El MICI, mecanismo de rendición de cuentas del BID y BID Invest, con motivo del aumento de las represalias hacia los solicitantes, ha trabajado para mejorar las capacidad de su equipo en el tratamiento de estas situaciones. En consecuencia, ha desarrollado una serie de  Directrices para atender el riesgo de represalias en la gestión de solicitudes que entrará en vigencia en el 2020.

El BID y el BID Invest poseen un mecanismo de rendición de cuentas (IAMs), el Mecanismos Independiente de Consulta e Investigación, más conocido como MICI. 

Los mecanismos de rendición de cuentas se han creado por las IFIs para que las comunidades puedan realizar la presentación de reclamos ante posibles daños que hayan sido causados por las inversiones que los bancos realizan y, por lo tanto, que estén incumpliendo los estándares ambientales, sociales y de transparencia de acuerdo a los cuales las instituciones efectúan su trabajo. Las características de este tipo de mecanismos se adecúen a los Principios Rectores sobre Empresas y DDHH de la ONU, específicamente su pilar 3 de acceso a mecanismos de reparación por parte de las víctimas. 

Sin embargo, se ha observado con frecuencia  que los solicitantes que presentan quejas en el MICI sufren de represalias, manifestada de diversas formas. Ello no deja de poner en riesgo la vida de los solicitantes, que en la mayoría de los casos, son defensores/as ambientales y/o de derechos humanos. En el 2018, el mecanismo observó un aumento de los casos en donde se solicita la confidencialidad por temor a represalias o a actos de intimidación hacia las comunidades en las cuales se desarrolla el proyecto financiado por el Banco.   

Por tal motivo, el MICI desarrolló el kit de herramientas ‘Guía para IAMs sobre medidas para abordar el riesgo de represalias en la gestión de reclamaciones’. Esta guía tiene por objetivo evaluar el nivel de riesgo que implicaría la intervención de un mecanismo y cuáles son las formas de prevenirlo, mitigarlo, reducirlo o abordarlo. En ambos apartados, el documento brinda  herramientas para orientar a los mecanismos y a sus respectivas instituciones sobre qué pasos se deberían seguir para abordar estas situaciones.  

En América Latina, los defensores/as ambientales y de derechos humanos atraviesan violaciones constantes a sus derechos. Con tal motivo, y en pos de que las instituciones financieras adquieran mayor conciencia sobre esta problemática, el mecanismo se reunió con la oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos. La conclusión central de esta reunión fue ratificar la centralidad que deben ocupar los DDHH en la financiación para el desarrollo sostenible. Como resultado, el MICI, a partir del año 2020, contará con las ‘Directrices para atender el riesgo de represalias en la gestión de solicitudes’.  

Las Directrices han sido creadas con el propósito de que los solicitantes, ante el riesgo de represalias anteriores o posteriores a realizar un reclamo ante el mecanismo, puedan aplicarse de manera efectiva las Políticas MICI-BID y MICI-CII. Ellas constituyen una herramienta para implementar en las regiones o áreas en las que, simplemente, exista el riesgo de represalias. 

Las Directrices se emplearán de acuerdo a factores que creen, aumenten o agraven el riesgo de sufrir represalias por los solicitantes ante el Mecanismo; también se pretende trabajar con los solicitantes en pos de reducir y atender los factores de riesgos que se identifiquen.

El documento de las directrices aborda los principios para la gestión de casos en que se detecte riesgo de represalias. Algunos de estos principios son: 

  • Tolerancia cero ante represalias,
  • Evaluación participativa y continua de los riesgos;
  • Acción sin daños;
  • Honestidad y transparencia sobre el mandato MICI en materia de represalias. 

Las directrices deben servir de guía para capacitar a todo el equipo de trabajo en la Gestión de riesgo de represalias, difundir las directrices y brindar capacitaciones a otras unidades del Grupo BID. Además, pone a disposición el documento para que cualquier institución las utilice, siempre y cuando no alteren su contenido. 

Por último, las directrices tendrán que compartirse con los solicitantes en la etapa de registro para analizar la existencia de riesgo de represalias. En caso de que así sea, un equipo del MICI debe elaborar un Análisis de Riesgo de Represalias (ARR). De acuerdo al nivel de riesgo que se identifique en el análisis, el equipo del Mecanismo elaborará un Plan conjunto de reducción de riesgo de represalias (PCRR) que podrá establecer medidas de prevención o mitigación. 

De aplicarse correctamente estas directrices, significaría un avance en la protección de los defensores/as ambientales y de derechos humanos, así como de las comunidades, quienes realizan reclamos debido a los impactos negativos sociales y ambientales de los proyectos financiados por las instituciones financieras internacionales. 

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Autora

Sofía Brocanelli

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

El Gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, avaló la reforma a la ley que protege el agua de su provincia, para terminar con la prohibición de uso de cianuro y otras sustancias tóxicas y para quitar la necesidad de que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos mineros metalíferos tenga que ser ratificada por el órgano legislativo provincial. Esta modificación implica un retroceso en los niveles de protección del ambiente.

La ley 7722 vigente en la provincia de Mendoza comenzó a gestarse hacia el año 2005 cuando frente al interés de las empresas mineras de instalarse en el Valle de Uco, los vecinos comenzaron a informarse y a movilizarse en defensa del agua. La ley fue aprobada por la legislatura de Mendoza en el año 2007 y ratificada por la Corte Suprema de Justicia de Mendoza en el año 2015 ante unos diez pedidos de inconstitucionalidad presentados por las empresas mineras. Esta ley no prohíbe la minería, sino que prohíbe en el territorio de la provincia de Mendoza, el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros, en pos de la protección del agua y de la agricultura.

El proyecto de modificación de la ley del Gobernador Rodolfo Suárez, busca introducir cambios en los artículos esenciales de la ley, propone eliminar la prohibición del uso de sustancias químicas –a excepción del mercurio- y sustancias tóxicas “en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos”; por otro lado, busca quitar la necesidad de que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para proyectos mineros metalíferos tenga que ser ratificada por el órgano legislativo provincial. Pretende así promover la actividad minera metalífera a gran escala en la provincia de Mendoza.

Esta modificación no solo vulnera al ambiente como bien jurídico integral, sino que implica la violación de los principios que ordenan el microsistema ambiental, en particular los principios de irretroactividad y progresividad establecidos en la Ley General de Ambiente (Ley 25.675), significando un retroceso en los niveles de protección ya existentes en la provincia. A esto debe sumarse la carencia hídrica que sufre la zona de Mendoza, atento a que cuenta con una declaración emergencia hídrica desde hace más de diez años. El derecho al agua constituye un derecho humano básico, un bien público fundamental para la vida y la salud en la medida en que supone una condición necesaria para el goce de otros derechos humanos. Así, en protección de este derecho humano, es que fue dictada la ley 7722 que hoy en día el gobierno mendocino pretende modificar .

Es un deber primordial de los legisladores escuchar a la ciudadanía la cual se ha venido movilizando durante años y manifestando su rechazo a este proyecto durante estos días. Como lo expresará el Tribunal Superior de Justicia de Mendoza, los mendocinos decidieron mediante la ley 7722 el modelo productivo que quieren desarrollar, es derecho de cada sociedad decidir, definir y gestionar el modo que adopta para progresar. Ante estas circunstancias es que expresamos nuestra preocupación y rechazo del intento del Gobierno de la provincia de modificar la ley vigente.

Autora

Maria Laura Carrizo

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

El 11 de diciembre, el Banco Interamericano de Desarrollo llevó a cabo en Washington D.C. una consulta presencial sobre el perfil de su nueva Política de Acceso a la Información, que se encuentra actualmente bajo revisión.  Además de haber participado presencialmente de la consulta en Washington, junto con otras organizaciones de la sociedad civil enviamos comentarios virtuales respecto a dicho Perfil de Política. 

El Grupo BID se encuentra actualmente revisando algunas de sus políticas operativas más relevantes, entre ellas las políticas ambientales y sociales y la política de acceso a la información. A su vez, el BID Invest, brazo privado del Grupo BID, está finalizando procesos similares de sus propias políticas socioambientales y de acceso a la información.

En cuanto a la Política de Acceso a la Información del BID, el Directorio Ejecutivo del Banco aprobó en noviembre pasado el inicio de la revisión de la política y posteriormente realizó una consulta pública presencial sobre el Perfil de la nueva Política (un documento que establece las líneas esenciales que el Banco plantea incluir en el borrador de la nueva política). La misma fue realizada el 11 de diciembre pasado en la ciudad de Washington y contó con la participación de un grupo de organizaciones de la sociedad civil, entre ellas Fundeps. En dicha consulta pudimos expresar algunas de nuestras preocupaciones iniciales respecto al documento de Perfil y respecto al proceso de revisión encarado por el Banco. Preocupaciones y recomendaciones que luego enviamos al Banco en un documento elaborado de manera conjunta con un grupo de organizaciones aliadas, en el marco de la consulta virtual del Perfil de Política (Ver: Recomendaciones al borrador del Perfil de la Política de Acceso a la Información del BID).

Entre las recomendaciones generales que las OSC realizaron al perfil de la política se puede destacar la necesidad de reconocer el derecho a la información como un derecho humano el cual debe ser el pilar de la nueva política. 

También, se instó a que el Banco elimine del borrador del perfil de la nueva política la excepción donde se permite que los países se opongan a la divulgación de información específica concerniente al país. Esta excepción es incompatible con el principio básico de transparencia según la Oficina de Evaluación y Supervisión (OVE). Además, se evidencian problemas de inconsistencia con la política de acceso general de Acceso a la Información como la dificultad en definir cuál información es potencialmente dañina y cuál no. 

A su vez, al analizar el borrador del Perfil de la Política, se observaron y señalaron algunos espacios vacíos. Solo por mencionar algunas de las lagunas encontradas, en lo concerniente a la Seguridad y Protección, se recomendó que se contemple a los individuos, grupos y/o comunidades ya que son las más expuestas a padecer de represalias al buscar acceder a información cuando los proyectos financiados por el BID se están ejecutando en sus territorios. En adición, se recomendó que la Política incluya aquellas disposiciones que  se encuentran en concordancia con las mejores prácticas internacionales en cuanto a la protección de denunciantes. 

En cuanto a la confidencialidad de la información financiera y empresarial, se recomendó evitar que la nueva Política tenga un lenguaje vago, amplio y discrecional lo cual deja a decisión de países miembros, terceras partes y otras entidades el acceso de este tipo de información.

Por último, se instó al Banco a no eliminar de la Política la referencia en la cuál se informa que la comunidades pueden realizar quejas al MICI por posible violación de la Política. Además, al no eliminar de la política esta referencia, permite que las comunidades afectadas por proyectos del BID puedan exigir la reparación de daños a través del mecanismo, así como conocer de la existencia de este mecanismo, en caso de desconocimiento. 

Habiendo concluido la instancia de consultas acerca del Perfil, los siguientes pasos contemplan la publicación del Borrador de Política (que incorporará, de acuerdo al Banco, los comentarios y recomendaciones recibidos en las consultas presencial y virtual mencionadas) y una subsiguiente instancia de consulta pública que incluirá consultas presenciales en algunos países de la región y una consulta virtual que se extenderá por 120 días.

Invitamos a la sociedad civil y, sobre todo, a las comunidades afectadas o potencialmente afectadas por proyectos financiados por el Banco, a participar activamente de este proceso de revisión aportando sus experiencias y recomendaciones, con el objetivo de fortalecer la transparencia y el acceso a la información del BID Para participar del proceso, puede acceder al este enlace provisto por el Banco

Más información 

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org 

Con motivo de la consulta pública sobre el borrador del Perfil de la Política de Acceso a la Información del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), organizaciones de sociedad civil, incluida Fundeps, han realizado comentarios y recomendaciones al Banco en pos de generar una política mas eficaz y eficiente. El presente documento enviado al BID se encuentra únicamente en inglés.

Con la asunción del nuevo presidente Alberto Fernández el pasado 10 de diciembre, y luego de recuperar su categoría de Ministerio el área de salud, se publicó en el Boletín Oficial la tercera actualización del Protocolo nacional para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo. Actualización que hace poco menos de un mes fuera vetada por el ex presidente Mauricio Macri, luego de que le diera impulso su propio Secretario de Salud Adolfo Rubinstein.

Tras las idas y vueltas del anterior gobierno respecto de la publicación y luego de la derogación de la actualización de dicho Protocolo, el actual Ministro de Salud Ginés González García, a un día de asumir, realizó una conferencia de prensa en Casa Rosada en la que anunció que la actualización del Protocolo se publicaría en las próximas horas. Y así fue. 

A través de la Resolución  Nº 1/2019  publicada en el 13 de diciembre, quedó plasmado lo que ya había anticipado el Ministro González García: dicho protocolo es un imperativo de la política sanitaria nacional en salud sexual y reproductiva. 

No es más que una guía de procedimiento para garantizar los derechos ya estipulados por ley.  Además brinda el respaldo a los profesionales que deban cumplir con la misma, debido a la intimidación sufrida en los últimos tiempos por grupos anti derechos.

La actualización del Protocolo tiene pocas variantes respecto de la anterior, resuelta por el Secretario Adolfo Rubinstein. Una de las más relevantes es la flexibilización respecto de la objeción de conciencia para asegurar que no impida la interrupción legal del embarazo. Sobre este tema, González García manifestó, “somos respetuosos de la objeción de conciencia, pero no puede ser una cortada institucional para que no se cumpla la ley.”

Es importante resaltar este tema, debido a lo ocurrido este año en la Provincia de Tucumán con el caso Lucía, en el que responsables de la salud obstaculizaron la realización de la ILE, esperando a los 7 meses de gestación para realizar una cesárea en contra de la voluntad de la niña. Se ejerció todo tipo de presión en contra de ella y su familia, además de la violación de sus derechos. 

En este sentido, también se pronunció el Ministro, confiando en la adhesión de las Provincias al Protocolo para que, de esta forma, se salvaguarden los derechos de quienes pueden y desean acceder a una ILE, y a los profesionales que tengan el deber de cumplir con la ley. 

Es importante destacar que el primer Protocolo fue elaborado en el año 2007 durante la primera gestión del actual Ministro, y luego fue actualizado en el 2010 y en el 2015, cuando se incorporaron las disposiciones efectuadas por la Corte Suprema en el fallo FAL del año 2012.

En esta oportunidad y en consonancia con el Protocolo derogado recientemente, la actualización se realizó adecuándose al nuevo Código Civil y Comercial sancionado en el año 2015, y con las últimas recomendaciones realizadas al respecto por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Una de las cuestiones relevantes en este sentido, es que de acuerdo al Código Civil y Comercial Argentino, se considera adulta a una persona gestante a partir de los 16 años. Por lo tanto su consentimiento informado es suficiente a la hora de solicitar la aplicación de una ILE. 

Principales puntos

Debido al poco tiempo transcurrido entre la actualización del Protocolo por parte del Secretario Rubinstein y la actual, los puntos centrales continúan siendo básicamente los mismos, tal lo como desde Fundeps lo explicamos con anterioridad

Es importante continuar resaltando que el Protocolo tiene como fin “garantizar la dignidad y derechos de toda persona con capacidad de gestar y, por lo tanto, potencial sujeto del derecho a ILE, cuando su vida o salud estén en peligro, o esté cursando un embarazo producto de una violación, independientemente de si es una persona con o sin discapacidad”.

Por lo tanto, sus principales puntos son:

  • Reafirma la ILE como derecho de las mujeres y personas gestantes.
  • Se adecúa el consentimiento al nuevo Código Civil y Comercial, respetando la autonomía progresiva de niñas/os y adolescentes y de personas con discapacidad y restricción de la capacidad.
  • De acuerdo al CCyC de la Nación, a partir de los 16 años la persona gestante es considerada adulta.
  • Entre los 13 y los 16, puede solicitar autónomamente una ILE cuando no implique un grave riesgo para su salud o vida.
  • Reconoce la posibilidad de la objeción de conciencia, pero establece que esta no puede suponer un obstáculo para el acceso a la ILE. 
  • Garantiza la celeridad. El plazo entre la solicitud de la ILE y su realización no debe ser mayor a 10 días corridos. Si un médico/a es objetor/a de conciencia, debe derivar a uno que lo sea en menos de 24hs.
  • Da seguridad a los/as trabajadoras/es de la salud para realizar la práctica. 

La situación en las provincias

Sobre este tema, también se expidió el nuevo Ministro al decir que “en un país federal, mucho depende de que se adhieran las provincias. Ya hay muchas que están adheridas, pero lamentablemente algunas provincias grandes, como Buenos Aires por ejemplo, no aprobaron el protocolo”.  

Recordemos que en el año 2012 el fallo FAL, exhortó al Estado nacional y a las provincias a proporcionar las condiciones necesarias para llevar adelante las interrupciones legales de embarazos de manera rápida, accesible y segura.

Hasta hoy, todavía 7 provincias no contaban lamentablemente con normativas propias ni adherían al protocolo de la Nación. Santiago del Estero, Tucumán, Corrientes, Mendoza, San Juan, Catamarca y Formosa, formaban parte de este número. 

La buena noticia, es que luego del anuncio del Ministerio de Salud de la Nación, la subsecretaría de Desarrollo Humano de la provincia de Formosa, declaró en un medio local que la provincia adhiere al Protocolo desde el año 2015 “preservando siempre a la víctima, punto por el cual no se daba a conocer la adhesión en la provincia”. 

Más allá de la lectura que puede hacerse de esta declaración, lo importante es que finalmente una provincia más se pronunció públicamente respecto de la adhesión al mismo. 

Las palabras del Ministro manifestando que “no creemos que sea fácil ni que el protocolo en sí mismo cambie la historia, pero nosotros estamos dispuesto a cambiar la historia mucho más allá del protocolo”, es un halo de esperanza que trae este nuevo gobierno, en el que el avance de reconocimientos de derechos,  la despenalización del aborto y la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo ya no parecen objetivos tan lejanos ni difíciles de conseguir, y esperamos que pronto sean realidad.

Autora

Valentina Montero

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Este lunes nos presentamos como “Amigos del tribunal” en la causa que tramita ante el Juzgado N° 7 de la provincia de Córdoba, a cargo de la Dra. Susana Ottogalli de Aicardi, a raíz de la denuncia de mujeres víctimas y profesionales del área de salud primaria en contra del servicio del Hospital Provincial Materno Neonatal Dr. Ramón Carrillo.

La Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba (CLIP), con el acompañamiento de la Asociación Civil Católicas por el Derecho a Decidir y el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), denunció a principios de octubre el incumplimiento de la Ley Provincial Nro. 9344 de Anticoncepción Quirúrgica en el Hospital Materno Neonatal de Córdoba, por la violación sistemática de la libertad reproductiva de mujeres usuarias del sistema de salud.

La presentación detalla la obstrucción histórica y sistemática del acceso a ligaduras tubarias, a través de violencia institucional y diferentes ataques a la dignidad de las mujeres que buscan acceder al servicio de anticoncepción quirúrgica.

En nuestro escrito, le acercamos al Juzgado fundamentos de hecho y de derecho relevantes para la defensa del derecho a la salud y a una vida libre de violencias. En concreto, elaboramos un breve resumen actualizado de las recomendaciones, observaciones y pronunciamientos de los organismos internacionales que supervisan la aplicación de los tratados de derechos humanos, que tienen jerarquía constitucional en nuestro país. 

La denegación u obstrucción al acceso a los derechos sexuales y reproductivos que involucran la vida libre de violencias, la no discriminación de ninguna índole, la planificación familiar, así como el acceso a los servicios de salud y a la información necesaria para poder ejercerlos de manera plena, constituyen actos de violencia, en especial si son ejercidos sobre mujeres.

Es deber del Estado garantizar a las mujeres el goce pleno de sus derechos y de prevenir y sancionar a quienes no facilitan o garantizan el acceso a los servicios esenciales a las mujeres, en condiciones de seguridad y accesibilidad. 

Es fundamental que la Justicia se expida a favor de la efectiva realización de los derechos humanos, en especial de los colectivos más vulnerados históricamente y en temas de esencial importancia como lo es el derecho a la salud. La denegación u obstrucción al acceso a dichos derechos constituye un grave acto de violencia hacia las mujeres, que debe cesar de inmediato, en virtud de los compromisos internacionales asumidos por el nuestro país, y en respeto a los derechos humanos y nuestro ordenamiento jurídico vigente.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

En el marco de nuestro trabajo para el acceso a derechos sexuales y reproductivos desde una perspectiva de salud pública y respetuosa de los derechos humanos, solicitamos a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología médica (ANMAT) que actualice su nómina de medicamentos autorizados en el país, conforme a los medicamentos que figuran en la Lista Modelo de Medicamentos Esenciales de la Organización Mundial de la Salud. Además, le solicitamos que cree una lista nacional de medicamentos esenciales para la atención primaria. 

La Organización Mundial de la Salud cuenta con una Lista Modelo de Medicamentos Esenciales (LMME), que consiste en aquellos medicamentos que cubren las necesidades de atención de salud prioritarias de la población. Su selección se hace atendiendo a la prevalencia de las enfermedades y a su seguridad, eficacia y costo-eficacia comparativa. 

Dentro de la LMME del 2019 se encuentran ciertos medicamentos, que se utilizan para tratamientos en materia de salud sexual y reproductiva, que no están en el Vademecum Nacional de Medicamentos de la Argentina. Sin embargo, su incorporación resulta imprescindible para garantizar el derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, y el derecho a gozar y beneficiarse de los avances científicos y tecnológicos. 

Con base en todas las normas que protegen estos derechos, a nivel local e internacional, fundamentalmente el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, creado por la Ley Nacional Nº 25.673, la Ley Nº 26529 de Derechos del Paciente, la Ley Nº 26.743 de Identidad de Género y la Ley Nº 23.798  Nacional de Sida, entre otras, le solicitamos a la Administración que incorpore, y garantice la disponibilidad y acceso, de medicamentos para el tratamiento de la Interrupción Legal del Embarazo, tratamientos para el VIH, medicación para tratamientos de reemplazo hormonal, métodos anticonceptivos y medicamentos para el tratamiento de Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). 

Asimismo, solicitamos que se cree una lista nacional de medicamentos esenciales para la atención primaria, que siga, en la mayor medida de lo posible, los lineamientos establecidos por la Organización Mundial de la Salud. El Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, en su informe del año 2006, indicó que “todo Estado ha de preparar una lista nacional de medicamentos esenciales recurriendo a un proceso participativo. […] Un Estado tiene la obligación básica de efecto inmediato de lograr que los medicamentos esenciales estén disponibles y sean accesibles en toda su jurisdicción”. 

Consideramos que es necesario contar con medicamentos que, en sus dosis necesarias y adecuadas, son acordes con nuestro marco normativo nacional e internacional, a la vez que resultan fundamentales para garantizar la salud de las personas que requieren estas prácticas y servicios, de manera segura y accesible para toda la población, sin discriminación alguna.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El 28 de octubre, el Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos, en el marco de una disputa interminable entre agrupaciones ambientalistas, docentes rurales y el gobierno entrerriano, dictó sentencia convalidando el decreto provincial 2239/19, por el se cual se establecen ínfimas distancias de fumigación de las escuelas rurales de dicha provincia.

La disputa judicial comenzó cuando el Foro Ecologista de Paraná (FEP) y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), promovieron una acción de amparo ambiental en contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y el Consejo General de Educación (en la causa denominada Foro Ecologista “1”). Frente aquella acción, la Cámara II sala II de Paraná, dictó una sentencia admitiendo el amparo y prohibiendo la fumigación terrestre con agrotóxicos en un radio de mil metros (1.000 mts) alrededor de todas las escuelas rurales de la Provincia de Entre Ríos, y la fumigación aérea con iguales pesticidas en un radio de tres mil metros (3.000 mts) alrededor de dichos establecimientos educativos; todo ello, hasta tanto se determine por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los mismos con distancias diferentes. Dicha sentencia luego fue confirmada luego por el Superior Tribunal de Justicia.

A raíz de esta de estos antecedentes judiciales  en el mes de enero de este año, el gobernador entrerriano mediante un decreto (Nº4407/2018), estableció una “zona de exclusión” de aplicación de plaguicidas de cien (100) metros de radio para el caso de aplicaciones terrestres y quinientos (500) metros para aplicaciones aéreas, medidas desde el centro del casco de la escuela rural. Este nuevo decreto, que notoriamente disminuía las distancias protectorias en torno a las escuelas rurales, fue nuevamente impugnado por el Foro Ecologista de Paraná y Agmer vía judicial, solicitando la anulación del decreto.

Tal solicitud se basa en que el Estado de Entre Ríos estaba obligado (por la sentencia anterior) a efectuar estudios necesarios previo a establecer distancias menores, para garantizar la salud de los alumnos y del personal de las escuelas rurales. A partir de dicha acción, la Sala Tercera de la Cámara Segunda en lo Civil y Comercial,  el 28 de marzo de 2019, resolvió anular el decreto referido, debido a que la Provincia no había efectuado los estudios necesarios, resolución que adoptó en similar sentido el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos el 14 de mayo de este año. 

Aun con todos estos pronunciamientos en contra, el Gobierno de Entre Ríos, mediante el decreto Nº 2239/19 (fechado el 01/08/2019), insistió en reducir las distancias de aplicación de agroquímicos en torno a las escuelas rurales. En esta ocasión estableció distancias de exclusión en relación a los cascos de las escuelas rurales, de 100 metros para fumigaciones terrestres  y de 500 metros para fumigaciones aéreas. Ante este nuevo decreto, las ong’s Foro Ecologista de Paraná y Agmer recurrieron nuevamente a la justicia interponiendo un nuevo amparo ambiental, pero esta vez en contra de este nuevo decreto, arguyendo que nuevamente se afectaba la primera de las sentencias ya analizadas. Tal acción obtuvo un pronunciamiento positivo por parte de la Sala III de la Cámara Segunda de apelaciones en lo Civil y Comercial, la cual falló a favor de los amparistas, la cual resolvió dictar del decreto en cuestión, bajo similares argumentos que aquellos que se sostuvieran ante el primer intento del Gobierno entrerriano de acotar las distancias de protección.

Ante esta última resolución, contraria nuevamente a los intereses del Gobierno de Entre Ríos, y de su intención de reducir las distancias de aplicación, éste apeló la sentencia, logrando finalmente una sentencia favorable a sus intereses, en desmedro de la protección de la salud de los alumnos, alumnas, docentes y personal de las escuelas rurales. Así, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, el 28 de octubre, puso fin al derrotero judicial, dictaminando la validez del último de los decretos (Nº 2239/19).

Su principal fundamento fue que las disposiciones resueltas en el primer fallo, eran transitorias y por lo tanto no tenían el efecto de “cosa juzgada” y que dicha transitoriedad finalizaba con el dictado de este decreto. Sin embargo, y de manera casi absurda, plantea una irrisoria modificación: los 100 metros de resguardo para fumigaciones terrestres y los 500 metros para fumigaciones aéreas deben medirse, no desde el centro del casco de la escuela, sino desde una barrera vegetal a implantar a 150 metros de distancia.

Este cuestionable pronunciamiento, puso fin a la cuestión judicial en la justicia entrerriana. Las organizaciones que formaron parte de la lucha en pos de los derechos a la salud y al ambiente, optaron por continuar su camino ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Así, quedará en manos del máximo órgano judicial de la Argentina resolver el conflicto existente en las escuelas rurales entrerrianas, dando fin a un asunto que, sin dudas, repercutirá en todas las aulas rurales del país.

Enlaces a cada pronunciamiento judicial:

Fuente de imagen

Fotógrafo Juan Merlo, @luzdesal.fotografia

Autora

María Laura Carrizo

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Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org

Los equipos de gobierno en los distintos niveles del Estado muestran que la designación de mujeres en cargos de gestión pública sigue muy por debajo de la de los hombres.

El intendente Martín Llaryora, el gobernador Juan Schiaretti y el presidente Alberto Fernández iniciaron sus respectivas gestiones con gabinetes integrados solamente en un 20% por mujeres.

Si sólo se consideran los ministerios, secretarías -y agencias en el caso de la provincia de Córdoba- se observa que sobre algo más de 20 cargos relevantes, la participación femenina no supera el 15% en provincia y municipio y apenas llega al 19% en el equipo de gobierno nacional.

El porcentaje de mujeres aumenta cuando se incorporan al análisis otros organismos estatales importantes pero que están por fuera del círculo de poder y toma de decisiones del gabinete. Sin embargo, aun así, la cantidad de mujeres está lejos de igualar a la de hombres.

Pese a los avances en materia de igualdad y equidad de género que viene forzando en la sociedad la activa participación de las mujeres en los reclamos para ocupar espacios reales de poder y decisión en la política, aún falta mucho camino por recorrer hacia la conformación de una verdadera situación de equilibrio entre ambos sexos.

Más allá de las estadísticas

Además de la dimensión cuantitativa, el tema tiene un trasfondo socio-cultural mucho más profundo atravesado por décadas de cultura machista discriminatoria de las mujeres en el ámbito político.

Para Mayca Balaguer, abogada especialista en género e integrante de la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps), la exclusión histórica de las mujeres de los ámbitos de poder político provoca la invisibilización de las diferencias, diversidad, especificidades y necesidades de esta población que constituye la mitad de la humanidad y por eso debe ser tenido en cuenta como algo que va mucho más allá de un simple cupo.

“La paridad es un principio permanente que representa de mejor manera la igualdad en el ejercicio del poder. La paridad es una medida definitiva que busca compartir el poder político entre mujeres y hombres y transformar la idea misma de democracia”, reflexionó Balaguer.

En el mismo sentido, la consultora especialista en comunicación política y género, Paola Zuban, cree que la paridad es sólo una parte de la igualdad de género en política.

“La política debe reflejar también el cambio de una sociedad que avanza en los consensos necesarios en torno a la igualdad de género. Es un paso arriesgado, porque una igualdad real se gana con el poder, y para conseguir el poder es necesario interpelar a toda la heterogeneidad de la sociedad”, analizó Zuban.

Avances y camino a seguir

A pesar de que aún no existe una verdadera situación de equilibrio entre mujeres y hombres dentro del sistema político argentino, sí hay algunas señales de avance en la materia.

La creación de carteras específicas como el de Mujeres, Género y Diversidad en el gabinete de Alberto Fernández que estará a cargo de la abogada Elizabeth Gómez Alcorta y el Ministerio de la Mujer que tendrá a su cargo Claudia Martínez en Córdoba dan cuenta de ello.

Para Balaguer, tanto a nivel nacional como a nivel provincial se observa una institucionalización de la lucha de las mujeres y de las diversidades que ha crecido en los últimos años.

“El hecho de que estemos analizando cuántas mujeres hay en los gabinetes y quiénes son, es un avance. Ya nos hace ruido ver una foto del gobierno en donde solo se observan trajes y corbatas. Sentimos la falta de las mujeres y de otras identidades en los espacios que deben representarnos, y exigimos estar ahí. Todavía falta implementar de mejor manera la paridad en el ámbito legislativo e implementar políticas públicas orientadas a lograr la paridad en el Poder Ejecutivo y en el Poder Judicial, que es la gran deuda”, señala Balaguer.

Por su parte, la politóloga que dirige la consultora Zuban-Córdoba, cree que, aunque la actual ley de equidad de género no garantiza la construcción de trayectorias políticas femeninas estables, ascendentes y duraderas en el tiempo, representa el puntapié inicial para avanzar hacia una verdadera igualdad.

“Es necesario que este tema vuelva a formar parte de una agenda de reformas políticas y electorales en la Argentina. La democracia en las sociedades occidentales estuvo construida de alguna manera sobre la exclusión de las mujeres de ‘lo público’. Por lo tanto, pensar de otra manera aquella distinción es también una forma de repensar nuestra democracia”, indicó Zuban.

De manera similar, Mayca Balaguer considera necesario analizar qué lugares en el poder real de toma de decisiones ocupan las mujeres en la política argentina para que, por ejemplo en el ámbito legislativo, no integren listas sólo a los fines de cumplir con la ley de paridad pero sin verdaderas posibilidades de resultar electas.

“La mera existencia de mujeres en cargos no garantiza la perspectiva de género porque no basta sólo con la mayor presencia de cuerpos femeninos, sino con personas que sean conscientes y trabajen por reducir las desigualdades de poder que nos atraviesan por cuestiones de género, sexualidad, raza, edad y clase”, aseguró la abogada especialista.

Mujeres a cargo

Gabinete Nacional:

– Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Marcela Losardo

– Ministerio de Seguridad: Sabina Frederic

– Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad: Elizabeth Gómez Alcorta

– Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat: María Eugenia Bielsa

Gabinete Provincial:

– Ministerio de Coordinación: Silvina Rivero

– Ministerio de la Mujer: Claudia Martínez

– Ministerio de Promoción del Empleo y la Economía Familiar: Laura Jure

– Agencia Córdoba Cultura: Nora Bedano

Gabinete Municipal:

– Secretaria General: Verónica Bruera.

– Secretaría de Modernización: Alejandra Torres.

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Índice de Paridad Política

Este año el Gobierno provincial difundió los resultados del Índice de Paridad Política (IPP) que se elabora con ONU Mujeres e Idea Internacional en el marco del programa Atenea.

Córdoba obtuvo un puntaje promedio de 50,1% y quedó por encima del promedio nacional.

Sin embargo, si sólo se considera la presencia de mujeres en el Poder Ejecutivo provincial, el puntaje es mucho menor y apenas supera el 30%.

Al momento de la medición no había mujeres al frente de ningún ministerio provincial.

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Las leyes a favor de la equidad

La provincia de Córdoba cuenta con legislación sobre paridad de género desde el año 2000 cuando entró en vigencia la Ley 8.901 de Participación Equivalente que establece el principio de participación igualitaria entre géneros en la legislatura provincial.

Sin embargo, en la actualidad no se cumple de manera completa ya que sólo el 32,9% de las bancas están ocupadas por mujeres.

La ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política que fue sancionada a fines de 2017, establece que las listas de candidatos al Congreso de la Nación y al Parlamento del Mercosur deben ser realizadas ubicando de manera intercalada a mujeres y hombres.

Fuente: Perfil

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El Directorio Ejecutivo del BID aprobó el 4 de noviembre pasado el inicio del proceso para la revisión de su política de acceso a la información, cuya última actualización fue en el año 2011. Dicho proceso será abierto a consulta pública virtual y presencial, y se extenderá hasta mayo de 2020.

En 2018, el brazo de inversión del sector privado del Banco Interamericano de Desarrollo, el BID Invest , llevó a cabo una actualización de su política de acceso a la información.En 2020, será el turno del BID, encargado del financiamiento al sector público. De acuerdo al Banco, dicha actualización se llevarán a cabo en dos fases de consultas públicas:  la primera, inició el pasado 13 de noviembre, durará 45 días y al finalizar se elaborará un documento llamado “Perfil de Política de Acceso a la Información”. La segunda fase contará con 120 días para su revisión donde se incorporarán los comentarios de las consultas y se elaborará un “Borrador de Política”. Finalizado el plazo, dicho documento será presentado para la consideración y aprobación del Directorio previsto para el mes de julio del 2020.

Las consultas son abiertas y libres para toda persona que quiera participar de manera virtual respondiendo las preguntas presentadas por el BID aquí o para una participación abierta enviando un correo electrónico a consultapai@iadb.org

Por otro lado, las participaciones presenciales serán únicamente con invitación en la Sede del Banco en Washington DC y para la segunda fase se espera celebrar reuniones en países miembros prestatarios durante los meses de febrero y marzo de 2020, pero aún no se han confirmado. 

Con respecto al desempeño del Banco en cuanto a su política de acceso a la información y transparencia, de acuerdo al índice publicado anualmente por Publish What You Fund denominado “ Aid Transparency Index”,  el BID se encuentra dentro de la categoría más alta. Sin embargo, se evidencia que se encuentra en el mismo puesto desde el año 2015, por lo que no ha habido mejoras desde ese año. Esto resulta inquietante teniendo en cuenta que en el período 2011-2015 el BID escaló desde la 14° posición en el ranking hasta la 9°posición, estancandose en la 7° posición desde 2015 hasta la actualidad.

Se considera que la última revisión de la política llevada a cabo por el Banco en 2011 derivó en la aprobación de una política con altos estándares de acceso a la información y transparencia, a pesar que posteriormente la implementación de dicha política no ha resultado efectiva. Esta nueva actualización en 2020 abre una puerta para que el BID no solo fortalezca y mejore la política de 2011, sino también que avance en una mejor implementación de la misma. Sin embargo, también existe el riesgo de que la actualización derive en un debilitamiento y/o dilución de los estándares de la política actual, algo que el BID debe procurar evitar.  

Teniendo en cuenta el rol que juegan las Instituciones Financieras Internacionales como el BID en la sociedad y el impacto que generan los proyectos que financian, resulta primordial que éstas cuenten con una política de acceso a la información actualizada, eficaz y acorde a los más altos estándares internacionales en la materia; de tal manera que permita fortalecer su transparencia y gobernabilidad institucional.

Así, se espera que este proceso de actualización de la política de acceso a la información del BID culmine de manera exitosa incorporando realmente las demandas manifestadas en las consultas públicas para que dicha revisión logre aumentar los estándares y buenas prácticas del derecho de acceso a la información, que no sólo constituye un derecho humano en sí mismo; sino que también resulta fundamental para instrumentar otros derechos.

Desde Fundeps invitamos a participar del proceso y quedamos a la espera de más información respecto a las consultas públicas presenciales en Washington y el resto de los países de América Latina y el Caribe; y participaremos activamente de este proceso de actualización buscando no sólo evitar una dilución de la política sino, por el contrario, promover su fortalecimiento y perfeccionar su implementación.

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Autora

Florencia Harmitton

Contacto

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Las principales organizaciones que trabajan con tecnología y ciudadanía recomendaron al intendente Martín Llaryora una serie de continuidades y varias mejoras en las políticas de datos abiertos del municipio.

n grupo de organizaciones que trabajan en la relación entre Derechos Humanos y tecnologías de la información le envió un documento al flamante intendente de la ciudad de Córdoba, Martín Llaryora, con recomendaciones de políticas públicas que deberían continuar, así como algunas otras que requerirían modificaciones.

“En los últimos años se han realizado valiosos avances en temas vinculados a los Datos Abiertos, Acceso a la Información Pública y la paulatina incorporación de tecnología en algunos procesos de la gestión municipal. Son pilares fundamentales para garantizar un Gobierno Abierto que pueda dar respuestas a las necesidades de los cordobeses. La incorporación de herramientas tecnológicas, alineadas a las tendencias internacionales debe trascender la alternancia partidaria y ser compatible con la ampliación de derechos ciudadanos”, dice el documento lleva la firma de Fundeps, Minka, Open Data y Desarrollo Digital. .

Los mayores elogios se los lleva el Portal de Datos Abiertos. “El innovador sitio https://gobiernoabierto.cordoba.gob.ar/ cosechó reconocimientos especializados e importantes premios a nivel internacional”, dicen los especialistas.

El Portal de Gobierno Abierto, valorado por los expertos.

El Portal de Gobierno Abierto, valorado por los expertos.

Sobre la política de entrega de datos a la comunidad dijeron: “En estos últimos años no siempre se priorizaron la accesibilidad a la información, pero se intentó. La entrega debe ser de fácil uso y acceso, en tiempo real y de buena calidad”.

“En materia de transparencia presupuestaria, la disponibilidad de información es acompañada por datos y visualizaciones abiertas. No solamente se trata de una iniciativa que merece continuidad sino que tiene la capacidad de trasladar la experiencia a otros gobiernos locales para reutilizar”, siguen los expertos.

En particular, las organizaciones recomiendan profundizar el conjunto de dataset que poseen actualización independiente de la intervención humana. Son los casos de Obras del Municipio, Obras de Terceros, Plazas, Luminarias, algunas habilitaciones, entre otros. “El municipio debe profundizar la exposición de los datos de manera automática”, recomiendan.

La app Go no anduvo bien este jueves, pero es para los expertos una oportunidad.

La app Go no anduvo bien este jueves, pero es para los expertos una oportunidad.

La app de transporte Go, para los expertos, presenta una oportunidad que no se debería desaprovechar.

“La incipiente interacción con científicos de datos a través de la financiación de este programa por parte del Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y la disponibilidad de datos en tiempo real del sistema de transporte, con tableros incluidos, ofrecen una oportunidad para mejorar el control de la prestación del servicio efectuando mejoras tangibles para la comunidad”, sostienen.

“La gestión saliente realizó una primera experiencia con blockchain. Consideramos que existen diversos escenarios en los que la certificación y resguardo de documentos públicos con una herramienta criptográfica puede elevar la calidad y confiabilidad de la información pública. Se detecta una oportunidad para trabajar en alianza con la nueva red público-privada Blockchain Federal Argentina , además de representar sensibles bajas en los costos de implementación”, sugieren.

En cuanto a software libre, destacan que la de “Córdoba es una de las primeras experiencias de gobiernos locales en iniciar una política de software libre. Actualmente posee un repositorio con más de 50 productos abiertos”, valoran.

Los expertos advierten que “a gestión saliente tuvo un inicio de acuerdo con Waze y apoyo del BID cuyos resultados no fueron completados”. Sugieren que se explore esta posibilidad a futuro: “Esta y otras iniciativas están al alcance de las ciudades cuando establecen vínculos con potenciales aliados”, enseñan.

Tampoco se avanzó en el Observatorio de Género y Familia, una “interesante iniciativa no concluida”, afirman. ¿En qué está?: “se encuentra pendiente la publicación de datos vinculados a los registros de nacimientos (madres solas, edades de los padres, parejas del mismo género, uso del apellido materno, etc.)”, detallan.

Una modificación que sugieren las organizaciones es elaborar un plan de apertura de datos ciudadano, con participación de los vecinos.

Sobre conectividad, los expertos recordaron que en campaña Llaryora habló de ¨una red digital municipal de alta velocidad y dotar de internet a los edificios públicos municipales y a espacios públicos abiertos¨.

“La infraestructura de fibra y las alianzas con operadores locales de Internet y las políticas de interconexión con anclaje comunitario pueden resultar revolucionarias en una ciudad con déficits acuciantes de servicio a usuarios finales. Otra oportunidad aun más importante se advierte en el despliegue de fibra a polos productivos e industriales, además de los servicios provistos a espacios públicos”, enfatizan.

Las organizaciones le dedicaron un capítulo especial a las falencias, encabezadas por la protección de datos personales y seguridad, con los casos de exposiciones de datos de Movypark y Red Bus, como ejemplos.

“Si bien la ley nacional de Protección de Datos Personales se encuentra vigente, resulta importante incorporar un instrumento a nivel municipal para exigir grados de cumplimiento en licitaciones de productos tecnológicos. Resulta necesario efectuar auditorías de seguridad externas para los productos propios y de terceros que actualmente manejan datos de los ciudadanos. No se trata de una advertencia potencial. Existen dos casos resonantes, como el de la aplicación Movypark, que reviste suficiente gravedad y puede repetirse. El caso de la Tarjeta Red Bus, cuyas falencias de seguridad han sido documentadas por especialistas, ha tenido menor repercusión. Sin embargo, también merece atención”, advierten.

Propusieron un “delegado de Protección de Datos”, para elevar los estándares de seguridad.

En materia de acceso a la Información Pública, destacaron que “se han identificado avances con la existencia de un formulario online, dentro del sitio de Gobierno abierto”, pero también sugirieron que se trabaje en mejoras en la accesibilidad directa, que se eliminen cláusulas disuasorias injustificadas y se de seguimiento a los pedidos.

“No resulta claro si el Municipio se obliga a cumplir con el periodo de respuesta previsto en la ley. Más importante, consideramos que el formulario de solicitud online solamente puede significar un avance positivo si la Oficina de Acceso a la Información Pública procede a responder y publicar los pedidos que recibe. El ejercicio actual de esta práctica dista de ser satisfactorio”, cuestionan.

Los expertos sugirieron que se avance en un sistema similar al de transporte con otro servicio crítico: el de recolección de residuos.

“Resulta necesario aplicar avances similares a los del sistema de transporte: datos en tiempo real de GPS de las unidades, para el control de la prestación de este servicio. Hacen falta voluntad política para exigir datos y capacidad técnica para disponer las herramientas”, dicen. En los pliegos de la licitación del sistema de recolección figura el seguimiento satelital, con acceso público. Pero este seguimiento, que se conoce con la sigla Siga, sólo puede ser seguido desde las empresas que prestan la recolección y aunque se anunció que se presentaría una aplicación para que el vecino pueda seguir los recorridos en su zona, eso no se concretó.

Fuente: La Voz

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Desde el 25 al 27 de noviembre se desarrolló el octavo Foro anual de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos en Ginebra. El Foro contó con la participación de los representantes de los Estados miembros, Organizaciones de Sociedad Civil y otros actores interesados.

El Foro Anual de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos es la plataforma global de evaluación e intercambio de las lecciones aprendidas sobre los esfuerzos para que los Principios Rectores de las NU sobre empresas y DDHH no queden solo en la teoría, sino que se apliquen en la práctica. Participan más de 2000 personas entre gobierno, empresas, grupos comunitarios y sociedad civil, firmas de abogados, organismos de la ONU, academia, inversores, medios de comunicación, entre otros. 

El objetivo de las reuniones anuales del foro es servir de plataforma internacional donde los actores involucrados evalúen y analicen la aplicación de los Principios Rectores de NU. Además, se buscar promover la cooperación y el diálogo respecto a la temática de empresas y derechos humanos. La reunión la preside el Grupo de Trabajo sobre Empresas y DDHH.

Este año, el foro se focalizó en que los gobiernos demuestren avances, compromisos y planes de la aplicación del deber del Estado de proteger y fortalecer la rendición de cuentas. La agenda se concentró en lo que los gobiernos tienen que hacer en pos de fomentar el respeto a los DDHH por parte de las empresas e incentivarlas a que desarrollen un comportamiento empresarial responsable.

Desde Fundeps, la agenda de empresas y Derechos Humanos es transversal a todas las áreas. Por ello, hacemos seguimiento a los resultados de la sesiones y de los foros anuales en el marco de trabajo que realizamos sobre los Principios Rectores y el tratado vinculante. 

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Contacto 

Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org