Delegados de los 20 países firmantes de la declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, sobre el acceso a la información, la participación pública y la justicia en asuntos ambientales, se reunirán en Panamá del 27 al 29 de octubre de 2015 para continuar con la negociación de un acuerdo regional sobre estas materias.

La Segunda Reunión del Comité de Negociación del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, bajo la organización de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Gobierno de Panamá, tendrá lugar en la Ciudad de Panamá del 27 al 29 de octubre de 2015. Se negociarán aspectos sustantivos del instrumento regional, en especial el preámbulo y los artículos 1 a 10 del documento preliminar elaborado por la CEPAL. Además se trabajarán las propuestas realizadas por los diferentes países, como también las de los insumos recibidos por el público.

Desde Ginebra, a través de una declaración pública (22 de octubre de 2015) un grupo de expertos[1] en derechos humanos de las Naciones Unidas expresaron su firme apoyo a los esfuerzos de los gobiernos de América Latina y el Caribe para lograr un instrumento regional que garantice los derechos de acceso a la información, la participación y la justicia en asuntos ambientales. Consideraron que “esta negociación es uno de los pasos más importantes en la protección y promoción de la democracia ambiental a nivel internacional y proporcionará un modelo para que se tomen pasos similares en otras regiones y países”. Reconocieron la transparencia del proceso y la amplia participación pública en todo momento de las deliberaciones, resaltando esta modalidad como una buena práctica internacional relativa a la participación de diferentes actores en procesos intergubernamentales.

Los expertos afirmaron que un instrumento regional robusto sobre los derechos de acceso fortalecerá las legislaciones nacionales que implementan acuerdos multilaterales ambientales y las políticas nacionales en otras áreas, como el cambio climático, la gestión de productos químicos y residuos y la diversidad biológica.

Sin embargo, advirtieron que si bien la mayoría de los países han expresado su intención de concluir un instrumento jurídicamente vinculante, aún no han adoptado una decisión formal sobre el tema. Respecto a este último tema, el Relator Especial sobre los derechos humanos y el medio ambiente, John Knox, en representación de los expertos dijo, “Instamos a los negociadores a que adopten un tratado u otro instrumento vinculante, ya que ésta sería la mejor forma de promover la implementación efectiva de los derechos de acceso y el desarrollo sostenible, y de asegurar que este instrumento fortalezca las capacidades de las instituciones públicas y la sociedad civil”.

Desde Fundeps continuamos participando como observadores de este proceso regional a fin de lograr el más alto nivel de fortalecimiento e implementación de los derechos de acceso a la información, participación y justicia en materia ambiental. Así también, consideramos valioso y oportuno el aporte realizado por los expertos en derechos humanos de la ONU, ya que un instrumento jurídicamente vinculante proporcionará herramientas legales que aseguren el disfrute efectivo de los derechos de acceso.


[1]Los expertos forman parte de los ‘Procedimientos Especiales’, el mayor órgano de expertos independientes en el sistema de la ONU para los Derechos Humanos, que reúne a los mecanismos de investigación y monitoreo establecidos por el Consejo de Derechos Humanos para hacer frente a situaciones concretas en países o a cuestiones temáticas en todo el mundo. Para mayor información, visite: http://www.ohchr.org/SP/HRBodies/SP/Pages/Welcomepage.aspx 

 

 

Contacto:

María Elena Martinez – Área de Derechos Humanos

malemartinez@fundeps.org

El día sábado 26 de septiembre Fundeps formará parte de un encuentro en el que participarán mas de 150 mujeres que representarán organizaciones de Paraguay, Bolivia y Argentina. El encuentro se propone generar espacios de diálogo y participación que permitan afrontar los problemas socio-ambientales a los que se ven enfrenta la región.

Los días 25, 26 y 27 de septiembre 2015 se desarrollará en la Universidad Provincial de Córdoba, el Encuentro Trinacional del Colectivo de Mujeres del Chaco Americano.
Este evento, en el que participarán más de  150 mujeres de organizaciones de Bolivia, Paraguay y Argentina, se realiza en el marco del Proyecto Fortaleciendo a las  Defensoras de Derechos Ambientales en el Chaco Americano coordinado por el Fondo de Mujeres del Sur (Argentina y Paraguay), Plurales (Argentina) y el Centro de Capacitación e Investigación de la Mujer Campesina de Tarija (CCCIMCAt, Bolivia), con el apoyo financiero de la Unión Europea.
Esta iniciativa -que cuenta con la participación de numerosas organizaciones e instituciones de mujeres, ambientales y sociales- se propone como un espacio que promoverá el diálogo e impulsará el intercambio en torno a las principales oportunidades  que tienen los grupos o que necesitan consolidar para afrontar los problemas socio-ambientales a los que se ven enfrentadas en la región.
Su finalidad es la de generar un tiempo y un espacio de participación ciudadana activa de las mujeres representantes de sus organizaciones, en la que podrán conocerse, compartir experiencias y aprendizajes, construir nuevos caminos  y puentes entre ellas y sus organizaciones y espacios locales.

 

Contacto

Virgina Pedraza / Co – Coordinadora del área de Derechos Humanos

vir.pedraza@gmail.com

El 16 y 18 de septiembre Fundeps participó del evento «Perimeter defense: innovative technologies for detecting and preventing illegal logging» organizado por World Resources Institute, que tenía por objetivo la interrelación e intercambio entre activistas y ONG’s dedicados a la problemática de los bosques.

Llevado a cabo en la Academia de Ciencias de California, en San Francisco, las jornadas estaban orientadas a conectar las experiencias de activistas y ONGs dedicados a la protección de bosques. El evento contó con la presencia de expertos en tecnologías y empresas dedicadas al desarrollo de las mismas.
Fuimos invitados como participantes en el marco de nuestro trabajo en el proyecto de “Advocacy for the decrease of deforestation in the «Gran Chaco Argentino» forest, with a special focus on Córdoba” apoyado por Global Forest Watch. Nuestro proyecto tiene como fin último incidir en la reducción de la deforestación en el bosque del Gran Chaco, con especial foco en Córdoba.
El primer día consistió en un conferencia de cuatro sesiones. La apertura fue llevada a cabo por un panel que trató el tema referido a las dificultades para prevenir, detectar y sancionar el desmonte ilegal. La charla incluyó temas como las barreras políticas, sociales, culturales y tecnológicas. Luego se avanzó sobre distintos tipos de tecnologías, y también sobre la detección de actividades que afectan al medio ambiente, incluyendo a la fauna, vía satelital, visual y sonora, entre otras.
Hacia el final del día, se analizó el caso de la Biosfera Maya de Guatemala, para discutir potenciales usos de las tecnologías explicadas previamente. Además, el último panel compartió experiencias positivas sobre uso de algunas tecnologías en la protección de bosques y especies en peligro.
La segunda jornada del encuentro consistió en un taller para construir propuestas para la acción en distintos temas. Entre los diferentes tópicos estaban la prevención del desmonte, cómo trabajar en la construcción de capacidades con comunidades indígenas, o en contextos con escasos recursos tecnológicos, la utilización de drones para el monitoreo de bosques y el procesamiento de los datos recopilados con medios tecnológicos.

 

Contacto:

Carolina Tamagnini / carotamagnini@fundeps.org

Fundeps, como organización miembro de la Iniciativa de Acceso (TAI), envió comentarios y sugerencias a un documento elaborado por la CEPAL, que es la base para mejorar la implementación del Principio 10 de la Declaración de Rio.

La Iniciativa de Acceso (TAI) es la red mundial más grande de organizaciones de la sociedad civil que trabajan para que los ciudadanos tengan el derecho y capacidad de influir en las decisiones sobre los recursos naturales que sostienen a sus comunidades.

Como parte de la coalición global de organizaciones de la sociedad civil TAI, Fundeps envió comentarios y observaciones al Documento preliminar del Instrumento Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe, elaborado por CEPAL. Este es el documento base de las negociaciones internacionales que se están llevando adelante para mejorar la cabal implementación del Principio 10 de la Declaración de Rio, a través de la cual se consagran los derechos de acceso.

El equipo de trabajo de FUNDEPS, coordinó parte del trabajó sobre el documento y marcó la importancia de reformular el objetivo del acuerdo, proponiendo la siguiente redacción: “El objetivo último del presente acuerdo es garantizar el derecho de las generaciones presentes y futuras a vivir en un medio ambiente sano y sostenible mediante la efectiva aplicación en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso, consagrados en el principio 10 de la Declaración de Rio”. Entre otros aportes enviados a modo de sugerencia, cabe destacar que al texto propuesto se incorporaron conceptos como el de Justicia Ambiental,  principio de educación y congruencia, entre otras sugerencias que esperamos sean atendidas por los gobiernos partes.

Para mayor información: http://www.cepal.org/es/principio-10 

Para ver el documento preliminar del Acuerdo regional sobre el Acceso a la información, la participación pública y el acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe con las sugerencias realizadas por Fundeps, hacé click acá.

 

Contacto:

Juan Carballo – Directo Ejecutivo

juanmcarballo@fundeps.org.

Yamile Najle – Coordinadora del área de Derechos Humanos

yamilenajle@fundeps.org.

El pasado 11 de agosto, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba se expresó por la constitucionalidad de la Ley Nº 9526, que prohíbe la minería metalífera y de sustancias radiactivas en su modalidad a cielo abierto en todo el territorio de la provincia de Córdoba, y asimismo el uso de cianuro, mercurio y toda otra sustancia química contaminante y/o peligrosa en la actividad minera.

De este modo se rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad planteada por representantes de la Cámara Empresaria Minera de la Provincia de Córdoba (Cemincor) y de la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear (APCNEAN), en contra de la Provincia de Córdoba en el año 2009.

Es necesario recordar que esta ley fue sancionada de forma unánime por la Legislatura provincial el 24 de septiembre de 2008, como resultado de la conquista de la lucha de organizaciones sociales y ambientales de la provincia en resguardo de los derechos de incidencia colectiva, en defensa del ambiente y de nuestros bienes comunes. En aquel momento, se lograron juntar más de 80.000 firmas para que la ley tuviera fuerte apoyo de la ciudadanía.

El fallo del máximo tribunal sostuvo la amplia constitucionalidad de la ley cuestionada, en tanto Argentina constituye un Estado Federal plurilegislativo, en el cual los distintos niveles gubernamentales tienen su respectiva competencia para dictar sus leyes. Así, distinguió especialmente entre las facultades delegadas a la Nación en el art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional (Códigos de fondo, de Minería), y aquellas que mediante el art. 41 también fueron delegadas (Leyes de Presupuestos Mínimos Ambientales) por las provincias, pero siempre conservando inalterable el dominio, la jurisdicción y el poder de policía sobre sus recursos naturales (art. 124 CN).

El TSJ ratificó que la Ley 9526 fue dictada con plena competencia por la Provincia de Córdoba, atribución que fue reforzada por la reforma constitucional de 1994 y el nuevo paradigma jurídico ambiental, afirmando que “la misma Constitución reconoce a las provincias el carácter de titulares incuestionables de tal facultad en materia ambiental, la que es posible definir como conservada, progresiva, concertada y autonómica”. Asimismo sostuvo que en el caso en discusión no se planteaba una dicotomía desarrollo económico vs. ambiente, sino que se estaba restringiendo sólo un tipo de actividad minera, que resultaba a todas luces incompatible con los objetivos y bienes resguardados por la ley.

Los magistrados se manifestaron por la razonabilidad, la adecuación y la proporcionalidad de las medidas adoptadas por el legislador como representante de la “voluntad popular”, en tanto la prohibición de la gran minería a cielo abierto resultó absolutamente necesaria y razonable a los efectos de evitar los graves riesgos y daños de una actividad altamente destructiva, contaminante y agresiva en términos ambientales, sociales y culturales.

La prevalencia de los principios de prevención, precaución y de equidad intergeneracional fueron la plataforma jurídica sobre la que se fundamentaron la ley y más tarde la resolución judicial, asociados a los derechos a un ambiente sano, al agua, a la salud, al trabajo, al turismo, a un desarrollo regional sostenible. El tribunal fue categórico como pocas veces: “De allí, la relación directa entre la protección del ambiente y el derecho a la vida”.

Por último, queremos destacar que el TSJ respaldó sus fundamentos para la decisión judicial no sólo en el derecho ambiental constitucional e infralegal, sino también en numerosos tratados de derechos humanos, convenciones internacionales, y en informes y experiencias de minería a cielo abierto a nivel local, nacional y global.

El sector minero ha interpuesto recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que deberemos seguir luchando para que se respeten adecuadamente los derechos colectivos y las garantías fundamentales de todos los habitantes de la provincia de Córdoba.

Más información:

 

Contacto:

Agustin Filippi – Área de Derechos Humanos

agustinfilippi@fundeps.org

 

Fundeps elabora un documento de trabajo que trata sobre la problemática de los RSU (Residuos Sólidos Urbanos) en nuestra ciudad. El objetivo es contribuir e incidir en las políticas públicas a nivel local que garanticen el derecho a la salud y a un medio ambiente sano y equilibrado adoptado por estándares internacionales.

La problemática de los residuos sólidos urbanos (RSU) comienza con el desarrollo de la sociedad moderna en la que vivimos, y tiene origen en causas de diferente naturaleza: desde el rápido crecimiento demográfico, la utilización de bienes materiales de rápido deterioro o no degradables, hasta causas más complejas que obedecen a una ineficiente gestión integral de residuos acompañada de fuertes intereses políticos y económicos.

Según datos estadísticos proporcionados por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, cada habitante genera casi un kilo de basura por día, que es depositada en uno de los 130 predios de disposición final o, en el peor de los casos, en los cientos de basurales a cielo abierto que se formaron en el país. La ciudad de Córdoba genera aproximadamente 1200 toneladas diarias de residuos sólidos urbanos y asimilables que, hasta el año 2010, eran depositados en el sur de la ciudad, en el predio de Bouwer, ubicado sobre la Ruta 36 y que actualmente, en forma provisoria, son dispuestos en el Relleno Sanitario de Piedras Blancas. Esta dinámica genera múltiples situaciones de degradación ambiental y vulneración del derecho a un ambiente sano y del derecho a la salud entre otros.

Esta problemática global y local ha sido tratada y regulada en diferentes instrumentos internacionales y nacionales con el fin de minimizar los efectos nocivos y adecuar las legislaciones con políticas públicas sustentables y acorde a las realidades concretas de cada país/provincia.

Desde FUNDEPS estamos trabajando en esta importante cuestión y hemos elaborado como primer documento de trabajo el siguiente informe “Primeras aproximaciones: Marco legal vigente y problemática actual de los residuos sólidos urbanos en Córdoba”, que esperamos sea una primer acercamiento a la problemática.

Queremos avanzar partiendo desde el estudio de la institucionalidad ambiental en materia de RSU (Residuos Sólidos Urbanos), los fondos que se destinan para la GIRSU (partida presupuestaria), la situación actual de la licitación del servicio, los pasivos ambientales pendientes de remediación (predio Potrero del Estado, Bouwer), la situación actual y legal de los basurales a cielo abierto y la adecuación de las prácticas y manejo de RSU en Córdoba con los estándares internacionales y nacionales adoptados.

La finalidad de esta propuesta de trabajo consiste en contribuir e incidir en las políticas públicas a nivel local que garanticen el derecho a la salud y a un medio ambiente sano y equilibrado adoptado por estándares internacionales.

 

Contacto:

Malena Martinez – Área de Derechos Humanos

malemartinez@fundeps.org

Fundeps junto a más de  40 instituciones es parte de este nuevo consejo, cuyo objetivo es el asesoramiento respecto de los aspectos relativos al cambio climático que atentan contra el desarrollo sostenible.

El pasado martes 01 de Septiembre se constituyó el Consejo Asesor de Políticas de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, dependiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba. FUNDEPS junto a más de  40 instituciones es parte de este nuevo consejo, que fue calificado como  “un gran desafío” por parte de las autoridades. Entre las instituciones participantes se encuentran diversos sectores del gobierno provincial y nacional, universidades, colegios profesionales y ONGs, entre otros.

El Consejo tiene como objetivo  asesorar  sobre todos los aspectos relativos al cambio climático que atentan contra el desarrollo sostenible. Trabajando sobre las políticas de mitigación y adaptación al mismo en la provincia de Córdoba.  A los fines de comenzar a trabajar, se han propuesto como Comisiones Ténicas las de Agricultura, Eficiencia Energética, Salud, Normativa e Institucionalidad, Comunicación y Educación, Adaptación, Medidas Estructurales y Compromisos de Mitigación de la Provincia. Estas serán integradas por los miembros y, a propuesta de los mismos, podrán sumarse nuevas áreas de trabajo.

La Resolución Ministerial Nº 045 es la que dio origen al Consejo. El listado de participantes a la primera reunión plenaria, se puede ver acá.

Para mayor información: http://www.cba.gov.ar/reparticion/ministerio-de-agua-ambiente-y-servicios/secretaria-de-politicas-de-mitigacion-y-adaptacion-al-cambio-climatico/

 

Contacto:

Yamile Najle / Coordinadora del Area de Derechos Humanos

yamilenajle@fundeps.org.

Manuel Faner

manuelfaner@fundeps.org.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba dictará sentencia, el próximo martes 11 de agosto a las 12 hs., sobre la acción que pretende se declare inconstitucional la Ley Provincial Nº 9526, que prohíbe la minería modalidad a cielo abierto en Córdoba. 

La minería modalidad cielo abierto es especialmente destructiva y muy contaminante para el ambiente.Córdoba, particularmente, tiene gran cantidad de uranio para explotar, que es la materia prima de la energía nuclear.

La acción judicial fue iniciada en 2009 por CEMINCOR (Cámara Empresaria Minera de la Provincia de Córdoba), y APCNEAN (Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear), contra el Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba solicitando se declare la inconstitucionalidad de la Ley 9526.

Esta ley fue sancionada de forma unánime por la Legislatura Unicameral de Córdoba el 24 de septiembre de 2008, como resultado de la conquista de la lucha de organizaciones sociales y ambientales de la provincia en resguardo de los derechos de incidencia colectiva, en defensa del ambiente y de nuestros bienes comunes. En aquel momento, se lograron juntar más de 80.000 firmas para que la ley tuviera fuerte apoyo de la ciudadanía.

Desde Fundeps realizamos la más amplia difusión a la ciudadanía, organizaciones sociales e instituciones a que tomen conocimiento de la trascendencia social de la temática. Por eso, los convocamos a todos el día martes 11 de agosto a las 12 hs. en la sede de Tribunales I (Caseros 551), a presenciar el resultado de la sentencia del TSJ. Necesitamos del compromiso de todos para lograr la vigencia de la Ley 9526, y asi la protección del ambiente y el respeto por los derechos colectivos.

 

ACTUALIZACIÓN: Sentencia del Tribunal Superior de Justicia rechanza el reclamo judicial de CEMINCOR.

 

Contacto:

Agustin Filippi – Área de Derechos Humanos

agustinfilippi@fundeps.org

Vecinos de Villa Carlos Paz no están conformes con la sanción de la Ordenanza que reglamenta el Área Protegida (AP1) del Código de Edificación y Urbanismo de la ciudad, por atentar contra leyes que protegen los recursos naturales.

El lunes 27 de julio el Consejo Deliberante de Villa Carlos Paz sancionó la Ordenanza, bautizada por la prensa, de “Intangibilidad de la Montaña”, que viene a reglamentar el Área Protegida 1 (AP1) delCódigo de Edificación y Urbanismo de la ciudad (Ordenanza Nº 4021 y modificatorias).

Como antecedente es importante citar que el pasado 8 de junio hubo audiencia pública del proyecto de ordenanza sancionada, a la cual acudieron numerosos ciudadanos representantes de centros vecinales y de organizaciones sociales, que manifestaron sus diferencias respecto del texto normativo en tratamiento.

La AP1 es un área poligonal creada a los fines de su conservación y la preservación de sus valores naturales y servicios ambientales, definida geográfica y territorialmente por la Ordenanza Nº 5310. La ordenanza aprobada reglamenta la AP1 y la subdivide en tres grandes zonas: Área Protegida Intangible, Área Protegida Ocupadas preexistentes y Área Protegida con Servicios de Infraestructura y Equipamiento Estratégico.

Respecto del Área Protegida Intangible, la normativa señala que: “Queda prohibida toda modificación de las características topográficas del relieve natural, como así también toda alteración y/o modificación del ecosistema natural existente. Quedan prohibidas las subdivisiones y/o fraccionamientos de lote”, permitiendo solamente actividades científicas y de protección del bosque.

Respecto de las otras dos áreas, se presentan grandes problemáticas que han generado el rechazo de los vecinos y organizaciones ambientales de Villa Carlos Paz.  El primer inconveniente es la ratificación de la Ordenanza Nº 4850, que permitió años atrás el proyecto inmobiliario en la montaña denominado originalmente “Le Quartier de la Montagne”. Este proyecto de urbanización ha sido considerado como área protegida Ocupada preexistente con uso residencial, pero lo paradójico es que aún nada se ha construido desde el año de su aprobación, sólo hay un loteo para comercialización. Vecinos organizados linderos al cordón montañoso del proyecto piden la derogación de la  ordenanza anterior y de la nueva en cuanto ratifica el mismo, ya que son numerosos los motivos que fundamentan la improcedencia del proyecto. El valor paisajístico y turístico de la zona, la protección de los bienes naturales, los riesgos de desmoronamientos y falta de contención de aguas en la montaña, los riesgos en la construcción en pendiente, la dificultad y el saturamiento para la provisión de servicios públicos como aguas, gas, electricidad y cloacas, son todos factores que hacen inviable el proyecto, además de estar situado en la propia área protegida.

El segundo tiene que ver con el Área Protegida con Servicios de Infraestructura y Equipamiento Estratégico, “Área destinada al desarrollo de proyectos de Infraestructura de Servicios y Equipamiento a escala urbana, necesarios para el desarrollo de la Ciudad”. Ésta no sólo incluye el proyecto del “Centro Ambiental” sino que posibilitaría otros desarrollos urbanísiticos futuros para el municipio de Carlos Paz.

Las modificaciones que se introducen en la actual ordenanza afectan directamente a la Reserva Natural de Defensa La Calera ubicada en terrenos que pertenecieran al Estado Nacional, pretendiendo disponer un área de 52 hectáreas de la misma para la radicación de una planta de tratamiento y disposición de residuos sólidos urbanos denominada “Centro Ambiental”, que tratará residuos no sólo de Carlos Paz sino de otras cinco localidades. Dicha planta se ejecutaría con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por medio del Ministerio de Turismo de la Nación.

Además de constituir una Reserva Natural y Área de Protección (AP1), la localización sobre la cual se pretende construir el Centro Ambiental, entre otras cosas, vulnera las leyes de uso de suelo del área metropolitana de Córdoba (N 9.841 y 10.004) por ser área no urbanizable, y la de ordenamiento territorial de bosques nativos (N 9.814) porque más del 75% sería zona roja de alto valor de conservación, donde debe preservarse el bosque autóctono sin admitirse alteraciones antrópicas.

Asimismo, no se ha dado cumplimiento a la leyes de política ambiental de la Provincia de Córdoba (N 7.343 y 10.208) y de presupuestos mínimos de la Nación (Nº 25675), en violación a las disposiciones que ordenan la Evaluación de Impacto Ambiental previa a toda planificación y ejecución del proyecto, y la Participación Ciudadana con el llamado obligatorio a audiencia pública, para la oportuna obtención de la licencia ambiental.

Por último, entendemos que será necesario realizar una Evaluación de Impacto Estratégica o de Impacto Acumulado, en relación a que en el área existen otras actividades como el paso del circuito del rally, un playón de estacionamiento para ómnibus y vehículos de gran porte, la planta de tratamiento de líquidos cloacales, y la existencia del basural a cielo abierto, que a pesar de ser éste remediado a partir de la construcción de la planta de RSU, debería realizarse una evaluación global de los impactos en el ambiente.

Fundeps está trabajando en el monitoreo de las iniciativas del gobierno de Carlos Paz, en relación a los proyectos de desarrollo urbanístico y de infraestructura que pretende autorizar en áreas naturales y protegidas sin contar con la debida participación de la ciudadanía, violando el marco normativo ambiental municipal, provincial y nacional. En tal marco ha enviado pedidos de información pública ambiental a la Municipalidad de Carlos Paz, al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Córdoba, al Ministerio de Turismo de la Nación, y al Banco Interamericano de Desarrollo.

 

Contacto: Agustin Filippi 7 agustinfilippi10@gmail.com

En apoyo a la solicitud de cooperación regional, promovida por organizaciones de la sociedad civil de México, Fundeps procedió a constituirse como amigo del tribunal (Amicus Curiae) ante la Corte Suprema de Justicia de aquel país. Son siete causas en las que se discute la vigencia de los derechos humanos de comunidades de apicultores mayas.

Diferentes asociaciones de apicultores y comunidades indígenas mayas, junto al apoyo de organizaciones no gubernamentales, promovieron demandas de amparo contra las secretarías y organismos estatales del sector agropecuario del Estado mexicano; a los fines de solicitarles la revocación del acto administrativo que autorizó la liberación al ambiente en fase comercial de la soja genéticamente modificada, producto de la empresa Monsanto.

El evento transgénico autorizado estaba destinado a sembrarse en 253,500 hectáreas en cinco polígonos, que se ubican al sureste del país, afectando grandes superficies de tierras de los estados provinciales de Yucatán, Campeche, Chiapas y Quintana Roo. Los amparistas interpusieron acciones legales inmediatas porque resultaron y probablemente resultarán vulnerados sus derechos fundamentales en caso de mantenerse vigente tal autorización, como son el derecho a un medio ambiente sano, a la salud, derecho al trabajo, y el derecho a la consulta previa, libre e informada de los pueblos indígenas.

Los juicios se encuentran ante la Corte Suprema de México como órgano máximo de decisión, por lo que la presentación de Fundeps como organización con solvencia técnica y jurídica en cuestiones relativas al derecho a un ambiente sano y a la salud, y en especial a las impactos por la utilización de agroquímicos, pretende profundizar los conocimientos y alcances de las negativas implicancias sociales, ambientales, económicas y culturales de una autorización de soja transgénica como la discutida en los mismos.

 

Contacto

Agustin Filippi – Área de Derechos Humanos

agustinfilippi10@gmail.com

Finalmente, la justicia de Alta Gracia admitió el pedido que Fundeps realizó, junto a un grupo de vecinos de Barrio Parque San Juan, para intervenir voluntariamente en la Causa «Verdol S.A contra Municipalidad de Alta Gracia”.

En la causa se discute la constitucionalidad de la Ordenanza local Nº 9375, que crea una zona de resguardo ambiental en la ciudad de Alta Gracia. A partir de la incorporación de Fundeps, los vecinos tendrán participación en este importante proceso judicial, cuya decisión tendrá impacto directo sus derechos.

El tribunal ha considerado que se encuentra suficientemente justificado el interés expresado por los vecinos y Fundeps, sobre la importancia de su intervención para resguardar el derecho humano a la vida, la salud y el ambiente. Estos derechos podrían verse vulnerados, si se declarará la inconstitucionalidad de la ordenanza Nº 9375, sancionada por el Consejo Deliberante de la ciudad.

Es importante recordar que la misma crea una zona de resguardo ambiental de 1500 metros, donde se prohíbe la utilización de cualquier producto químico o biológico de uso agrícola. Esta normativa protege, a través de la aplicación de principio precautorio ambiental, la vida, la salud y el ambiente de todos los ciudadanos de Alta Gracia.

 

Contacto

 Yamile Najle – Coordinadora del Área de Derecho Humanos

yamilenajle@fundeps.org

Nuestra fundación está participando del Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe. Por medio de la siguiente carta, los invitamos a involucrarse en la construcción del Documento Base para la Negociación, a través de comentarios y sugerencias.

Carta de invitación

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables  (Fundeps), como socio TAI (The Access Initiative), está participando activamente en el seguimiento del Acuerdo Regional sobre Acceso a la Información, Participación Pública y Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, en base al Principio 10 de la Declaración de Rio. Por lo mismo, invitamos cordialmente a comentar el Documento Base para la Negociación elaborado por CEPAL, que se envía adjunto a la presente.

Nuestro equipo de trabajo se encuentra encargado de la coordinación y sistematización de los comentarios sobre el texto del preámbulo y de los artículos Nº 1 (objetivos), Nº 2 (definiciones), Nº 3 (principios), Nº 4 (ámbito de aplicación), Nº 5 (obligaciones generales) y Nº 8 (participación del público en toma de decisiones ambientales) de dicho documento. Podemos asimismo receptar o canalizar comentarios sobre todo el texto del documento.

En consecuencia, por su experticia e influencia en esta materia, y con el objetivo de obtener ideas, comentarios, objeciones y sugerencias colaborativas sobre cómo mejorar el texto para la negociación, para que se haga efectiva una amplia participación es que se realiza la presente invitación a participar comentando el documento.

Los comentarios serán recibidos para su sistematización hasta el día 10 de Julio del corriente año. También los mismos pueden mandarse directamente a la secretaria de CEPAL hasta el 31 de agosto de 2015. Por favor, ante cualquier consulta o sugerencia, no dude en contactarse con nosotros.

¡Esperamos contar con su aporte para seguir trabajando en la implementación del Principio 10 de Rio!

Un cordial saludo,
Juan Carballo, Director Ejecutivo.
Yamile Najle, Coordinadora Área de Derechos Humanos.

Vinculo al documento elaborado por CEPAL

 

Más información

Noticias relacionadas