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El discurso de apertura del periodo de sesiones legislativas del Congreso de la Nación por el presidente Alberto Fernández presentó numerosas iniciativas y enunciación de políticas que son alentadoras en cuanto al acceso y goce de los derechos humanos, pero también dejó en el tintero cuestiones preocupantes y contradictorias en cuanto a políticas ambientales, de salud, y de inclusión, entre otras.

Dentro de los muchos anuncios, aquellas políticas relativas al fortalecimiento de la calidad institucional son las que mayor expectativa generan. La recurrente referencia al diálogo, al consenso y a la pluralidad son signos de voluntad hacia una democracia sana y duradera. También, estas propuestas muestran un claro interés en seguir desarrollando herramientas que mejoren la participación ciudadana, lo que ha sido y sigue siendo una deuda en el Estado argentino.

Entre los anuncios más importantes en materia institucional, se pueden destacar:

  •  La creación del Consejo Económico y Social para el Desarrollo Argentino que en palabras del presidente “implica estar dispuesto a abrir cauces de participación novedosos en nuestro sistema democrático”. El mismo tendrá como misión ser el motor de políticas de Estado y políticas de la sociedad, y propone promover las profesiones estratégicas y los trabajos del futuro, atender la agenda urgente del cambio climático con adecuadas herramientas de financiamiento de la infraestructura verde,  atraer la riqueza argentina que está en el exterior con fines productivos nacionales y afianzar instituciones republicanas más transparentes y socialmente eficaces.En este punto cabe decir que en relación a la la agenda ambiental, la idea de atender de modo urgente el fenómeno del  cambio climático, resulta contradictoria con el resto del discurso, ya que el tinte extractivista de la política productiva que se advierte en él, excluye la posibilidad real de un abordaje serio a la problemática, respetuosa de los compromisos internacionales asumidos por Argentina en la materia.

    Por otra parte, es de destacar la voluntad política de apostar a la transparencia de las instituciones estatales, sin olvidar los avances que han sido logrados en los últimos años con relación al desarrollo de herramientas de gobierno abierto y de acceso a la información pública.

  • La creación de un Cuerpo Profesional de Servidores Públicos formados desde la academia, con arraigo a la carrera administrativa y para la transformación del Estado en la promoción de cambios de calidad en el sector público.La calidad institucional desde la carrera administrativa y con foco en la educación pública, podría significar un avance importante, y es momento de que el Estado tenga a disposición personas capacitadas que puedan aceitar los mecanismos vetustos y burocráticos que obstruyen la implementación de las políticas.
  • La creación de la Agencia Federal de Evaluación de Impacto de las Políticas Públicas, también con énfasis en mejorar la implementación de medidas y acciones desde la administración estatal, para mejorar la efectividad de su tarea.Este tipo de iniciativas son bienvenidas, pero siempre que se implementen mecanismos para el monitoreo de su funcionamiento y participación desde la ciudadanía. Asimismo, es de suma importancia que el control sobre la calidad y efectividad de las políticas también se realice con acento en la transparencia y en la rendición de cuentas, especialmente en lo relativo a la inversión pública.
  • Además, se destaca la iniciativa de reforma de Justicia Federal, en el marco del cual se creará un Consejo para Afianzar la Administración de Justicia en la República Argentina. El mismo se propone ser un cuerpo consultivo del Poder Ejecutivo para el impulso de otras transformaciones de fondo en nuestro Poder Judicial.En este punto, es importante tener especial atención en los principios de la división de poderes en los procesos que vayan a iniciarse a partir de las iniciativas propuestas desde este órgano. Asimismo, es de fundamental importancia la colaboración de los tres poderes del Estado, para promover un real acceso a la justicia, especialmente para los sectores más vulnerables de la sociedad.

En lo que a salud pública respecta, más allá de la destacable referencia a vacunas, es preocupante la falta de mención al abordaje de enfermedades crónicas no transmisibles: no se mencionaron medidas relativas a consumo de tabaco, exposición al humo de tabaco ajeno, consumo de alcohol, alimentación inadecuada, actividad física insuficiente.

Siguiendo la misma línea, y específicamente sobre el Plan Argentina Contra el Hambre, se advierte un abordaje parcial de la problemática que no incluye la perspectiva de alimentación adecuada y de calidad, lo que resulta preocupante dados los altos índice de prevalencia de obesidad y sobrepeso en nuestro país, especialmente en niños, niñas y adolescentes.

En materia de integración global, se observa una agenda inclusiva, para avanzar en la asociación con países desarrollados, emergentes y en desarrollo. El presidente destacó tanto el diálogo con potencias de América y Europa como asociaciones estratégicas integrales con China y Rusia.

Resulta muy importante mejorar la asociación estratégica integral con China, pero es fundamental asegurar que tal relación no profundice las relaciones crecientemente asimétricas entre los dos países, y que no redunde en esquemas económicos de reprimarización de la economía argentina.

Políticas con perspectiva de géneros y diversidad sexual

Uno de los puntos más destacados del discurso fue el anuncio que en los próximos días el Poder Ejecutivo presentará un proyecto de legalización del aborto. El presidente expresó su preocupación por las consecuencias que tiene el estado actual de la legislación, que empuja a las mujeres a la clandestinidad, poniendo en riesgo su salud e incluso su vida. Si bien aún no se conocen detalles del proyecto, el tratamiento de una ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo viene de la lucha incansable del movimiento de mujeres que reclaman este derecho desde hace años, y esperan que se trate de un proyecto fiel a los puntos que contempla aquel que fuera presentado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito el año pasado.

Asimismo, Fernández anunció que enviará otro proyecto de ley para garantizar la atención y el cuidado integral de la mujer embarazada y de sus hijos e hijas en la primera infancia, al que se refirió como el programa de los primeros 1000 días.

Además, hizo tres anuncios relativos a la erradicación de la violencia de género:

  • Implementación de la Ley Micaela.
  • Lanzamiento del Plan Nacional de Acción contra las Violencias por razones de Género 2020-2021.
  • Ratificación del Convenio N ° 190 de la OIT sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo.

Sin dudas, este tipo de iniciativas dan fe del interés de este gobierno por erradicar las violencias contra las mujeres, lo que es impostergable. Sin embargo, llama la atención que se hayan omitido mencionar los derechos que aún faltan reconocer a otros colectivos e identidades, como el cupo laboral para las personas trans. Al hablar de aborto, solo se enunció a las mujeres, pasando por alto que hay otras personas gestantes que también pueden cursar embarazos no deseados. Es imprescindible atender a los factores que reproducen las desigualdades estructurales de estos colectivos.

Por eso es relevante remarcar la necesidad de diseñar e implementar políticas públicas y su correspondiente presupuesto con perspectiva de géneros, que contemplen la igualdad de oportunidades para todas las personas. Esto se puede concretar a través de medidas que acompañen las trayectorias laborales y profesionales de personas LGBTIQ+, como por ejemplo, la implementación del cupo laboral trans.

Otra vez la deuda con el ambiente

En líneas generales, la perspectiva “ambiental” adoptada en el discurso de apertura de sesiones, se puede caracterizar como una visión extractivista, que contempla a los bienes ambientales tan solo como recursos para el desarrollo económico y social. Esto puede percibirse en aquellos tramos del discurso en los cuales se anunciaron, por ejemplo, iniciativas vinculadas con la promoción de proyectos e inversiones en materia de hidrocarburos y minería. A más, estas fueron calificadas por el presidente como la “palanca para el desarrollo productivo” del país.

Tal línea discursiva, resulta desalentadora en el contexto ambiental actual, el cual se encuentra teñido de tragedias socio-ambientales a causa del cambio climático, que afectan diferenciadamente a las comunidades en situación de vulnerabilidad. Sin perjuicio de que se mencionan algunas pequeñas líneas de abordaje al cambio climático, tal idea resulta contradictoria con el posicionamiento extractivista que el presidente sostuvo a lo largo de todo el discurso, e incluso contradice los esfuerzos a nivel local y mundial tendientes a disminuir la promoción de aquellas industrias generadoras de gases de efecto invernadero (principal causa del cambio climático), como así también en diversificar las fuentes de energía.

En el ámbito local, recientemente Argentina sancionó la ley de presupuestos mínimos de protección ambiental en contra del cambio climático, plasmando las directrices a seguir en torno al fenómeno. Uno de los objetivos de la ley (art.2, ley 27.520), consiste en establecer asistir y promover el desarrollo de estrategias de mitigación y reducción de gases de efecto invernadero en el país.

Asimismo, entre las medidas de mitigación que la ley prevé, se menciona la utilización progresiva de energías renovables, con la consecuente reducción gradual de emisiones de gases de efecto invernadero. Por otro lado, la ley de política ambiental nacional n° 25.675, mediante el llamado “principio preventivo”, procura prevenir, antes que nada, los daños al ambiente.

Todo esto, debe de ser enmarcado también en el Acuerdo de París, Protocolo de Kyoto y Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, todos instrumentos internacionales ratificados por Argentina. Ellos tienen entre sus objetivos principales, reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero.

También es preciso señalar que la República Argentina, posee una matriz energética cuyo 81.6 por ciento, proviene de combustibles fósiles, observándose sólo un ínfimo porcentaje en relación a otros tipos de energía (nuclear, hidráulica, eólica,etc).  Ello resulta de importancia debido a que, si la matriz energética no es diversificada, necesariamente requerirá de mayor producción y refinación de hidrocarburos. Así, la tendencia al autoabastecimiento, sin dudas implica un crecimiento en la explotación de dicha fuente energética, repercutiendo negativamente en el cumplimiento de los objetivos relacionados a los Gases de Efecto Invernadero.

De tal modo, una política basada en perspectivas extractivistas, como aquella anunciada por el presidente, tiene serias implicancias. En primer lugar, desoye los principios que orientan al desarrollo sustentable, para emprender un “desarrollo” que no contempla la variable ambiental. En segundo lugar, incumple aquellos objetivos previstos en el ordenamiento jurídico, que imponen obligaciones en torno a la mitigación de los efectos del cambio climático. En tercer lugar, ignora la circunstancia de que cualquier afectación ambiental tiene serias repercusiones en aquellos sectores en situación de vulnerabilidad, estropeando sin dudas la justicia social de un modo directo.

Es por esto, que una política ambiental, en particular que contemple los efectos del cambio climático, debe de buscar el desarrollo de fuentes de energía renovables, contemplar verdaderas acciones de adaptación y mitigación, promoviendo el desarrollo con justicia y equidad ambiental, social e intergeneracional.

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Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

El 7 de enero del 2020 el gobierno nacional dio a conocer la lista actualizada de productos incluidos en el programa de “Precios Cuidados” que contempla 310 artículos de diversas categorías de consumo. Analizamos el programa considerando especialmente la falta de concordancia entre la elección de alimentos y bebidas y el grado de malnutrición actual de nuestro país, liderado por el sobrepeso y la obesidad. 

La nueva lista de precios cuidados incluye más galletitas dulces que cereales enteros. Contiene sólo una clase de legumbres, numerosas opciones de bebidas azucaradas y alcohólicas, azúcar de mesa. Únicamente cuatro vegetales y un tipo de fruta, cortes de carne con alto contenido graso y productos derivados de la misma altamente procesados como medallones de carnes industriales y salchichas. También ofrece yogures y postres lácteos con alto contenido de azúcar y caldos industriales altamente procesados, excedidos en sodio principalmente.

Dicho programa contempla diversos productos incluidos en la canasta básica de alimentos, cuya estructura data de información provista por la Encuesta Nacional de Gastos en los Hogares (ENGHo) 1996/97, re validada con el patrón de consumo arrojado por la misma encuesta 2004/05. Dicha canasta, si bien refleja patrones de alimentación de la población argentina, refuerza el consumo de alimentos menos saludables y fuertemente afianzados en las mesas familiares actualmente.

Este tipo de políticas públicas económicas, por la naturaleza de su impacto, también configuran parte de las políticas alimentarias. En este sentido, deberían planificarse y diseñarse sin dejar de integrar los estándares propuestos en materia de alimentación saludable por organismos de derechos humanos y reconocidas instituciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

En línea con estas recomendaciones, es necesario incentivar el consumo de cereales enteros y legumbres así como de frutas y verduras siendo que son los alimentos de menor consumo en nuestro país a pesar de su alta calidad nutricional. También contribuir a aumentar el consumo de pescados y carnes magras ante productos cárnicos altamente procesados y estimular asimismo el consumo de agua potable en lugar de gaseosas y jugos excesivamente azucarados.

El programa de “precios cuidados”, así como sus versiones anteriores, no respeta bajo ningún aspecto los lineamientos que desde organizaciones como la OPS, la OMS y la FAO se están recomendando en pos de mermar con la actual epidemia de sobrepeso y obesidad que a pasos agigantados va creciendo. Actualmente en nuestro país, de acuerdo a la Segunda Encuesta Nacional de Nutrición y Salud (2019) un 67,9% de la población adulta cursa con exceso de peso al igual que un 41,4% de la población infantil. 

Asimismo, estos acuerdos de precios otorgan un rol preponderante a la industria de productos ultraprocesados en la definición de las políticas alimentarias. El Estado, entendiendo el alarmante panorama de exceso de peso en nuestra población, debe regular basándose en evidencia científica e impulsar el consumo de alimentos de calidad, desalentando al mismo tiempo el consumo de productos no saludables.  

De esta manera, las políticas deben pensarse de manera integral, aún cuando el programa “Precios Cuidados” esté destinado a contener el proceso inflacionario y disminuir el impacto del mismo. Tal como sostiene el médico Luis María Delupi, se trata de:

…Una medida meramente económica que surge del Ministerio de Economía, no del de salud y que busca ponerle un precio ancla a la mayoría de los “alimentos” que eligen la mayoría de los argentinos y que están reflejados en la canasta básica familiar, buscando resolver la emergencia desde lo económico. Pero está muy lejos de ser un estímulo al consumo de alimentos saludables y nutritivos”.

Concluyendo en base a todo lo expuesto, se afirma que esta política promueve el consumo de alimentos ricos en grasas, azúcares, sodio y harinas refinadas; pobres en vitaminas, minerales y fibra y de muy mala calidad nutricional. Se torna así menos conveniente y menos accesible consumir alimentos reales, de calidad, sin envoltorio, con pocos ingredientes y nutritivos. Entonces, ¿Qué podemos exigir de hábitos y costumbres saludables a una población cuyo consumo se ve fuertemente vulnerado por un entorno desfavorable a la hora de acceder y elegir opciones más sanas? 

Autora

Agustina Enei

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Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

En el marco de nuestro trabajo para el acceso a derechos sexuales y reproductivos desde una perspectiva de salud pública y respetuosa de los derechos humanos, solicitamos a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) que actualice su nómina de medicamentos autorizados en el país, conforme a los medicamentos que figuran en la Lista Modelo de Medicamentos Esenciales de la Organización Mundial de la Salud. Además, le solicitamos que cree una lista nacional de medicamentos esenciales para la atención primaria. 

La Organización Mundial de la Salud cuenta con una Lista Modelo de Medicamentos Esenciales (LMME), que consiste en aquellos medicamentos que cubren las necesidades de atención de salud prioritarias de la población. Su selección se hace atendiendo a la prevalencia de las enfermedades y a su seguridad, eficacia y costo-eficacia comparativa. 

Dentro de la LMME del 2019 se encuentran ciertos medicamentos, que se utilizan para tratamientos en materia de salud sexual y reproductiva, que no están en el Vademecum Nacional de Medicamentos de la Argentina. Sin embargo, su incorporación resulta imprescindible para garantizar el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, y el derecho a gozar y beneficiarse de los avances científicos y tecnológicos. 

Con base en todas las normas que protegen estos derechos, a nivel local e internacional, fundamentalmente el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, creado por la Ley Nacional Nº 25.673, la Ley Nº 26529 de Derechos del Paciente, la Ley Nº 26.743 de Identidad de Género y la Ley Nº 23.798  Nacional de Sida, entre otras, le solicitamos a la Administración que incorpore, y garantice la disponibilidad y acceso, de medicamentos para el tratamiento de la Interrupción Legal del Embarazo, tratamientos para el VIH, medicación para tratamientos de reemplazo hormonal, métodos anticonceptivos y medicamentos para el tratamiento de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). 

Asimismo, solicitamos que se cree una lista nacional de medicamentos esenciales para la atención primaria, que siga, en la mayor medida de lo posible, los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud. El Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, en su informe del año 2006, indicó que “todo Estado ha de preparar una lista nacional de medicamentos esenciales recurriendo a un proceso participativo. […] Un Estado tiene la obligación básica de efecto inmediato de lograr que los medicamentos esenciales estén disponibles y sean accesibles en toda su jurisdicción”. 

Consideramos que es necesario contar con medicamentos que, en sus dosis necesarias y adecuadas, son acordes con nuestro marco normativo nacional e internacional, a la vez que resultan fundamentales para garantizar la salud de las personas que requieren estas prácticas y servicios, de manera segura y accesible para toda la población, sin discriminación alguna.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El pasado 9 de octubre la Legislatura de Córdoba aprobó la ley 10.661 que modifica a la Ley N° 9113 del Programa Provincial Permanente de Prevención y Control de Tabaquismo. La modificación contempla la prohibición completa de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco, incluyendo la exhibición de productos; y prevé, además, la prohibición de comercialización y uso en lugares públicos del cigarrillo electrónico y dispositivos similares.

Hasta la sanción de la ley de tabaco n° 10.661, en la provincia de Córdoba rigieron por adhesión de la ley provincial Nº 10.026, las prohibiciones a la publicidad establecidas por la ley nacional 26.6887. La ley nacional prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco en forma directa o indirecta y a través de cualquier medio de difusión o comunicación; dejando a salvo los anuncios en puntos de venta, las publicaciones de empresas del sector y las comunicaciones directas, previo consentimiento y verificación de la mayoría de edad de los receptores.

Sin embargo, a través de la nueva normativa local, se avanza en un mayor estandar de protección del derecho a la salud al establecido en la norma nacional, prohibiendo de manera completa la publicidad, promoción y patrocinio e incluyendo a la exhibición del producto como parte de esa prohibición. Específicamente, la ley prohíbe:

La publicidad, promoción, patrocinio y exhibición de productos elaborados con tabaco, sus derivados y accesorios para fumar, en dispensadores y cualquier otra clase de estantería ubicada en los locales donde se venden ese tipo de productos, y el auspicio, patrocinio y el uso de incentivos directos o indirectos que fomenten la compra o que ofrezcan descuentos promocionales, entrega de obsequios y premios en dinero o especies por la adquisición o consumo de los productos y elementos mencionados en esta Ley”.

En cuanto a los dispositivos electrónicos, la norma prohíbe “en todo el ámbito de la Provincia de Córdoba la distribución y comercialización de productos destinados a fumar, como así también de dispositivos electrónicos con tabaco o cualquier otra sustancia que expida humo, gases o vapores utilizando el cigarrillo electrónico, vapeadores y todo otro tipo de dispositivo de naturaleza similar, a toda persona menor de dieciocho años de edad”.

Desde Fundeps, hace más de dos años, presentamos un proyecto de ley con esta iniciativa, en línea con la recomendación de la Organización Mundial de la Salud.  Nos basamos en relevamientos que realizamos junto a la Alianza Libre de Humo de Tabaco (ALIAR) que evidencian que, en los últimos años, los puntos de venta incluyen publicidad llamativa, colorida y visible desde el exterior de esos espacios. Estas estrategias son más frecuentes en los puntos de venta cercanos a colegios. En este contexto, no es extraño que más de la mitad de las personas que fuman, inicien su consumo entre los 12 y los 15 años. 

Celebramos este avance que significa un gran avance, queda ahora trabajar por la adecuada implementación y fiscalización de esa normativa. Nuestro trabajo como sociedad civil será seguir acompañando este proceso y seguir exigiendo que se garanticen los más altos niveles de protección del derecho a la salud.

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Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

 

El pasado 02 de octubre presentamos reclamos ante la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación y la ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología) denunciando las publicidades que MigVapor, una empresa de cigarrillos electrónicos, ha estado realizando mediante videos musicales de diferentes artistas -influencers-. En Argentina la publicidad y comercialización del cigarrillo electrónico está prohibida.

El pasado 02 de octubre presentamos reclamos ante la Secretaría de Gobierno de Salud de la Nación y la ANMAT, solicitando la eliminación de videos musicales que publicitan y promocionan la utilización de cigarrillos electrónicos y que se encuentran alojados en la plataforma de YouTube. Adicionalmente, pedimos que se proceda a la eliminación de los links que se encuentran en las descripciones de los videos y que redirigen a la página web para adquirirlos.

Los cigarrillos electrónicos constituyen una amenaza real a la salud pública en todo el mundo y su consumo aumenta constantemente incluso en aquellos países donde se había logrado erradicar el consumo del tabaco. Los eCig, generalmente, funcionan con una bobina a batería que calienta una solución líquida compuesta por nicotina, aceites esenciales de tabaco, sustancias aromatizantes y saborizantes y otras sustancias químicas, que son inhaladas por el usuario. Estos niveles de concentración de nicotina en las soluciones pueden ir variando según el producto pero el impacto negativo a la salud es el mismo.

La industria gasta millones de dólares anualmente para comercializar sus productos a través de diversas acciones de publicidad, promoción y patrocinio. Desde hace un tiempo y con el aumento del uso de internet y de redes sociales, un foco importante de las campañas de marketing ha sido la utilización de jóvenes “influencers”, quienes mediante diversos tipos de publicaciones tienen la posibilidad de influir en la opinión y comportamiento de miles de personas.

Ésta ha sido la estrategia empleada por MigVapor LLC, que desde hace un tiempo utiliza a distintos artistas de la industria de la música para la promoción de sus productos, a través de la aparición de varios modelos de cigarrillos electrónicos siendo empleados por los artistas, el nombre visible de la marca y en las descripciones de los videos, un link de re-dirección a la página web donde pueden adquirirse y en algunas casos, incluso, incluyendo descuentos promocionales.

Dicha publicidad la hemos encontrado en los siguientes videos musicales, disponibles para ser visualizados en la plataforma de YouTube Argentina:

La publicidad contenida en los videos musicales, con imágenes que seducen a jóvenes y con marcadas intenciones de influir en el consumo de tabaco, sus derivados y productos asociados a él, con la remisión a un link específico para adquirir el producto, ubicado en la descripción del video, atenta contra el derecho fundamental a la salud garantizado por normas constitucionales y por tratados internacionales con jerarquía consitucional e infringen la resolución del ANMAT 3226/11 y la ley 26.687 de Regulación de la publicidad, promoción y consumo de los productos elaborados con tabaco, además de vulnerar el derecho de los consumidores respecto a la información de prevención poco clara o inexistente respecto de las consecuencias e impacto en la salud por el uso de los eCig. 

Es necesario el diseño de nuevas políticas públicas tendientes a fortalecer el cumplimiento de las normativas vigentes y acciones que se ajusten a los nuevos desafíos generados por los avances de la  tecnología y las innovaciones constantes para la difusión y promoción de este tipo de productos y poder concientizar a la población sobre los riesgos del consumo de los mismos. 

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Autora

Ana Carla Barrera Vitali

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Agustina Mozzoni agustinamozzoni@fundeps.org

 

El presente documento pretende hacer un análisis de la Canasta Básica Alimentaria desde la perspectiva de Derechos Humanos, a la luz de las Guías Alimentarias para la Población Argentina y otros estándares alimentarios en materia de alimentación adecuada.

Fundeps, en colaboración con el O’Neill Institute for National and Global Health Law at Georgetown University y la Universidad Nacional de Córdoba anuncian renovación del programa de pasantías.

Pasantía rentada en los meses de enero, febrero y marzo de 2020 en el O’Neill Institute for National and Global Health Law at Georgetown University en Washington DC.

Instituciones convocantes:

  • O’Neill Institute for National and Global Health Law at Georgetown University Law Center
  • Fundeps – Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables
  • Universidad Nacional de Córdoba

Requisitos para la presentación:

  • Estar inscripto como estudiante regular de la carrera de Abogacía en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba.
  • Haber aprobado o estar cursando Derecho Internacional Público.
  • Tener un promedio general, con aplazos, de 7 o más puntos.
  • Tener un excelente manejo del idioma inglés escrito y oral.

Mecanismo de selección:

  • Plazo límite para la presentación de las candidaturas: 27 de septiembre de 2019.
  • Un Comité de Selección de la UNC elegirá una lista de entre cinco y siete personas pre-seleccionadas, quienes serán convocadas a una entrevista a desarrollarse en inglés el día 30 de septiembre de 2019, en lugar a confirmar.
  • El 2 de octubre de 2019 el Comité de Selección enviará un listado de entre tres y cinco personas al O’Neill Institute for National, cuyo equipo decidirá la persona seleccionada para realizar la pasantía.
  • La persona seleccionada deberá participar, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre, en actividades vinculadas al derecho humano a la salud, en el equipo de Fundeps.

Documentación a presentar:

  • Carta de motivación en inglés justificando la aplicación al programa de pasantías del Instituto O’Neill.
  • Curriculum vitae detallado en inglés, en no más de 3 páginas.
  • Copia escaneada del certificado analítico (no versión electrónica).

* Los materiales se deberán enviar en formato digital en un único archivo en formato Acrobat Reader (.pdf) a la dirección: info@fundeps.org, indicando en el asunto: Convocatoria O’Neill – “Nombre del candidato”.

Criterios de selección:

  • Promedio.
  • Interés en área de derecho a la salud o derechos humanos.
  • Experiencia de investigación académica.
  • Experiencia de trabajo en organizaciones de la sociedad civil.
  • Nivel de inglés.

Financiamiento:

  • La contraprestación otorgada por el Instituto O’Neill durante los meses de la pasantía rentada (enero, febrero y marzo) permite cubrir alojamiento y gastos de manutención durante esos meses así como los pasajes desde Córdoba a Washington, DC.
  • Fundeps pone a disposición un crédito de honor para quien necesite apoyo para hacer frente al gasto anticipado del pago del pasaje aéreo, en condiciones a determinar.

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Un análisis de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) arroja como resultado que la misma no se adecua a las Guías Alimentarias para la Población Argentina (GAPA) y otros estándares internacionales. Exigimos su rediseño desde una perspectiva de derechos humanos que contemple los estándares propuestos por organismos internacionales.

Actualmente, en nuestro país, se utiliza el método del ingreso o Línea de Pobreza (LP) para cuantificar el monto de ingreso que un individuo o grupo familiar debe disponer para poder satisfacer, de forma mínima y adecuada, sus necesidades básicas. Para lograr la comparación de ingresos entre hogares e individuos, y así clasificar a quienes se encuentran por encima o por debajo de la Línea de Indigencia (LI) (pobres y no pobres), se construye la Canasta Básica Alimentaria (CBA), que es el valor estimado de un conjunto de alimentos básicos e indispensables, teniendo en cuenta un determinado hogar con cierta cantidad de integrantes.

Esta medición se basa en el presupuesto de que los ingresos monetarios permiten a los hogares adquirir los bienes y servicios que son necesarios para poder garantizar la calidad de vida y bienestar. Pero se dejan de lado otros factores importantes a considerar, y en el caso particular de nuestro país, donde la inflación recurrente afecta directamente el poder adquisitivo de los mismos, el indicador termina midiendo las variaciones de precios de los alimentos y no la pobreza en sí.

Además, esta forma de medir la pobreza no expresa el valor de una alimentación saludable. Por el contrario una gran proporción de alimentos incluidos en la CBA no se adecúa a lo establecido por las Guías Alimentarias para la Población Argentina (GAPA), ni otros estándares internacionales; profundizando así un modelo obsoleto de pensar la alimentación de la población en desmedro del efectivo goce de los derechos humanos de la ciudadanía que en peor situación económica se encuentra.

La medición de la pobreza, por el contrario, debería incluir en su definición metodológica estándares alimentarios preventivos de los problemas nutricionales que afectan a nuestra sociedad actual y hoy son considerados una epidemia (como el sobrepeso y la obesidad).  Políticas públicas serias deben planificarse interinstitucionalmente y con un enfoque transversal de derechos humanos, integrando los estándares nacionales e internacionales propuestos por organismos internacionales como la Organización Panamericana de la Salud (OPS) o la organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).  

La alimentación inadecuada es una de las principales causas de enfermedades no transmisibles en el mundo y tiene como principales consecuencias al sobrepeso y obesidad. Dado el preocupante panorama de exceso de peso en la población argentina, es necesario que –por el contrario- el Estado avance con regulación basada en la evidencia científica que busque desalentar el consumo de los productos no saludables y fomentar el consumo de alimentos con alto valor nutricional.

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Autora

Ana Carla Barrera Vitali

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Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

Junto a FIC Argentina, presentamos un amicus ante la Corte Constitucional de Colombia dentro del proceso de tutela instaurado por la Corporación Colombiana de Padres y Madres (Red Papaz) contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), acercando argumentos jurídicos en defensa del derecho a la salud y la alimentación equilibrada de niños, niñas y adolescentes (NNA).

El pasado 21 de enero, Red Papaz solicitó a la Corte Constitucional de Colombia la revisión de las decisiones dictadas en su contra, en el marco de las acciones interpuestas contra la SIC y el INVIMA para que revisaran la veracidad de la publicidad de las bebidas HIT de Postobón y Fruper de Alpina, por considerar que no se están priorizando los trámites relacionados con la protección de los NNA.

Los comerciales denunciados contienen mensajes engañosos y riesgosos. Fruper de Alpina en su publicidad resalta que la bebida es ideal para NNA, con vitaminas y minerales que contribuyen a su salud y crecimiento. Mensaje contrario a la realidad, ya que, tal como investigó de Red Papaz, contiene aproximadamente diez veces el nivel de azúcar recomendado por la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Por su parte, Hit de Postobón, destaca que su producto proviene de frutas, por lo que consumirlos es aconsejable para la salud de niños, niñas y adolescentes. Cuando en verdad, posee una ínfima cantidad de fruta, por lo cual, no es dable afirmar que sean recomendables o ideales para NNA, ni que se puedan denominar como jugos.

La publicitación engañosa de productos alimentarios no saludable dirigida a NNA que denuncia Red Papaz, promueve el “entorno obesogénico”, es decir, un ambiente que promueve la obesidad en las poblaciones y responde al rol que cumplen los factores ambientales (físicos, económicos, legislativos y socioculturales) tanto en la nutrición como en la actividad física. La influencia del ambiente sobre la alimentación y la actividad física es fundamental. Las prácticas, conocimiento y creencias y las diferencias socioeconómicas y geográficas inciden en los hábitos.

De allí que realizamos una presentación acercando al tribunal fundamentos que buscan acreditar que la ausencia de respuestas completas, claras y precisas por parte de la SIC y el INVIMA, frente a la denuncia de publicidad engañosa, significan una violación a las obligaciones de derechos humanos a la salud, a la información y a una alimentación equilibrada, especialmente de NNA. En tanto el estado colombiano incumple las recomendaciones de órganos de monitoreo de los Tratados de Derechos Humanos, ratificados por éste último, sobre cómo enfrentarse a la epidemia de obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles (ENTs). Al mismo tiempo que debilitan las posibilidades de dar respuesta a una epidemia global de malnutrición y obesidad.

Finalmente, se acercaron evidencias científicas respecto de los impactos positivos de este tipo de políticas que promueven la restricción de la publicidad y el marketing de alimentos no saludables, entre un set de políticas que, implementadas correctamente, son efectivas para generar entornos saludables y prevenir el desarrollo de la obesidad y la malnutrición.

Realizamos la presentación convencidos y convencidas que una resolución favorable al respecto, atentos a la gran repercusión tanto a nivel global como regional que poseen estos procesos judiciales, generaría un valioso antecedente jurisdiccional sobre la importante temática de alimentación saludable.

Autora

Laura Alesso

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Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

En un contexto de alarmante prevalencia de obesidad infantil y sobrepeso, Argentina pretende avanzar hacia un nuevo modelo de etiquetado de alimentos. La Secretaría de Salud y el Ministerio de Producción buscan acordar el modelo a seguir en nuestro país.

A nivel nacional, según la Encuesta Mundial de Salud Escolar (2012), en los últimos cinco años, en el grupo de adolescentes de 13 a 15 años aumentó el exceso de peso del 24,5% al 28,6%. A su vez,  la prevalencia de obesidad pasó del 4,4% al 5,9%. La gravedad de la actual situación de sobrepeso y obesidad en Argentina y en particular el hecho de ver alarmantes tendencias entre niñas, niños y adolescentes exige políticas de protección de la salud en forma urgente.

Entre ellas, el avance hacia un sistema de advertencias frontales en los productos alimenticios con alto nivel de nutrientes críticos (sodio, azúcar y grasas) es un paso en la dirección de las recomendaciones por organismos especializados en protección de la salud. Estas medidas ya cuentan con el respaldo de evidencia científica de países como Chile, donde el sistema de advertencias lleva varios años vigente. La propia Secretaría de Salud lo reconoce como el sistema más efectivo en su informe sobre etiquetado nutricional frontal de alimentos publicado a fines del 2018. En el mismo sentido nos hemos pronunciado junto a la Coalición Nacional para Prevenir la Obesidad Infantil en Niños, Niñas y Adolescentes.

Es de suma importancia que los límites para establecer esas categorías se apoyen justamente en lineamientos como el Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Basados en experiencia de otros países, es de esperar que la industria alimentaria presione para que los niveles de contenido a los que se le apliquen esas advertencias sean muy altos. Por ello, es importante que el mismo se base en lineamientos de un organismo especializado en salud pública como la OPS.

Recientemente, el actual Secretario de Salud de la Nación manifestó en el diario Clarín que se ha comenzado un diálogo con el Ministerio de Producción para alcanzar un modelo de etiquetado de alimentos que informe a la población sobre el contenido de nutrientes críticos (azúcar, grasas, sodio), y que a su vez alerte cuando esos nutrientes estén presentes por encima de las cantidades recomendadas. La combinación de un sistema de advertencia con otras modificaciones al etiquetado, para proveer mejor información de todos los productos, en general, puede ser positiva en tanto se respalde en evidencia científica.

Además, es importante tener presente los intereses de las diferentes instituciones que participan en estos diálogos. En una crisis de salud pública los criterios que deben priorizarse son los que protegen el derecho a la salud y no tanto los intereses económicos que se canalizan por dependencias como el Ministerio de Producción. En el mismo sentido y desde la sociedad civil, se debe prestar atención a eventuales conflictos de interés que puedan existir. Por ejemplo, en la nota de Clarín antes mencionada se cita al Centro de Estudios sobre Políticas y Economía de la Alimentación (CEPEA) que en el propio informe de la Secretaría de Salud confirma que recibe financiamiento de la industria alimenticia.

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Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

Nos pronunciamos en contra del programa “Precios Esenciales” lanzado recientemente por el gobierno nacional. Dicho plan impacta negativamente en los derechos a la salud y a la alimentación adecuada y, en consecuencia, exigimos su rediseño desde una perspectiva de derechos humanos que contemple los estándares propuestos por organismos internacionales.

El 22 de abril de 2019 el gobierno nacional puso en marcha “Precios Esenciales”, un programa que contempla un congelamiento de precios de 64 productos de la canasta básica divididos en 14 categorías, por 180 días. El mismo estaría disponible en más de 2.550 puntos de venta y los productos habrían de estar identificados con un cartel similar al que identifica a “Precios Cuidados”.

Analizamos el programa poniendo en tensión los siguientes puntos: el abordaje integral y la metodología utilizada para establecer la canasta básica; la forma en la que se estructura este programa; y las estrategias comunicativas del gobierno nacional en estos asuntos.

En primer término, dado que el plan contempla productos de la canasta básica, se cree necesario repensar la metodología con la cual se elabora la misma. Así, políticas públicas serias deberían planificarse interinstitucionalmente y con un enfoque transversal de derechos humanos, integrando los estándares internacionales propuestos por organismos internacionales como la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Este programa no toma en cuenta las recomendaciones y estándares en materia de alimentación saludable fijados por prestigiosas organizaciones de salud y organismos de derechos humanos. Por el contrario, busca profundizar un modelo obsoleto de pensar la alimentación de la población en desmedro del efectivo goce de los derechos humanos de la ciudadanía que en peor situación económica se encuentra. Además, estos planes deberían reflejar la diversidad tanto regional, ambiental como económico-social de cada una de las provincias argentinas dentro de nuestro sistema federal de gobierno.

En segundo lugar, se pone de manifiesto que alrededor del 50% de los productos alimenticios que integran el plan entran en la categoría de ultraprocesados y casi el 40% los mismos son alimentos de consumo opcional o bebidas con alcohol. De esta manera, se advierte que la política de “Precios Esenciales”, teóricamente destinada a contener el proceso inflacionario y disminuir el impacto del mismo, podría estar promoviendo la compra de alimentos poco nutritivos y de bebidas con alcohol. Dado el preocupante panorama de exceso de peso en la población, se considera necesario que –por el contrario- el Estado avance con regulación basada en la evidencia científica que busque desalentar el consumo de los productos no saludables y fomente el consumo de alimentos con alto valor nutricional.

En tercer lugar, se hace hincapié en la importancia de la comunicación a la población respecto de estas cuestiones y, particularmente, en la utilización del etiquetado frontal; que –según numerosos estudios- es el más eficaz para identificar productos con alto contenido de nutrientes críticos, proporcionar mejor información en corto tiempo a los consumidores y favorecer la selección de alimentos más saludables. Asimismo, este tipo de etiquetado es priorizado por ser el más comprendido por niños, niñas, adolescentes y personas de menor nivel educativo, lo cual es central para contemplar la perspectiva de inequidad en la política pública y proteger especialmente a los grupos en mayor situación de vulnerabilidad, que son quienes más padecen obesidad, malnutrición y enfermedades crónicas en general.

Por las razones expuestas, exigimos:

1. Se rediseñe la canasta básica con un enfoque de derechos humanos que integre los estándares propuestos por organismos internacionales, reflejando la diversidad tanto regional, ambiental como económico-social de cada una de las provincias argentinas en el marco de nuestro sistema federal de gobierno.

2. Se avance con regulación basada en la evidencia científica que busque desalentar el consumo de los productos no saludables y fomente el consumo de alimentos con alto valor nutricional.

3. Se haga hincapié en la comunicación a la población respecto de estas cuestiones, utilizando la estrategia de etiquetado frontal.

Descargar pronunciamiento completo sobre «Precios Esenciales»

Autoras

Lucía Pereyra

María Victoria Gerbaldo

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Agustina Mozzoni, agustinamozzoni@fundeps.org

El pasado miércoles 10 de abril llevamos adelante la jornada “El derecho frente a los desafíos de la salud en América Latina” en el Colegio de Abogados de la Provincia de Córdoba.

El evento fue coordinado por la Dra. Viviana Perracini, Directora de la Sala de Derecho a la Salud del Colegio. La Dra. Claudia Zalazar, Presidenta de la Sala de Derecho a la Salud del Instituto de Investigación en Ciencias Jurídicas de la Universidad Blas Pascal, disertó sobre “El rol de los tribunales en la realización y disfrute del derecho a la salud, experiencias.”

Luego, contamos con la participación de un invitado internacional, Oscar Cabrera, Director del Programa de Familias Saludables del Instituto O’Neill de la Universidad de Georgetown. Su presentación giró en torno al derecho como herramienta fundamental para resolver problemas de salud. 

Finalmente, nuestro Director Ejecutivo, Juan Carballo, desarrolló la interrelación entre el ámbito internacional y el ámbito local en materia de regulación de salud. 

Agradecemos el apoyo dado por el Colegio de Abogados, el Instituto O’Neill y el Grupo de Investigación en Derechos Sociales (GIDES) para llevar adelante este evento. 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org