Así surge de un estudio realizado por FIC Argentina. Según este trabajo, el 87% de los productos estudiados tiene exceso de al menos un componente crítico, como azúcar, grasas o sodio.
La obesidad avanza a gran velocidad y en Argentina el aumento se está dando en forma alarmante también entre los niños. Nuestro país tiene la segunda tasa más alta de sobrepeso en niños menores de 5 años de la región, con un 10% de niños con exceso de peso. Por eso hay cierta urgencia para adoptar medidas para intentar detener la epidemia de obesidad, que alcanza a gran parte del mundo.
Con estos datos presentes, la Federación Interamericana del Corazón Argentina (FIC) la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) y la Universidad Católica de Santa Fe, realizaron un estudio para analizar el rotulado y las estrategias de marketing de tres grupos de alimentos que son muy consumidos entre los chicos: galletitas dulces, cereales y postres. Entre mayo de 2016 y mayo de 2017 se analizaron 301 productos de esas tres categorías. El trabajo incluyó a todos los productos de estas categorías que se encontraron una sucursal de una cadena de supermercados.
Para evaluarlo, los investigadores tomaron como referencia del perfil de nutrientes propuesto por la Organización Panamericana de la Salud, que analiza la calidad nutricional de los alimentos tomando tres parámetros: niveles de sodio, azúcares libres y grasas –saturadas y trans-. Y concluyeron que el 87% de los cereales de desayuno, los postres y las galletitas dulces contienen una cantidad de excesiva de uno o más nutrientes críticos como sodio, azúcares libres o grasas.
También encontraron que muchos productos ofrecen mensajes confusos: 4 de cada 10 productos presentaban mensajes de nutrición, por ejemplo, “fuente de vitaminas y minerales”, “50% de calcio diario recomendado” o “reducido en calorías”. Estos mensajes son incorporados como un valor positivo del producto, y puede llevar a que los consumidores los identifiquen como saludables.
“Hoy la discusión para por promover un etiquetado frontal, que es el que creemos que se debería impulsar, y que esté formulado de forma tal que lo pueda entender un niño. Que sea información que pueda entender alguien que no sepa de nutrición, que la información no requiera interpretación. Todas las estrategias de prevención de enfermedades crónicas no transmisibles deben tener esta perspectiva”, explicó a Clarín Lorena Allemandi, directora del área de alimentación saludable de la FIC.
El trabajo también evaluó las técnicas de marketing utilizadas para atraer a los niños, más allá de los mensajes de nutrición que contenían. El 32% de los productos utilizaba personajes en sus envases. El 9% contenía regalos. El 6% traía envases coleccionables. Y un 5% contenían juegos.
“Argentina necesita un sistema de etiquetado frontal claro, que se regule este tipo de mensajes cuando el mensaje no cumple con estándares de salud pública y que se regule el publicidad”, añade Allemandi.
Hasta el momento, Argentina ha logrado avanzar con dos leyes, la de reducción de sodio y la eliminación de las grasas trans. “Tenemos una historia en haber logrado cambios con el sodio y las grasas trans a partir de acuerdos que primero hizo con la industria para reducirlos en los alimentos, y luego esos acuerdos avanzaron en sus respectivas leyes. Son pocos los países el mundo que han podido hacer ese recorrido”, explica el doctor Alberto Cormillot, especialista en nutrición. Para el médico, uno de los problemas es que para avanzar en una ley de etiquetado, primero es necesario establecer el corte para cada uno de los componentes críticos. “Debemos definir qué es alto, y eso es algo que también se debe consensuar, como hizo Chile. La política de alimentación de un país tiene que ser tan seria como la política monetaria”, agregó.
“La obesidad en Argentina está creciendo, tanto en adultos como en niños y adolescentes. En adultos, sobrepeso y obesidad, está casi en un 60%. Y en niños Argentina ocupa uno de los lugares más importantes de la región. Estamos hablando de un problema importante”, explica a Clarín el doctor Sebastián Laspiur, consultor en enfermedades no transmisibles de la OPS en Argentina. “Este no es un problema sólo de conciencia individual, la culpa no la tiene el obeso o la familia en forma completa, si no que hay un ambiente obesogénico, que tiende a aumentar la obesidad”, advierte el especialista.
Entre los factores que más inciden en ese ambiente obesogénico, identifica “la publicidad de alimentos ultraprocesados con altas cantidades de sodio, grasas y azúcares, que además tienen bajo poder de saciedad y que en muchos casos son casi adictivos. Estos alimentos están desplazando a los alimentos verdaderos, como carnes, legumbres, frutas y verduras. Todo esto hace que el patrón alimentario haya cambiado en los últimos 20 años, con una fuerte aceleración en estos últimos años”, dice Laspiur.
El consumo en el mercado argentino
Según datos de la consultora Kantar Worldpanel, en el segundo trimestre de este año 12 millones de hogares argentinos consumieron galletitas, con un promedio de 6,11 kilos por hogar en esos tres meses. Las más elegidas fueron las galletitas dulces secas y las crackers. En cuanto a la población que las consume, el 40% de los hogares que compraron galletitas tienen hijos de hasta 12 años.
En cuanto a los postres, en el segundo trimestre fueron comprados por 28% de los hogares, según la misma consultora, con un promedio de 1,22 kilos por hogar.
Fuente: Clarín
Alimentación: 9 de cada 10 galletitas, cereales y postres son de baja calidad nutricional
Así surge de un estudio realizado por FIC Argentina. Según este trabajo, el 87% de los productos estudiados tiene exceso de al menos un componente crítico, como azúcar, grasas o sodio.
La obesidad avanza a gran velocidad y en Argentina el aumento se está dando en forma alarmante también entre los niños. Nuestro país tiene la segunda tasa más alta de sobrepeso en niños menores de 5 años de la región, con un 10% de niños con exceso de peso. Por eso hay cierta urgencia para adoptar medidas para intentar detener la epidemia de obesidad, que alcanza a gran parte del mundo.
Con estos datos presentes, la Federación Interamericana del Corazón Argentina (FIC) la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (FUNDEPS) y la Universidad Católica de Santa Fe, realizaron un estudio para analizar el rotulado y las estrategias de marketing de tres grupos de alimentos que son muy consumidos entre los chicos: galletitas dulces, cereales y postres. Entre mayo de 2016 y mayo de 2017 se analizaron 301 productos de esas tres categorías. El trabajo incluyó a todos los productos de estas categorías que se encontraron una sucursal de una cadena de supermercados.
Para evaluarlo, los investigadores tomaron como referencia del perfil de nutrientes propuesto por la Organización Panamericana de la Salud, que analiza la calidad nutricional de los alimentos tomando tres parámetros: niveles de sodio, azúcares libres y grasas –saturadas y trans-. Y concluyeron que el 87% de los cereales de desayuno, los postres y las galletitas dulces contienen una cantidad de excesiva de uno o más nutrientes críticos como sodio, azúcares libres o grasas.
También encontraron que muchos productos ofrecen mensajes confusos: 4 de cada 10 productos presentaban mensajes de nutrición, por ejemplo, “fuente de vitaminas y minerales”, “50% de calcio diario recomendado” o “reducido en calorías”. Estos mensajes son incorporados como un valor positivo del producto, y puede llevar a que los consumidores los identifiquen como saludables.
“Hoy la discusión para por promover un etiquetado frontal, que es el que creemos que se debería impulsar, y que esté formulado de forma tal que lo pueda entender un niño. Que sea información que pueda entender alguien que no sepa de nutrición, que la información no requiera interpretación. Todas las estrategias de prevención de enfermedades crónicas no transmisibles deben tener esta perspectiva”, explicó a Clarín Lorena Allemandi, directora del área de alimentación saludable de la FIC.
El trabajo también evaluó las técnicas de marketing utilizadas para atraer a los niños, más allá de los mensajes de nutrición que contenían. El 32% de los productos utilizaba personajes en sus envases. El 9% contenía regalos. El 6% traía envases coleccionables. Y un 5% contenían juegos.
“Argentina necesita un sistema de etiquetado frontal claro, que se regule este tipo de mensajes cuando el mensaje no cumple con estándares de salud pública y que se regule el publicidad”, añade Allemandi.
Hasta el momento, Argentina ha logrado avanzar con dos leyes, la de reducción de sodio y la eliminación de las grasas trans. “Tenemos una historia en haber logrado cambios con el sodio y las grasas trans a partir de acuerdos que primero hizo con la industria para reducirlos en los alimentos, y luego esos acuerdos avanzaron en sus respectivas leyes. Son pocos los países el mundo que han podido hacer ese recorrido”, explica el doctor Alberto Cormillot, especialista en nutrición. Para el médico, uno de los problemas es que para avanzar en una ley de etiquetado, primero es necesario establecer el corte para cada uno de los componentes críticos. “Debemos definir qué es alto, y eso es algo que también se debe consensuar, como hizo Chile. La política de alimentación de un país tiene que ser tan seria como la política monetaria”, agregó.
“La obesidad en Argentina está creciendo, tanto en adultos como en niños y adolescentes. En adultos, sobrepeso y obesidad, está casi en un 60%. Y en niños Argentina ocupa uno de los lugares más importantes de la región. Estamos hablando de un problema importante”, explica a Clarín el doctor Sebastián Laspiur, consultor en enfermedades no transmisibles de la OPS en Argentina. “Este no es un problema sólo de conciencia individual, la culpa no la tiene el obeso o la familia en forma completa, si no que hay un ambiente obesogénico, que tiende a aumentar la obesidad”, advierte el especialista.
Entre los factores que más inciden en ese ambiente obesogénico, identifica “la publicidad de alimentos ultraprocesados con altas cantidades de sodio, grasas y azúcares, que además tienen bajo poder de saciedad y que en muchos casos son casi adictivos. Estos alimentos están desplazando a los alimentos verdaderos, como carnes, legumbres, frutas y verduras. Todo esto hace que el patrón alimentario haya cambiado en los últimos 20 años, con una fuerte aceleración en estos últimos años”, dice Laspiur.
El consumo en el mercado argentino
Según datos de la consultora Kantar Worldpanel, en el segundo trimestre de este año 12 millones de hogares argentinos consumieron galletitas, con un promedio de 6,11 kilos por hogar en esos tres meses. Las más elegidas fueron las galletitas dulces secas y las crackers. En cuanto a la población que las consume, el 40% de los hogares que compraron galletitas tienen hijos de hasta 12 años.
En cuanto a los postres, en el segundo trimestre fueron comprados por 28% de los hogares, según la misma consultora, con un promedio de 1,22 kilos por hogar.
Fuente: Clarín
Presentamos amicus curiae para defender el derecho a la información y a la salud
El 10 de agosto realizamos una presentación ante la Corte Constitucional de Colombia para aclarar el contenido y alcance del derecho fundamental a la salud. Un amicus curiae (amigo de la corte o amigo del tribunal) es una presentación que realiza un tercero ajeno a un litigio, donde se ofrece voluntariamente una opinión frente a algún aspecto de derecho, para colaborar con el tribunal en la resolución del litigio.
La Asociación Colombiana de Educación al Consumidor (Educar Consumidores) lanzó en agosto del 2016 una campaña denominada “Cuida tu vida – Tómala en Serio” que buscaba proveer información sobre las consecuencias dañinas para la salud del consumo regular de ciertas bebidas azucaradas. En el marco de esa campaña se difundió un video en televisión y en radio que mostraba el alto contenido de azúcar de estas bebidas, conectando esas conductas con complicaciones de salud como la diabetes o la obesidad, que se presentan tanto en Colombia como en toda la región de Latinoamérica. Postobon S.A., una empresa de bebidas azucaradas de Colombia, denunció ese video ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). A partir de ello, la SIC prohibió mediante la resolución 59176, la difusión de los comerciales alegando que se trataba de “publicidad engañosa” por no contar con soportes científicos ni médicos para sus aseveraciones.
La resolución 59176 emitida por la SIC ordenó a Educar Consumidores cesar la difusión del comercial. Asimismo, ordenó remitir al despacho de la Delegación de Investigación y Protección al Consumidor de la SIC, toda pieza publicitaria que a futuro desee transmitir sobre el consumo de bebidas azucaradas (BBAA) antes de su publicación. Esto restricción se aplicaría a cualquier medio de comunicación, incluyendo redes sociales; y la SIC la estableció con el objetivo de ejercer control previo sobre aquella y decida si autoriza su publicación y difusión o no, bajo pena de sanción de multa.
Ante esta situación, Educar Consumidores presentó una acción judicial reclamando por la violación a su libertad de expresarse en un asunto de interés público. Al mismo tiempo, Dejusticia presentó una acción judicial complementaria planteando que la resolución de la SIC violaba el derecho de consumidores y consumidoras a acceder a información relevante. Luego de diferentes instancias y de una muy buena decisión de la Corte Suprema de Colombia que ya fue comentada por FUNDEPS, ambos casos fueron acumuladas por la Corte Constitucional. Ante esta instancia, la Corte Constitucional tendrá oportunidad de aclarar los límites del discurso comercial y sus diferencias con las campañas de concientización. Al mismo tiempo, podrá plantear la relevancia del acceso a la información para asegurar el derecho a la salud y para tomar decisiones de consumo con información adecuada.
El amicus presentado junto a FiC Argentina brinda argumentos de derecho internacional de derechos humanos que consideramos pertinentes para la resolución del caso. Con esta intervención, se espera contribuir a la solución de un caso que consideramos de extrema importancia tanto para Colombia como para el resto de Latinoamérica. Procesos judiciales como éste poseen gran repercusión tanto a nivel global como a nivel regional, ya que generan valiosos antecedentes jurisdiccionales sobre la importante temática de alimentación saludable.
Los fundamentos del amicus curiae buscan acreditar que las medidas adoptadas por la resolución de la SIC significan una violación a obligaciones de derechos humanos en diferentes niveles, al mismo tiempo que debilitan las posibilidades de dar respuesta a una epidemia global de malnutrición y la obesidad. Por un lado, viola la libertad de expresión de una organización de la sociedad civil, se trata incluso una clara censura previa respecto de su actuación en la esfera pública. Además implica una violación a obligaciones de derechos humanos en tanto incumple las recomendaciones de órganos de monitoreo sobre cómo enfrentarse a la epidemia de obesidad. Diferentes órganos y oficinas especializadas como el CDESC, el CDN o los relatores para el derecho a la salud o el derecho a la alimentación han marcado que la epidemia de obesidad es definitivamente un problema de derechos humanos que afecta a una población vulnerable: niños, niñas y adolescentes.
Desde FUNDEPS y FIC Argentina creemos que eta decisión tendrá relevancia tanto dentro de Colombia como a nivel regional. El crecimiento de la obesidad -de impacto especialmente fuerte en niños, niñas y adolescentes- y la fuerte presencia de estrategias publicitarias de la industria alimentaria se repiten en toda la región. Las enfermedades crónicas no transmisibles son la principal causa de muerte en el mundo. Es deber del Estado respetar, garantizar y proteger los derechos de sus ciudadanos y ciudadanas, sobre todo cuando se tratan de temas fundamentales como la protección de la salud. Por ello, la decisión de la Corte en el presente caso será importante más allá de las fronteras de Colombia.
Más información
– Amicus Curiae presentado en la Corte Constitucional colombiana
– Video censurado de Educar Consumidores
Autora
María Victoria Gerbaldo
Contacto
Agustina Mozzoni – agustinamozzoni@fundeps.org
Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org
Informe presentado ante la Comisión Jurídica y Social de la Mujer – Agosto 2017
Informe realizado junto a Comunicar Igualdad, sobre la situación de las políticas públicas en género y comunicación para presentar ante la Comisión de la Comisión Jurídica y Social de la Mujer (CSW, por sus siglas en inglés).
El alto contenido de azúcar en alimentos exige una nueva regulación del etiquetado
El azúcar es el ingrediente de mayor proporción en cereales, galletitas dulces y postres, según indica un reciente análisis realizado en 300 productos. En el marco del Día de la Alimentación, FIC Argentina advierte sobre la necesidad de implementar un sistema de advertencias nutricionales en los envases de alimentos que promueva la adopción de hábitos alimenticios más saludables.
En el marco del Día de la Alimentación, que se celebra el próximo lunes 16 de octubre, FIC Argentina enfatiza sobre la necesidad de avanzar con una regulación del etiquetado de alimentos que garantice el acceso a información clara y precisa para todos los consumidores. La información nutricional en los envases permite conocer cuán saludables o no son los alimentos y así favorece la selección de aquellos con mejor calidad nutricional.
Sin embargo, la normativa vigente que regula esta información en nuestro país no es efectiva para promover la elección de alimentos saludables. Uno de los puntos más complejos es que no obliga a las empresas a declarar el contenido de azúcar de cada producto ni establece topes máximos en su contenido. El azúcar es un nutriente crítico que, consumido en exceso, promueve el desarrollo de la obesidad y otras enfermedades no transmisibles, como la diabetes y las enfermedades cardiovasculares.
FIC Argentina realizó un análisis sobre 301 envases de cereales, galletitas dulces y postres que reflejó que en el 70% (210) de estos productos el azúcar es el ingrediente de mayor proporción de la lista de ingredientes. Estos productos fueron analizados previamente en otra investigación, realizada por FIC Argentina, FUNDEPS y la Universidad Católica de Santa Fe, que buscó conocer las técnicas de marketing utilizadas en los envases. En este sentido, se conoció que los mensajes de nutrición (“Fuente de vitaminas y minerales” o “50% de calcio diario recomendado”) y los personajes animados o famosos, son los recursos más utilizados por las empresas alimenticias.
“Actualmente los consumidores no saben la cantidad de azúcar que contiene un alimento y, en paralelo, reciben información engañosa y confusa que las empresas incorporan para que sus productos sean identificados como saludables aunque no lo sean. Es decir, tanto el derecho a la información como a una alimentación adecuada se ven vulnerados”, señaló Lorena Allemandi, directora del área de políticas de alimentación saludable de FIC Argentina. Y agregó: “Es necesario promover un sistema de advertencias nutricionales, como el implementado en Chile, que alerta a los consumidores sobre el contenido excesivo de nutrientes críticos y, a su vez, les garantiza su derecho a obtener información clara y veraz sobre lo que están consumiendo”.
La evidencia indica que el sistema de advertencias nutricionales es el más efectivo para generar decisiones informadas en los consumidores ya que, a diferencia de otros sistemas, no requiere una interpretación compleja de la información y permite identificar rápidamente cuáles son los productos menos saludables. Este sistema incorpora un sello en el envase que muestra si hay exceso de contenido de azúcar, sodio y/o grasas saturadas y, de esta manera, contribuye a disminuir el consumo de los productos procesados con baja calidad nutricional. “De una forma muy sencilla, este sistema permite que los consumidores identifiquen a los productos que presentan exceso en algún nutriente critico y una de sus ventajas es que no requiere un conocimiento previo sobre información nutricional para su comprensión. Argentina debe avanzar con un sistema de advertencias nutricionales que esté focalizado especialmente en la población más vulnerable ya que son los más afectados por la obesidad y el sobrepeso”, destacó Lorena Allemandi.
La regulación del etiquetado es una de las líneas estratégicas de trabajo que establece el Plan de Acción para la Prevención de la Obesidad en la Niñez y la Adolescencia de la OPS, que busca detener el aumento acelerado de la epidemia de obesidad en América Latina. En este sentido, Argentina presenta cifras preocupantes: el sobrepeso y la obesidad en adolescentes de 13 a 15 años aumentó del 24,5% al 28,6% del 2007 al 2012 según la última Encuesta Mundial de Salud Escolar. A su vez, el sobrepeso es 31% más frecuente entre los chicos de nivel socioeconómico más bajo, según un estudio realizado por FIC Argentina y UNICEF.
Fuente: Cuyo Noticias
Presentación de informe sobre violencia mediática hacia las mujeres ante la CSW
La CSW es un órgano dependiente del Consejo Económico y Social de la Organización de Naciones Unidas (ONU), que comenzó sus funciones en el año 1946, como el “principal órgano internacional intergubernamental dedicado exclusivamente a la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer”.
Se reúne de modo anual, y en dicho evento se encuentran los Estados miembros de la ONU, las organizaciones de la sociedad civil y los órganos del Sistema de Derechos Humanos de la ONU. En este espacio se debate y visibiliza las acciones de los Estados para cumplir con los compromisos asumidos en la Conferencia Mundial de la Mujer de Beijing de 1995, su Declaración y Plataforma de Acción, y la 23ª Sesión Especial de la Asamblea General, celebrada en 2000 (Beijing +5). Asimismo, se tratan temas relevantes sobre la situación de las mujeres en todo el mundo
A partir de estas sesiones, los debates y acuerdos que surjan y los informes presentados, la CSW genera conclusiones y recomendaciones, que luego son enviadas al Consejo Económico y Social para su seguimiento.
El tema de revisión para la sesión 62° de la CSW, a realizarse en marzo de 2018 se centra en la “Participación y acceso de las mujeres a los medios de comunicación y las tecnologías de la información y las comunicaciones, así como su impacto y uso como instrumento para el adelanto y la potenciación de la mujer”.
Nuestro informe
Hace más de tres años, junto con Comunicar Igualdad, hemos monitoreado los órganos del Estado que deben aplicar las normas protectorias de las mujeres en los medios de comunicación.
Nuestra primera investigación se cristalizó en la publicación “Violencia de Género y Políticas Públicas de Comunicación”. Posterior a ello, las políticas relacionadas a género y comunicación sufrieron medidas regresivas, que lejos de mejorar lo ya logrado, han retrocedido en la función de garante de los derechos del Estado.
En el informe que presentamos ante la CSW, se presentaron tales medidas, como también se realizaron recomendaciones para lograr una mayor protección a las mujeres y a las audiencias de Argentina.
Entre las medidas regresivas que se mencionan en el informe, se puede mencionar:
– Defensoría del Público: No obstante la gestión eficiente y participativa del organismo, esto se ha visto interrumpido desde noviembre del año pasado, cuando la Comisión Bicameral que debería nombrar a la autoridad máxima de la Defensoría, decidió no designar a nadie al finalizar el mandato de la primera Defensora del Público, Lic. Cyntia Ottaviano. En la actualidad, la DPSCA se encuentra en situación de irregularidad y sin capacidad para realizar actividades que superen las meras comunicaciones formales y administrativas. Esto limita que se tomen medidas integrales en casos de violencia mediática por motivos de género o cualquier otro. Esta situación agrava aún más el incumplimiento de Argentina sobre las recomendaciones realizadas por el Comité de la CEDAW, en sus Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de la Argentina realizadas en 20167, especialmente en su apartado 19, punto “d”, en el que insta a que se “modifique la Ley 26.522, de 10 de octubre de 2009, sobre los Servicios de Comunicación Audiovisual, a fin de empoderar al Ombudsman para que castigue las violaciones de las disposiciones relativas a los estereotipos de género y el sexismo en los medios de comunicación”.
– ENACOM: A partir del dictado de los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 13/2015, 236/2015 y 267/2015, se creó un nuevo órgano, el ENACOM, que desplazó a la AFSCA, quedando la misma subsumida en aquel organismo, junto con sus facultades y funciones. En flagrante violación a los compromisos internacionales, y realizando acciones regresivas en cuanto a la tutela de los derechos de las audiencias, se pasó por alto a la ley, y se desguazó el andamiaje protectorio creado.
Estas acciones del nuevo gobierno, se superpusieron con la disminución del presupuesto del ENACOM, y una preocupante incertidumbre sobre cómo quedará dispuesta la nueva política pública regulatoria de los medios de comunicación. A partir de finales de 2015, no existieron sanciones con respecto a los contenidos violentos emitidos en los medios, como tampoco respuesta formal alguna a los pedidos de información realizados por las organizaciones de la sociedad civil al respecto.
– Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión: El Observatorio como organismo tripartito fue disuelto en el 2017, aunque aparentemente no realizaba sus funciones habituales desde enero del 2016, sumándose a la desestructuración generalizada sobre las políticas públicas protectorias en género y comunicación.
– Consejo Nacional de Mujeres: A partir del año 2016, el Consejo Nacional de las Mujeres asumió un rol más activo en relación a la atención de casos de violencia simbólica y mediática y a inicios del 2017 fue creado el Observatorio para la Violencia Simbólica y Mediática -organismo bipartito integrado por el Consejo Nacional de las Mujeres y el Ente Nacional para las Comunicaciones (ENACOM)-. En lo que va del 2017, el Observatorio intervino en 17 casos de violencia mediática de oficio o a pedido de denunciantes. La intervención en la mayoría de ellos fue realizando un informe de análisis de la situación discriminatoria y estigmatizante y enviando el mismo a los medios de comunicación.
– Oficina de Monitoreo de Publicación de Avisos de Oferta de Comercio Sexual: Desde su creación, en 2011, hasta diciembre del 2015, la OM logró que el 85% de los medios gráficos monitoreados (110 de todo el territorio nacional, con cobertura nacional, regional y local) cumpliera con la normativa vigente dejando de publicar avisos de oferta sexual con expresiones degradantes y discriminatorias hacia las mujeres por parte de la totalidad de medios relevados. También realizaba capacitaciones y conferencias en todo el país visibilizando la problemática de la violencia mediática a través del soporte específico de los medios de comunicación, y colaboraba con el Poder Judicial brindando datos sobre personas y redes que publican avisos para las causas sobre trata de personas para explotación sexual.
Desde diciembre del 2015 no ha vuelto a publicar informes sobre su accionar.
Contacto
Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org
Argentina sede de la 7ma Reunión de Negociación del Acuerdo Regional sobre Principio 10
El 31 de julio fue el primer día de encuentro en que las autoridades gubernamentales de 24 países de América Latina y el Caribe, expertos internacionales y representantes de la sociedad civil retomaron las negociaciones del acuerdo regional sobre Principio 10.
El acto fue inagurado por representantes del gobierno de Argentina, representantes del público, la Viceministra de Ambiente de Costa Rica – país que copreside el proceso junto con el gobierno de Chile – y el Director de la División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos de la CEPAL.
Destacamos que, desde el gobierno argentino, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Jorge Faurie sostuvo que “Argentina apoya esta iniciativa e invita a todos los países de América Latina y el Caribe a que se sumen a este proceso de negociación para que así, con la colaboración de cada uno -Estados parte y la sociedad civil-, se logre un acuerdo que irá en beneficio de la región y de todos sus habitantes”. Celebramos las palabras manifestadas por el representante de Argentina en tanto afirma la necesidad de trabajo en conjunto con representantes de la sociedad civil y de concreción de este acuerdo cuyo proceso se inició en el 2012.
Asimismo, los representantes del público – Andrés Napoli y Danielle- señalaron que “el acceso efectivo a la información, participación y justicia ambientales es esencial para la democracia y la gobernanza de los recursos naturales”, y caracterizaron como sólido al proceso y negociaciones alcanzadas hasta el momento.
Ésta séptima reunión de negociación tiene previsto discutir el fortalecimiento de las capacidades para la implementación del futuro acuerdo (Art. 10), las acciones nacionales realizadas por los países signatarios de la Declaración sobre la aplicación del principio 10 y actividades realizadas por la Secretaría Técnica; y la continuación de negociaciones pendientes entre ellas, las implicancias administrativas, financieras y presupuestarias (arts. 11 a 25).
Como representantes de la sociedad civil, consideramos que la adopción de un acuerdo regional, que consagre estándares esenciales en derechos de acceso permitirá fortalecer capacidades para lidiar con los desafíos ambientales en la región, y consagrará una mayor igualdad y sostenibilidad ambiental para América Latina y el Caribe.
Seguir la reunión en vivo
– Apoyamos la declaración del Principio 10 y los objetivos de desarrollo sostenible | FUNDEPS
– Séptima Reunión del Comité de Negociación | Principio 10
Contacto
Male Martínez <malemartinez@fundeps.org>
Amicus curiae ante la Corte de Colombia sobre derecho a la información y a la salud junto a FIC Argentina – Agosto 2017
Los fundamentos del amicus buscan acreditar que las medidas adoptadas por la resolución de la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia significan una violación a las obligaciones de derechos humanos en diferentes niveles, al mismo tiempo que debilitan las posibilidades de dar respuesta a una epidemia global de malnutrición y obesidad. Por un lado, se viola la libertad de expresión de una organización de la sociedad civil, se trata incluso una clara censura previa respecto de su actuación en la esfera pública. Y por el otro, se violan también las obligaciones de derechos humanos en tanto el estado colombiano incumple las recomendaciones de órganos de monitoreo sobre cómo enfrentarse a la epidemia de obesidad.
Boletín informativo – Agosto 2017
Consideraciones jurídicas para analizar el Caso Porta – Agosto 2017
En el presente documento se presentan consideraciones jurídicas que se consideran relevantes a la hora de analizar el conflicto socioambiental en el marco de las actuaciones del caso Porta (“CRUZ, SILVIA MARCELA Y OTROS C/ MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERÍA DE LA NACIÓN S/AMPARO AMBIENTAL” FCB 021076/2016)
A un mes de la suspensión de pensiones, muchas personas con discapacidad continúan sin respuesta
El 21 de junio del corriente año, se realizo un pedido con mas de 25 organizaciones de la sociedad civil, a la ministra de Desarrollo Social, Carolina Stanley, requiriendo el inmediato restablecimiento de todas las pensiones suspendidas o dadas de baja en violación al debido proceso, tanto durante el mes de junio, como en meses anteriores. Se exigió la implementación de un mecanismo de información y discusión que asegure de manera efectiva y real el derecho a ser oído, y a ejercer la defensa por parte de todas aquellas personas titulares de una pensión por discapacidad. Además, pedimos la generación de espacios de participación de la sociedad civil, en el proceso de adecuación del decreto 432/97 a los estándares internacionales.
En respuesta al reclamo realizado, el Ministerio de Desarrollo social evidenció que no implementa procedimientos administrativos apropiados en forma previa a la decisión de dar de baja pensiones no contributivas, y no dio ningún tipo de respuesta a la petición de que se revisen los criterios del decreto 432/97, implementando instancias de participación y consulta con organizaciones de y para personas con discapacidad.
El Ministerio explicitó que no implementa ningún mecanismo para garantizar el derecho a ser oído, y el debido proceso de las personas a quienes se suspende la prestación. Por otro lado, respondió que se han aprobado dos disposiciones que dejan sin efecto las suspensiones y que se encuentra en proceso de implementación un mecanismo para comunicar las suspensiones, pero no acreditó ni su cumplimiento ni dio acceso al contenido de las disposiciones mencionadas.
Tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación como la Cámara Federal de la Seguridad Social han señalado respectivamente que, el acto administrativo que dispone la baja de una pensión no contributiva es ilegítimo si se aprueba sin analizar todos los antecedentes de hecho del caso; y que, las facultades de la Comisión de Pensiones Asistenciales de verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa para el goce de pensiones no contributivas, no pueden ejercerse con prescindencia del debido proceso adjetivo que salvaguarda la ley de procedimiento administrativo; pudiendo suspenderse una pensión no contributiva únicamente luego de haber brindado a los afectados la posibilidad de defensa y alegato, y estando fehacientemente probados los hechos en que se funda.
El accionar estatal, además de vulnerar el derecho de defensa, representa un actuar regresivo, violatorio del principio de progresividad y no regresividad, el cual debe regir la implementación de políticas públicas en materia de derechos económicos sociales y culturales, como lo es el derecho a la seguridad social de las personas con discapacidad. Es por ello se exige una respuesta urgente a la problemática que enfrentan las personas con discapacidad.
Por último, nuevamente se resalta la importancia y se insta a que se generen espacios de participación de la sociedad civil en el proceso de modificación del decreto 432/97 y su remplazo por una nueva norma que respete lo establecido por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y a los tratados internacionales de Derechos Humanos y se asegure que hasta tanto ello suceda, su interpretación se haga de acuerdo dichos instrumentos.
Autora
Luciana Severini
Contacto
Agustina Mozzoni <agustinamozzoni@fundeps.org>
Jóvenes comprometidos con el medio ambiente
En el marco del programa Lideres Ambientales, el objetivo es generar un ámbito de discusión con el fin de impulsar espacios representativos de la juventud cordobesa comprometida contra el cambio climático y temáticas ambientales.
Esta mesa de diálogo cada uno de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil compartimos opiniones, ideas y propuestas para la ciudad y provincia de Córdoba que conforman las preocupaciones y temáticas actuales de la agenda ambiental; y se trazaron actividades en común para trabajar en conjunto.
Destacamos que los objetivos de esta iniciativa son: promover un espacio de posicionamiento respecto a temáticas coyunturales con una mirada de participación y particularmente joven; y generar la construcción de capacidades entre la juventud, la Agencia Córdoba Joven y la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Córdoba.
Celebramos y apoyamos la concreción de este tipo de iniciativas. Son una oportunidad de articulación de diferentes propuestas, actividades y acciones de las organizaciones de la sociedad civil junto con esferas del gobierno, en pos de la construcción de lineamientos para políticas públicas más sustentables en materia ambiental. Además implican el fortalecimiento de una democracia participativa abierta al diálogo, a la escucha y al trabajo conjunto.
Autores/as
María Elena Martínez Espeche
Juan Bautista López
Contacto
María Elena Martínez Espeche – malemartinez@fundeps.org
Primera reunión de la Comisión Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad
El objetivo central de la reunión es informar acerca de las líneas de acción que el Programa desarrolla y proponer estrategias para el trabajo conjunto. Esta Comisión fue establecida a partir de la Resolución 732/2016 que determinó la creación del Programa Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad en el ámbito de la Dirección de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No Transmisibles.
Al comienzo del evento, hablan el Dr. Adolfo Rubinstein (Secretario de Promoción de la Salud, Prevención y Control de Riesgos) y la Dra. Verónica Schoj (Directora de Promoción de la Salud y Enfermedades Crónicas no Trasmisibles). Seguidamente, la Lic. Veronica Risso Patrón (Coordinadora del Programa Nacional de Alimentación Saludable y Prevención de la Obesidad) explica la propuesta de funcionamiento de la Comisión: temáticas y modalidad de trabajo, cronograma, productos esperados. Finalmente en la reunión tiene lugar la firma de declaraciones de conflictos de intereses.
Se prevé que el funcionamiento de la Comisión sea a través de subcomisiones asesoras voluntarias en diferentes temáticas: reformulación de alimentos, perfiles nutricionales y etiquetado frontal, marketing y publicidad de alimentos, promoción y entornos escolares saludables.
La obesidad infantil es una problemática con graves consecuencias sanitarias y económicas que perjudica cada vez más a los países de bajos y medianos ingresos y a los sectores más vulnerables de la población. En la actualidad, existen alrededor de 41 millones de niños y niñas menores de 5 años con sobrepeso u obesidad, de los cuales más del 80% vive en países en desarrollo. Celebramos este tipo de iniciativas que significan una oportunidad para el debate y la coordinación de esfuerzos de múltiples actores de la sociedad. Destacamos también la relevancia de que sean incluidas y se asegure la efectiva participación de organizaciones de distintas provincias que den cuenta de la realidad particular y específica de cada una, y permita avanzar hacia la construcción de una política federal en materia de alimentación saludable.
Contacto
Agustina Mozzoni, <agustinamozzoni@fundeps.org>