El día 13 de septiembre, participamos en la Audiencia Pública Virtual realizada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia por la ampliación de Piedras Blancas.

El proyecto pretende la ampliación del centro de disposición final de residuos sólidos de “Piedras Blancas” ubicado en la cercanía de la localidad de Bouwer. Este se encuentra en funcionamiento desde el año 2010 y próximo a agotar su capacidad. Allí se depositan los residuos provenientes de 20 localidades, entre ellas, de la ciudad de Córdoba.

Desde Fundeps presentamos diversas observaciones en torno al proyecto. Advertimos la sospecha de un caso de discriminación ambiental, dado que la zona recibe numerosos impactos desde hace mucho tiempo, situación que no es valorada por el Estudio de Impacto Ambiental. La ciudadanía de las localidades de Bouwer y Santa Ana desde hace tiempo vienen reclamando y cuestionando la decisión de las autoridades de acumular impactos ambientales en el territorio. Cabe recalcar que el predio de Piedras Blancas se suma al proyectado Centro Ambiental de Cormecor, al Potrero del Estado, al Depósito de vehículos secuestrados, a la Planta de tratamiento de residuos peligrosos de Taym, entre otros impactos, que permiten tener por configurada una “zona de sacrificio ambiental”.

Asimismo, la audiencia permitió resaltar la histórica deficiencia en la gestión integral de los residuos de la ciudad de Córdoba, lo que sin dudas repercute en el impacto y la necesidad de contar con mayores superficies para el enterramiento. Ello compromete las eventuales responsabilidades políticas en juego. 

La ampliación del predio puede constituir una salida rápida y económica para la problemática de los residuos sólidos. Sin embargo, es necesario que se implementen políticas de gestión integral de residuos que reduzcan el impacto ambiental desde un enfoque circular e integral, que por sobre todo, no hipotequen el futuro de ciertas comunidades postergadas en pos del supuesto bienestar general.

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

 

Ante el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta que pretende validar que «todo ciudadano” pueda pedir la suspensión de la ley de interrupción voluntaria del embarazo, un grupo de organizaciones de la sociedad civil presentó un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

Amnistía Internacional (AI), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación Mujeres x Mujeres (MxM), la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) solicitaron al máximo tribunal de Justicia del país que desestime cualquier intento de restringir el derecho de las mujeres, niñas, adolescentes y personas con capacidad de gestar. 

Pese a que la sentencia de la Cámara de Salta no afecta la vigencia de la ley 27.610, es imperativo que la CSJN acompañe su propia jurisprudencia sobre el derecho a interrumpir legalmente un embarazo (fallo F.A.L) y las decisiones que desde la sanción de la ley ha emitido el poder judicial alrededor del país, y rechace las acciones que pretenden impedir que las mujeres ejerzan su derecho a un aborto legal. 

La ley de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo significó una conquista feminista en línea con el derecho internacional de los derechos humanos. Fue aprobada por el Congreso después de un debate amplio y participativo. 

Admitir que cualquier ciudadano pueda actuar en representación de las “personas por nacer” en contra de los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar es contrario a la Constitución Nacional porque viola su derecho a tomar decisiones autónomas dentro de su esfera privada y sin injerencias de terceros, el principio de división de poderes y de autorrestricción del Poder Judicial, y la garantía constitucional del debido proceso.

Sobre los hechos 

En diciembre de 2020, la ex senadora por Salta María Cristina Fiore Viñuales presentó una demanda en contra del Protocolo de Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo de 2019. Luego amplió su petición solicitando la inconstitucionalidad de la Ley 27.610 Esta acción fue considerada inadmisible en primera instancia. El 27 de agosto la Cámara Federal de Apelaciones de Salta revirtió esa decisión. 

Además de validar la representación colectiva de la vida fetal, la demanda emite un mensaje preocupante porque reinstala un entramado violento en contra de las mujeres que deciden no continuar con un embarazo. No sólo pide la suspensión de la ley, sino que además solicita que se ordenen la adopción de medidas que podrían implicar violencia contra las mujeres.

Información adicional

Las organizaciones firmantes ya se habían presentado en la causa en el mes de abril de este año en representación del colectivo de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.

Enlace a la presentación

Hoy detuvieron a una médica en el Hospital Juan Domingo Perón, de Tartagal, en Salta, por practicar una Interrupción Legal del Embarazo. La práctica fue solicitada por una paciente mayor de edad, en pleno ejercicio de su autonomía. Para solicitar la práctica, viajó más de 53 kilómetros hasta el hospital. La joven, de 21 años, cursaba la semana 22 de gestación.

Cuando la recibieron en el centro de salud fue atendida por un equipo interdisciplinario formado por una médica, una trabajadora social y una psicóloga. Tuvo entrevistas por separado con cada una de ellas, quienes pusieron al tanto además al director (gerente) del hospital, quien constató que se trataba de la causal salud y que estaba debidamente justificada.

El artículo 86 del Código Penal permite el aborto hasta la semana 14 sin tener que dar explicaciones sobre los motivos para hacerlo. También permite el aborto si el embarazo que se quiere interrumpir fue producto de una violación o si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante. Este último fue el caso de la joven salteña.

La joven fue acompañada a lo largo del proceso y fue atendida por profesionales que garantizaron sus derechos y la escucharon. 

Desde dentro del hospital, profesionales contrarios a la salud integral de las mujeres, al ver que no podían interrumpir el proceso, decidieron convocar a la familia de la joven. De esta forma violaron su derecho a la confidencialidad y contravinieron su voluntad. 

Sus familiares arribaron en el medio del procedimiento y la joven tuvo un momento de dudas, pero de inmediato decidió continuar con el procedimiento y así lo expresó. Es importante señalar que la denuncia a la médica no fue hecha por la joven, a quien no se le vulneraron sus derechos, sino por una familiar. 

Los procedimientos que realizó el equipo médico están dentro de la ley y cada paso que dio fue acompañado con convicción por la dirección del hospital y registrado en la historia clínica. La médica que hoy fue detenida en una escena intimidante y disciplinadora en su lugar de trabajo, es la única profesional no objetora, que garantiza el derecho a una salud integral para las mujeres y de otras personas con capacidad de gestar en la zona. Esta tarde fue liberada.

Creemos que es central respetar la intimidad de la joven, como no la respetaron ni los médicos objetores que llamaron a familiares, ni los medios que caen en el morbo sin datos reales, ni el poder judicial que podría haber ahorrado la puesta en escena de la detención disciplinante. También es central que quienes ponen obstáculos para acceder a los derechos surgidos de una sociedad democrática, reciban las sanciones correspondientes. 

Garantizar derechos no es delito.

Firmas:

  • Amnistía Internacional Argentina
  • Católicas por el Derecho a Decidir
  • CEDES
  • CELS
  • ELA
  • Fundación Huésped
  • Fundeps
  • FUSA AC
  • Mujeres x Mujeres
  • REDAAS

Desde Fundeps, SANAR, FIC Argentina, Fagran y Consumidores Argentinos enviamos una propuesta a la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) para que Argentina avance hacia una regulación de grasas trans más restrictiva y que prohíba el uso de aceites parcialmente hidrogenados.

Las distintas organizaciones propusimos a la CONAL modificar el artículo 155 tris del Código Alimentario Argentino (CAA). Dicho artículo establece actualmente que:

el contenido de ácidos grasos trans de producción industrial en los alimentos no debe ser mayor a: 2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas destinadas al consumo directo y 5% del total de grasas en el resto de los alimentos, incluidos aquellos que son utilizados como ingredientes y materias primas

En este sentido, planteamos que se establezca un límite máximo del contenido de ácidos grasos trans (AGT) de producción industrial del 2% respecto a las grasas totales en todos los productos. Incluyendo aquellos que son utilizados como ingredientes y/o materias primas, y prohibir asimismo el uso del aceite parcialmente hidrogenado.

La propuesta surge dado que el consumo de grasas trans es peligroso para la salud, ya que aumenta el riesgo de enfermedades cardiovasculares, de muerte súbita de origen cardíaco y de diabetes mellitus, entre otras enfermedades. Es decir que, la evidencia científica disponible establece que estas grasas no son esenciales, no se requieren para ninguna función biológica en el organismo y no tienen ningún beneficio para la salud.

Es fundamental mejorar la regulación, ya que a pesar de las recientes modificaciones incorporadas en el artículo 155 tris del CAA donde se aclaró que en la restricción y límites máximos de grasas trans están incluidas las materias primas e ingredientes, continúa siendo insuficiente.

Además, si bien el Estado desde el año 2010 ha trabajado en reducir la presencia de los ácidos grasos trans de la cadena de suministro, actualmente existe una desactualización respecto a los límites que proponen los organismos internacionales expertos en la materia. Un ejemplo es el paquete de medidas REPLACE (2018) de la OMS que apunta a eliminar los AGT del suministro de alimentos y el “Plan de acción para eliminar los ácidos grasos trans de producción industrial 2020-2025”, lanzado en el año 2020, que busca facilitar la implementación de las políticas y medidas a nivel nacional.  En ambos documentos, se recomienda adoptar marcos regulatorios para eliminar o reducir el contenido de AGT a un máximo del 2% del contenido total de grasas en todos los productos alimenticios. Si se acompaña esta recomendación con una prohibición de los aceites parcialmente hidrogenados (APH), puede tener un efecto agregado al permitir la aplicación de medidas contra otras fuentes de ácidos grasos trans, como los aceites refinados de mala calidad.

Sobre las grasas trans:

Los ácidos grasos trans industriales, conocidos como “grasas trans”, están presentes en una gran cantidad de alimentos procesados como panificados, productos de repostería, galletitas y productos de copetín. Estas grasas son elaboradas por la industria alimentaria mediante un proceso llamado «hidrogenación», el cual transforma los aceites vegetales líquidos en grasas semisólidas.

Un amplio conjunto de evidencia ha demostrado que el aumento del consumo de grasas trans tiene graves consecuencias para la salud. De acuerdo a estudios de la OMS, son un factor importante en el desarrollo de enfermedades cardiovasculares y las enfermedades no transmisibles en todo el mundo, ocasionando un estimado de medio millón de muertes cada año.

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Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org 

En conjunto con la Fundación TierraVida y Ecohouse Córdoba, formulamos aportes para la formulación de lineamientos generales para la realización de las capacitaciones en el marco de la Ley Yolanda. 

En una nota destinada al Secretario de Ambiente de la Provincia de Córdoba, presentamos directrices para el diseño de los lineamientos generales en el marco de la ley Yolanda. Estos lineamientos permiten direccionar la metodología y contenidos que formarán parte de las capacitaciones que reciban personas que ejercen la función pública en el marco de la normativa. 

Los aportes se centran principalmente en aquellos contenidos primordiales, asuntos de tipo procesuales y metodológicos, operativos y epistemológicos. Cada uno de los puntos aportados, presentan las razones por las cuales creemos que deben de ser tenidos en cuenta a los fines de una eficiente aplicación, que permita el abordaje adecuado conforme al objetivo propio de la ley.

Confiamos en que las instancias participativas enriquecerán los lineamientos, y por consecuencia las capacitaciones que finamente se dicten. Asimismo, resulta valioso que aquellos pilares sobre los cuales se asienten las capacitaciones gocen de la legitimidad por parte de las organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general. 

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó los recursos de apelación  que buscaban suspender la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo en nuestra provincia a través de una medida cautelar. De esta manera, confirma que la normativa sigue gozando de plena vigencia en todo el territorio provincial.

Con amplia mayoría, los y las vocales pusieron énfasis en la presunción de legitimidad que tiene la ley por ser un acto del poder público, afirmando que se trata del eslabón de una política “en materia de salud pública”. En definitiva, el TSJ sostuvo que no se puede suspender la vigencia de una ley mediante una medida cautelar con alcances generales sin lesionar el principio de división de poderes, como solicitaba el actor. 

En este sentido, hicieron hincapié en que “el Poder Judicial carece de atribuciones constitucionales” para revisar “en abstracto o para inmiscuirse” en las decisiones de política legislativa adoptadas por “el Congreso, representante por antonomasia de la voluntad popular”. Además destacaron que esta ley es resultado de un debate democrático y cuenta con amplio respaldo social.

La legalización del aborto vino a traer mayor autonomía y libertad en nuestras decisiones. La Ley 27.610 hace que todo el sistema judicial y de salud se adecúe a los derechos que logramos conquistar y a los que el estado argentino se obligó tanto en el ámbito interno como en el plano internacional. 

Estamos frente a una nueva conquista de los feminismos. En alianza, seguimos trabajando para que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar accedan de manera legal, segura y gratuita a la interrupción voluntaria del embarazo.

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Clínica de Litigio de Interés Público Córdoba

Católicas por el Derecho a Decidir

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 Junto a la Universidad Provincial de Córdoba (UPC), comenzamos un mapeo de necesidades formativas de organizaciones de la Economía Popular, Feminista, Social y Solidaria de la provincia. Los resultados se plasmarán en propuestas formativas ajustadas a los requerimientos de estos espacios.

Con el foco puesto en organizaciones de la Economía Popular, Feminista, Social y Solidaria de la provincia de Córdoba, desde Fundeps y  la Universidad Provincial de Córdoba diseñamos un formulario que tiene como objetivo el diagnóstico de necesidades de formación de organizaciones de este sector. 

Apostamos a la construcción colectiva del conocimiento y valoramos las propuestas situadas que sean significativas para organizaciones que construyen y sostienen la economía local, desde alternativas a las lógicas del saqueo y la acumulación del capital.  

Por eso, si formás parte o conocés alguna de estas organizaciones, te invitamos a completar y/o compartir la encuesta. Para que, así,  podamos elaborar una propuesta de capacitación pertinente, significativa y coherente con sus necesidades. 

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Por iniciativa de la Cámara de Diputados de la Nación, este año se realizó el primer Foro Legislativo Ambiental. Una interesante iniciativa para el diseño de leyes ambientales que permitió una amplia participación ciudadana. 

La primera experiencia en el diseño de leyes ambientales mediante la participación ciudadana culminó su etapa inicial. El Foro Legislativo Ambiental, consistió, en la utilización de una plataforma web que permitía a la ciudadanía y organizaciones de la Sociedad Civil efectuar sus aportes y comentarios sobre tres proyectos de ley.

En primera instancia, se realizaron diversos encuentros agrupados en 3 temáticas asociadas a cada uno de los proyectos de ley: agroecología, residuos electrónicos y áreas protegidas. Luego, en una segunda instancia, a través del portal de leyes abiertas (https://leyesabiertas.hcdn.gob.ar/) la ciudadanía podía acceder a los diferentes proyectos y generar sus aportes y comentarios sobre el texto del proyecto de ley. 

Finalizada esta etapa de aportes, se elaboraron tres informes finales que muestran sintéticamente lo principal de los aportes y comentarios realizados. Resta ahora, aguardar los siguientes pasos hasta la concreción definitiva de los proyectos de ley para su posterior presentación al Congreso de la Nación. 

El mecanismo puesto en marcha para el diseño normativo, resulta sumamente novedoso y acorde a los novísimos compromisos en asuntos ambientales que el país asumió a partir de la ratificación del Acuerdo de Escazú. Sin dudas que si bien existen puntos a mejorar, tales como el acceso masivo a este tipo de procesos, constituye un puntapié inicial que ha de ser celebrado. 

 

Acceso a la síntesis de los informes:

Síntesis agroecología

Sintesis Residuos electrónicos

Sintesis Areas protegidas. 

 

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Con el foco puesto principalmente en estudiantes, profesionales y trabajadoras/es del campo de la salud, Fundeps, Ecos y Andhes lanzan un ciclo de encuentros virtuales donde se tratarán distintos aspectos vinculados con la interrupción voluntaria y legal del embarazo, desde un abordaje integral e interdisciplinario.

A través de 4 webinars gratuitos y de alcance nacional, se trabajará sobre protocolos, marco jurídico, técnicas seguras, modos de acompañamiento de situaciones y demás herramientas a tener en cuenta respecto a la Ley 27.610.

El primer encuentro será el próximo 27 de agosto a las 18h. Estará centrado en condiciones y estándares de aplicación de IVE/ILE, objeción de conciencia y responsabilidad de los/las profesionales de la salud y contará con la participación de Marisa Herrera, Doctora en Derecho por la Universidad de Buenos Aires, investigadora del CONICET y docente. 

El segundo encuentro, a realizase el 10 de septiembre a las 18h, se centrará en el abordaje integral y técnicas seguras del aborto. Tendrá como expositoras a las Dras. Mariana Romero y Nadya Scherbovsky. Mariana es médica, investigadora de CEDES/ CONICET, integra la Red de Acceso al Aborto Seguro y asiste técnicamente a equipos de salud en la implementación de servicios. Nadya, por su parte, es médica general y de familia, e integrante del Consultorio de Salud Integral Córdoba, de la Fundación ECOS y de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir. 

Luego, el 4 de octubre, se llevará adelante el tercer encuentro, y contará con la presencia de Luis Pedernera, miembro del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Este encuentro estará enfocado en analizar el acceso a la Interrupción Legal y Voluntaria del Embarazo en niñas y adolescentes. 

Finalmente, el último encuentro del 15 de octubre se llevará adelante con una dinámica de taller, en donde se abordarán casos que permitan a los y las participantes analizar situaciones prácticas para poder hacer acompañamientos desde una perspectiva de derechos. 

La inscripción es libre y gratuita a través de este formulario, y se puede participar del ciclo completo o de cada encuentro por separado. 

INSCRIBIRME 

Las maniobras de los sectores antiderechos, intentando suspender la implementación de la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, siguen encontrando eco en algunos funcionarios judiciales. 

Como organizaciones comprometidas con la defensa de los derechos humanos y el ejercicio pleno de nuestra autonomía, manifestamos nuestra preocupación ante la filtración extraoficial del dictamen del Ministerio Público Fiscal en la causa que dirime la efectiva aplicación de la Ley 27.610 en Córdoba.

Resulta al menos llamativo que la resolución del Fiscal General de Córdoba, Juan Manuel Delgado, sobre la apelación presentada por el legislador García Elorrio, se haya hecho pública antes de estar disponible para la vista de las partes involucradas. Cabe aclarar que el TSJ aún no se expidió respecto de la recusación del fiscal, quien se ha manifestado públicamente en contra de los derechos que garantiza esta ley. Más de 40 organizaciones de la sociedad civil nos pronunciamos en contra de su designación por adelantar posición en contra del acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, tema sobre el que luego debería decidir. Además, previo a su designación, Fundeps y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) participaron de la audiencia pública en la comisión de la Legislatura que evaluó su pliego para advertir sobre su falta de idoneidad y su postura contraria a los derechos. 

Desde Católicas por el Derecho a Decidir Argentina (CDD), Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba (CLIP) manifestamos nuestra preocupación ante tal desprolijidad que consideramos no es inocente.

La suspensión del derecho a acceder a la IVE por medio de una medida cautelar implicaría un retroceso y un daño irreparable para las mujeres y personas gestantes de Córdoba, que se verían en desventaja respecto de otras habitantes del país. Es preciso recordar que la Justicia Provincial ya se expidió sobre estas cuestiones en diferentes acciones, evidenciando el uso de maniobras jurídicas que sólo buscan atemorizar a los equipos de salud y generar confusión en la población.

Del mismo modo, señalamos que este tipo de presentaciones en contra de la Ley 27.610 se han suscitado a lo largo de todo el país y en su mayoría ya han sido rechazadas en virtud de su improcedencia. El acceso a la interrupción legal y voluntaria del embarazo tiene plena vigencia en la provincia de Córdoba, igual que en todo el territorio nacional, a pesar de los intentos por obstaculizar su acceso mediante judicializaciones abusivas y abiertamente improcedentes. 

Defendemos esta ley porque representa un avance en la garantía del derecho a la vida, integridad física y psíquica, salud, autonomía, libertad e igualdad de las mujeres y personas con capacidad de gestar. No permitiremos que el accionar antidemocrático y violatorio de los derechos humanos llevado adelante por grupos antiderechos intimide a quienes demanden el cumplimiento de la Ley. Seguimos trabajando juntes por nuestros derechos.

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Tras la publicación en marzo de los resultados del relevamiento “Compras públicas en pandemia: 2020, el año de las contrataciones directas y la falta de transparencia”, Red Ruido suma a la investigación el primer trimestre del año 2021.

Ruido es una red federal de comunicadores, especialistas en datos abiertos y organizaciones de la sociedad civil que nació para visibilizar temas de interés público relacionados con el manejo de los recursos del Estado, la transparencia administrativa, la corrupción y el acceso a la información. Desde Fundeps apoyamos su creación en alianza Poder Ciudadano y FOPEA. 

En este nuevo informe la pregunta sigue siendo la misma que en el primer relevamiento de Ruido: ¿puede la ciudadanía saber cuánto pagó el Estado por cada producto comprado para paliar la pandemia?

La respuesta no solo es la misma —no—, sino que ahora es peor: hubo menos información disponible para acceder a datos del primer trimestre 2021, en relación con lo relevado en 2020. Esta es la principal conclusión del relevamiento en 13 provincias del país, más la Ciudad de Buenos Aires y Nación.

Datos destacados

  •   El 82,3% de las contrataciones en el primer trimestre de 2021 se realizaron de manera directa, según el relevamiento de Ruido en 14 provincias argentinas.
  •   Se registraron menos operaciones que el año pasado y también hubo menos datos disponibles: el índice de acceso a la información empeoró.
  •   En muchas compras en conjunto (las que incluyen varios productos) es imposible detectar cuánto pagó cada provincia por cada elemento.
  •   Santa Cruz se sumó a las provincias sin datos.
  •   Se detectó una compra de alcohol etílico en Chaco que bate récords: 1.900 pesos el litro.

Licitaciones, en falta

El relevamiento de compras públicas relacionadas con la pandemia durante 2020 había detectado que 92% de las operaciones se habían realizado de manera directa. Ese índice mejoró un poco, pero sigue siendo muy alto: 82,3%.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 que firmó el presidente Alberto Fernández el 12 de marzo de 2020 estableció la emergencia pública en materia sanitaria por Covid-19, por lo que las contrataciones de bienes y servicios que se realicen en este marco pueden tramitarse por vía directa.

Pasó más de un año y el tiempo para planificar la prevención aumentó, pero no se redujo el uso de este atajo para contratar.

Entre las provincias con casi 100% de compras y/o adjudicaciones directas figuran Salta, Entre Ríos y Santiago del Estero, mientras que Mendoza es la responsable de que haya bajado este promedio general, ya que utilizó el mecanismo de licitación, subastas y/o concursos abiertos en el 49% de las compras. Fue la provincia de mayor mejora con relación a 2020, cuando esa cifra era de apenas 13%.

Acceso a la información

Si se compara el nivel de acceso a la información en el primer relevamiento de Ruido (compras en 2020) con el del primer trimestre 2021, la situación empeoró.

Según el índice elaborado (en el cual 1 implica acceso público total a los datos y 4, ningún acceso), el promedio general del acceso a la información en 2020 había sido de 2,3. Pero de enero a marzo de 2021, retrocedió 0,3 puntos y pasó a ser 2,6.

Esto es así porque no solo se mantuvieron igual las tres provincias que mantienen datos secretos y no dan respuesta a los pedidos de acceso (Tucumán, Salta y Santiago del Estero), en esta ocasión se sumaron Santa Fe (proporciona información ínfima) y Santa Cruz (no respondió a ningún pedido de información).

Alcohol por las nubes

En el caso de los precios de barbijos, ambulancias y alcohol etílico, en el primer trimestre de 2021 hubo muchas menos compras de estos productos que en 2020.

Se mantuvieron las amplias brechas en los precios pagados por barbijos, y no hubo compras de ambulancias.

En el caso del alcohol etílico, el récord pagado por este elemento aparece en una compra de Chaco: 1.900 pesos el litro. Esto surge en una compra realizada el 30 de marzo de 2021 (número de orden 1.865) a Ande Servicios SRL, por la cual se compraron unidades de 200 mililitros (al 70%) a 380 pesos, por un total de 91.200 pesos. La cifra representa hasta 10 veces más del valor de mercado.

No es posible tener más detalles de esta operación, ya que la provincia de Chaco no respondió ningún pedido de acceso de Ruido.

El otro elemento que aparece en algunos relevamientos es el de kits de testeos rápidos para detectar el virus. Hay un amplio rango de precios por el mismo producto que va de los 170 pesos que pagó CABA, hasta los 715 pesos erogados por Mendoza.

Accedé al informe completo y al análisis de cada provincia acá.

Autores del relevamiento de Ruido:

Mariela Arias (Santa Cruz), María Ester Romero (Buenos Aires, Tierra del Fuego y CABA), Yamile González (Formosa), Gabriela Sánchez (Mendoza), Bárbara Maidana (Chaco y Sante Fe), Juan Manuel González (Córdoba), Natalia Buiatti (Entre Ríos), Gonzalo Guzmán (Salta Transparente), Luis María Ruiz (Tucumán), Sol Minoldo, Julieta Fantini, Andrés Vázquez, Cristian Pérez, Sergio Carreras y Edgardo Litvinoff.

Gráficos: Diego Forti. Diseño redes: María Pía Reynoso. Redes: Daniela Reynoso. Desarrollo: Walter Kanqui.

Canales de Comunicación Ruido:

http://elruido.org/

https://twitter.com/RuidoRed

https://www.instagram.com/ruidored/

https://www.facebook.com/ruidored/

Más información:

Contacto:

Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

Durante los días 19 al 23 de julio, participamos en las reuniones convocadas por la Secretaría de Ambiente de la Provincia para la confección de los lineamientos generales a nivel provincial establecidos en la Ley N° 10.758 de adhesión a la Ley Yolanda.

Tal y como lo ordena el Art. 3 y 4 de la Ley Nacional N° 27.592, la Secretaría de Ambiente de la Provincia llevó a cabo una serie de reuniones en las que participamos diversas Organizaciones de la Sociedad Civil de la Provincia. El objetivo lo constituyó la confección de los lineamientos generales en materia de contenidos a dictarse en las capacitaciones destinadas a las personas que ejercen la función pública en los tres poderes del Estado. 

En las reuniones se trataron diversas temáticas asociadas al eje biodiversidad, al cambio climático, a la capacitación en leyes entre otras. El espacio permitió que cada organización diera su punto de vista acerca de los temas trascendentes y las modalidades a adoptarse. 

El diseño de la ley y su cumplimiento por parte de las autoridades, permite y permitirá la capacitación de quienes ponen en marcha las políticas públicas en asuntos ambientales, a partir de contenidos consensuados a partir del dialogo. Sin dudas la participación ciudadana constituye un pilar fundamental para cualquier arquitectura institucional vinculada a la cuestión ambiental, que debe de verse reflejado de un modo real y acabado al momento de cristalizarse la práctica estatal, en este caso, las capacitaciones obligatorias. 

Más información

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org