A raíz del anteproyecto de Código Penal 2018, un grupo de profesionales y organizaciones de la sociedad civil enviamos una carta al ministro Germán Garavano solicitando que suspenda los artículos 95 y 96 del anteproyecto por resultar regresivos para los derechos de las personas gestantes.

Junto a un grupo de profesionales y organizaciones de la sociedad civil que trabajan en defensa de los derechos humanos enviamos una carta a Germán Garavano, ministro de Justicia y Derechos Humanos, solicitando que suspenda los artículos 95 y 96 del anteproyecto porque resultan regresivos para los derechos de las personas gestantes.

El texto propuesto en el Anteproyecto de Código Penal 2018 no recepta las importantes modificaciones aprobadas en la Cámara de Diputados de la Nación en el reciente tratamiento del proyecto de ley que despenalizó y legalizó la interrupción del embarazo en forma voluntaria hasta la semana 14 de gestación.

  1. La redacción propuesta no varía sustancialmente las condiciones y lineamientos consignados en los arts. 85 y sgtes. del actual código penal vigente desde 1921, aunque utilice expresiones diferentes y por el contrario, puede resultar regresivo.
  2. No se contempla el cambio fundamental previsto en la reforma legal debatida y aprobada en Diputados, esto es, que el aborto no es punible cuando la mujer decide voluntariamente interrumpir el embarazo en las primeras 14 semanas de gestación. En consecuencia, las causales eximentes de pena en el anteproyecto en análisis, siguen siendo las mismas que están hoy vigentes: peligro para la vida y salud de la mujer y en caso de violación.
  3. El nuevo texto propuesto califica a la salud en su aspecto físico y mental, en tanto en el actual código penal vigente, así como en el proyecto aprobado en Diputados, sólo se habla de “Salud”, lo cual consideramos más correcto, pues posibilita un desarrollo del concepto amplio acorde con los lineamientos de la OMS que no limita el concepto de salud a los aspectos físicos y mentales solamente. Por ello, el cambio resulta limitativo y puede ser interpretado en forma restrictiva, generando mayores obstáculos a la hora de acceder a la interrupción legal del embarazo por esta causal, tal como hoy está prevista.
  4. También resulta restrictiva la enumeración que propone el anteproyecto en relación a las causales eximentes de pena en cuanto no contempla expresamente la posibilidad de decidir la interrupción del embarazo cuando exista una diagnóstico de inviabilidad de vida extrauterina del feto (por ejemplo en caso de anencefalia), tal como hoy está receptado y admitido por la jurisprudencia desde hace décadas, y fue consignado expresamente en el proyecto que tuvo media sanción.
  5. En relación a la cuantía de las penas previstas para el delito de aborto en lugar de la vigente de 1 a 4 años, se establece de 1 a 3 años, reduciéndose por lo tanto el máximo en un año, lo que puede significar mayores posibilidades de que la pena de prisión no sea de cumplimiento efectivo, aunque depende del criterio judicial ya que como principio general en el Anteproyecto las penas son de cumplimiento efectivo. Cabe señalar que el proyecto con media sanción establecía una pena sustancialmente menor: de 3 meses a un año con la posibilidad de ser dejada en suspenso a criterio judicial por criterios de conveniencia.
  6. En el Anteproyecto se recepta la posibilidad de suspensión e incluso se amplía el beneficio con la posibilidad de que el juez decida dejar la pena sin efecto, pero cabe señalar que además de ser dicha pena sustancialmente mayor que en el proyecto con media sanción, allí se trataba de un proceso judicial acaecido cuando la interrupción del embarazo se practicaba recién después de cumplida la semana 14, es decir, a partir de la semana 15 de gestación -y siempre que no resultaran de aplicación las restantes causales que no tienen plazo de caducidad-, lo que reducía sustancialmente el universo de casos atrapados en la esfera penal.

La circunstancia de que este Anteproyecto incorpore esta figura de suspensión de pena o de eximición de pena a criterio de los jueces penales intervinientes en los procesos contra la mujer, no mejora la cuestión claramente punitiva y persecutoria que este delito supone para las mujeres. Además de seguir judicializando, las mujeres quedan sometidas al arbitrio y criterio de los jueces penales, que graduarán la pena y decidirán discrecionalmente sobre su cuantía, suspensión o eximición.

  1. Consideramos necesario destacar que la evolución del derecho comparado y las tendencias más modernas en el campo penal y en el derecho internacional de los derechos humanos, que permea y atraviesa especialmente a los derechos sexuales y reproductivos en el siglo XXI, apuntan no sólo a la despenalización y legalización de la IVE durante las primeras semanas de gestación, sino que consideran que el recurso penal resulta desproporcionado, discriminatorio contra las mujeres y sólo aplicable como medida de último recurso (ultima ratio).
  2. De ello se deriva, que los ordenamientos legales abandonen la criminalización y recurran a otras medidas fuera del contexto penal. Las legislaciones comparadas se abstienen de incorporar a los códigos normas nuevas que supongan la creación de nuevos delitos o tipos penales, como por ejemplo el aborto en su forma culposa, que este anteproyecto incorpora.

El anteproyecto que nos ocupa, profundiza este camino regresivo, creando más figuras penales vinculadas directamente con el aborto que hasta ahora fue siempre contemplado en su forma dolosa (es decir con intención). Crear el delito de aborto culposo, no sólo robustece el camino punitivo, sino que configura una directa amenaza a los profesionales intervinientes en las prácticas de salud, que ven una nueva figura delictiva que los involucra más allá de otras figuras penales que se les aplicarán ante la comisión de hechos dañosos por mala praxis, que ya están contemplados.

  1. El aborto culposo es una figura de muy escaso uso en la legislación comparada. Muy pocos códigos penales fuera de España (art. 146 con una pena de prisión de tres a cinco meses alternativas con multa e inhabilitación en su caso de uno a tres años), donde sin embargo está contemplado el aborto no punible antes de las 14 semanas de gestación; solo lo contemplan tres países de América Latina –dos de ellos con graves problemas de mortalidad materna- como son Guatemala (art. 139 con prisión de uno a tres años); Costa Rica (art. 122 sesenta a ciento veinte días de multa) y El Salvador (art. 137 prisión de seis meses a dos años) . El Anteproyecto adopta para esta figura la misma pena que tiene El Salvador, uno de los países de América Central de mayor criminalización contra las mujeres.
  2. Por consiguiente, consideramos necesario suprimir el delito de aborto culposo del código penal propuesto en el anteproyecto en el art. 87 inc.2, que además es de acción pública pudiendo resultar seriamente intrusivo para la privacidad de las mujeres.
  3. En el mismo camino de incremento punitivo relacionado directamente con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, el anteproyecto incorpora dos nuevos delitos: lesión al feto, denominado “lesión a la persona por nacer”, en su forma dolosa y culposa. Tampoco encontramos recepción de estas figuras en el derecho comparado, más que los escasos ejemplos que ofrecen las legislaciones de Perú que contempla la figura dolosa y de España, El Salvador y Colombia que admiten ambas modalidades dolosa y culposa. En el resto de la legislación estos tipos penales no están contemplados. Se podría entender que este delito le otorga al feto un status jurídico determinado, ajeno y distinto al cuerpo de la mujer o persona gestante, tratando de equipararlo a una persona ya nacida. Esta cuestión ha sido objeto de profundos análisis en la jurisprudencia, en particular por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente F.A.L y por la Corte IDH en la causa Artavía Murillo cuyas conclusiones no convalidan el criterio que informa a este delito, sino todo lo contrario.
  4. Por otra parte, en los Anteproyectos que se hicieron en nuestro país en lo que va del presente siglo (2006 y 2014), se incorporaron estas figuras que aquí se reproducen (en 2006 se incluyó solo la forma dolosa), con muchas críticas y observaciones, entre ellas la disidencia presentada por una de las integrantes de la Comisión Redactora al art. 96 del Anteproyecto de Reforma creada por Dto.678/2012, a la que nos remitimos (Ver “Anteproyecto de Código Penal de la Nación- Dto. PEN 678/2012”, Disidencia Dra. María Elena Barbagelata) . En ambas oportunidades también el Ministerio Público de la Defensa sostuvo que frente a cualquier pretensión de incorporar el delito de lesiones al feto será primordial tener en cuenta que estas propuestas con frecuencia infringen el derecho a elegir de las mujeres, alientan las políticas de control social del embarazo y la maternidad y amplían injustificadamente el ámbito punible (Ver “Dictamen para la elaboración del nuevo Código Penal de la Nación con perspectiva de género” Dra. Stella Maris Martínez- Defensoría General de la Nación).

Por lo expuesto, aconsejamos la supresión de los arts. 95 y 96 del anteproyecto del código penal 2018, máxime teniendo en cuenta que estos delitos son también de acción pública. (arts. 71 y sgtes. del Anteproyecto).

 

PERSONAS E INSTITUCIONES QUE SUSCRIBIERON EL DOCUMENTO:

ASOCIACIÓN DE ABOGADOS DE BUENOS AIRES (AABA)

Dras. María del Carmen Besteiro

Dra. Gabriela Nasser

Dra. María Elena Barbagelata

Dra. Julieta Bandirali

Dra. Nelly Minyersky

Dra. Nina Brugo Marcó

Dra. Sandra Mónica González

Dra. Verónica Heredia

Dra. Natalia Ferrari

Dra. Cristina Raquel López

Dr. Ricardo Huñis

Dr. Guillermo Goldstein

Dr. Carlos Alberto López de Belva

Dra. Alba Rocío Cuellar Murillo

FUNDACION MUJERES EN IGUALDAD (MEI)

Sra. Monique Altschul

CEDEM- (Centro de Estudios de la Mujer)

Lic. María Luisa Storani

AMNISTÍA INTERNACIONAL (AI)

Lic. Paola García Rey

CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS)

Dra. Edurne Cárdenas

EQUIPO LATINOAMERICANO DE JUSTICIA Y GÉNERO (ELA)

Dra. Natalia Gherardi

UNR- FACULTAD DE DERECHO- PROGRAMA GÉNERO Y SEXUALIDADES

Dra. Analía Aucía

CLADEM ARGENTINA

Lic. Milena Páramo

INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER DE LA F.A.C.A:

Dra. Silvia Pedretta

Dra. Marisa Eisaguirre

Dra. Mariela Jesús

Dra. Mabel López

ASOCIACIÓN DE MUJERES PENALISTAS DE ARGENTINA (AMPA)

Dra. Mariana Barbitta

CATOLICAS POR EL DERECHO A DECIDIR

CUERPO DE ABOGADAS FEMINISTAS DE CÓRDOBA (CAF)

FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE POLÍTICAS SUSTENTABLES (FUNDEPS)

XUMEK (ASOCIACION PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS (MENDOZA).

MUJERES X MUJERES

MULTISECTORIAL DE MUJERES DE SANTA FE

ALIANZA POR LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES (RED QUE AGRUPA MAS DE 300 ABOGADAS DE TODO EL PAIS)

Dra. Mariana Romanelli

Dra. Mariana Vargas

Dra. Daniela Fagioli

Dra. María Elisa Vilca

Dra. Mariana Hellin

Dra. Laura Julieta Casas

Dra. Susana Chiarotti

Dra. Mónica Menini

Dra. Soledad Deza

Dra. María Urueña Russo

Dra. Mariana Soledad Alvarez

Dra. Raquel Asensio

Dra. Paula Condrac

Dra. Larisa Moris

Dra. María Renée Carrizo

Dra. Karina Selva Andrade

Dra. Alejandra Perez Scalzi

Dra. Silvia Juliá

Dra. Manuela G. González

Dra. Lucía Puyol

Dra. Mariana Ripa

Dra. Sabrina Frydman

Dra. Patricia Bustamante Quintero

Mg. Cecilia Russo

Dra. Analía Mas

Dra. Andrea Caleri

Dra. Eleonora Lamm

Dra. Lucila Puyol

Dra. Valentina Tarqui Lucero

Dra. María Gabriela Pellegrini Salas (AAMJUS)

Lic. Dora Barrancos

Dra. Celeste Perosino

Lic. Mónica Tarducci

Sra. Marta Alanis

Sra. Julia Martino

Lic. Dolores Fenoy

Lic. Victoria Tesoriero

El Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  concluyó el pasado 28 de septiembre el cuarto informe de Argentina sobre su implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Luego de un diálogo interactivo con la delegación argentina, quienes integran el Comité analizaron el informe nacional presentado por el Estado y también la información recibida por parte de las organizaciones de la sociedad civil a través de los informes sombra.

 

Conclusiones principales

Uno de los temas centrales que abordó el Comité fue el de la crisis financiera, porque en un contexto donde continúan los índices de pobreza,  se han implementado políticas de reducción de programas sociales, profundizando la vulnerabilidad de algunos grupos sociales. También se cuestionó al Estado argentino por la situación que enfrentan sus instituciones gubernamentales, la degradación de algunos ministerios a secretarías, y sobre el nombramiento del Defensor del Pueblo.

Por otro lado, expresó su preocupación por la represión de la protesta social y el acceso a la tierra de los pueblos originarios. Además, si bien el Comité felicitó la adopción de la Ley de Identidad de género y de matrimonio igualitario en el país, llamó la atención sobre la falta de acceso al trabajo y acoso en el sistema educacional a personas del colectivo LGBTI, personas con discapacidad, migrantes y mujeres. También inquirió al Estado por el desempleo juvenil, el trabajo informal, y varios temas relacionados a la educación (deserción escolar, educación sexual y reproductiva y enseñanza de lenguas originarias).

Encontrá más info sobre educación pública y educación sexual integral.

Igualdad entre hombres y mujeres

Las mujeres argentinas se ven afectadas por el trabajo no remunerado de cuidado de la familia, la baja tasa de participación laboral, falta de provisión universal de servicios sociales y baja representación en altos cargos en varios sectores (particularmente la justicia y el sector privado). Por ello el Comité recomienda reforzar las disposiciones legislativas y las políticas públicas con presupuestos asignados, destinadas a lograr la igualdad de derechos para el hombre y la mujer, incluyendo un sistema público de cuidados integral, la implementación de medidas contra los estereotipos sociales que afectan a las mujeres y la promoción de políticas de conciliación entre la vida laboral y familiar.

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Derechos sexuales y reproductivos

Lamentando que no se haya aprobado el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el Comité resaltó los altos números de abortos peligrosos en Argentina

y los obstáculos para el acceso al aborto en las causales previstas por la ley actual, como la falta de los medicamentos adecuados y el impacto negativo de la objeción de conciencia de profesionales de la salud. También destacó la falta de marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Entre sus recomendaciones en esta materia, se encuentran la provisión de métodos anticonceptivos en todo el territorio, además la adopción de medidas efectivas para la implementación efectiva de las causales de aborto no punible en todas las provincias -en virtud de lo establecido en el fallo FAL- y el acceso a medicamentos que permitan una interrupción del embarazo segura. Además recomendó la regulación de la objeción de conciencia para no obstruir el acceso rápido y efectivo al aborto, con trato digno por parte de profesionales de la salud a pacientes que busquen acceso a servicios de aborto, así como no criminalizar a mujeres que recurren a la práctica. Finalmente, recomendó  adoptar un marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Violencia contra la mujer

El Comité está preocupado por la gravedad de la violencia hacia las mujeres y las niñas, con 251 feminicidios en el 2017, a pesar de algunos avances (como la inclusión de la figura del femicidio en el Código Penal y la ley de Protección Integral). Por esto, instó al Estado a contemplar las necesidades de las víctimas de violencia de género en el poder judicial, a implementar servicios de patrocinio gratuito y especializado para las mujeres y a mejorar las medidas para garantizar la investigación, sanción y reparación de los hechos de violencia, en miras de lograr una plena protección a las mujeres y sus hijos/as.

Alimentación

Sobre este punto, el Comité lamentó la ausencia de un reconocimiento y protección constitucional explícitos del derecho a la alimentación, la falta de implementación de la Ley de Agricultura Familiar N° 27.118, los cortes presupuestarios y de personal en el sector de la agricultura familiar y el aumento de personas que dependen de los comedores escolares y comunitarios.

Asimismo, expresó su preocupación respecto del incremento de los índices de sobrepeso y obesidad, la ausencia de medidas estatales para disminuir el consumo de bebidas azucaradas y la falta de una regulación adecuada para restringir la publicidad de alimentos no saludables.

En este sentido, sus principales recomendaciones fueron las de adoptar un marco normativo que reconozca expresamente el derecho a la alimentación y que guíe las políticas públicas que aseguren una alimentación sana, nutritiva y suficiente, en especial a grupos desfavorecidos. Esto incluye garantizar la efectiva implementación de la Ley de Agricultura Familiar y tomar las medidas efectivas para disuadir el consumo de alimentos y bebidas dañinos para la salud. En este punto, se recomendó incluso el incremento del impuesto sobre las bebidas azucaradas, el fortalecimiento de la regulación del Código Argentino sobre Alimentación en cuanto al etiquetado frontal de alimentos, que incluya información sobre azúcar en los productos, e implementar restricciones sobre la publicidad de alimentos y bebidas dañinos para la salud, en particular los destinados a niñas, niños y adolescentes.

Conocé más sobre etiquetado de alimentos y sobre consumo de bebidas azucaradas.

Salud y consumo de tabaco

El alto consumo de tabaco tiene un gran impacto negativo sobre la salud de las personas en Argentina. La regulación de los impuestos sobre el tabaco es insuficiente y la regulación sobre las campañas de publicidad es precaria, por lo que el Comité recomendó a nuestro Estado adoptar medidas más robustas para la prevención del consumo. Entre estas, se mencionan el aumento del impuesto a un nivel suficiente para tener un efecto de disuasión el consumo de tabaco, la  prohibición de publicidad, y campañas de información sobre el impacto negativo del tabaco en la salud, con énfasis en la protección de los niños y jóvenes.

Además, instó al Estado a ratificar el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y a ajustar las regulaciones internas sobre la publicidad de los productos del tabaco a las normas establecidas en este Convenio.    

Acá podés leer más sobre el convenio marco de control de tabaco.

Explotación minera y medio ambiente

El uso de ciertos métodos de explotación no convencionales de hidrocarburos, como el “fracking”, y el impacto local de esas formas de explotación fueron otro objeto de preocupación del Comité. En particular por el impacto negativo que pueden tener sobre el medio ambiente, el agua y la salud. Por ello, se recomendó al país adoptar un marco regulatorio del fracking, que incluya las evaluaciones de su impacto en todas las provincias, consultas previas con las comunidades afectadas, y  documentación apropiada de sus efectos sobre la contaminación del aire y el agua, las emisiones radiactivas, los riesgos para la salud y la seguridad en el trabajo, los efectos sobre la salud pública, la contaminación acústica, la luz y el estrés, la actividad sísmica que puede desencadenar, las amenazas a la agricultura y la calidad del suelo, y al sistema climático.

Agricultura, medio ambiente sano y salud

Resulta preocupante el aumento en el uso de pesticidas y herbicidas que incluyen glifosato, a pesar de los graves impactos adversos a la salud y al medio ambiente de muchos de ellos, señalado como probablemente carcinógeno por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud.

En este sentido, el Comité recomendó que Argentina adopte un marco regulatorio que incluya la aplicación del principio de precaución en cuanto al uso de pesticidas y herbicidas dañinos, en particular los que incluyen glifosato, para prevenir los impactos negativos en la salud por su uso y en la degradación del medio ambiente.

Sobre aplicación de agroquímicos, te puede interesar el siguiente enlace.

 

 

Autora: Mayca Balaguer

 

La última semana de septiembre la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, que preside el senador Eduardo Costa (UCR) de forma sorpresiva decidió la designación provisoria de un nuevo Defensor del Público: Eduardo Jesús Alonso.

La decisión de nombrar un Defensor Provisional fue acordada por el oficialismo con desconocimiento de la oposición. La reunión de Comisión fue convocada para tratar la situación anómala que sufre la Defensoría y para poder analizar el proceso de designación. La designación misma no formaba parte del orden del día. La sorpresa entonces, fue la designación de Alonso, a quien la mayoría de la Comisión no conocía: ni su nombre, ni su trayectoria, ni su curriculum, ni las razones por las cuales se lo propone como Defensor Provisional.

Finalmente, como no se dio lugar a no votar la designación, todos los bloques legislativos acordaron el nombramiento de Alonso que estará vigente hasta que se designe al Defensor/a titular, en un plazo de 60 días. Cabe destacar, que desde la presidencia de la Comisión se aclaró que la designación provisional tiene como fin el cumplimiento de funciones operativas y administrativas de la Defensoría y no podrá tomar ninguna resolución de carácter institucional

Por lo pronto, lo único que se conoce del nuevo Defensor del Público es que se trata de un joven abogado de 32 años que, con la asunción de la nueva gestión en 2015, entró a trabajar en la Secretaría General de la Presidencia.

La Defensoría del Público de Comunicación Audiovisual se encuentra acéfala desde el 14 de noviembre de 2016 cuando, ante el término del mandato de la Lic. Cynthia Ottaviano, la Comisión Bicameral del Congreso decidió no designar a un/a nuevo/a defensor/a ni renovar el mandato de la defensora saliente. Desde ese momento, la abogada María José Guembe, Directora de Protección de Derechos de la Defensoría, fue referente interina.

La institución de la Defensoría del Público es fundamental pues oficia de intermediaria entre los actores de comunicación y el público, en representación de los intereses y derechos de las audiencias. En las últimas semanas, hemos llevado adelante una denuncia por violencia mediática ante el ente. Desde la Defensoría, nos informaron que se encuentran con problemas para dar respuesta a los trámites y reclamos y aclaran que “La demora responde a que la Comisión Bicameral de promoción y seguimiento de la comunicación audiovisual, las tecnologías de las telecomunicaciones y la digitalización de la cual depende este organismo, ha decidido designar a una nueva persona a cargo de la Defensoría del Público hasta tanto se regularice la situación de acefalía y se elija a un/a nuevo/a Defensor/a del Público. “

De esta manera, la continuidad de esta acefalía desde hace ya 3 años, vulnera a la ciudadanía ya que sus derechos no pueden hacerse valer completamente sin el accionar pleno de este organismo. Mientras no se concurse y designe un/a nuevo/a Defensor/a, los derechos de las audiencias, siguen en riesgo.

 

Autora: Emilia Pioletti

Contacto: 

Los comentarios machistas y discriminatorios de Baby Etchecopar dichos en su programa radial “El ángel del mediodía” por Radio 10, generaron un gran repudio de los movimientos sociales y de mujeres, a partir de los cuales se interpusieron varias denuncias, entre ellas una penal por infringir la ley nacional 23.592 que penaliza los actos discriminatorios.  La normativa impone una pena de prisión de uno a tres años a quien realice propaganda basados en ideales o teorías de superioridad de un grupo de personas.

 

En virtud de los actos de Violencia Mediática y Simbólica contra las mujeres generada por los comentarios de Etchecopar, desde el Equipo de Género de FUNDEPS interpusimos una denuncia ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), en repudio por la difusión de estos mensajes que promueven la discriminación contra las mujeres, legitimando la desigualdad de trato y reproduciendo patrones socioculturales de desigualdad y generadores de violencia contra las mujeres.

Los dichos misóginos que motivaron nuestra denuncia se dieron el día 10 de Septiembre en el marco de una discusión telefónica con Silvia Ponce, dirigente del movimiento Evita, quien se encontraba en una protesta social contra el ajuste y las políticas económicas del gobierno de Mauricio Macri.

En ese contexto, el conductor radial le preguntó si ella era beneficiaria de algún plan social, a lo que ella respondió que sí. Por lo que seguidamente le preguntó si ella trabajaba. Cuando Silvia contestó de nuevo afirmativamente y dijo que trabajaba todos los días en su casa, el Sr. Baby Etchecopar la interrumpió diciéndole: “No no, pero en tu casa no. Vos contéstame lo que yo te pregunto porque casete no. ¿Vos trabajas o no trabajas?”.

Consideramos que tal expresión resulta totalmente discriminatoria, machista y que invisibiliza el trabajo de las mujeres, ya que la actividad doméstica es trabajo, aunque no sea remunerada. De hecho, es una de las principales causas de desigualdad entre hombres y mujeres.

De acuerdo a datos del INDEC, 9 de cada 10 mujeres dedican parte de su día a ese tipo de tareas, que incluye el cuidado y mantenimiento del hogar. También, el 76% de los trabajos domésticos no remunerados en Argentina son realizados por mujeres. Incluso aquellas que trabajan full time le dedican más tiempo de su vida a estas actividades que los hombres que están desempleados. Tal hecho implica menos tiempo de ocio para las mujeres, de capacitación y desarrollo profesional. Lo que se traduce en menor ingreso, más precariedad de los trabajos y el llamado “techo de cristal” que nos impide acceder a los puestos jerárquicos de poder.

Por último, y luego de sacar del aire a la Dirigente Silvia Ponce, Baby Etchecopar expresó: “Tengo seis hijos. ¿Quién te manda a coger, boluda? Dejate de joder”. Repudiamos tal expresión no sólo por el nivel de agresión, sino por configurar un claro ejemplo de violencia de género: y según la Ley de Protección Integral a las Mujeres 26.485, como violencia mediática, entendida como “toda publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres y legitime la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres”.

Baby Etchecopar con sus dichos avala y replica los modelos de dominación y tutela sobre el cuerpo de la mujer.

Por estos mismos hechos que generaron nuestra denuncia es que la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas 18, especializada en Violencia de Género de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo interinamente de Federico Villalba Díaz, decidió imputarlo por discriminación en contexto de violencia de género.

La fiscalía pidió la intervención de la Defensoría del Pueblo y del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI). A su vez, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) también inició un sumario contra Etchecopar para determinar si se violó la Ley 26.522, que busca evitar la violencia de género y proteger a las audiencias más vulnerables.

Los medios de comunicación tiene una responsabilidad innegable en la construcción de ciudadanía, ya que no sólo son formadores de opinión, sino que además avalan y legitiman prácticas de la sociedad. Celebramos la intervención de dichas instituciones en este caso y continuamos exigiendo el pleno cumplimiento y respeto de las leyes que protegen a las mujeres para seguir construyendo una sociedad más igualitaria.

 

Autora:

Valentina Montero

Contacto:

Virginia Pedraza

vir.pedraza@gmail.com

 

 

El día 19 de septiembre durante la transmisión de Arriba Córdoba, el noticiero matinal de Canal 12 de Córdoba, su conductor, Jorge Cuadrado, mostró en pantalla una foto de la actriz y cantante Jimena Barón, titulada “Jimena Barón, otra vez disponible”. El tratamiento del tema, en tono jocoso y claramente cosificador de la mujer, resulta repudiable.

“Disponible”, según la RAE  significa: 1. Adj. Dicho de una cosa: Que se puede disponer libremente de ella o que está lista para usarse o utilizarse.3. Adj. Dicho de una persona: Libre de impedimento para prestar servicios a alguien.  De esta manera, ubican a una mujer como una cosa de la cual se puede disponer libremente, está lista para usarse, y está libre de impedimento para prestar servicios. Ya que se usó el término “disponible” para hace referencia a que está soltera y dado que Jimena es heterosexual, se deja entrever que el sujeto que puede “disponer”, es un hombre.

Consideramos que es un claro caso de Violencia Mediática y Violencia simbólica de acuerdo con las definiciones la Ley 26.485 de Protección integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, y que también están contemplados en la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual.  Además vulnera y transgrede todo lineamiento estipulado en las distintas Guías para el Tratamiento Periodístico Responsable de casos de Violencia contra las Mujeres. Por ello, el día 20 de septiembre, hemos realizado la denuncia correspondiente ante el Observatorio de Violencia Simbólica y Mediática del INAM (Instituto Nacional de las Mujeres). Este órgano
aún no ha respondido a nuestra denuncia, por lo que resulta preocupante con relación a los compromisos asumidos por el INAM en cuanto al abordaje sobre la violencia mediática presentado en el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia Contra Las Mujeres.

Seguimos pidiendo que los medios de comunicación se comprometan en la promoción y respeto de la igualdad, evitando contenidos que reproduzcan formas de violencia mediática hacia las mujeres, respetando en todo momento su integridad y sus derechos.  Su rol en la construcción de sentido es fundamental y deben cumplir las leyes y evitar prácticas que promuevan la discriminación, cosificación y estereotipación de las mujeres.

En un contexto de cambio de época y avances para desarmar las estructuras discriminatorias por razón de género, tratamientos periodísticos de este tipo, no hacen más que restar en la necesaria evolución social y abonar a reforzar los ordenamientos patriarcales violentos.

Así mismo, instamos a todos los entes públicos abocados a recibir denuncias por violencia mediática, a cumplir su rol institucional de estar al servicio de la ciudadanía, a responder a dichos casos en tiempo y forma, y a comprometerse seriamente con esta lucha.

Autora
Emilia Pioletti

Contacto

Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

El jueves pasado, Córdoba amaneció con carteles de la campaña #ConMisHijosNoTeMetas en la vía pública y colectivos urbanos. La consigna nació hace algunas semanas, cuando se discutió la reforma de la Ley de Educación Sexual Integral en el plenario de comisiones del Congreso de la Nación. En aquella oportunidad, un grupo opositor se manifestó para impedir que se avance con esta legislación, arguyendo que la Educación Sexual Integral no podía convertirse en “adoctrinamiento” por ideología, dando origen a la consigna de esta campaña.

Una reforma necesaria

La Ley de Educación Sexual Integral (ESI) N° 26.150, vigente desde el 2006, nunca tuvo un cumplimiento nacional efectivo. Durante los meses en que estuvo en debate la legalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, la Educación Sexual Integral fue mencionada como política urgente tanto por quienes impulsaban la legalización del aborto como por quienes se oponían. En las pruebas Aprender 2017, 8 de cada 10 estudiantes del último año de secundaria dijeron que educación sexual y violencia de género son temas que la escuela debería abordar y no lo hace.

El 4 de septiembre (Día Mundial de la Salud Sexual), se logró dictamen de mayoría en el plenario de comisiones que trataba un proyecto de reforma de la ley de ESI. Se busca reforzar la ley para que quede claro que la misma es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, en instituciones de gestión estatal o privada, más allá del “ideario institucional y de las convicciones de sus miembros”. De esta manera, se profundizará el acceso a un derecho humano fundamental que cuenta con reconocimiento legal desde hace 12 años.

Esa confabulación sí se puede ver

Sin embargo, los sectores opositores no tardaron en hacerse escuchar y comenzaron con una campaña en redes sociales con declaraciones como “con los chicos no”, “los hijos son de los padres, no del Estado” y “no a la ideología de género en la escuela”. Definen “ideología de género” como aquel “conjunto de ideas anticientíficas que con propósitos políticos autoritarios desarraigan a la sexualidad humana de su naturaleza y la explican monopólicamente por la cultura”. Afirman que “la deconstrucción del ser humano lo llevará al caos y extinción, como ya hemos hecho con la naturaleza y otras especies.” y en sus documentos presentan conceptos falsos sobre qué es el sexo, el género, la orientación sexual y la identidad de género, con declaraciones como “solo existen dos géneros”, “nadie nace en el cuerpo equivocado” y que las personas trans “sufren de Disforia de Género”.

El rol de la Municipalidad en materia de publicidad en el espacio público

Esta campaña engañosa y maliciosa no sólo circuló por redes sociales. Cientos de afiches con la consigna “#ConMisHijosNoTeMetas – Sí a la educación sexual, no a la ideología de género” aparecieron en espacios de dominio público municipal en la ciudad de Córdoba, en flagrante violación a los artículos 1°, 15° inciso a) y 40° inciso e). de la Ordenanza N° 10378 de “Regulación de la publicidad efectuada mediante anuncios publicitarios en la Ciudad de Córdoba”.

Por eso, junto a la Fundación Córdoba de Todos, y con el apoyo de más de 50 organizaciones sociales, hicimos una presentación requiriendo a la Municipalidad el retiro inmediato de las publicidades. Argumentamos, por un lado, que la campaña atenta contra el espíritu de la ordenanza, que tiene por objeto “regular la publicidad efectuada mediante anuncios publicitarios en espacios o lugares del Dominio Público Municipal o susceptibles de ser percibidos directamente desde los mismos, con el propósito de salvaguardar la seguridad y moralidad pública, como así también preservar y promover los valores culturales, estéticos, paisajísticos, urbanísticos e históricos dentro del ejido municipal”. Por otro lado, la ordenanza establece en su artículo 15 que los anuncios no podrán ser contrarios a la ley, afectar la moral o las buenas costumbres, o ser discriminatorios. Esto rige tanto para los carteles de la vía pública como para los anuncios móviles, es decir, aquellos que fueron montados sobre vehículos del Servicio Público de Transporte (artículo 40).

Numerosos medios hicieron eco de nuestro reclamo. Apenas un día después, supimos que la empresa Coniferal, concesionaria del servicio de transporte, decidió retirar la publicidad de la luneta de sus coches.

Un derecho humano fundamental

La Educación Sexual Integral es un derecho humano del cual las niñas, los niños y adolescentes de nuestra ciudad son titulares inalienables. Así lo ha reconocido el Relator Especial para el Derecho a la Educación, que en su informe a la Asamblea General de Naciones Unidas afirmó “El derecho a la educación incluye el derecho a la educación sexual, el cual es un derecho humano en sí mismo, que a su vez resulta condición indispensable para asegurar que las personas disfrutemos de otros derechos humanos, como el derecho a la salud, el derecho a la información y los derechos sexuales y reproductivos”.

Esto va en consonancia con lo dispuesto por la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1999 y aprobada por la Ley Nacional 23.849 en nuestro país un año después, que obliga a los Estados parte a respetar los derechos enunciados y a asegurar su aplicación “a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales” (artículo 2). Asimismo, les ordena adoptar “todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención, y en lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales “hasta el máximo de los recursos de que dispongan…” (artículo 3).

Es una obligación indelegable del Estado construir las condiciones para el cumplimiento y ejercicio activo de todos los derechos, y este no puede ser una excepción. El ejercicio de este derecho de niñas, niños y adolescentes no puede verse obstaculizado por una campaña que malinterpreta y confunde lo que debe entenderse por Educación Sexual Integral, menos en espacios de Dominio Público Municipal.

Decir “ConMisHijosNoTeMetas” implica reducir el ejercicio de este derecho exclusivamente al ámbito familiar. Pone a niños, niñas y adolescentes en un lugar pasivo, contrario al paradigma actual que debe respetarlos/as como sujetos de derecho. Entendemos que las familias son clave en el camino de la educación, y su papel es insoslayable, pero también es absolutamente necesario que existan políticas públicas para garantizar este derecho humano.

¿Y ahora?

Aún aguardamos una respuesta favorable de la Municipalidad de Córdoba, que declaró en los medios que el tema está en estudio y que se analizará en los próximos días.

Con nuestro reclamo no buscamos limitar la libertad de expresión, pese a que no compartimos el ideario de quienes impulsan la campaña. Entendemos que la libertad de expresión es un derecho humano fundamental, pero, ¿podemos decir cualquier cosa amparándonos en este derecho? ¿O existe un límite cuando las palabras vulneran otros derechos humanos? La publicidad, así como los medios de comunicación, es uno de los agentes determinantes en la transmisión de pautas culturales, y puede colaborar tanto en el la promoción de valores respetuosos de los derechos humanos, como en la perpetuación de las desigualdades. La regulación del contenido que se promueve en el espacio público, como la ordenanza municipal en la que basamos nuestro reclamo, marca ese límite. Además, como explicamos en nuestra presentación a la Municipalidad, no corresponde que se haga uso de espacios de dominio público municipal para difundir mensajes que “debilitan canales de diálogo, describen en forma peyorativa posicionamientos avalados incluso por órganos oficiales de protección de derechos humanos, e incitan a la violencia y la intolerancia democrática”.

También creemos que es indispensable que desde el gobierno se impulse una campaña fortaleciendo su compromiso con la plena implementación de la Ley de Educación Sexual Integral, teniendo en cuenta que en nuestra ciudad disponemos de escuelas públicas municipales donde las expresiones de la campaña publicitaria en cuestión pueden haber generado confusión y conflicto.

Es importante entender que lo que está en conflicto es la Educación Sexual Integral, entendida desde un enfoque de derechos humanos y de respeto por la diversidad sexual y de género, coherente con nuestro marco legal vigente y con los estándares internacionales que regulan la materia. Es esta educación sexual, como derecho fundamental de nuestros/as niños, niñas y adolescentes, la que debemos defender.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

En colaboración con otras organizaciones de la sociedad civil, realizamos varias presentaciones de informes ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) para su período de sesiones N° 64. A través de ellos  pretendemos acercar observaciones críticas y recomendaciones en temas vinculados a DESC que han sido parte de la agenda de trabajo de nuestra organización, y así dar una actualización del reporte presentado en la instancia de sesiones del Grupo de Trabajo preparativo, en 2017.

Argentina ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), comprometiéndose así a cumplir con las obligaciones derivadas de este pacto.  El PIDESC, como otros tratados de derechos humanos, establece un órgano para el monitoreo de su nivel de cumplimiento: el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (CDESC). En este sentido, la Corte Suprema ha reconocido a este comité como “intérprete autorizado” del Pacto, que a su vez tiene jerarquía constitucional.

El mecanismo de monitoreo establecido en el mismo incluye, a su vez, la posibilidad de participación de la sociedad civil en diferentes etapas, a través de la presentación de informes: el Comité recibe reportes tanto del Estado como de la sociedad civil y los evalúa, para luego emitir sus Observaciones Finales. La importancia de estas observaciones radica en que la mismas se constituyen como herramientas para exigir a los estados el cumplimiento de estándares de derechos humanos en materia de DESC.

En este marco, hemos presentado varios reportes alertando sobre situaciones de afectación de derechos en diferentes ámbitos.

Salud:

  • Situación de las enfermedades crónicas no transmisibles en Argentina:

Recomendamos instar al Estado la adopción de algunas medidas para reducir el consumo de productos de tabaco y alimentos no saludables. Entre ellas, la limitación de publicidad dirigida a niños y niñas, la adopción de un etiquetado nutricional más sencillo y entendible, la suba de impuestos, la ratificación por parte del Estado argentino del Convenio Marco de Control de Tabaco y la adopción de medidas que protejan especialmente a grupos vulnerables.

 

  • Situación actual respecto a las prácticas de mercadeo de fórmulas de leche:

En este sentido, recomendamos instar al Estado argentino a que regule y restrinja las estrategias de marketing de fórmulas de leche materna, a que continúe promoviendo la lactancia materna más allá de las campañas de concientización, a que impida la interferencia de la industria en los procesos relativos al ámbito de la salud pública y a que promueva la transparencia en el patrocinio de eventos e investigaciones académicas.

  • Situación de las regulaciones de residencias geriátricas:

Recomendamos la sanción de una ley nacional que establezca presupuestos mínimos a garantizarse en todas las residencias geriátricas del país, conforme los derechos y el paradigma establecido en la Convención Interamericana de Protección de las Personas Mayores, así como también leyes locales que recepten dicho paradigma. Asimismo, se recomienda instar al Estado Argentino a dar publicidad a los datos relativos a las habilitaciones y controles de dichas residencias.

  • Falta de acceso a derechos sexuales y reproductivos:

Es preocupante la situación de bajo acceso a anticonceptivos y a las prácticas de aborto en los casos permitidos por la ley. Recomendamos entonces instar al Estado a proveer los insumos necesarios para dar cumplimiento a los derechos sexuales y reproductivos, así como garantizar que la objeción de conciencia no obstaculice el acceso a los mismos. Por último, recomendamos instar al Estado a que capacite a los y las profesionales de la salud, de acuerdo a los estándares internacionales fijados por la OMS para el acceso al aborto seguro, y la promoción de la discusión legislativa para la legalización del aborto.

Democracia

  • Situación actual de la Defensoría del Pueblo:

Esta institución continúa acéfala desde hace 11 años, lo que se configura como un debilitamiento del sistema de protección de DESC. En este sentido, hemos recomendado entre otras cosas, designar lo más pronto posible a una persona a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación y  reformular los procedimientos de selección del mismo.

  • Acceso a la información pública en materia ambiental:

Recomendamos al Comité instar al Estado a garantizar el acceso a la información pública en materia ambiental frente al avance de los grandes proyectos de infraestructura, las industrias extractivas e inversiones chinas; promoviendo la creación de instancias y/o mecanismos de participación ciudadana. Además de promover la protección de aquellas personas que en defensa de sus derechos y opuestas al avance de grandes proyectos de infraestructura.

  • Anteproyecto de Ley de Procesos Colectivos:

Recomendamos que el Estado se abstenga de impulsar el Anteproyecto de Ley de acciones colectivas ante el Congreso Nacional y promueva una regulación que se ajuste a los estándares internacionales y constitucionales vigentes en materia de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva de grupos en situación de vulnerabilidad.

Ambiente

  • Uso y aplicación de agroquímicos:

Advertimos sobre las afectaciones al derecho a la salud derivadas del uso de agroquímicos; recomendando la adopción de una normativa nacional que regule el uso y aplicación de agroquímicos  y solicitando la revisión y adaptación de normativas nacional y provinciales a las nuevas categorías fijadas por la OMS en materia de clasificación de productos fitosanitarios. Además, se recomienda la adopción de medidas para minimizar el impacto del uso de agroquímicos y la realización de evaluaciones epidemiológicas periódicas.

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Agustina Mozzoni: agustinamozzoni@fundeps.org

Carolina Tamagnini: carotamagnini@fundeps.org

Del 3 al 5 de septiembre se realizó en la Universidad Nacional de Villa María el XX° Congreso de REDCOM y Iº Congreso Latinoamericano de Comunicación de la UNVM. “Comunicaciones, poderes y tecnologías: de territorios locales a territorios globales”. Desde FUNDEPS presentamos una ponencia dando cuenta de los datos obtenidos en nuestras investigaciones sobre la participación de las mujeres en los medios de comunicación en sus ámbitos de trabajo.

El XX° Congreso de REDCOM es un espacio construido a fin de integrar la perspectiva latinoamericana a los debates académicos, sociales y políticos sobre la comunicación, promover el diálogo de los distintos espacios en la construcción del derecho humano a la comunicación, y profundizar cada dimensión temática a través de la diversificación de medios para su expresión, entre otros.

En este marco, presentamos los resultados obtenidos en la investigación realizada junto con la Asociación Civil Comunicación para la Igualdad, “Organizaciones de medios y género: Igualdad de oportunidades para mujeres y personas LGTTBIQ+ en empresas, sindicatos y universidades”. Este informe tuvo como objetivo principal indagar sobre el acceso a la igualdad de oportunidades de las mujeres y la comunidad LGTTBIQ+ en los ámbitos laborales de los medios de comunicación.

Las desigualdades en el acceso a las oportunidades laborales, desde una perspectiva de género, tiene múltiples causales, y requiere de la implementación de mecanismos de cambio sociales, culturales y políticos para su real prevención y erradicación.

Pero en ciertos ámbitos, la desigualdad conlleva además otras consecuencias, como lo es en el ámbito de la comunicación. Si entendemos a los medios de comunicación como formadores de opinión y de valores socioculturales, la falta o poca representación de los diversos colectivos de nuestra sociedad, también da lugar a que dicha representación desigual se plasme en los contenidos mediáticos, reproduciendo los mismos valores que dan lugar a la discriminación.

En este sentido, para lograr una real y democrática representación de las voces de toda la sociedad en los medios (reconociéndoles el carácter de agente formador de opinión) es necesario empezar a combatir las desigualdades en el acceso a las oportunidades de trabajo y al desarrollo profesional de todas las personas, con foco en las mujeres, la comunidad LGBTTIQ+, y en los grupos históricamente vulnerados.

Celebramos el espacio otorgado por la UNVM y la REDCOM, a la comunidad académica y a las organizaciones de la sociedad civil, para debatir y visibilizar las necesidades de construir a la comunicación en nuestro país desde una perspectiva inclusiva, de género y de derechos humanos.-

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Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

El #8A es el corolario de un camino largo, lleno de logros pero también de obstáculos. Con 38 votos en contra, 31 a favor, 2 abstenciones y 1 ausencia, la Cámara de Senadores/as, revisora del proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, rechazó la media sanción proveniente de Diputados luego de la maratónica sesión del 13 y 14 de junio.

Más de 1 millón y medio de personas pobló la Plaza del Congreso en Buenos Aires y unas 25.000 estuvieron en la vigilia en la diagonal Yrigoyen de la ciudad de Córdoba. Las calles se llenaron de verde una vez más: cantos, abrazos, emociones de una multitud de activistas que aguardaban expectantes el resultado de la votación, pero que también estaban ahí para dar un mensaje al Senado: que sea ley.

El proyecto en cuestión

Durante la última sesión del Plenario de las tres comisiones (Salud, Asuntos Constitucionales y Justicia y Asuntos Penales), los sectores a favor de la legalización buscaron que el proyecto modificado consiguiera la mayoría para obtener dictamen. Se trataba del proyecto que nació como “la opción Córdoba” propuesta por la senadora Laura Rodríguez Machado (PRO), y los senadores Ernesto Martínez (UCR) y Carlos Caserio (PJ). Esta propuesta luego fue respaldada por Miguel Pichetto y el Bloque del PJ, y se convirtió en la alternativa para juntar voluntades y evitar el rechazo total.

El proyecto con modificaciones proponía algunos cambios como bajar de 14 a 12 semanas, eliminar el delito que castigaba a médicos/as que se nieguen a practicar abortos, y dar lugar a la objeción de conciencia institucional para clínicas confesionales, entre otros. Este dictamen finalmente no logró la mayoría necesaria y la Cámara de Senadores/as trabajó con el proyecto de ley de IVE sin modificaciones, es decir, tal como había salido de la Cámara Baja.

En la previa a la votación, hubo varios indicios del resultado final por el rechazo total: al poroteo que ya sumaba 36 votos en contra se sumaron el cambio de voto de la senadora Larraburu días antes de la votación y la repentina definición por el rechazo del senador tucumano Alperovich. La Legislatura de Tucumán había decidido días antes declararse “Pro Vida”.

Las mujeres se siguen muriendo

El 4 de agosto se conoció la muerte de Liliana Herrera en un hospital de Santiago del Estero, como consecuencia de una hemorragia intrauterina producto de un aborto clandestino. Tenía 22 años y dos hijas, de 3 y 6 años. Sin embargo, esta situación no logró revertir el voto de los/as tres senadores/as santiagueños: los tres votos fueron negativos.

El día previo al debate se dio a conocer otra tragedia: una mujer en Mendoza, madre de 5 hijos, está internada con un coma inducido después de una hemorragia de 3 días por un aborto clandestino. La senadora mendocina Pamela Verasay las recordó en su exposición y dijo: “Les pido a todos los senadores abran sus corazones, las mujeres se están muriendo. No hablen para nosotros, hablen para las futuras generaciones.”

Aún en una coyuntura que evidencia la problemática de salud pública que el aborto clandestino representa, primó el rechazo al proyecto de ley sin proponer una alternativa que apunte a resolver ni la problemática, ni las causas de fondo de los embarazos no deseados.

Un debate lleno de tensiones

Durante la jornada surgieron varias cuestiones que llamaron la atención. Por un lado, no se permitió a medios alternativos y autogestivos estar presentes y hacer la cobertura periodística desde el recinto. Rechazar su acreditación de forma arbitraria y claramente discriminatoria es un grave hecho en contra de la libertad de expresión. En nombre del rigor formal también se negó el acceso a varias Diputadas que, semanas antes y a raíz de su iniciativa, lograron la media sanción. Lo mismo sucedió con Nora Cortiñas, referente de la lucha por la Memoria, la Verdad y la Justicia.

También hubo momentos de tensión entre la presidenta del Senado al momento de moderar las exposiciones. Por un lado, se intentaba apurar los tiempos de la discusión, argumentando cuestiones de seguridad que debían ser provistas desde el Ministerio de Seguridad. Siendo responsabilidad del Poder Ejecutivo garantizar las condiciones para que el debate pueda desarrollarse con normalidad, la presión por cuestiones “horarias” y de “seguridad” dan cuenta de la injerencia de este poder en los asuntos legislativos. Por otro lado, en general se dejó extender en sus exposiciones a las personas que hablaban en contra del proyecto de ley, mientras que lo contrario ocurría con quienes daban argumentos a favor, haciendo hincapié en el reglamento del debate, independientemente del partido al que pertenecían los/as expositores/as.

 

Al Medioevo no volvemos

Frente a exposiciones plagadas de argumentos falaces y vetustos que dejaron mucho que desear para un parlamento en el año 2018, la claridad y altura de los/as senadores/as comprometidos/as con los derechos de las mujeres fueron esperanzadoras, y sientan las bases para seguir argumentando a favor de la ampliación de derechos.

«Con ley, los abortos serán cuidados, con pastillas y en servicios de salud. Sin ley, los abortos seguirán siendo clandestinos, quirúrgicos y riesgosos» sentenció la senadora chaqueña María Inés Pilatti Vergara. Y cerró con la lectura de una carta de un padre cordobés a su hija feminista: “Ojalá jamás estés en la encrucijada de tener que decidir abortar. Ojalá (vos, todas) jamás tengas que siquiera pensarlo. Pero si por las vicisitudes o las malditas vueltas de la vida alguna vez estás en ese lugar y decidís abortar, lucharé para que sea en el hospital, cuidada, contenida y abrazada, con ecografías, controles y pastillas.”

La senadora Mirkin, única legisladora de Tucumán que votó a favor del proyecto, también fue contundente en su exposición.A mí me votaron para legislar y la ley no es pétrea, la ley se puede cambiar, se puede mejorar y mejorarle así las condiciones de vida a las ciudadanas», subrayó.

Llamó la atención la intervención de algunos varones. Por su parte, el senador de Chubut, Alfredo Luenzo, aseguró que estamos frente «a una sociedad patriarcal» y que «somos machistas en recuperación». “Cuando en una difícil y muy personal decisión la mujer elige no ser madre no hay ley, Estado, ética, nada que lo frene, y a esa realidad asistimos», concluyó.

El senador cordobés Ernesto Martínez fue muy claro respecto a la separación que debe tener este debate de todo tinte religioso. “Éste es el Código Penal Argentino. No es ni la Biblia, ni La Torá, ni el Corán, ni el Talmud… Los fanáticos confunden pecado con crimen” […] el Código Penal que se busca modificar es la voluntad del legislador laico que vela por el bien común que no es nunca propiedad de un solo sector”, dijo, luego de ironizar sobre las expresiones del arzobispo porteño Mario Poli.

El último en tomar la palabra fue el senador Luis Naidenoff, de la provincia de Formosa, que preside el Interbloque de Cambiemos. “El aborto es una situación no deseada. El camino punitivo fracasó estrepitosamente y profundizó la clandestinidad. Toda muerte evitable, cuando el Estado puede intervenir, nos moviliza» estableció. Y concluyó: “No hay nada más indigno que mirar al costado y no hacer absolutamente nada […] Los que apoyamos sabemos que el Estado debe hacerse cargo. El rechazo a la ley es mirar para el costado.

Y ahora, ¿cómo seguimos?

El rechazo del proyecto es un hecho parlamentario y de decisión política que no deslegitima las conquistas del movimiento feminista y sobre todo que no elimina los 354.627 abortos que se realizan por año, los 41 abortos por hora, ni las 43 mujeres que murieron durante 2017 producto de abortos clandestinos. A fuerza de militancia, de ocupación del espacio público, de alianzas legislativas, de campañas digitales y de periodismo comprometido, el movimiento feminista logró instalarse en la agenda nacional, regional e internacional. El mundo se hizo eco de nuestro reclamo y  mujeres de varios países, grabaron videos de acompañamiento a la lucha por el aborto en Argentina, organizaron de forma paralela marchas y concentraciones durante el miércoles 8 de agosto en distintos puntos del mundo.

El debate sobre la interrupción legal del embarazo logró atravesar el tejido social y romper barreras partidarias, religiosas y de intereses. El mapa de puentes tendidos entre legisladores/as de fuerzas partidarias antagónicas, las reuniones entre diputados/as que nunca antes habían hablado, las alianzas y complicidades entre periodistas, militantes, empleados/as del Congreso, asesores/as de prensa y cada persona involucrada, revalorizó el rol de la militancia de base y del diálogo y el consenso como herramientas útiles para hacer política. El micro-cabildeo en cada casa, la charla con amigos/as, el intentar “convencer” a familiares, las charlas en la mesa, la circulación de mensajes en grupos via Whatsapp muestran cómo se va armando la arquitectura legislativa para que el “que sea ley” sea posible. Y es posible porque seguiremos luchando para ello.

Pero ayer esta fuerza inmensa no logró derribar uno de los poderes más instalados en nuestro país. Uno de los sectores que más operó de forma contundente en la recta final, fue(ron) la(s) Iglesia(s). Los sectores católicos y evangélicos conservadores fueron quienes presionaron a legisladores/as, convocaron a marchas donde la idea de Dios fue central en sus carteles e invitaron a hablar a expositores que desinformaron en la misma línea.

De esta forma, un tema que apareció de forma colateral y no planeada, fue la separación de la Iglesia y el Estado. Paralela y complementariamente a la lucha por el aborto legal, se fue abriendo camino la lucha por una deuda democrática: el verdadero Estado Laico. La creación de un nuevo pañuelo -esta vez de color naranja- como símbolo y el comienzo de una nueva lucha que va de la mano con la de la libertad de nuestros cuerpos, está tomando forma.

Hoy y siempre, las mujeres seguiremos abortando porque la separación del placer y la reproducción es fundamental. Porque la maternidad es una elección y no una obligación o un castigo estatal hecho bajo amenaza de cárcel o temor a la muerte.

Hoy y siempre, las mujeres seguiremos abortando porque somos dueñas de nuestro futuro, nuestros planes de vida y nuestros cuerpos. Ahora, hoy, el año que viene y siempre las mujeres seguiremos luchando.

Clandestinas nunca más, la lucha continúa.

Autora:

Mayca Balaguer
Carolina Tamagnini
Emilia Pioletti

Contacto:

Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org

 

 

Presentamos el informe completo y el resumen de la investigación “Organizaciones de medios y género. Igualdad de oportunidades para mujeres y personas LGTTBIQ+ en empresas, sindicatos y universidades”, realizada por FUNDEPS y Comunicar Igualdad, con el apoyo de la  Fundación Heinrich Böll. Los resultados finales son producto de la investigación realizada durante el 2017 en Córdoba y Buenos Aires en la que se realizaron 50 entrevistas a empresas de medios de comunicación, sindicatos e institutos de formación periodística.

La investigación se realizó En base a los los Indicadores de Género para medios de comunicación de la UNESCO (2014) y de los objetivos planteados por la Plataforma de Acción de Beijin (1995), con  el fin de conocer la estructura laboral y las políticas de género de las empresas de medios  de comunicación, asociaciones profesionales de medios y universidades vinculadas a la comunicación  en Argentina.

La investigación ofrece los resultados del análisis de la información recabada de 30  empresas de medios, 7 sindicatos de prensa, 12 instituciones educativas, 22 trabajadoras/es de  prensa, 10 especialistas en género, 7 pedidos de acceso a la información en ambas regiones (Córdoba y Buenos Aires),  y búsquedas en páginas web y bibliotecas.

La preocupación sobre la desigualdad en el acceso a las oportunidades de mujeres y personas de la comunidad LGBTTIQ+ tiene especial importancia al referirnos a los medios de comunicación. Hemos llegado, por ejemplo, a conclusiones que reclaman especial atención: del total de las personas empleadas en los medios de comunicación analizados en Córdoba y Buenos Aires, las mujeres representan sólo el 30,35%. Las cifras se tornan más problemáticas al observar los cargos gerenciales y de propiedad dentro de estas empresas: el 78,28% de estos cargos son ocupados por varones. El techo de cristal existe y se contabiliza en una brecha de género del 56,56% en los cargos de mayor relevancia en los medios de comunicación, exponiendo así la perspectiva androcéntrica que atraviesa estos espacios.

Estas cifras son una señal de alerta debido al poder comercial y cultural que ostentan los medios de comunicación, destacando su rol como formadores de opinión, productores, reproductores y transmisores de valores, al tiempo que definen aquello que es considerado como relevante, normal, discutible y aceptado o rechazado socialmente.

Los resultados evidencian una desigualdad de poder no sólo dentro de estas empresas de medios sino también en las organizaciones relacionadas a la comunicación (sindicatos y universidades) en las que los estereotipos de género se reproducen.

En los sindicatos, el porcentaje de mujeres afiliadas en ambas regiones es de poco más de un 24%, el cual se reduce al contabilizar su presencia en las dirigencias gremiales donde participan en un 23,29%.  

Sin embargo, esta tendencia se revierte en los espacios académicos de formación de profesionales de la comunicación: el 64,02% de las personas egresadas de estas carreras son mujeres.

Entonces si bien muchas mujeres estudian carreras relacionadas con la comunicación, superando ampliamente a los varones, esto no se refleja en una participación mayoritaria en las empresas de medios y menos en los sindicatos.

Estas desigualdades de género se hacen visibles en el techo de cristal, en la división sexual del trabajo y en la falta de una perspectiva de género traducida en políticas institucionalizadas en los casos de los medios de comunicación y sindicatos. De la misma manera, las universidades presentan falencias en asignaturas específicas y obligatorias sobre género y en planes de estudios con una perspectiva de género transversal.

La incorporación de los medios de comunicación, sindicatos y universidades de la ciudad de Córdoba enriquecen el análisis, ya que se desprenden datos que muestran cómo estas brechas de género se acentúan y amplían en la región. Del total de las personas empleadas en las empresas de medios analizadas, sólo el 23,29% son mujeres y no hay ninguna persona trans. Aún más preocupante es la situación el los altos mandos donde la presencia de mujeres se reduce a un 12%. Las cifras ofrecidas por las empresas de medios de Córdoba, se encuentran muy por debajo del promedio al analizar la participación de mujeres dentro de sus estructuras laborales. Sin embargo, el 69,04% de las personas egresadas de carreras de comunicación son mujeres, lo que en este caso supera el promedio presentado.

A partir de estos resultados, la importancia de este abordaje se fundamenta al reconocer las desigualdades de género presentes y arraigados en los medios de comunicación, pero también al reconocer su agencia democrática, los cuales deberían reflejar la diversidad de la ciudadanía, que sólo se logrará a partir de la inclusión de mujeres y personas de la comunidad LGBTTIQ+. Un mundo más justo e igualitario que aún está construcción.

Más información:

Organizaciones de medios y género

Resúmen de investigación: Organizaciones de medios y género

Contacto:

Cecilia Bustos Moreschi – cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org

Más de 30 organizaciones cordobesas nos dirigimos mediante un documento a las/os senadoras/es de la provincia de Córdoba, Laura Rodríguez Machado, Carlos Caserio y Ernesto Félix Martínez para expresar la importancia de su voto a favor de la sanción del proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo que ya cuenta con el voto positivo de la Cámara de Diputados/as.

Ante algunas expresiones de los senadores y la senadora frente a este debate, en que manifestaron que adoptarían una postura distinta, presentando su propio proyecto, numerosas organizaciones de la sociedad civil consideramos importante presentar argumentos para resaltar los motivos por los cuales entendemos que su voto debe ser en apoyo proyecto de ley, tal como fue aprobado por la Cámara Baja.

En primer lugar, este proyecto es constitucional y respeta las disposiciones de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos a los que está obligado el Estado argentino. Ni la Constitución Nacional ni los tratados de derechos humanos ratificados por el Estado argentino son un obstáculo para la despenalización y la legalización del aborto, por lo que es dable sostener la constitucionalidad y la convencionalidad del proyecto ley. De hecho, estas normas imponen al Estado obligaciones de respeto, protección y garantía de derechos que están garantizados en este proyecto.

Además, sostenemos que la objeción de conciencia no puede ser institucional. La objeción de conciencia individual, tal como está planteada en el proyecto de ley, es una solución razonable basada en la libertad de conciencia y religiosa. Pero reconocer la pretensión de instituciones privadas de eximirse de la provisión de servicios de interrupción del embarazo es impensable, teniendo en cuenta las restricciones que genera en la libertad de conciencia individual de los profesionales que trabajan en estos establecimientos, la afectación a la libertad y derecho a la salud de las pacientes, y los costos y problemas para el sistema de salud.

Por otro lado, presentamos argumentos para sostener que el plazo de 14 semanas es un plazo razonable. Permitir la interrupción voluntaria del embarazo hasta este plazo no implica riesgos y está en consonancia con lo regulado por otros países que han ido mejorando sus marcos normativos.

Es importante también mencionar que la legalización del aborto no importa un problema presupuestario. Los costos de una práctica legal son mucho menores a los costos que implican las complicaciones por abortos inseguros que incluyen desde intervenciones quirúrgicas con internación y anestesia hasta varios días en terapia intensiva.

Finalmente, consideramos que este proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo es coherente con la totalidad del sistema normativo vigente y es la ley que falta en una destacable lista de regulaciones en materia de derechos humanos en nuestro país.

Pero fundamentalmente, destacamos el amplio apoyo que tiene este proyecto de ley en la provincia de Córdoba. Un millón de personas nos convocamos frente al Congreso y miles en las calles a lo largo de todo el país. En Córdoba capital y en numerosas localidades provinciales nos encontramos de manera masiva en cada pañuelazo, manifestando nuestra postura.

No puede negarse que la sanción de esta ley es esperada por el pueblo cordobés, la ciudadanía argentina y la comunidad latinoamericana.

Los/as senadores/as tienen la oportunidad de convertir este proyecto en ley, consolidar derechos humanos largamente postergados, satisfacer los estándares internacionales en esta materia a los que está obligado el Estado argentino y marcar un avance en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes en nuestro país.

El proyecto de ley nos permitirá avanzar en la construcción de una sociedad más justa, igualitaria y respetuosa de los derechos humanos.

Senadores/as cordobeses/as: QUE SEA LEY.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org 

El 28 de junio se celebra el día internacional del orgullo LGBT+ en conmemoración a una serie de hechos conocidos como “disturbios de Stonewell” que marcan el comienzo de la lucha por los derechos del colectivo.

Una redada policial que perseguía a personas homosexuales que frecuentaban el bar Stonewall Inn de Nueva York dio lugar a las manifestaciones que, en 1969, fueron el hito más visible e icónico de la época en la lucha de la comunidad LGBT+.

Este 28J encuentra al colectivo continuando y profundizando esta lucha. Las organizaciones travestis y trans celebran esta fecha con la convocatoria a la tercera marcha nacional bajo la consigna: “Basta de travesticidios y transfemicidios”. Habrá movilizaciones en la Ciudad de Buenos Aires y en distintas ciudades del país.

Dos sucesos importantes acompañan este día. En primer lugar, el fallo inédito e histórico del 18 de junio que condenó a Gabriel David Marino a prisión perpetua por el crimen contra la activista travesti de derechos humanos Diana Sacayán. Fue la primera vez que la Justicia utilizó el  término “travesticidio” en los expedientes. En la sentencia, el tribunal consideró que se trató de un crimen de odio y que medió violencia de género. Por otro lado, el mismo día, la Organización Mundial de la Salud excluyó la transexualidad de su lista de trastornos mentales, marcando un gran avance en el reclamo histórico del colectivo LGBT+ por la despatologización total de la transexualidad y de la diversidad humana.

Además, hoy a las 14 hs. se presentará en la Legislatura de Córdoba un proyecto de ley que busca la promoción del empleo formal para personas trans y travestis en el ámbito provincial. Esta iniciativa local se enmarca en Campaña Nacional por la Inclusión Laboral trans y travestis que se lanzó en el año 2016.

En un contexto sociocultural de cada vez más respeto y tolerancia hacia los colectivos oprimidos y las minorías, aún queda mucho por hacer. Si bien no hay cifras oficiales, las organizaciones cuentan más de 40 víctimas de travesticidios y transfemicidos en lo que va del año. También preocupa el promedio de vida de la comunidad trans, que roza apenas los 35 años.

“Salimos a las calles para gritar basta de travesticidios y transfemicidios, basta de crímenes de odio, basta de muertes evitables, basta de exclusión, basta de persecución y criminalización, basta de negarnos el acceso al trabajo, exigimos la ley de cupo laboral en todo el país, por la efectiva aplicación y respeto de la ley de identidad de género, sobre todo en el ámbito de la salud, porque se entregue la medicación a personas viviendo con VIH-SIDA, y por la aprobación de una ley de reparación histórica para personas travestis y trans víctimas de la violencia institucional” manifiestan las consignas en este día del orgullo.

Autora:

Mayca Balaguer

Contacto:

Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org