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La pandemia del COVID-19 ha tenido un impacto mundial sin precedentes en la era moderna. Muchos países se encuentran en emergencia sanitaria, económica y social debido a las consecuencias negativas que acarrea la lucha contra el nuevo coronavirus.

Sin dudas, los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos para la Agenda 2030 de Naciones Unidas se verán afectados. En este trabajo analizamos algunos de los impactos positivos y negativos sobre los ODS, aunque adelantamos que en general el panorama es negativo, especialmente si nos enfocamos en los efectos que tendrá sobre la salud comunitaria y en el incremento de las desigualdades debido a la desaceleración económica mundial.

El presente documento propone un análisis descriptivo y valorativo sobre la implementación de la Política de Género en el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y tiene como principal objetivo indagar sobre dicha implementación a partir de las debilidades y fortalezas identificadas en la política de género del Banco, a fin de que continúe avanzando en la incorporación de elementos y herramientas garantes de los derechos de las mujeres y de la diversidad.

Recibimos respuesta de la Defensoría del Público ante los reclamos por violencia simbólica y mediática ejercida en el programa Los Ángeles de la Mañana de Canal 13 y la periodista Fabiana Dal Prá en el noticiero central del mediodía de Canal 12 de Córdoba.

Formato de chimentos y la exposición forzada

En el programa Los Ángeles de la Mañana de Canal 13 del 23 de julio, la periodista Yanina Latorre contó en el aire que Karina Jelinek «no blanquea a su pareja», y que «vive en pareja, con una chica muy linda», ambas «viven juntas y se ponen mimosas», a lo que sumó muchas otras expresiones referidas a su vida privada. Luego, una movilera afirmó que Karina no quería hablar de sus relaciones y que había declarado estar sola.

Este tipo de «chismes» y contenidos son muy frecuentes en la televisión, en donde la alta exposición de las famosas siempre lleva a que se exponga su vida privada y su sexualidad. Sin embargo, se solicitó el análisis del caso por la Defensoría del Público ya que se trata de la orientación sexual de una persona que no quería verse expuesta.

Frente a dicho reclamo, la Defensoría respondió justificando y avalando las dinámicas acontecidas en el programa, a través del argumento de que el marco de lectura e interpretación en el que se presentan las noticias vinculadas a la vida privada de las personas públicas responden al género magazine de espectáculos. En los programas de este formato, según la Defensoría, se presentan “´chimentos´ de color, primicias de la vida pública y privada de figuras del espectáculo, aludiendo, muchas veces, a que las personas mediáticas no quieren que se mediaticen datos sobre ellos. Es decir, la postura negativa de las figuras funciona como el disparador de un encadenado de situaciones que trascienden la emisión, expandiéndose sobre el resto de los programas televisivos vinculados al género: alguien anuncia una primicia, el famoso referido se enoja en ese u otro programa y se le realizan entrevistas, entre otras variantes previstas por el formato. 

En este marco, la Dirección entiende que la información que ofrece la panelista [Yanina Latorre] en calidad de primicia, integra el repertorio esperable de posibilidades que el formato del programa habilita”. 

Seguido de esto, el organismo afirma que en el programa no se identifican comentarios de tono burlesco ni discriminatorio respecto a la orientación sexual de Jelinek, sino todo lo contrario: “Asimismo, se observa que los comentarios y valoraciones expresados se insertan en un marco de comunicación respetuosa de la diversidad genérica y sexual y este enfoque se propicia durante todo el desarrollo del tema y por parte del conductor y de todas las panelistas. De igual modo, abunda la difusión de expresiones y valoraciones positivas sobre el tema, que contribuye a cuestionar y de-construir las concepciones binarias y estereotipadas sobre las relaciones afectivas y una visibilización respetuosa de la diversidad.”

A partir de estos argumentos, la Defensoría considera que la situación descripta no habilita una intervención en términos de vulneración de derechos.

Sin embargo, entendemos que la institución debe avanzar en análisis más profundos respecto al consentimiento que se da por sentado sobre la exposición de las vidas de las figuras públicas, así como la cosificación y fetichización de feminidades y de sus orientaciones sexuales.  

El formato de chimentos, al igual que el humor, parece ser un espacio gris donde se habilitan ciertos discursos que pueden resultar ofensivos e incluso violentos particularmente hacia la vida de las personas LGTBIQA+. 

Sin desconocer la importancia de resguardar la intimidad de todas las personas, es menester reconocer que no es lo mismo hablar y exponer los vínculos sexoafectivos entre personas que se atienen a la heteronorma que aquellas que no lo hacen, precisamente por las implicancias que tienen para sus vidas que transcurren en un mundo heterocispatriarcal. 

A su vez, los comentarios de las panelistas involucran la cosificación de dos mujeres y de su orientación sexual, lo que es evidente en los comentarios de la panelista Yanina Latorre: “a mí me encanta”, “a mí me dicen que es una pareja. Está buenísimo. Todo bien”, “bueno, nos alegramos”, “no está mal. A mí me da una alegría divina. Son hermosas las dos”, “sabes que la estuve mirando para ver cómo sería estar con ella, te digo tiene unas tetas divinas”.

Finalmente, ¿por qué asumir el supuesto consentimiento de personas públicas y mediáticas a ser expuestas en todos los planos de su vida? Nos resulta preocupante el marco interpretativo empleado por la Defensoría ya que  legitima las lógicas de estos magazines que suponen una negación del consentimiento de figuras públicas, que soslaya lo expresado por Jelinek sobre no querer hablar de su vida privada y que puede tener implicancias particularmente violentas al referirse a su orientación sexual. 

La Defensoría ante el abordaje de mediático de casos de violencia física y sexual

Recordemos la entrevista realizada por la periodista Fabiana Dal Prá a una víctima de violación. “¿Te echás la culpa de algo?” pregunta Dal Prá luego de que Dahyana, la joven cordobesa que fue atacada sexualmente en Barrio Ampliación Las Palmas, narrara su dolorosa experiencia. 

El reclamo presentado ante la Defensoría fue respondido favorablemente por el organismo: “Este abordaje propone un riesgoso marco interpretativo para los hechos, dado que al insinuar la posible culpabilidad de la víctima (incluso bajo una modalidad discursiva de interrogación y no de afirmación explícita) promueve la legitimación y la naturalización de los hechos de violencia padecidos”. A su vez, remarca la necesidad y responsabilidad de quienes comunican, de desarticular y erradicar las coberturas violentas que reproducen “los sentidos culpabilizadores y naturalizadores que muchas veces quienes ejercen la violencia expresan como razones de causalidad de los hechos. Es importante que quienes comunican subrayen que todas las razones y la responsabilidad es de quien ejerce la violencia”.

Paralelamente, el análisis de la institución evidenció inconvenientes al momento de resguardar la identidad de la persona en situación de violencia y la ausencia de la placa con la línea telefónica 144 de asistencia a las víctimas de violencia de género. 

Ante este caso, la Defensoría reconoce que la situación presentada se corresponde a un caso de violencia simbólica y mediática, por lo que procedió a comunicar el reclamo ante el Canal 12 y se puso a disposición para dialogar con el canal a fin de “enriquecer, desde una perspectiva de derechos, futuros abordajes de la emisora.”

La importancia de la Defensoría del Público para la erradicación de las violencias de género

En mayo de este año, Miriam Lewin fue designada como Defensora del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual, luego de años de acefalía y debilitamiento institucional. Este nombramiento ha significado el fortalecimiento no sólo de la Defensoría del Público, sino un avance en el reconocimiento de los derechos de las audiencias así como un renovado ímpetu en la lucha contra la violencia mediática y simbólica. 

Las respuestas recibidas por la Defensoría ante los reclamos presentados, en los que se aclara y visibiliza el procedimiento de recepción, análisis y devolución de los mismos, señala una importante activación de la institución en pos de la defensa de nuestros derechos.

A partir de estos reclamos, celebramos las respuestas y el accionar de la Defensoría del Público y, a su vez, requerimos que se avance en interpretaciones más profundas y esclarecedoras sobre casos de violencia simbólica y mediática. 

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Después de 20 horas de sesión, con 131 votos a favor, 117 votos en contra y 6 abstenciones, la Cámara de Diputados dio media sanción a la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esta semana inicia el tratamiento el Senado, con reuniones de comisiones y un nuevo dictamen que será votado el 29 de diciembre. 

El viernes por la mañana, después de largas horas de exposiciones de diputados y diputadas, se realizó la votación de la ley de IVE, arrojando como resultado su media sanción. Mientras miles de activistas acompañaban la discusión, desde sus casas o en el espacio público en las vigilias organizadas por la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Grautito, el recinto fue nuevamente colmado de discursos a favor y en contra. Mucho de lo que escuchamos ya había sido dichos en el tratamiento legislativo del 2018. Es que el escenario no ha cambiado: la clandestinidad de la práctica supone un peligro para la vida para las personas gestantes, y las posibilidades de acceder a ella en condiciones de legalidad y seguridad constituyen una cuestión de salud pública, justicia social y derechos humanos. 

La diputada Gabriela Cerruti estuvo a cargo de hacer el discurso de cierre del dictamen de mayoría. Sus palabras explican de manera muy simple la división sexual del trabajo, y cómo las mujeres han sido históricamente cargadas con las responsabilidades asociadas a la reproducción y a los cuidados.  “No es una novedad que este mundo es injusto. […] Lo sabemos perfectamente las mujeres, porque durante siglos nos obligaron a parir para mandar a nuestros hijos a la guerra. Durante siglos nos obligaron a parir para explotar a nuestros pibes en las fábricas. […]. Lo que venimos a pedirles hoy es: dejen de hacer del cuerpo de las mujeres el territorio de disputa de aquello que no pueden solucionar la economía y la política. El mundo es injusto efectivamente, pero la respuesta no está en nuestro útero. Al contrario: el mundo es injusto porque está construido hace 500 años en un sistema basado en la explotación de las mujeres y de la naturaleza. Y nosotras somos las primeras en ponernos al frente de las batallas que haya que dar para cambiar esa cosmovisión del mundo y para que el mundo efectivamente sea para todas, todos y todes, y para que podamos vivir en un mundo en armonía, en un mundo mejor, en un mundo donde todas podamos ejercer nuestro deseo y nuestra decisión.” 

Sobre el final del discurso, dio lugar a una interpelación sobre las próximas discusiones que deben tener lugar en nuestra sociedad: la distribución de los cuidados. “Las políticas de cuidado tienen que ser parte de las políticas de Estado y tienen que ser parte de nuestras discusiones porque hemos sido la mano de obra barata que sostuvo este sistema en el último siglo. No hubieran construido ni sus negocios, ni sus fortunas, ni sus fábricas si no hubiéramos estado nosotras en las casas cuidando a los hijos, a los padres y a los maridos. Lo hicimos durante siglos y no lo queremos hacer más, o queremos hacerlo cuando lo decidamos. Porque elegir no es solamente elegir si embarazo sí o embarazo no, elegir es elegir el proyecto de vida, es elegir en cada momento qué es lo que queremos hacer”. 

¿Cómo votaron los diputados y las diputadas según su género? 

Los resultados de la votación pueden analizarse desde varias perspectivas: por provincia, por partido o alianza política, y por género. 

Nos interesa puntualizar este último. Del total de 109 diputadas, 62 votaron a favor, 45 en contra y 2 se abstuvieron. Del total de 147 diputados, 72 votaron en contra, 69 a favor, 4 se abstuvieron y 2 estuvieron ausentes. Es decir que, en proporción a la integración de la Cámara, fue el voto femenino el que marcó la tendencia a favor. 

Este dato es importante para reforzar la importancia de la paridad de género en el Congreso. Las elecciones del 2019 fueron de estreno para la ley 27412 de paridad de género en ámbitos de representación política, y dieron como resultado un 10,3% de aumento en la proporción de mujeres que integran la Cámara. Y si comparamos el voto femenino de la votación de la ley de IVE de 2018 con el de 2020, el incremento es de casi un 20%. 

Todos estos datos pueden leerse en este informe que publicó la Subsecretaría de Asuntos Parlamentarios de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación. 

¿Cómo es el dictamen que fue aprobado?

El proyecto de ley aprobado está basado en el que fue presentado por el Poder Ejecutivo, con las modificaciones introducidas por el plenario de las comisiones previo a la votación. 

Se trata de una ley que consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

Se prevé el acceso de manera libre hasta la semana 14 de gestación. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante (es decir, las causales que ya están reconocidas en nuestro ordenamiento jurídico a través del art. 86 del Código Penal, con la interpretación hecha por la Corte Suprema en el fallo FAL). 

El plazo para el acceso a la práctica es de 10 días corridos desde su requerimiento, y se solicita el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. 

En casos de personas menores de edad y de personas con discapacidad o capacidad restringida se prevén remisiones al Código Civil y Comercial para resolver si cuentan con la capacidad para prestar consentimiento y bajo qué condiciones pueden hacerlo. 

Respecto a la objeción de conciencia, se permite la de tipo individual, y además se indica que aquellos centros de salud privados o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice efectivamente la prestación. Sobre estos puntos del proyecto desarrollamos más en esta nota

Sin embargo, el personal de salud no podrá negarse a la realización de la práctica en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. 

Finalmente, indica que obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo, y que estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

Además, fortalece la responsabilidad del Estado de implementar la ley de Educación Sexual Integral, y de establecer políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.

¿Cuáles son los próximos pasos en el Senado? 

Este lunes está previsto que inicie el tratamiento del proyecto en el Senado, con la exposición de integrantes del Poder Ejecutivo ante el plenario de las comisiones de Justicia, Salud y Banca de la Mujer. El martes y miércoles serán dedicados a recibir a especialistas propuestos por senadores y senadoras. El jueves se espera que se de la discusión entre integrantes de las comisiones para pasar el dictamen a la firma, con expectativa de llevarlo al recinto el 29 de diciembre.

En esta segunda instancia de discusión legislativa reforzamos nuestro pedido de un debate respetuoso y con argumentos, y esperamos que la interrupción voluntaria del embarazo sea ley antes de fin de año.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Luego de la reunión plenaria de las comisiones de Legislación General, Legislación Penal, Acción Social y Salud Pública, y Mujeres y Diversidad, finalmente se logró un acuerdo sobre el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo que se va a votar mañana en el recinto de la Cámara de Diputados. ¿Qué modificaciones tiene respecto al proyecto que había presentado el Poder Ejecutivo en noviembre? ¿Qué podemos esperar de la jornada de hoy? Te lo contamos acá. 

Como estaba previsto en la agenda legislativa, este miércoles 9 de diciembre se llevó adelante la reunión de comisiones para dictaminar sobre el proyecto de ley de IVE. Con 77 votos a favor, 30 de rechazo y 4 abstenciones, se llegó a un acuerdo sobre el texto del proyecto. Lo mismo había pasado horas antes en el plenario de las comisiones de Presupuesto y de Acción Social y Salud Pública, que había discutido sobre el proyecto de ley de los Primeros 1000 días. Ambos proyectos serán tratados en el recinto este jueves 10 de diciembre

¿Cuál es la agenda de la jornada?

La convocatoria a la sesión fue fijada a las 11 de la mañana, y el orden de tratamiento de los proyectos será primero el de IVE y seguidamente el de Atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, conocido como programa de los Primeros 1000 días. 

Durante todo el día, la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito convocó a acompañar la votación en los espacios públicos en todo el país. En Buenos Aires, la vigilia comenzará a las 10 de la mañana en inmediaciones del Congreso, con actividades durante todo el día y hasta que se vote la ley. En Córdoba, la convocatoria es en la ex Plaza Vélez Sarsfield a partir de las 18h. Como el derecho al aborto es una cuestión de salud pública, y cuidarnos también, reforzamos las recomendaciones para participar de la vigilia:

  • Usamos tapaboca-nariz en todo momento. 
  • Nos lavamos las manos con alcohol en gel. 
  • Mantenemos la distancia de 2 mts. 
  • Nos cuidamos del sol con protector solar, ropa liviana y gorra. 
  • Llevamos agua fresca para mantenernos hidratades. 
  • No respondemos a provocaciones de antiderechos y procuramos estar siempre acompañades y atentes. 

Como se van a tratar los dos proyectos de ley, se espera que la sesión dure varias horas. Sobre IVE, hablarían un total de 170 diputadas y diputados, por lo que la votación de la ley sería en horas de la madrugada. 

¿Qué dice el dictamen? ¿Qué modificaciones propone?

Hace algunas semanas publicamos este análisis con una sistematización de los proyectos de ley que servirían de base a este debate: el que presentó el Poder Ejecutivo en noviembre y el que había presentado la Campaña en el 2019, haciendo un contraste con el dictamen que aprobó la Cámara de Diputados en el 2018. 

Ayer se aprobó un nuevo dictamen, que prevé algunas modificaciones en el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo. ¿De qué se tratan? 

En el Art. 8, que regula los casos en donde quien requiere la práctica es una persona menor de edad, ahora se hace directamente una remisión al art. 26 del CCyC. Antes de la modificación se explicitaba que aquellas personas entre 13 y 16 años cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. Se mantiene la mención al marco jurídico aplicable para estos casos que propone la Convención de los Derechos del Niño y la Ley N° 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, que siempre prevé que se proteja su interés superior y se garantice su derecho a ser oído. 

Por otro lado, se agrega el nuevo Art. 11, que indica:

OBJECIÓN DE CONCIENCIA. OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD. Aquellos efectores de salud del Subsector Privado o de la Seguridad Social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia de conformidad con el artículo anterior, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó. En todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica conforme a las previsiones de la presente ley. Las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación. Todas las derivaciones contempladas en este artículo deberán facturarse de acuerdo con la cobertura a favor del efector que realice la práctica.

Este nuevo artículo prevé una solución para los casos de instituciones privadas de salud o de seguridad social en donde no haya ningún profesional no objetor, indicando que deberán disponer la derivación a otra institución que sí realice la práctica, garantizando que se haga conforme a la ley, y haciéndose cargo de todas las gestiones y los costos asociados a la derivación y el traslado. 

A su vez, se mantiene la redacción del Art. 10, que reconoce el derecho a la objeción de conciencia, con algunas limitaciones, como que quien objeta debe mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión; debe también derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones; debe adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica y finalmente debe cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas. 

También se prohíbe  para los casos en que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, y para los casos que se requiera de atención sanitaria postaborto. Este artículo prevé, además, que su incumplimiento puede dar lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.

Sin embargo, esta redacción no contempla limitaciones que sí surgían en el dictamen de Diputados del 2018, como por ejemplo, que la objeción debía manifestarse previamente de manera individual y por escrito, y comunicarse a la máxima autoridad del establecimiento de salud.

Otro punto importante de aquel dictamen es que obligaba a los establecimientos de salud a llevar un registro de los profesionales objetores, debiendo informar del mismo a la autoridad de salud de su jurisdicción, y prohibía explícitamente la objeción de conciencia institucional y/o de ideario. 

¿Qué significa la inclusión de artículos que admiten el supuesto de objeción de conciencia individual, y supuestos de instituciones en donde no haya ningún profesional no objetor?

Sabemos que la objeción de conciencia es un instituto jurídico que se utiliza para obstaculizar o dilatar el acceso a los servicios de salud sexual y (no) reproductiva, como hemos visto que sucede con los casos de anticoncepción e interrupción legal del embarazo. Reconocerla dentro de la ley, con el status jurídico de “derecho”, no hace otra cosa que habilitar el incumplimiento de la propia ley, poniendo en grave peligro su efectividad.

La objeción de conciencia es un instituto jurídico que permite exceptuar a ciertas personas del cumplimiento de una obligación legal, en los casos en que la acción ordenada por las normas contraríe sus más profundas convicciones religiosas, éticas o morales; siempre que ello no cause un perjuicio a terceras personas.  

Entendemos que la incorporación de la objeción de conciencia individual para la intervención directa en la práctica de IVE está basada en el respeto de esta libertad de conciencia o religiosa, siempre que se permita de manera excepcional y con todos los límites mencionados. Pero reconocer la pretensión de instituciones privadas de eximirse de la provisión de servicios de interrupción del embarazo es impensable. Tememos que esto puede suceder en el caso de que la totalidad de los profesionales de salud de una institución se declaren como objetores. Aunque no sea la institución quien niegue el servicio, si todos sus profesionales son objetores, se convierte en una objeción de conciencia institucional encubierta. 

Una solución de este tipo vulnera la libertad y el derecho a la salud de las y los pacientes, e incrementa los costos y problemas para el sistema de salud público, que se verá sobrecargado por tener que resolver las situaciones que el subsistema privado le derive. Nos preocupa además que como consecuencia de este reconocimiento se repita la situación de Uruguay, en donde se identifican altos niveles de objeción, existiendo incluso  jurisdicciones con 100% de profesionales objetores. Esto profundiza las dificultades que afectan a las zonas rurales o alejadas de las grandes ciudades, en donde el acceso a los servicios de salud es más limitado y hay menos instituciones públicas. 

Las instituciones privadas que proveen servicios de salud desarrollan funciones públicas esenciales: la provisión de servicios de salud a la población. El hecho de que estas funciones se desempeñen con ánimo de lucro y mediante un contrato privado no desvirtúa la naturaleza del servicio. Por lo tanto, la función social que cumplen estas empresas privadas es diferente a la de otras que no están comprometidas con la garantía de derechos fundamentales de las personas. En este sentido, la exigencia social y legal que se hace a las empresas o entidades proveedoras de servicios de salud es mucho mayor. No solo deben garantizar la no discriminación en el acceso a los servicios, sino que están sometidas a un mayor control y vigilancia por parte del Estado. 

En este sentido, admitir que toda una institución pueda eximirse de la provisión de servicios de IVE es injustificado y pondría en riesgo de manera desproporcionada el acceso a la salud de las personas asociadas a ellas. 

De todos modos, el dictamen obliga a estos establecimientos a garantizar la derivación, en un lugar de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó, en donde se debe garantizar la práctica conforme a la ley. Luego indica que las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado quedarán a cargo de la institución que derivó, previendo que se facture siempre a favor del efector que efectivamente realice la práctica. 

Será ley

A pesar de estos puntos controvertidos, celebramos la aprobación del dictamen de mayoría y aguardamos el tratamiento en ambas Cámaras antes de fin de año. Reconocemos que llegar a esta instancia fue fruto de las luchas del movimiento de derechos humanos que hace tantos años viene impulsando esta ley. 

El Congreso de la Nación tiene ahora el deber de dar la discusión legislativa con responsabilidad que merece un problema de salud pública de esta magnitud, en esta nueva oportunidad de sancionar la ley y marcar el avance en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes en nuestro país.

Esperamos que quienes legislan dejen de lado sus convicciones personales y su moral privada a la hora de abordar este proyecto. Están legislando sobre nuestro futuro, sobre nuestra salud y sobre nuestras vidas. Exigimos que lo hagan responsablemente, apoyando con su voto positivo este proyecto de ley, porque es un proyecto que amplía derechos y salva vidas. 

Esta tarde, vamos por la media sanción. Y antes de que termine el 2020, por la conquista del derecho al aborto legal, seguro y gratuito. 

 

El presente documento propone un análisis descriptivo y valorativo de la recientemente publicada (2020) “Herramienta de Evaluación de Riesgos de Género” (HERG) del BID Invest, la cual es un plan de género para que las empresas evalúen el impacto de sus proyectos en materia de género y estructuren procesos de prevención de estos.

En el presente documento se analizan aquellas cuestiones que han sido incorporadas y los aspectos que no se han incorporado y/o modificado a partir del proceso de consulta pública que llevó adelante el BID. Especialmente, se hace énfasis en la necesidad de garantizar los derechos de las niñas, adolescentes, mujeres y personas LGBTTTQ+ para que efectivamente se respeten y se garanticen los derechos humanos de todas las personas.

Junto al Espacio de Economía Feminista Córdoba y con el apoyo de la Fundación Heinrich Boll, realizamos un ciclo de 5 encuentros virtuales para visibilizar y debatir sobre la existencia de otras economías que pongan en el centro a la vida humana y no humana y a los cuidados que las hacen posibles.

El Ciclo de webinarios sobre Economía Feminista (EF) inició el 30 de septiembre y se extendió a lo largo de dos meses. Participaron especialistas en Economía Feminista, Economía Popular, Economía Ecológica y Economía Social y Solidaria, integrantes de diversos espacios autogestivos y activistas que apuestan y trabajan en pos de otras economías, que reemplacen el afán de lucro por el cuidado y sostenibilidad de las vidas humanas y no humanas. 

El panel del primer webinar estuvo conformado por Ariana Cervantes y Vanessa Ullua (integrantes del Estudio contable Virginia Bolten) y Shams Selouma de la Incubadora Feminista Latinoamericana. En ese encuentro se ofrecieron herramientas jurídicas, tributarias y administrativas para organizaciones autogestivas y comunitarias. A su vez, se presentó el Recursero Herramientas para la autogestión desde una perspectiva de la sostenibilidad de la vida

El segundo webinar, llamado “Hacia la sostenibilidad de la vida. Diálogos entre las experiencias de América Latina y España”, sentó las bases y lineamientos teóricos de la Economía Feminista desde una perspectiva de la sostenibilidad de la vida, a fin de reflexionar y discutir nuevas formas de pensar y organizar el trabajo, producir, distribuir y consumir, que subviertan las lógicas capitalistas y heterocispatriarcales. El espacio buscó establecer una conversación entre miradas teóricas y experiencias desde América Latina y España. En este encuentro participaron especialistas en la temática: Astrid Agenjo Calderón, Patricia Laterra y Natalia Quiroga Díaz. 

A este encuentro le siguió otro que abordó el tema de los cuidados como condición para el sostenimiento de la vida. En el webinar “Lo esencial es invisible al mercado. Corresponsabilidad, comunidad y cuidados”, participaron Corina Rodriguez Enriquez, Gabriela Marzonetto y Paola Bonavita, quienes expusieron sobre políticas de cuidado actuales y cuidados comunitarios en Argentina y específicamente Córdoba. 

Finalmente, los últimos dos webinaros se propusieron plantear y debatir, desde un enfoque teórico primero y empírico después, las posibilidades de construir y sostener otras economías que articulen las propuestas de la Economía Social y Solidaria, la Economía Popular, la Economía Ecológica con la Economía Feminista. 

Las reflexiones teóricas fueron planteadas en el webinar “Otra(s) economía(s). Diálogos entre la Economía Feminista y las economías Popular, Solidaria y Ecológica”, gracias a los aportes de Ariana Ortega y Magalí Magnani del Área de Ecofeminismo del Taller Ecologista de Rosario, Florencia Partenio, Karina Tomatis. Las tensiones y dilemas, así como las propuestas teóricas planteadas en este encuentro, fueron puestas en diálogo con experiencias autogestivas de la ciudad de Córdoba, que participaron del último webinar “La otra economía existe y sostiene la vida. Conversatorio con organizaciones autogestivas y comunitarias de Córdoba”. 

En este último encuentro participaron integrantes de la cooperativa Corteza del Chañar, cooperativa Wallmarx, la Textil del Encuentro de Organizaciones y de la Feria Agroecológica de Córdoba, que compartieron experiencias concretas que visibilizan la existencia de otras economías, vislumbrando un real horizonte en el que estas sean posibles. 

Creemos, y el contexto actual particular lo está evidenciando cada día, que la sostenibilidad de la vida debe estar en el centro del debate, que debemos seguir pensando y construyendo colectivamente qué economía queremos y necesitamos para sostener nuestras vidas y todas las vidas que habitan este planeta de una manera digna de ser vivida.

Sabemos que aún queda un largo camino para deconstruir y transformar una economía constituida a partir de una lógica productivista, de acumulación de capital, de deterioro del ambiente. Por eso se torna urgente y necesario visibilizar y fortalecer teorías y experiencias de otras economías, construidas desde la autogestión y a partir de los debates feministas, poniendo en el foco el buen vivir y que apuestan cada día a otro mundo posible. 

Para revivir los encuentros, hacé click en los siguientes enlaces:

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org 

La discusión iniciará en la Cámara de Diputados, con reuniones informativas de las comisiones durante toda la semana. Luego del fin de semana largo vendría la votación en el recinto. Se discutirá sobre la base del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo hace dos semanas, y del proyecto presentado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito en el 2019. ¿Qué dice cada proyecto?

Este martes 1 de diciembre el plenario de las comisiones de Legislación Penal, Legislación General, Mujer y Diversidades y Salud recibirá a integrantes del Poder Ejecutivo (de la cartera de Salud, Desarrollo Social y Legal y Técnica). Luego se dará inicio a exposiciones de científicos/as, sanitaristas, profesionales de la salud y juristas a favor y en contra de la ley, con la expectativa de llegar a un dictamen el próximo viernes. 

Luego de haberlo anunciado en la apertura de las sesiones legislativas, el 1 de marzo, finalmente el Poder Ejecutivo envió el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo al Congreso de la Nación. Lo hizo junto al proyecto de ley que instaura el llamado “Plan de los mil días”, que propone la asistencia del Estado a embarazadas en situación de vulnerabilidad durante la gestación y hasta los tres primeros años de vida del niño o niña. 

De esta manera se habilitó nuevamente el debate por la legalización del aborto, uno de los puntos principales en la agenda de los derechos humanos de nuestro país desde su discusión en el Congreso en el 2018, que culminó en agosto con el rechazo en el Senado. La Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito había presentado en mayo de 2019 su proyecto, el cual cuenta aún con estado parlamentario, por lo que se espera que durante el debate en comisiones se tengan ambos en consideración. 

En este documento presentamos un análisis comparativo de ambos proyectos, contrastándolos con el dictamen que había sido aprobado por la Cámara de Diputados en el 2018. Consideramos que el Congreso de la Nación tiene el deber de dar la discusión legislativa con los aprendizajes adquiridos en ese entonces, y tomando como insumo ambos proyectos. 

El Congreso tendrá nuevamente la oportunidad de sancionar una ley que consolide derechos humanos largamente postergados, respetando los estándares internacionales que regulan esta materia a los que está obligado el Estado argentino, marcando un avance en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes en nuestro país.

Una ley que garantice la Interrupción Voluntaria del Embarazo nos permitirá avanzar en la construcción de una sociedad más justa, igualitaria y respetuosa de los derechos humanos. 

Que sea ley. 

Descargar Análisis comparativo – Proyectos de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El presente documento propone un análisis comparativo entre el proyecto de ley de Interrupción
Voluntaria del Embarazo que fue tratado en la Cámara de Diputados en el año 2018 y obtuvo media
sanción; el proyecto de ley de la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito
presentado en el año 2019 en el Congreso y el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo en
noviembre del 2020.

El pasado 24 de noviembre, nos reunimos con integrantes de la delegación de Córdoba del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo para dialogar sobre los hechos de discriminación perpetuados en los colegios de la red educativa Fasta. 

Luego de remitirles la denuncia presentada en octubre ante el Ministerio de Educación por las situaciones de violencia y discriminación vividas por integrantes de las comunidades educativas de la red de Fasta, la delegación cordobesa del INADI nos concedió una audiencia para conversar sobre los casos de discriminación denunciados.

La institución se comprometió a involucrarse con la denuncia, solicitando información al Ministerio de Salud. Además, asumió el compromiso de continuar articulando con organizaciones de la sociedad civil, previendo nuevas instancias de encuentro y diálogo.  

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Dos encuentros virtuales para aprender sobre el mundo de las IFIs, sus mecanismos de rendición de cuentas, y compartir herramientas útiles con organizaciones feministas de la región. 

Las instituciones financieras internacionales -IFIs- son uno de los actores más importantes para los países de América Latina y el Caribe en lo que a financiación de proyectos se refiere. Sin embargo, es necesario que las IFIs cuenten con Políticas de Género y transversalicen la perspectiva de género en el diseño, desarrollo y ejecución de los proyectos que financian, y consideren los impactos diferenciados por género que éstos ocasionan. 

Por tal motivo, lanzamos dos encuentros virtuales en el que aprenderemos sobre las IFIs y compartiremos herramientas útiles para que, organizaciones constituidas por feminidades e identidades diversas y disidentes, construyan capacidad para monitorear los proyectos financiados por éstas. 

En el primer encuentro, nos aproximaremos al mundo de las IFIs y sus mecanismos de rendición de cuentas. Tendrá lugar el martes 10 de noviembre, a las 16h. Argentina. 

En el segundo encuentro, brindaremos herramientas para obtener información y monitorear proyectos financiados por instituciones financieras de desarrollo. Se realizará el 17 de noviembre a las 16h.