya que el paquete de proyectos abarca desde el año 2018 a 2022. A su vez, cabe plantearse si el nuevo gobierno seguirá los pasos de su antecesor, buscando impulsar este tipo de modalidad de contratación para llevar adelante obras de infraestructura y atraer la inversión privada o si, por el contrario, recurrirá ya sea a opciones más tradicionales que se sustenten en una fuerte participación y financiamiento del sector público; o replanteando de alguna forma la modalidad APP.

Independientemente de ello, y contando ya con una legislación que permite este tipo de modalidad de contratación, desde Fundeps consideramos prioritario que, a la hora de pensar e impulsar este tipo de proyectos se tomen en consideración los problemas y déficits que han tenido en el pasado y tienen actualmente las APPs en otros países de la región y el mundo. Problemas que se encuentran ampliamente documentados y que pueden servir como lecciones aprendidas para evitar los perjuicios y potenciar los beneficios de esta modalidad de contratación para potenciar la infraestructura nacional.

*La información brindada ha sido modificada de acuerdo a la página web de Jefatura de Gabinete donde la nueva gestión de Gobierno ha modificado la cantidad de direcciones nacionales. Es importante aclarar que aún se encuentran actualizando los contenidos del sitio de acuerdo al Decreto 7/2019.

Más información

  • Principales competencias de las Subsecretaría de Participación Público Privada
  • La Participación Público Privada en Argentina – Fundeps
  • Riesgos y oportunidades de la nueva Ley de Asociaciones Público-Privadas en Argentina – Fundeps (2017)

Autores

Sofía Brocanelli

Gonzalo Roza

Contacto

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

29 de enero de 2020
0 0 Admi2024FunDEPS https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Admi2024FunDEPS2020-01-29 13:16:292020-01-29 13:16:29Argentina, ¿seguirá apostando por la modalidad de contrato APP?
Gobernabilidad Global, Noticias

Inician las consultas públicas sobre la nueva política ambiental y social del BID

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) dio inicio al proceso de consultas públicas sobre el nuevo Marco de la Política Ambiental y Social. El mismo contará con instancias tanto presenciales como virtuales y se extenderá a lo largo de todo el año 2020.  

Con un comunicado en su página web, el BID anunció el inicio de las consultas públicas virtuales y presenciales sobre el borrador del nuevo marco de la política ambiental y social. De acuerdo al banco, este nuevo marco tiene por propósito reforzar la sostenibilidad ambiental y social de las operaciones del banco y, a su vez, ser más eficaces en la respuesta a los desafíos que enfrentan los países de la región para lograr el tan ansiado crecimiento sostenible.

El Marco de la Política Ambiental y Social contempla políticas de salvaguardas, lecciones aprendidas y buenas prácticas acumuladas a través de los años. Además, en la política se menciona el compromiso del banco con la sostenibilidad ambiental y social, y las 10 normas de desempeño que los países miembros prestatarios han de cumplir.

También, el borrador de la política contempla los riesgos e impactos de carácter ambiental y social y remarca avances en cuanto a derechos humanos, igualdad de género, no discriminación y participación de partes interesadas.

Según el plan de consulta aprobado por el Directorio Ejecutivo del BID, el proceso de consulta pública será significativo, incluyente y transparente. Sin embargo, gran parte de la sociedad civil que ha venido trabajando en agendas vinculadas al BID en el transcurso de los últimos años dudan que sea realmente así, guiándose por las malas experiencias de las más recientes consultas públicas llevadas adelante por la institución, que se caracterizaron por sus falencias en términos de participación pública y transparencia.

Los procesos de consultas presenciales tendrán lugar en la Sede del Banco en Washington D.C. y en algunos países de América Latina y el Caribe, Europa y Asia. Los interesados en participar de las consultas presenciales podrán hacerlo registrándose aquí. 

Por otra parte, aquellos que quieran participar de las consultas virtuales, pueden enviar comentarios sobre el borrador de la nueva política a través de la página web www.iadb.org/es/mpas o enviando un correo electrónico a bid-mpas@iadb.org. La primera fase de comentarios podrá realizarse hasta el 17 de abril.

¿Por qué resulta importante participar?

Por varios motivos, se hace necesario que la sociedad civil, los/as ciudadanos/as y, sobre todo, las comunidades indígenas y comunidades afectadas o potencialmente afectadas por las operaciones del BID o del BID Invest participen activamente en este proceso, aportando su experiencia y sus recomendaciones y sugerencias en relación a las salvaguardias ambientales y sociales de las instituciones.

Primero, porque tanto el BID como el BID Invest resultan, en la actualidad y a pesar de la diversificación de actores financieros que operan en la región, actores clave en materia de financiamiento para el desarrollo en América Latina y el Caribe. De acuerdo al propio Banco: en 2018, con un monto histórico de US$17.000 millones de aprobaciones, el BID y el BID Invest se consolidaron como la principal fuente de financiamiento multilateral para América Latina y el Caribe. El BID aprobó un total de 96 proyectos de préstamos con garantía soberana por un financiamiento total de más de US$13.400 millones, y desembolsó más de US$9.900 millones. A su vez, el 2018 fue un año récord para BID Invest, con aprobaciones por US$4.000 millones, un 26% más en volumen y un 21% más en cantidad de transacciones que el año anterior. El BID Invest amplió su apoyo a los sectores como infraestructura y Fintech, sumándose a educación, turismo, agua y saneamiento, transporte y energía. En el caso de Argentina, El BID ha sido históricamente el principal socio multilateral para el desarrollo del país, con un promedio de aprobaciones anuales recientes de US$1.360 millones. La cartera activa actual con el sector público es de 54 operaciones por un monto aprobado de US$9.206,4 millones y un saldo por desembolsar de US$3.874,7 millones, de acuerdo a la información provista por el propio Banco.

Segundo, porque un sistema de salvaguardias ambientales y sociales robusto y efectivo resulta clave para evitar los impactos a nivel socio ambiental que, en muchos casos, traen aparejados los proyectos de infraestructura financiados por instituciones como el BID o el BID Invest. Cuando el diseño, la aplicación o la implementación de las salvaguardas ambientales y sociales falla en este tipo de proyectos, los impactos y consecuencias sobre todo en las comunidades involucradas suelen ser complejos, y desgraciadamente en muchos casos, irreversibles. Casos como el de Camisea en Perú o el de Hidroituango en Colombia reflejan las amargas consecuencias de la mala, o incluso la falta de aplicación de las salvaguardias socio ambientales en proyectos financiados por el Grupo BID

Tercero, porque una participación activa, informada, responsable y coordinada por parte de los actores clave de la sociedad civil y las comunidades indígenas y afectadas de la región contribuiría al objetivo de evitar una posible (y latente) dilución del sistema de salvaguardas ambientales y sociales tanto del BID como del BID Invest. Las experiencias recientes de dilución de los marcos normativos ambientales y sociales tras procesos de revisión y “modernización” no solo en instituciones afines como el Banco Mundial o  la Corporación Financiera Internacional (CFI), sino también en los propios sistemas normativos nacionales de los países de la región reflejan claramente una tendencia a la que el Grupo BID parece no querer escapar.

Más información

  • El BID  y BID Invest revisan sus políticas ambientales y sociales – Fundeps
  • Política de Medio Ambiente y cumplimiento de Salvaguardias
  • Perfil de la Política 
  • Marco de la Política Ambiental y Social (borrador) 

Autores

Sofía Brocanelli

Gonzalo Roza

Contacto

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org 

28 de enero de 2020
0 0 Admi2024FunDEPS https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Admi2024FunDEPS2020-01-28 15:00:512024-08-08 02:51:19Inician las consultas públicas sobre la nueva política ambiental y social del BID
En los medios

Fundeps envió a la Municipalidad 10 recomendaciones para su gestión

La organización detalló una serie de puntos relevantes a la hora de diseñar políticas desde la Municipalidad de Córdoba para los próximos años.

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) emitió una carta abierta a la nueva gestión municipal de Córdoba. Según se lee en el escrito, el objetivo es “acercar nuestras consideraciones en materia de políticas públicas desde una perspectiva de derechos humanos“.

En este marco, la fundación enumeró 10 puntos, que no son exhaustivos ni excluyentes de otras problemáticas, pero que consideran “relevantes a la hora de diseñar las políticas para los próximos años”.

Los 10 ejes son:

  1. Emergencia ambiental y sanitaria en el Barrio Chacras de la Merced. En dicho barrio, ubicado al este de la ciudad de Córdoba, se localiza la planta depuradora de aguas residuales (EDAR) Bajo Grande. Desde su instalación, la planta ha funcionado de manera deficiente: las aguas cloacales que ingresan a la planta salen prácticamente en las mismas condiciones, contaminando el río Suquía y todo su entorno.
  2. Residuos Sólidos Urbanos. En este punto, Fundeps resalta la importancia que se promueva la educación ambiental de la ciudadanía mediante campañas de concientización y sensibilización, para reducir la generación de residuos y mejorar su gestión domiciliaria. Además, diseñar nuevos métodos para la disposición final de los residuos sólidos.
  3. Planeamiento y desarrollo urbano. En este punto, la organización propone revisar las zonas designadas para los diferentes usos de suelo, de modo tal que el crecimiento y desarrollo económico industrial no impliquen la afectación de los derechos de aquellas comunidades que, por habitar próximas a dichas zonas, ven disminuida su calidad de vida, en tanto no deban abandonar forzosamente sus viviendas.
  4. Paridad de géneros en el gabinete. “Es necesario que la gestión entrante cuente con la voluntad política necesaria para lograr un gabinete con paridad y generar mecanismos para brindar información pública acerca del cumplimiento de las medidas de equidad y paridad política mediante informes, estadísticas y datos de fácil acceso”, explicaron desde Fundeps.
  5. Inclusión laboral trans y ley de cupo. Frente a la desigualdad y a la falta de oportunidades resulta necesario generar políticas de discriminación positiva e integrales para lograr un real acceso y goce del derecho al trabajo para todas las personas.
  6. Acceso a la Interrupción Legal del Embarazo en los Centros de Atención Primaria. En los Centros de Atención Primaria de Salud de la ciudad de Córdoba se garantizan consejerías, se entregan métodos anticonceptivos y se consiguen las dosis necesarias de misoprostol, medicamento que se usa para concretar la interrupción del embarazo de manera ambulatoria. En tanto, aseguran que esta práctica “debe sostenerse y fortalecerse”.
  7. Aplicación de la ley Micaela. Si bien la Municipalidad de Córdoba aprobó la adhesión a esta ley, aún no hubo información de que haya comenzado la capacitación. “Es necesario que esta nueva gestión tenga como prioridad la capacitación y sensibilización en cuestiones de género y violencia contra las mujeres de sus agentes”, indicaron.
  8. Acceso a la información pública. La Municipalidad de Córdoba sancionó la ordenanza N° 11877 que regula este derecho y ha creado varios portales de difusión activa de algunos datos en manos de la Municipalidad. A pesar de esto, Fundeps sostiene que “es casi imposible acceder a información solicitada”. La propuesta sobre este punto es poner en funcionamiento la Oficina de Acceso a la Información Pública a los fines de que cumpla con las funciones asignadas por la ordenanza mencionada.
  9. Entornos escolares saludables. Dado que la institución educativa es un escenario privilegiado para promover la salud y el desarrollo de una alimentación y estilo de vida saludables, a partir de estándares internacionales se considera fundamental propiciar los entornos escolares saludables a través de una política integral, que defienda los derechos de niños, niñas y adolescentes, y que les provea una protección sustancial.
  10. Ambientes libres de humo y protección de la persona no fumadora. La Municipalidad de Córdoba se encuentra facultada para monitorear y fiscalizar el cumplimiento de tales disposiciones. Es por ello que solicitan a las autoridades municipales que, a través de la debida fiscalización, “garanticen el derecho de la ciudadanía no fumadora a respirar aire libre de la contaminación ambienta”.

 

Fuente: El Resaltador

16 de enero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-01-16 19:24:182020-01-16 19:24:18Fundeps envió a la Municipalidad 10 recomendaciones para su gestión
Noticias, Salud

“Precios Cuidados” que descuidan

El 7 de enero del 2020 el gobierno nacional dio a conocer la lista actualizada de productos incluidos en el programa de “Precios Cuidados” que contempla 310 artículos de diversas categorías de consumo. Analizamos el programa considerando especialmente la falta de concordancia entre la elección de alimentos y bebidas y el grado de malnutrición actual de nuestro país, liderado por el sobrepeso y la obesidad. 

La nueva lista de precios cuidados incluye más galletitas dulces que cereales enteros. Contiene sólo una clase de legumbres, numerosas opciones de bebidas azucaradas y alcohólicas, azúcar de mesa. Únicamente cuatro vegetales y un tipo de fruta, cortes de carne con alto contenido graso y productos derivados de la misma altamente procesados como medallones de carnes industriales y salchichas. También ofrece yogures y postres lácteos con alto contenido de azúcar y caldos industriales altamente procesados, excedidos en sodio principalmente.

Dicho programa contempla diversos productos incluidos en la canasta básica de alimentos, cuya estructura data de información provista por la Encuesta Nacional de Gastos en los Hogares (ENGHo) 1996/97, re validada con el patrón de consumo arrojado por la misma encuesta 2004/05. Dicha canasta, si bien refleja patrones de alimentación de la población argentina, refuerza el consumo de alimentos menos saludables y fuertemente afianzados en las mesas familiares actualmente.

Este tipo de políticas públicas económicas, por la naturaleza de su impacto, también configuran parte de las políticas alimentarias. En este sentido, deberían planificarse y diseñarse sin dejar de integrar los estándares propuestos en materia de alimentación saludable por organismos de derechos humanos y reconocidas instituciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

En línea con estas recomendaciones, es necesario incentivar el consumo de cereales enteros y legumbres así como de frutas y verduras siendo que son los alimentos de menor consumo en nuestro país a pesar de su alta calidad nutricional. También contribuir a aumentar el consumo de pescados y carnes magras ante productos cárnicos altamente procesados y estimular asimismo el consumo de agua potable en lugar de gaseosas y jugos excesivamente azucarados.

El programa de “precios cuidados”, así como sus versiones anteriores, no respeta bajo ningún aspecto los lineamientos que desde organizaciones como la OPS, la OMS y la FAO se están recomendando en pos de mermar con la actual epidemia de sobrepeso y obesidad que a pasos agigantados va creciendo. Actualmente en nuestro país, de acuerdo a la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (2019) un 67,9% de la población adulta cursa con exceso de peso al igual que un 41,4% de la población infantil. 

Asimismo, estos acuerdos de precios otorgan un rol preponderante a la industria de productos ultraprocesados en la definición de las políticas alimentarias. El Estado, entendiendo el alarmante panorama de exceso de peso en nuestra población, debe regular basándose en evidencia científica e impulsar el consumo de alimentos de calidad, desalentando al mismo tiempo el consumo de productos no saludables.  

De esta manera, las políticas deben pensarse de manera integral, aún cuando el programa “Precios Cuidados” esté destinado a contener el proceso inflacionario y disminuir el impacto del mismo. Tal como sostiene el médico Luis María Delupi, se trata de:

“…Una medida meramente económica que surge del Ministerio de Economía, no del de salud y que busca ponerle un precio ancla a la mayoría de los “alimentos” que eligen la mayoría de los argentinos y que están reflejados en la canasta básica familiar, buscando resolver la emergencia desde lo económico. Pero está muy lejos de ser un estímulo al consumo de alimentos saludables y nutritivos”.

Concluyendo en base a todo lo expuesto, se afirma que esta política promueve el consumo de alimentos ricos en grasas, azúcares, sodio y harinas refinadas; pobres en vitaminas, minerales y fibra y de muy mala calidad nutricional. Se torna así menos conveniente y menos accesible consumir alimentos reales, de calidad, sin envoltorio, con pocos ingredientes y nutritivos. Entonces, ¿Qué podemos exigir de hábitos y costumbres saludables a una población cuyo consumo se ve fuertemente vulnerado por un entorno desfavorable a la hora de acceder y elegir opciones más sanas? 

Autora

Agustina Enei

Contacto

Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

16 de enero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-01-16 13:39:582020-01-16 13:39:58“Precios Cuidados” que descuidan
En los medios

La agenda ciudadana de las ONG para Llaryora

Organizaciones del tercer sector le enviaron una carta al intendente con sus principales inquietudes.

¿Cuál es la agenda en materia de políticas públicas que plantea el tercer sector para la nueva administración municipal?

Esta semana media docena de organizaciones sociales –Fundeps, Open Data Córdoba, Oajnu, Cuerpo de Abogadas Feministas, Desarrolla Digital y Terravida– le hicieron llegar al intendente Martín Llaryora una carta donde le sugieren 10 puntos para que tenga en cuenta en la gestión.

“La agenda que marcamos no es excluyente de todas las otras problemáticas que tiene la ciudad, sino que tiene que ver con las que trabajamos desde estas organizaciones. Nos pareció interesante participar de manera propositiva para un acercamiento amigable con la nueva gestión y esperamos poder sentarnos en una mesa de diálogo”, apuntó Carolina Tamagnini, presidenta Fundeps.

Algunos señalamientos apuntan a la necesidad de soluciones estructurales a problemas que el municipio evidencia desde hace tiempo, otros en cambio apuntan a reforzar las políticas que se implementaron en otros gobiernos.

“El cambio de gestión no tiene que implicar un retroceso en los derechos adquiridos. Por eso es que hacemos referencia las políticas que se habían llevado bien en los últimos años”, agregó Tamagnini.

Emergencia ambiental

El primer punto que señala la carta es la grave situación ambiental y sanitaria que vive el barrio Chacra de la Merced, que sufre las consecuencias de la contaminación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (Edar) de Bajo Grande.

“Las aguas cloacales que ingresan a la planta salen prácticamente en las mismas condiciones, contaminando el río Suquía y todo su entorno”, dice la carta. Y solicita que se tomen acciones “reales” que tiendan a sanear el problema y le piden al municipio el cumplimiento del fallo judicial que le exige minimizar el daño ambiental.

Uno de los primeros anuncios que realizó la nueva gestión fue que la Provincia fondeará las obras necesarias para la reparación de Bajo Grande y que además buscará implementar un mecanismo para unir esa estación con la nueva planta que se construye contiguamente.

A mediados de febrero vence la emergencia ambiental decretada por el exintendente Ramón Mestre.

Residuos Sólidos Urbanos

Las ONG le plantean al municipio la necesidad de trabajar sobre dos ejes. El primero, implementar prácticas e incentivos que tiendan al reciclado y, en segundo término, elaborar una solución para el enterramiento definitivo de residuos sólidos urbanos de la Capital.

A fines del año pasado la Justicia provincial falló en contra de la instalación del complejo ambiental propuesto por Cormecor en la localidad de Villa Parque Santa Ana.

La Cámara Contencioso Administrativa N° 1 objetó el enterramiento sanitario por no cumplir con la distancia recomendada de 4 kilómetros y no respetar el estudio socioambiental. La sentencia aún puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

Planeamiento y desarrollo urbano

“La planificación urbanística sustentable debe contemplar tanto aspectos ecológicos como factores de inclusión socioeconómica”, remarca el texto de las organizaciones.

Este pedido se refiere a una regulación sobre el uso del suelo en la ciudad –pone la lupa sobre los convenios urbanísticos–, para lograr un crecimiento organizado que permite la eficiencia del transporte público y el acceso a los servicios de saneamiento.

Paridad de género

La carta plantea que también haya paridad en los cargos políticos de la gestión. “Es necesario que la gestión entrante cuente con la voluntad política necesaria para lograr un gabinete con paridad y generar mecanismos para brindar información pública acerca del cumplimiento de las medidas de equidad y paridad política mediante informes, estadísticas y datos de fácil acceso”, comenta.

El gabinete municipal cuenta con dos mujeres entre los 16 cargos más importantes: la secretaria General, Verónica Bruera; y la secretaria de Modernización, Alejandra Torres.

Cupo de personas trans

Una de la últimas polémicas que se dio en el anterior Concejo Deliberante fue el cupo laboral para personas trans. Finalmente no se aprobó.

“En este sentido, y frente al último fracaso de aprobación de un proyecto de cupo laboral trans y su remisión a comisiones a los fines de intentar unificar propuestas, creemos necesario que esta nueva gestión habilite y garantice los escenarios políticos necesarios para la discusión”, explican las organizaciones.

Además demandan que en caso de aprobarse se arbitren los medios para su implementación.

Acceso a la ILE

En la anterior gestión los casos de Interrupción Legal del Embrazo (ILE) recibieron atención en los centros de salud municipal.

“A través del Programa de Salud Sexual y Reproductiva, se garantizan consejerías, se entregan métodos anticonceptivos y se consiguen las dosis necesarias de misoprostol, medicamento que se usa para concretar la interrupción del embarazo de manera ambulatoria”, destacan las organizaciones, que piden que se mantenga esta política como forma de garantizar el derecho a la salud sexual y reproductiva.

Adhesión a la Ley Micaela

“El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba aprobó por unanimidad en mayo del año pasado la adhesión a la Ley Nacional N° 27.499, Ley Micaela de Capacitación Obligatoria de Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Hasta ahora no contamos con información acerca de la implementación de la adhesión y del comienzo de las capacitaciones”, puntualizan las ONG.

Señalan que la capacitación en género debe ser además un elemento a la hora de tomar personal.

Acceso a la información pública

Las organizaciones le solicitan al municipio que facilite el acceso a la información pública a través de la creación de una oficina específica como establece la ordenanza.

A su vez le piden que conserve los canales que se desarrollaron durante la gestión anterior como el portal de Datos Abiertos.

“Garantizar este derecho humano fundamental, permite reforzar la legitimidad del sistema democrático incorporando a la ciudadanía en los procesos de deliberación, gestión y evaluación de las políticas públicas, sumando un componente de sustentabilidad a las mismas”, señalan.

Entornos escolares saludables

La Municipalidad cuenta con 37 escuelas y cinco parques educativos. En la anterior gestión, se sancionó la ordenanza 12.256 donde se implementó el Programa Cantinas Escolares Saludables que abarca a 28 establecimientos y consiste en brindar una oferta variada de alimentos con alta calidad nutricional en los quioscos.

“Dado que la institución educativa es un escenario privilegiado para promover la salud y el desarrollo de una alimentación y estilo de vida saludables, a partir de estándares internacionales se considera fundamental propiciar los entornos escolares saludables a través de una política integral, que defienda los derechos de niños, niñas y adolescentes, y que les provea una protección sustancial”, reza la carta.

Ambientes libre de humo

Córdoba fue una de las primeras ciudades en el país en prohibir fumar en lugares cerrados y semicerrados. Las organizaciones piden mayores controles para que se mejore el cumplimiento de la ordenanza.

Fuente: La Voz

16 de enero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-01-16 11:53:172020-01-16 11:53:17La agenda ciudadana de las ONG para Llaryora
En los medios

Derribando mitos: alimentación, pobreza y obesidad

La comida sana, rica y nutritiva no es una cuestión de clase ni una mercancía, es un derecho humano fundamental.

El contenido del derecho a la alimentación ha evolucionado a través del tiempo: hoy entendemos que es más amplio que el derecho a no pasar hambre, y comprende el acceso a una alimentación adecuada y de calidad. Decir entonces que la vulneración de este derecho ocurre sólo cuando no se tiene algo para comer, es invisibilizar parte del problema. Este derecho se vulnera, también, cuando la comida saludable no está al alcance del bolsillo de la población, cuando el producto final está contaminado o cuando no sabemos qué estamos consumiendo porque la información que acompaña es inentendible.
Los productos ultraprocesados, término técnico que describe a los alimentos comúnmente conocidos como “comida chatarra”, invaden nuestra dieta y es casi imposible librarse del consumo de azúcar y harinas. Papitas, galletas, gaseosas, chocolates y caramelos son una constante en nuestro día a día. Comer sano se vuelve una tarea titánica, cuando no imposible. La alimentación se torna, definitivamente, en una causa política.

Cifras en Argentina. La evidencia científica da sobradas cuentas acerca de la conexión entre el consumo de los productos ultraprocesados y el desarrollo de enfermedades como el sobrepeso y la obesidad. En nuestro país, de acuerdo a la Encuesta Nacional de Factores de Riesgo de 2019, dos de cada tres adultos/as presentan malnutrición por exceso. Los datos que arroja la Encuesta Nacional de Nutrición y Salud, también de 2019, no son menos preocupantes: el exceso de peso en niños y niñas de entre 5 y 17 años es del 41,1 por ciento, y en menores de 5 años es del 13,6 por ciento.

A su vez, la cantidad de frutas y verduras consumidas diariamente se encuentra por debajo de lo recomendado; la mitad de niños y niñas menores de 6 meses no sostiene la lactancia materna; y las escuelas, en lugar de promover hábitos alimenticios saludables, favorecen el consumo cotidiano de productos ultraprocesados.

Malnutrición por exceso y pobreza. En los países de medio y bajo ingreso, el crecimiento de la prevalencia de la obesidad y el sobrepeso se da aun cuando la desnutrición no ha sido erradicada. La malnutrición por exceso crece de manera sostenida, afectando mayormente a quienes viven en situaciones de vulnerabilidad social y económica. Las dietas saludables tienen un costo mayor que las dietas con alimentos ultraprocesados y menos nutritivos: frutas, verduras, lácteos, pescados y carnes son los que menos se compran cuando se tienen ingresos bajos.

Por el contrario, los de alto contenido de grasas, azúcares y harinas refinadas son los que más se consumen en esos contextos, por ser más baratos. Sin embargo, lo barato sale caro: la dieta basada en ultraprocesados aumenta las probabilidades de padecer problemas de salud a lo largo de la vida. Así, la desigualdad sólo aumenta. Por eso, hablar de obesidad y desnutrición como dos fenómenos separados –uno para ricos y otro para pobres– ya no es correcto. Constituyen dos caras de la misma problemática y un denominador común: los sistemas alimentarios disfuncionales.

Necesidad de políticas públicas. La malnutrición debe ser mirada desde un sentido amplio, pensando las políticas desde un nuevo enfoque. El Estado debería aprobar políticas públicas basadas en evidencia científica y en línea con las recomendaciones de los organismos internacionales de salud.

Las deudas pendientes en nuestro país incluyen un etiquetado de alimentos claro y simple para que saber qué se come. También se deberían establecer límites a la publicidad engañosa para niños y niñas. En esa línea, deberíamos pensar nuestras escuelas como una oportunidad para promover menús saludables, agua potable accesible y kioscos sin comida chatarra.

Actualmente, los patrones alimentarios en Argentina son muy precarios. Pero para que la respuesta a este contexto de emergencia alimentaria no sea sólo un parche social, es necesario que el debate acerca de cómo afrontarlo incluya un examen radical de las acciones en todas las etapas de los sistemas alimentarios. Y sobre todo, es necesario repensar el modelo sobre el cual, históricamente, el Estado argentino ha intentado dar solución a esta problemática: a través de la profundización del modelo agroexportador y de la delegación en la industria alimentaria de aquello que nos llevamos al plato.

El potencial de momentos de crisis y emergencia como el que atravesamos, radica en la posibilidad de revisión del modelo imperante y en la oportunidad para construir circuitos de producción, comercialización y consumo que desafíen a las lógicas actuales. Una alternativa que reivindique al alimento. Porque la comida sana, rica y nutritiva no es una cuestión de clase ni una mercancía; es un derecho humano fundamental.

Fuente: La Voz

16 de enero de 2020
0 0 Comunicaciones Fundeps https://fundeps.org/wp-content/uploads/2024/11/logo-fundeps-15-aniversario-gr-300x120.png Comunicaciones Fundeps2020-01-16 11:49:002020-01-16 11:49:00Derribando mitos: alimentación, pobreza y obesidad
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Trabajamos para que se garanticen los derechos humanos 🌱⚖️🗣️🌈💜🚭🍎
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El 8 de abril se vota la reforma a la Ley de Glaci El 8 de abril se vota la reforma a la Ley de Glaciares 💧

Acá te mostramos cómo se posicionan los diputados y diputadas de Córdoba 🏛️

Los glaciares son reservas estratégicas de agua para todo el país 🇦🇷
Debilitar esta ley es poner en riesgo nuestro futuro ⚠️

📣 Diputados y diputadas de Córdoba: ¿de qué lado están?

La sociedad está mirando.

#leydeglaciares #agua
Participamos en la audiencia pública por la Ley de Participamos en la audiencia pública por la Ley de Glaciares para expresar nuestra preocupación frente al proyecto de modificación impulsado.

Los glaciares son reservas estratégicas de agua dulce y su protección es una condición para garantizar derechos básicos.

Lo que está en discusión implica un retroceso: debilita estándares ambientales y pone en riesgo principios clave como el de progresividad y no regresión en derechos humanos.

Además, preocupa cómo se está dando este debate. La audiencia se desarrolló con una participación extremadamente limitada, sin cumplir con los estándares de participación efectiva establecidos por el Acuerdo de Escazú y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la Opinión Consultiva OC 32-25.

Defender la Ley de Glaciares es defender el derecho al agua, a un ambiente sano y a una vida digna de las presentes y futuras generaciones.
Se cumplen 50 años del golpe cívico militar que in Se cumplen 50 años del golpe cívico militar que instaló el terrorismo de Estado como práctica sistemática en nuestro país y llevó adelante un genocidio cuyas consecuencias sociales, políticas y culturales siguen presentes hasta el día de hoy.

Desde Fundeps, reafirmamos nuestro compromiso con la democracia y con el fortalecimiento de sus pilares fundamentales que nos permitan construir, todos los días, una sociedad más justa y equitativa. Un Estado que ponga en el centro la vida y garantice los derechos humanos de todas las personas.

Porque la memoria no es  pasado.
Las excavaciones en el ex centro clandestino La Perla recuerdan que todavía hay historias que buscan ser nombradas, identificadas y restituidas.

Sin memoria, verdad y justicia no hay democracia posible. 

Más que nunca, nunca más 🌹

24 de marzo |16 hs 
Colon y cañada. 

#24M #memoriaverdadyjusticia
La decisión de que Argentina deje de ser parte de La decisión de que Argentina deje de ser parte de la Organización Mundial de la Salud no es neutra: debilita herramientas clave para diseñar e implementar políticas públicas basadas en evidencia, limita la cooperación internacional y afecta la capacidad de prevenir enfermedades y reducir desigualdades.

Desde Fundeps sostenemos que el derecho a la salud requiere políticas públicas sólidas, articulación global y compromiso estatal.
Instamos a las autoridades a revertir esta decisión.

#DerechoALaSalud #SaludPública #OMS
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