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Del 20 de julio al 20 de agosto se sometió a consulta pública el Informe Final  del Grupo de Trabajo Interministerial sobre Buenas Prácticas en materia de Aplicaciones de Fitosanitarios. Desde FUNDEPS presentamos nuestras observaciones y objeciones al mismo.

A través de la Resolución Conjunta N° 1/2018, los Ministerios de Agroindustria  y de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación crearon un Grupo de Trabajo Interministerial sobre Buenas Prácticas en materia de Aplicaciones de Fitosanitarios.

Los objetivos del grupo de trabajo eran:

  • Elaborar los principios para ordenar las políticas públicas nacionales sobre aplicaciones de fitosanitarios, especialmente en zonas de amortiguamiento, y
  • Formular recomendaciones respecto de cómo mejorar la adopción, control y monitoreo de las buenas prácticas de aplicación de fitosanitarios.

El Grupo de Trabajo está integrado por representantes de ambos ministerios, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), quienes contaron con dos representantes cada uno. Además, formaron parte el Ministerio de Salud, al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, el Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA) y el Consejo Federal Agropecuario (CFA), quienes participaron con sólo un representante. Se reunió en seis oportunidades entre el 5 de abril y el 5 de julio de 2018.

El resultado final fue un documento que propone 12 principios y 23 recomendaciones, el cual fue abierto a consulta pública durante un mes por medio de una plataforma web con carácter consultivo. La participación de la sociedad fue muy baja, sólo 180 personas dejaron asentados sus aportes, lo que da cuenta de la poca promoción que se le dio al informe y a la consulta pública efectuada por ambos ministerios.

Desde FUNDEPS efectuamos algunas consideraciones y objeciones al documento, entre ellas:

–  El Grupo de Trabajo Interministerial está integrado en su mayoría por representantes del agro;

– Ausencia de participación en el proceso de trabajo de profesionales técnicos idóneos, universidades, ONGs y de la sociedad civil en general.

– No se analiza la necesidad de una ley como un cuestión de salud pública;

– No se tiene en cuenta que las pulverizaciones no se pueden controlar. Por más que se adopten «buenas prácticas agropecuarias» y se tengan en cuenta las condiciones climáticas los productos químicos que se utilizan tienen persistencia en el medio y se movilizan a través del agua y del aire aún después de realizada la aplicación;

– No hay claridad respecto a los criterios técnicos que se utilizarían para delimitar las «zonas de amortiguamiento», ni cómo harían para que se respeten;

– No se asegura de manera efectiva la realización de relevamientos epidemiológicos desde el Ministerio de Salud para saber cuál es la situación de las poblaciones cercanas a zonas de cultivo;

– No considera los principios de la Ley General del Ambiente N° 25.675 que rige toda política ambiental nacional, en particular los principios de prevención y precautorio;

– No contempla un régimen sancionatorio inescindible al control y monitoreo de las «buenas prácticas agropecuarias», entre otras.

Una de las propuestas que presenta el informe, es impulsar una ley nacional sobre aplicación de fitosanitarios, complementaria de la regulación sobre registro de productos y de la ley sobre envases vacíos de fitosanitarios. Desde FUNDEPS apoyamos el dictado de una ley nacional de presupuestos mínimos referida a la aplicación de agroquímicos guiada por el principio de precaución y que permita establecer un marco de referencia que resguarde los derechos fundamentales al ambiente, a la salud y calidad de vida de las personas.

Mas información:

Observaciones al informe sobre buenas prácticas en aplicaciones de Fitosanitarios

Grupo_Interministerial_Fitosanitarios

Autores:

Lourdes Aparicio, Juan Bautista López y María Pérez Alsina

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Más de 40 organizaciones de derechos humanos y de consumidores/as rechazamos el borrador de Anteproyecto y exigimos que se garantice la participación de la sociedad civil en el proceso de elaboración de un proyecto que sea acorde a la Constitución Nacional y la jurisprudencia vigente.

La propuesta de regulación, publicada en el marco del Programa Justicia 2020, restringe la posibilidad de demandar judicialmente al Estado y a empresas en defensa de derechos en el marco de conflictos colectivos y desconoce estándares constitucionales básicos que ubican a las acciones colectivas como herramientas fundamentales para asegurar el acceso a la justicia de personas y grupos en situación de vulnerabilidad. Las organizaciones hemos manifestado las razones fundadas de nuestra preocupación y reclamado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se abstenga de impulsar el Anteproyecto porque, además de tener graves inconstitucionalidades, falencias, inconsistencias y retrocesos, se generó sin la participación de organizaciones de la sociedad civil, de defensa de derechos humanos, el ambiente y los recursos naturales, de consumidores/as ni de organismos públicos de defensa de derechos, como defensorías.

En una reunión reciente con las autoridades del Programa Justicia 2020, solicitada con urgencia luego de advertir estas falencias en el proyecto difundido, se plantearon las objeciones a la falta de participación y al carácter regresivo del proyecto, tras lo cual las autoridades se comprometieron a garantizar la participación de las organizaciones y tener en cuenta las críticas presentadas sobre el contenido del Anteproyecto, ya que según afirmaron “no existía intención política de enviarlo al Congreso”.

El jefe de gabinete refirió haber recibido “algunas críticas al Anteproyecto” y convocado a participantes de la sociedad civil a una reunión presencial en la sede del Ministerio. Sin embargo, omitió mencionar que esa reunión fue solicitada expresamente por las organizaciones y que desde el Ministerio aún no se brindó ninguna respuesta formal a las múltiples críticas presentadas. A su vez refirió que “no est[án] de acuerdo que se trate de un proyecto restrictivo”, no tomando en cuenta las severas críticas enunciadas tanto por las organizaciones firmantes como por especialistas en la materia y, particularmente, ignorando el grado de avance de la jurisprudencia existente. Finalmente, indicó que el proyecto “pone orden al actual sistema en el que tramitan las acciones colectivas”, sin ningún tipo de justificación. En este contexto, son preocupantes las respuestas del Jefe de Gabinete, porque desconocen la gravedad de las cuestiones por las cuales debe ser rechazado y contradicen las afirmaciones de las autoridades de Justicia 2020 en la reunión.

El anteproyecto no fue acompañado de una exposición de motivos ni precedido de un diagnóstico adecuado, y no sólo no resuelve ni reduce los graves problemas en el acceso a la justicia que afectan los grupos más desfavorecidos, sino que además los profundiza, limitando seriamente el uso y efectividad de las acciones colectivas. Con una regulación como la que se propone no hubieran sido posibles decisiones judiciales históricas que protegieron el derecho de acceder a tratamiento y medicamentos de personas con VIH, a condiciones dignas en las cárceles en la provincia de Buenos Aires, la privacidad en el uso de internet y servicios telefónicos, el derecho a no sufrir discriminación en el uso de la línea de ferrocarril Sarmiento, el derecho de las mujeres a no sufrir discriminación por las empresas, el derecho a la educación laica en Salta, la nulidad de aumento de tarifas de gas establecido sin audiencia pública y la reparación de la contaminación del Riachuelo, entre muchas otras.

Es necesario que se inicie un proceso de discusión genuina tendiente a generar acuerdos sobre la mejor forma de regular las acciones colectivas, un proyecto que amplíe su uso y eficacia, e incluya la necesaria participación de las organizaciones de derechos humanos, representantes de usuarios y consumidores, y todas aquellas que defienden los intereses de colectivos en especial situación de vulnerabilidad, así como las personas afectadas que hayan sido o sean parte de los colectivos representados por estas acciones, ya que se trata de una herramienta clave para asegurar sus derechos.

Contacto

Mayca Balaguer maycabalaguer@fundeps.org

El pasado 6 de abril  se entregó en la ciudad de Córdoba el premio ‘Jerónimo de la Gente’ y fue la Asociación Civil ‘Las Omas’, quien  se quedó con el primer lugar luego de la votación. El reconocimiento busca distinguir a un ciudadano, ciudadana, o agrupación de la ciudadanía; cuya labor en Córdoba busque de alguna manera abordar problemáticas sociales.

Las Omas, organización establecida en el barrio Chacras de la Merced, desde 2011 se ha dedicado a la asistencia de las vecinas en situación de pobreza y violencia. Al mismo tiempo, su presidenta, Alida Weht, ha sido quien ha tomado el bastión de la lucha contra la contaminación producida por el mal funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales de Córdoba.

El premio que Las Omas recibieron es una distinción por su trabajo incansable para mejorar la situación de las mujeres en el barrio, pero en los medios de comunicación poco se ha mencionado acerca de su inmensa labor, para mejorar y proteger el ambiente que las rodea. El intendente Mestre ha reconocido a Las Omas por un lado, pero por otro, no ha hecho nada para ayudarlas a acabar con las problemáticas derivadas de la contaminación.

Hace ya algunas semanas, se hizo conocido que la Municipalidad de Córdoba admitió que la planta no está en perfectas condiciones y que está funcionando a un 60%. Asimismo, Daniel Bardagi, Director de Redes Sanitarias y Gas, prometió que en los próximos días la planta ya estaría funcionando a la totalidad de su capacidad.

Esta posición de la Municipalidad colisiona directamente con lo expresado por los empleados que se encuentran trabajando en la EDAR, y que han declarado que la planta bajo ningún punto de vista está en condiciones de funcionar al 100%. En adición, han declarado que el líquido que ingresa a la estación no es tratado de ninguna manera y las condiciones en las que entra son las mismas que posee cuando es volcado al Río Suquía.

Estas idas y vueltas entre la Municipalidad y los empleados de la planta, no son nuevas y no hacen más que dilatar una situación que ya desde hace tiempo es insostenible. La falta de responsabilidad del gobierno municipal y el afán de ocultar una realidad que es visible hace tantos años, ha devenido en una comunidad de personas que al día de hoy se ven en una situación de extrema vulnerabilidad.  

De igual manera, la problemática de la contaminación no solo se circunscribe al área de la ciudad de Córdoba. Se ha comprobado que los volcamientos en crudo han llegado por lo menos y con seguridad a Capilla de los Remedios. Más aún, las muestras tomadas y evaluadas por la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) dan cuenta que las bacterias y coliformes presentes en el agua a 36 km de Bajo Grande, están en prácticamente las mismas cantidades y concentración que al momento en que salen de la planta.  Asimismo, podría existir evidencia que la contaminación ha llegado hasta la desembocadura del Río Primero en la Laguna de Mar Chiquita.

Derivado de esta contaminación, vecinos y vecinas de Chacras deben enfrentarse cada día a una infinidad de problemas, siendo la mayor parte, aquellos relacionados con la salud (enfermedades dérmicas, respiratorias y gastrointestinales). De igual manera, el ambiente viciado por el olor del agua cloacal volcada en crudo, dificulta más la vida en ese lugar.  

Desde la Municipalidad de Córdoba se ha anunciado que en los próximos días y semanas se estarán licitando tres obras de refacción en la planta por casi 300 millones de pesos. Estas refacciones corresponden al fracaso de los planes de mitigación asumidos cada año por las sucesivas gestiones municipales. De acuerdo a Federico Kopta, del Foro Ambiental Córdoba, estas refacciones y la ampliación de la planta que está en curso, no lograrán revertir o mitigar la situación de contaminación actual, en tanto no se realicen los controles necesarios sobre la red cloacal.

Luego de años de reclamos, nuevamente hemos pedimos a las autoridades que reconozcan la problemática y tomen cartas en el asunto. La situación de vulnerabilidad que vive la comunidad ubicada a la vera de la estación depuradora, es hoy por hoy, insostenible y degradante. El premio Jerónimo de la Gente, ha logrado reconocer el incansable trabajo de Las Omas, pero no ha podido tapar un problema al que ellas deben enfrentarse todos y cada uno de sus días. Luego de esta premiación, debiera existir un compromiso de los funcionarios para con las familias de esa zona y con el medio ambiente de todos los habitantes de la provincia de Córdoba.

Fuentes

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María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

En el año 2016 se creó en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a cargo de Germán Garavano, el programa “Justicia 2020”. Se trata de un espacio de diálogo institucional y ciudadano que busca construir una justicia cercana, moderna, transparente e independiente.

Una comisión conformada por distintos expertos en el marco de este programa (dentro del eje Civil y del equipo “Cambios procesales para un mejor servicio de justicia”) trabajó en la redacción de un anteproyecto que regula el proceso de las acciones que tienen por objeto cuestiones de afectación colectiva.

Y es que nuestro orden constitucional dispone la existencia de una tutela procesal colectiva de los derechos de incidencia colectiva desde la reforma de 1994, pero no se elaboró hasta ahora ninguna ley específica. Hasta ahora se ha aplicado lo dispuesto por la jurisprudencia, fundamentalmente por lo que estableció la Corte Suprema en el fallo Halabi del año 2009, en donde creó una nueva vía procesal para la tutela de este tipo de derechos, al aceptar por primera vez la figura de la “acción de clase”.

En dicho fallo, la Corte se refirió a la falta de regulación en materia de acciones colectivas, caracterizándola como una mora del legislador. Sin embargo, esa falta fue suplida en la práctica por los Tribunales del país, que desde hace tiempo vienen admitiendo la procedencia de estas acciones, y respecto de las que se ha litigado (y se litiga todavía) sin reglas uniformes y claras.

El Anteproyecto que se presentó a mediados de mayo en el portal del Programa Justicia 2020 surge, entonces, con el objetivo de dar uniformidad y claridad a los procesos colectivos.

Sin embargo, junto a numerosas organizaciones sociales expresamos nuestra preocupación por el contenido de este borrador y solicitamos al Ministro Garavano que se abstenga de impulsar el proyecto de ley ante el Congreso Nacional.

De prosperar, este proyecto limitaría las acciones colectivas y afectaría su operatividad. Las acciones colectivas son indispensables para el reconocimiento y protección de derechos humanos fundamentales de índole colectiva. Una regulación restrictiva y dilatoria de las acciones colectivas, como la que se desprende del borrador, podría obstaculizar el avance de este tipo de reclamos, e implicaría un retroceso grave en relación con la situación actual.

Dentro de los aspectos que preocupan del anteproyecto, destacamos los siguientes:

  • Injerencia en asuntos procesales: la regulación de materia procesal local es de exclusiva competencia provincial.
  • Excesivo rigor para la determinación de la “representación adecuada”: los requisitos resultan excesivos, porque imponen a las/os afectadas/os, organizaciones y sus abogadas/os una serie de exigencias extremadamente rigurosas que significarán un límite para la presentación de las acciones colectivas.
  • Limitación de medidas cautelares: el borrador regula el dictado de medidas cautelares de tal manera que frustra su operatividad, ya que prevé que se corra traslado al destinatario, se exige fundamentación detallada y las resoluciones que las deniegan no se pueden apelar.
  • Ordinarización de los procesos colectivos
  • Establecimiento de trámites largos y engorrosos para el regristro y consolidación de la clase, incluyendo diversos procesos secundarios dentro del proceso principal,
  • Restricción a la participación de terceros
  • Regulación de la competencia
  • Falta de gratuidad.
  • Derogaciones expresas de normas procesales de índole colectiva que tienen un mayor nivel de protección de derechos colectivos. Se derogan el art. 54 de la ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor); y el primer párrafo del art. 32 de la ley  26.675 (Ley General de Ambiente), reemplazándolos por normas más restrictivas.

Consideramos que esta propuesta de regulación de las acciones colectivas implica un retroceso en relación a las regulaciones y prácticas actuales para asegurar el acceso a la justicia de personas y grupos en situación de vulnerabilidad.  

Se debe iniciar un proceso para discutir las dificultades para el acceso a la justicia que enfrentan las organizaciones y personas usuarias de acciones colectivas, de manera que las futuras propuestas de regulación permitan efectivamente ampliar el uso y eficacia de estas acciones.

Comunicado completo de las Organizaciones de la Sociedad Civil

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Durante el mes de abril, el ministro de Modernización, Andrés Ibarra, disertó en el Palacio San Martín en materia de Gobierno abierto, ratificando el compromiso del Estado argentino con las políticas que promuevan el acceso fácil de la información de gestión pública a la ciudadanía. Lo hizo para presentar el lanzamiento del “Estudio OCDE sobre Gobierno Abierto en Argentina”, acompañado por la Secretaria General Adjunta de la Organización por la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), la finlandesa Meri Kiviniemi, y el jefe de asesores del Ministerio de Hacienda, Guido Sandleris.

El estudio de la OCDE se realizará a lo largo de este año 2018 y se espera presentarlo al Comité de Gobernanza Pública de la OCDE en abril del 2019. Dicho reporte presentará dos objetivos principales: primero, apoyar la implementación de estrategias e iniciativas de gobierno abierto a través de un análisis profundo del estado actual de las reformas del gobierno nacional enfocadas a fomentar la aplicación de estos principios, tanto en la administración pública nacional como provincial. Como segundo objetivo, intentará acompañar a las provincias argentinas en el proceso de mejorar sus estrategias e iniciativas de gobierno abierto, a través de un enfoque basado en datos y revisión por pares. Dicho proceso de revisión incluirá visitas a tres provincias del país, seleccionadas conjuntamente por la OCDE y el gobierno argentino.

El Gobierno Abierto es una forma de desarrollar políticas públicas de manera abierta, con el objetivo de facilitar el acceso a la información, incentivar la participación ciudadana e intensificar el sistema de rendición de cuentas. Implica una modalidad de gestión pública más transparente, participativa y que mejora la colaboración entre el Estado, el Gobierno y la Sociedad Civil.  Este movimiento tuvo sus orígenes en la Gran Bretaña de los ’70, como un movimiento que buscaba desarticular el secretismo y obscuridad burocrática que regían la política británica. Actualmente está impulsado a nivel internacional por la llamada Alianza de Gobierno Abierto, una iniciativa multilateral que busca asegurar compromisos concretos de los gobiernos para avanzar en la promoción del Gobierno Abierto

Por otro lado, la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) es una organización que agrupa a 35 países, entre los que se encuentran los más importantes centros económicos y financieros, como Estados Unidos, Reino Unido y la Unión Europea. Ésta ha apoyado las iniciativas de Gobierno Abierto y ha emitido recientemente una Recomendación para que los países, tanto Miembros como no-Miembros que adhieran a la recomendación, adopten e implementen  estrategias e iniciativas  de gobierno abierto que promuevan los principios de transparencia, integridad, rendición de cuentas  y participación  de las partes interesadas en el diseño y entrega de políticas y servicios públicos, de manera abierta e inclusiva.

Argentina tiene una larga historia de relacionamiento con la OCDE, adhiriéndose a múltiples declaraciones y convenciones de la Organización, así como participando de órganos oficiales y el Centro del Desarrollo de la OCDE. Sin embargo, no es Miembro aún y es bien sabido que desde el gobierno nacional se desearía poder conseguir la invitación formal de la Organización para pasar a serlo, o cuanto menos  mantener las mejores relaciones posibles con quienes la integran, puesto que se trata de los países de donde proviene gran parte de la Inversión Extranjera Directa (IED). Por lo tanto, es de gran importancia para el Gobierno someterse a un estudio por la OCDE y que, sobre todo, arroje buenos resultados que puedan mejorar su imagen internacional.

Sin embargo, y más allá de lo que la importancia de este estudio de la OCDE para el gobierno nacional y los resultados que arroje, debe aclararse que aún queda mucho por andar en el camino del gobierno abierto en Argentina. Su aplicación efectiva debe basarse en el acceso abierto y fácil de la información pública por la sociedad civil, pero también debe contener mecanismos adecuados que aseguren que esta sociedad civil pueda participar e interactuar con la toma de decisiones a partir de esta información. Por último, pero no menos importante, entre las medidas debe incluirse las pertinentes a la desburocratización, que faciliten el ejercicio de las dos anteriores.

Partiendo de lo establecido en Tercer Plan de Acción Nacional para el período 2017-2019 lanzado por Ministerio de Modernización y los compromisos que este propone, puede observarse que desde el Estado argentino sólo se ha avanzado en cuanto a la primera característica de un gobierno abierto, la accesibilidad a la información por parte del público general y no sin problemas, como detalla el portal de la Open Government Partership en su sección dedicada a la Argentina.

Vale también aclarar que los movimientos relacionados con hacer efectiva y real la participación de la sociedad civil de momento parecen haberse limitado a actividades de la Mesa Nacional de Gobierno Abierto y demás jornadas y relevamiento de demandas: lejos del establecimiento eficaz de mecanismos institucionales que se integren a la toma de decisiones. En cuanto a la desburocratización, se han hecho avances de la mano del uso de las nuevas herramientas tecnológicas y de comunicación ligadas a internet para agilizar trámites y consultas desde la sociedad hacia el Estado, como la implementación en 2016 de la Plataforma de Consulta Pública. Sin embargo, aún quedan diversos ámbitos donde la reducción de la burocracia no ha llegado, por no mencionar que aún queda por verse hasta qué punto estas herramientas sean efectivas dentro del camino hacia un gobierno abierto.

Claramente, considerando todo lo anterior, puede afirmarse que, en pos de alcanzar una toma de decisiones en políticas públicas transparente, con participación ciudadana y rendición de cuentas, deben realizarse muchos más avances que hasta ahora. Quizás el anunciado estudio de la OCDE abra una ventana para que organizaciones, expertos y la sociedad en general puedan hacer oír su voz e impulsar las medidas necesarias.

Autor:

Agustín Fernandez Righi

Contacto:

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

Presentamos un documento que aborda los fundamentos jurídicos y  socio-ambientales vinculados a la realización de la autovía de montaña. Motivados por la gran preocupación en el diseño, promoción y ejecución de políticas públicas referidas a la protección al derecho a un ambiente sano y equilibrado, opinando acerca de la legalidad y conveniencia del proyecto  “Alternativa a Ruta Nacional N° 38: Puente Costa Azul- La Cumbre – Sección Costa Azul – Cosquín”.

Durante ocho días se llevó a cabo una audiencia pública histórica en Santa María de Punilla. Desde FUNDEPS participamos con un informe técnico- legal expresando nuestras críticas al proyecto, atento irregularidades en el proceso de participación y falencias en el Estudio de Impacto Ambiental.

Con 957 inscriptos, se llevó a cabo la audiencia pública con mayor convocatoria desde que se instrumentó este mecanismo de participación con la sanción de la Ley de Política Ambiental Provincial N° 10.208 en junio del 2014.

La misma duró ocho días, desde el 11 de mayo hasta el 18 de mayo inclusive y fue para dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Alternativa a Ruta Nacional N° 38: Puente Costa Azul- La Cumbre – Sección Costa Azul – Cosquín”, más conocido como la obra «Autovía de Montaña» o «Autovía Pedemontana».

El pasado domingo, desde FUNDEPS hicimos llegar nuestra posición y rechazo al EsIA, dando cuenta de los incumplimientos a la normativa ambiental vigente y de las inconsistencias del informe técnico presentado por la Dirección Provincial de Vialidad de la provincia de Córdoba.

Desde que se dio a conocer la traza de la autovía de 14,3 km., que es parte de un proyecto más grande que llegaría hasta La Cumbre, fue duramente criticada por la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil, por no tomar en consideración los significativos impactos socio- ambientales que importa la obra, como la destrucción de bosque nativo Categoría Roja, la existencia de la Reserva Natural Camin Cosquin en medio de la traza, la presencia del yacimiento de uranio «Rodolfo» y de la falla geológica de las Sierras Chicas, así como por las falencias en los derechos de acceso a la información y la participación pública.

En nuestro informe presentado en la audiencia pública hicimos énfasis en algunos puntos, entre ellos:

– En el documento de Evaluación Comparada de Alternativas del Proyecto, no se contemplaron criterios legales, ambientales, culturales y sociales de cada una de las alternativas, tomando en cuenta en su mayoría sólo variables relacionadas con costos económicos, productivos o de eficiencia vehicular. Esto demuestra la insuficiencia en la correcta valoración de las alternativas, como así también la arbitrariedad en la selección de los criterios referidos.  

– El EsIA se refiere a un tramo de la autovía total planificada, por lo que un análisis comparativo incompleto no refleja la realidad del proyecto total y permite una mirada sesgada de todas las alternativas evaluadas. En este sentido, y a los fines de lograr una mayor legitimidad y transparencia en la toma de decisiones y elegir una alternativa que pondere los objetivos de desarrollo sustentable, es que consideramos indispensable y necesaria la realización de una EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA.

El EsIA no se adecua a la normativa vigente, no cumple con el contenido mínimo detallado en el art. 19 de la ley 10.208.

– El EsIA no prevé medidas de mitigación y remediación acordes a los altos impactos negativos que conlleva la realización del proyecto, además no describe detalladamente las medidas de remediación que escuetamente contempla.

– Los derechos de acceso a la información y participación ciudadana han sido flagrantemente conculcados y no han sido garantizados en los términos de la ley 25675 y le 10208. En este sentido, sostenemos que éste debe ser un proyecto participativo que garantice el cumplimiento de metas ambientales y objetivos sociales que atiendan a una regulación más democrática del ordenamiento regional.

– La Autoridad de Aplicación deber tener presente a la hora de denegar o aprobar el proyecto la prohibición declarada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación de otorgar licencias ambientales condicionadas, es decir sujetas al cumplimiento de requisitos que debieron cumplimentarse al presentarse el EsIA.

Finalmente en el día de ayer  y luego de la exposición de 355 oradores, se dieron a conocer los resultados de la audiencia: 285 personas (80,2%) se manifestaron en contra del proyecto y sólo 70 (19,8%) a favor.

Ahora, resta esperar la decisión de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, que en un plazo máximo de 45 días deberá expedirse otorgando o denegando la licencia ambiental al proyecto, tomando en consideración todas las opiniones, ponencias, informes técnicos y científicos que hayan surgido del proceso de participación ciudadana. Vale aclarar que las objeciones y opiniones de los participantes en la audiencia no son vinculantes, pero para el caso de que se otorgue la licencia ambiental, la Autoridad de Aplicación debe exponer fundadamente los motivos de su apartamiento y hacerlo público

Por todo ello, desde FUNDEPS consideramos que el EsIA del presente proyecto debe ser rechazado por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, o en su caso exigir una profunda revaluación del mismo al proponente, disponiendo de los mecanismos necesarios a los efectos de cumplimentar con los parámetros legales y ambientales exigidos por la normativa, a fin de proteger los derechos fundamentales a un ambiente sano y equilibrado, a la salud y calidad de vida de los habitantes de la región.

«Destruyen la montaña para construir una vía rápida, para que los turistas vayan a tomar mate a la montaña» (Fernando Conti, escritor, periodista)

Mas información

Informe Audiencia

Autores:

Lourdes Aparicio, Juan Bautista López y María Pérez Alsina

Contacto:

María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

 

Junto a FIC Argentina, el O’Neill Institute y la Catedra de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la UBA, presentamos un informe en el que advertimos la situación de las enfermedades crónicas en Argentina enfocándonos en la situación particular de niños niñas y adolescentes; a la vez que le sugerimos al Estado la adopción de algunas medidas para reducir el consumo de productos de tabaco y alimentos no saludables.

Cuando un país ratifica un tratado internacional de derechos humanos, se compromete a cumplir con las obligaciones que en él se establecen. Muchos de esos tratados establecen mecanismos para que la rendición de cuentas sobre el nivel de cumplimiento de esas obligaciones sea abierta a la participación de la sociedad civil. En este caso, se revisarán las obligaciones de Argentina en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño ante el Comité de los Derechos del Niño que es el órgano de expertos independientes que supervisa su aplicación.

Medidas tales como, la limitación de publicidad dirigida a niños y niñas, la adopción de un etiquetado nutricional más sencillo y entendible, la suba de impuestos, la ratificación por parte del Estado argentino del Convenio Marco de Control de Tabaco y el establecimiento de kioscos escolares saludables.

La información presentada y las recomendaciones efectuadas son en miras a que entre el próximo 14 de mayo y 1 de junio se estará llevando a cabo el 78° período de sesión del Comité de los Derechos del Niño donde se hará la evaluación final respecto al grado de cumplimiento de los derechos consagrados en la Convención sobre los Derechos del Niño por parte del estado Argentino. Las observaciones finales que el Comité emita serán herramientas para exigir al Estado Argentino el cumplimiento de estándares de derechos humanos.

Link al informe completo: bit.ly/InformeENTs

Contacto:

Agustina Mozzoni – agustinamozzoni@fundeps.org

Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org

El pasado viernes, FUNDEPS junto con Álida Weht, vecina del barrio Chacras de la Merced, presentamos pedidos de información en la Municipalidad de Córdoba, en relación al cumplimiento del  Plan de Mitigación puesto en marcha en la E.D.A.R. de Bajo Grande y en la zona ubicada aguas abajo.

El 24 de abril de 2017, la Municipalidad de Córdoba declaró la emergencia ambiental y sanitaria en la Estación Depuradora de Aguas Residuales (E.D.A.R.) de Bajo Grande y en la zona ubicada aguas abajo. Lo hizo a través del Decreto N° 1292  y la misma fue por 180 días.

Esta no es la primera vez que se declara la emergencia ambiental y sanitaria por el mal funcionamiento de la planta y la contaminación existente en la zona de Chacras de la Merced y aguas abajo, la cual se viene sucediendo desde el año 2014.

De hecho, el Intendente Ramón Javier Mestre, mediante el Decreto N° 2447, encomendó a distintas reparticiones municipales las acciones necesarias para ejecutar el Plan de Mitigación en el marco de la emergencia ambiental y sanitaria, declarada el 05 de agosto de 2014 y por 180 días.

En junio de 2015, mediante Decreto N° 1220 se declara nuevamente la emergencia ambiental y sanitaria de la planta por el término de 120 días, la cual es prorrogada por 120 días más mediante Decreto N° 3745 del 02 de diciembre de 2015, a los fines de mitigar los efectos ambientales y sanitarios hasta la optimización del funcionamiento de la planta.

El año pasado, debido a las nuevas denuncias de los propios empleados de la planta de Bajo Grande, que advierten no sólo que la planta no funciona al 100% de su capacidad -requiere mejoras y reparaciones indispensables -, sino que los líquidos cloacales se vuelcan sin previo tratamiento al Rio Suquía -, sumado a la preocupación que generaron los resultados de las muestras tomadas por Policía Ambiental y los laboratorios de la propia planta, llevaron a una nueva declaración de emergencia por parte del Ejecutivo Municipal.

Asimismo, el Decreto N° 1292 contempla el cumplimiento de un Plan de Mitigación – continuación del elaborado en el año 2014- en virtud de cual se le encomienda a distintas áreas de la Municipalidad de Córdoba una serie de medidas y acciones las cuales debían ejecutarse en su totalidad hacia finales de octubre de 2017.

Por ello, el pasado viernes FUNDEPS junto con Álida Weht, vecina del barrio Chacras de las Merced y miembro de la Asociación Civil Las Omas, presentamos pedidos de información dirigidos a la Secretaria de Gobierno, Participación Ciudadana y Desarrollo Social; a la Secretaria General, a la Secretaría de Servicios Públicos, a la Secretaría de Salud y a la Secretaría de Planeamiento e Infraestructura de la Municipalidad de Córdoba.

En cuanto a las medidas de mitigación contempladas en el plan, éstas son: a) Actualización del relevamiento socio económico de la población afectada aguas abajo de la planta; b) Actualización del relevamiento del estado sanitario de la población; c) Distribución de agua potable segura para diferentes usos en zonas donde no es posible la provisión por red; d) Cordón sanitario preventivo; e) Gestión de los efluentes de la E.D.A.R. Bajo Grande; e) Plan de monitoreo del recurso y f) Campaña de sensibilización.

Asimismo, este martes presentamos un pedido de información ante la Secretaria de Ambiente y Cambio Climático de la provincia, solicitando información actualizada acerca del funcionamiento de la planta, la cantidad y estado de los líquidos cloacales a su ingreso y egreso, así como el tratamiento que se les efectúa. A su vez, se requirió informe el estado y avances de las obras de ampliación de la planta iniciadas en el año 2017.

La problemática de contaminación de la planta de Bajo Grande es de larga data. Pese a las denuncias, reclamos de ONGs y de comunidades afectadas, informes y análisis técnicos que dan cuenta del progresivo deterioro del rio Suquía, e incluso una sentencia del año 2004 – con reiterados pedidos de ejecución – que obliga a la Municipalidad de Córdoba a minimizar y mitigar los impactos ambientales en la zona, la situación no hace más que empeorar para el Rio Suquía y las zonas pobladas que viven aguas abajo de la planta.

Esperamos que tanto las autoridades municipales como provinciales cumplan su deber de suministrar la información requerida en tiempo y forma, a los fines de garantizar el verdadero acceso a la información pública ambiental de la ciudadanía, así como la transparencia y publicidad de los actos de gobierno.

Mas información

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María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Ante la ausencia de respuestas, se llevó el reclamo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y ambos organismos instaron al Estado argentino a que designara prontamente a la persona encargada de la Defensoría del Pueblo. Cabe destacar que se trata de una institución clave para la defensa de los derechos humanos.

Conforme a los principios del sistema interamericano de derechos humanos, los Estados se comprometen a adoptar medidas legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos los derechos y libertades reconocidos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Entre las medidas mencionadas, se encuentran aquellas tendientes a efectivizar el establecimiento y regular funcionamiento de la Defensoría del Pueblo.

La persona designada tiene básicamente dos funciones: 1) Defensa y protección de los derechos de las personas ante actos u omisiones de la administración pública; y 2) Control del ejercicio de las funciones administrativas públicas. Sin embargo, esta definición puede tornarse limitada ya que no contempla su dimensión más procedimental y humana: la idea y aspiración de crear una entidad capaz de ser receptiva a las necesidades de la población. La Defensoría del Pueblo cumple un rol fundamental no sólo en la protección de derechos humanos y control del ejercicio de las funciones públicas, sino también como institución clave en la comunicación directa entre el Estado y los individuos.

Durante el mes de agosto de 2017, 55 organizaciones de la sociedad civil nuevamente exhortaron a que se finalice con esta situación y se designe Defensor/a del Pueblo. El reclamo además incluyo una propuesta para la designación que contempló tanto requisitos legales y constitucionales, como sugerencias para el proceso de selección. Se solicitó que se adopten las medidas necesarias para que la Comisión Bicameral de Defensoría del Pueblo inicie de inmediato el procedimiento de designación, que asegure 1) la transparencia y participación ciudadana en el proceso y 2) la idoneidad de los candidatos.

El proceso de selección de la persona encargada de la Defensoría del Pueblo debe seguir criterios rigurosos que garanticen la idoneidad moral e idoneidad técnica. La idoneidad moral en este caso no solo hace referencia a la ausencia de faltas disciplinarias o de conductas contrarias a la ética pública; sino que remite a la necesidad de probar un verdadero compromiso con los DD.HH. La idoneidad técnica en cambio, tiene que ver esencialmente con el conocimiento acerca de las problemáticas de DD.HH. y los medios para remediarlas.

Otro punto a resaltar dentro de cómo debiera llevarse a cabo la designación, tiene que ver con la independencia de criterio. La CN en su artículo 86 remarca el carácter autónomo de la figura y la independencia de criterio. Esto hace referencia a la no partidización de la figura y a la ausencia de lazos económicos o de interés que puedan interferir con las actividades de la persona titular de la defensoría.

Estos criterios de selección deben ir acompañados de un procedimiento transparente y participativo regido por la publicidad y apertura en todas las etapas del proceso. La presentación hecha por la sociedad civil detalló la propuesta para la implementación de un proceso de selección que debía incluir: 1) Propuesta de los candidatos, 2) Publicación de antecedentes, 3) Observaciones impugnaciones y preguntas, 4) Respuestas por escrito de los candidatos, 5) Audiencia pública ante la comisión bicameral, 6) Observaciones, 7) Decisión de la comisión bicameral.

Esté órgano desde el 2009 carece de una conducción real y desde ese entonces está funcionando bajo mandatos interinos porque el Congreso aún no acordó la designación de un director. Desde el 2015, se encuentra a cargo de esta dependencia el subsecretario general Juan José Böckel, un hombre que responde al anterior interventor de ese organismo, el vicegobernador de Jujuy, Carlos Haquim. Actualmente, la Defensoría del Pueblo se ha visto inmersa en casos de corrupción luego que anónimamente se denunciaran irregularidades en el organismo.

Según trascendió, el miércoles 8 de noviembre la Comisión Bicameral del Defensor del Pueblo firmaría la propuesta de terna de candidatas/os a Defensor/a, con miras a que las Cámaras lo designen antes de fin de año. Esto se ha hecho sin convocar a la sociedad civil y si se llegara a concretar este acuerdo sin participación de la ciudadanía en la conformación de la terna afectarán el adecuado funcionamiento institucional de la Defensoría, una vez que su nuevo/a titular sea designado/a.

La importancia de la designación radica en que es uno de los organismos encargados del control horizontal del Estado (denominado Accountability Horizontal). Se trata del control que ejercen las mismas instituciones sobre los actos y/u omisiones que emanan del Estado. En este sentido, es fundamental que los mecanismos que garantizan la rendición de cuentas a nivel horizontal funcionen correctamente. Nos sumamos al reclamo de la sociedad civil para la pronta designación de una persona encargada de la Defensoría del Pueblo de la Nación.

Más información

– Carta pública Carta Pública a candidatos/as a Defensor/a del Pueblo de la Nación

– Sin participación ciudadana, el/la Defensor/a no será para el Pueblo

– 55 organizaciones piden al Congreso por la designación en la Defensoría del Pueblo

– Aportes para la regulación del proceso de designación de un titular en la Defensoría del Pueblo de la Nación

Contacto

agustinapalencia@fundeps.org

Más de 50.000 mujeres se congregaron un año más para compartir experiencias, actualizar debates, expresar sentimientos y definir políticas que atiendan sus necesidades, apostando al trabajo colectivo para avanzar en la lucha. Las mujeres se acercaron desde distintos puntos del país, pero vale resaltar la presencia de mujeres originarias de El Impenetrable Chaqueño, quienes aportaron la diferencia en su primera participación en un ENM.

El encuentro estuvo marcado por una gran variedad de talleres, entre ellos mujeres y feminismos, derechos sexuales y reproductivos, femicidios, pueblos originarios, entre otros. Dos temáticas nuevas se agregaron este año: “Mujeres y Cultura de la Violación”, el cual desarrollo el rol de los medios en la construcción de la víctima y el victimario, la violencia institucional, el consentimiento sexual, afectivo y relacional, entre otros ejes. También se sumó “Activismo Gordx”, taller que trató sobre el modelo médico hegemónico, estigmatización cultural de los cuerpos gordos y nuevas formas de politización. Paralelamente, las mujeres pudieron disfrutar de numerosas actividades culturales, siendo la plaza 25 de Mayo epicentro de charlas, artesanías, música y mates “encuentreros”.

El domingo pasadas las 18h se realizó la multitudinaria marcha que recorrió más de 35 cuadras de camino al Parque de la Democracia, contando con la presencia de mujeres pertenecientes a distintas agrupaciones sociales, políticas, sindicales, organizaciones civiles, comunidades originarias, etc. La marcha culminó con una gran peña al ritmo de buena música, baile y comidas varias.

No podemos dejar de mencionar las lamentables agresiones que en la siesta del lunes sufrieron varias mujeres que asistieron al ENM, por parte de un grupo de personas que, al grito “que se vayan todas”, les tiraron piedras, las persiguieron en motos, les pegaron con palos, y las amenazaron, acorralaron e intimidaron violentamente. Una vez más, la intolerancia y la violencia tuvieron parte en el ENM. Repudiamos este episodio de este sector anti derechos, que lejos de respetar la libertad de expresión y la democracia, mancharon nuevamente un ENM. También vale destaca que, a diferencia de los previos ENM, las fuerzas de seguridad no reprimieron y actuaron con respeto a los derechos de las asistentes, resguardando toda la seguridad del encuentro.

Celebramos estos 32 años de lucha que no claudica y nos encontraremos una vez más el próximo año en Puerto Madryn, Chubut, sede del 33° ENM.

Fotogalería en El Entramado

Fuentes

Incidentes en la marcha de repudio al encuentro de mujeres | TN24

Violenta manifestación de resistencianos contra las mujeres del Encuentro | El Diario de la Región

Autora

Mariana Cabanillas

Contacto

Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

Cuando un país ratifica un tratado internacional de derechos humanos, se compromete a cumplir con las obligaciones que en él se establecen. Muchos de esos tratados establecen mecanismos para que la rendición de cuentas sobre el nivel de cumplimiento de esas obligaciones sea abierta a la participación de la sociedad civil. En este caso, se revisan las obligaciones de Argentina en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) ante el CDESC.  En colaboración otras organizaciones de la sociedad civil de Argentina hemos acercado observaciones críticas, recomendaciones y preguntas a través de dos informes: uno más general sobre diversos aspectos vinculados a las obligaciones en DESC y otro enfocado en la protección de la salud de enfermedades crónicas no transmisibles.

Informe estructural desarrollado en conjunto con ACIJ

En conjunto con la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) elaboramos durante el mes de agosto un informe con observaciones sobre el cumplimiento de Argentina de los derechos consagrados en el PIDESC. Este reporte se basa en el reporte que Argentina presentó al Comité a finales de 2016 para dar cuenta sobre los avances que ha hecho en cuánto a estos derechos, por lo que se lo llama “informe sombra”.

En esta instancia, el CDESC abre la oportunidad para que organizaciones de la sociedad civil comenten sobre los tópicos abordados en los informes oficiales y sugieran preguntas para que integrantes del Comité ahonden en las sesiones con representantes del Estado. Con estos fines, desde FUNDEPS y ACIJ hemos expuesto datos alternativos a los brindados por el gobierno, en algunos puntos como: producción y calidad de los datos sobre DESC; acceso a la justicia en DESC; derecho a la educación; derecho a la educación inclusiva; derecho a la salud; derecho a la igualdad de género; derechos de defensores y defensoras ambientales; entre otras.

Informe sobre la protección de la salud de enfermedades crónicas no transmisibles

Junto a FIC Argentina, el O’Neill Institute y la Catedra de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la UBA, presentamos un informe en el que advertimos la situación de las enfermedades crónicas en Argentina; a la vez que le sugerimos al Estado la adopción de algunas medidas para reducir el consumo de productos de tabaco y alimentos no saludables.

Medidas tales como, la limitación de publicidad dirigida a niños y niñas, la adopción de un etiquetado nutricional más sencillo y entendible, la suba de impuestos, la ratificación por parte del Estado argentino del Convenio Marco de Control de Tabaco y la adopción de medidas que protejan especialmente a grupos vulnerables.

La información presentada y las preguntas realizadas al Estado son en miras a que el próximo año se hará la evaluación final, luego de haber dado oportunidad a Argentina de un derecho a réplica y de que las organizaciones de la sociedad civil presenten nuevamente informes sombra. Las observaciones finales que el Comité emite son herramientas para exigir al Estado Argentino el cumplimiento de estándares de derechos humanos en materia de DESC.

Más información

– Informe sombra de FUNDEPS y ACIJ

– Reportes oficiales y otros informes sombra

Contacto

Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org