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El consumo de tabaco sigue siendo uno de los principales factores de riesgo de enfermedad, discapacidad y muerte evitable en Argentina. Mientras tanto, la industria tabacalera orienta su estrategia hacia nuevos productos, como los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado, buscando mantener su mercado y esquivar las regulaciones existentes.

Frente a este escenario, la Fundación InterAmericana del Corazón (FIC Argentina), junto a Fundeps, AsAT, ETESA IECS, GRANTAHI del Hospital Italiano, UATA, FEIM, Fundación Sales, Fundación Pacientes Cáncer de Pulmón y CEDES, elaboró el documento “Productos emergentes y daño a la salud: Situación en Argentina y recomendaciones”, con el objetivo de sistematizar la evidencia científica disponible y proponer medidas concretas para proteger la salud pública.

La evidencia científica actual muestra que los productos emergentes no son inocuos. Un metaanálisis reciente encontró que el riesgo de enfermedades cardiovasculares, accidentes cerebrovasculares y disfunción metabólica es similar entre quienes usan cigarrillos electrónicos y quienes fuman cigarrillos convencionales. Además, otras revisiones reportaron asociaciones con neumonía, bronquitis, disminución del recuento de espermatozoides, mareos, cefaleas, migrañas y daño a la cavidad oral. El documento también destaca que el uso dual (cigarrillo electrónico y convencional) aumenta el riesgo de enfermedad, y que las investigaciones que sostienen lo contrario suelen provenir de autores con conflictos de interés.

Una puerta de entrada al consumo: Los datos disponibles en Argentina son claros: 

  • Según la Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes (2018), el 7,1% de los adolescentes de 13 a 15 años usaba cigarrillos electrónicos.
  • Una encuesta más reciente, que realizamos en 2023 desde FIC Argentina, identificó que el 8,9% de los adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires es consumidor actual de estos productos.
  • Estos resultados confirman que los productos emergentes pueden funcionar como puerta de entrada al consumo de tabaco, incluso entre adolescentes que nunca habían fumado antes.

Ni más ni menos, otro daño: El concepto más adecuado para abordar el impacto del vapeador es el de un riesgo distinto, no necesariamente menor.

Una verdadera estrategia de reducción de daños debe ser implementada por autoridades sanitarias, perseguir objetivos de salud pública y aplicarse sobre grupos específicos, no a través de la libre comercialización de productos dañinos.

Las organizaciones firmantes recomendamos:

  • Fortalecer el cumplimiento de las normativas vigentes.
  • Coordinar acciones entre organismos públicos para mejorar la fiscalización y sanción.
  • Promover la cooperación con organizaciones de la sociedad civil libres de conflicto de interés para reducir el consumo de tabaco y nicotina.

Los cigarrillos electrónicos no son una alternativa segura. Representan un riesgo diferente, con evidencia creciente sobre su impacto en la salud y su papel en la iniciación al consumo de tabaco. Proteger la salud de la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes, exige decisiones basadas en evidencia independiente, libres de la influencia de la industria.

Leé el documento completo acá

En el marco del Día de la Alimentación, organizaciones de la sociedad civil alertamos sobre otro posible retroceso en la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, a partir de las negociaciones en curso dentro del MERCOSUR. 

En abril de este año, el Grupo Mercado Común (GMC) instruyó al Subgrupo de Trabajo Nro.º 3 para que retome las negociaciones para un Reglamento Técnico sobre Rotulado Nutricional Frontal, con el objetivo de armonizar normativas entre los países del bloque. De aprobarse, este reglamento incluiría, entre otros puntos, la unificación de un sistema gráfico de advertencias y un sistema de perfil de nutrientes (SPN). 

Si se materializa dicho Reglamento, los países del MERCOSUR estarán obligados a adecuar sus normas locales de etiquetado frontal para que estas se ajusten a la decisión del bloque. Cabe destacar que Argentina hoy cuenta con el sistema de etiquetado frontal más robusto de la región. Si en el proceso de armonización, se adoptaran elementos del etiquetado vigentes en otros países, la normativa local se vería seriamente debilitada. Incorporar estándares más bajos implica un retroceso en la protección del derecho a la salud, la alimentación y la información en nuestro país

¿Por qué es una amenaza?

  • El sistema de etiquetado frontal de Argentina advierte sobre más nutrientes críticos en exceso, en relación con los que utilizan otros países.
  • Es el único que cuenta con leyendas precautorias para cafeína y edulcorantes, advirtiendo su consumo en niños/as y adolescentes.
  • El sistema argentino se basa en el SPN de la Organización Panamericana de la Salud, que alcanza a muchos más productos no saludables que el de los demás países.

Por ese motivo, solicitamos que, de avanzar el debate en Mercosur, la eventual armonización siga el sistema argentino en su integralidad, para evitar así el debilitamiento de la Ley de Etiquetado y el consecuente retroceso en la protección de la salud de la población. Y exigimos a las/los representantes argentinos que defiendan los derechos conquistados. En este marco, junto a otras organizaciones de la sociedad civil, relanzamos la campaña “Que no nos tapen los ojos”, desarrollada en 2021, en esta oportunidad con el objetivo de alertar sobre la necesidad de defender la ley frente a estas amenazas. 

A su vez, en el marco del trabajo colaborativo con diversas organizaciones académicas y de la sociedad civil de la región, instituciones de orden regional de Argentina, Brasil y Uruguay emitieron en los últimos días un posicionamiento, ponderando el sistema argentino como el ejemplo a seguir para un eventual reglamento técnico común sobre etiquetado frontal. Las organizaciones comprometidas con el derecho a la alimentación de distintos países del bloque estarán participando en calidad de observadoras en la próxima reunión del Subgrupo de Trabajo Nro.3, que se realizará en octubre, para seguir de cerca los avances de las decisiones.

Más información:

 

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

 

Desde Fundeps, Fundación Sanar y Anfibia Podcast lanzamos la segunda temporada de “Exceso de Todo”. El podcast, narrado por Soledad Barruti,  vuelve a poner el foco en el derecho a una alimentación saludable, en un contexto de retrocesos en la Ley de Etiquetado y emergencia alimentaria. Además, nos animamos a pensar en el futuro y hablamos de soberanía.  

Desde el 4 de septiembre está disponible la segunda temporada de Exceso de Todo. El pódcast que reveló que la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable es mucho más que los octógonos negros en los envases, regresa con nuevas preguntas: ¿Por qué una norma construida con evidencia científica, avalada por profesionales y aprobada con amplio consenso político, hoy enfrenta intentos de desregulación?

En la primera temporada, el podcast partió de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como Ley de Etiquetado Frontal, para mostrar que la alimentación va mucho más allá del etiquetado. A lo largo de cinco episodios, abordó cómo comemos en Argentina, qué necesitamos para alimentarnos mejor y por qué no se trata solo de elecciones individuales.

En esta segunda entrega,  a través de tres episodios, la periodista Soledad Barruti revela cómo la industria alimentaria interfiere en la aplicación de la ley, el rol que cumple el Estado en este proceso y cómo la sociedad civil se está organizando para defenderla.

Además, vamos más a fondo, para pensar y repensar bajo qué lógica se reguló y se sigue regulando el sistema alimentario en Argentina. Hablar de lo que comemos, cómo se produce y cómo lo comemos, es urgente.

El primer episodio analiza los intentos de desregulación de la Ley de Etiquetado Frontal y las estrategias de la industria para debilitar su cumplimiento.

El segundo se adentra en las consecuencias sociales de vivir y crecer en emergencia alimentaria, especialmente en niñas, niños y adolescentes.

El tercero propone mirar más allá de la urgencia y pensar en un nuevo paradigma: el de la soberanía alimentaria como horizonte para garantizar el acceso a alimentos frescos, saludables y sostenibles.

Escuchá el podcast acá 

 

Exceso De Todo es una producción original de Fundeps, Fundación Sanar y Anfibia Podcast.

 

Coordinación general: Natalia Arenas

Producción periodística y guión: Lucila Lopardo

Diseño de sonido: Mateo Corrá

Producción Ejecutiva: Tomás Pérez Vizzón

Comunicación: Vera Ferrari

Identidad visual e ilustraciones: Flora Buraschi

Administración: Ana Laura Fortuzzi

Dirección Revista Anfibia: Cristian Alarcón

Desde Fundeps seguimos trabajando para defender políticas públicas basadas en evidencia que protejan el derecho a la salud y garanticen una alimentación adecuada para todas las personas.

 

Contacto:

Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

 

Fundeps y el Colegio de Nutricionistas de Córdoba presentaron un proyecto de ley para ampliar y garantizar la plena implementación de la Ley de Etiquetado en Córdoba. Entre otras cosas, establece la prioridad de alimentos saludables en kioscos, comedores escolares y compras públicas para políticas alimentarias, como el PAICor. Con el impulso inicial de la legisladora Brenda Austin, la iniciativa cuenta con el apoyo de diferentes bloques legislativos. 

Este jueves 31 de julio, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y el Colegio de Nutricionistas de Córdoba presentaron un proyecto de ley provincial de Promoción de la Alimentación Saludable que amplía y complementa la Ley Nacional de Etiquetado Frontal para garantizar su plena implementación en el territorio cordobés. Con el impulso inicial de la legisladora radical Brenda Austin, el proyecto ya cuenta con 22 firmas de representantes de 7 bloques legislativos y se espera que en los próximos días se sigan sumando adhesiones y aportes. Además, la iniciativa fue acompañada por diferentes organizaciones académicas y de la sociedad civil a nivel provincial, nacional y regional, en particular la Comunidad Latinoamericana y Caribe de Nutrición y Salud (COLANSA) cuyo acompañamiento es fundamental para la construcción de entornos más saludables en Córdoba y en toda la región.

¿Por qué una ley de alimentación saludable provincial?

Desde octubre de 2021 está vigente en Argentina la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Ley de Etiquetado Frontal, que protege los derechos constitucionales a la salud, a la alimentación adecuada y a la información de las personas consumidoras. Fue aprobada por amplias mayorías parlamentarias y contó con el apoyo de más de 150 entidades científicas, académicas y de referentes de la salud de toda América Latina. Esta normativa de avanzada aborda la cuestión alimentaria desde una perspectiva integral y establece cuatro pilares fundamentales: el etiquetado de advertencia -los famosos sellos-; la regulación de la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos y bebidas; la promoción de entornos escolares saludables y las compras de alimentos por parte del Estado. La Ley 27.642 regula cuestiones de orden público y, por lo tanto, es de cumplimiento obligatorio para todo el país; sin embargo, las políticas de promoción de la alimentación saludable que define, requieren que las provincias también hagan su parte.

Diez provincias ya dieron pasos importantes en este sentido. Según el Mapa Normativo de Argentina, la mayoría lo hizo mediante adhesiones simples a la ley nacional; sin embargo, provincias como Catamarca, Tierra del Fuego y Neuquén avanzaron con leyes provinciales que complementan, adecuan y mejoran la implementación de la norma nacional en sus territorios. Córdoba, tiene la oportunidad de contar con una normativa ejemplar, y transformarse en una de las provincias líderes en la protección  del derecho a la salud y a la alimentación adecuada de su población y, particularmente, de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad, como  niños, niñas y adolescentes.

La necesidad es urgente. El Análisis nacional sobre la situación alimentaria en barrios populares publicado en mayo de 2024, señaló que el 89% de los 5.357 hogares encuestados en barrios populares de la Ciudad Autónoma de Buenos y 19 provincias, padeció inseguridad alimentaria. Así mismo, según el Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica Argentina, en 2024, el 35,5% de los niños, niñas y adolescentes se encontraban en situación de inseguridad alimentaria y casi la mitad de esta población padecía una situación de privación alimentaria grave. En este sentido, la Encuesta Rápida de Unicef 2024, determinó que más de la mitad de los hogares redujo el consumo de alimentos por falta de dinero, especialmente de frescos y saludables como frutas, verduras, carnes y lácteos. En Córdoba la situación no difiere. En febrero, un estudio interanual publicado por el Instituto de Estadísticas y Tendencias Sociales y Económicas del Centro de Almaceneros, evidenció un deterioro significativo en la calidad nutricional de los hogares cordobeses, con un incremento en el consumo de alimentos económicos pero menos nutritivos, y una caída significativa en el consumo de hortalizas, frutas y carnes  afectando entre un 30 y 62% de los hogares encuestados. 

Esto agrava una situación ya preocupante, donde conviven la falta de nutrientes esenciales con la malnutrición por exceso de nutrientes críticos, lo que repercute en un avance de las enfermedades crónicas no transmisibles (ECNT) en edades cada vez más tempranas y en sectores más vulnerables, representando la principal causa de muerte con un 73.4%.

¿Qué propone el proyecto presentado en Córdoba?

En ese escenario, el proyecto de Ley de Promoción de Alimentación Saludable, impulsado por Fundeps y el Colegio de Nutricionistas de Córdoba, busca que la provincia asuma un rol activo en el control y fiscalización del etiquetado frontal y de las restricciones a la publicidad, promoción y patrocinio de alimentos no saludables. A su vez, amplía estas regulaciones a espacios bajo jurisdicción provincial y local. Además, fortalece los componentes de entornos escolares saludables y compras públicas de alimentos.

Respecto a la publicidad, el proyecto restringe el marketing de productos no saludables en los puntos de venta, como kioscos o supermercados, y en vía pública. También define qué se entiende por publicidad dirigida a niños, niñas y adolescentes, subsanando una importante deficiencia de la normativa nacional. Así, el texto logra una mayor protección del derecho a la información y a la alimentación adecuada ante las estrategias de marketing que agresivamente incentivan la compra de productos que dañan la salud. 

En cuanto a los entornos escolares, el proyecto establece contenidos obligatorios de educación alimentaria en las escuelas y prevé capacitaciones para docentes, personal de cocina y toda la comunidad educativa. También dispone que los establecimientos educativos sean entornos libres de productos no saludables. Esto aplica tanto a los alimentos disponibles para la venta (kioscos y cantinas) como a la oferta del menú de los comedores escolares de gestión pública y privada. En este sentido, el proyecto formaliza un marco nutricional para las prestaciones alimentarias de PAICor, acorde a las recomendaciones nacionales, buscando garantizar una mayor oferta de alimentos saludables, como frutas, verduras y carnes, en todos sus sistemas de gestión. Además, se impulsa que parte de los alimentos frescos provengan de la agricultura familiar, campesina e indígena. 

Sobre compras públicas, el texto incorpora el criterio de la ley nacional y prioriza la compra de alimentos saludables en todo tipo de contrataciones y programas alimentarios, estableciendo un porcentaje mínimo de alimentos frescos. Prioridad que se torna absoluta si las personas destinatarias son niños, niñas y adolescentes. Esto cobra especial relevancia en la actualidad, en un contexto donde gran parte de los programas alimentarios, antes gestionados por el estado nacional, ahora se ven desplazados a las gestiones provinciales e incluso municipales. 

Otro punto fuerte de la normativa propuesta es la creación de un Observatorio de Alimentación Saludable con participación de la sociedad civil, para garantizar el monitoreo, transparencia y acceso a información pública sobre el cumplimiento de la ley y el estado de salud nutricional de la población.

Finalmente, es destacable que el proyecto reconoce el rol de las comunas y municipios en su implementación, de modo que las alienta a dictar las medidas necesarias que permitan garantizar los estándares propuestos.

Una oportunidad para toda la sociedad cordobesa

Esta propuesta de ley representa una oportunidad concreta para que Córdoba lidere a nivel nacional la protección integral del derecho a la salud, a la alimentación adecuada y a la información de las personas consumidoras, en especial para niños, niñas y adolescentes de toda la provincia. Frente a una crisis alimentaria que se agrava, es urgente actuar con decisión para garantizar políticas públicas que prioricen la salud y el derecho a la información por sobre los intereses comerciales.

Desde Fundeps y el Colegio de Nutricionistas de Córdoba invitamos a legisladores y legisladoras, autoridades ejecutivas provinciales y municipales, organizaciones sociales, comunidades educativas y ciudadanía en general a acompañar este proyecto para que la alimentación saludable no sea un privilegio, sino una realidad en todas las mesas y escuelas cordobesas. Hoy, más que nunca, avanzar en una ley provincial de alimentación saludable es una necesidad impostergable.

 

Autora:

Nayla Palacios

Contacto: 

Maga Ailén Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

El presente informe tiene como objetivo reflexionar sobre el alcance y las limitaciones de las políticas de protección de la lactancia humana en Argentina, haciendo foco en la recepción normativa y en la efectividad de su implementación. Se parte de analizar el marco normativo internacional de los derechos humanos que promueven y garantizan la protección de la lactancia humana y la importancia del Código Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche Materna (CICSLM) y las posteriores resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud (AMS) como herramienta para garantizar la adecuada y efectiva protección de los derechos a la alimentación, la salud y la información de las infancias, de las mujeres y personas gestantes. Luego, se analizan desde un enfoque de derechos humanos los hallazgos del monitoreo realizado por la plataforma ObservaMaS, que refleja el preocupante estado de incumplimiento de la normativa nacional e internacional y el avance de las estrategias de marketing de la industria de sucedáneos de la leche humana.

Nos enorgullece compartir todo lo que logramos en 2024, un año en el que seguimos defendiendo derechos, construyendo redes y sosteniendo luchas colectivas. Hoy, en un contexto más desafiante, necesitamos tu apoyo para seguir haciéndolo posible.

En 2024 fuimos: trinchera, voz, puente y transformación.
Palabras que condensan nuestro trabajo y reflejan lo que intentamos sostener cada día: resistir ante los retrocesos, amplificar luchas, tender redes y hacer lugar a formas más justas, equitativas y sostenibles de habitar el mundo.

Durante el año, llevamos adelante acciones de incidencia política, presentaciones judiciales, investigaciones, campañas de comunicación, talleres y más.
Cada una de estas iniciativas fue posible gracias al compromiso colectivo y al trabajo en red con organizaciones, comunidades y personas aliadas.

Algunos números que reflejan nuestro trabajo:

  • Llevamos adelante 55 acciones de incidencia política.
  • Realizamos 10 presentaciones judiciales.
  • Generamos y compartimos 29 investigaciones, publicaciones, capacitaciones y eventos.
  • Acompañamos a 12 comunidades en sus procesos y demandas.
  • Impulsamos 24 campañas de comunicación.
  • Alcanzamos a más de 2.764.000 personas con nuestras acciones.

 Leé el Anuario 2024

Te invitamos a conocer en profundidad todo lo que hicimos durante 2024, los desafíos que atravesamos y las estrategias que construimos colectivamente.

Un momento clave para seguir acompañando

Este 2025 nos encuentra en un contexto muy difícil para las organizaciones de la sociedad civil. La sostenibilidad de nuestro trabajo está en riesgo, y necesitamos del apoyo de quienes creen en la importancia de defender los derechos humanos.

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Gracias por acompañarnos.
El equipo de Fundeps

 

El presente informe tiene como objetivo contextualizar la problemática del tabaquismo y analizar sus múltiples impactos en la salud, el ambiente, la economía y la sociedad, desde una perspectiva integral, relacional e interseccional. Basado en una exhaustiva revisión de bibliografía y evidencia científica de fuentes sin conflictos de interés, este trabajo centra su atención en los efectos concretos del consumo de tabaco y las actividades de la industria tabacalera en Argentina y la región.

Las recientes decisiones del gobierno nacional ponen en riesgo la salud de la población. El posible retiro de Argentina de la OMS debilita su capacidad para acceder a financiamiento y cooperación técnica basada en evidencia científica. Este anuncio se inscribe en un contexto de recortes, flexibilización y desregulación de políticas sanitarias que beneficia a las grandes corporaciones a costa de la salud pública.

1- Argentina se aleja de los estándares internacionales de salud

  • Si Argentina se retira de la OMS, podría debilitarse su acceso a cooperación técnica, financiamiento y recomendaciones basadas en evidencia científica en materia de salud.
  • La OMS, entre otras cosas, es el principal organismo de coordinación y promoción de normativas para la prevención de enfermedades no transmisibles (ENT), como la malnutrición, la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, EPOC, y ciertos tipos de cáncer, que se asocian directamente al consumo de productos ultraprocesados y de tabaco y nicotina.
  • Por lo tanto, el retiro de Argentina de la OMS debilita su acceso a cooperación técnica, financiamiento y recomendaciones basadas en evidencia científica en materia de salud.
  • También afecta la posibilidad de nuestro país de ser parte de las estrategias globales para combatir la epidemia del tabaquismo. La OMS es el órgano rector del Convenio Marco de Control de Tabaco, un tratado global de salud pública que promueve políticas integrales basadas en la mejor evidencia científica.

2 – La flexibilización del etiquetado frontal beneficia a la industria, no a la población

  • La Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, es un gran avance en la protección del derecho a la información y a la alimentación saludable. Sin embargo, las disposiciones 11362 y 11378 sancionadas recientemente por ANMAT, redujeron los estándares para la aplicación de los sellos de advertencia en los envases de alimentos ultraprocesados, permitiendo que productos con altos niveles de azúcares, sodio y grasas saturadas eviten los sellos negros.
  • Estas modificaciones no están basadas en evidencia científica, sino que responden a presiones de la industria alimentaria lo que implica un retroceso en derechos adquiridos: genera confusión en la población y  afecta la capacidad para tomar decisiones informadas sobre cómo queremos alimentarnos; impactando negativamente en la salud. 
  • Mientras el Estado reduce su capacidad de proteger la salud de la población, las grandes corporaciones ganan más libertad para vender productos menos saludables, con menos controles y sin la debida información. Más libertad para las empresas, menos libertad para la ciudadanía.

3- Menos salud pública

Estas decisiones del gobierno nacional profundizan la crisis en el sistema de salud, que se ve afectado, entre otras cuestiones, por:

  • Recortes presupuestarios en todo el sistema de salud pública que afectan hospitales, programas de salud y la compra de medicamentos e insumos básicos para centros de salud, generando desabastecimiento y reducción de servicios. 
  • El cierre de programas y despidos masivos, ha dejado sin financiamiento iniciativas clave para la prevención y atención de enfermedades crónicas, salud mental y distribución gratuita de medicamentos. 
  • La reducción del personal sanitario y el debilitamiento del Ministerio de Salud han sobrecargado el sistema, afectando la atención y acceso a tratamientos, lo que agrava la crisis sanitaria y  perjudica especialmente al personal de salud y a quienes dependen del sistema público para recibir atención médica.

4 – ¿Quién se beneficia con estas medidas?

  • La flexibilización del etiquetado frontal y el retiro de la OMS no responden a una lógica de eficiencia, sino a una estrategia de desregulación que favorece a los actores económicos más poderosos.
  • El debilitamiento de políticas de salud pública que buscan prevenir enfermedades, perjudica la calidad de vida de las personas y sobrecarga del sistema sanitario.
  • Mientras se resiente el acceso a la salud de la población, las industrias alimentarias y tabacaleras se fortalecen, logrando regulaciones más laxas que permiten la comercialización de productos sin advertencias claras.
  • Con estas decisiones, Argentina no solo debilita sus regulaciones internas, sino que se aleja de las metas de salud global establecidas en la Agenda 2030 de la ONU respecto a la promoción de la alimentación saludable, el hambre cero y la lucha contra la epidemia del tabaquismo.

 

Conclusión: Menos Estado, más privilegios para los grandes monopolios, menos derechos para la población.

El derecho a la salud y a la información están en riesgo. El anunciado retiro de Argentina de la OMS, la flexibilización del etiquetado frontal, los recortes en insumos y personal de salud  son distintas caras de una misma estrategia de debilitamiento de las políticas de salud pública. 

Desde Fundeps, instamos a que se reviertan estas decisiones y se garanticen regulaciones que protejan la salud de toda la población.

La crisis multidimensional y la creciente inseguridad alimentaria que atraviesa el país ha llevado a varias provincias a dictar normas locales de Emergencia Alimentaria. En este informe exploramos los alcances y límites de esta estrategia normativa en la búsqueda por aliviar las dificultades que enfrentan millones de argentinos y argentinas, así como su vinculación con la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable.

A pesar de contar con la Ley Nacional de Control de Tabaco, Argentina enfrenta desafíos para abordar de manera sólida e integral la epidemia del tabaquismo. Si bien la Ley es una herramienta valiosa, hoy no alcanza para hacer frente a las nuevas estrategias de la industria tabacalera. En este contexto, las provincias tienen la oportunidad de impulsar iniciativas para complementarla, mejorando los estándares de protección de la salud y las políticas de control de tabaco desde lo local. 

Pasaron 13 años desde la sanción de la Ley Nacional de Control de Tabaco, y aunque ha sido un importante punto de partida, en nuestro país aún fuma el 22% de la población adulta y el 20% de adolescentes, ocasionando casi 43 mil muertes al año. Además, anualmente la epidemia del tabaquismo le cuesta al sistema sanitario más de $1.5 billones de pesos para tratar las enfermedades relacionadas, y lo que el Estado gana con los impuestos al tabaco no alcanza para cubrir ni un quinto de este monto. 

La Ley Nacional establece la prohibición de fumar en espacios cerrados, dispone la obligación de advertencias sanitarias en los paquetes de cigarrillos y determina ciertas restricciones de publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco. 

A pesar de ello, resulta insuficiente principalmente porque: 

  1. no incluye expresamente a los productos emergentes dentro de su alcance, como los cigarrillos electrónicos y productos de tabaco calentado; 
  2. dispone una protección limitada de los ambientes libres de humo y 
  3. establece excepciones a las prohibiciones de publicidad, promoción y patrocinio. 

Ello implica brechas y grises en puntos importantes, que habilitan a la industria tabacalera a seguir desplegando todas sus estrategias de comercialización, con el objetivo de naturalizar la adicción y atraer a más consumidores, especialmente infancias y juventudes. Las estrategias más empleadas tienen que ver con la publicidad y exhibición de los productos en puntos de venta, la promoción en eventos masivos y redes sociales, y el lanzamiento de productos novedosos.

Cabe destacar que, a pesar de no estar incluidos los productos emergentes en la Ley Nacional,  los cigarrillos electrónicos, sí fueron incorporados en su reglamentación con el Decreto 602/2013, luego de haber sido totalmente prohibidos por la disposición 3226/2011 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Más adelante, la Resolución 565/2023 prohibió también la importación, distribución, comercialización, publicidad o cualquier modalidad de promoción de los productos de tabaco calentado. Sin embargo, esto no ha logrado impedir la comercialización y el consumo cada vez mayor de estos productos, sobre todo en adolescentes y jóvenes.

En este contexto, resulta urgente actualizar, fortalecer y ampliar la normativa existente de control de tabaco. La Ley Nacional debe ser reformada para lograr un mayor alcance y prohibir de manera completa las nuevas estrategias de márketing de la industria. Ahora bien, no solo el Estado Nacional tiene la responsabilidad de proteger la salud de la población. Los Estados  Provinciales también tienen un rol crucial en el diseño de políticas públicas que protejan la salud, y pueden implementar medidas efectivas e integrales para combatir el tabaquismo.

En distintos puntos del país, existen varias iniciativas impulsadas por las provincias para complementar la Ley Nacional de Control de Tabaco, avanzando incluso en lo que esta ley dejó por fuera y en los grises que las industrias tabacaleras han aprovechado. 

Estos avances se dan, principalmente, en tres áreas cruciales

    • Incorporación de productos emergentes en las leyes
    • Prohibición total de publicidad, promoción y patrocinio, incluyendo la exhibición en puntos de venta.
    • Ampliación de la protección de ambientes libres de humo.

La inclusión de los productos emergentes en las normativas subnacionales de control de tabaco es un paso estratégico para, por un lado, contemplar y fortalecer en las provincias los estándares de protección que devienen del marco jurídico nacional, en particular la disposición 3226/11 y la Resolución 565/2023. Y, por el otro, garantizar que también se aplique a los productos emergentes la batería de medidas que se prevé para los cigarrillos tradicionales, especialmente, restricciones al marketing y protección de ambientes libres de humo.

Por su parte, la prohibición total de publicidad que incluya la exhibición de productos en los puntos de venta es una medida fundamental, ya que la Ley Nacional de Control de Tabaco expresamente habilita a las tabacaleras a realizar acciones de promoción y publicidad en estos lugares. Debido a su alta concurrencia, resultan estratégicos para exponer a las personas a imágenes y mensajes que posicionan al hábito de fumar como algo familiar y atractivo. Aprovechando estas excepciones legales, las industrias han redireccionado sus inversiones millonarias en marketing -que aumentan año a año-, hacia estos espacios.  

Por último, la ampliación de la protección de los ambientes libres de humo significa reducir al máximo posible la exposición al humo de tabaco ajeno, en tanto que también constituye un factor de riesgo en el desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles. En ese marco, la ampliación de esta protección a todo espacio cerrado público, incluyendo espacios de trabajo, culturales y deportivos, estaciones de transporte, instituciones de salud y educativas públicas y privadas, es fundamental. También, extender la protección a las áreas de juego y recreación para las infancias, estaciones aeróbicas y demás sectores para la práctica de deportes en plazas, parques y paseos públicos, deviene clave para proteger la salud de la población, específicamente de niñeces, adolescencias y juventudes. 

Las provincias en acción

En los últimos 12 años se han registrado avances en la sanción de normativas subnacionales que vale la pena destacar. La Pampa, Tierra del Fuego y Córdoba, lograron sancionar normativas más integrales de control de tabaco; mientras que provincias como Entre Ríos y Mendoza, si bien mejoraron sus estándares de protección, lo hicieron sólo respecto a un ámbito específico de regulación.

La Pampa

La Pampa fue pionera en ampliar las disposiciones que la Ley Nacional de Control de Tabaco tiene sobre la prohibición de publicidad. Así, sancionó en 2012 la Ley N° 2.701 que prohíbe:

  • Todo tipo de promoción y publicidad directa e indirecta de los productos de tabaco, cualquiera sea su medio de difusión. 
  • A la industria, auspiciar eventos y participar en ellos con indumentaria publicitaria. 
  • Consumir productos de tabaco en todo espacio cerrado, ya sea público o privado; y también en cualquier área de establecimientos de atención de la salud y educativos. 

A su vez, en 2021, mediante la Ley N° 3392 se incluyó dentro de sus alcances a todos los dispositivos electrónicos con o sin administración de nicotina, y los que se desarrollen en el futuro. De esta manera, la definición de “consumo de tabaco” también abarca a estos productos emergentes. Además, se prohibió la exhibición de todos los productos en puntos de venta. 

Tierra del Fuego

En 2017, Tierra del Fuego modificó su Ley Provincial de Control de Tabaco mediante la ley 1.203. Allí se prohíbe de forma completa la publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco, incluyendo la exhibición de los productos en los lugares de comercialización. La normativa también abarca de manera específica a los cigarrillos electrónicos y a los productos de tabaco calentado, aplicándoles todo el marco regulatorio de los cigarrillos tradicionales. 

Córdoba

En 2019, Córdoba aprobó la Ley 10.661, que amplía la Ley N° 9113 del Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo. Esta normativa contempla:

  • La prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, incluyendo la exhibición en puntos de venta. 
  • Se equiparan las restricciones al cigarrillo electrónico y dispositivos similares. Así, su utilización en espacios cerrados y venta a menores de 18 años, también está prohibida.

Entre Ríos

Esta provincia tomó medidas legislativas para combatir el tabaquismo adhiriéndose a la Ley Nacional en el año 2021 y derogando así la Ley Provincial 9.862 de Control de Tabaco. De esta manera, se mejoró la protección de ambientes libres de humo, en tanto que la 9.862 contemplaba excepciones y permitía fumar en las salas de juegos de azar. 

A su vez, esta normativa amplió su objeto al comprender no sólo a los productos elaborados total o parcialmente con tabaco, sino también a los dispositivos electrónicos con o sin administración de nicotina. 

Mendoza

En mayo de 2024, Mendoza incorporó el artículo 1 bis a la Ley Nº 8382 de adhesión a la Ley Nacional de Control de Tabaco, en virtud del cual se establece la prohibición de fumar en las salas, balcones y terrazas de los casinos, ampliando el alcance de los ambientes libres de humo. 

Necesitamos mejores leyes y más fiscalización

En los últimos años, fueron muchas las provincias que presentaron proyectos de ley para restringir la publicidad de tabaco, ampliar los ambientes libres de humo y regular los productos emergentes. Estos esfuerzos reflejan un compromiso continuo con la mejora de la salud y la calidad de vida de la ciudadanía. 

En este marco, desde la sociedad civil valoramos las leyes sancionadas, así como los diversos proyectos presentados, y alentamos a que estos avances a nivel subnacional puedan receptar una perspectiva integral. En este sentido, consideramos primordial que un mismo instrumento legal pueda avanzar con mejoras en al menos las tres aristas mencionadas, para lograr una sinergia entre todas las medidas propuestas, que facilite su implementación y, sobre todo, contribuya a un abordaje más efectivo de la epidemia del tabaquismo. 

Así mismo, entendemos que el dictado de normativas no es la única solución si queremos lograr un abordaje efectivo de esta problemática en el país. La adecuada fiscalización y sanción por incumplimientos a las leyes, es fundamental para que las políticas de control de tabaco tengan un impacto real. 

La industria sobrepasa las normas prohibitivas de exhibición en puntos de venta constantemente. También incumple la prohibición de publicidad utilizando estanterías y carteles luminosos visibles desde el exterior del local, que permiten captar con facilidad la atención de las personas. 

Los ambientes libres de humo, por otro lado, no siempre son respetados. Especialmente en bares o locales bailables. También, los productos emergentes suelen ser utilizados en estos espacios cerrados, demostrando la falta de concientización sobre sus peligros. Ante esta situación, necesitamos garantizar la adecuada implementación de la normativa existente, mejorando los mecanismos de fiscalización por parte del Estado y facilitando las vías de denuncia ciudadana. 

Como puede verse en los ejemplos mencionados, la lucha contra el tabaquismo no solo se trata de cumplir con el marco jurídico nacional, sino que hay opciones para ir más allá tomando medidas proactivas e integrales. De esta manera, alentamos al involucramiento de todos los actores sociales y políticos para que sean cada vez más las provincias que se comprometan a mejorar sus políticas de control de tabaco, para defender la salud y la calidad de vida de toda su población.

Las provincias tienen el poder, pero también la responsabilidad, de impulsar e implementar mejores estrategias para combatir el tabaquismo.

 

Consultá la infografía sobre lo que las provincias pueden hacer para detener la epidemia del tabaquismo acá.

 

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Autora

Clara Díaz Yofre 

Contacto

Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org

Desde Fundeps llevamos a cabo un estudio entrevistando a jóvenes, adolescentes y niñeces de diversos niveles socioeconómicos, para comprender integralmente el consumo de productos de tabaco y generar evidencia respecto al perfil de consumidores y el contexto que rodea su consumo. 

En este informe se pueden encontrar razones, creencias, experiencias, expectativas, emociones y motivaciones, relacionadas con el consumo de tabaco; y consideraciones sobre las personas que lo consumen, teniendo en cuenta factores como sexo, edad, nivel socioeconómico y actividades escolares y extraescolares.

En el Día Mundial Sin Tabaco, volvemos a pedir que el desarrollo y la implementación de políticas de salud pública estén libres de la interferencia de las tabacaleras. Es urgente que el Estado argentino priorice el bienestar y la salud de su población, y en especial de quienes son el foco de las estrategias de marketing de esta industria, es decir, las infancias y juventudes

Los productos de tabaco y nicotina son letales. De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), más de 8 millones de personas mueren al año a causa del consumo de estos productos y 1,3 millones de personas fallecen por tan sólo estar expuestas al humo ajeno. Por su parte, el contexto epidemiológico de Argentina no se queda atrás. Según la última Encuesta Mundial sobre Tabaco en Jóvenes (2018), nuestro país tiene una de las tasas de prevalencia en la adicción al tabaco más altas de la región: el 20,2% de les adolescentes fuma. Como si eso fuera poco, la edad de iniciación en el consumo ya se sitúa entre los 12 y 15 años. 

Pese a que es bien sabido que el tabaco mata hasta la mitad de quienes lo consumen, los Estados son permeables (y hasta a veces cómplices) al gran abanico de estrategias de interferencia que despliegan las tabacaleras. En términos generales, estas estrategias buscan obstaculizar los procesos de avance de normas más protectorias del derecho a la salud, socavar los marcos regulatorios existentes, sacar provecho de ciertos vacíos legales, así como de la ineficacia de los mecanismos de control de los Estados y, por último, -el propósito mayor- lograr incrementar sus ganancias y generar las condiciones necesarias para garantizar la sostenibilidad de sus negocios. 

En Argentina, la interferencia de la industria tabacalera se hace presente, principalmente, a través del lobby permanente y sostenido en autoridades del Estado Nacional y las provincias, el saboteo de procesos legislativos, la tergiversación de evidencia científica junto a la construcción de narrativas confusas que buscan posicionar sus productos como de riesgo reducido y la generación de amenazas económicas frente al desarrollo de políticas que pretenden regular su actividad. 

Sin ir más lejos, los tires y aflojes que se están dando en el marco del debate por el proyecto de ley Bases en el Congreso Nacional que, entre otras cosas, implica una reforma en la estructura impositiva en los productos de tabaco, son un claro ejemplo sobre la manera en que se materializa esta interferencia. Tanto los intercambios entre legisladores como las coberturas mediáticas se han focalizado en los perjuicios económicos que sufriría una u otra tabacalera en caso de avanzar la reforma, sin que ocupe un lugar central el impacto negativo que sufriría la salud pública con una modificación impositiva de estas características -que habilita la presencia de cigarrillos muy baratos en el mercado, obstaculizando la reducción del consumo- y, menos que menos, el gran escándalo que representa que en la toma de decisiones del poder público intervenga (o mejor dicho, ejerza un rol decisivo) cualquier industria tabacalera.  

Si bien este ha sido el caso de interferencia que, en los últimos días, ha adquirido mayor notoriedad, también es posible encontrar otros casos que revelan que el avance hacia mejores marcos regulatorios es, históricamente, un proceso minado de obstáculos. En este sentido, se destacan los numerosos proyectos de normas  que, tras la sanción de la Ley Nacional de Control de Tabaco en el año 2011, se presentaron en el Congreso Nacional con el propósito de fortalecer la respuesta del Estado argentino ante las tácticas de mercadeo de la industria tabacalera. Pese a las distintas presentaciones por parte de diversos partidos políticos y los importantes esfuerzos de la sociedad civil por impulsarlos, ninguno de ellos alcanzó tratamiento legislativo, perdiendo su estado parlamentario. 

En esta misma línea, merece especial mención la gran cantidad de intentos fallidos por lograr que el Estado argentino ratifique el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco (CMCT). Un relevamiento de las bases de datos de la Cámara de Diputados y Senadores de la Nación arrojó que, entre 2003 y 2022, ingresaron 33 proyectos de ley –15 en el Senado y 18 en Diputados–, postulando la adhesión al Convenio Marco y sin que ninguno de ellos lograra llegar al plenario. Este instrumento y la ratificación por parte del Estado Nacional, resulta necesaria y urgente en tanto que permitiría contar con un marco integral para la implementación de políticas dirigidas a reducir la oferta, la demanda y, los daños sanitarios, sociales y ambientales causados por los productos de tabaco y nicotina.Además, proporcionaría herramientas eficaces para proteger las políticas de salud pública contra los intereses comerciales de las tabacaleras, así como de los individuos u otras organizaciones que trabajen para promover los intereses de esta industria. Aún cuando las implicancias positivas y estratégicas de ser parte del Convenio Marco son más que evidentes, nuestro país es el único de Sudamérica y uno de los pocos del mundo que todavía no lo es. 

Dicho esto, cabe preguntarse: ¿cuáles son las consecuencias de permitir el despliegue y la injerencia de estas prácticas al interior de los Estados y, particularmente, del Estado argentino? ¿quiénes verdaderamente se perjudican? 

Si bien nuestro país cuenta con un marco regulatorio que en materia preventiva ha adoptado ciertas restricciones al marketing, la protección a los ambientes libres de humo y la prohibición a los productos emergentes (como los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado), lo cierto es que estas normativas han quedado desactualizadas frente a una industria que se renueva permanentemente y que destina millones de dólares en amplificar y diversificar sus estrategias de mercadeo. A ello se le añade la cuasi inexistencia de mecanismos de fiscalización por parte del Estado, que impide la identificación de violaciones a las normativas existentes, la aplicación de sanciones a sus infractores y, en definitiva, un grave debilitamiento de los avances que -tras muchísimos esfuerzos- la población argentina logró conseguir en materia políticas de control de tabaco.

Esta situación es especialmente crítica para la protección de las infancias y juventudes, quienes, a razón de encontrarse en una etapa de formación y desarrollo, son altamente vulnerables a las prácticas manipuladoras de la industria tabacalera. Esto se profundiza si los marcos regulatorios y las respuestas estatales son insuficientes para combatirlas. 

Las estrategias de la industria son diversas. El lanzamiento de productos novedosos y sofisticados, la construcción de narrativas que los posicionan como la “alternativa” para dejar de fumar, la organización o presencia en eventos masivos o fiestas, y el uso de redes sociales junto la contratación de influencers para su promoción tienen un único fin: naturalizar -especialmente entre jóvenes- el consumo de los productos de tabaco y nicotina, crear una nueva generación de consumidores y mantener un público cautivo entre quienes ya padecen de esta adicción.   

No hay dudas de que la interferencia de la industria tabacalera socava los esfuerzos dirigidos a reducir la epidemia del tabaquismo en nuestro país. Por eso, reiteramos que la ratificación del CMCT por parte del Estado argentino representaría un paso fundamental para revertir esta situación, así como también un compromiso firme con la salud y calidad de vida de su población más joven. 

Proteger las políticas de salud pública frente al acecho de los intereses corporativos de esta industria constituye el aspecto más desafiante del control del tabaco y, al mismo tiempo, el más urgente y necesario. La población argentina necesita del compromiso por parte de todos los actores sociales y fuerzas políticas para que se prioricen sus derechos. Ya no es posible seguir esperando.

Autoras

Clara Díaz Yofre

Maga Merlo Vijarra 

 

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Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org