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El 16 y 18 de septiembre Fundeps participó del evento «Perimeter defense: innovative technologies for detecting and preventing illegal logging» organizado por World Resources Institute, que tenía por objetivo la interrelación e intercambio entre activistas y ONG’s dedicados a la problemática de los bosques.

Llevado a cabo en la Academia de Ciencias de California, en San Francisco, las jornadas estaban orientadas a conectar las experiencias de activistas y ONGs dedicados a la protección de bosques. El evento contó con la presencia de expertos en tecnologías y empresas dedicadas al desarrollo de las mismas.
Fuimos invitados como participantes en el marco de nuestro trabajo en el proyecto de “Advocacy for the decrease of deforestation in the «Gran Chaco Argentino» forest, with a special focus on Córdoba” apoyado por Global Forest Watch. Nuestro proyecto tiene como fin último incidir en la reducción de la deforestación en el bosque del Gran Chaco, con especial foco en Córdoba.
El primer día consistió en un conferencia de cuatro sesiones. La apertura fue llevada a cabo por un panel que trató el tema referido a las dificultades para prevenir, detectar y sancionar el desmonte ilegal. La charla incluyó temas como las barreras políticas, sociales, culturales y tecnológicas. Luego se avanzó sobre distintos tipos de tecnologías, y también sobre la detección de actividades que afectan al medio ambiente, incluyendo a la fauna, vía satelital, visual y sonora, entre otras.
Hacia el final del día, se analizó el caso de la Biosfera Maya de Guatemala, para discutir potenciales usos de las tecnologías explicadas previamente. Además, el último panel compartió experiencias positivas sobre uso de algunas tecnologías en la protección de bosques y especies en peligro.
La segunda jornada del encuentro consistió en un taller para construir propuestas para la acción en distintos temas. Entre los diferentes tópicos estaban la prevención del desmonte, cómo trabajar en la construcción de capacidades con comunidades indígenas, o en contextos con escasos recursos tecnológicos, la utilización de drones para el monitoreo de bosques y el procesamiento de los datos recopilados con medios tecnológicos.

 

Contacto:

Carolina Tamagnini / carotamagnini@fundeps.org

Vecinos de Villa Carlos Paz no están conformes con la sanción de la Ordenanza que reglamenta el Área Protegida (AP1) del Código de Edificación y Urbanismo de la ciudad, por atentar contra leyes que protegen los recursos naturales.

El lunes 27 de julio el Consejo Deliberante de Villa Carlos Paz sancionó la Ordenanza, bautizada por la prensa, de “Intangibilidad de la Montaña”, que viene a reglamentar el Área Protegida 1 (AP1) delCódigo de Edificación y Urbanismo de la ciudad (Ordenanza Nº 4021 y modificatorias).

Como antecedente es importante citar que el pasado 8 de junio hubo audiencia pública del proyecto de ordenanza sancionada, a la cual acudieron numerosos ciudadanos representantes de centros vecinales y de organizaciones sociales, que manifestaron sus diferencias respecto del texto normativo en tratamiento.

La AP1 es un área poligonal creada a los fines de su conservación y la preservación de sus valores naturales y servicios ambientales, definida geográfica y territorialmente por la Ordenanza Nº 5310. La ordenanza aprobada reglamenta la AP1 y la subdivide en tres grandes zonas: Área Protegida Intangible, Área Protegida Ocupadas preexistentes y Área Protegida con Servicios de Infraestructura y Equipamiento Estratégico.

Respecto del Área Protegida Intangible, la normativa señala que: “Queda prohibida toda modificación de las características topográficas del relieve natural, como así también toda alteración y/o modificación del ecosistema natural existente. Quedan prohibidas las subdivisiones y/o fraccionamientos de lote”, permitiendo solamente actividades científicas y de protección del bosque.

Respecto de las otras dos áreas, se presentan grandes problemáticas que han generado el rechazo de los vecinos y organizaciones ambientales de Villa Carlos Paz.  El primer inconveniente es la ratificación de la Ordenanza Nº 4850, que permitió años atrás el proyecto inmobiliario en la montaña denominado originalmente “Le Quartier de la Montagne”. Este proyecto de urbanización ha sido considerado como área protegida Ocupada preexistente con uso residencial, pero lo paradójico es que aún nada se ha construido desde el año de su aprobación, sólo hay un loteo para comercialización. Vecinos organizados linderos al cordón montañoso del proyecto piden la derogación de la  ordenanza anterior y de la nueva en cuanto ratifica el mismo, ya que son numerosos los motivos que fundamentan la improcedencia del proyecto. El valor paisajístico y turístico de la zona, la protección de los bienes naturales, los riesgos de desmoronamientos y falta de contención de aguas en la montaña, los riesgos en la construcción en pendiente, la dificultad y el saturamiento para la provisión de servicios públicos como aguas, gas, electricidad y cloacas, son todos factores que hacen inviable el proyecto, además de estar situado en la propia área protegida.

El segundo tiene que ver con el Área Protegida con Servicios de Infraestructura y Equipamiento Estratégico, “Área destinada al desarrollo de proyectos de Infraestructura de Servicios y Equipamiento a escala urbana, necesarios para el desarrollo de la Ciudad”. Ésta no sólo incluye el proyecto del “Centro Ambiental” sino que posibilitaría otros desarrollos urbanísiticos futuros para el municipio de Carlos Paz.

Las modificaciones que se introducen en la actual ordenanza afectan directamente a la Reserva Natural de Defensa La Calera ubicada en terrenos que pertenecieran al Estado Nacional, pretendiendo disponer un área de 52 hectáreas de la misma para la radicación de una planta de tratamiento y disposición de residuos sólidos urbanos denominada “Centro Ambiental”, que tratará residuos no sólo de Carlos Paz sino de otras cinco localidades. Dicha planta se ejecutaría con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), por medio del Ministerio de Turismo de la Nación.

Además de constituir una Reserva Natural y Área de Protección (AP1), la localización sobre la cual se pretende construir el Centro Ambiental, entre otras cosas, vulnera las leyes de uso de suelo del área metropolitana de Córdoba (N 9.841 y 10.004) por ser área no urbanizable, y la de ordenamiento territorial de bosques nativos (N 9.814) porque más del 75% sería zona roja de alto valor de conservación, donde debe preservarse el bosque autóctono sin admitirse alteraciones antrópicas.

Asimismo, no se ha dado cumplimiento a la leyes de política ambiental de la Provincia de Córdoba (N 7.343 y 10.208) y de presupuestos mínimos de la Nación (Nº 25675), en violación a las disposiciones que ordenan la Evaluación de Impacto Ambiental previa a toda planificación y ejecución del proyecto, y la Participación Ciudadana con el llamado obligatorio a audiencia pública, para la oportuna obtención de la licencia ambiental.

Por último, entendemos que será necesario realizar una Evaluación de Impacto Estratégica o de Impacto Acumulado, en relación a que en el área existen otras actividades como el paso del circuito del rally, un playón de estacionamiento para ómnibus y vehículos de gran porte, la planta de tratamiento de líquidos cloacales, y la existencia del basural a cielo abierto, que a pesar de ser éste remediado a partir de la construcción de la planta de RSU, debería realizarse una evaluación global de los impactos en el ambiente.

Fundeps está trabajando en el monitoreo de las iniciativas del gobierno de Carlos Paz, en relación a los proyectos de desarrollo urbanístico y de infraestructura que pretende autorizar en áreas naturales y protegidas sin contar con la debida participación de la ciudadanía, violando el marco normativo ambiental municipal, provincial y nacional. En tal marco ha enviado pedidos de información pública ambiental a la Municipalidad de Carlos Paz, al Ministerio de Ambiente de la Provincia de Córdoba, al Ministerio de Turismo de la Nación, y al Banco Interamericano de Desarrollo.

 

Contacto: Agustin Filippi 7 agustinfilippi10@gmail.com

Tras haber compartido distintos espacios y conociendo nuestros equipos, hemos confirmado nuestro compromiso de trabajo junto a la Fundación Plurales, a través de un Convenio de colaboración mutua. El mismo tiene como objetivo establecer mecanismos de apoyo entre las organizaciones, generando espacios en los que cada una de las partes pueda aportar la especialidad que le ha dado la experiencia.

En el marco de un diálogo participativo, se ha identificado la necesidad de complementar el trabajo de ambas fundaciones y coordinar acciones en forma conjunta. Tanto nuestra fundación como Fundación Plurales nos desempeñamos en diferentes campos, con especialidades y experiencias que pueden alcanzar mejores resultados con mayor alcance.

Ambas organizaciones confluyen en la realización de misiones afines, principalmente en la incidencia de políticas públicas que garanticen el respeto de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, la participación pública, y la promoción de empoderamiento e inclusión social de comunidades en situación de riesgo y vulnerabilidad. Buscamos potenciar nuestros resultados a partir de la generación de tematicas comunes. Nuestro principal enfoque de trabajo estará relacionado con los ejes de: acceso al agua, a la tierra y la vivienda, equidad de género, promoción de un desarrollo sustentable con miras a un ambiente sano, participación pública y acceso a la información.

Es siempre una buena noticia encontrar confianza y colaboración entre las organizaciones de la sociedad civil, ya que estas uniones son necesarias para lograr mayor alcance e impacto en los cambios locales, regionales y globales, desde una perspectiva de derechos humanos.

 

Son bienvenidos a visitar la web de nuestros nuevos compañeros de trabajo: http://www.plurales.org/

 

Contacto: 

Virginia Pedraza – Coordinadora del área de Derechos Humanos

 vir.pedraza@fundeps.org

La Iniciativa Global Forest Watch (GFW) anunció las 13 instituciones beneficiarias del “Fondo de Pequeñas Donaciones”, entre ellas, FUNDEPS. Hemos sido apoyados para el monitoreo e incidencia para la protección del bosque nativo en el Gran Chaco Argentino, desarrollado con el Foro Ambiental de Córdoba.

Más de 450 organizaciones de la sociedad civil de todo el mundo enviaron su solicitud para aplicar los datos y la tecnología GFW para mejorar la gestión forestal y su la gobernanza. Los beneficiarios de este año participarán en una variedad de actividades, desde la incidencia basada en la evidencia con el apoyo de imágenes aéreas de manejo de áreas protegidas a través del desarrollo de un sistema de alerta.

Entre sus focos de trabajo GFW, plantea una democratización y defensa de la gestión forestal a escala global. En este aspecto, desde FUNDEPS, trabajaremos para monitorear la efectiva aplicación de las normas de protección del bosque nativo en Córdoba y en el resto del país. Se aprovechará en particular nuestra participación en una unidad ejecutora en la provincia de Córdoba que busca actualizar la clasificación de zonas de protección de bosques en nuestro país. Esta propuesta fue desarrollada con el Foro Ambiental de Córdoba, institución que tiene una trayectoria consolidada de monitoreo del desmonte y de incidencia para la protección del bosque nativo.

Los proyectos se iniciarán el 1 de mayo, y los interesados en hacer un seguimiento de los mismos pueden suscribirse a los boletines de GFW en su blog oficial: http://blog.globalforestwatch.org/

 

Fuente:

– Blog GFW

 

Contacto:

Yamile Najle – Cordinadora del Área de Derechos Humanos

yamilenajle@fundeps.org

Nuestro país recibe y ha recibido en los últimos años diversos fondos por parte de instituciones financieras internacionales a los fines de gestionar los recursos forestales existentes en nuestro territorio. ¿Cómo se planean, ejecutan y deciden?

En este contexto, no es ocioso que la sociedad civil se pregunte cuáles son los principios y normas rectoras que se toman como punto de partida para aplicar estos fondos y si estos realmente se cumplen en la ejecución. Por ello desde FUNDEPS hemos decidido llevar a cabo un monitoreo de la gestión de dos fondos que ha recibido nuestro país y que se ajustan a estas caracterisitcas: el “AR Sustainable Natura l Resources Management”, otorgado por el Banco Mundial, y el “AR – L 1067: Forest Sustainability and Competitiveness Program” otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo. Estos serán de aplicación en numerosas provincias argentinas y afectarán a gran parte del país, pero con una finalidad en común: beneficiar a la producción forestal con una mirada sustentable.

El manejo de nuestros recursos forestales ha sido históricamente marcado por el avance desmedido de la frontera agrícola, el desmonte constante de los bosques nativos, la violación de los derechos de las comunidades originarias y campesinas y la inexistencia de procesos transparentes y participativos de toma de decisión. Es por ello queenviamos numerosos pedidos solicitando información vinculada con estos dos proyectos y nos pusimos en contacto con algunas de las personas que se encargan de llevar a cabo la ejecución de estos fondos.

Si bien será en nuestro informe final donde se encontrarán todas las conclusiones pertinentes, nos encontramos en la necesidad de adelantar que, tras haber vencido el plazo de ley para responder a los pedidos de información enviados a las provincias, sólo unos pocos han sido respondidos. De las respuestas que hemos recibido, en su mayoría no otorgan información relevante sobre la aplicación de los proyectos. Es sumamente complejo acceder a la información necesaria para poder evaluar los lugares en dónde se ejecutan los proyectos forestales y la desarticulación entre los organismos estatales es abrumadora.

Si bien hallamos mucha información sobre las normas que se aplican, los parámetros de evaluación y rendición de cuentas, los criterios técnicos y sobre los objetivos de los fondos, consideramos que su lectura es compleja, la información sobreabundante, lo que en la práctica la hace inaccesible y, en algunos casos, en otro idioma.

Más información:

Informacion_sistematizada_-_Proyectos_gestion_de_bosques – Banco Mundial – BID

Contacto:

Gonzalo Roza – Coordinador del Área de Gobernabilidad Global

gon.roza@fundeps.org

FUNDEPS – Documento de trabajo

La Coalición Argentina de The Access Initiative (TAI Argentina) se involucra en la promoción del Principio 10 de la Declaración de Río en el trabajo llevado a cabo en la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Legislatura de Córdoba.

Como parte de sus compromisos para el año 2010, la  Coalición Argentina de la Iniciativa para el Acceso ha asumido la responsabilidad de colaborar en el proceso legislativo de la reglamentación de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos en la Provincia de Córdoba, a los fines de procurar una norma participativa, que asegure en su implementación los principios de acceso a la información y la participación en la toma de decisiones.

Consecuentemente, celebramos el proceso participativo que ha motivado el anteproyecto que actualmente está siendo debatido en la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Legislatura de Córdoba, y queremos hacer especial hincapié sobre la importancia que debe prestarse a la regulación de los mecanismos participativos en el texto del mismo. Es indispensable que se incluyan instancias de participación pública concretas, ya que tratándose de una norma de ordenamiento territorial, la que se actualizará en el tiempo, debe cumplir con el mandato de la legislación nacional, por la cual es obligatorio que la misma surja y se actualice por medio de procesos participativos en cada una de sus etapas. No es accidental que la ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos exija  a cada jurisdicción realizar el Ordenamiento territorial de los Bosques Nativos existentes en su territorio a través de un proceso participativo.

El Art. 26 de la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos impone a la Autoridad de Aplicación garantir la plena vigencia de los artículos 19, 20 y 21 de la LGA, previamente a la autorización de proyectos que involucren el desmonte de Bosque Nativo, y de los artículos 16, 17 y 18 en general,  adoptando las medidas necesarias a fin de garantizar el acceso a la información de los pueblos indígenas, originarios, de las comunidades campesinas y otras relacionadas, sobre las autorizaciones que se otorguen para los desmontes, en el marco de la Ley 25.831 –Régimen de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental. Por otra parte, el Art. 21 de la Ley General del Ambiente, establece que «La participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados”.

Por ello, la Coalicion TAI Argentina se encuentra trabajando para promover la inclusión de Artículos en el texto de la Ley que aseguren un proceso participativo en la implementación de la Ley que se encuentran disponibles en los archivos adjuntos en este artículo.

Contacto:
Pablo Bollati
Ana E. Carballo

Articulos de Acceso a la Informacion – Coalicion TAI Argentina.pdf

Carta a Asuntos Ecologicos de la legislatura de Cordoba Argentina – Coalicion TAI Argentina