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Junto con las organizaciones Andhes, Nuestra Mendoza y Salta Transparente elaboramos un informe que da cuenta de cómo se crean los presupuestos públicos en las provincias de Córdoba, Tucumán, Mendoza y Salta,  así como de la disponibilidad de información alrededor de los mismos y de la existencia o no de mecanismos de participación.

Dispuestas a fortalecer los mecanismos de publicidad, rendición de cuentas y participación ciudadana, las organizaciones Fundeps, Andhes, Nuestra Mendoza y Salta Transparente elaboramos un informe que explica el ciclo de formación del presupuesto público en las 4 provincias, así como su ejecución y control por parte de las autoridades públicas. 

El presupuesto es un elemento clave de la gestión pública, en él se definen las políticas públicas que llevará a cabo un gobierno, se determina cuánto se va a recaudar e invertir en políticas públicas a lo largo de un período determinado, que suele ser de un año. 

El informe ABC del Presupuesto Público busca dar respuesta a los siguientes interrogantes ¿cómo es el ciclo del presupuesto público en cada una de las provincias bajo análisis? ¿Cuáles son sus tiempos y qué actores claves intervienen? ¿Está disponible esta información? ¿Cuenta la ciudadanía con espacios de participación ciudadana?

A tales fines se analizaron los marcos legales de cada provincia, las etapas de los procesos presupuestarios provinciales – de elaboración, el debate y aprobación, ejecución y control –  identificando en cada una de ellas los actores claves que intervienen, los tiempos del proceso y cuáles son los documentos más relevantes que resultan en cada instancia. Finalmente por cada provincia se analizó el nivel de publicidad y divulgación de la información presupuestaria, así como las oportunidades de participación ciudadana, dando recomendaciones adaptadas a cada situación. 

En un instrumento tan relevante como es el presupuesto público que repercute de forma directa en el ejercicio de los derechos humanos de las personas, es necesario que se garanticen por una lado los mayores niveles de difusión, publicidad de modo que sea accesible para toda la ciudadanía, así como instancias y mecanismo de participación ciudadana que abonen a la construcción de una sociedad más justa e inclusiva.

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

 

El presente informe da cuenta de cómo se crean, ejecutan y controlan los presupuestos públicos en las provincias de Córdoba, Tucumán, Mendoza y Salta, así como de la disponibilidad de información alrededor de los mismos y de la existencia o no de mecanismos de participación. Fue realizado en conjunto con las organizaciones Andhes, Nuestra Mendoza y Salta Transparente.

Organizaciones de la sociedad civil le solicitaron al Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, una reunión para discutir la necesidad de iniciar cuanto antes un nuevo proceso de selección de la máxima autoridad de la Agencia de Acceso a la Información Pública del Poder Ejecutivo de la Nación, cargo vacante desde el 1 de enero de 2021.

Un grupo de organizaciones conformado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), la Alianza Regional por la Libre Expresión y la Información, Democracia en Red, Directorio Legislativo, la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables, Poder Ciudadano y la Fundación Vía Libre, le enviaron este 18 de junio un pedido de reunión al Jefe de Gabinete para expresar la necesidad de que la Agencia de Acceso a la Información Pública vuelva a contar con un Director o Directora formalmente designado/a para tal rol.

Luego del proceso de selección iniciado en el mes de febrero y cuya audiencia pública tuvo lugar el pasado 23 de marzo, el Poder Ejecutivo no avanzó con la primera candidatura propuesta. Ante esta situación, la Ley 27.275 establece que el plazo para volver a comenzar el procedimiento de selección es de 30 días, período que ya se encuentra superado.

La Agencia de Acceso a la Información Pública es una institución fundamental para el sistema democrático, razón por la cual la ausencia de su máxima autoridad amenaza su adecuado funcionamiento y, consecuentemente, el ejercicio de sus funciones. Entre estas se destaca el rol de asegurar la plena transparencia de la totalidad de las instituciones y entidades bajo la órbita del Poder Ejecutivo (lo que alcanza organismos de la administración pública centralizada y descentralizada, empresas públicas y con participación estatal, concesionarias de servicio públicos, contratistas del Estado, entre otras). A su vez, debe asegurar la protección del derecho a la privacidad y la plena aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales

En su carta, las organizaciones destacan la importancia de que se generen instancias abiertas para discutir en torno al perfil que se requiere para la persona que resulte propuesta, y que ello derive en la pronta designación de una nueva autoridad y la consecuente normalización del funcionamiento de la Agencia de Acceso a la Información Pública. 

Accedé a la carta acá.

Comunicado conjunto de ACIJ, Democracia en Red, Directorio Legislativo, Fundeps, Poder Ciudadano, Vía Libre y la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, en ocasión de la culminación de la audiencia en la que se debía discutir el conjunto de observaciones presentadas en torno al candidato propuesto por el Poder Ejecutivo, Gustavo Fuertes.

Celebramos que, luego de la audiencia pública en la que la ciudadanía pudo expresarse respecto de la candidatura de Gustavo Fuertes para liderar la AAIP, el Poder Ejecutivo no haya avanzado en su designación. Vencido el plazo con el que contaba para confirmar dicha propuesta, es necesario ahora que se generen en forma urgente espacios de discusión abiertos respecto del nuevo perfil que debe impulsar la Jefatura de Gabinete, para cubrir mediante un proceso participativo la vacancia en la Agencia.

El pasado 23 de marzo se llevó a cabo la audiencia pública en la que se discutió la candidatura del abogado Gustavo Fuertes para ocupar el cargo de Director de la Agencia de Acceso a la Información Pública, que se encuentra vacante desde el 1° de enero de 2021. La audiencia representó una oportunidad para que distintas personas y organizaciones de la sociedad civil detallaran las numerosas observaciones a la candidatura propuesta por el Poder Ejecutivo, las cuales coincidieron en la falta de idoneidad y garantías de autonomía del candidato.

Luego de esta instancia participativa, el Poder Ejecutivo decidió no confirmar finalmente la postulación de Fuertes al cargo. Tal como indica la Ley 27.275 en su artículo 21 inciso f, la Jefatura de Gabinete contaba con un plazo de siete días desde la celebración de la audiencia para aprobar la designación. Superado este plazo, entonces, el Poder Ejecutivo debe volver a iniciar el proceso de selección a partir de la propuesta de una nueva persona para ocupar el cargo.

La decisión de escuchar los argumentos brindados por distintas organizaciones de la sociedad civil y personas en una instancia ideada para que la ciudadanía pueda participar en decisiones públicas relevantes, y con ello revisar una propuesta oficial, resulta un paso muy valioso en la construcción de una democracia deliberativa en la que las razones importen. Por ello, que el Poder Ejecutivo haya desistido de avanzar en una decisión que fue cuestionada con argumentos de suma relevancia producto de los impactos que podría tener para la vigencia del derecho humano de acceder a información pública, debe ser destacado.

Este cargo, que ya lleva vacante más de cuatro meses, es fundamental para el  sistema democrático. En primer lugar, porque tiene el rol de asegurar la plena transparencia de la totalidad de instituciones e identidades bajo la órbita del Poder Ejecutivo (lo que alcanza organismos de la administración pública centralizada y descentralizada, empresas públicas y con participación estatal, concesionarias de servicio públicos, contratistas del Estado, entre otras). A su vez, tiene entre sus funciones asegurar la protección del derecho a la privacidad y la plena aplicación de la Ley de Protección de Datos Personales. Ambas funciones, por sus implicancias en el ejercicio de otros derechos, no pueden verse postergadas por ninguna razón, menos aún en un contexto de emergencia como el actual.

Por todas estas razones, es urgente que el Poder Ejecutivo envíe una nueva candidatura al cargo acorde a los estándares de idoneidad y autonomía recogidos en la  normativa argentina y en el derecho internacional. Esto implica, entre otros antecedentes, que la persona cuente con una amplia trayectoria en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales, de forma tal que pueda corroborarse su compromiso con la efectividad de estos derechos humanos. Para ello, resulta deseable que se generen instancias abiertas para discutir en torno al perfil que se requiere para la persona que resulte propuesta, y que ello derive en la pronta designación de una nueva autoridad y la consecuente normalización del funcionamiento de la Agencia de Acceso a la Información Pública.

Luego de la audiencia pública realizada el pasado martes 23 de marzo para discutir la candidatura de Gustavo Fuertes al frente de la Agencia de Acceso a la Información, organizaciones de la sociedad civil le solicitamos una reunión al Presidente de la Nación para pedirle que proponga a un candidato idóneo al frente de este organismo clave para garantizar la transparencia en el Estado.

Junto a ACIJ,  Poder Ciudadano, Directorio Legislativo, Democracia en Red, Fundación Vía Libre y la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información le solicitamos una entrevista a Alberto Fernández con el propósito de manifestarle una serie de observaciones sobre la candidatura -propuesta por el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero- para el cargo de Director de la Agencia de Acceso a la Información Pública (AAIP).

La audiencia pública que se realizó el pasado 23 de marzo para discutir la candidatura del abogado Gustavo Fuertes al frente de la AAIP dejó en evidencia la necesidad de que sea propuesto otro perfil para el cargo. Luego de una serie de exposiciones impugnatorias de numerosas personas y organizaciones de la sociedad civil y las respuestas del candidato a las observaciones y preguntas realizadas, resultó con claridad que el candidato carece de los conocimientos y la trayectoria que demuestren su idoneidad y el compromiso que un cargo de esta relevancia requiere.

Frente a esta preocupante situación es que las organizaciones solicitamos reunirnos en forma urgente con el Presidente de la Nación, confiando en que podremos manifestarle las razones por las que debe enviarse una nueva candidatura que cumpla con los requisitos de idoneidad y autonomía para el cargo.

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

 

Comunicado conjunto de ACIJ, Democracia en Red, Directorio Legislativo, Fundeps, Poder Ciudadano, Vía Libre y la Alianza Regional por la Libre Expresión e Información, en ocasión de la culminación de la audiencia en la que se debía discutir el conjunto de observaciones presentadas en torno al candidato propuesto por el Poder Ejecutivo, Gustavo Fuertes.

El pasado 23 de marzo se llevó a cabo la audiencia pública para la evaluación de la candidatura propuesta por el Poder Ejecutivo para la Agencia de Acceso a la Información Pública, que promueve para el puesto al Abogado Gustavo Fuertes. A contrario de lo que establece la normativa vigente, y lo que incluso debería haber ocurrido por la naturaleza del cargo en discusión, la audiencia no fue transmitida en vivo para el conjunto de la ciudadanía, lo que restringió la cantidad de oyentes y el acceso por parte de periodistas.

El candidato presentó algunas propuestas de trabajo, pero sus respuestas a las preguntas realizadas -generalmente incompletas y acotadas- demostraron la falta de saberes concretos en materia de acceso a la información y protección de datos personales, lo que corrobora que su trayectoria profesional en otras áreas del sector público no lo convierten en una persona capacitada para la tarea que se le pretende encomendar. Lejos de reafirmar que sea la persona más idónea para el cargo, el candidato reconoció en varias ocasiones la necesidad de estudiar los temas sobre los que se le preguntó y la existencia de personas con mayores antecedentes en la materia.

La audiencia dejó en evidencia lo que numerosas organizaciones de la sociedad civil plantearon en sus impugnaciones: el candidato carece de los conocimientos y la trayectoria que permitan mostrar su idoneidad y compromiso para el cargo. Decenas de oradores y oradoras expusieron a lo largo de casi 5 horas sus impugnaciones. Todas las personas que hicieron uso de la palabra coincidieron en la necesidad de que sea enviada otra candidatura que asegure el adecuado funcionamiento y la autonomía de este órgano fundamental, en tanto que no se presentó ninguna persona a argumentar en favor de la candidatura.

Las audiencias públicas deben ser una instancia de participación sustantiva de la ciudadanía que redunden en una mejor toma de decisiones del Estado. Caso contrario, se convierten en una mera formalidad. De los resultados de esta audiencia surge con claridad que la candidatura del Poder Ejecutivo para el cargo no cumple con los requisitos de la ley.

Le solicitamos al Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero, que retire esta candidatura y envíe la de una persona que demuestre su idoneidad y compromiso con el cargo, en cumplimiento de los artículos 20 y 21 de la Ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública.

Organizaciones de todo el país solicitaron una reunión urgente con el Jefe de Gabinete de la Nación, Santiago Cafiero, para conversar sobre el proceso de selección de la máxima autoridad de la AAIP -órgano de control al Poder Ejecutivo en materia de acceso a la información pública- dado que el candidato propuesto no cumple con los requisitos de idoneidad para el cargo, producto de la falta de antecedentes relevantes que demuestren su conocimiento y compromiso con este derecho humano.

El pasado 17 de febrero, el Jefe de Gabinete de la Nación propuso como Director de  la Agencia de Acceso a la información Pública (AAIP) del Poder Ejecutivo al abogado Gustavo Juan Fuertes, quien no cuenta con una trayectoria vinculada temas de transparencia, acceso a la información pública o protección de datos personales –ver cv publicado-.

La Agencia de Acceso a la Información tiene una tarea que resulta insustituible en la protección de este derecho humano, que es a su vez fundamental para una democracia de calidad en la que la ciudadanía pueda saber y participar activamente de los asuntos públicos. 

Entre sus roles se destacan no sólo el de resolver los reclamos de las y los peticionarios y monitorear la publicación proactiva de información, sino también el de garantizar que se apliquen los mejores estándares en la materia y sea estimulada una práctica ciudadana y estatal que  permita contar con un Estado Abierto basado en los pilares de la transparencia, la participación ciudadana y la rendición de cuentas. A esto se suma que es el órgano encargado de proteger los datos personales y asegurar que en nuestro país se respete el derecho a la privacidad. 

El correcto funcionamiento de la AAIP requiere de funcionarias y funcionarios con un alto compromiso en la temática y probada idoneidad en la materia. De lo contrario, se corre el riesgo de que sean tolerados menores niveles de transparencia y apertura de la información en manos del conjunto de las instituciones bajo la órbita del Poder Ejecutivo (organismos de la administración pública centralizada, descentralizada, empresas del Estado, empresas concesionarias de servicios públicos, universidades, partidos políticos). 

Por ello, y en el marco del proceso de selección abierto a la ciudadanía, es importante que las autoridades sean receptivas a este tipo de objeciones provenientes de la sociedad civil y brinden respuestas respecto de las preocupaciones planteadas. El compromiso del Poder Ejecutivo con el derecho de acceso a la información pública debe reflejarse en el tipo de perfil propuesto para ocupar este cargo, de lo contrario está en juego el derecho a saber.

Las organizaciones firmantes de la petición son: Acción Colectiva – Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) – Datos Concepción – Democracia en Red – Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) – Fundación Conocimiento Abierto – Fundación Directorio Legislativo – Fundación Huésped – Fundación Mujeres en Igualdad – Fundación Nuestra Mendoza – Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM) – Fundamentos para la Educación (FundaEdu) – Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) – Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) – Laboratorio de Políticas Públicas – PARES – Poder Ciudadano – Red Ciudadana Nuestra Córdoba – Salta Transparente.

Está abierta hasta el 15 de marzo la recepción de observaciones sobre la candidatura propuesta, así como el período de inscripción a la audiencia pública virtual -que se realizará el 23 de marzo a las 9 hs- para la designación de la autoridad de la AAIP del Poder Ejecutivo. Es importante que la ciudadanía participe de estos procesos, que hacen al fortalecimiento de la democracia. Link de inscripción

Un grupo de 40 organizaciones de todo el país elaboramos una carta enviada a diferentes organismos y entidades del Gobierno Nacional expresando nuestra preocupación por la situación originada a partir de la existencia de un sistema oficioso de vacunación.

La misma estuvo dirigida al Subsecretario de Gobierno Abierto y País Digital y Presidente de la Mesa Nacional de Gobierno Abierto, César Gazzo Huck; la Ministra de Salud, Carla Vizzotti y el Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero frente a la conmoción política y social originada por el sistema oficioso de vacunación en el Hospital Posadas.

Hacemos propuestas concretas de trabajo conjunto, en el marco de los principios de Gobierno Abierto, por la transparencia y la participación. Además, reafirmamos nuestra disposición para colaborar en todo lo necesario para traer tranquilidad a la población y garantizar que el respaldo a la campaña de vacunación más ambiciosa de nuestra historia permanezca inalterable.

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org 

El banco de desarrollo holandés FMO no es lo suficientemente transparente sobre los proyectos que financia y, de esta forma, actúa en contra de su mandato. Esto se hace evidente en un nuevo informe publicado por International Accountability Project (IAP)  y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sostenibles (Fundeps), respaldado por 28 organizaciones, incluidas Both ENDS, SOMO y Oxfam Novib. La investigación evalúa las prácticas de divulgación y acceso a la información del FMO para las inversiones propuestas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de mayo de 2020. Solo en el 25% de los casos se divulgaron las posibles consecuencias negativas que tendría una inversión del FMO para las personas y el medio ambiente.

 “Si se tala el bosque cercano a tu aldea para construir una plantación de palma aceitera, o si hay una gran presa en el río de la que dependes para obtener agua y peces, necesitas tener acceso a información para defender tus intereses y tener voz en la toma de decisiones ”, dice Anne de Jonghe de Both ENDS. “Tienes derecho a conocer los costos y beneficios para tu comunidad, antes de que puedas considerar qué es lo mejor para ustedes. Como inversionista, el FMO comparte la responsabilidad de esta provisión de información, pero desafortunadamente se queda muy corta en esto».

Operar con dinero público

La respuesta del FMO al informe muestra que el propio banco cree que la responsabilidad de hacer pública la información y los posibles efectos negativos de las inversiones en las personas y el medio ambiente recaen en los desarrolladores del proyecto y sus clientes. Sin embargo, como banco de desarrollo que se financia en gran medida con dinero público, el FMO tiene la misión y la responsabilidad de invertir en proyectos sostenibles y justos que mejoren la vida de las personas y respeten los derechos humanos. Una forma de garantizar esto es esforzarse por lograr la mayor transparencia posible sobre las inversiones previstas y permitir que las comunidades afectadas participen de manera significativa en la toma de decisiones en torno a un proyecto. Esta investigación muestra que el FMO todavía tiene mucho camino por recorrer para cumplir con el derecho a la información de las comunidades.

Sin informes sobre impactos sociales y ambientales

El análisis de 241 proyectos divulgados en el sitio web del FMO entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de mayo de 2020 revela que los posibles impactos negativos de estas inversiones se revelaron solo en 59 casos (25%). Para las 182 inversiones restantes (75%) no había información disponible en el sitio web.

Anexos con información técnica más detallada, como informes sobre impactos sociales y ambientales, no estaban disponibles bajo ninguna circunstancia en el sitio web. “Es más, la poca información que se divulga solo está disponible en inglés, mientras que el FMO tiene inversiones en todo el mundo, a menudo en países donde el inglés no es el primer idioma o ni siquiera el segundo”, dijo Ishita Petkar del International Accountability Project (IAP). «Como banco de desarrollo, es responsabilidad del FMO asegurarse de que están cumpliendo el derecho a la información para las comunidades que impactan. El verdadero desarrollo requiere respetar los derechos humanos – el FMO debe garantizar que la información vital, incluidos los documentos técnicos, se divulgue y sea accesible en los idiomas nacionales y locales».

FMO debe mejorar la política y la práctica

Las 28 organizaciones han escrito una carta al FMO pidiendo al banco que revise a fondo y fortalezca su política y práctica de acceso a la información. Esto incluye mejorar la información divulgada en el sitio web del FMO, adoptar principios respaldados internacionalmente sobre el acceso a la información y obligar a los clientes a divulgar completamente la documentación del proyecto. El FMO también debe garantizar que la información se divulgue en formatos comprensibles y llegue a las comunidades interesadas, de modo que puedan participar de manera significativa en los procesos de toma de decisiones del proyecto como beneficiarios previstos del desarrollo.

Más información
Contactos de prensa

El 1 de diciembre, presentamos un acción de amparo por mora de la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba en brindar en información pública ambiental. A través de esta acción solicitamos a los tribunales que exija a la Provincia cumplir con su deber de brindar la información solicitada.

Durante los meses de octubre y noviembre solicitamos a la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la Provincia, información pública vinculada a las políticas y acciones puestas en marchas por el Estado Provincial en torno a medidas de prevención, mitigación y adaptación al fenómeno. Ante la falta de respuesta dentro del plazo previsto por la normativa provincial vigente, solicitamos nuevamente el pronto despacho de la administración.

A falta de una respuesta concreta, y encontrándose los plazos vencidos, presentamos una acción de amparo por mora. Esta consiste en poner en conocimiento de los Tribunales Provinciales la demora en el cumplimiento de los plazos ordenados por la ley para contestar el requerimiento, para que luego el órgano judicial exija a la autoridad en cuestión el cumplimiento de su deber.

Cabe recordar que el derecho de acceso a la información se encuentra garantizado en el sistema normativo argentino y es reconocido en el Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro de 1994, el Acuerdo de Escazú ratificado por Ley Nacional N° 27.566, en el art. 41 de la Constitución Nacional, como así también en las Leyes 25.831 de Acceso a la Información Pública Ambiental y 25.675 General del Ambiente. Este derecho resulta un presupuesto fundamental propio de la convivencia democrática y necesario para una adecuada gestión ambiental.

En el cumplimiento de sus obligaciones, las autoridades deben de brindar dicha información, sin que sea necesario acreditar interés o razón alguno, de modo gratuito y en los plazos ordenados. En caso de incumplimiento, la acción de amparo por mora se perfila como el modo de garantizar el goce de tan fundamental derecho.

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

Cada 28 de septiembre celebramos el Día Internacional de Acceso a la Información Pública con el fin de promover la transparencia de los gobiernos y concientizar a la ciudadanía en el ejercicio de este derecho humano. Esta jornada se celebra desde el año 2002, a raíz de una conferencia realizada en Bulgaria, organizada por defensores de la libertad de información de 15 países. Años más tarde, en el 2015, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) proclamó la celebración de esta fecha a fin de consolidar la sensibilización pública sobre la importancia del acceso a la información.

El Derecho de Acceso a la Información Pública (DAIP) es un derecho fundamental que posee toda persona de solicitar y recibir información que se encuentre en poder del Estado. Como contrapartida, constituye un deber ineludible de los poderes públicos instrumentar y garantizar su cumplimiento con el objetivo de transparentar la gestión pública. En su dimensión colectiva, el DAIP adquiere relevancia para el fortalecimiento democrático ya que funciona como un mecanismo para garantizar la rendición de cuentas y el control ciudadano. A su vez, es un derecho clave que posibilita y potencia el goce de otros derechos humanos, tales como la salud, el ambiente sano, la educación, entre otros.

El acceso a la información que se encuentra en poder de entes públicos puede garantizarse de dos maneras. A través de la transparencia activa, es decir cuando el Estado publica proactivamente información o a través de una solicitud de información pública ante un organismo determinado, lo que se conoce como transparencia pasiva.

El acceso a la información en la provincia de Córdoba

En noviembre de 2019, y con el apoyo de 14 organizaciones de todo el país, lanzamos el informe “Córdoba: una propuesta de actualización de la ley de acceso a la información pública donde a la vez de destacar los principales estándares internacionales en la materia, efectuamos recomendaciones puntuales para que Córdoba actualice su ley N° 8803 de Acceso al Conocimiento de los Actos del Estado que data de 1999. De ese momento a la fecha, nada ha cambiado, por eso el reclamo de actualización sigue vigente, veamos cuáles son las principales falencias de la ley:

  • Es una ley de 10 artículos que en su mayor medida se limita a establecer el procedimiento para acceder a la información pública y omite regular el derecho de acceso a información de forma integral, de modo que se asegure su efectivo cumplimiento.
  • No enuncia, más allá del principio de “publicidad de los actos de gobierno”, otros principios claves a los fines de garantizar el derecho de acceso a la información pública a cualquier persona.
  • Define de forma muy limitada “información pública” como “cualquier tipo de documentación que sirva de base a un acto administrativo o a las actas de reuniones oficiales”. En general por “documento” se hace referencia a un soporte escrito. Por eso es que esta definición es sumamente restrictiva y delimita, en definitiva, a lo que la ciudadanía va a tener acceso o no. Lo aconsejable es que se siga una definición más amplia de información pública tal como hace la ley nacional.
  • Contiene un número limitado de sujetos obligados a brindar información: no contiene entes que reciban fondos públicos (como partidos políticos o sindicatos) o sean contratistas del Estado para brindar un servicio público; y en cuanto al Poder Judicial, lo restringe a su actividad administrativa.
  • No prevé la transparencia activa, entonces queda a discreción del gobierno provincial el tipo de información que publica sin estar sujeto a ningún tipo de contralor o piso mínimo de información a publicar.
  • No prevé medidas de promoción, implementación y aseguramiento del derecho, como es el caso de la existencia de una Agencia de Acceso a la Información Pública.

El acceso a la información pública es fundamental para el ejercicio de su función y el alcance de sus objetivos, toda vez que constituye un primer elemento de análisis para poder monitorear las políticas públicas y colaborar en consecuencia.

En 2019, de más de 100 solicitudes de AIP efectuadas entre el municipio y la provincia de Córdoba, sólo 10 fueron respondidas. Existe, además, una práctica que atenta contra el principio de publicidad y el fortalecimiento de las instituciones de la democracia; esta es la de responder las solicitudes de información, una vez que se judicializan las mismas.

A modo de ejemplo podemos citar el caso “Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables c/ Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Finanzas del Gobierno de la Pcia. de Cba. – Amparo Por Mora (Ley 8.803) – Recurso de Casación”, en el cual, luego de 10 años obtuvimos en 2019 una sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba sobre información presupuestaria requerida en el año 2010 a los gobiernos provincial y municipal relativa al registro de proveedores y a los fondos de ejecución directa en manos de Ministros. Asimismo, y sin contar aún con una sentencia definitiva, en agosto de 2019 interpusimos una acción de amparo en contra del Ministerio de Salud de provincia por no responder a una solicitud de información sobre los servicios de salud en materia de salud sexual y reproductiva en la provincia de Córdoba.

¿Qué sucedió este año de pandemia?

La irrupción de la pandemia puso en evidencia y agudizó las dificultades que ya existían y obstaculizaban el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

Como es sabido, al comienzo de la pandemia y junto con las medidas de aislamiento social obligatorio se dispuso en todos los niveles de gobierno, tanto nacional como provincial y municipal, la “suspensión de los plazos administrativos”, lo que implicó un “parate” en el normal funcionamiento de toda la administración pública. En este ámbito es dable destacar una buena práctica por parte de la Agencia Nacional de Acceso a la Información Pública, la cual el 14 de abril del corriente año dispuso a través de la resolución 70/2020 exceptuarse de la suspensión general de plazos administrativos de modo que todos los trámites derivados tanto de la ley nacional de acceso a la información pública como de la ley de protección de datos personales, se encontraran activos. Uno de los fundamentos que utilizó fue el siguiente “ante una situación de emergencia y crisis sanitaria producto de la pandemia generada por el COVID 19, acceder a la información pública se torna indispensable para conocer la actuación de la Administración y evitar la arbitrariedad en la toma de decisiones públicas”. Destacamos esa decisión, que posibilitó que Fundeps efectuara un total de 24 solicitudes de información pública a nivel nacional, habiendo obtenido ya 17 respuestas, lo cual nos permite continuar con el monitoreo de algunas políticas públicas claves en materia de derechos humanos.

Si bien a nivel provincial y municipal, y en parte por no contar con Agencias de AIP activas e interactivas con las sociedad y/o publicidad de información relativa a los pedidos de AIP desde el comienzo de la pandemia, no fue posible establecer con exactitud cuándo es que se reanudaron los plazos y mecanismo de AIP.

A nivel municipal, y dada la nueva gestión gubernamental, se ha actualizado la web de solicitudes de información, disponible aquí. Por su parte,  la provincia forjada por la situación de emergencia y distanciamiento social que imposibilitó la gestión de los pedidos de AIP de única forma que estaban previstos es decir de forma presencial, ha saldado una deuda histórica cuál ha sido la creación de un sitio de consultas on.line para efectuar los pedidos de información pública. Si bien celebramos este avance, clave en este período y que facilitará la gestión de las solicitudes una vez finalizado el mismo, consideramos que es excesivo en términos de derechos humanos el requisito de contar con Ciudadano Digital para poder efectuar un pedido de información pública. Si bien puede ser deseable para la provincia que toda la población gestione su Ciudadano Digital, el derecho de acceso a la información pública no puede estar supeditado a un requisito formal y tecnológico como éste. Esto es absolutamente contrario tanto a los  estándares que guían este derecho como a la legislación vigente.

La ley modelo interamericana de acceso a la información pública establece que cualquier persona debe acceder a la información pública aún de forma anónima, debiendo sólo aportar un dato de contacto a los fines de obtener la información requerida. Argentina, al momento de sancionar la ley 22.175 de acceso a la información pública en el año 2016 señaló que la persona solicitante debe indicar su identidad, la información que se solicita y un dato de contacto. De forma similar está previsto en Córdoba, en el artículo 6 de la ley N° 8.803 donde se establece que “la solicitud de información debe ser realizada (…) con la identificación del requirente, sin estar sujeta a ninguna otra formalidad”.  Por lo que el requisito de contar con Ciudadano Digital es a la claras un obstáculo en el ejercicio de este derecho humano.

En este contexto, siguen vigentes y se profundizan algunos reclamos en aras a un efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, como es la actualización de la ley N° 8.803 de “acceso de conocimiento de los actos del Estado” de Córdoba que data del año 1999, que se haga especial hincapié en la obligación de transparencia activa por parte de los Estados, debiendo publicar información completa, actual y en formatos abiertos, así como en la creación de una Agencia de Acceso a la Información Pública a nivel provincial que garantice la plena vigencia de este derecho.

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org 

Mientras que la cooperación como vínculo interestatal se ha visto resentida entre la mayoría de los países, en el marco de la pandemia de Covid-19 China y Argentina han optado por cooperar en materia sanitaria.  

Durante la pandemia Covid-19 y la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), se llevaron a cabo diversas acciones de cooperación en materia sanitaria entre la República Popular de China y la República Argentina. Con el propósito de mitigar los efectos adversos causados por la pandemia, China ha cooperado con la Argentina tanto en el ámbito público como en el privado para fortalecer el sistema sanitario nacional. 

En lo que respecta al ámbito público, la cooperación hizo hincapié en donaciones y compras de elementos sanitarios, a nivel nacional  y subnacional. En este sentido, la provincia de Buenos Aires importó desde China, por un valor de 54 millones de dólares, 5,5 millones de barbijos descartables, 300 mil barbijos N90, 83 mil antiparras, 700 mil máscaras faciales y 12 millones de pares de guantes descartables. Para ello, Aerolíneas Argentinas llevó a cabo 32 vuelos a la ciudad de Shangai con un costo de 500 mil dólares cada uno. En el acto en el cual se anunció el endurecimiento de la cuarentena en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), el 26 de junio último, el gobernador Axel Kicillof afirmó que “28 aviones con insumos sanitarios para su provincia habían arribado al país provenientes desde China”. 

A nivel subnacional, la provincia china de Guizhou donó insumos médicos a la provincia de Jujuy, entre ellos un total de 9 mil mascarillas médicas donadas por el Hospital popular de dicha provincia de China. Desde 2017 ambas provincias mantienen una relación fraternal en el marco del acuerdo de intención de hermanamiento para mejorar la comprensión, fomentar la amistad, consolidar y desarrollar la cooperación amistosa. 

Asimismo, la Asociación Nacional de Periodistas de Toda China donó a la Unión de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires 200 mil barbijos tapa-boca para ser entregados a los afiliados y afiliadas del sindicato. En este sentido, la Secretaria General Lidia Fagale expresó que una de las premisas centrales en el ámbito internacional de la entidad de prensa china es el “profundo sentido de la cooperación”. Además agradeció “la actitud solidaria de las y los colegas y sus reiteradas muestras de compromiso en el fortalecimiento del vínculo bilateral”. 

Por otro lado, el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto informó a Fundeps, en respuesta a una solicitud de información realizada el pasado 30 de junio, que la República Argentina y la República Popular de China han mantenido contacto fluido en el marco de la lucha contra la pandemia de Covid-19 a través de videoconferencias; y que el presidente chino Xi Jinping expresó su firme apoyo a las medidas tomadas por la Argentina en relación a la pandemia.

La Cancillería detalló que se llevaron a cabo las siguientes medidas: en primer lugar, se realizaron gestiones a través de la Embajada de Argentina en China y el Consulado General y Centro de Promoción en Shanghai de los permisos pertinentes para el sobrevuelo y aterrizaje de aviones de Aerolíneas Argentinas a Shangai en la búsqueda de insumos médicos, como también el desplazamiento de personas. En segundo lugar, la Comisión Cascos Blancos asesoró en los trámites documentales referentes a la donación de bienes desde el exterior para que se ajusten a las normativas aduaneras vigentes en nuestro país. 

Por otro lado, la Cancillería hizo saber que la cooperación entre ambos países es multinivel ya que se incluyen entidades subnacionales, empresas, instituciones y otras entidades, las cuales han realizado donaciones y envío de insumos a diversos actores de nuestro país. Dentro de las donaciones y envío de insumos se detallan: barbijos, trajes de protección, gafas de protección, tests de detección, guantes, protección para el calzado, entre otros. Éstos fueron destinados al Ministerio de Salud, de Defensa, de Seguridad, ministerios provinciales y municipios.

De esta forma, la cooperación bilateral en materia sanitaria entre Argentina y China refleja la creciente interacción y vinculación entre ambos países, en áreas que no solo se limitan al comercio y las inversiones sino que incluyen una amplia gama de ámbitos, como el académico, cultural, tecnológico, sanitario o científico, entre otros. 

La mencionada solicitud realizada a la Cancillería argentina forma parte de un conjunto de solicitudes enviadas recientemente por Fundeps a diferentes dependencias del gobierno nacional requiriendo información respecto a diversos aspectos de las relaciones sino-argentinas y a proyectos de infraestructura y energía que cuentan con financiamiento chino. Cabe destacar en este sentido que el efectivo y oportuno acceso a información de carácter público resulta fundamental incluso en un contexto como el actual, signado por la pandemia.

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Autores 

Florencia Harmitton

Mariano Camoletto

Contacto 

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org