Listado de la etiqueta: Derechos Sexuales y Reproductivos

Desde Fundeps estuvimos presentes en la XVI Conferencia sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, realizada del 11 al 15 de agosto en la Ciudad de México.

La Conferencia regional sobre la mujer tiene lugar cada tres años y es un evento de suma importancia para impulsar avances en la región en materia de igualdad de género.

Se trata de un órgano subsidiario de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), y es el principal foro intergubernamental de las Naciones Unidas sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género en la región. Se convoca regularmente desde 1977 para analizar la situación regional y subregional respecto de la autonomía y los derechos de las mujeres, y presentar recomendaciones en materia de políticas públicas de igualdad de género, en cumplimiento de los acuerdos regionales e internacionales.

La coordinadora del Área de Géneros y Diversidad, Romina Pezzelato, participó en representación de Fundeps de la nutrida agenda de “eventos paralelos” que contaron con el apoyo oficial de la CEPAL. Allí se dieron cita referentes de la sociedad civil de toda la región para profundizar en diálogos y debates vinculados al derecho humano al cuidado, eje articulador de esta edición de la Conferencia. 

En ese marco, a lo largo de toda la semana, resonó en cada una de las actividades la respuesta de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la opinión consultiva solicitada por Argentina, en la que se reconoció el derecho al cuidado como un derecho autónomo -es decir, que no es solo un aspecto vinculado a otros derechos, sino que es un derecho en sí mismo- en una triple dimensión: el derecho a cuidar, el derecho al cuidado y al autocuidado. Desde ese posicionamiento, la Corte IDH recomendó a los estados de la región implementar políticas públicas que garanticen la dignidad, igualdad y corresponsabilidad en la provisión de cuidados a lo largo del ciclo vital de las personas.

El cuidado como un concepto de lucha y resistencia comunitaria

En un contexto regional regresivo, en el que los avances de la derecha nos implican sostener redes y acciones vinculadas a la protección de derechos ganados, parte de los debates rondaron en sostener agendas que traccionen políticas públicas tendientes a garantizar el derecho al cuidado. Sostener y defender el concepto del cuidado como un acto de soberanía por parte de las mujeres, que nos sitúa, no al interior de nuestras casas garantizando la reproducción de la vida, sino protagonizando luchas como la defensa de la tierra, el medio ambiente, la soberanía alimentaria, la defensa de los derechos sexuales y reproductivos, entre otros.

El lunes 11 de agosto tuvo lugar el Foro Feminista, instancia predecesora de la XVI Conferencia Regional sobre la Mujer, en la que feministas de más de 150 organizaciones de la sociedad civil de toda América Latina y El Caribe, se encontraron para hacer sentir sus voces a los gobiernos. Como fruto de una intensa jornada de debates, se elaboró un documento leído en la Conferencia oficial por una representante de la organización Otrans, en el que se interpeló a las autoridades presentes: “Ni silencio, ni retroceso, ni nostalgia, ni consuelo.  A 30 años de Beijing queremos justicia. Hacemos un llamado a los Estados a volver a lo básico: a colocar en el centro la vida, la justicia social, racial y ecológica, así como la igualdad de género, y la protección de los derechos humanos. También los invitamos a ser valientes y creativos en sus respuestas. Las feministas llevamos décadas construyendo estrategias colectivas, sostenibles y radicales que deben ser reconocidas e incorporadas en el debate de los Estados”.

En un sólido documento que enmarca las múltiples aristas del derecho al cuidado en el actual contexto regional, desde el Foro feminista también se expresó: “Exigimos compromisos claros con la agenda más humanizadora de todas. La que promueve un modelo económico, político, social y cultural que genere bienestar, sea sostenible y ponga el cuidado en el centro. La agenda que ha defendido el reconocimiento del derecho a decidir sobre nuestros propios cuerpos y proyectos de vida. La que propone garantizar la justicia social con un enfoque restaurativo y reparador. La agenda de la igualdad sustantiva que apoyan los feminismos. ¡Desde Palestina hasta Haití, exigimos paz, justicia e igualdad!”.

Compromiso de Tlatelolco es el nombre del documento oficial resultante de la XVI Conferencia Regional de la Mujer, en el que los gobiernos de la región se comprometen a desarrollar políticas públicas destinadas a disminuir las brechas de desigualdad que siguen recayendo sobre los cuerpos de las mujeres y personas del colectivo LGTTBIQ+. 

Desde Fundeps sostendremos nuestro permanente compromiso en acciones de incidencia que dialoguen con cada una de las demandas por la defensa de los derechos humanos.

Contacto:

Romina Pezzelato, romina.pezzelato@fundeps.org

Más de 40 profesionales de la salud de toda la provincia participaron del encuentro realizado el pasado 2 de agosto. Un espacio de formación e intercambio para fortalecer el acceso a la salud sexual y reproductiva con perspectiva de diversidad y enfoque de derecho.

Con la participación de más de 40 profesionales de la salud, celebramos el segundo encuentro «Redes de compromiso y cuidados», el pasado 2 de agosto en la Ciudad de Córdoba. Un espacio de formación, escucha activa e intercambio para fortalecer capacidades, compartir experiencias y visibilizar buenas prácticas en salud sexual y (no) reproductiva con perspectiva de diversidad y enfoque de derechos. 

Esta instancia, propiciada por el área de Géneros y Diversidad de Fundeps, en articulación con Belén Carcedo, del Consultorio de Salud Integral, y Sofía Menoyo, integrante de Socorristas en Red, contó con la participación de profesionales de diversas localidades: Agua de Oro, La Granja, Jesús María, Santa Rosa de Calamuchita, Villa Dolores, Huinca Renancó, La Paquita, Corral de Bustos, Bell Ville, Paso Viejo, Alta Gracia y Villa Los Aromos.



En esta oportunidad, el encuentro estuvo centrado, por un lado, en la práctica médica de Aspiración Manual Endouterina (AMEU) como método seguro y ambulatorio de interrupción del embarazo, recomendado por la Organización Mundial de la Salud; y, por otro lado, en los desafíos vinculados a la atención con enfoque de derecho, de niñeces, juventudes y masculinidades trans.

En tiempos en los que el desfinanciamiento de las políticas de salud pública y la estigmatización, afectan el acceso a la interrupción del embarazo, actualizamos y brindamos herramientas legales para los equipos de salud que siguen garantizando el derecho al aborto seguro y gratuito en nuestra provincia, en los términos de la ley 27.610. Las abogadas, integrantes de Fundeps, Mayca Balaguer y Luz Baretta, compartieron un recorrido por el marco legal vigente en materia de salud desde una perspectiva de derechos humanos. El acento estuvo puesto en los derechos de niños, niñas y adolescentes, a la luz de los principios fundamentales como la autonomía progresiva y el interés superior del niño, incorporados en el Código Civil y Comercial en 2015, directrices que orientan diversas prácticas de salud, entre ellas la interrupción voluntaria y legal del embarazo. 


Taller atención en aborto seguro para masculinidades trans con Santi Merlo

Por la tarde iniciamos el trabajo con la coordinación de Santiago Merlo, docente y activista trans, integrante de la Red de paternidades trans, con quien reflexionamos en torno a los abordajes en el sistema de salud, desde una perspectiva de diversidad. Revisamos la importancia de desmantelar nuestros propios prejuicios y alojar las experiencias trans en el espacio de consulta, desde la pregunta como herramienta primordial, frente al no saber: “no hace falta que supongamos la orientación sexual ni la identidad de género de les consultantes, preguntarles es un alivio para elles y para les mediques también. Es un recurso fundamental”, expresó Santiago.

Por último, reconstruimos colectivamente los hitos que nos permitieron avanzar en la implementación de práctica del AMEU en la provincia. Conversamos en torno a los principales desafíos que tenemos en cada territorio y respecto a las estrategias que podemos seguir fortaleciendo desde el trabajo en red, que es parte de nuestras grandes apuestas en Fundeps.

Al preguntarle qué significa acompañar, Camila Recalde, médica de familia de la zona de Cruz del Eje, expresó:: “para mí es poder ponerse en el lugar del otro, otra, otre, en ese momento, y entender que las personas que acuden a las consultas son sujetos de derechos y que nosotres estamos para acompañar decisiones y procesos con una mirada respetuosa y amorosa de lo que está viviendo esa persona en ese momento”.

Se trató, de una nueva oportunidad para recargar fuerzas y seguir trabajando en conjunto para fortalecer el acceso a la salud sexual integral en Córdoba, con perspectiva de diversidad y enfoque de derechos.

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Romina Pezzelato, romina.pezzelato@fundeps.org

Amnistía Internacional, ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, la Fundación para el Diseño de Políticas Sustentables (FUNDEPS) y el O’Neill Institute for National and Global Health Law (Universidad de Georgetown), anunciaron el lanzamiento de la segunda edición de un novedoso curso de formación, desarrollado con el apoyo de PENT – FLACSO para abogadas y abogados en Argentina que reúne a un cuerpo docente de gran renombre de toda la región.

La propuesta se dirige a profesionales del derecho de la República Argentina que deseen capacitarse en estrategias de litigio estratégico feminista en materia de derechos sexuales y reproductivos para desarrollarse como referentes en sus comunidades y entornos. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación MxM adhieren a la iniciativa.

La Diplomatura será gratuita y se desarrollará de manera virtual entre mayo y noviembre del 2025 a través de encuentros sincrónicos con clases magistrales virtuales y sesiones asincrónicas de trabajo guiado en una plataforma digital. Culminará con una experiencia de litigio práctica y presencial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la cual se otorgarán becas.

Además, aquellas y aquellos estudiantes que hayan obtenido certificado de aprobación podrán postular para realizar una pasantía legal en las organizaciones coordinadoras de la Diplomatura, a fin de que puedan aplicar los conocimientos, herramientas y habilidades incorporadas.

Quienes deseen formar parte de la segunda cohorte de esta inspiradora oportunidad formativa ya pueden inscribirse en el siguiente formulario.

Para más información: diplomaturalitigiofeminista@gmail.com

En una audiencia histórica, se expuso ante la CIDH el retroceso de políticas de género y de acceso a salud sexual y reproductiva en Argentina y el incumplimiento del Estado de sus obligaciones. La justificación economicista de los recortes por parte del Gobierno no fue aceptada por la Comisión. Su Presidenta y los comisionados presentes afirmaron la existencia de la violencia de género y remarcaron la necesidad de medidas específicas para atenderla. “Lo que no se nombra no existe», afirmaron.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (CIDH-OEA) convocó al Estado argentino el jueves 14 de noviembre del 2024, a su sede en Washington DC, para explicar la grave regresión en políticas de género, en políticas sobre derechos sexuales y reproductivos y la falta de cumplimiento de compromisos internacionales. Organizaciones de la sociedad civil habían solicitado la audiencia con el fin de exponer evidencia sobre este retroceso en materia de derechos de mujeres, niñas, adolescentes y personas LGBTIQ+ en Argentina. 

Durante la audiencia, las y los comisionados solicitaron a los representantes del Gobierno argentino presentes que den respuestas sobre la coordinación de las políticas públicas sin presupuesto; que especifiquen cuáles son los programas que siguen vigentes y qué medidas tomarán para fortalecer la administración de justicia en casos de violencia de género. El Gobierno no respondió las preguntas de la Comisión, ni hizo mención alguna sobre cómo va a cumplir con sus compromisos. Solo se limitó a reconocer la falta de atribución presupuestaria a estas políticas como un error y se comprometió a realizar una adenda al presupuesto nacional.

Mientras tanto, en la Asamblea General de las Naciones Unidas, Argentina fue el único país en votar en contra de la prevención de la violencia contra mujeres y niñas, frente a 170 votos a favor y 13 abstenciones.

Las organizaciones de la sociedad civil instaron a la CIDH a recomendar al Estado argentino la adopción de políticas concretas que garanticen el cumplimiento de sus compromisos internacionales y aseguren el derecho de mujeres, niñas, adolescentes y personas LGBTIQ+ a vivir libres de violencia y a garantizar el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva. Esta audiencia fue un llamado urgente a la acción: nuestro país debe detener el desmantelamiento de políticas fundamentales y retomar su compromiso con los derechos humanos, para que los derechos básicos de sus ciudadanos y ciudadanas no dependan de decisiones políticas regresivas.

La voz de las organizaciones

En sus intervenciones ante la Comisión, Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación Mujeres x Mujeres y la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) expusieron información que evidencia sobre el grave retroceso en las políticas públicas destinadas a atender y erradicar la violencia de género, y a garantizar el acceso a servicios de salud, especialmente de salud sexual y reproductiva.

“Desde que asumió el 10 de diciembre de 2023, el actual gobierno argentino ha atacado sistemáticamente los derechos de las mujeres, niñas, adolescentes y personas LGBTIQ+. Desmanteló políticas públicas exitosas; desprestigió, sin evidencias, las instituciones encargadas de garantizarlas; recortó de manera arbitraria las partidas presupuestarias y redujo el personal que sostenía la implementación de las políticas públicas mediante despidos masivos. Con estas acciones, el Estado incumple pactos y tratados internacionales vigentes”, afirmó Natalia Gherardi, directora Ejecutiva de ELA.

La situación señalada es alarmante: sólo en el primer trimestre de 2024, de las 2,462 mujeres que solicitaron el Programa Acompañar, apenas 434 recibieron ayuda. Esto representa un retroceso del 98% respecto a 2023, dejando desprotegidas a mujeres en riesgo extremo. Además, el presupuesto ejecutado para estos programas en 2024 alcanza solo un 15%, afectando de manera directa y crítica a mujeres y diversidades que enfrentan situaciones de violencia.

En relación al desmantelamiento de las políticas públicas para el acceso a derechos sexuales y reproductivos, Lucila Galkin, directora de Género de Amnistía Internacional Argentina, afirmó que “la compra y distribución de insumos ha estado en cabeza del Estado Nacional desde la creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva en el año 2002, y por mandato constitucional el Ministerio de Salud de la Nación tiene la rectoría de la política pública para fijar un piso mínimo de derechos en todo el territorio nacional. Sin embargo, repentinamente y por primera vez desde entonces, el Estado ha dejado librada a la capacidad de las provincias la provisión de insumos, sin ningún tipo de traspaso o transición a efectos de evitar poner en riesgo la vida y la salud de las mujeres, lo que deviene en un contexto de absoluta desigualdad.”

A contramano de principios internacionales fundamentales

El desmantelamiento de políticas públicas contradice principios internacionales fundamentales y tratados como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW, que obligan al Estado a intervenir activamente. “Estas medidas no solo ponen en riesgo la vida de mujeres, niñas, adolescentes y diversidades, sino que perpetúan la discriminación estructural por razones de género y vulneran los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino en la materia”, afirmó Mayca Balaguer de FUNDEPS.

Lo que sucede en Argentina tiene un impacto más allá de sus fronteras. La desprotección de mujeres y diversidades en el país crea un precedente que podría legitimar retrocesos en otros Estados de América Latina, poniendo en riesgo los avances en derechos humanos que costaron esfuerzo alcanzar. “Con la excusa de considerar los derechos humanos como ineficaces e ideológicamente dirigidos, Argentina se está alejando de su rol de liderazgo histórico en la promoción de los derechos de las mujeres, las iniciativas contra la violencia de género y la promoción y protección de los derechos sexuales y reproductivos”, expresó Juliana Miranda del CELS. La CIDH ha advertido en reiteradas oportunidades que los retrocesos en un país afectan a toda la región, debilitando los esfuerzos conjuntos para prevenir y erradicar la violencia de género.

Las Organizaciones solicitaron que la Comisión lleve adelante una visita al país para observar la situación y elaborar un informe, dada la gravedad del retroceso. “Apelamos al compromiso de CIDH para urgir el resguardo del derecho humano a vivir una vida libre de violencia y discriminación para todas las niñas, adolescentes, mujeres y diversidades de Argentina”, concluyó Soledad Deza, presidenta de la Fundación MxM.

  • Mirá la audiencia completa acá.

 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Este informe es el resultado de una encuesta realizada durante los primeros meses del 2024 a personal de salud de la provincia de Córdoba que garantizan prácticas de salud sexual y reproductiva en este territorio. El objetivo es hacer circular aquellas estrategias que han generado buenos resultados para el acceso a los servicios, como la organización interna de los equipos, los circuitos de atención y derivación, la utilización de guías y protocolos, el abordaje interdisciplinario de casos, y otro tipo de prácticas que se consideran relevantes para una buena atención.

Esta es la consigna de nuestra campaña que busca derribar mitos acerca de la ESI, promover debates abiertos y brindar conocimientos esenciales que permitan a estudiantes ejercer sus derechos y llevar una vida sana y plena.

El próximo 26 de febrero, estudiantes de toda la provincia de Córdoba iniciarán un nuevo ciclo lectivo. Quienes cumplan dieciocho en este 2024 tendrán la misma cantidad de años que se contarán en octubre desde la sanción de la Ley 26.150, conocida como la Ley de Educación Sexual Integral (ESI). En esta vuelta al cole, esperan que al fin se implemente la ESI en sus clases, para no seguir siendo parte del 80% de los estudiantes que considera que no se aplica de forma adecuada en su escuela, de acuerdo con el dato que surge de una encuesta realizada por la Fundación Huésped.

“La Educación Sexual Integral es un derecho inalienable de estudiantes de todo el país que concurren a establecimientos educativos tanto públicos como privados, tal como lo establece la Ley 26.150. Si bien esta ley está vigente desde 2006, no se ha logrado su cumplimiento efectivo y, además, hoy este derecho se ve amenazado por fuertes campañas de desinformación que circulan tanto en la opinión pública como en espacios institucionales”, explica Mayca Balaguer, directora ejecutiva de Fundeps.

Coincidiendo con el inicio de clases, desde Fundeps

ponemos en marcha la campaña de concientización ESI porque Sí, con el objetivo de dar a conocer entre adolescentes y jóvenes que la Educación Sexual Integral es su derecho y que debe ser garantizado en todos los casos. Con información clara y precisa, la campaña se propone combatir las noticias falsas, mitos y discursos de odio que circulan en redes sociales generando confusión y falsas creencias sobre los contenidos y prácticas efectivas de la ley en las escuelas.

ESI porque Sí, está destinada principalmente a estudiantes de nivel secundario de la provincia, pero también a docentes y autoridades educativas.

“El rol docente es fundamental: enseñar educación sexual es imprescindible para la erradicación de la violencia de género, la integración de la diversidad sexual, la prevención del abuso sexual, del embarazo adolescente y de las enfermedades de transmisión sexual, entre otras cuestiones. La ESI no es ideología de género, sino un espacio sistemático y transversal de enseñanza y aprendizaje, que asegura la transmisión de conocimiento científico preciso, confiable y adecuado a cada etapa evolutiva de las y los estudiantes. Las y los docentes son garantes de derechos”, define Mayca Balaguer.

En Córdoba, la Ley Provincial de Educación (9870) refuerza la adhesión a la normativa nacional, tanto en contenidos y saberes como en valores. Sin embargo, siguen existiendo impedimentos para su aplicación en muchas instituciones. Es por eso que apostamos también al trabajo en red, junto con otras organizaciones comprometidas con la promoción de los derechos humanos.

Garantizar la ESI es ampliar derechos. Permite formar estudiantes libres en pensamiento y elección, con empatía y capacidad de vivir una sexualidad plena con vínculos respetuosos, ya que la propia definición de Educación Sexual Integral que estipula la Ley 26.150 contempla la articulación de aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”, ratifica nuestra directora ejecutiva.

La campaña ESI porque Sí estará disponible en las redes sociales de Fundeps y organizaciones aliadas.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Dos dictámenes de la Procuración General de la Nación admiten la legitimación de dos grupos en representación del “colectivo de personas por nacer”, en contra del Constitución, leyes nacionales y acordadas de la Corte. Allanan, sin embargo, la vía judicial para arremeter contra el derecho a la interrupción del embarazo. Comunicado conjunto.

Durante la última semana, Laura M. Monti, procuradora fiscal adjunta de la Procuración General de la Nación, firmó dos dictámenes en la misma sintonía. En ellos reconoce la legitimación de un grupo de ciudadanos y una asociación civil para representar a las señaladas como “personas por nacer” ante el Poder Judicial. Se trata de una interpretación que no tiene respaldo en la jurisprudencia: ningún tribunal ha reconocido en una sentencia definitiva la posibilidad de representar colectivamente a las “personas por nacer”. 

Monti emitió esos dictámenes en dos causas: una liderada por Cristina Fiore Viñuales y otra por la organización Portal de Belén, ambas iniciadas para cuestionar la constitucionalidad de la Ley de  Interrupción Voluntaria del Embarazo. En ambos casos, si bien afirma seguirla, se aparta de la jurisprudencia de la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre representación colectiva. También en las dos causas, las partes peticionantes buscan convertir en un “caso” (para discutirse en los tribunales de justicia) lo que en verdad es una disconformidad general con la ley.

Monti se basó en el art. 1 de la Ley 26.061 de Protección Integral a la Niñez para sostener la legitimación. De esta manera, desnaturalizó el sentido de la ley e ingenió una suerte de “acción popular” que permitiría que cualquier ciudadano accione por fuera de un caso concreto. No solo eso, sino que además, equiparó a las “personas por nacer” a niños, niñas y adolescentes.

Al mismo tiempo, en los dictámenes decidió no tomar en cuenta las exigencias del artículo 116 de la Constitución Nacional, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y de las acordadas y jurisprudencia de la Corte sobre procesos colectivos, creando una situación de inseguridad jurídica. Por nombrar un antecedente: en el caso Halabi, citado por la propia Procuradora para dictaminar, se establece que la comprobación de la existencia de un caso es imprescindible para otorgar legitimación colectiva. En ninguno de los casos, ni Fiore Viñuales ni Portal de Belén, hay “caso”; es decir que Monti debería haber negado la legitimación de plano.

Por qué es grave este paso de la procuradora fiscal: porque admite que un grupo de ciudadanos cuestione a través de un juicio una ley votada por todas las fuerzas políticas sin que se acredite que hay un derecho o un daño concreto afectado y, en la misma acción, le atribuya una representación colectiva inexistente para el ordenamiento jurídico argentino. El debate democrático ya se dio en el Congreso y trazó una línea para un acuerdo social básico de derecho a la salud y a la vida, a través de la despenalización y legalización del aborto. 

Los expedientes estaban a la espera de dictamen desde hace un año y medio, pero fueron emitidos dos días después de que el Dr. Rodolfo Barra fuera designado Procurador del Tesoro de la Nación, pese a que aún ejercía como abogado patrocinante de la causa “Fiore Viñuales”. 

El Dr. Barra en su carácter de reciente Procurador del Tesoro tiene un conflicto de interés, de acuerdo a la ley de ética pública, que lo hace incompatible con la defensa de la Ley 27.610. Por eso, corresponde que se excuse de intervenir en las causas contra la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y en todo asunto relacionado con el derecho al aborto.,En este sentido, hicimos una presentación ante la Procuración del Tesoro de la Nación y pusimos en conocimiento a la Oficina Anticorrupción, en tanto es la autoridad de aplicación de la ley de ética pública.

Desde 2021, del total de acciones judiciales que se iniciaron en contra de la ley, 34 fueron rechazadas por tribunales de diferentes jurisdicciones del país. Sólo 3 llegaron a la Corte, pero no para que decida sobre su constitucionalidad, sino para determinar si quienes promovieron esas acciones tienen legitimación para hacerlo y para representar al colectivo de “personas por nacer”.

Los dictámenes de la Procuración General de la Nación no son vinculantes para la Corte, que puede definir los criterios jurídicos aplicables, sin tomar en cuenta esas recomendaciones. Por eso, la Corte ahora tiene la responsabilidad de volver a situar las acciones colectivas para los propósitos que fueron creadas, evitar que sean forzadas conceptualmente y que se vulneren las garantías del debido proceso. Es su oportunidad de frenar el litigio infundado contra una ley vigente y clave para millones de mujeres, niñas y personas con capacidad de gestar. 

Amnistía Internacional Argentina
Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA)
Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)
Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps)
Fundación Mujeres x Mujeres

Amnistía Internacional, ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, Fundeps y el O’Neill Institute for National and Global Health Law (Universidad de Georgetown) anunciamos el lanzamiento un novedoso curso de formación para abogadas y abogados en Argentina que reúne a un cuerpo docente de gran renombre de toda la región.

La propuesta se dirige a profesionales del derecho que deseen capacitarse en estrategias de litigio estratégico feminista en materia de derechos sexuales y reproductivos para desarrollarse como referentes en sus comunidades y entornos. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y la Fundación MxM adhieren a la iniciativa.

La Diplomatura será gratuita y se desarrollará de manera virtual entre marzo y octubre del 2024 a través de encuentros sincrónicos y culminará con una experiencia de litigio práctica y presencial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la cual se otorgarán becas.

Además, aquellos estudiantes que hayan obtenido certificado de aprobación podrán postular para realizar una pasantía legal en las organizaciones coordinadoras de la Diplomatura, a fin de que puedan aplicar los conocimientos, habilidades y herramientas incorporados.

Inscripciones en el este formulario

Brochure – información sobre cronograma, módulos y docentes

Para más información: diplomaturalitigiofeminista@gmail.com

Desde Fundeps, junto con IDEJUS y Católicas por el Derecho a Decidir, presentamos “Rompiendo esquemas: un Conversatorio sobre Litigio Feminista” en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Córdoba. Dialogamos con un panel internacional de abogadas con destacada trayectoria en la defensa de los derechos humanos.

El viernes 15 de septiembre, en el marco de la materia opcional “Litigio Feminista: Estrategias Jurídicas para la Igualdad de Género” que se dicta este semestre en la Facultad de Derecho, tuvo lugar el primer conversatorio sobre litigio feminista. La materia aborda cuestiones conceptuales sobre litigio estratégico y críticas feministas al derecho, con una parte práctica en la que se estudian casos y experiencias. El equipo docente está integrado por abogadas de Fundeps, CDD y el IDEJUS. 

Con la participación de Lucía de la Vega (CELS), Soledad Deza (Mujeres x Mujeres), Mariela Galeazzi (Amnistía Internacional), Patricia Sotile (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género) y Natalia Acevedo Guerrero (Instituto O´Neill para el Derecho y la Salud Global y Nacional de la Universidad de Georgetown),conversamos sobre su experiencia en organizaciones sociales y en el desarrollo de litigios estratégicos, los obstáculos para el ejercicio de la abogacía con perspectiva feminista y su réplica a todo tipo de controversias judiciales. Resaltaron la importancia del trabajo colectivo e interdisciplinario para abordajes integrales y la necesidad de formación en perspectivas feministas y de derechos humanos en el ámbito jurídico.

Con un repaso por aquellas causas en las que participaron, se analizó el avance de la integración de las perspectivas para un acceso real a la justicia y la importancia de su promoción y difusión.

A través de estas instancias, en consonancia con lo conversado con el panel y con el apoyo institucional de la Facultad de Derecho, apostamos a la contribución a la formación de profesionales del derecho con perspectiva de género. 

 

Autora

Luz Baretta

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Durante los últimos meses participamos de instancias internacionales de formación, intercambio y fortalecimiento de la lucha por el derecho al acceso al aborto en el continente.

Tanto la organización para la incidencia y las dificultades que conlleva, son un factor común de los movimientos en la lucha por el acceso al aborto en toda la región. Con sus diferencias y particularidades locales, un gran grupo de personas formamos parte de instancias internacionales para compartir experiencias y perspectivas. 

Una marea que traspasa fronteras

En el mes de febrero, a partir del nuevo escenario que se configuró con la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos de anular el afamado fallo “Roe v. Wade”, se llevó a cabo el Green Wave Gathering en Washington. Participaron más de cien personas líderes y activistas de las Américas bajo una premisa fundamental del movimiento feminista: unir fuerzas. Durante tres días tuvieron lugar múltiples mesas de intercambio y exposición de las problemáticas de cada país y las maneras de abordarlos, con foco en la construcción de una perspectiva interseccional y decolonial de lucha. El encuentro terminó con un pañuelazo en Freedom Plaza, en donde se exhibe la obra de arte creada por la artista Paola Mendoza que representa la conexión entre los dos continentes por la justicia reproductiva. Además, la obra rinde tributo a las activistas que han trabajado sin descanso para promover los derechos reproductivos en ambas regiones.

 

Persistir en el cambio: el aborto es nuestro derecho

En junio también participamos de la VII Conferencia Regional de CLACAI (Consorcio Latinoamericano Contra el Aborto Inseguro) que en esta oportunidad tuvo lugar en la Ciudad de Panamá. La Conferencia reunió a profesionales de la salud, del derecho y a periodistas que trabajan por la defensa del derecho al aborto provenientes de dieciocho países de Latinoamérica. Tuvieron lugar múltiples espacios de debate, formación y construcción colectiva para el abordaje integral de la propuesta. Destacamos especialmente la realización de la primera reunión presencial de la reciente Red de Jóvenes por el derecho al Aborto en América Latina y el Caribe, que se presenta como un potente espacio con miras al futuro del movimiento.

El intercambio de experiencias regionales y fortalecimiento de las redes, es una de las grandes muestras de que la lucha es colectiva. 

 

El derecho en red

En consonancia con el fortalecimiento de las redes y como parte de la Red Jurídica de CLACAI, presentamos recientemente un Amicus Curiae ante la Corte Constitucional de Colombia. Esta acción se enmarca en una causa sobre una situación de múltiples violencias en la atención de una interrupción del embarazo de una joven. 

A través de estas instancias luchamos por la participación y construcción colectiva y regional del reconocimiento legal del derecho al acceso a abortos seguros, la construcción de políticas públicas y estándares respetuosos de los derechos humanos y fundamentales de las personas gestantes.

 

Autora

Luz Baretta

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Presentamos “Pañuelos en lucha”, una serie de cuatro episodios que pone en valor los testimonios de distintas personas que lucharon por la sanción de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Argentina y siguen levantando los pañuelos para defenderla.

El proyecto, realizado junto a Parque Podcast  y con el apoyo del Fondo Mujeres del Sur, tiene como protagonistas las voces de mujeres y disidencias sexogenéricas integrantes de la marea verde, que tuvieron algún tipo de participación en el proceso previo a la sanción de la ley, y en su posterior implementación y defensa. 

A partir de la recolección de los testimonios y del archivo sonoro que reúne experiencias de distintos puntos del país, contamos la historia de la sanción de la ley de IVE y lo que vino después. El objetivo de este ensayo sonoro es servir como un relato histórico que recupera y reconstruye diversas formas de organización y estrategias de lucha de los movimientos a favor de la autonomía reproductiva.

Nos propusimos reflejar cómo a pesar de las acciones y estrategias implementadas por los grupos conservadores y fundamentalistas religiosos, se pudo conseguir la sanción y se sigue trabajando por una plena implementación.

Cada episodio plantea un escenario de lucha. En el primero, “El deseo hecho ley”, desarrollamos cómo se vivió el proceso de conquista en el Congreso, durante las vigilias, y qué significa el logro colectivo de una ley. En el segundo, “Ni un paso atrás”, reflejamos cómo se accede a este derecho en los sistemas de salud. En el tercero, “Ganar los tribunales”, contamos cómo el escenario judicial se constituye como un espacio de disputa. Finalmente, en el cuarto, “El aborto después del aborto”, proponemos algunas reflexiones en torno a los desafíos pendientes y cómo vemos el futuro. 

El proceso de ideación de cada episodio y la recolección de los testimonios estuvo a cargo del staff y las voluntarias de las áreas de Géneros y Diversidad Sexual y de Comunicación de Fundeps. El guión fue escrito por Florencia Flores Iborra. La grabación estuvo a cargo de Leticia Riera. La mezcla y diseño de sonido estuvo a cargo de Paula Manini y la locución fue de Constanza Barbisan. 

 

¡Te invitamos a escucharlo!

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Y por acá te compartimos las transcripciones de los guiones de cada episodio:

 

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

Un nuevo rechazo judicial a quienes pretenden arrebatarnos derechos 

En el día de la fecha, la Cámara en lo Contencioso Administrativo de 1° Nominación de la Provincia de Córdoba ha confirmado la constitucionalidad de las interrupciones de embarazo, al rechazar el infundado amparo iniciado contra la aplicación de la Ley 27610 en nuestra provincia. De esta manera, queda claro que los procesos judiciales no deben ser utilizados como herramienta de obstaculización para el ejercicio de los Derechos Humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar. 

Pese a los infructuosos ataques, y mal que les pese a los grupos que pretenden generar retrocesos en los derechos adquiridos sobre nuestros cuerpos, las interrupciones de embarazo están garantizadas por ley y gozan de alto consenso jurídico y social. 

Qué dice la sentencia

La Cámara resuelve rechazar el amparo con los votos de dos vocales: Ángel Antonio Gutiez y Gabriela Cáceres. El Vocal Leonardo Massimino emitió un voto en disidencia. 

En su voto, el Dr. Gutiez entiende que se debe rechazar la acción sin más, porque se trata de una mera manifestación de descontento del actor con la Ley 27610, y no con una legislación o una política pública local que pueda habilitar la vía del amparo. Sin embargo, dada la trascendencia de la cuestión de fondo, y considerando que impacta de diversas maneras en la sensibilidad de la sociedad, se expide sobre los planteos realizados por el actor. 

En primer lugar, afirma que la Ley 27610 es el resultado de la compatibilización de derechos fundamentales que tuvieron que hacer los legisladores del Congreso Nacional en el legítimo ejercicio de sus atribuciones y como representantes de toda la sociedad. Estos derechos son los del hipotético ser humano existente en el útero y los de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar. 

Sobre la protección del derecho a la vida

En este sentido, la sentencia expresa que, por contrario a lo expresado por el actor en la demanda en relación a la protección absoluta de la vida desde la concepción, “en nuestro ordenamiento jurídico, la vida humana tiene desde su inicio con la concepción diferentes grados de tutela, que van aumentando a medida que el feto crece; obteniendo si nace vivo la plenitud de todos los derechos que protegen a ese ya «niño», que puede vivir por sí mismo fuera del cuerpo que lo albergó, durante toda su vida y hasta el fin de la misma”. Esta protección gradual e incremental del derecho a la vida surge de la Convención Americana de Derechos Humanos y la interpretación que hace la Comisión Interamericana del art. 4 en el caso “Baby Boy”. Por lo tanto, es respetuosa de este tratado la legislación que habilita supuestos excepcionales que acotan el amplio concepto del derecho a la vida, como es la ley 27610. 

Sobre la razón de ser de la ley 27610 

Luego, el vocal se pregunta por qué fue necesario el dictado de una ley de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo. Al respecto, el fallo entiende que las razones por las que una mujer desea abortar pueden ser múltiples, “pero en todos los casos son íntimamente personales, por lo que sólo a ella, le compete valorarlas. ¿Y por qué sólo a ella? Porque es ella la que tendrá que llevar en su cuerpo durante nueve meses el fruto de esa concepción, con todos los riesgos que conlleva, y porque será ella la que lo deberá parir en su momento, con todos los dolores y riesgos que ello implica, aun con los avances que existen en la medicina actual.” En la misma línea, continúa: “En esta realidad donde los abortos se producen, prohibidos o no, la Ley N° 27.610 debe ser vista únicamente como una medida de salubridad; nada más que eso. En mi opinión, lo único que la ley busca es que las mujeres que por su propia voluntad, y sólo sujetas a su conciencia, decidan abortar, lo puedan hacer en condiciones de salubridad adecuadas, que les permitan terminar con el embarazo sin el peligro de muerte, o esterilidad permanente, entre otros desenlaces igualmente no deseables.”

La sentencia es contundente al afirmar que: 

“La ley no fomenta que se maten niños; la ley no fomenta abortos, lo único que la ley hace es permitir que los abortos que decidan las mujeres se hagan en un ámbito en el que su salud sea protegida. […] Lo que la mujer procura con el aborto es liberarse del embarazo en sí y del cuidado de un niño que puede llegar a nacer. Cuál de esas razones, u otras, la lleva a tomar esa trascendente decisión, pertenece a su fuero más íntimo y no puede el Estado, en aras de tutelar a una persona en potencia, limitar de tal manera la voluntad de una mujer.” 

Sobre las competencias provinciales y nacionales en materia sanitaria 

El actor había planteado que el Estado nacional, al dictar la ley, había excedido sus competencias y que por lo tanto la provincia no debió aplicarla en su territorio. Sin embargo, la Cámara entiende que las facultades sobre Política Sanitaria son concurrentes entre la Nación y la provincia de Córdoba, y manifestó que “las cuestiones de derecho de salud y de salud pública pueden ser reguladas mediante leyes federales o nacionales. Sostener lo contrario, equivaldría a postular la inconstitucionalidad de las leyes de tras-plantes (24.193), de salud sexual (25.673), de derechos del paciente (26.529), de salud mental (26.657), de vacunación (27.491), de atención y cuidado integral de la salud durante el embarazo y la primera infancia (27.611), entre otras.”

Sobre la falta de caso para activar el control de constitucionalidad

El amparo solicitaba que se declarase la inconstitucionalidad de la ley en la provincia. Sin embargo, la Cámara entendió que no hay un caso concreto sobre el cual aplicar el control de constitucionalidad. En este sentido, manifiesta que “El sistema argentino de control jurisdiccional de las normas respecto de la Constitución es difuso, por lo que lo puede hacer cualquier Tribunal en el caso que se le presente a su resolución. Lo que no se puede hacer, ni siquiera por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aunque dicte cien sentencias iguales, es derogar erga omnes la aplicación de una ley dictada por el Congreso de la Nación.” 

Sobre la vigencia del antecedente de la Corte Suprema en el fallo FAL 

En el amparo, el actor solicitó que se declare la inconstitucionalidad de una serie de artículos de la ley 27610, y se detiene particularmente en el art. 16. Se trata del artículo que modifica el art. 86 del Código Penal, que anteriormente regulaba los abortos por causales. La Cámara señala que sobre esta cuestión ya se expidió en el 2012 la Corte Suprema en el fallo FAL, discusión que el actor pretende reeditar, y manifiesta que “Toda la tortuosa imaginación desplegada por el actor al suponer casos extremos y barbáricos para intentar validar su postura tiene respuesta en la misma Corte Suprema de Justicia de la Nación” que se expidió al respecto en el fallo FAL. 

Sobre los derechos de las mujeres y las personas con capacidad de gestar

El Dr. Gutiez advierte que el actor omite toda referencia en el escrito de la demanda a losderechos que le confieren a la mujeres y seres gestantes los Tratados Internacionales y las Constituciones Nacional y Provincial. Señala que el actor invisibiliza a las mujeres como titulares de derechos propios, “tratándolas más bien como simples receptáculos de personas por nacer.”

Finalmente, al cerrar el voto, el vocal manifiesta que: “La época en la que vivimos en nuestro país, ha significado y significa el avance en el reconocimiento de los derechos de la mujer como tal, demoliendo trabas, preconceptos, estigmas y prejuicios; reconociéndoles su propia y singular entidad e identidad. Entre esos derechos esenciales está el simple derecho a elegir; a elegir con quien se relaciona y de qué manera; a elegir tener o no hijos; a elegir hasta dónde quiere ascender en su carrera, trabajo o profesión perforando todo techo de cristal; a elegir por sí sola qué hacer con su cuerpo. La Ley N°27.610 es la que le permite concretar una de esas elecciones, sin que ninguna otra persona, organización religiosa, o el Estado se inmiscuya en su decisión.”

Mediante esta resolución, el poder judicial ratifica al aborto como un derecho del que podemos gozar en marcos de respeto y dignidad, todas las mujeres y personas con capacidad de gestar del territorio cordobés. 

Por eso, hoy y siempre, seguiremos levantando los pañuelos: en todo el país el aborto es ley. 

Acceso a la sentencia completa 

 

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org