Este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba rechazó los recursos de apelación  que buscaban suspender la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo en nuestra provincia a través de una medida cautelar. De esta manera, confirma que la normativa sigue gozando de plena vigencia en todo el territorio provincial.

Con amplia mayoría, los y las vocales pusieron énfasis en la presunción de legitimidad que tiene la ley por ser un acto del poder público, afirmando que se trata del eslabón de una política “en materia de salud pública”. En definitiva, el TSJ sostuvo que no se puede suspender la vigencia de una ley mediante una medida cautelar con alcances generales sin lesionar el principio de división de poderes, como solicitaba el actor. 

En este sentido, hicieron hincapié en que “el Poder Judicial carece de atribuciones constitucionales” para revisar “en abstracto o para inmiscuirse” en las decisiones de política legislativa adoptadas por “el Congreso, representante por antonomasia de la voluntad popular”. Además destacaron que esta ley es resultado de un debate democrático y cuenta con amplio respaldo social.

La legalización del aborto vino a traer mayor autonomía y libertad en nuestras decisiones. La Ley 27.610 hace que todo el sistema judicial y de salud se adecúe a los derechos que logramos conquistar y a los que el estado argentino se obligó tanto en el ámbito interno como en el plano internacional. 

Estamos frente a una nueva conquista de los feminismos. En alianza, seguimos trabajando para que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar accedan de manera legal, segura y gratuita a la interrupción voluntaria del embarazo.

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 Junto a la Universidad Provincial de Córdoba (UPC), comenzamos un mapeo de necesidades formativas de organizaciones de la Economía Popular, Feminista, Social y Solidaria de la provincia. Los resultados se plasmarán en propuestas formativas ajustadas a los requerimientos de estos espacios.

Con el foco puesto en organizaciones de la Economía Popular, Feminista, Social y Solidaria de la provincia de Córdoba, desde Fundeps y  la Universidad Provincial de Córdoba diseñamos un formulario que tiene como objetivo el diagnóstico de necesidades de formación de organizaciones de este sector. 

Apostamos a la construcción colectiva del conocimiento y valoramos las propuestas situadas que sean significativas para organizaciones que construyen y sostienen la economía local, desde alternativas a las lógicas del saqueo y la acumulación del capital.  

Por eso, si formás parte o conocés alguna de estas organizaciones, te invitamos a completar y/o compartir la encuesta. Para que, así,  podamos elaborar una propuesta de capacitación pertinente, significativa y coherente con sus necesidades. 

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Por iniciativa de la Cámara de Diputados de la Nación, este año se realizó el primer Foro Legislativo Ambiental. Una interesante iniciativa para el diseño de leyes ambientales que permitió una amplia participación ciudadana. 

La primera experiencia en el diseño de leyes ambientales mediante la participación ciudadana culminó su etapa inicial. El Foro Legislativo Ambiental, consistió, en la utilización de una plataforma web que permitía a la ciudadanía y organizaciones de la Sociedad Civil efectuar sus aportes y comentarios sobre tres proyectos de ley.

En primera instancia, se realizaron diversos encuentros agrupados en 3 temáticas asociadas a cada uno de los proyectos de ley: agroecología, residuos electrónicos y áreas protegidas. Luego, en una segunda instancia, a través del portal de leyes abiertas (https://leyesabiertas.hcdn.gob.ar/) la ciudadanía podía acceder a los diferentes proyectos y generar sus aportes y comentarios sobre el texto del proyecto de ley. 

Finalizada esta etapa de aportes, se elaboraron tres informes finales que muestran sintéticamente lo principal de los aportes y comentarios realizados. Resta ahora, aguardar los siguientes pasos hasta la concreción definitiva de los proyectos de ley para su posterior presentación al Congreso de la Nación. 

El mecanismo puesto en marcha para el diseño normativo, resulta sumamente novedoso y acorde a los novísimos compromisos en asuntos ambientales que el país asumió a partir de la ratificación del Acuerdo de Escazú. Sin dudas que si bien existen puntos a mejorar, tales como el acceso masivo a este tipo de procesos, constituye un puntapié inicial que ha de ser celebrado. 

 

Acceso a la síntesis de los informes:

Síntesis agroecología

Sintesis Residuos electrónicos

Sintesis Areas protegidas. 

 

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Con el foco puesto principalmente en estudiantes, profesionales y trabajadoras/es del campo de la salud, Fundeps, Ecos y Andhes lanzan un ciclo de encuentros virtuales donde se tratarán distintos aspectos vinculados con la interrupción voluntaria y legal del embarazo, desde un abordaje integral e interdisciplinario.

A través de 4 webinars gratuitos y de alcance nacional, se trabajará sobre protocolos, marco jurídico, técnicas seguras, modos de acompañamiento de situaciones y demás herramientas a tener en cuenta respecto a la Ley 27.610.

El primer encuentro será el próximo 27 de agosto a las 18h. Estará centrado en condiciones y estándares de aplicación de IVE/ILE, objeción de conciencia y responsabilidad de los/las profesionales de la salud y contará con la participación de Marisa Herrera, Doctora en Derecho por la Universidad de Buenos Aires, investigadora del CONICET y docente. 

El segundo encuentro, a realizase el 10 de septiembre a las 18h, se centrará en el abordaje integral y técnicas seguras del aborto. Tendrá como expositoras a las Dras. Mariana Romero y Nadya Scherbovsky. Mariana es médica, investigadora de CEDES/ CONICET, integra la Red de Acceso al Aborto Seguro y asiste técnicamente a equipos de salud en la implementación de servicios. Nadya, por su parte, es médica general y de familia, e integrante del Consultorio de Salud Integral Córdoba, de la Fundación ECOS y de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir. 

Luego, el 4 de octubre, se llevará adelante el tercer encuentro, y contará con la presencia de Luis Pedernera, miembro del Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. Este encuentro estará enfocado en analizar el acceso a la Interrupción Legal y Voluntaria del Embarazo en niñas y adolescentes. 

Finalmente, el último encuentro del 15 de octubre se llevará adelante con una dinámica de taller, en donde se abordarán casos que permitan a los y las participantes analizar situaciones prácticas para poder hacer acompañamientos desde una perspectiva de derechos. 

La inscripción es libre y gratuita a través de este formulario, y se puede participar del ciclo completo o de cada encuentro por separado. 

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Las maniobras de los sectores antiderechos, intentando suspender la implementación de la Ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo, siguen encontrando eco en algunos funcionarios judiciales. 

Como organizaciones comprometidas con la defensa de los derechos humanos y el ejercicio pleno de nuestra autonomía, manifestamos nuestra preocupación ante la filtración extraoficial del dictamen del Ministerio Público Fiscal en la causa que dirime la efectiva aplicación de la Ley 27.610 en Córdoba.

Resulta al menos llamativo que la resolución del Fiscal General de Córdoba, Juan Manuel Delgado, sobre la apelación presentada por el legislador García Elorrio, se haya hecho pública antes de estar disponible para la vista de las partes involucradas. Cabe aclarar que el TSJ aún no se expidió respecto de la recusación del fiscal, quien se ha manifestado públicamente en contra de los derechos que garantiza esta ley. Más de 40 organizaciones de la sociedad civil nos pronunciamos en contra de su designación por adelantar posición en contra del acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, tema sobre el que luego debería decidir. Además, previo a su designación, Fundeps y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) participaron de la audiencia pública en la comisión de la Legislatura que evaluó su pliego para advertir sobre su falta de idoneidad y su postura contraria a los derechos. 

Desde Católicas por el Derecho a Decidir Argentina (CDD), Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) y Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba (CLIP) manifestamos nuestra preocupación ante tal desprolijidad que consideramos no es inocente.

La suspensión del derecho a acceder a la IVE por medio de una medida cautelar implicaría un retroceso y un daño irreparable para las mujeres y personas gestantes de Córdoba, que se verían en desventaja respecto de otras habitantes del país. Es preciso recordar que la Justicia Provincial ya se expidió sobre estas cuestiones en diferentes acciones, evidenciando el uso de maniobras jurídicas que sólo buscan atemorizar a los equipos de salud y generar confusión en la población.

Del mismo modo, señalamos que este tipo de presentaciones en contra de la Ley 27.610 se han suscitado a lo largo de todo el país y en su mayoría ya han sido rechazadas en virtud de su improcedencia. El acceso a la interrupción legal y voluntaria del embarazo tiene plena vigencia en la provincia de Córdoba, igual que en todo el territorio nacional, a pesar de los intentos por obstaculizar su acceso mediante judicializaciones abusivas y abiertamente improcedentes. 

Defendemos esta ley porque representa un avance en la garantía del derecho a la vida, integridad física y psíquica, salud, autonomía, libertad e igualdad de las mujeres y personas con capacidad de gestar. No permitiremos que el accionar antidemocrático y violatorio de los derechos humanos llevado adelante por grupos antiderechos intimide a quienes demanden el cumplimiento de la Ley. Seguimos trabajando juntes por nuestros derechos.

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Tras la publicación en marzo de los resultados del relevamiento “Compras públicas en pandemia: 2020, el año de las contrataciones directas y la falta de transparencia”, Red Ruido suma a la investigación el primer trimestre del año 2021.

Ruido es una red federal de comunicadores, especialistas en datos abiertos y organizaciones de la sociedad civil que nació para visibilizar temas de interés público relacionados con el manejo de los recursos del Estado, la transparencia administrativa, la corrupción y el acceso a la información. Desde Fundeps apoyamos su creación en alianza Poder Ciudadano y FOPEA. 

En este nuevo informe la pregunta sigue siendo la misma que en el primer relevamiento de Ruido: ¿puede la ciudadanía saber cuánto pagó el Estado por cada producto comprado para paliar la pandemia?

La respuesta no solo es la misma —no—, sino que ahora es peor: hubo menos información disponible para acceder a datos del primer trimestre 2021, en relación con lo relevado en 2020. Esta es la principal conclusión del relevamiento en 13 provincias del país, más la Ciudad de Buenos Aires y Nación.

Datos destacados

  •   El 82,3% de las contrataciones en el primer trimestre de 2021 se realizaron de manera directa, según el relevamiento de Ruido en 14 provincias argentinas.
  •   Se registraron menos operaciones que el año pasado y también hubo menos datos disponibles: el índice de acceso a la información empeoró.
  •   En muchas compras en conjunto (las que incluyen varios productos) es imposible detectar cuánto pagó cada provincia por cada elemento.
  •   Santa Cruz se sumó a las provincias sin datos.
  •   Se detectó una compra de alcohol etílico en Chaco que bate récords: 1.900 pesos el litro.

Licitaciones, en falta

El relevamiento de compras públicas relacionadas con la pandemia durante 2020 había detectado que 92% de las operaciones se habían realizado de manera directa. Ese índice mejoró un poco, pero sigue siendo muy alto: 82,3%.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 que firmó el presidente Alberto Fernández el 12 de marzo de 2020 estableció la emergencia pública en materia sanitaria por Covid-19, por lo que las contrataciones de bienes y servicios que se realicen en este marco pueden tramitarse por vía directa.

Pasó más de un año y el tiempo para planificar la prevención aumentó, pero no se redujo el uso de este atajo para contratar.

Entre las provincias con casi 100% de compras y/o adjudicaciones directas figuran Salta, Entre Ríos y Santiago del Estero, mientras que Mendoza es la responsable de que haya bajado este promedio general, ya que utilizó el mecanismo de licitación, subastas y/o concursos abiertos en el 49% de las compras. Fue la provincia de mayor mejora con relación a 2020, cuando esa cifra era de apenas 13%.

Acceso a la información

Si se compara el nivel de acceso a la información en el primer relevamiento de Ruido (compras en 2020) con el del primer trimestre 2021, la situación empeoró.

Según el índice elaborado (en el cual 1 implica acceso público total a los datos y 4, ningún acceso), el promedio general del acceso a la información en 2020 había sido de 2,3. Pero de enero a marzo de 2021, retrocedió 0,3 puntos y pasó a ser 2,6.

Esto es así porque no solo se mantuvieron igual las tres provincias que mantienen datos secretos y no dan respuesta a los pedidos de acceso (Tucumán, Salta y Santiago del Estero), en esta ocasión se sumaron Santa Fe (proporciona información ínfima) y Santa Cruz (no respondió a ningún pedido de información).

Alcohol por las nubes

En el caso de los precios de barbijos, ambulancias y alcohol etílico, en el primer trimestre de 2021 hubo muchas menos compras de estos productos que en 2020.

Se mantuvieron las amplias brechas en los precios pagados por barbijos, y no hubo compras de ambulancias.

En el caso del alcohol etílico, el récord pagado por este elemento aparece en una compra de Chaco: 1.900 pesos el litro. Esto surge en una compra realizada el 30 de marzo de 2021 (número de orden 1.865) a Ande Servicios SRL, por la cual se compraron unidades de 200 mililitros (al 70%) a 380 pesos, por un total de 91.200 pesos. La cifra representa hasta 10 veces más del valor de mercado.

No es posible tener más detalles de esta operación, ya que la provincia de Chaco no respondió ningún pedido de acceso de Ruido.

El otro elemento que aparece en algunos relevamientos es el de kits de testeos rápidos para detectar el virus. Hay un amplio rango de precios por el mismo producto que va de los 170 pesos que pagó CABA, hasta los 715 pesos erogados por Mendoza.

Accedé al informe completo y al análisis de cada provincia acá.

Autores del relevamiento de Ruido:

Mariela Arias (Santa Cruz), María Ester Romero (Buenos Aires, Tierra del Fuego y CABA), Yamile González (Formosa), Gabriela Sánchez (Mendoza), Bárbara Maidana (Chaco y Sante Fe), Juan Manuel González (Córdoba), Natalia Buiatti (Entre Ríos), Gonzalo Guzmán (Salta Transparente), Luis María Ruiz (Tucumán), Sol Minoldo, Julieta Fantini, Andrés Vázquez, Cristian Pérez, Sergio Carreras y Edgardo Litvinoff.

Gráficos: Diego Forti. Diseño redes: María Pía Reynoso. Redes: Daniela Reynoso. Desarrollo: Walter Kanqui.

Canales de Comunicación Ruido:

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

Durante los días 19 al 23 de julio, participamos en las reuniones convocadas por la Secretaría de Ambiente de la Provincia para la confección de los lineamientos generales a nivel provincial establecidos en la Ley N° 10.758 de adhesión a la Ley Yolanda.

Tal y como lo ordena el Art. 3 y 4 de la Ley Nacional N° 27.592, la Secretaría de Ambiente de la Provincia llevó a cabo una serie de reuniones en las que participamos diversas Organizaciones de la Sociedad Civil de la Provincia. El objetivo lo constituyó la confección de los lineamientos generales en materia de contenidos a dictarse en las capacitaciones destinadas a las personas que ejercen la función pública en los tres poderes del Estado. 

En las reuniones se trataron diversas temáticas asociadas al eje biodiversidad, al cambio climático, a la capacitación en leyes entre otras. El espacio permitió que cada organización diera su punto de vista acerca de los temas trascendentes y las modalidades a adoptarse. 

El diseño de la ley y su cumplimiento por parte de las autoridades, permite y permitirá la capacitación de quienes ponen en marcha las políticas públicas en asuntos ambientales, a partir de contenidos consensuados a partir del dialogo. Sin dudas la participación ciudadana constituye un pilar fundamental para cualquier arquitectura institucional vinculada a la cuestión ambiental, que debe de verse reflejado de un modo real y acabado al momento de cristalizarse la práctica estatal, en este caso, las capacitaciones obligatorias. 

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Junto a la Incubadora Feminista Latinoamericana, avanzamos en el proceso de fortalecimiento a las organizaciones autogestivas y comunitarias de la provincia de Córdoba que fueron seleccionadas tras la convocatoria a becas.

La convocatoria a becas para el fortalecimiento de organizaciones autogestivas y comunitarias de Córdoba finalizó el 14 de mayo con 67 organizaciones inscritas de toda la provincia. El caudal de organizaciones que se postularon a dicha convocatoria nos deja en evidencia dos tendencias. Por un lado, la gran cantidad de espacios autogestivos de la Economía Popular, Feminista, Ecológica, Social y Solidaria que existen en la provincia y que dan cuenta de que Otra economía existe y es posible. Sin embargo, y aquí está la otra tendencia, es notable la necesidad de políticas públicas integrales que las promocionen.   

Todos los espacios que se postularon, dan cuenta de una diversidad de formas organizativas y actividades autogestivas que representan un gran aporte a la comunidad y a la economías locales, lo que hizo del proceso de selección, una instancia ardua y colmada de revisiones y discusiones. 

Siguiendo los criterios de selección y prioridad anunciados en la convocatoria, seleccionamos 7 organizaciones beneficiarias de una beca total: Aquelarre VCP, Comadres, Mercado Coop, MEPA, Hacé Pinta, Mokitas y Alternativa Marginal. Con ellas estaremos trabajando en conjunto hasta el mes de octubre en un intenso proceso de fortalecimiento.

Entre mayo y junio, iniciamos un proceso de diagnóstico que consistió en una encuesta para el auto-diagnóstico y luego una entrevista personal con cada organización para identificar sus percepciones y realidades respecto a los obstáculos y fortalezas particulares que cada una de ellas ha identificado. Esta etapa es fundamental en tanto permite reconocer-se, proyectar-se y construir un plan de sostenibilidad económica a partir de las propias experiencias, deseos, necesidades, realidades y expectativas de cada organización. 

A partir de julio y hasta septiembre, avanzaremos con el proceso de fortalecimiento en sí, consistente en una serie de capacitaciones, talleres de aplicación práctica, reuniones personalizadas con integrantes de cada organización y mentorías. Esta etapa es el nudo central del proceso de fortalecimiento para la sostenibilidad económica de estas organizaciones. A lo largo de esta etapa, se generarán espacios de encuentro y de construcción conjunta, compartiendo intereses, posturas, proyectos y saberes, en pos de la sostenibilidad económica de las organizaciones seleccionadas.

Esperamos que, a través de este proyecto y junto a las distintas organizaciones autogestivas seleccionadas, podamos avanzar en la construcción, implementación y evaluación de herramientas para el diagnóstico, la planificación y gestión de recursos para que un espacio autogestivo no sólo se sostenga financieramente sino que colabore en la sostenibilidad de la vida de sus integrantes.

Más información:

Contacto:

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

Incubadora Feminista, hola@incubadorafeminista.com

El pasado 5 de julio el Directorio de CAF -Banco de Desarrollo de América Latina- eligió por mayoría a Sergio Díaz-Granados como nuevo Presidente Ejecutivo de la institución, en una reunión semipresencial realizada en el Palacio Nacional de México. El colombiano Díaz-Granados asumirá el cargo el 1 de septiembre de 2021 por un período de 5 años.

El Banco de Desarrollo de América Latina, anteriormente conocido como Corporación Andina de Fomento (CAF), es una institución financiera multilateral líder en América Latina cuya misión, de acuerdo a su página web, es apoyar el desarrollo sostenible de los  países accionistas y la integración regional. Desde 1970, la institución atiende a los sectores público y privado, suministrando productos y servicios financieros múltiples a una amplia cartera de clientes, constituida por los gobiernos de los Estados accionistas, instituciones financieras y empresas públicas y privadas.

El Directorio de CAF designó a Sergio Díaz-Granados como nuevo Presidente Ejecutivo de la institución el pasado 5 de julio en una reunión semipresencial que tuvo lugar en el Palacio Nacional de México. En la elección, el colombiano Díaz-Granados superó al candidato argentino Christian Asinelli, actual subsecretario de Relaciones Financieras Internacionales para el Desarrollo de la Secretaría de Asuntos Estratégicos de la Presidencia, quien ocupará una de las vicepresidencias de la entidad.

La elección del nuevo presidente se produce luego de la renuncia del anterior Presidente Ejecutivo, el peruano Luis Carranza, quien se retiró de la entidad un año antes que finalice su mandato en medio de denuncias de abuso de poder, renuncias forzadas y fuertes internas en el organismo multilateral de crédito.

Sergio Díaz-Granados, es un destacado abogado que actualmente se desempeña como Director Ejecutivo para Colombia en el Grupo BID.  Cuenta con una extensa carrera en el servicio público y privado, tanto en el plano nacional como internacional, con especial énfasis  en los temas de desarrollo e integración regional.  A lo largo de su carrera, Diaz-Granados  se ha desempeñado como Ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, Viceministro de Desarrollo Empresarial y Presidente de las Juntas Directivas de Bancóldex y ProColombia. Asimismo, ha sido congresista y presidente de la Comisión de Asuntos Económicos de la Cámara de Representantes.

Más información: 

Autora:

Julieta Boretti

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Gonzalo Roza – gon.roza@fundeps.org

El pasado 1 de abril, la Oficina de Evaluación y Supervisión (OVE) presentó un informe de evaluación del Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación (MICI) correspondiente al período 2015-2020. La evaluación examinó la política del Mecanismo y la aplicación de la misma, con el objetivo de informar a los Directorios del BID y de BID Invest sobre la medida en la que el MICI ha sido un mecanismo efectivo y eficiente en la resolución de reclamos asociados a impactos ambientales y sociales de los proyectos financiados por el Banco.

En su informe la Oficina de Evaluación y Supervisión (OVE) determinó que la actual política del MICI corrigió importantes temas identificados en su evaluación pasada de 2012. Entre los principales avances, destacó la solución a los problemas de rendición de cuentas y conflictos de interés asociados a la estructura organizacional previa, así como los problemas de duplicación de la instancia de elegibilidad; el establecimiento de plazos para la gestión de las solicitudes; y la creación de instancias para la participación de la administración. Asimismo, destacó una mayor consistencia entre la política, las directrices desarrolladas, y los procesos asociados. 

La evaluación también resaltó los avances que se dieron en el funcionamiento interno del MICI, producto de la reestructuración del mecanismo, así como del proceso de consolidación y aprendizaje institucional. El mecanismo ha logrado definir su plan de trabajo y gestionar sus recursos humanos y presupuestarios con independencia de la administración del Grupo BID.

Sin embargo, la exclusión judicial, un tema clave, quedó pendiente. La misma es una de las excepciones de la política interna a la elegibilidad de solicitudes y establece que no son elegibles aquellos asuntos planteados en una solicitud que estén siendo objeto de procesos arbitrales o judiciales en un país miembro del Grupo BID. 

 Si bien la exclusión judicial fue identificada por OVE en 2012 como un factor limitante para el funcionamiento efectivo e independiente del MICI, se mantuvo en la política reformulada en 2014. Asimismo, existen otras limitaciones que han surgido en la aplicación de la política en los últimos 5 años pero que, en gran medida, han sido solventadas por el MICI. Esto evidencia que existe suficiente margen para que el mecanismo gestione las limitaciones de la actual política.

Acceso al MICI

En cuanto al acceso al mecanismo, OVE identificó que el MICI no es aún muy conocido entre solicitantes. Dando cuenta de que entre los diferentes niveles institucionales hay una falta de consenso  sobre la importancia de dar a conocer el mecanismo  y la forma de lograrlo. Cuestión que no debe ser pasada por alto, ya que el acceso al MICI depende del conocimiento que tengan las personas sobre la existencia del mecanismo.

Por su parte, quienes lograban acceder al MICI se encontraban con que sus solicitudes no quedaban registradas debido a la dificultad para cumplir con algunos requisitos. Al respecto, el Grupo BID no cuenta con un sistema de gestión de reclamos  lo que imposibilita conocer la cantidad de inquietudes que recibe la administración. 

Gestión de casos

Respecto a la gestión de casos, si bien el MICI se encuentra operando en conformidad con los principios establecidos en su política: independencia, objetividad, imparcialidad, transparencia y eficiencia; ve afectada su capacidad para actuar de manera independiente a raíz de la sujeción a las decisiones del Directorio Ejecutivo.  

De acuerdo con su política, el Directorio controla la posibilidad de iniciar una investigación en la Fase de Verificación de la Observancia (FVO) y decide si se aprueban o no las recomendaciones de una investigación del MICI. Originalmente, la aprobación del Directorio para continuar con una investigación se pensó como un procedimiento corto pero ha llegado a conformarse como un procedimiento contencioso afectando la independencia del MICI.

Por último, muchas investigaciones en curso han presentado demoras vinculadas con la complejidad de los proyectos y temáticas. También se presentaron quejas por parte de los solicitantes sobre la extensión y lentitud de los procesos en la Fase de Verificación de la Observancia (FVO), lo que disminuye las posibilidades de reparación efectiva. 

Recomendaciones

Luego de identificar las principales dificultades en el actual funcionamiento del mecanismo, OVE propuso una serie de recomendaciones a adoptar por parte del MICI. Entre las principales se destacan, en primer lugar, dejar sin efecto la exclusión judicial, y fortalecer sus capacidades internas.  A su vez, OVE destacó la necesidad de reforzar la independencia del mecanismo y asegurar la adopción de medidas correctivas cuando existan hallazgos de incumplimiento con las políticas y daños relacionados. 

Recordando que uno de los objetivos principales del Grupo BID es la mejora en la calidad de vida en la región, el monitoreo de su política se conforma como una herramienta clave para garantizar el cumplimiento de las salvaguardas socioambientales y de transparencia en el desarrollo de los proyectos financiados. De aplicarse las recomendaciones elaboradas por OVE implicaría una declaración de compromiso por parte de MICI para con las personas usuarias, quienes entre otros reclamos, han insistido sistemáticamente por una mejora en las condiciones para acceder al mecanismo. 

A partir de esta evaluación, cabría preguntarse si las limitaciones de la actual política pueden rectificarse incorporando las recomendaciones de la OVE o si estas limitaciones, por el contrario, hacen necesaria una nueva revisión integral de la política, medida que se encuentra descartada por OVE hasta el momento.

Desde Fundeps, consideramos que aún quedan muchos obstáculos por superar para garantizar una actuación efectiva e independiente del mecanismo, especialmente lo referido a la necesidad de dejar sin efecto la exclusión judicial. No obstante, resaltamos la importancia de este tipo de instancias beneficiosas tanto para el sector público como privado, y especialmente, para las comunidades afectadas por las inversiones del Grupo BID. 

Más información: 

Autoras:

Clara Labat 

Julieta Boretti

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

El próximo lunes 12 de julio -de 17 a 18.30 hs- presentaremos, junto a un grupo de organizaciones, la Red Argentina de Abogacía Comunitaria, un espacio de articulación, apoyo, incidencia y aprendizajes entre organizaciones y profesionales del derecho de todo el país, que trabajamos por el acceso a los derechos y el empoderamiento jurídico de las personas o grupos vulnerabilizados. Para participar, inscribite acá.

Teniendo en cuenta las grandes dificultades con las que nos encontramos las organizaciones sociales y las/os activistas para ejercer la defensa de los derechos de los grupos vulnerabilizados, desde ACIJ, FUNDEPS, TECHO, CAPIBARA, XUMEK – REPAD y ANDHES vimos la necesidad de crear una Red de Abogacía Comunitaria para resolver necesidades legales y problemas estructurales que afectan de manera similar a grandes grupos: personas con discapacidad, migrantes, mujeres, niños, niñas y adolescentes, personas mayores, pueblos indígenas, personas privadas de libertad, víctimas de violencia institucional, entre otros.

Buscamos enfrentar con estrategias colectivas los grandes obstáculos que existen a la hora de ejercer la abogacía social y, de esta manera,  garantizar el acceso efectivo a los derechos de sus comunidades.

Te esperamos el próximo lunes 12 de julio -de 17 a 18.30 hs- a la presentación de esta iniciativaque se encuentra en permanente construcción, para seguir sumando aportes de organizaciones y activistas que quieran formar parte.

¿Qué es RAAC?

RAAC es la Red Argentina de Abogacía Comunitaria. Tiene como objetivo construir un espacio de articulación, apoyo, incidencia y aprendizajes entre profesionales del derecho de todo el país, que trabajan por el acceso a derechos y el empoderamiento jurídico de las personas o grupos vulnerabilizados.

Objetivos  

  • Generar alianzas, sinergias y solidaridades entre las organizaciones sociales, profesionales y activistas que trabajamos en el campo de la abogacía comunitaria y el empoderamiento jurídico comunitario.
  • Propender a una mayor visibilización de las diferentes experiencias locales vinculadas a la temática.
  • Llevar adelante una agenda de incidencia en políticas públicas locales y nacionales, vinculada a la abogacía comunitaria y el empoderamiento jurídico.
  • Incrementar el debate nacional sobre la abogacía comunitaria y su desarrollo como campo disciplinar.
  • Generar una comunidad de aprendizaje que respete la pluralidad de pensamientos y opiniones, fortalezca el crecimiento comunitario y coadyuve al desarrollo de las capacidades y habilidades de todas aquellas personas que se vinculan con la abogacía comunitaria y el empoderamiento jurídico.

Para participar del evento, inscribite en este formulario.

Dentro de la región de las Américas, Argentina fue pionera en la regulación de grasas trans. Sin embargo, hoy existe una desactualización con respecto a las recomendaciones de organismos internacionales expertos. Se evidencia una necesidad de mejora en pos de proteger la salud de la población.

Los ácidos grasos trans (AGT), o mayormente conocidos como grasas trans, pueden tener un origen natural o artificial/industrial. Las de origen industrial, son producidas de manera artificial por la industria alimenticia, mediante un proceso que recibe el nombre de hidrogenación. Es decir, son aceites vegetales naturalmente líquidos que se convierten en grasas semisólidas. 

Debido a que las grasas trans son un producto sumamente útil para la industria alimenticia, su uso y consumo es mucho más frecuente de lo que se podría imaginar. Esto es por su gran estabilidad frente al calor en las frituras, su gran maleabilidad para el uso en productos de panadería y repostería, por el aumento de vida útil de los productos en los que se aplica y por su bajo costo. Además, le brindan al producto final una palatabilidad que es difícil de alcanzar con cualquier otra fuente grasa, aumentando así el deseo por el consumo de estas preparaciones. 

Sin embargo, el consumo de grasas trans tiene graves consecuencias para la salud y no se les reconoce efecto benéfico alguno. De acuerdo a estudios de la OMS, son un factor importante en la generación de las enfermedades cardiovasculares y de enfermedades crónicas no transmisibles. Es este contexto el que determina la necesidad y la importancia de que los Estados elaboren e implementen políticas públicas destinadas a eliminar la presencia de los AGT en el suministro de alimentos, en pos de garantizar el derecho a la salud y a la alimentación adecuada de su población.

Breve recorrido histórico ¿Cómo llegamos a la normativa actual?

En nuestro país, el marco regulatorio de grasas trans presentes en productos alimenticios, se encuentra establecido por el Código Alimentario Argentino (CAA). Desde el año 2008, tras numerosos esfuerzos internacionales dirigidos a evidenciar la relación existente entre el consumo de ácidos grasos trans (AGT) con afecciones severas en la salud y luego de demostrar que la eliminación de las grasas trans de los alimentos es factible para la industria alimenticia, la Organización Mundial de la Salud (OMS) convocó a la formación de un grupo de trabajo que -en línea con su propósito- recibió el nombre de “Las Américas Libres de Grasas Trans”.  

El objetivo de este grupo de trabajo fue determinar procedimientos para eliminar paulatinamente la presencia de los AGT de los productos, entre los que se encontraban medidas regulatorias, acciones voluntarias y la factibilidad de recomendar grasas alternativas menos perjudiciales. Fue así que tuvo lugar la Declaración de Río de Janeiro en el año 2008, en la que se dispusieron una serie de recomendaciones a seguir por parte de los países suscriptores. 

En ese contexto, la Argentina en el año 2010, estableció en el Código Alimentario el Art. 155 tris por el cual se disponía que el contenido de AGT de producción industrial en diseños comestibles, no debía ser mayor al 2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas destinadas al consumo directo y 5% del total de grasas en el resto de los productos, excluyéndose de estos límites a las grasas provenientes de rumiantes y a la láctea. 

De esta manera, Argentina se convirtió en uno de los países pioneros en la región al regular el contenido de grasas trans presente en los alimentos, así como en realizar esfuerzos para incorporar los parámetros fijados por la OMS. 

Sin embargo, poco a poco la experiencia fue revelando las deficiencias en la formulación de esta normativa. La misma daba lugar a diversas interpretaciones que hacían que las empresas no se adecuaran estrictamente a los estándares fijados y que la propia autoridad de aplicación, ANMAT, adoptara diversos criterios a la hora de exigir su cumplimiento. Del Artículo se desprendía que la restricción del 2% de las grasas trans en aceites vegetales y margarinas, alcanzaba sólo a las destinadas al consumo directo y no necesariamente a las margarinas y aceites utilizados como materia prima por la industria alimenticia, incluyendo la producción de panaderías, restaurantes, hoteles, locales de comida rápida, etc. Por eso, grasas y aceites con altas concentraciones de AGT, estaban siendo vendidos y usados como materias primas, sin respetar los límites impuestos.

Frente a esta  situación, en el año 2018, la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL), propuso una modificación a la regulación de grasas trans que culminó en la modificación del art. 155 tris del CAA y la que fue publicada en el Boletín Oficial, recién el 21 de enero de este año. La normativa en cuestión quedó redactada de la siguiente manera:

“El contenido de ácidos grasos trans de producción industrial en los alimentos no debe ser mayor a: 2% del total de grasas en aceites vegetales y margarinas destinadas al consumo directo y 5% del total de grasas en el resto de los alimentos, incluidos aquellos que son utilizados como ingredientes y materias primas. Estos límites no se aplican a las grasas provenientes de rumiantes, incluyendo la grasa láctea”.

Inconvenientes de la regulación actual 

Pese a las recientes modificaciones, la redacción de la normativa continúa siendo deficiente. Si bien una de sus principales motivaciones había sido incluir a las materias primas dentro del límite del 2%, lo cierto es que lejos de brindar claridad, sigue dando lugar a diversas interpretaciones que avalan que las materias primas tengan el mismo límite que el resto de los alimentos (5%) y no el máximo fijado para una margarina y aceite de venta directa que sería su semejante en uso doméstico (2%). 

A su vez, en Argentina también existen ciertas falencias en lo que respecta al monitoreo y vigilancia de los productos en boca de expendio. Esta situación en parte obedece a que la inscripción de los productos comestibles es meramente declarativa. Las empresas no están obligadas  a presentar un análisis de laboratorio que constate que lo que ellas declaran se condiga con lo que efectivamente contiene el producto.  La obligación, formalmente sólo rige para alimentos libre de gluten y para el empleo de claims o información nutricional complementaria en el rotulado.

Por otro lado, tampoco se encuentra estatuido un plan de monitoreo o vigilancia que sistemáticamente analice química y nutricionalmente el contenido de los productos, sean estos empleados como materias primas o estén destinados al consumo directo. El control llevado a cabo por las autoridades sanitarias, sólo se limita a constatar que el rótulo cumpla con con las exigencias establecidas. 

Finalmente, es importante resaltar que si bien el Estado argentino desde el año 2010 ha venido trabajando en reducir la presencia de los AGT de la cadena de suministro, la normativa deja entrever que, actualmente, existe una desactualización respecto a los límites que proponen los organismos internacionales expertos en la materia. La OMS, con posterioridad al lanzamiento del paquete de medidas REPLACE (2018) dirigido a eliminar los AGT del suministro de alimentos, en el año 2020 emitió el denominado Plan de acción para eliminar los ácidos grasos trans de producción industrial 2020-2025, a fin de facilitar la implementación de las políticas y medidas a nivel nacional.  

En ambos documentos, se resalta como primera acción estratégica, la adopción de marcos regulatorios para eliminar o reducir el contenido de AGT a un máximo del 2% del contenido total de grasas en todos los productos alimenticios. En este sentido, se llama a los Estados a que pongan sus esfuerzos para que estas políticas puedan ser aprobadas y entrar en vigor a más tardar para fines del 2023. Considerando a este paso como el fundamental y el piso mínimo que todos los Estados Miembros deben asegurar, independientemente de su capacidad de recursos. 

La experiencia comparada demuestra que varios países de ingresos altos, han logrado prácticamente eliminar las grasas trans de producción industrial, ya sea mediante la imposición de límites legales a la cantidad de estas grasas presentes en alimentos, a través de la prohibición de los aceites parcialmente hidrogenados (principal fuente de AGT de producción industrial) o por medio de una combinación de estas dos estrategias Las investigaciones son concluyentes al revelar que reducir o eliminar los AGT del suministro de alimentos, es tanto política como técnicamente viable y que es una medida relativamente sencilla de bajo costo, que se realiza una única vez y que conlleva importantes beneficios a largo plazo para la salud, en especial en lo que respecta al abordaje y prevención de las Enfermedades Crónicas No Transmisibles. 

En esta línea, si bien la eliminación de los AGT es una estrategia que permitiría reducir el riesgo de estas enfermedades para todas las personas, -independientemente de su nivel de educación o riqueza-, las investigaciones demuestran que dichas medidas tienen mayor repercusión en las personas que habitualmente consumen productos procesados de bajo costo y en aquellas que enfrentan mayores obstáculos para acceder a medicamentos y a una atención de calidad en salud. Por esto, la OMS ha declarado expresamente que, con el fin de que los beneficios se distribuyan equitativamente en todo el mundo, es necesario que se implementen medidas en los países de ingresos bajos y medianos, donde los controles de uso de grasas trans de origen industrial a menudo son menos rigurosos. 

Instamos a que el Estado argentino mejore sus políticas actuales en torno a la concentración máxima de AGT permitida en productos alimenticios. Los beneficios en el empleo de este tipo de grasas, son sólo para la industria de los alimentos que les permite crear comestibles altamente adictivos y a un muy bajo costo. Las investigaciones son categóricas al afirmar que las grasas trans son sumamente nocivas para la salud humana y que son responsables de medio millón de muertes al año en el mundo. Sin embargo, también se ha demostrado que el establecimiento de límites nacionales a través de regulaciones, es una medida factible y eficaz, que permite contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas. 

El derecho a la salud, a la alimentación adecuada, así como el derecho a la información en el marco de las relaciones de consumo, son derechos fundamentales que gozan de jerarquía y protección constitucional. Garantizar que los sistemas alimentarios sean seguros, saludables y transparentes para quienes consumen, es deber del Estado y constituye la base de las intervenciones eficaces en materia de política alimentarias y de salud pública.  

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Maga Merlo Vijarra, magamerlov@fundeps.org