El 16 de febrero venció la prórroga otorgada a las grandes empresas para implementar la ley y el 20 es el turno de las PYMES, quienes a partir de ese día deben incorporar los sellos en sus productos con contenido excesivo de nutrientes críticos. En este mes clave, las organizaciones de la sociedad civil destacan la necesidad de que se cumpla la ley y de que el Estado asuma una conducta activa en su fiscalización.

El mes de febrero tiene dos fechas claves para la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como Ley de Etiquetado. Es por eso que FAGRAN, Fundeps, SANAR, FIC Argentina y Consciente Colectivo se reunieron para repasar los tiempos de la norma y para destacar que ya no hay más excusas para que se cumpla la ley.

Por un lado, el 16 de febrero es el día en que vencen las prórrogas otorgadas a las grandes empresas, un beneficio con el que contaron para retrasar la fecha de implementación que la ley originalmente estipulaba (el 20 de agosto de 2022). Es decir, a partir de ahora las grandes empresas deberán incorporar los sellos en los envases de sus productos con excesos de nutrientes críticos. Este proceso será gradual dado que aún pueden circular en los comercios productos de las empresas que obtuvieron prórrogas, y que fueron elaborados y envasados antes del 16 de febrero los cuales, según la ley, no tienen la obligación de llevar sellos dado que fueron elaborados bajo el período de las prórrogas.

Por otro lado, la reglamentación de la ley establece que a partir del 20 de febrero las PyMES deben comenzar a incluir las etiquetas en los envases correspondientes. Sin embargo, y tal como sucedió con las grandes empresas, las PYMES pueden obtener prórrogas de hasta 180 días para retrasar la implementación. 

Si bien las prórrogas se encuentran dentro del marco previsto por la norma y no se tratan de una violación a la misma, desde las organizaciones exigimos que sea pública la información sobre los motivos por los que se aprobó este beneficio, así como también a qué productos y empresas se otorgaron. Esta información no fue brindada por el Estado, quitando transparencia al proceso de implementación de la ley. Esta situación, sumado a factores como el stock, genera un escenario confuso para la ciudadanía, la cual no cuenta con información clara para identificar si un producto no tiene sellos porque es saludable; porque proviene de otro stock; o porque tiene el beneficio de la prórroga. 

A partir de ahora el rol del Estado en la fiscalización del cumplimiento de la ley será clave para defender los derechos de la población. Desde la sociedad civil seguiremos monitoreando este proceso, acercando herramientas e información y exigiendo por su correcta implementación junto a la ciudadanía.

 

Contacto

Maga Merlo, magamerlov@fundeps.org

Este mapa interactivo presenta 9 casos de proyectos que cuentan con la participación y el financiamiento de empresas chinas, a las cuales hacen seguimiento el Grupo Regional sobre Financiamiento e Infraestructura (GREFI) y la Coalición Regional por la Transparencia y la Participación en Perú, Argentina, Colombia y Brasil.

El objetivo es dar a conocer la información básica de los proyectos, la ubicación, la situación actual y los impactos socioambientales que han generado o que podrían generarse si es que se implementan.

Desde el Grupo Regional sobre Financiamiento e Infraestructura (GREFI) realizamos del 2021, el taller : “El seguimiento a las relaciones entre China y América
Latina: intercambio de experiencias”. Este espacio reunió a diferentes organizaciones de sociedad civil (OSC), la academia, dirigentes indígenas y periodistas de la región que hacen seguimiento a la relación entre China y América Latina, o se han visto impactadas por las inversiones del país asiático.

El objetivo del espacio fue identificar cuestiones comunes y elementos claves de discusión, a partir del trabajo y la experiencia de seguimiento e incidencia  que sirva para promover una mayor articulación entre los actores, identificar las diferencias, limitaciones y oportunidades de trabajo conjunto.

Junto a la fundación ECOS, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del 2022 estuvimos participando en distintas instancias de capacitación y formación en donde abordamos contenidos fundamentales para realizar acompañamientos cuidadosos y garantizar prácticas seguras de Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo (IVE/ILE) desde una perspectiva integral y de derechos humanos. Estos espacios estuvieron dirigidos especialmente a personal de salud.

Los encuentros de formación se dieron en colaboración con el Hospital Regional Aurelio Crespo de Cruz del Eje, el Hospital Regional de Villa Dolores, el Hospital Regional Dr. Luis María Bellodi de Mina Clavero, el Hospital Municipal de Villa Carlos Paz y el Movimiento Campesino de Córdoba en la localidad de Villa de Soto. Participaron alrededor de 180 personas, entre ellas, autoridades sanitarias, profesionales de la salud, personal de enfermería, personal administrativo, estudiantes de disciplinas vinculadas con la salud, promotoras de salud comunitaria y público general. 

En cada encuentro se brindó formación sobre el marco jurídico legal vigente que regula la interrupción legal y voluntaria del embarazo, con un desarrollo pormenorizado de la Ley 27.610 y de la Ley 26.529, que regula los derechos de les pacientes en su relación con profesionales e instituciones de la salud. La formación también consistió en el desarrollo de contenidos técnicos para el abordaje integral de acompañamientos cuidadosos, en cumplimiento de parámetros internacionalmente recomendados para garantizar prácticas seguras de Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo (IVE/ILE).

En el marco de las capacitaciones, presentamos y distribuimos nuestra Guía de prácticas cuidadas para la atención de la interrupción del embarazo. Se trata de un documento que aborda aspectos legales y de salud basados en la legislación vigente, en los estándares internacionales y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

A través de estas instancias de formación y capacitación orientadas a personal de salud, pretendemos colaborar con el perfeccionamiento y mejoramiento de esta práctica desde una perspectiva jurídica e integral, respetuosa de los derechos humanos y en consonancia con la regulación más actual en materia sanitaria. De este modo, abonamos a la formación de personal de salud que facilite el ejercicio de derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, a quienes consideramos garantes de derechos y defensores de derechos humanos.

Autoras

Luz Baretta

Mayca Balaguer

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

A días del segundo aniversario de la sanción de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo ocurrió un nuevo episodio de persecución a la libertad reproductiva de las personas gestantes. Esta vez en la ciudad de Villa María, donde fueron detenidas 4 socorristas y una médica.

Allanamientos y detenciones arbitrarias

Durante la tarde del miércoles 21 de diciembre, dos integrantes de la organización Socorristas en Red y una profesional de la salud fueron detenidas luego de realizarse una serie de allanamientos, a solicitud del Ministerio Publico Fiscal, por el supuesto delito de ejercicio ilegal de la medicina, delito que, de acuerdo al Código Penal de la Nación (art. 208), es excarcelable. A su vez, dos personas más contaban con orden de detención pero no se encontraban en el país en el momento, motivo por el cual, a través de su abogado, se pusieron a disposición de la justicia y emprendieron el regreso al país. A pesar de ello, la fiscalía sin motivo alguno libró órdenes de captura que llevaron a que al momento de ingresar al país, en vísperas de navidad, fueran detenidas en Ezeiza. 

En virtud del recurso que el abogado defensor presentó ante el Juzgado de Control, el día viernes 23 de Diciembre se dispuso la libertad de la profesional de la salud y el día lunes siguiente fueron liberadas las otras cuatro personas detenidas. Junto con el pedido de libertad realizado por el defensor, múltiples organizaciones de la sociedad civil se presentaron ante el Juzgado de manera espontánea manifestando su preocupación por la causa en un contexto en el que el acceso a la interrupción del embarazo es un derecho reconocido a nivel nacional, y en especial por el tipo de medidas adoptadas en el marco de la investigación penal, que resultaron claramente amedrentadoras y desproporcionadas.

Socorrismo es salud

Desde su nacimiento en el año 2012, Socorristas en Red se constituyó como una articulación de colectivas que, a lo largo de todo el país, brindan información y acompañan abiertamente a las personas que deciden interrumpir sus embarazos, para que lo hagan de manera segura y cuidada, en consonancia con la ley y los estándares internacionales de derechos humanos y de salud.

La práctica de las socorristas consiste en informar y acompañar las decisiones de quienes deciden abortar, a través de escuchas que alojan las necesidades y deseos de las personas que acuden a ellas. El socorrismo sostiene y exige la dignidad y la justicia de los abortos, sean autogestionados o en el sistema de salud. En su hacer cotidiano, realizan materiales propios con información sobre la práctica, campañas de comunicación y difusión de derechos, y sistematizaciones sobre los casos que acompañan. Su trabajo es público y visible, y tiene como objetivo trabajar por cambios culturales que colaboren con erradicar las vergüenza, los miedos, y los estigmas en torno a los abortos, para que sean práctica libres y cuidadas. 

En el marco de la Ley 27.610, la entrega de información y el acompañamiento en el proceso de interrupción del embarazo que lleva adelante el socorrismo es legal y no debe ser sancionado. Tal es así, que a nivel internacional se reconoce que el acompañamiento comunitario para el tránsito por las interrupciones del embarazo es de gran importancia para mejorar la seguridad, efectividad y la experiencia individual de ese proceso.

 

Aborto legal en el hospital y en cualquier lugar

Desde la sanción de la Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y a la Atención Postaborto en diciembre del año 2020, decidir la interrupción del embarazo de manera libre es un derecho de todas las personas con capacidad de gestar. La ley reconoce también el derecho a requerir y acceder a la atención de esta práctica en los servicios del sistema de salud. Por lo tanto, todo el personal de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo, sin perjuicio de que estas prácticas puedan realizarse de forma autogestionada.

Según el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción voluntaria y legal del embarazo (IVE/ILE), el modelo de atención centrado en las personas que adopta la Ley 27.610 reconoce la realización de las interrupciones del embarazo con asistencia de personal de salud y autogestionadas. Las prácticas autogestionadas se consideran seguras por la Organización Mundial de la Salud (OMS) si se realizan con la información adecuada y los métodos indicados de acuerdo con la edad gestacional y los antecedentes clínicos de la persona gestante. De esta forma se tienen en cuenta las preferencias y aspiraciones individuales de las personas usuarias de los servicios y se consideran las prácticas y valores culturales de sus comunidades.

Estas prácticas autogestionadas se realizan a través del uso de medicamentos, como el misoprostol solo o combinado con mifepristona. La práctica extendida y numerosas investigaciones han demostrado que la realización del procedimiento medicamentoso en forma ambulatoria y autogestionado es una opción segura y eficaz. Asimismo, es elegida por muchas mujeres u otras personas con capacidad de gestar, porque les permite iniciar el proceso de interrupción en el momento y lugar en que les resulte más cómodo y les brinde mayor tranquilidad. 

A la clandestinidad no volvemos

A 2 años de la sanción de la Ley 27.610, que abandonó el paradigma criminal, y reconoció el derecho de las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar a interrumpir sus embarazos, repudiamos esta ofensiva judicial, que se suma a una serie de estrategias que son implementadas por sectores conservadores para oponerse a los derechos conquistados. Exigimos que la investigación penal continúe conforme a los principios que rigen en materia de derechos humanos y considerando el impacto que tiene esta causa en el acceso a un servicio de salud fundamental. La persecución de quienes acompañan abortos profundiza el estigma sobre la práctica, perpetúa estereotipos y pone en peligro el acceso al derecho a la salud. 

Apoyos de la sociedad civil 

El lunes 26 de diciembre, cerca de 50 organizaciones sociales se presentaron ante el Juzgado de Control para expresar su preocupación frente a la privación de la libertad de las 4 socorristas que continuaban detenidas: Amnistía Internacional Argentina, Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Centro de Estudio de Estado y Sociedad (CEDES), Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), MxM, Fundación ECoS Espacio Córdoba Salud, Consorcio Latinoamerciano en Contra del Aborto Inseguro (CLACAI), Biblioteca Popular Julio Cortázar/ Radio Comunitaria La Quinta Pata, Fundación GEMA – Género y Masculinidad, Centro de Apoyo y Protección de los Derechos Humanos – Surkuna, Centro de Derechos Reproductivos, Movimiento Campesino de Córdoba, Consultorio de Salud Integral, Centro de Investigación y Formación de los Movimientos Sociales Latinoamericanos (CIFMSL), La Tinta, Ni Una Menos, Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Instituto Laico de Estudios Contemporáneos (ILEC), Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), Fundación Siglo 21, Fundación Mujeres en Igualdad (MEI), Fundación Derechos Humanos, Equidad y Género (Fundheg), Movimiento Socialista y del Trabajo (MST), Unión de Trabajadores de Salud, Cooperativa Luna Nueva, Cooperativa Soberanía alimentaria, Cooperativa Podemos, Cooperativa Construyendo Dignidad, Cooperativa Macollando, Asociacion Civil Construyendo Dignidad, Asociación Cordobesa de Medicina Familiar y General (A.C.O.M.F.Y.G), Comisión Provincial de la Memoria de Córdoba, Familiares de detenidos y desaparecidos por razones políticas de Córdoba, Observatorio de Género, Diversidades y Disidencias CPP, Tierra Violeta, REDAAS, Ipas Latinoamérica y el Caribe (Ipas LAC), Fundación Huésped, FUSA A.C., Colectivo de Educadorxs Desde el Sur, Lesbodramas, Colectivo de Acción Contra las Violencias de Géneros de Misiones, Adultxs Protectorxs contra el Abuso Sexual en la Infancia, Docentes por el derecho al Aborto. Misiones, Ñanduti Agrupación Feminista de El Dorado, Colectiva feministas Las Azucenas (La Plata), Consejo Asesor de la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva. 

Autoras

Luz Baretta

Mayca Balaguer

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

 

Tras participar en una serie de consultas públicas presenciales y virtuales, un grupo de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) de la región enviamos comentarios y sugerencias al BID en el marco de la revisión de la Política de Acceso a la Información del Banco.

El pasado 28 de diciembre de 2022 finalizó el plazo establecido por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para el envío de comentarios sobre el borrador de la nueva Política de Acceso a la Información (PAI) de la institución. Así concluyó la Segunda Fase del Proceso de Consulta Pública aprobado por el Banco y que se extendió por 90 días.  

En ese marco, junto con un grupo de Organizaciones de la Sociedad Civil  de la región, enviamos  un documento con comentarios y recomendaciones en relación al Borrador de Política elaborado por el Banco, el cual si bien incorpora algunos avances positivos no logra ser suficiente para garantizar el derecho de acceso a la información de forma efectiva en relación al accionar por parte del Banco y sus clientes.

Entre las principales recomendaciones y sugerencias resaltadas en el documento destacan,  las siguientes:

  • Compromiso con el acceso a la información como un derecho humano fundamental. El Banco debe establecer compromisos claros para garantizar el respeto del acceso a la información como derecho humano fundamental. El derecho a la información es también un derecho de acceso clave para el ejercicio de otros derechos fundamentales, como son la consulta, participación e involucramiento de las personas y comunidades impactadas por proyectos en las decisiones que afectan o pueden tener impacto en sus formas de vida.
  • Directrices de Implementación. Preocupa que algunos criterios y parámetros que harán efectiva la PAI se dejen para ser abordados en las Directrices de Implementación. De este modo, la eficacia y fuerza de la PAI dependerá mucho de las Directrices de Implementación que no requieren obligatoriedad de cumplimiento como sí lo requiere la misma PAI. A su vez, dichas Directrices deberían ser consultadas a través de un proceso participativo significativo con la sociedad civil.
  • Ambigüedad de lenguaje. La PAI contiene mucho lenguaje ambiguo y compromisos vagos y difusos, lo que abre la puerta a diferentes interpretaciones, incluyendo incumplimientos y faltas graves. Asimismo, impide establecer exigencias claras para con los prestatarios y también las responsabilidades del propio Banco. La Política debe evitar la flexibilidad y ambigüedad de lenguaje para prevenir el uso de la discrecionalidad y el incumplimiento respecto de sus lineamientos. 
  • Especificación de qué información se va a publicar de manera proactiva, tiempos de divulgación, en qué formatos, canales y plazos. La PAI debe establecer claramente qué información va a publicar proactivamente, por qué canales o medios, en qué formatos y en qué plazos. A su vez, los plazos de respuesta a los pedidos de información son excesivos, reservándose el BID el derecho a extender estos plazos indefinidamente. El Banco debe definir plazos más abreviados y claros en cuanto a sus respuestas de pedidos de información, debiendo alinearse como mínimo con los estándares internacionales de aplicación actual.
  • Información de propiedad del país o del cliente. Si bien se celebra la eliminación de la “Excepción información específica de países” preocupa que otros puntos de la política puedan terminar socavando el principio de máxima divulgación y la apertura que se pretende con tal eliminación. 
  • Excepciones. Las excepciones deben ser más precisas y se deben establecer  criterios claros para su aplicación, así como la identificación de los documentos específicos o información a la que no se dará acceso en el marco de la excepción. 
  • Valoración de daño. Se celebra la inclusión de la valoración del daño para la aplicación de las excepciones. Sin embargo, se deben especificar criterios y escalas claras para delimitar su aplicación. Si no se hace un esfuerzo para definir estos criterios y procedimientos en el cuerpo de la Política (y se los deja para las Directrices de Implementación), existe el riesgo de que durante su aplicación termine primando la discrecionalidad en el uso de las excepciones por parte del Banco y  prestatarios. Se recomienda incorporar el criterio de interés público en la valoración del daño, como contrapeso al daño, y hacer públicos los resultados de la valoración de daño en cada caso en específico.
  • Datos abiertos, lenguaje simple, formatos accesibles y usabilidad de la información. La información que se divulga y se publica debe tener utilidad para quienes la solicitan, en especial para las comunidades afectadas por proyectos del BID, prestando atención a los grupos marginalizados, como pueblos indígenas, afrodescendientes, personas con discapacidad, mujeres, población LGBTIQ+, entre otros. El formato accesible, el lenguaje simple y la generación de datos abiertos están relacionados con la usabilidad de la información. Se recomienda al BID abordar el tema de formatos accesibles, lenguaje simple y datos abiertos de manera más detallada y de manera transversal en toda la PAI, teniendo en cuenta la importancia de este aspecto en especial para grupos marginalizados. 

Cabe destacar que gran parte de las recomendaciones y sugerencias contenidas en el documento fueron previamente planteadas en el marco de las consultas públicas llevadas adelante por el BID, tanto de carácter virtual como presencial en Montevideo, Bogotá y Washington DC. Precisamente, desde Fundeps participamos en la consulta pública presencial en Montevideo, Uruguay el pasado 15 de noviembre de 2022.

Esperamos que los insumos vertidos por la sociedad civil sean considerados por el Banco y contribuyan a fortalecer el borrador de Política de Acceso a la Información propuesto por la institución, que dista mucho de incorporar los más altos estándares en la materia. 

Para acceder al documento completo con comentarios y sugerencias enviados al BID acceda aquí

Más información

Actualización de la Política de Acceso a la Información – BID

Contacto
Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org