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En la cuarta sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Naciones Unidas sobre empresas y Derechos Humanos, diferentes actores presentaron sus comentarios y propuestas sobre el borrador ‘zero’ del instrumento internacional jurídicamente vinculante. Fundeps realizó recomendaciones y cuestionamientos sobre determinados ejes del borrador, relevantes para garantizar el cumplimiento de los DD.HH. por parte de las empresas transnacionales. A partir de los comentarios realizados, el 17 de julio el Grupo de Trabajo Intergubernamental presentó el nuevo Borrador Revisado.

En el año 2014, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU emitió dos resoluciones, una de las cuales ordenó establecer un grupo de trabajo intergubernamental encargado de elaborar un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos. La segunda resolución, del mismo año, solicitó al grupo de trabajo de la ONU la elaboración de un informe que contenga los beneficios y limitaciones de los instrumentos jurídicamente vinculantes. 

A partir de allí, comenzaron las sesiones del grupo de trabajo. La primera se realizó en el año 2016 y la segunda en el 2017, donde Ecuador presentó el documento ‘Elementos para el Proyecto de Instrumento Internacional Jurídicamente Vinculante sobre Empresas Transnacionales y otras empresas con respecto a los Derechos Humanos’. En estas sesiones, el grupo de trabajo intergubernamental se focalizó en mejorar el contenido, alcance, naturaleza y forma del potencial instrumento internacional para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el cumplimiento y respeto de los derechos humanos.

En la tercera sesión, en el año 2018, el grupo de trabajo publicó el ‘Borrador Zero’ del Tratado Vinculante; se discutieron los elementos para elaborar un borrador de un instrumento jurídicamente vinculante teniendo en cuenta los debates realizados en las dos primeras sesiones. 

El año pasado, en la cuarta sesión se realizaron convocatorias de comentarios y propuestas sobre el proyecto del tratado vinculante. Las presentaciones fueron realizadas por algunos Estados como Chile, Colombia y Filipinas, organizaciones no gubernamentales con estatus consultivo y otras partes interesadas como organizaciones de sociedad civil, entre ellas Fundeps. El documento sobre el borrador ‘zero’, presentado por la fundación, se encuentra dividido en comentarios generales y específicos. 

Los comentarios generales realizados por Fundeps abarcan diferentes aspectos que no han sido tenidos en cuenta en el documento y que son sumamente relevantes para garantizar que las empresas transnacionales garanticen y respeten los derechos humanos.  Entre los comentarios se destaca la ausencia en el Tratado de las actividades comerciales que son apoyadas por los Estados, la elevada relevancia otorgada al remedio de daños y derechos de las víctimas que, si bien es sumamente positivo, aún son más necesarias a priori medidas de prevención para evitar que las empresas vulneren los derechos humanos. Con prevención no habría necesidad de remediar ningún daño ocasionado ya que éstos no existirían de encontrarse bien regulados.

Por otro lado, el borrador del Tratado únicamente establece un componente vinculante para los Estados, pero no se les otorga responsabilidad a las empresas. Por lo tanto, no solo no las convierte en sujetos obligados, la cual era la idea inicial, sino que responderán antes las leyes que los Estados implementen en esta materia. Además, se encuentra ausente la creación de un tribunal u otra institución que posea la capacidad para juzgar y penalizar el accionar de las empresas transnacionales. 

Por último, en los comentarios generales de Fundeps se resalta la ausencia en el borrador de los apartados de ‘obligaciones de las empresas’, ‘obligaciones de los Estados’ y las obligaciones de las organizaciones internacionales, elementos fundamentales para garantizar el cumplimiento de los derechos humanos frente a la actividad de las empresas.

Los comentarios específicos se realizaron de acuerdo con los apartados del borrador. Según el preámbulo, se recomienda incluir la relación con otros convenios internacionales y reconocer la ‘Captura Corporativa’ como cuestión mundial que atenta los DD.HH. Además, se cuestiona la ausencia de los principios guía sobre empresas y derechos humanos como antecedente inmediato del tratado, así como la falta de reconocimiento sobre la situación de peligro de defensores/as de DD.HH. En cuanto a la finalidad del Tratado se recomienda que el propósito del documento debiera ser la garantía de los DD.HH. e incorporar como objetivo del tratado la resolución de los desequilibrios de poder entre las corporaciones y las comunidades afectadas. 

Por último, en la Prevención, se debería incorporar el componente de ‘Género’ y de conflicto de interés a todas las medidas de debida diligencia. Además, estas medidas deben garantizar la transparencia en las interacciones de las empresas transnacionales con las autoridades estatales, y la protección de defensoras y defensores de los derechos humanos a través de mecanismos de protección específicos y reforzados.

Nuevo Borrador: ¿avances?

El Grupo Intergubernamental de Trabajo, encargado de la redacción del documento, ha realizado avances en su desarrollo. En consecuencia,  el 17 de julio pasado presentaron el Borrador Revisado del tratado vinculante  para regular las actividades de las  empresas transnacionales y otras empresas comerciales en cuanto a  los DD.HH. Esta versión se realizó de acuerdo a las recomendaciones y comentarios propuestos por los distintos actores convocados en la cuarta sesión del año pasado. Este borrador se discutirá en la quinta sesión, la cual se llevará cabo  entre el 14 y el 18 de octubre de este año. 

A simple vista, el nuevo borrador del tratado vinculante ha modificado la formulación, que, en palabras de Hood y Hughes-Jennett resulta más bien ambiguo. Así, en el Artículo 3 del borrador se ha ampliado su aplicación a “todas las actividades comerciales”, es decir ya no se limitará a aquellas de índole transnacional. Sin embargo, la definición que se desarrolla en el  Artículo 1 sobre las actividades comerciales deja fuera del alcance del tratado a aquellas que son puramente de carácter nacional. Un avance positivo en el proyecto ha sido la eliminación del requisito de que la actividad comercial debía limitarse a todas aquellas que se realizaban “con fines de lucro”.

Por otro lado, en el nuevo Artículo 6 del borrador del tratado se incorpora una nueva disposición donde los Estados tendrán  responsabilidad por no evitar daños que la parte con la que posee una relación contractual haya causado a terceros, independientemente de dónde se produzca el daño (Hood & Hughes-Jennett, 2019).

Desde la óptica de la debida diligencia, se ha observado una mejora en el borrador, ya que  los Estados no solo se encuentran obligados a regular a las empresas comerciales en el interior de su  territorio donde se encuentran obligadas a respetar y prevenir las violaciones a los DD.HH.; ahora en el proyecto se aclara que se debe introducir la legislación para hacer obligatoria la debida diligencia  de DD.HH. y, además se debe obligar a las empresas a que adquieran las medidas apropiadas para evitar las violaciones o abusos de los DD.HH. Representa un gran avance ya que significa una convergencia con los Principios Rectores de la ONU (Hood & Hughes-Jennett, 2019).

En cuanto a las responsabilidad legal-penal, en el Borrador Revisado se ha eliminado la disposición sobre jurisdicción universal y en su lugar se ha incorporado una nueva disposición que establece la jurisdicción de nacionalidad territorial, activa y pasiva. Por lo que los Estados se encontrarán inhabilitados para ejercer jurisdicción en aquellas conductas que no constituyan un delito penal, de acuerdo con el derecho internacional en situaciones en las que no existe un vínculo jurisdiccional convencional con el delito (Hood & Hughes-Jennett, 2019).

En consecuencia, habrá que esperar y observar las decisiones que se produzcan en la quinta sesión sobre el Borrador Revisado. Si bien se observa la incorporación de algunas recomendaciones y una cercanía a los Principios Rectores sobre empresas y DD.HH. Aún resta acortar distancias entre el Borrador Revisado y los Principios Rectores; ya que éstos han sido el puntapié inicial representando un avance fundamental en los criterios normativos sobre la responsabilidad y la rendición de cuentas de las empresas transnacionales. Todavía existen cuestiones que no se encuentran definidas claramente en el borrador revisado lo cual genera que las empresas transnacionales continúen sin estar completamente obligadas a respetar y garantizar los Derechos Humanos.

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Autora

Sofía Brocanelli

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Estuvimos participando en un taller organizado por el mecanismo de revisión de cuentas del Fondo Verde del Clima para informarnos sobre el mandato de esa institución y discutir formas de interacción con sociedad civil.

“Below, we offer a google translate version of the original article in Spanish. This translation may not be accurate but serves as a general presentation of the article. For more accurate information, please switch to the Spanish version of the website. In addition, feel free to directly contact in English the person mentioned at the bottom of this article with regards to this topic”.

El Green Climate Fund (GCF, Fondo Verde del Clima) es una de las instituciones financieras para el clima dentro de la arquitectura creada por la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático (UNFCCC). Con el propósito de promover un cambio en el paradigma hacia la baja de emisiones y desarrollo compatible con el medioambiente, brinda apoyo financiero de proyectos de adaptación y mitigación de los efectos del cambio climático. Su objetivo es ser la principal entidad operadora dentro del mecanismo financiero de la Convención, además de proyectarse como la institución central en el plano mundial de financiamiento climático.

Para dar a conocer más el trabajo y el funcionamiento de GFC, el Mecanismo Independiente de Reparación (IRM) convocó a organizaciones de sociedad civil en Santiago de Chile, el 30 y 31 de mayo. En el caso del IRM, sólo tiene 2 años funcionando y ha tenido únicamente tres presentaciones de casos, por lo que también fue una oportunidad para discutir las interacciones futuras del mecanismo con potenciales casos y con la sociedad civil.

Entre los asuntos mencionados desde las organizaciones, están los peligros para defensores/as de derechos humanos, las dificultades para implementar los planes de remediación, el impacto de los proyectos en las comunidades y en los derechos de pueblos indígenas, las cuestiones de género dentro de los proyectos y los reclamos. De esta manera, se discutieron también formas de accionar desde el mecanismo para el abordaje de estas preocupaciones

Más información

Fondo Verde del Clima

Mecanismo Independiente de Reparación

Autora

Carolina Tamagnini

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Este documento de trabajo detalla las características principales del recientemente creado Banco Asiático de Inversión en Infraestructura (AIIB por sus siglas en inglés), abordando su estructura, su funcionamiento y actuales proyectos financiados y el rol que cumple China en la institucionalización del mismo.

Durante el mes de abril, Fundeps organizó el retiro anual del International Advocates Working Group (IAWG) en la ciudad de Villa General Belgrano. A lo largo de tres días, 30 miembros del IAWG se reunieron para compartir información, experiencias y lecciones aprendidas sobre mecanismos no judiciales de rendición de cuentas en instituciones financieras internacionales (IFIs).

El IAWG es una red global de organizaciones de la sociedad civil e individuos que trabajan para que los mecanismos de quejas de las IFIs garanticen la rendición de cuentas y el remedio efectivo a las comunidades afectadas. Este grupo de trabajo se enfoca en el trabajo con los mecanismos, al mismo tiempo que provee apoyo a las comunidades impactadas negativamente por proyectos de IFIs. 

Los mecanismos de quejas asociados a estas instituciones ofrecen una importante, y a veces, única opción para comunidades afectadas que buscan rendición de cuentas de parte de las IFIs o de las empresas que reciben financiamiento de IFIs.

A lo largo de los últimos 4 años, el IAWG se reúne casi de manera anual para que sus miembros compartan experiencias y lecciones aprendidas en torno al trabajo con mecanismos no judiciales de queja. Durante los días que dura el retiro, se debate y planifican acciones en conjunto para garantizar que el trabajo de los mecanismos sea lo más transparente y accesible posible para quienes deseen presentar quejas. 

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

El día 22 de abril en el auditorio de la sede Nueva Córdoba de la Universidad Siglo 21, Fundeps organizó un conversatorio sobre inversiones para el desarrollo y derechos humanos en América Latina. 

Durante los últimos años, la región latinoamericana ha sido escenario de crecimiento exponencial de grandes proyectos de desarrollo. Por tal motivo, desde Fundeps junto a la Universidad Siglo 21 se organizó el conversatorio ‘Inversiones para el Desarrollo y Derechos Humanos en América Latina’

En él se analizó el rol de las instituciones financieras internacionales, su obligación con los Derechos Humanos, su impacto en la región latinoamericana y el rendimiento de sus mecanismos de rendición de cuentas. . También, se debatió sobre el desarrollo en América Latina y la problemática de Derechos Humanos asociadas a éste. 

Se contó con la participación de reconocidos exponentes que abordaron estos temas a partir de sus trabajos y analizaron las tendencias y los desafíos actuales respecto a las inversiones para el desarrollo en la región. Participaron: Carolina Juaneda, quién se desempeña como Latin American Consultant del Bank Information Center (BIC), Caitlin Daniel como Senior Communities Associate de la organización Accountability Counsel (AC) y, Juan Carballo, Director Ejecutivo de Fundeps.

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

En el marco de la cumbre del G20 celebrada en Argentina en el 2018, los Jefes de Estado de Argentina y China firmaron 30 acuerdos comerciales y de inversión por los próximos cinco años. Estos acuerdos forman parte del Segundo Plan Quinquenal de Acción Conjunta entre ambos países. 

El 2 de diciembre de 2018, el presidente argentino Mauricio Macri y el presidente chino Xi Jinping firmaron treinta acuerdos comerciales y de inversión en el marco del Segundo Plan de Acción Conjunta 2019-2023 entre nuestro país y la República Popular de China. 

Este Segundo Plan Quinquenal, al igual que el primero, busca reforzar la relación bilateral y constituye una hoja de ruta con acciones a realizarse en una serie de ámbitos. La mayoría de los acuerdos son de índole económico-comercial e incluyen las áreas de infraestructura, inversiones, finanzas, transporte, minería, energía, ciencia y tecnología, turismo, cooperación Sur-Sur y comercio electrónico. 

Entre los acuerdos, uno de los de mayor relevancia es la formalización del intercambio de monedas (swap) con el país asiático por un monto de 8.500 millones de dólares sumándose al ya existente de 11.000 millones de dólares. 

Los acuerdos que ya se encontraban firmados al momento del anuncio del Segundo Plan fueron el de Cooperación para Proyectos de Desarrollo Agrícola Integral en Nuevas Áreas Irrigadas del Plan Nacional del Agua de la Argentina, el Memorándum de Entendimiento sobre la protección medioambiental y el desarrollo sostenible, y el establecimiento del Instituto Confucio en la Universidad de Córdoba. 

También se han firmado acuerdos con empresas como el “Term Sheet” entre el Ministerio de Hacienda de Argentina y el Banco de Desarrollo de China (CDB) para la creación de un Fondo por un monto estimado de hasta USD 1.000 millones, con el objeto de financiar “Capital de Trabajo”; el Convenio Marco de Promoción del Comercio de Productos Oleaginosos entre la Secretaría de Gobierno de Agroindustria  y China Grain Reserves Group Ltd. Company (SINOGRAIN). 

Los siguientes acuerdos fueron firmados luego de ser anunciados: el Acuerdo Marco de Cooperación entre China Export & Credit Insurance Corporation (Sinosure) y el Banco de la Nación Argentina; la Adición al Contrato de Financiamiento para la «Rehabilitación del Ferrocarril Belgrano Cargas»; el Acuerdo de Financiamiento entre el Ministerio de Hacienda de Argentina y el Banco de Desarrollo de China (CDB) para la Adquisición de Material Rodante para el Ferrocarril Roca Eléctrico y, por último, el contrato Comercial entre el Ministerio de Transporte y la empresa china CRCC para la recuperación del Ferrocarril San Martín Cargas (Etapa I: renovación y mejoramiento de vías). 

Por último, se encuentran los siguientes acuerdos:

  • Acuerdo sobre la Prórroga de la Validez del Memorando de Entendimiento para el Establecimiento de un Mecanismo de Diálogo Estratégico para la Cooperación y Coordinación Económica (DECCE);
  • Convenio para la Eliminación de la Doble Imposición con respecto a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y la Prevención de la Evasión y Elusión Fiscal (CDI);
  • Memorando de Entendimiento para el Fortalecimiento de la Cooperación Fiscal y Financiera;
  • Memorando de Entendimiento sobre la Promoción de la Cooperación Comercial y de Inversiones; 
  • Memorando de Entendimiento sobre el Fortalecimiento de la Cooperación en los Sectores de Infraestructura;
  • Ampliación del SWAP de monedas; 
  • Protocolo de Requisitos Fitosanitarios para la Exportación de Cerezas Frescas Argentinas a China; 
  • Memorándum de Entendimiento sobre Comercio Electrónico; 
  • Memorándum de Entendimiento sobre Cooperación en el Comercio de Servicios; 
  • Protocolo Sanitario para la Exportación de Carne Ovina y Caprina a China;
  • Adecuación del Protocolo Sanitario para la Exportación de Caballos en Pie a China;
  • Convención entre China y Argentina sobre la prevención y combate al tráfico ilícito de bienes culturales, y la devolución de bienes culturales ilegalmente transferidos; 
  • Plan Ejecución de Cooperación Cultural entre China y Argentina 2019-2023; 
  • Acuerdo sobre reconocimiento recíproco de certificados de educación superior;
  • Acuerdo entre la Academia China de Ciencias Sociales de China y la Secretaría de Ciencia y Tecnología e Innovación Productiva sobre el establecimiento del centro virtual de ciencias sociales China-Argentina;
  • Acuerdo Marco de Cooperación entre la Administración Nacional de Radio, Cine y Televisión de China y el Sistema Federal de Medios Públicos;
  • Acuerdo de Cooperación entre el Grupo de Medios de China y Radio y Televisión de Argentina; 
  • Memorándum de Entendimiento de Cooperación entre la Comisión Nacional de Supervisión de China y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina;
  • Memorándum de Entendimiento entre la Secretaría de Gobierno de Modernización y la Academia China de Gobierno.

El interés del país asiático por realizar inversiones en Argentina está ligado a las acciones que ha llevado a cabo desde los últimos años en la región de América Latina, posicionándose como uno de los principales inversores. El Primer Plan Quinquenal entre Argentina y China significó el afianzamiento de lazos en sus relaciones bilaterales con la mirada en desarrollar una estrategia de cooperación. Con el Segundo Plan se avanza un paso más en el fortalecimiento y la profundización de la relación bilateral entre ambos países. 

Para Argentina, los acuerdos representan una oportunidad de desarrollo en el futuro, sin embargo hay que ser cautelosos en cuanto a los riesgos y los potenciales aspectos negativos de los mismos, que pueden derivar en incrementos desmedidos de la deuda, impactos negativos a nivel socio-ambiental de los proyectos de infraestructura, problemas de competitividad en el ámbito comercial o incluso cierta tendencia hacia la reprimarización de la económica argentina hacia la que apuntan varios de los acuerdos. Y no hay que olvidarse de sumar, a todo ello, la opacidad y poca transparencia en cuanto a acceso a información que rodea a la gran mayoría de estos acuerdos, cuyos aspectos generales tal vez salgan a la luz, pero no así sus detalles y especificaciones en cuanto a su implementación.

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Autora

Sofía Brocanelli

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

El pasado 15 de marzo, China aceptó ante el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU) 284 de las recomendaciones realizadas en su tercer Examen Periódico Universal (EPU). Éstas se encuentran orientadas a evitar violaciones de derechos humanos en el ámbito de sus inversiones en el extranjero. Sin dudas, se trata de un hecho sin precedentes.

La República Popular China (China) se comprometió, ante Naciones Unidas, a respetar los derechos humanos en sus inversiones en el exterior. Aceptó el 82% de las recomendaciones realizadas por decenas de países en su tercer Examen Periódico Universal (EPU).

El EPU es una evaluación realizada cada cuatro años y medio por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas (OHCHR). Permite calificar el comportamiento de cada Estado miembro a la hora de implementar los tratados de derechos humanos de Naciones Unidas.

A continuación, se mencionan algunas de las recomendaciones más relevantes que fueron aceptadas:

  1. Promover medidas que garanticen que los proyectos de desarrollo e infraestructura, dentro y fuera de su territorio, sean plenamente compatibles con los derechos humanos y respetuosos con el medio ambiente y la sostenibilidad de los recursos naturales, de conformidad con el derecho nacional e internacional aplicable y con los compromisos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible (Ecuador);
  2. Considerar la posibilidad de establecer un marco jurídico para garantizar que las actividades realizadas por las industrias sujetas a su jurisdicción no menoscaben los derechos humanos en el extranjero (Perú);
  3. Adoptar nuevas medidas sobre las empresas y los derechos humanos de conformidad con sus obligaciones internacionales y garantizar que las empresas que operan en zonas de alto riesgo o en conflicto realicen la diligencia debida en materia de derechos humanos de conformidad con los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos (Estado de Palestina);
  4. Continuar aplicando las leyes, regulaciones y estándares chinos, tales como los Principios Rectores sobre Negocios y Derechos Humanos, a las compañías chinas que operan más allá de las fronteras de China (Kenia);

La delegación china manifestó, que su apertura para acoger las recomendaciones mencionadas “demuestra completamente la determinación china y su actitud abierta y activa hacia la promoción y protección de los derechos humanos”. Ahora bien, China deberá informar en dos años en su Revisión de Medio Término ante el CDHNU, el progreso logrado tras la implementación de estas recomendaciones. Asimismo, tendrá que desarrollar un plan de acción para asegurar que sus compañías e inversionistas respeten los derechos de las comunidades locales y el medio ambiente.

María Marta Di Paola de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), expresó que “este compromiso no debe ser considerado una promesa de papel; al contrario, las organizaciones sociales en todo el mundo debemos tomar la palabra al Estado chino, mantenernos vigilantes y reportar a las Embajadas chinas y CDHNU cuando existan violaciones en los proyectos chinos, y exigir reparación a los derechos vulnerados de las víctimas y del ambiente”.

Cabe destacar, que el año pasado el Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA) presentó un informe en el marco del EPU, junto con otras 17 ONGs latinoamericanas, examinando 18 proyectos con participación china en Ecuador, Perú, Bolivia, Brasil y Argentina. El reporte reflejaba que las compañías y bancos chinos han violado sistemáticamente varios derechos protegidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos de Naciones Unidas.

Lo que ha sucedido en Ginebra el 15 de marzo es un hecho sin precedentes que debe celebrarse. De igual manera, es importante rescatar que los resultados obtenidos deben atribuirse en gran parte, al arduo trabajo realizado por numerosas organizaciones de la sociedad civil, en la región y el mundo.

Más información

Video: Consideration of the Universal Periodic Review outcome of China

Reporte: Evaluación de las Obligaciones Extraterritoriales de la República Popular de China desde Sociedad Civil: Casos de Argentina, Bolivia, Brasil, Ecuador y Perú

Autora

Melanie Mackenzie

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

Por iniciativa de la organización peruana ‘Derecho, Ambiente y Recursos Naturales’, el pasado 25 de febrero, se presentó una carta ante el Directorio de la Iniciativa para la Transparencia en Industrias Extractivas (EITI), exigiendo la publicación de información ambiental. Más de 100 organizaciones de América Latina (incluyendo a FUNDEPS), firmaron una carta que solicitaba a los miembros de esta iniciativa, hacer obligatoria la transparencia en materia de información ambiental.

El estándar EITI para la transparencia en las actividades extractivas, procura divulgar información sobre la industria petrolera, gasífera y minera. Exige la publicación de información a lo largo de la cadena de valor de la industria extractiva, desde el punto de extracción, pasando por el modo en que los ingresos siguen su camino hacia el gobierno; hasta cómo benefician al público en general. Esto incluye cómo se adjudican y registran las licencias, quiénes son los beneficiarios reales de dichas operaciones, cuáles son las disposiciones legales y fiscales, cuánto se produce, cuánto se paga, cómo se distribuyen esos ingresos, y cuál es la contribución a la economía, incluyendo el empleo.

Se trata de una iniciativa multilateral a la que los gobiernos se adhieren de manera voluntaria, y garantizando la participación de la sociedad civil y empresas del sector extractivo.

No obstante, y a pesar de la impronta de esta iniciativa, el estándar actualmente carece de requerimientos sobre la obligatoriedad de publicar información relacionada a los costos e impactos ambientales de la actividad extractiva. Es necesario contar con información, por ejemplo, sobre la cantidad de agua que un proyecto minero consume, multas que pagan las corporaciones por violaciones medioambientales, información sobre las evaluaciones de impacto medioambiental, planes de mitigación, entre otros. Estos datos son cruciales para evitar el daño irreversible al medio ambiente y la vulneración de los derechos de aquellas personas afectadas por la actividad extractiva.

Durante la semana del 25 de febrero, el Directorio de EITI se reunirá en Kiev, Ucrania; para revisar las provisiones del estándar actual. Las organizaciones de la sociedad civil en América Latina enviaron una carta exigiendo que luego del proceso de revisión se incorporasen nuevas directrices que garanticen que:

  • Se divulgue información a nivel proyecto, con relación a todas las evaluaciones sociales y ambientales, mostrando el verdadero impacto de la actividad extractiva en ecosistemas y comunidades.
  • Se divulgue información ambiental y social sobre pagos y gastos, incluyendo estudios de impacto, derechos adquiridos, licencias, multas, compensaciones y remediación.
  • Se divulgue información sobre todas las licencias y autorizaciones ambientales, desagregadas por compañía y proyecto. Incluyendo de qué manera las autoridades monitorean los compromisos e información medioambientales.

Argentina se ha unido oficialmente a EITI el 27 de febrero de 2019. De robustecerse el estándar con las demandas hechas por la sociedad civil, redundaría en una mejora sobre la generación y publicación de información medioambiental en nuestro país.

Más información

Sitio WEB de EITI

Carta enviada al Directorio de EITI

Environmental Reporting: Key to Transparency

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Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

 

La presente publicación busca difundir los argumentos y las recomendaciones de sociedad civil, personas y comunidades impactadas, sobre la afectación al derecho de acceso a información y la transparencia en contextos extractivos en ocho países de América Latina y el Caribe: Nicaragua, Guatemala, República Dominicana, Honduras, Argentina, Brasil, Colombia, y Perú.

El pasado 7 de enero, el mundo se sorprendió ante la intempestiva renuncia del presidente del Banco Mundial, Jim Yong Kim. Con tres años por delante para finalizar su segundo mandato, Kim dio un paso al costado para tomar una posición dentro del sector privado. Un posible conflicto de interés y transparencia en la definición del liderazgo del Banco, temas claves.

De manera abrupta e inesperadamente, el presidente del Banco Mundial (BM) Jim Yong Kim, renunció a su mandato para emprender un nuevo trabajo en el sector privado. De acuerdo con el comunicado oficial del BM, durante el mandato de Kim se puso especial atención a las inversiones en infraestructura. Él aseguraba que la clave para el avance de las naciones en desarrollo era el apoyo y la inversión en éste sector.  Por esta razón, Jim Yong decidió dar un paso al costado argumentando que su trabajo por el desarrollo mundial sería más fructífero desde la firma ‘Global Infrastructure’, una multinacional especializada en las inversiones en infraestructura para los sectores de agua, energía, transporte y residuos.

La salida de Kim no ha pasado desapercibida, y numerosas organizaciones de la sociedad civil alrededor del mundo han enfatizado el posible conflicto de interés existente en la sorpresiva decisión de Kim y se preguntan ¿qué pasará a partir de esto? En particular, han planteado una serie de preocupaciones:

  • El financiamiento para el desarrollo a través del sector privado

De acuerdo con el ahora ex-presidente del BM, a nivel mundial existe un déficit en infraestructura que rondaría el trillón de dólares. Este monto, de ninguna manera puede ser cubierto, ni siquiera con el portafolio de todas las instituciones de financiamiento para el desarrollo (IFIs) juntas. A este respecto, Kim, durante su mandato, ha tratado de lograr que el financiamiento para el desarrollo, dejase de estar orientado hacia el sector público, para virar hacia el sector privado. De esta forma, el BM y otras IFIs, han aumentado su cartera de inversiones hacia los intermediarios financieros y otras empresas/corporaciones privadas. La decisión de Kim de continuar su carrera profesional en el sector privado genera dudas respecto del interés de fondo en la decisión de orientar el Banco Mundial hacia el sector privado. En otros ámbitos de interacción entre el sector público y el privado existen períodos ventana durante los cuales quienes tienen roles de toma de decisión tienen vedado cambiar de sector (“cooling off periods” en inglés). La inexistencia de un mecanismos similar en el Banco Mundial inevitablemente pone en tela de juicio algunas de las decisiones de Kim que en la práctica ampliaron el financiamiento al sector privado.

El cambio hacia el financiamiento privado, si bien podría ser beneficioso en términos económicos y financieros para los Estados, mantiene preocupaciones por la sostenibilidad ambiental y el respeto por los derechos humanos (DDHH). En el último tiempo parece observarse una correlación positiva entre el aumento de los proyectos financiados por empresas y el crecimiento de los impactos negativos sobre la vida de las personas y el medioambiente. Además, es importante recordar que durante el mandato de Kim, la revisión de las salvaguardas sociales y ambientales del BM – la normativa que establece criterios para los proyectos que el Banco Mundial puede apoyar – , lejos de representar un robustecimiento de la política, significó la transformación de estos estándares, un marco normativo mucho más laxo. La renuncia de Kim entonces, deja abierta la puerta para preguntarse si el próximo presidente del BM tendrá como prioridad el financiamiento privado, y si fuese así, de qué manera la institución podrá adaptarse a las normas internacionales y nacionales en lo que refiere al respeto de los DDHH.

  • La transparencia y la rendición de cuentas a nivel institucional en IFIs

Otros interrogantes que han surgido luego de este suceso, tienen que ver con el próximo presidente del BM y su proceso de selección: ¿Quién lo sucederá? ¿Cómo será el proceso para elegir al próximo presidente? ¿Será el gobierno de los Estados Unidos el encargado de apuntar a la persona que asuma la presidencia , tal y como ha sucedido en anteriores oportunidades? ¿De qué manera se puede asegurar una gobernanza del BM más transparente a la hora de elegir a sus autoridades?

A nivel mundial existe un acuerdo tácito que, desde el inicio del sistema Bretton Woods, ha dispuesto que la cabeza del Banco Mundial sería definida  por Estados Unidos y la del Fondo Monetario Internacional (FMI) por Europa. A lo largo de los años, esto se ha respetado a rajatabla, siendo la Casa Blanca, la que ha apuntado al presidente del BM. Kim no fue la excepción a esta práctica y fue nominado por el gobierno de Barack Obama. Este proceso que ha venido teniendo lugar poco tiene de transparente y siempre ha terminado por transformar al BM en un brazo ejecutor de las políticas del  gobierno estadounidense. En los tiempos que corren, un presidente del BM nombrado por la administración de Donald Trump sería riesgoso a la hora de pensar en la performance de esta institución respecto a temas como el cambio climático y los DDHH en general.

Más allá de los efectos de un presidente del BM apuntado desde el gobierno de Trump, la salida de Kim abre una serie de cuestionamientos sobre la gobernanza del banco y la transparencia en la designación de sus autoridades. Es menester que se instaure un proceso de selección transparente en el que todos los candidatos y las candidatas tengan igualdad de oportunidades de ocupar el cargo. La silla de la presidencia del BM deberá ser ocupada por una persona auténticamente idónea y que tenga por prioridad la ejecución de  inversiones bajo el paragua del desarrollo sustentable y los DDHH. La historia de secretismo detrás de cada presidente del BM ha impactado en la credibilidad de la institución. Esta vacante, ahora, significa una oportunidad para que el BM se re-posicione dentro del sistema internacional como un actor independiente.

De aquí en adelante

La partida de Kim hacia ‘Global Infrastructure Partners’ (GIP) ha suscitado dudas respecto a la aparición en puerta de un posible conflicto de interés. La multinacional GIP se encarga de invertir en infraestructura para economías en desarrollo, siendo este el principal sector de interés del BM. Es relevante hacer un seguimiento de acuerdos plausibles de ser concretados entre ambas instituciones.

En lo que refiere a la vacante para presidente, el BM ha anunciado un proceso de nominación de candidatos que estará abierto hasta mediados de marzo de 2019. La sociedad civil estará atenta y haciendo un seguimiento detallado de todo lo que ocurra para buscar la transparencia del proceso. Quedará por ver, una vez seleccionado el/la próximo/a presidente, cuáles serán sus lineamientos principales de gestión y si estos responden a las verdaderas necesidades de desarrollo de las comunidades y poblaciones alrededor del mundo.

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Contactos

Gonzalo Roza – gon.roza@fundeps.org

Agustina Palencia – agustinapalencia@fundeps.org

 

El pasado 30 de octubre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un comunicado mediante el cual invitaba a las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales interesados de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a enviar información sobre la situación de derechos humanos en la región. Dicha información será utilizada para la elaboración del capítulo IV A del informe anual de la CIDH correspondiente al año 2018 que será presentado ante la Asamblea General de la OEA.

El pasado 30 de octubre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un comunicado mediante el cual invitaba a las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales interesados de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a enviar información sobre la situación de derechos humanos en la región. Dicha información será utilizada para la elaboración del capítulo IV A del informe anual de la CIDH correspondiente al año 2018 que será presentado ante la Asamblea General de la OEA.

Cada año la Comisión realiza un informe anual sobre la situación de derechos humanos en la región, en donde refleja las tendencias, retos, avances y buenas prácticas que se han dado en materia de derechos humanos en los Estados miembros de la OEA durante el año.

Para el Informe Anual de 2018, la Comisión hará énfasis en los siguientes ejes: Institucionalización democrática, Institucionalidad en derechos humanos, Acceso a la justicia, Seguridad ciudadana y Derecho al Medio Ambiente.

Junto a Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) presentamos un informe sobre estos ejes en las materias que trabajamos:

Institucionalidad en derechos humanos

  1. Reducción jerárquica de Ministerios Nacionales de Ambiente, Cultura, Salud, Trabajo y Modernización y Comunicación
  2. Presupuesto Nacional 2019
  3. Ley de Educación Sexual Integral en peligro

Acceso a la justicia

  1. Preocupación por anteproyecto de Ley de procesos colectivos
  2. Acceso al derecho al aborto en la Argentina – Retardo de justicia en la causa de Portal de Belén (por protocolo de aborto no punible en la provincia de Córdoba)
  3. Acceso a la justicia de personas mayores

Seguridad ciudadana

  1. Violencia Institucional en Tucumán
  2. Ausencia de mecanismos de prevención de la tortura en Tucumán

Derecho al Medio Ambiente

  1. Afectaciones al derecho a la salud ocasionadas por el uso de agroquímicos
  2. Preocupación ante proyecto de modificación de la ley de semillas
  3. Incumplimiento de la consulta y el consentimiento libre, previo e informado de la ley provincial N° 5.915  en perjuicio del medioambiente y el derecho a la vida y el territorio de comunidades indígenas en Jujuy.
  4. Proyecto Minero Chinchillas y la Laguna de Pozuelos en Jujuy
  5. La comunidad indígena del Solco Yampa y la tala indiscriminada de árboles en la provincia de Tucumán
  6. Asesinato de Javier Chocobar en Tucumán

Los casos que se presentan en este informe dan cuenta de una situación general de retroceso del cumplimiento de los derechos humanos por parte del Estado argentino. Las situaciones de vulnerabilidad expuestas preocupan particularmente por inscribirse en un contexto sociopolítico regional de crisis. En vistas a evitar que el impacto de recortes, el incumplimiento de estándares internacionales y la promoción políticas públicas que no atacan las raíces de la desigualdad estructural impacten de lleno sobre las poblaciones que se ya se encuentran en situación de vulnerabilidad, solicitamos a la CIDH que exprese públicamente la preocupación por el estado de cumplimiento de derechos humanos en el país.

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org