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Luego de la reunión plenaria de las comisiones de Legislación General, Legislación Penal, Acción Social y Salud Pública, y Mujeres y Diversidad, finalmente se logró un acuerdo sobre el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo que se va a votar mañana en el recinto de la Cámara de Diputados. ¿Qué modificaciones tiene respecto al proyecto que había presentado el Poder Ejecutivo en noviembre? ¿Qué podemos esperar de la jornada de hoy? Te lo contamos acá. 

Como estaba previsto en la agenda legislativa, este miércoles 9 de diciembre se llevó adelante la reunión de comisiones para dictaminar sobre el proyecto de ley de IVE. Con 77 votos a favor, 30 de rechazo y 4 abstenciones, se llegó a un acuerdo sobre el texto del proyecto. Lo mismo había pasado horas antes en el plenario de las comisiones de Presupuesto y de Acción Social y Salud Pública, que había discutido sobre el proyecto de ley de los Primeros 1000 días. Ambos proyectos serán tratados en el recinto este jueves 10 de diciembre

¿Cuál es la agenda de la jornada?

La convocatoria a la sesión fue fijada a las 11 de la mañana, y el orden de tratamiento de los proyectos será primero el de IVE y seguidamente el de Atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia, conocido como programa de los Primeros 1000 días. 

Durante todo el día, la Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito convocó a acompañar la votación en los espacios públicos en todo el país. En Buenos Aires, la vigilia comenzará a las 10 de la mañana en inmediaciones del Congreso, con actividades durante todo el día y hasta que se vote la ley. En Córdoba, la convocatoria es en la ex Plaza Vélez Sarsfield a partir de las 18h. Como el derecho al aborto es una cuestión de salud pública, y cuidarnos también, reforzamos las recomendaciones para participar de la vigilia:

  • Usamos tapaboca-nariz en todo momento. 
  • Nos lavamos las manos con alcohol en gel. 
  • Mantenemos la distancia de 2 mts. 
  • Nos cuidamos del sol con protector solar, ropa liviana y gorra. 
  • Llevamos agua fresca para mantenernos hidratades. 
  • No respondemos a provocaciones de antiderechos y procuramos estar siempre acompañades y atentes. 

Como se van a tratar los dos proyectos de ley, se espera que la sesión dure varias horas. Sobre IVE, hablarían un total de 170 diputadas y diputados, por lo que la votación de la ley sería en horas de la madrugada. 

¿Qué dice el dictamen? ¿Qué modificaciones propone?

Hace algunas semanas publicamos este análisis con una sistematización de los proyectos de ley que servirían de base a este debate: el que presentó el Poder Ejecutivo en noviembre y el que había presentado la Campaña en el 2019, haciendo un contraste con el dictamen que aprobó la Cámara de Diputados en el 2018. 

Ayer se aprobó un nuevo dictamen, que prevé algunas modificaciones en el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo. ¿De qué se tratan? 

En el Art. 8, que regula los casos en donde quien requiere la práctica es una persona menor de edad, ahora se hace directamente una remisión al art. 26 del CCyC. Antes de la modificación se explicitaba que aquellas personas entre 13 y 16 años cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. Se mantiene la mención al marco jurídico aplicable para estos casos que propone la Convención de los Derechos del Niño y la Ley N° 26.061 de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, que siempre prevé que se proteja su interés superior y se garantice su derecho a ser oído. 

Por otro lado, se agrega el nuevo Art. 11, que indica:

OBJECIÓN DE CONCIENCIA. OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD. Aquellos efectores de salud del Subsector Privado o de la Seguridad Social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia de conformidad con el artículo anterior, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó. En todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica conforme a las previsiones de la presente ley. Las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación. Todas las derivaciones contempladas en este artículo deberán facturarse de acuerdo con la cobertura a favor del efector que realice la práctica.

Este nuevo artículo prevé una solución para los casos de instituciones privadas de salud o de seguridad social en donde no haya ningún profesional no objetor, indicando que deberán disponer la derivación a otra institución que sí realice la práctica, garantizando que se haga conforme a la ley, y haciéndose cargo de todas las gestiones y los costos asociados a la derivación y el traslado. 

A su vez, se mantiene la redacción del Art. 10, que reconoce el derecho a la objeción de conciencia, con algunas limitaciones, como que quien objeta debe mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión; debe también derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones; debe adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica y finalmente debe cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas. 

También se prohíbe  para los casos en que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable, y para los casos que se requiera de atención sanitaria postaborto. Este artículo prevé, además, que su incumplimiento puede dar lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.

Sin embargo, esta redacción no contempla limitaciones que sí surgían en el dictamen de Diputados del 2018, como por ejemplo, que la objeción debía manifestarse previamente de manera individual y por escrito, y comunicarse a la máxima autoridad del establecimiento de salud.

Otro punto importante de aquel dictamen es que obligaba a los establecimientos de salud a llevar un registro de los profesionales objetores, debiendo informar del mismo a la autoridad de salud de su jurisdicción, y prohibía explícitamente la objeción de conciencia institucional y/o de ideario. 

¿Qué significa la inclusión de artículos que admiten el supuesto de objeción de conciencia individual, y supuestos de instituciones en donde no haya ningún profesional no objetor?

Sabemos que la objeción de conciencia es un instituto jurídico que se utiliza para obstaculizar o dilatar el acceso a los servicios de salud sexual y (no) reproductiva, como hemos visto que sucede con los casos de anticoncepción e interrupción legal del embarazo. Reconocerla dentro de la ley, con el status jurídico de “derecho”, no hace otra cosa que habilitar el incumplimiento de la propia ley, poniendo en grave peligro su efectividad.

La objeción de conciencia es un instituto jurídico que permite exceptuar a ciertas personas del cumplimiento de una obligación legal, en los casos en que la acción ordenada por las normas contraríe sus más profundas convicciones religiosas, éticas o morales; siempre que ello no cause un perjuicio a terceras personas.  

Entendemos que la incorporación de la objeción de conciencia individual para la intervención directa en la práctica de IVE está basada en el respeto de esta libertad de conciencia o religiosa, siempre que se permita de manera excepcional y con todos los límites mencionados. Pero reconocer la pretensión de instituciones privadas de eximirse de la provisión de servicios de interrupción del embarazo es impensable. Tememos que esto puede suceder en el caso de que la totalidad de los profesionales de salud de una institución se declaren como objetores. Aunque no sea la institución quien niegue el servicio, si todos sus profesionales son objetores, se convierte en una objeción de conciencia institucional encubierta. 

Una solución de este tipo vulnera la libertad y el derecho a la salud de las y los pacientes, e incrementa los costos y problemas para el sistema de salud público, que se verá sobrecargado por tener que resolver las situaciones que el subsistema privado le derive. Nos preocupa además que como consecuencia de este reconocimiento se repita la situación de Uruguay, en donde se identifican altos niveles de objeción, existiendo incluso  jurisdicciones con 100% de profesionales objetores. Esto profundiza las dificultades que afectan a las zonas rurales o alejadas de las grandes ciudades, en donde el acceso a los servicios de salud es más limitado y hay menos instituciones públicas. 

Las instituciones privadas que proveen servicios de salud desarrollan funciones públicas esenciales: la provisión de servicios de salud a la población. El hecho de que estas funciones se desempeñen con ánimo de lucro y mediante un contrato privado no desvirtúa la naturaleza del servicio. Por lo tanto, la función social que cumplen estas empresas privadas es diferente a la de otras que no están comprometidas con la garantía de derechos fundamentales de las personas. En este sentido, la exigencia social y legal que se hace a las empresas o entidades proveedoras de servicios de salud es mucho mayor. No solo deben garantizar la no discriminación en el acceso a los servicios, sino que están sometidas a un mayor control y vigilancia por parte del Estado. 

En este sentido, admitir que toda una institución pueda eximirse de la provisión de servicios de IVE es injustificado y pondría en riesgo de manera desproporcionada el acceso a la salud de las personas asociadas a ellas. 

De todos modos, el dictamen obliga a estos establecimientos a garantizar la derivación, en un lugar de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó, en donde se debe garantizar la práctica conforme a la ley. Luego indica que las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado quedarán a cargo de la institución que derivó, previendo que se facture siempre a favor del efector que efectivamente realice la práctica. 

Será ley

A pesar de estos puntos controvertidos, celebramos la aprobación del dictamen de mayoría y aguardamos el tratamiento en ambas Cámaras antes de fin de año. Reconocemos que llegar a esta instancia fue fruto de las luchas del movimiento de derechos humanos que hace tantos años viene impulsando esta ley. 

El Congreso de la Nación tiene ahora el deber de dar la discusión legislativa con responsabilidad que merece un problema de salud pública de esta magnitud, en esta nueva oportunidad de sancionar la ley y marcar el avance en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes en nuestro país.

Esperamos que quienes legislan dejen de lado sus convicciones personales y su moral privada a la hora de abordar este proyecto. Están legislando sobre nuestro futuro, sobre nuestra salud y sobre nuestras vidas. Exigimos que lo hagan responsablemente, apoyando con su voto positivo este proyecto de ley, porque es un proyecto que amplía derechos y salva vidas. 

Esta tarde, vamos por la media sanción. Y antes de que termine el 2020, por la conquista del derecho al aborto legal, seguro y gratuito. 

 

El presente documento propone un análisis descriptivo y valorativo de la recientemente publicada (2020) “Herramienta de Evaluación de Riesgos de Género” (HERG) del BID Invest, la cual es un plan de género para que las empresas evalúen el impacto de sus proyectos en materia de género y estructuren procesos de prevención de estos.

En el presente documento se analizan aquellas cuestiones que han sido incorporadas y los aspectos que no se han incorporado y/o modificado a partir del proceso de consulta pública que llevó adelante el BID. Especialmente, se hace énfasis en la necesidad de garantizar los derechos de las niñas, adolescentes, mujeres y personas LGBTTTQ+ para que efectivamente se respeten y se garanticen los derechos humanos de todas las personas.

Junto al Espacio de Economía Feminista Córdoba y con el apoyo de la Fundación Heinrich Boll, realizamos un ciclo de 5 encuentros virtuales para visibilizar y debatir sobre la existencia de otras economías que pongan en el centro a la vida humana y no humana y a los cuidados que las hacen posibles.

El Ciclo de webinarios sobre Economía Feminista (EF) inició el 30 de septiembre y se extendió a lo largo de dos meses. Participaron especialistas en Economía Feminista, Economía Popular, Economía Ecológica y Economía Social y Solidaria, integrantes de diversos espacios autogestivos y activistas que apuestan y trabajan en pos de otras economías, que reemplacen el afán de lucro por el cuidado y sostenibilidad de las vidas humanas y no humanas. 

El panel del primer webinar estuvo conformado por Ariana Cervantes y Vanessa Ullua (integrantes del Estudio contable Virginia Bolten) y Shams Selouma de la Incubadora Feminista Latinoamericana. En ese encuentro se ofrecieron herramientas jurídicas, tributarias y administrativas para organizaciones autogestivas y comunitarias. A su vez, se presentó el Recursero Herramientas para la autogestión desde una perspectiva de la sostenibilidad de la vida

El segundo webinar, llamado “Hacia la sostenibilidad de la vida. Diálogos entre las experiencias de América Latina y España”, sentó las bases y lineamientos teóricos de la Economía Feminista desde una perspectiva de la sostenibilidad de la vida, a fin de reflexionar y discutir nuevas formas de pensar y organizar el trabajo, producir, distribuir y consumir, que subviertan las lógicas capitalistas y heterocispatriarcales. El espacio buscó establecer una conversación entre miradas teóricas y experiencias desde América Latina y España. En este encuentro participaron especialistas en la temática: Astrid Agenjo Calderón, Patricia Laterra y Natalia Quiroga Díaz. 

A este encuentro le siguió otro que abordó el tema de los cuidados como condición para el sostenimiento de la vida. En el webinar “Lo esencial es invisible al mercado. Corresponsabilidad, comunidad y cuidados”, participaron Corina Rodriguez Enriquez, Gabriela Marzonetto y Paola Bonavita, quienes expusieron sobre políticas de cuidado actuales y cuidados comunitarios en Argentina y específicamente Córdoba. 

Finalmente, los últimos dos webinaros se propusieron plantear y debatir, desde un enfoque teórico primero y empírico después, las posibilidades de construir y sostener otras economías que articulen las propuestas de la Economía Social y Solidaria, la Economía Popular, la Economía Ecológica con la Economía Feminista. 

Las reflexiones teóricas fueron planteadas en el webinar “Otra(s) economía(s). Diálogos entre la Economía Feminista y las economías Popular, Solidaria y Ecológica”, gracias a los aportes de Ariana Ortega y Magalí Magnani del Área de Ecofeminismo del Taller Ecologista de Rosario, Florencia Partenio, Karina Tomatis. Las tensiones y dilemas, así como las propuestas teóricas planteadas en este encuentro, fueron puestas en diálogo con experiencias autogestivas de la ciudad de Córdoba, que participaron del último webinar “La otra economía existe y sostiene la vida. Conversatorio con organizaciones autogestivas y comunitarias de Córdoba”. 

En este último encuentro participaron integrantes de la cooperativa Corteza del Chañar, cooperativa Wallmarx, la Textil del Encuentro de Organizaciones y de la Feria Agroecológica de Córdoba, que compartieron experiencias concretas que visibilizan la existencia de otras economías, vislumbrando un real horizonte en el que estas sean posibles. 

Creemos, y el contexto actual particular lo está evidenciando cada día, que la sostenibilidad de la vida debe estar en el centro del debate, que debemos seguir pensando y construyendo colectivamente qué economía queremos y necesitamos para sostener nuestras vidas y todas las vidas que habitan este planeta de una manera digna de ser vivida.

Sabemos que aún queda un largo camino para deconstruir y transformar una economía constituida a partir de una lógica productivista, de acumulación de capital, de deterioro del ambiente. Por eso se torna urgente y necesario visibilizar y fortalecer teorías y experiencias de otras economías, construidas desde la autogestión y a partir de los debates feministas, poniendo en el foco el buen vivir y que apuestan cada día a otro mundo posible. 

Para revivir los encuentros, hacé click en los siguientes enlaces:

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org 

La discusión iniciará en la Cámara de Diputados, con reuniones informativas de las comisiones durante toda la semana. Luego del fin de semana largo vendría la votación en el recinto. Se discutirá sobre la base del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo hace dos semanas, y del proyecto presentado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal Seguro y Gratuito en el 2019. ¿Qué dice cada proyecto?

Este martes 1 de diciembre el plenario de las comisiones de Legislación Penal, Legislación General, Mujer y Diversidades y Salud recibirá a integrantes del Poder Ejecutivo (de la cartera de Salud, Desarrollo Social y Legal y Técnica). Luego se dará inicio a exposiciones de científicos/as, sanitaristas, profesionales de la salud y juristas a favor y en contra de la ley, con la expectativa de llegar a un dictamen el próximo viernes. 

Luego de haberlo anunciado en la apertura de las sesiones legislativas, el 1 de marzo, finalmente el Poder Ejecutivo envió el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo al Congreso de la Nación. Lo hizo junto al proyecto de ley que instaura el llamado “Plan de los mil días”, que propone la asistencia del Estado a embarazadas en situación de vulnerabilidad durante la gestación y hasta los tres primeros años de vida del niño o niña. 

De esta manera se habilitó nuevamente el debate por la legalización del aborto, uno de los puntos principales en la agenda de los derechos humanos de nuestro país desde su discusión en el Congreso en el 2018, que culminó en agosto con el rechazo en el Senado. La Campaña por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito había presentado en mayo de 2019 su proyecto, el cual cuenta aún con estado parlamentario, por lo que se espera que durante el debate en comisiones se tengan ambos en consideración. 

En este documento presentamos un análisis comparativo de ambos proyectos, contrastándolos con el dictamen que había sido aprobado por la Cámara de Diputados en el 2018. Consideramos que el Congreso de la Nación tiene el deber de dar la discusión legislativa con los aprendizajes adquiridos en ese entonces, y tomando como insumo ambos proyectos. 

El Congreso tendrá nuevamente la oportunidad de sancionar una ley que consolide derechos humanos largamente postergados, respetando los estándares internacionales que regulan esta materia a los que está obligado el Estado argentino, marcando un avance en la protección de los derechos de las mujeres y personas gestantes en nuestro país.

Una ley que garantice la Interrupción Voluntaria del Embarazo nos permitirá avanzar en la construcción de una sociedad más justa, igualitaria y respetuosa de los derechos humanos. 

Que sea ley. 

Descargar Análisis comparativo – Proyectos de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El presente documento propone un análisis comparativo entre el proyecto de ley de Interrupción
Voluntaria del Embarazo que fue tratado en la Cámara de Diputados en el año 2018 y obtuvo media
sanción; el proyecto de ley de la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito
presentado en el año 2019 en el Congreso y el proyecto presentado por el Poder Ejecutivo en
noviembre del 2020.

El pasado 24 de noviembre, nos reunimos con integrantes de la delegación de Córdoba del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo para dialogar sobre los hechos de discriminación perpetuados en los colegios de la red educativa Fasta. 

Luego de remitirles la denuncia presentada en octubre ante el Ministerio de Educación por las situaciones de violencia y discriminación vividas por integrantes de las comunidades educativas de la red de Fasta, la delegación cordobesa del INADI nos concedió una audiencia para conversar sobre los casos de discriminación denunciados.

La institución se comprometió a involucrarse con la denuncia, solicitando información al Ministerio de Salud. Además, asumió el compromiso de continuar articulando con organizaciones de la sociedad civil, previendo nuevas instancias de encuentro y diálogo.  

Más información

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Dos encuentros virtuales para aprender sobre el mundo de las IFIs, sus mecanismos de rendición de cuentas, y compartir herramientas útiles con organizaciones feministas de la región. 

Las instituciones financieras internacionales -IFIs- son uno de los actores más importantes para los países de América Latina y el Caribe en lo que a financiación de proyectos se refiere. Sin embargo, es necesario que las IFIs cuenten con Políticas de Género y transversalicen la perspectiva de género en el diseño, desarrollo y ejecución de los proyectos que financian, y consideren los impactos diferenciados por género que éstos ocasionan. 

Por tal motivo, lanzamos dos encuentros virtuales en el que aprenderemos sobre las IFIs y compartiremos herramientas útiles para que, organizaciones constituidas por feminidades e identidades diversas y disidentes, construyan capacidad para monitorear los proyectos financiados por éstas. 

En el primer encuentro, nos aproximaremos al mundo de las IFIs y sus mecanismos de rendición de cuentas. Tendrá lugar el martes 10 de noviembre, a las 16h. Argentina. 

En el segundo encuentro, brindaremos herramientas para obtener información y monitorear proyectos financiados por instituciones financieras de desarrollo. Se realizará el 17 de noviembre a las 16h. 

A raíz de los testimonios de ex integrantes de colegios de la red educativa FASTA, salieron a la luz numerosos casos de violencia de género, discriminación, incumplimientos de la currícula obligatoria y abuso de autoridad. Exigimos al Ministerio de Educación de la provincia que estas prácticas violatorias de derechos humanos cesen y que actúe en consecuencia.

Este lunes, acompañando a egresados y egresadas de los colegios de la red educativa FASTA (Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino), presentamos una denuncia ante el Ministerio de Educación de la provincia de Córdoba, a los fines de ponerlo en conocimiento de ciertas situaciones y prácticas contrarias a la ley ocurridas en dichos centros educativos.

A través de los testimonios de ex-alumnos, ex-alumnas y demás integrantes de la comunidad, se dio cuenta de la discriminación y violencia que habrían ocurrido y ocurrirían en las aulas de dichos colegios. Los testimonios abarcan situaciones de violencia de género, homo-odio, discriminación, abuso de autoridad y negación y defensa de la última dictadura militar argentina.

También se denunció el material de estudio que se les provee a los y las estudiantes por ser falaz, discriminatorio, violento y violatorio de distintas leyes, como la de Educación Sexual Integral, de Actos Discriminatorios, de Salud Sexual y Procreación Responsable, de Identidad de Género, entre otras normativas protectoras de derechos humanos y de los niños, niñas y adolescentes.

Firmaron la denuncia más de 30 egresados y egresadas de los colegios de Fasta, y sumaron su adhesión diferentes organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos, personalidades públicas y activistas de derechos humanos.

Le exigimos al Ministerio que tome las medidas necesarias para disuadir las prácticas violatorias de derechos humanos en las que incurren los colegios de la red de FASTA y cualquier otro establecimiento vinculado a la misma, y que tome un rol activo para que los contenidos y materiales de estudio se adecuén a lo dispuestos por nuestras leyes, en materia de educación. También solicitamos que se disponga la creación de una Comisión Provincial de Implementación de la ESI con el propósito de relevar y sistematizar información que permita monitorear a nivel provincial el cumplimiento de la Ley Nº 26.150 de Educación Sexual Integral.

Más información

Autoras

  • Sofía Armando
  • Sofía Mongi

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Se trata del caso de “María Magdalena”, una mujer que llegó con un aborto en curso a la guardia de un hospital y sufrió torturas, tratos inhumanos y violencia obstétrica al ser atendida, y luego no logró acceder a la justicia en la provincia de Tucumán.

En el año 2012, María Magdalena (nombre utilizado para conservar su anonimato) llegó a la guardia de la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes con un aborto espontáneo en curso. Las ginecólogas que la atendieron, Claudia Callejas y Alejandra Bereguer, le realizaron un legrado sin anestesia y luego la denunciaron con la policía, acusándola de haberse provocado el aborto.

María Magdalena fue sobreseída en el 2015 y desde entonces ha intentado conseguir justicia. Denunció a dichas médicas por violencia de género y violación del secreto profesional, pero en todas las instancias judiciales de Tucumán se negaron a investigar, y archivaron la causa. 

El caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y en febrero de este año se resolvió que el Poder Judicial de Tucumán debe investigar el accionar médico de las ginecólogas y pronunciarse sobre los hechos denunciados, ya que estos significan una flagrante violación a los derechos de las mujeres.

Desde Fundeps, presentamos un Amicus Curiae exponiendo una serie de argumentos para fundamentar las violaciones de Derechos Humanos que sufrió María Magdalena, y exigir  de esta forma, que se haga justicia. Entre ellos destacamos el derecho a una vida libre de violencias en el marco de la atención de la salud, el cumplimiento de las obligaciones médicas de los y las profesionales de la salud (que derivan de la Ley de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud) y el derecho de acceder a la justicia.

Exigimos al Poder Judicial de Tucumán que cumpla con su deber de garantizar a las mujeres el goce pleno de sus derechos y que sancione a quienes atentan contra estos, haciendo justicia por María Magdalena y todas las mujeres que ven obstaculizado el acceso a servicios esenciales en condiciones seguras y asequibles.

Autora

Sofía Armando

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org 

El presente material es un recursero práctico de nociones básicas sobre la autogestión. Es el resultado de debates y diálogos, cargado de grandes deseos de transformación social.

Junto al Espacio de Economía Feminista de Córdoba y con el apoyo de la Heinrich BÖll lanzamos una serie de 5 encuentros virtuales para reflexionar en torno a otras economías que se centren en la sostenibilidad de la vida. 

El ciclo de webinars sobre Economía Feminista abordará, desde esta mirada, distintas aristas que nos permitirán reflexionar, debatir y compartir saberes y experiencias sobre otras formas de organizar el trabajo, producir, distribuir y consumir que subviertan las lógicas capitalistas y heterocispatriarcales. 

El ciclo nos invita a articular las propuestas de la Economía Social y Solidaria, la Economía Popular, la Economía Ecológica con la Economía Feminista, a fin de pensar otras economías que reemplacen el afán de lucro por el cuidado y sostenibilidad de las vidas humanas y no humanas.

 

1. Herramientas para organizaciones autogestivas y comunitarias. Recursos jurídicos, tributarios y administrativos.

Disponible aquí

 

OCTUBRE

2. Hacia la sostenibilidad de la vida. Diálogos entre las experiencias de América Latina y España.

> Próximo 16 de octubre 10am

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3. Lo esencial es invisible al mercado. Corresponsabilidad, comunidad y cuidados.

 

NOVIEMBRE

4. Otra(s) economía(s). Diálogos entre la Economía Feminista y las economías Popular, Solidaria y Ecológica.

5. La otra economía existe y sostiene la vida. Conversatorio con organizaciones autogestivas y comunitarias de Córdoba.