Listado de la etiqueta: Acceso a la Información

Esta publicación busca acercar a activistas en DESCA un diagnóstico sobre las principales falencias en materia de producción y acceso a la información relevante para la implementación de los DESCA, algunos casos testigo que evidencian la importancia del empleo de estas herramientas en la incidencia por la exigibilidad de estos derechos, estándares vigentes en la materia y niveles de desagregación solicitados por órganos de tratados universales y regionales.

El documento destaca los aspectos más importantes relacionados al derecho de acceso a la información pública en los distintos distritos de Argentina (Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Preocupados por la situación de vulnerabilidad por la que atraviesa la comunidad de Chacras de la Merced, participamos en la audiencia pública con un informe técnico legal que da cuenta de las irregularidades del proyecto de instalación de una nueva cantera.

El pasado miércoles 12 de abril la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático convocó a audiencia pública a los fines de tratar el proyecto de instalación de “Cantera Colombo” en inmediaciones del Barrio Chacra de la Merced. El proyecto Cantera Colombo se ubicaría al Este de la localidad de Córdoba, fuera del ejido urbano de la ciudad, en el lugar conocido como Corazón de María, siendo el centro poblacional afectado por la obra la localidad de Chacra de la Merced. Se trata de una Cantera seca a cielo abierto, donde se efectuaría la extracción de áridos sin uso de explosivos, para luego trasladar el material a la planta clasificadora propiedad del titular denominada Canteras Ruiz, ubicada en Camino Chacra de La Merced, Km. 7.

Dentro las principales consideraciones que realizamos en el Informe referido al estudio de impacto ambiental “Cantera Colombo” cabe mencionar que no tuvo en cuenta la especial situación de vulnerabilidad en que se encuentra la comunidad de Chacra de la Merced debido al impacto acumulado que afecta de manera progresiva y negativa en el derecho a la salud, a la vida y a un medio ambiente sano. Entre las causas principales que explican la transformación de lo que era el “Cinturón verde de la ciudad de Córdoba” encontramos a: la instalación de emprendimientos inmobiliarios, explotación de canteras, instalación y omisión en los controles sobre los establecimientos de curtiembres, mal funcionamiento y la sobresaturación de la planta depuradora de aguas residuales (EDAR Bajo Grande), lagunas generadas por las explotaciones de antiguas canteras. Asimismo dentro de las irregularidades que surgieron del análisis del estudio de impacto ambiental encontramos que:

-La integralidad del proyecto tendrá significativos y en su mayoría impactos negativos e irreversibles en el ambiente, en especial en la calidad del agua, suelo, aire, salud y calidad de vida.

-No cumple con el contenido mínimo detallado en el art. 19 de la ley 10.208 (línea de base en salud teniendo en cuenta que se emplazará a 300 mts de una escuela y a 150 mts del río Suquía, servicios públicos afectados como transporte público).

-Toma líneas de base desactualizadas (población afectada, censo 2008).

-No cita fuentes confiables.

-No detalla las medidas de recomposición y mitigación de los impactos.

Por todo ello, desde FUNDEPS recomendamos una profunda evaluación por parte de la Secretaría de Ambiente como órgano de contralor del presente proyecto, teniendo en cuenta las consideraciones realizadas, y disponiendo de los mecanismos necesarios a los efectos de cumplimentar con los parámetros legales y ambientales esperados a fin de proteger los derechos fundamentales de los vecinos de Chacra de la Merced.

Más información
Informe de FUNDEPS por instalación Cantera Colombo.pdf

Video situación Chacras de la Merced

Autores

María Pérez Alsina, Virginia Corradi y Male Martínez Espeche.

Contacto

Male Martínez Espeche / Coordinadora Equipo de Ambiente

malemartinez@fundeps.org

Fuimos parte de una de las audiencias públicas convocadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llevada adelante los días 17, 18, 20, 21 y 22 de marzo del corriente en Washington.

En el marco las audiencias públicas, aquella que nos convoca se trata sobre “Derecho de acceso a la información relevante para la exigibilidad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales”. Ésta fue solicitada a la CIDH por en conjunto con organizaciones de la región como Fundación Construir (Bolivia); Instituto de Estudios Legales y Sociales de Uruguay (Ielsur, Uruguay); Alianza Regional Por la Libre Expresión e Información (Uruguay); ARTICLE 19 (Brasil); Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo, Uruguay); Fundar – Centro de Análisis e Investigación (México); y Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ, Argentina).

La audiencia de la que fuimos parte, expuso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) la necesidad de consolidar estándares acerca de la producción y el acceso a información que permitan avanzar hacia la efectiva implementación y exigibilidad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA). Existen compromisos internacionales y regionales en este ámbito que muestran claras obligaciones respecto a la producción y el acceso a la información, de necesario cumplimiento para poder avanzar en la exigibilidad y ejercicio de estos derechos. Sin embargo, en los países de la región subsisten serias falencias en su cumplimiento.

Diversos organismos internacionales no han encontrado información necesaria para poder determinar si los DESCA se respetan en los países de la región. Específicamente, han notado deficiencias relativas a la recopilación y sistematización de información sobre el ejercicio de los derechos a la educación, al empleo, a la salud y a la seguridad social de mujeres; niños, niñas y adolescentes; personas con discapacidad; indígenas; afrodescendientes y trabajadores migratorios y sus familiares. En esta misma línea, es que han precisado que es una obligación estatal la de producir información a partir de la cual sea posible la validación de indicadores y, en general, el acceso a muchas de las garantías cubiertas por cada derecho social.

Argentina y Córdoba no son la excepción en este aspecto. El caso de contaminación por la planta de EDAR Bajo Grande, que afecta a la comunidad Chacras de la Merced, es un ejemplo claro de las vulneraciones de derechos humanos agravadas por la deficiencia en acceso a la información. Desde el Estado no se proveen datos sobre los niveles de contaminación de aire y suelo, así como tampoco la información relevada sobre afectaciones a la salud a la gente del barrio, principalmente a mujeres, niños y niñas. De esta manera, se ponen trabas a la exigibilidad de los derechos de las personas afectadas.

Es por ello que resulta fundamental fortalecer la implementación de estándares en torno al alcance de las obligaciones estatales de producción, disponibilidad y acceso oportuno a información sobre DESCA. Esto último, además de ser esencial para el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas, permite robustecer las estrategias de exigibilidad de la sociedad civil, generando las condiciones para que muchas vulneraciones de derechos sean reparadas.

Más información

Contacto

Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org

 

El pasado 10 de febrero, hemos participado del proceso de consulta abierto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a las organizaciones de la sociedad civil, en Washington, DC. Esto se lleva a cabo en el marco de la realización de su planificación estratégica para el período 2017-2020.

Durante la primera parte de la jornada, se destinó el espacio a las organizaciones presentes para que dieran su postura al respecto de los desafíos en temas de derechos humanos a tener en cuenta para los próximos años. Entre los temas mencionados están los derechos de los migrantes, de las mujeres, de las personas LGTBIQ, de las personas con discapacidad, los pueblos indígenas. En la segunda parte de la consulta, se revisaron por grupos de trabajo los objetivos que la Comisión redactó a modo de borrador.

Los desafíos que identificamos a futuro para los derechos humanos en la región están relacionados a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), que han sido ampliamente reconocidos como derechos humanos pero no abordados lo suficiente desde los organismos hemisféricos. Otro punto relevante en la agenda es el acceso a la información, fundamental para los sistemas democráticos, y declarado como un derecho humano relacionado a la libertad de expresión por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El acceso a la información es de suma importancia ya que impacta directamente en el ejercicio de los demás derechos humanos, incluyendo también los DESCA.

Por otro lado, destacamos la vinculación entre derechos humanos y empresas, por la creciente tendencia a la captura corporativa de los Estados alrededor del mundo. En este sentido, los Estados deben tomar mayor papel, evitando ceder ante los compromisos de autorregulación del sector privado y la injerencia de las empresas en sectores de políticas públicas sensibles. Para esto, se deben promover iniciativas para aumentar los niveles de rendición de cuentas del sector privado, sin olvidar la responsabilidad de los Estados. Por último, expresamos nuestra preocupación por la situación de defensores y defensoras de derechos humanos, siendo América Latina una de las regiones más peligrosas para este grupo y propusimos instancias de participación fuera de las capitales nacionales.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Los procesos de revisión de las actividades de este organismo, como el de planificación estratégica, son de gran relevancia para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la agenda de la sociedad civil en el continente.

Más información

Intervención de FUNDEPS en el proceso de Plan Estratégico

Contacto

Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org

Ante la conflictiva situación que atraviesa la provincia de Córdoba respecto a la actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos, la Dirección Nacional de Bosques, considera imprescindible, previa la aprobación legal, disponer del mapa, informes técnicos, y asegurar una adecuada participación, a los fines de garantizar la observancia de las disposiciones de la ley 26.331.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, a través de la Dirección de Bosques, dio a conocer sus consideraciones en relación al proceso de actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos que afronta la provincia de Córdoba, en respuesta a una petición realizada por el Foro Ambiental Córdoba, por medio de nota con fecha 27/01/2017.

– Expresó su preocupación por el incumplimiento por parte de la provincia de Córdoba de los plazos establecidos para la actualización. En ese sentido, recordó que ya había solicitado la entrega de avances referentes al proceso de actualización. En esas comunicaciones con la el Gobierno provincial comunicó los lineamientos y la visión a tener en cuenta para los procedimientos de ajuste y acreditación de la actualización de los OTBN (conforme notas remitidas con fecha 23/02/16 y 06/04/2016).

– Informó que, en agosto de 2016, la autoridad local de aplicación compartió de manera informal un primer proyecto de actualización. La Dirección Nacional detectó cambios significativos respecto el primer mapa de OTBN provincial, y destacó dos puntos: “un incremento en la superficie de bosque nativo declarado y un importante pasaje de bosques nativos de Categoría I (rojo) a Categoría II (amarillo)”.

– Verificó el intercambio de avances sobre la actualización y existencia de posturas antagónicas de diversos actores, conforme su participación en reuniones de la mesa interinstitucional de diálogo convocada por la Secretaría General de la Gob. de Córdoba, la Sec. De Ambiente y la Sec. de Agricultura. En esta instancia no hace referencia a ningún proceso para tratar de acercar las posiciones antagónicas.

– Observó, entre otras, que el proyecto de ley de OTBN no permite conocer las superficies de bosques nativos por categoría de conservación, lo que es imprescindible para su acreditación.

En síntesis, destacó, que a los fines de llevar a cabo el análisis para la acreditación del OTBN de la provincia de Córdoba, es necesario:

1. Disponer del proyecto de ley completo (el mismo no contiene el mapa con la localización de los bosques y sus categorías de conservación de la actualización del OTBN)

2. Disponer del documento técnico con la metodología utilizada para la valoración de los criterios de sustentabilidad ambiental y la superficie resultante.

3. Conocer el proceso participativo que acompañaría esta propuesta.

Hasta el momento, la discusión por la actualización del marco de protección de los bosques nativos en Córdoba no ha cumplido con la normativa nacional, no ha permitido una participación abierta, ha ocultado información y la ha compartido sólo con algunos sectores puntuales.

Desde FUNDEPS, exigimos que el proceso sea transparente, participativo, que cumplimente con los requisitos exigidos desde la Nación y que sea respetuoso de los presupuestos mínimos ambientales, a los fines de evitar la repetición de situaciones conflictivas en relación al ordenamiento territorial de bosques nativos de Córdoba.

Más información

Contacto

Male Martínez – Coordinadora del equido de Ambiente

malemartinez@fundeps.org

Presentamos ante la Legislatura observaciones críticas al proyecto de ley de bosque nativo de la provincia de Córdoba, atento irregularidades en el proceso de participación y diversos puntos cuestionables en la redacción de su texto, lo que implicaría un retroceso en la protección de los bosques nativos.

En el año 2007 el Estado Nacional sancionó la Ley Nacional N° 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, como legislación base, con iguales condiciones de protección para todos los habitantes del país. Conforme al mandato constitucional, a las provincias les corresponde legislar ya sea igualando o maximizando la protección e incluir asuntos que hagan a las materias específicas o particulares de cada una de ellas. Asimismo establece la legislación nacional y su Decreto Reglamentario N° 91/2009, cada provincia debe realizar su Ordenamiento de Bosques Nativos y actualizarlo cada cinco años, a través de un proceso participativo y de acuerdo a criterios de sustentabilidad ambiental establecidos en su articulado y anexo.

La provincia de Córdoba sancionó la Ley Provincial de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos N° 9814 el 5 de agosto de 2010, en un proceso en el que no se respetó la instancia participativa que garantizaba la ley nacional. Esa normativa establecía un plazo para la actualización de la misma que venció el pasado 5 de agosto de 2015.

En aparente cumplimiento a dicha normativa, a fines de septiembre de 2016, el gobierno provincial decidió abrir una “mesa de diálogo” a los fines de cumplimentar con la correspondiente actualización del ordenamiento territorial de los bosques nativos de Córdoba, buscando superar las irregularidades del proceso realizado cinco años atrás. Sin embargo, se advirtió la vulneración de las condiciones necesarias para el desarrollo de un proceso participativo sustentable. Estas deficiencias incumplen con las “Pautas metodológicas para las actualizaciones de los ordenamientos territoriales de los bosques nativos” aprobadas por Resolución N 236 del COFEMA.

Recientemente, en el mes de diciembre de 2016 se presentó ante la Legislatura el proyecto de ley sobre ordenamiento territorial de bosques nativos. Esta propuesta no ha sido el resultado de un proceso participativo de acuerdo a la normativa ambiental de nuestro país.

Desde FUNDEPS hemos elaborado un documento realizando “Comentarios al Proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos y Regulación de Bosques Exóticos de la Provincia de Córdoba”, al no adecuarse normativamente a los presupuestos mínimos de protección ambiental consagrados en nuestra Constitución Nacional y en las leyes ambientales que se refieren a esta materia, tanto en aspectos procedimentales como en aspectos substantivos.;

Sintetizamos las principales observaciones críticas al proyecto de ley:
– No se garantiza la conservación del bosque nativo existente en la provincia de Córdoba acorde al mapa de la ley 9814.
– No se tienen en cuenta fundamentos técnicos y científicos.
– No se observan  parámetros mínimos legales, lo que debilita los mecanismos de protección del bosque nativo.
– No se asegura un real y efectivo acceso al derecho a la participación ciudadana en el proceso de actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.
– La definición restrictiva de bosques nativos dada por el proyecto, excluye del objeto de protección a fachinales, arbustales y matorrales.
– Se permite la actividad minera, el desmonte químico y a través del uso de fuego, y el rolado, en categorías de alta conservación de bosques.
– No se incorpora la totalidad de las capas de infracciones en el mapa  de OTBN.
– Se elimina la figura de las reservas forestales intangibles.
– Se disminuye el monto de las multas y se elimina la pena de arresto.
– No hay suficientes pautas de transparencia y acceso a la información pública en todas las solicitudes vinculadas a las categorías altas de conservación de bosques nativos de la Provincia, en formatos que posibiliten el monitoreo y la participación pública, en línea con el paradigma de gobierno abierto.
– Posibilita la restauración de bosques nativos dañados con especies exóticas que no garantizan el mantenimiento y regeneración de los bosques nativos.

Por estas razones instamos a generar un proceso abierto y participativo para la discusión sobre la actualización de la ley de bosques de la provincia de Córdoba y sugerimos adecuar el proyecto con la normativa ambiental de mayor jerarquía y asegurar mínimamente el mismo nivel de protección ambiental a nuestros bosques nativos.

 

Más información

 

Contacto

Coordinadora de eje ambiental, Male Martínez, malemartinez@fundeps.org

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer es un órgano de expertos independientes de Naciones Unidas que supervisa la aplicación de la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Todos los Estados partes deben presentar al Comité informes periódicos para dar cuenta del cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas con la firma de la CEDAW. Las organizaciones de cada país, según su experiencia y trabajo que realicen, pueden presentar un “informe sombra”, para dar cuenta de la realidad de las mujeres en el Estado, a fin de que el Comité tengas las herramientas necesarias para la elaboración de las recomendaciones finales que deba realizar.

Tras finalizar el proceso de revisión de Argentina, en su 65ª sesión el Comité de la CEDAW dictó sus “Observaciones Finales”, en las que se refleja el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil manifestado a través de los informes sombra presentados ante el Comité. FUNDEPS participó en tres informes, cuyos aportes fueron considerados a fin de lograr un avance en la efectiva garantía para el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres argentinas.

Violencia mediática y simbólica

En conjunto con la Asociación Civil Comunicar Igualdad, desarrollamos un documento especial para el Comité con base en nuestro informe “Violencia de género y políticas públicas de comunicación”. En consideración de nuestras observaciones, el Comité de la CEDAW recomendó a nuestro país, en sus apartados 18 y 19, sobre “Estereotipos y prácticas nocivas”:

A) Intensificar sus esfuerzos encaminados a disipar las actitudes sexistas y estereotipos de las autoridades públicas estatales en los tres poderes;

B) Adoptar una estrategia global dirigida a las mujeres, los hombres, las niñas y los niños para superar la cultura del machismo y los estereotipos discriminatorios sobre las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad. Asegurar que esta estrategia también se ocupe de las formas intersectoriales de discriminación contra la mujer, definidas en la Recomendación general Nº 28 (2010) del Comité sobre «Obligaciones fundamentales de los Estados Partes en virtud del artículo 2 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer «, Apartado 18;

C) Fortalecer la cooperación con las organizaciones de la sociedad civil en la lucha contra los estereotipos discriminatorios a través de campañas de sensibilización como la campaña «#Ni Una Menos»; y

D) Enmendar la Ley Nº 26.522 (2009) relativa a los servicios de comunicación audiovisual, a fin de proporcionar al Defensor del Público la facultad de sancionar las violaciones de las disposiciones para regular los estereotipos de género y el sexismo en los medios de comunicación

Salud de las mujeres: consumo de tabaco

Asimismo, nuestros equipos de trabajo participaron y apoyaron la elaboración del informe presentado por la Fundación Interamericana del Corazón, FEIM y otras organizaciones, sobre las políticas públicas sobre control de tabaco que actualmente permiten el desarrollo de estrategias de la industria dirigidas especialmente a mujeres. Con relación a lo solicitado en dicho “informe sombra”, el Comité manifestó su preocupación por el “alto consumo de tabaco entre las niñas en comparación con los niño”. En virtud de ello, recomendó a Argentina en su apartado 35:

“G) Ratificar el Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco, reducir el alto consumo de tabaco entre los adolescentes, en particular las niñas, y abordar las consecuencias para la salud”.

Mujeres rurales e indígenas

En relación al informe realizado por la Fundación Plurales, en coalición con Fundapaz, Redes Chaco y otras, sobre el acceso a los recursos naturales por las mujeres rurales y campesinas del Gran Chaco Americano, que fue avalado por FUNDEPS, el Comité tomó varios puntos de lo solicitado, y realizó varias recomendaciones a Argentina en sus apartados 38 a 41 sobre mujeres rurales e indígenas, de las que pueden destacarse:

“A) Diseñar programas específicos dirigidos a asegurar el desarrollo sostenible y luchar contra las situaciones de pobreza a que se enfrentan las mujeres rurales, mediante la asignación de recursos específicos, oportunidades de empleo, medidas de protección social y programas específicos de educación para las mujeres rurales (…)

C) Adopte políticas para prevenir el desalojo forzoso y prevenir la violencia, la estigmatización y los ataques contra la mujer rural en el contexto de proyectos de desarrollo económico a gran escala; y

D) Asegurar que las mujeres de las zonas rurales estén representadas en los procesos de adopción de decisiones en todos los niveles del sector agrícola, incluidas las relativas a la reducción de los riesgos de desastre, la gestión después de los desastres y el cambio climático (…)

A) Adoptar medidas para reconocer formalmente la tenencia y la propiedad de las tierras de las mujeres indígenas y promover el diálogo a nivel comunitario para eliminar las normas y costumbres discriminatorias que limitan los derechos de propiedad de las mujeres indígenas sobre la tierra;

C) Asegurar que las mujeres indígenas tengan acceso adecuado a agua potable y asequible para usos personales y domésticos, así como para el riego;

D) Examinar el actual manejo negligente de las denuncias sobre plaguicidas nocivos, fertilizantes y uso de productos agroquímicos presentados por las mujeres indígenas ante el Ministerio de Salud, y velar por que esos casos se resuelvan de manera oportuna y apropiada de conformidad con las recomendaciones generales del Comité. Recomendación Nº 34 (2015) sobre los derechos de la mujer rural; y

E) Establecer un mecanismo obligatorio y eficaz de consulta y distribución de beneficios para obtener el consentimiento libre, previo e informado de las mujeres indígenas en relación con el uso de sus recursos naturales y tierras” (La traducción es nuestra). De las recomendaciones dictadas por el Comité, sólo queda esperar que el Estado argentino tome las medidas correspondientes para garantizar los derechos humanos de las mujeres y su efectivo cumplimiento, algo en lo que estaremos trabajando en conjunto con otras organizaciones de la sociedad civil.»

Aclaración: La traducción de los fragmentos de las «Observaciones Finales» es de autoría propia. 

Más información

Contacto

Virginia Pedraza, vir.pedraza@fundeps.org

El pasado miércoles 7 de diciembre el gobierno de la provincia de Córdoba convocó a una audiencia pública, con la finalidad de dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) correspondiente a la ampliación de la actual Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales (EDAR) y la construcción de nuevos colectores principales. La participación de FUNDEPS incluyó la presentación de un informe técnico-legal que marcó ciertas inconsistencias identificadas al analizar el EIA y conociendo los antecedentes de fuertes impactos en la zona.

on solo tres personas inscriptas representando a FUNDEPS y al Foro Ambiental Córdoba, el pasado miércoles 7 de diciembre de 2016 se llevó a cabo una audiencia pública convocada por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de la provincia de Córdoba que tuvo por objeto dar a conocer el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) sobre la ampliación de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales de la ciudad de Córdoba. Cabe resaltar que este proceso tuvo poca difusión y fue llevado a cabo muy lejos del área de influencia más significativa y de mayor afectación del proyecto (Barrio Chacras de la Merced). Este hecho viola lo establecido en el Art. 63 de la ley provincial 10.208 de Política Ambiental que establece que estas instancias de participación se deben realizar en la zona de mayor vinculación con la decisión pública en cuestión.

La planta Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Bajo Grande fue construida a fines de la década del 60, a orilla del río Suquía, encontrándose  instalada en el km 2 ½ del camino llamado Chacras de la Merced, en el extremo este de la ciudad de Córdoba. Fue inaugurada en 1987, quedando bajo el dominio y control de la Municipalidad de Córdoba en el año 1990. A partir de finales de los años noventa, el funcionamiento de la planta de EDAR Bajo Grande fue desmejorando, logrando que al día de hoy, la misma posea una capacidad limitada el tratamiento de líquidos cloacales, lo cual genera un foco constante de contaminación.

La problemática de contaminación de dicha planta es de público conocimiento por la presentación de denuncias, demandas judiciales, noticias periodísticas e incluso reconocimientos formales por parte de los funcionarios de la provincia y de la municipalidad de Córdoba. A nivel técnico, peritajes realizados por la Universidad Nacional de Córdoba han determinado que el tratamiento de líquidos cloacales de Bajo Grande tiene importantes fallas, tanto en el procesamiento como en el funcionamiento de los equipos que posee. Esto se traduce en altos índices de contaminación del río Suquía, que recibe directamente los efluentes generados por esas deficiencias en el tratamiento. Desde hace un tiempo, en conjunto con la organización Las Omas, venimos reclamando por información pública sobre indicadores de salud y ambiente que permitan valorar (y corregir) esta situación de contaminación. 

De lo anterior se entiende la necesidad de invertir en la actual planta y lograr que la situación sea capaz de revertirse. Empero, luego de la lectura y presentación del EIA se presentan ciertas inconsistencias que de no ser tenidas en cuenta, lejos de mejorar la actual situación de la planta, podrían agravar los ya existentes impactos ambientales negativos.

En nuestro escrito presentado durante la audiencia enfatizamos algunos puntos:

– Inconsistencias respecto de la capacidad de tratamiento de la planta.

– Inadecuado tratamiento de los riesgos ambientales, en una zona que ha sufrido históricamente las consecuencias de la contaminación del río.

– Omisión respecto del fortalecimiento de instancias de control en la ciudad para facilitar el trabajo de la planta de EDAR Bajo Grande.

– Ausencia de plan de monitoreo de la obra y de mitigación de los impactos.

Asimismo, durante la audiencia se pudieron oír frases como: “…Cerca de la planta de líquidos cloacales no hay poblaciones estables”, poniendo en duda el real compromiso de las autoridades gubernamentales para con los vecinos de Chacras de la Merced y las problemáticas en las cuales se ven inmersos a raíz del mal funcionamiento de la planta.

Desde FUNDEPS consideramos que es crucial la realización de una profunda evaluación por parte de la Secretaría de Ambiente como órgano de contralor del presente proyecto, advirtiendo todas las consideraciones expuestas durante la audiencia. Asimismo, se debe disponer de los mecanismos necesarios a los efectos de cumplimentar con losparámetros legales y ambientales esperados a fin de proteger los derechos fundamentales de los habitantes de la ciudad de Córdoba y en particular de los de barrio Chacras de las Merced.

Más información
Contacto
Agustina Palencia

El pasado jueves 10 de noviembre se llevó a cabo el primer encuentro de entidades subnacionales enmarcado en la alianza para el gobierno abierto (Open Government Partnership). Organizado por el gobierno de la ciudad de Buenos Aires, contó con la presencia de representantes de la OGP, autoridades gubernamentales y representantes de la sociedad civil. 

En el marco del Programa Piloto Subnacional de la Open Government Partnership, el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires junto con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI México); organizaron una jornada que convoca tanto a autoridades gubernamentales de Argentina y otras naciones, como a miembros representantes de la sociedad civil.

El programa piloto permite a OGP impulsar innovaciones exitosas desarrolladas a nivel local. El motor de este proyecto es la creencia en que la cercanía que los gobiernos locales poseen para con la ciudadanía, será capaz de potenciar las iniciativas de gobierno abierto a niveles nacionales. En abril de 2016 se anunció la selección de 15 gobiernos locales para participar del programa, entre ellos la ciudad de Buenos Aires. En los próximos dos años los gobiernos participantes trabajarán junto con organizaciones de la sociedad civil locales en el desarrollo de compromisos específicos de gobierno abierto.

A lo largo del día, diferentes expositores dieron a conocer experiencias, lecciones aprendidas y desafíos en el futuro de la implementación de políticas de gobierno abierto en espacios locales. Se trató de una jornada que permitió a los diferentes actores sociales adquirir nuevos conocimientos y debatir acerca del porvenir de las nuevas formas para construir una democracia más participativa y equitativa.

Contacto: 

Agustina Palencia – Coordinadora del Área de Fortalecimiento Democrático

agustinapalencia@fundeps.org

El 11 de junio de 2015, el Directorio del Banco Mundial aprobó un proyecto para Argentina por un total de 350 millones de dólares en el área de salud. Este proyecto, centrado en la Protección de la Población Vulnerables contra las Enfermedades Crónicas no Transmisibles, apoyó la estrategia del Ministerio de Salud para dichas enfermedades, en busca de una mejora en el acceso a los servicios de control y prevención para 3,2 millones de adultos entre 40 y 60 años quienes enfrentan mayores riesgos. Ante la falta de información oficial del proyecto y la ausencia de respuesta del Ministerio de Salud de la Nación y de la provincia de Córdoba presentamos un pedido de información al Banco Mundial.

Las enfermedades no transmisibles como las cardiovasculares, el cáncer y las enfermedades respiratorias crónicas son responsables del 81% de las muertes en Argentina. Sin embargo, una considerable parte de estas enfermedades, se puede prevenir o controlar, reduciendo los factores de riesgo, entre los que podemos encontrar: una dieta con exceso de azúcares, harinas refinadas, grasas y sal, y bajo consumo de fibra; el sobrepeso y obesidad; el consumo de tabaco; la hipertensión; y un elevado nivel de glucosa en sangre.

El proyecto pretende trabajar para mejorar las capacidades de centros de atención primaria para brindar servicios de calidad en la detección temprana y el control continuo de la obesidad, la hipertensión, la diabetes y la enfermedad pulmonar obstructiva crónica. Sumado a ello, a nivel provincial y municipal se esperan realizar intervenciones orientadas a la promoción de dietas saludables, el fomento de la actividad física y el control del consumo de tabaco.

No obstante la importancia del proyecto, desde el Ministerio de Salud de la Nación, sólo se ha producido un temprano informe, pero el mismo no ha sido actualizado, ni se han incorporado referencias a la manera en que se viene ejecutando el mismo.

En este contexto, desde FUNDEPS –en conjunto con FIC Argentina- presentamos solicitudes de información pública ante las dependencias del Ministerio de Salud de la Nación, para poder conocer sobre el progreso del proyecto. Así mismo, consultamos sobre la existencia de instancias de participación ciudadana y si se prevén mecanismos de monitoreo del proyecto por parte de Organizaciones de la Sociedad Civil.

Además, se solicitó información particularmente referida al aporte de fondos por parte de YPF, tal como se expresó en el portal del Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego.

Finalmente, ante la falta de respuesta por parte del Ministerio de Salud de la Nación, pedimos la información correspondiente por los medios previstos para solicitarla de manera directa ante el Banco Mundial, financiador de este proyecto.

La falta de información debilita los objetivos del mismo y dificulta la adecuada coordinación con autoridades provinciales. De fuentes periodísticas se sabe que algunos gobiernos tienen fondos depositados más no están habilitados para ejecutarlos.

Desde FUNDEPS como integrantes de la Coalición Argentina para la Prevención de Enfermedades Crónicas no Transmisibles junto a otras organizaciones que comparten la misión de trabajar en la prevención de estas enfermedades desde distintas perspectivas (médicas, de consumidores, de derechos humanos, de incidencia política, académicas) estamos haciendo un seguimiento a este proyecto.

Más información:

El Ministro de Salud de la Nación recibió a la Gobernadora de Tierra del Fuego (Prensa Tierra del Fuego – 19/05)

Ricardo Cardozo gestiona ante la Nación recursos para la Provincia (Diario La Republica 13/09)

Invertirán U$S 437 millones en protección contra enfermedades crónicas no transmisibles (Telam 08/10)

Contacto:

Franco De Grandis, francodegrandis@fundeps.org

María Victoria Gerbaldo, victoriagerbaldo@fundeps.org

El pasado 21 de Junio de 2016, en el caso “Garrido, Carlos Manuel c/ EN – AFIP s/ amparo ley 16.986” la Corte Suprema de Justicia de la Nación volvió a darle entidad de derecho humano al derecho de acceso a la información pública. Ésta ha sido una cuestión ausente en el último Proyecto de Ley de Acceso a la Información ya aprobado en Diputados y pendiente de tratamiento en Senadores.

En el caso en cuestión, el Sr. Carlos Manuel Garrido promovió una acción de amparo contra la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con el fin de que se la condene a entregarle determinada información relacionada con el nombramiento de Carlos Mechetti en dicho organismo. También respecto de los cargos y funciones que el Michetti desempeñó y el estado de un sumario administrativo que se le inició en el año 2010 por presunto contrabando (Garrido, Carlos Manuel c/ EN – AFIP s/ amparo ley 16.986).

A instancias de resolver, la Corte se basó en antecedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en su propio antecedente “Cipecc” (Fallos: 337:256). Así, en relación a las personas que pueden ejercer este derecho la Corte sentenció que:

al tratarse de información de carácter público, que no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina, la sola condición de integrante de la comunidad resulta suficiente para justificar la solicitud” (y que) una interpretación armónica de las disposiciones nacionales en materia de datos personales y de acceso a la información, lleva a sostener que las disposiciones de la Ley 25.326 -de Protección de Datos Personales- en cuanto subordinan la cesión de esos datos a la existencia de un interés legítimo, no alcanzan a aquellos supuestos relativos a información personal que forma parte de la gestión pública…

Finalmente la Corte excluyó la posibilidad de que la información solicitada quede alcanzada por las excepciones contenidas en el Decreto Nacional  1172/2003 –única legislación vigente al día de la fecha- al establecer que:

…La información solicitada por el demandante no se relaciona con datos sensibles (…) sino que atañe exclusivamente a circunstancias vinculadas a la carrera administrativa de un funcionario, que son de innegable interés público en tanto permiten conocer aspectos relevantes sobre las personas que tienen a su cargo la gestión de los asuntos del Estado, y facilita a quien requiere la información ejercer el control sobre la regularidad de los actos mediante los cuales se integran los cuadros de la administración…

En esta oportunidad celebramos la coherencia de la Corte en su análisis del derecho de acceso a la información pública. Asimismo, instamos a los Senadores Nacionales a que revisen los puntos del proyecto de ley que se apartan de los estándares reconocidos tanto en el Sistema Interamericano, como a nivel nacional, por nuestra Corte Suprema de Justicia. Ratificamos la necesidad hacer converger el acceso a la información pública con el concepto de ‘derecho humano’. Sólo así la tan deseada Ley de Acceso a la Información Pública supondrá un verdadero avance en el desarrollo de una Argentina más democrática y garantista de los derechos humanos.

Contacto

Carolina Juaneda – carojuaneda@fundeps.org