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Este resumen plasma los principales datos relevados y sistematizados a partir de la realización de un diagnóstico de fenómenos climáticos en la Provincia de Córdoba entre los años 2000 a 2020.

El presente trabajo pretende relevar los fenómenos climáticos ocurridos a lo largo de los años 2000 a 2020 en la provincia de Córdoba y con base en ello, visibilizar la realidad local y los graves impactos del cambio climático año tras año, como así también las políticas públicas existentes a la fecha.

El pasado jueves 17 de noviembre realizamos  un encuentro sobre la actual gestión de los programas alimentarios para comedores escolares en las provincias de Mendoza, Córdoba, Salta, Tucumán y Buenos Aires. Se hizo especial énfasis en los sistemas de compras de alimentos y en la necesidad de garantizar la efectiva aplicación de  la ley N 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS) en el marco de los programas de asistencia escolar de cada una de esas provincias. El evento fue organizado desde Fundeps, Nuestra Mendoza, Andhes, Salta Transparente, el Centro de Implementación de Derechos Constitucionales (CIDC) y contó, además, con el apoyo de SANAR.

Del encuentro participaron, además de referentes de las organizaciones de la sociedad civil anteriormente mencionadas: Claudia Oliva y Victoria Lo Valvo, Directora General del Programa de Asistencia Integral de Córdoba (P.A.I.Cor) y Directora de Asuntos Legales de la Dirección General de Compras de Córdoba; Franco Pullido y Gabriel Sciola, Director de Alimentación Escolar de Mendoza y Subsecretario de Administración de la Dirección General de Escuelas de Mendoza y Matías Molina, Director General de Seguimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios de la provincia de Salta. 

En un primer momento se abordaron, a través de una dinámica participativa, las diferentes representaciones e imágenes sociales vinculadas a las enfermedades crónicas no transmisibles y, específicamente, a la malnutrición por exceso y la comúnmente conocida “ley de etiquetado”. Luego se describieron los diferentes componentes de dicha ley  y, finalmente, se profundizó en las disposiciones vinculadas a las compras públicas para comedores escolares. 

Se destacó que, al tratarse de compras destinadas a los establecimientos educativos, éstas debían garantizar que no ingresaran productos con sellos negro a las escuelas, ya sea que se tratara de productos ya envasados o de los ingredientes empleados para la elaboración de las viandas. Ello, dado que los productos con al menos un sello o leyenda precautoria no se pueden ofrecer, comercializar, promocionar, publicitar ni patrocinar dentro de las escuelas, en virtud del art 12 de la ley PAS.

En un segundo momento, se le dio la palabra a cada una de las personas referentes de las provincias, autoridades en el caso de que estuvieran o de ONG, para que comentaran cómo era la gestión de los programas alimentarios en cada una de ellas, cómo se decidían las compras de alimentos, con qué criterio nutricional, si esta información era accesible a la ciudadanía, todo ello con el objetivo de ir identificando algunos puntos en común y ventanas de oportunidades para la efectiva aplicación de la ley PAS. 

A modo de conclusión, cada asistente identificó oportunidades, desafíos y posibilidades de articulación entre la sociedad civil y los organismos del Estado involucrados. 

 

Autoras

Maria Victoria Sibilla

Maga Merlo

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Maria Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

 

El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) anunció en agosto la apertura del proceso de consulta pública para recibir insumos sobre la propuesta de la nueva Política de Acceso a la Información (PAI). Dicho proceso tendrá una duración de 150 días y contemplará consultas asincrónicas e intercambios directos.

El Banco Interamericano de Desarrollo es una de las principales instituciones multilaterales que financia proyectos en gran parte de los países latinoamericanos. En el ámbito de trabajo del BID, la transparencia y la integridad resultan fundamentales. Es en esta esfera donde se promueven reformas que buscan mejorar la calidad de la normativa y de las instituciones, como también, ampliar el acceso a la información.

En este sentido, el BID anunció una nueva Propuesta de Política de Acceso a Información, que reemplazará la actual Política de Acceso a la Información del Banco, vigente desde el año 2011. Es en torno a este nuevo borrador, que se realiza la consulta pública, la cuál fue lanzada el 29 de agosto del corriente año y tendrá una duración de 150 días. 

El objetivo de la consulta pública radica en la posibilidad de recibir, ya sea de forma escrita o verbal, opiniones e insumos de aquellas partes que quieran contribuir a enriquecer la calidad del documento y la comprensión de la organización sobre las perspectivas y percepciones de les diversos actores de la sociedad civil respecto al acceso a la  información en las actividades del Banco en la región.

El período de tiempo estipulado por el procedimiento está dividido en tres fases. En un primer momento, en el mes de septiembre, se establecieron tres diálogos sincrónicos virtuales (en inglés, español y portugues), lo que le permitirá al Banco recoger pareceres e identificar nuevos referentes que puedan enriquecer la nueva PAI. A partir de octubre, inició la segunda parte del procedimiento, hablamos de la fase de consulta asincrónica, que estará disponible por un período de 90 días, en donde se buscará fortalecer la versión final del documento de la nueva PAI. También se realizarán reuniones presenciales en Costa Rica (25 de octubre), Uruguay (15 de Noviembre) y en un país del Caribe aún no definido (3 de noviembre). En principio, para participar de las instancias de consulta virtual será necesario el registro previo en la Plataforma Virtual para Procesos de Consultas Públicas y solicitar acceso a la consulta. Por último, con respecto a la tercera fase, la misma tiene estipulada una duración de 30 días durante todo el mes de marzo y busca informar a las personas participantes sobre el cierre del proceso de consulta y de los insumos recibidos y considerados, tanto los que fueron incluidos como los que no fueron incluidos en la versión final de la política aprobada por el Directorio Ejecutivo.

Dado que uno de nuestros principales pilares de trabajo se basa en la transparencia, hemos enviado una carta, junto a otras  organizaciones de la sociedad civil regionales, detallando nuestras preocupaciones y recomendaciones para fortalecer y perfeccionar el proceso de consulta. Las mismas se encuentran estructuradas en siete grandes pilares, entre los cuales podemos mencionar: actualizar y organizar la información respecto del proceso de consulta en un solo lugar en la página web del BID para garantizar que todas las partes interesadas y comunidades afectadas se encuentren efectivamente informadas; incorporar un período público de 30 días para enviar comentarios y recomendaciones a un segundo borrador de la PAI; solicitar proactivamente la opinión de las partes interesadas para facilitar su participación en los procesos de consulta, de manera que la sociedad civil tenga la oportunidad de dar forma al debate; eliminar las barreras que existen en el plan de consulta para garantizar una participación efectiva, barreras que giran en torno, sobretodo, a la plataforma electrónica, la cual es condición para poder participar de ésta instancia; confirmar y difundir con anticipación el calendario con las fechas y lugares de las consultas presenciales planificadas para la segunda fase; abrir una instancia de comentarios públicos para las directrices de implementación de la futura PAI; y, por último, reunirse con sociedad civil en la Reunión Anual del Grupo BID en Panamá 2023.

De esta forma, esperamos poder colaborar con la administración del BID para asegurar que el proceso de consulta sea realmente provechoso y participativo y que permita fortalecer y perfeccionar la nueva Política de Acceso de Información del Banco.

Para acceder al borrador de la nueva política que está siendo sometido a consulta pública ingrese aquí. Los comentarios y sugerencias al borrador pueden ser enviados al siguiente correo electrónico: consultapai@iadb.org 

 

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Autora

Valentina Rasso

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Gonzalo Roza – gon.roza@fundeps.org

En el marco del actual proceso de revisión de la Política de Acceso a la Información del BID, Fundeps, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) y la Fundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista realizaron, el pasado 29 de septiembre, el webinar “Revisión de la Política de Acceso a la Información del BID. Una oportunidad para mejorar la transparencia del Banco”. En el evento se debatió sobre las falencias de la actual política en revisión, las dificultades en su implementación y las prioridades en torno al proceso de consulta pública en curso.

La Política de Acceso a la Información (PAI) del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha quedado desactualizada. Data de 2010 y su entrada en vigencia tiene como fecha 2011. Hasta el momento no ha sido modificada, pese a que el contexto actual dista mucho en cuanto a los derechos adquiridos por las personas a partir de los avances normativos en materia de  participación ciudadana y al acceso a la información y la Justicia. A fines de 2019, el BID inició un proceso de revisión de su Política de Acceso a la Información que fue suspendido meses después y, recientemente, se ha reactivado. 

En este contexto resulta preciso subrayar que el derecho a la información es un derecho humano fundamental, en tanto condición necesaria para que las personas, comunidades y organizaciones puedan informarse y participar activamente de los procesos de toma de decisiones, a la vez que es un pilar de la transparencia y rendición de cuentas. 

Partiendo de lo anterior, el webinar se estructuró en 3 momentos principales: para comenzar,  se presentó el informe Falencias en la Política de Acceso a la Información del Banco Interamericano de Desarrollo”, elaborado de forma conjunta por las 3 organizaciones arriba mencionadas, que tiene como objetivo analizar los aspectos normativos que contiene la PAI vigente y las dificultades en su implementación, el proceso de revisión iniciado y el perfil de política pretendido. Asimismo, se identificaron sus falencias y recomendaciones para el fortalecimiento de la PAI, con el objetivo último de que esta efectivamente garantice el derecho de acceso a la información. En segundo lugar, se enfatizó en el estado de situación actual del proceso de revisión de la PAI. Por último, desde la organización chilena Sustentarse comentaron experiencias y casos prácticos en Latinoamérica en los que es posible percibir las falencias que aún conserva el BID en materia de acceso a la información. El webinar finalizó con preguntas y reflexiones de las personas que expusieron y asistieron al evento.

Para ver el webinar grabado, accedé aquí

 

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Autora

Camila Victoria Bocco

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

El programa Integral de Infraestructura Gasífera – o el programa de Gasoductos Troncales – impulsado por el gobierno de la Provincia de Córdoba, llegó a su fin en el año 2019 con la culminación de las obras. Hacia 2022 las obras continúan a nivel municipal, y el programa ya ha comenzado su etapa de conexión a la red de gas natural. Sin embargo, aún quedan las dudas respecto a cómo podrá tener acceso al servicio la ciudadanía, en especial quienes se ubican en los sectores en situación de vulnerabilidad.

El acceso a la información pública y la transparencia se constituyen como un derecho humano fundamental. Las personas tienen derecho a conocer lo que será planeado para sus comunidades y con base en ello, tomar las decisiones informadas y pertinentes acerca de los procesos de desarrollo que afectarán sus vidas. 

En el campo de las políticas públicas, proveer y garantizar el acceso a la información pública es la piedra angular de la buena gobernanza. La transparencia es vital para permitir que las personas y las comunidades exijan rendición de cuentas a sus instituciones, y se fomente la confianza en los gobiernos y la reducción de la corrupción. Asegurar este derecho tiene como resultado la generación de oportunidades para que la ciudadanía aprenda, crezca y tome mejores decisiones para sí y quienes les rodean. 

La referencia a esto es relevante cuando se analizan políticas y programas públicos que tienen por objeto la contribución al desarrollo a gran escala. Tal es el caso del programa Integral de Infraestructura Gasífera impulsado por el Gobierno de la Provincia de Córdoba. Esta serie de obras de infraestructura comenzó a ejecutarse en el año 2015 y concluyó en 2019, con el propósito de “potenciar el abastecimiento con gas natural a viviendas, comercios e industrias”. De acuerdo con el Gobierno, se invirtieron 890 millones de dólares para desplegar 2.801 kilómetros de cañerías que darán la posibilidad de conectarse a la red de gas natural a 972.430 habitantes de la provincia sin servicio. Sin embargo, la planificación comenzó con mucha anterioridad al año de implementación y bajo un escepticismo sostenido en la falta de información y transparencia alrededor de su financiamiento, sus potenciales impactos ambientales y sociales, la cantidad de beneficiarios totales, entre otros. 

Posterior a la finalización del proyecto en 2019, aún existían dudas respecto a cómo sería el proceso de conexión para las localidades y de qué manera la ciudadanía tendría acceso efectivo al servicio. De igual manera, también quedaban obras de infraestructura por concluir a nivel municipal.  Hacia julio de 2021, el Gobierno declaró que 75 localidades ya contaban con acceso a gas natural luego del programa de gasoductos troncales. Se hizo mención a la cantidad de habitantes que se beneficiarán , sin reparar en información respecto de su ubicación y otros datos que demuestren si las brechas de desigualdad en el acceso se han comenzado a cerrar o podrán cerrarse como producto de esta obra. Esto es de vital importancia siendo que el gobierno también expuso acerca de la red de créditos Bancor para viviendas y negocios, que facilitarían la conexión y la obtención del servicio. Quedaba por saber de qué manera se apoyará a aquellos grupos marginalizados y en situación de vulnerabilidad a quienes se les dificultará acceder a este beneficio, y que por lo tanto no llegarán -o podrán hacerlo en un futuro lejano- a contar con gas natural. 

Hacia 2022 las dudas respecto del alcance de este proyecto para la población cordobesa aún no se disipan. De acuerdo con los portales de noticias cordobeses, la conexión de empresas y negocios a la red de gas natural avanza a un paso mucho más rápido que la conexión de viviendas. Esta discrepancia se suscita más que nada porque la conexión a la red es costosa e implica la toma de decisiones a nivel familiar. Aún cuando se han proporcionado las condiciones para facilitar el acceso -mediante créditos, y el ahora sí confirmado apoyo del gobierno provincial para familias vulnerables-, no todas las personas están en igualdad de condiciones para rápidamente decidir sumarse a la red. En muchos casos la conexión también requiere la adaptación estructural de las casas y la compra de electrodomésticos. 

Sobre esto último es que el acceso a la información y la transparencia juegan un rol fundamental. En primer lugar, porque de haberse publicado y socializado el proyecto de manera correcta con las poblaciones de las localidades afectadas, las familias podrían haber decidido planificar con antelación la conexión a la red. En segundo lugar, se evidencia el rol que cumplen los funcionarios gubernamentales a la hora de informar y publicar la documentación referente a un proyecto de este calibre. Esto quedaba en manos del nivel municipal y de sus intendentes, y en muchos casos su accionar para informar a la población fue deficiente -sobre todo considerando que también se han necesitado obras a nivel municipal para garantizar la conexión-. 

La práctica de la publicación de información como la publicación de documentos no significa ni redunda en una ciudadanía informada. A las iniciativas de datos abiertos y transparencia activa se suman las acciones destinadas a informar a la población, como por ejemplo las consultas públicas. Estos espacios funcionan -o deberían funcionar- como oportunidades para socializar información sobre proyectos y políticas públicas, obtener una devolución de la ciudadanía y trabajar en un proceso de co-creación. Durante los comienzos de la obra de gasoductos troncales, una buena parte de los desafíos identificados tuvo que ver con la falta de consultas públicas -exigidas por ley- y la desinformación general de las personas acerca de los posibles impactos y beneficios del proyecto. 

Hacia 2022 no se cuenta con información certera sobre las obras llevadas adelante en las localidades y las consultas públicas que se hayan realizado con vecines. La existencia de estas instancias juegan un rol crucial para la toma de decisiones de la ciudadanía . Especialmente en estos casos cuando es un deber informar sobre el proyecto, advertir de los impactos, aclarar los beneficios y clarificar las alternativas con que las familias contarían para acceder al servicio de gas de red. 

En este sentido, aún cuando la obra de Gasoductos Troncales supone un gran avance para la Provincia de Córdoba, y la posibilidad para cerrar las brechas de desigualdad en el acceso al gas natural, todavía relucen los graves problemas respecto del acceso a la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas. Un proyecto de esta envergadura debiera haber contado desde un principio con información clara y concisa para la población, canales de comunicación con la ciudadanía, procesos de adjudicación de obra mucho más transparentes, etc. El proceso aún no ha finalizado, y existe la oportunidad para que el gobierno provincial haga un esfuerzo para transparentar lo que queda por hacer.  

 

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Autora

Agustina Palencia

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

 

*Foto extraída de losprimeros.tv

El presente informe tiene como objetivo llevar adelante un abordaje integral y en profundidad sobre el proyecto del Túnel Internacional de Agua Negra (TIAN) entre Argentina y Chile, incluyendo sus dimensiones técnicas, estratégicas, políticas, económicas, sociales y ambientales.

El viernes 3 de junio se realizó el encuentro Prácticas actuales y desafíos en Transparencia Activa. Los casos de Mendoza y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), organizado por el colectivo de ONG que integran Fundeps, Nuestra Mendoza, el Centro de Implementación de Derechos Constitucionales, Directorio Legislativo, Andhes, Salta Transparente y Acción Colectiva.

El conversatorio se desarrolló bajo modalidad virtual y es la primera actividad que se realiza en el marco del Ciclo de Debates sobre Transparencia 2022, impulsado por el colectivo, con el objetivo de proponer conversaciones con funcionaries a cargo de las agendas de transparencia de distintas provincias y localidades del país.  La propuesta apunta a generar un ambiente propicio al debate e intercambio de experiencias que contribuyan a fortalecer las prácticas de transparencia activa y pasiva de todos los poderes públicos y al ejercicio efectivo de estos derechos por parte de la ciudadanía. 

En esta oportunidad, conversamos con Diego Seoane, Subdirector de Acceso a la Información Pública (AIP) en la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de Mendoza, con María Gracia Andía, Titular del órgano garante del Acceso a la Información Pública de y con Fernanda Araujo, Gerenta de Arquitectura de la Información, ambas de CABA. 

La primera parte del encuentro estuvo dedicada al diseño institucional de cada jurisdicción y cómo dan cumplimiento a las obligaciones de transparencia activa, es decir, en lo que de oficio deben publicar esos niveles de gobierno, dado que ambas  tienen leyes que las obligan en ese sentido. En ese sentido, Diego Seoane comentó que en Mendoza, por la ley N° 9070 de 2018, se previó una única autoridad de aplicación que es la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública. La misma rige para todos los poderes del Estado y tiene competencias sobre otras leyes como la de Ética Pública y Ficha Limpia. Dentro de esta Oficina, la Sub-Dirección de Acceso a la Información Pública, que está compuesta por dos personas, es autoridad de aplicación en todo lo relativo a AIP, es órgano de Alzada de solicitudes de información y tiene a su vez la función de controlar el cumplimiento de la transparencia activa de todos los sujetos obligados. El rol de la Sub-Dirección se complementa con el de “Funcionarios Garantes” en cada uno de los sujetos obligados, que son quienes tienen a cargo tanto la obligación de dar respuesta a las solicitudes de información como a la publicación activa de información que prevé la ley de Mendoza. 

Desde las expositoras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se comentó que  la ley N° 104 de 2016 estableció  una estructura de dos niveles, compuesta por Órganos Garantes y Autoridades de Aplicación en cada uno de los poderes de la ciudad (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Las funciones de estas autoridades se complementan, los Órganos Garantes tienen la función general de promover este derecho, generar informes, elaborar convenios, realizar auditorías de oficio y actuar en caso de denuncias por incumplimiento de la ley en el poder del que depende. Por su parte las Autoridades de Aplicación gestionan los pedidos de información pública, cumplen con las obligaciones de transparencia activa, orientan a la ciudadanía en el ejercicio de este derecho, capacitan a los sujetos obligados dentro del poder correspondiente, entre otras. A su vez cuentan con las figuras de Enlaces para el cumplimiento de la transparencia pasiva, y de Referentes Institucionales y Operativos, para las obligaciones de transparencia activa en cada sujeto obligado. 

En un segundo momento, se consultó por una buena práctica de cada dependencia y los principales desafíos que advierten en el ejercicio de sus funciones. Desde Mendoza se destacó como buena práctica, el monitoreo sistemático que hicieron en el proceso de transparencia pasiva, es decir a las solicitudes de información que se hacían, que impactaron directamente en el mejoramiento del proceso de transparencia activa. Citó, por ejemplo, que de 130 pedidos que se hacían al Instituto de la Vivienda, bajaron a 30 una vez que se disponibilizó la información y se mejoró su sitio web. Resaltó asimismo, el hecho de tener un botón directo de transparencia en cada sujeto obligado y ubicar allí todo lo que la ley estipula. Manifestó que eso fue un gran avance porque en las primeras etapas, la información se consignaba pero estaba desordenada e incluso redundaba.  Desde CABA presentaron el Portal de Transparencia que concentra las obligaciones de transparencia activa del gobierno de la ciudad y el Índice de Transparencia Activa que es una herramienta creada para dar seguimiento a las políticas de  transparencia y acceso a la información en dicha jurisdicción. Asimismo compartieron algunas experiencias de  transparencia focalizada, es decir, de interés específico para un determinado grupo o colectivo de personas, como una Guía que elaboraron con información sintetizada para Jefas de Familias Monoparentales. 

En relación a los desafíos, desde Mendoza si bien afirman que el diseño institucional dado por  la ley es acertado, consideran que con una mejor estructura organizacional podrían cumplir más eficientemente sus funciones. Luego, un desafío compartido por ambas jurisdicciones, si bien cada una cuenta con diseños y herramientas distintas, tuvo que ver con la constante mejora en la implementación de las leyes de transparencia y acceso a la información pública. Así como a otras demandas de la ciudadanía. Se hizo hincapié también a la mejora en teŕminos de accesibilidad, lenguaje claro, acceso de personas con diferentes capacidades, entre otras. 

Finalmente, y en coincidencia con la audiencia y las organizaciones de la sociedad civil organizadoras del evento, se ponderó la necesidad de avanzar de manera sostenida sobre la transparencia y el acceso a la información pública de todos los poderes del Estado, es decir de los Legislativos y Judiciales. 

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

La Política de Acceso a la Información (PAI) del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) ha quedado desactualizada.  A fines de 2019, el BID inició un proceso de revisión de su PAI que fue suspendido meses después y todavía no se ha reactivado. En dicho proceso, el Banco puso a consideración de la sociedad civil y demás partes interesadas el perfil pretendido para su nueva política, en el que se destacan 22 brechas a mejorar en materia de acceso a la información.

El presente documento tiene como objeto analizar los aspectos normativos que contiene la PAI vigente, el proceso de revisión iniciado y suspendido, y el perfil de política pretendido. Se identifican sus falencias y se las analiza con una mirada crítica a fin de realizar recomendaciones para el fortalecimiento de la PAI, con el objetivo último de que esta garantice el derecho de acceso a la información.

En el marco de un amparo por mora ante la falta de respuesta de la Municipalidad de Córdoba en una solicitud de información pública, el fiscal general resaltó que “La Fundación actora se vio obligada a acudir a la justicia para lograr la actuación de parte de la Administración.

El pasado 2 de mayo obtuvimos un importante pronunciamiento judicial en materia de derecho de acceso a la información pública, en el contexto del amparo por mora presentado ante el incumplimiento de cuatro pedidos de información presentados en diferentes áreas de la Municipalidad de Córdoba. Antes de adentrarnos en el pronunciamiento recordamos algunas cuestiones básicas de la temática: 

¿A qué se considera información pública?

Es todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien la Administración Pública en sus diferentes niveles y de aquellos sujetos que hayan recibido fondos públicos. 

¿Qué implica el derecho de acceso a la información pública?

Comprende la posibilidad de cualquier persona de  buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información pública. Este derecho se aplica en sentido amplio a toda la información en posesión de órganos públicos, incluyendo toda la información controlada y archivada en cualquier formato o medio. Es importante mencionar que este derecho tiene una naturaleza instrumental para el ejercicio de otros derechos, especialmente por parte de quienes se encuentran en posiciones subordinadas o vulnerables, ya que es sólo mediante el conocimiento preciso del contenido de los derechos humanos y de sus formas y medios de ejercicio que se puede acceder efectivamente a su pleno goce y disfrute. 

¿Entonces cualquier persona puede solicitar información pública? 

Sí, la Ley 27275 de Derecho al Acceso a la Información Pública establece que “Toda persona humana o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública”. En Córdoba existe un importante precedente del Tribunal Superior de Justicia que además establece que “el derecho humano de acceso a la información pública ha de analizarse desde una óptica amplia y holística.” y que “este derecho corresponde a toda persona sin que deba acreditarse algún interés o situación jurídica especial, receptándose una legitimación amplia que comprende tanto la actuación en sede administrativa como en sede judicial”. La forma de acceder a ella es a través de un pedido de información pública.

¿Y qué es un pedido de información pública?

Es aquella petición que se realiza de manera escrita o por medios electrónicos y sin ninguna formalidad, de toda aquella información generada, administrada o en posesión de los órganos del Estado Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Municipios y Autónomos, Partidos Políticos locales y cualquier organismo que ejerza gasto público.

El único requisito que se impone es que la solicitud de información debe ser presentada ante el sujeto obligado que la posea o se presuma que la posee. Se puede realizar por escrito o por medios electrónicos y sin ninguna formalidad, solo basta indicar la identidad de la persona solicitante, la identificación clara de la información que se solicita y los datos de contacto, a los fines de enviarle la información o anunciarle que está disponible.

Toda solicitud de información pública debe ser satisfecha en un plazo determinado: en el caso de organismos nacionales es de 15 días hábiles, mientras que en la Provincia y en la Municipalidad de Córdoba es de 10 días. En todos los casos la Administración puede solicitar prórrogas, debiendo justificarlo. 

¿Pero qué pasa en la práctica?

Nuestra experiencia ante la solicitud de información pública en los diferentes niveles y áreas estatales es muy dispar. Mientras que a nivel nacional, y gracias a los mecanismos previstos por la Ley 27275, los pedidos de información suelen ser respondidos en tiempo y forma, a nivel provincial y municipal, en la mayoría de los casos, no obtenemos respuesta en el plazo estipulado. Esta falta de respuesta nos obliga a judicializar los pedidos de información a través de la interposición de amparos por mora. 

Ante esta situación, admitida la demanda se corre traslado a la Administración para que presente un informe explicando por qué se encuentra en mora, es decir, por qué no brindó la información solicitada. En la mayoría de los casos, frente a este traslado la Administración produce la información que le había sido requerida, se la notifica al peticionante, y luego lo informa en el expediente, solicitando que la causa judicial devenga abstracta, porque la información ya fue entregada. En este tipo de casos, el tribunal suele resolver en ese sentido, declarando abstracta la causa e imponiendo las “costas por su orden”. Esto quiere decir que la Administración no debe correr con ningún tipo de gasto cuando los pedidos de información se judicializan, incluso cuando es su actitud la que obliga a las peticionantes a iniciar un proceso de amparo. 

Un cambio de criterio en el dictamen fiscal

Por medio del Dictamen N°344 emitido el 2 de mayo en la causa ”Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables C/ Municipalidad de Córdoba – Amparo Ley 8803”, Expte. N° 10221471, el Ministerio Público Fiscal se pronunció sentando un importante criterio en materia de amparos por mora y derecho acceso a la información pública. En este juicio, la Municipalidad de Córdoba presentó un recurso de casación en contra de la sentencia de Cámara, por estar en desacuerdo con lo que se resolvió en materia de costas. 

El fiscal entendió que “a criterio de este Ministerio Público, hay un vencedor y un vencido por la propia fuerza de los hechos, y en relación directa con el objeto perseguido por la presentante; porque como quiera que sea, la Administración cumplió con el dictado del acto administrativo, pero fuera del término que la ley contempla y con motivo de un proceso judicial. Y por ende, su situación se equipara a la del vencido.”

En este sentido, afirmó que “La Fundación actora se vio obligada a acudir a la justicia para lograr la actuación de parte de la Administración. No parece justo ni razonable que el reclamante deba afrontar los gastos y honorarios por él devengados con motivo de la tramitación de una causa cuyo origen es una conducta omisiva por parte de la Administración y el ejercicio de un derecho constitucional. Es por ello que la sustracción de materia judiciable producida en autos, no implica de ningún modo el desplazamiento del principio objetivo de la derrota como criterio de imposición de las costas”. 

Celebramos la decisión del Fiscal General, ya que sienta un importante precedente en materia de derecho de acceso a la información pública. Es así que el ejercicio de un derecho constitucional no puede aparejar que quien solicita cargue con las costas de un proceso que no hubiese existido si la administración hubiese respondido en el plazo legal. Es importante mencionar que este no es un hecho aislado, sino una práctica sistemática de la Administración que limita al acceso a la información quienes  tengan los medios económicos y jurídicos para exigir la respuesta de los pedidos de información ante la justicia. 

 

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Autora

Noelia Salvia 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

 

*Fuente imagen: Argentina.gob.ar

El pasado jueves 5 de mayo participamos de la primera audiencia de revisión anual del Plan de Metas 2020-2023 de la ciudad de Córdoba. Focalizamos en la necesidad de mejorar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública.

El Plan de Metas se instauró en la ciudad de Córdoba en junio de 2011 y obliga a cada gestión municipal – al inicio de la misma – a presentar las metas que pretende alcanzar con su programa de gobierno, con objetivos e indicadores de evolución de las mismas. La gestión del actual Intendente Martín Llaryora estableció un Plan de 418 metas, enmarcadas en 36 objetivos, agrupados en 5 ejes estratégicos: Municipio moderno e innovador, Ciudad que presta servicios de calidad, Ciudad atractiva y planificada, Ciudad sostenible y Ciudad de oportunidades e inclusiva.

Cada año, y a través del Concejo Deliberante, se debe realizar una Audiencia Pública en donde se informe acerca del cumplimiento del Plan de Metas. Está previsto que en esta Audiencia debe participar la Intendencia como miembro informante. Esta es además una oportunidad para que organizaciones de la sociedad civil, centro vecinales y ciudadanía en general hagan su aportes y comentarios alrededor del Plan de Metas y su evolución.

Nuestra participación en la Audiencia Pública

La audiencia se llevó a cabo el día jueves 5 de mayo desde las 9 a.m de forma virtual, a través de la plataforma Zoom, y se podía seguir por el canal de YouTube del Concejo Deliberante de la ciudad. Para participar era necesario inscribirse de forma previa a través de un formulario provisto por la Municipalidad.   

Una de nuestras primeras observaciones tuvo que ver con que la misma fue convocada con muy poca antelación – 2 días – y contó, a nuestro entender, con escasa difusión. En nuestro caso supimos de la misma a partir de la difusión que hizo la Red Ciudadana Nuestra Córdoba.

En esta oportunidad centramos nuestra intervención en la necesidad de mejorar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte del Municipio. Si bien destacamos los esfuerzos emprendidos en materia de digitalización y actualización de los portales web, y específicamente en lo relativo a las solicitudes de información, valoramos que se explique de forma clara y sencilla cómo es el procedimiento para hacerlas: solicitamos que se avance en materia de seguimiento a los pedidos de información pública efectuados y, por sobre todas las cosas, se mejore el índice de respuesta de los mismos.

Esta es una situación contemplada en el Plan de Metas, dado que como Meta 120 se estableció “Rediseñar el portal de gobierno abierto para hacerlo más simple y amigable con el usuario y es justamente desde el portal de gobierno abierto desde donde se efectúan las solicitudes de información pública por parte de la ciudadanía – específicamente desde la sección denominada “Acceso a la Información Pública”. Es por ello que solicitamos que no se dé por concluida esa meta, tal como figura hoy en el informe de avance presentado, sino que se procure mejorar en esos dos aspectos. En ese sentido, esperamos que desde la Municipalidad y sobre todo desde la dependencia a cargo, en este caso, la Secretaría de Planeamiento, Modernización y Relaciones Internacionales, se utilice el tiempo restante de gestión y vigencia del Plan de Metas, para profundizar en estas mejoras. 

Desde Fundeps quedamos a entera disposición para contribuir a ese fin y de esa forma, colaborar en un efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública por parte de toda la ciudadanía, y en un gobierno abierto de calidad en la Municipalidad de Córdoba.

 

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org. 

 

*Foto del portal web del Concejo Deliberante de Córdoba

Durante los meses de octubre y noviembre, junto con la participación de  especialistas en la materia, se dictaron tres encuentros virtuales sincrónicos en donde se abordaron aspectos relacionados al acceso a la información pública ambiental y las herramientas que brinda el Acuerdo de Escazú. Habiendo finalizado y culminado el proyecto, gracias a la información brindada por las personas participantes, los intercambios y debates que se dieron, realizamos una serie de reflexiones y cuestionamientos al efectivo cumplimiento y ejercicio de este derecho.

El primero de los tres talleres, contó con la disertación de María Laura Foradori, abogada y especialista en Educación Ambiental, el segundo con Ana Di Pangracio, abogada y Directora Ejecutiva de Farn, y el tercero, eminentemente práctico, fue dirigido y acompañado por integrantes del equipo de Fundeps.

Durante los encuentros, en virtud de las expresiones y comentarios que se dieron, fue posible advertir una gran demanda insatisfecha de los grupos de personas y organizaciones de la sociedad civil que pretenden acceder a la información asociada a numerosas problemáticas ambientales. También, indirectamente, se observa una escalada en la conflictividad socio-ambiental, una creciente conciencia en relación a la importancia del cuidado del ambiente y la necesidad de involucrarse en su protección. 

Aquellas demandas, en parte, se consolidan a partir del desconocimiento de las herramientas e instrumentos que permiten acceder a la información pública en general, y ambiental en particular. Por otro lado, también pueden tener origen en el descreimiento en el funcionamiento institucional, a partir de experiencias atravesadas por un alto grado de incumplimiento a la hora de recibir respuestas. Además, la necesidad de acudir la mayoría de las veces a las a vías judiciales de reclamo repercute en la voluntad de la ciudadanía, deslegitimándose por ello el diseño institucional que garantiza el acceso a la información ambiental.

Ante este escenario, creemos que es necesario realizar ajustes institucionales mediante políticas públicas que den a conocer y acerquen las herramientas de acceso a la información ambiental a la ciudadanía. Asimismo, resulta imperioso que se realicen mejoras para garantizar que el Estado cumpla con su obligación de dar respuestas. 

Para que esto sea posible, proponemos una serie de recomendaciones y sugerencias a las autoridades, entre ellas, actualización de la ley de Acceso a la Información Pública en la provincia de Córdoba, la creación de una Agencia u Oficina con competencia en la materia, mejoras en los mecanismos de solicitud de información de modo que sean de fácil comprensión y acceso para la ciudadanía, mejora en el índice de respuesta a las solicitudes de información que se efectúan, capacitación a las autoridades sobre el acceso a la información pública como derecho humano y la implementación de órganos y entes especializados en materia ambiental para el monitoreo y fiscalización de toda solicitud de información.

A su vez, es necesaria la adecuación de la normativa de presupuestos mínimos ambientales en materia de acceso a la información a los estándares del Acuerdo de Escazú ya que este reafirma y refuerza los derechos de las personas a acceder y participar en los asuntos ambientales, la democracia ambiental y compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino ante eventuales incumplimientos.

Para finalizar, también debemos destacar el rol fundamental que asume la sociedad civil organizada y ciudadanía en el ejercicio de este derecho. Por un lado, en seguir dando herramientas e  involucrarnos en ejercer responsablemente este derecho y a la vez, ofrecer alternativas de solución a las autoridades para que  garanticen los derechos contemplados en el Acuerdo de Escazú.

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Autora

Ananda Lavayén

Contacto

Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org