Se cumplen 27 años de la creación del Consejo Nacional de la Mujer, que desde 2017 funciona bajo el nombre de Instituto Nacional de las Mujeres (INAM). Nació el 7 de agosto de 1992 con el objetivo de concretar el compromiso asumido en la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

En el año electoral en que nos encontramos y a pocos días de las PASO, es una buena oportunidad para preguntarnos qué tan efectivo ha sido este organismo los últimos años y qué desafíos tendrá la próxima administración en materia de políticas públicas de género.   

La propuesta del Consejo Nacional de la Mujer, primer organismo jerarquizado en el país y segundo en la región (el de Brasil fue pionero y tomado como modelo), fue diseñada por un conjunto de mujeres militantes e intelectuales feministas, entre ellas la socióloga Virginia Fraganillo quien fue su primera presidenta. Con una titular elegida por el propio movimiento de mujeres, el panorama para el naciente organismo parecía ser prometedor dado el compromiso de sus autoridades con la causa feminista. 

Bajo la gestión de Fraganillo, el Consejo tuvo sus primeros cuatro años de vida marcados por avances muy positivos como la inclusión de la cuestión de género en la currícula escolar y políticas de salud sexual y reproductiva. Podemos resaltar entre sus acciones, la primera encuesta sobre aborto, la cual, en el marco de la convención constituyente del 94, abrió socialmente el debate. Sin embargo y a pesar de su destacable mandato,  Fraganillo renunció al cargo.  

Desde entonces, los siguientes gobiernos fueron debilitando la institucionalidad del Consejo, que al principio dependía directamente del poder ejecutivo, y sus presidentas evidenciaron serias limitaciones en cuanto al efectivo accionar por los derechos de las mujeres. Pasaron por este puesto personalidades poco conocidas en el movimiento feminista tales como Lucila “Pimpi” Colombo, Lidia Mondelo o Mariana Gras Buscetto, entre otras. 

Al asumir el gobierno actual, se designó a Fabiana Tuñez como la cabeza del flamante Consejo. En un primer momento, para una importante parte del feminismo, parecía una buena noticia dada la trayectoria militante de Tuñez en la causa de las mujeres como fundadora de la ONG “La Casa del Encuentro” y su definición pública como feminista. No obstante, después de estos cuatros años, el balance no es del todo positivo.

En medio de su gestión, en el año 2017, el Consejo atravesó una transformación: Por decreto presidencial se convirtió en el Instituto Nacional de las Mujeres (INAM) y adquirió el rango de secretaría bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Social. 

Estas mutaciones no pudieron encubrir un problema que ha permanecido desde aquel entonces, y es el de carácter presupuestario. Los reducidos fondos que actualmente reciben el INAM y los programas de género son ajenos a la expectativa inflacionaria por lo que, día tras día, el presupuesto real designado para combatir las violencias de género y promover el empoderamiento de las mujeres y la igualdad, se ve reducido significativamente.

Específicamente, el presupuesto asignado al INAM para 2019 fue de $234.394.881 (¡$11,36 por mujer!). Pero además, y según un estudio del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) “si bien esto representa un 11% de aumento en términos nominales, teniendo en cuenta el promedio de inflación empleado por el propio Poder Ejecutivo en la elaboración del presupuesto (34,8%), esto implica una caída del 18% en términos reales en relación al año anterior. Además, se produjo un retroceso respecto del peso del INAM sobre el total del presupuesto. Mientras que en 2018 representaba el 0,006% del presupuesto nacional total, para 2019 representa un 0,00005%.” 

Un segundo problema refiere al alcance de las políticas del organismo. Por un lado, hay que reconocerle al INAM medidas sumamente relevantes como el Plan de Igualdad de Oportunidades, el Observatorio de Violencia contra las Mujeres, la formación del Consejo Consultivo Ad Honorem en el que articula con organizaciones de la sociedad civil para monitorear en todo el país la aplicación de la ley 26485 contra la violencia hacia las mujeres, relevamientos e informes que brindan datos a la desigualdad y sirven de sustento a las vigentes y futuras políticas públicas, entre otras más. Una de las medidas más destacable es el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las mujeres, aunque, si bien todavía le restan algunos meses, gran parte del Plan no se ha ejecutado (nuevamente, poco puede hacerse sin un presupuesto que lo acompañe). 

Por otro lado, considerando que los problemas de género son estructurales, es menester enfrentarlos con políticas troncales y es en este sentido que tanto Tuñez como sus predecesoras han fallado.

Por mencionar un ejemplo, para superar la división sexual del trabajo necesitamos seguir modelos como el del Sistema Integral de Cuidados que posee Uruguay, o por lo menos ampliar el tiempo de licencias por paternidad que en Argentina es sólo de dos días.

Nos preguntamos entonces, ¿qué le espera al INAM en diciembre?, pase lo que pase ¿será distinto esta vez?

Sin importar los resultados electorales, consideramos necesario fortalecer al INAM, no sólo en su institucionalidad sino a nivel presupuestario para que, con todo el esfuerzo que implica combatir las múltiples violencias que afectan a las mujeres, podamos construir una sociedad más justa e igualitaria.

Autora

Mariana Barrios

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

El evento se realizará los días 12 y 13 de septiembre de 2019 en el aula 300 de la Facultad de Ciencias Sociales (Sede Constitución) de la Universidad de Buenos Aires.

Transformar estructuras laborales para transformar contenidos

Tras años de investigación sobre las industrias de la publicidad y del periodismo, desde Fundeps, la Asociación Civil Comunicación Para la Igualdad y con el apoyo de la Fundación Heinrich Boll, consideramos relevante compartir los resultados obtenidos entre los actores implicados.

Nuestras investigaciones evidencian que la desigualdad de género dentro de las empresas de medios de comunicación, agencias de publicidad y sindicatos afines se traduce, entre otras cuestiones, en la cooptación de puestos y posiciones simbólica y económicamente más relevantes en manos de varones. A su vez, las instituciones de formación profesional tienen una oferta académica limitada en temas de género.

Esto adquiere particular relevancia debido al rol clave de estas industrias en la formación de opinión y de mandatos culturales.

En este punto, se torna necesario observar y debatir sobre las prácticas laborales y conductas dentro de estos espacios, entendiéndolos como estructuras organizativas. El fin es propiciar la construcción de espacios de trabajo inclusivos, democráticos, donde participen diversas identidades de género en la producción de contenidos libres de sexismo y en los puestos de toma de decisión.

El objetivo del evento es generar una instancia sensibilización y construcción de capacidades, de encuentro y articulación, pero también de discusión sobre políticas de género en ambas industrias, convocando a empresas de medios de comunicación, agencias de publicidad, instituciones educativas, sindicatos y asociaciones empresariales, a trabajadores/as del sector, organizaciones de la sociedad civil y al Estado.

El Foro está dirigido a estos sectores mencionados y a quienes busquen transformar la comunicación y los espacios laborales vinculados desde una perspectiva de géneros.

Agendas y panales

Participarán integrantes del sector de Córdoba y Buenos Aires y más de 20 comunicadores/as, publicistas y periodistas del país, con el propósito de incorporar una mirada federal sobre políticas de género en periodismo y publicidad y para poder generar líneas de acción e incidencia en todo el país.

El día 12 de septiembre se realizará la apertura del Foro a cargo de las instituciones que lo organizan y en la que Luciana Peker realizará una charla magistral: “La marea feminista en la publicidad y el periodismo”.

El viernes 13, entre las 9 y las 18 horas, se realizarán paneles-talleres en los que se abordarán algunos de los ejes críticos identificados en ambas industrias: Políticas de cuidado; Derechos Laborales y Sindicalización; Periodismo y Género; Publicidad y Género.

VER PROGRAMA COMPLETO

La participación en el Foro es gratuita pero la admisión debe completarse este formulario de inscripción.

Más información a info@fundeps.org

Circular I Foro Nacional de Políticas de Género en Periodismo y Publicidad

 

Es a raíz de situaciones ocurridas en establecimientos públicos y privados provinciales por actividades realizadas el 25 de marzo, Día del Niño por Nacer.

A raíz de diversas situaciones detectadas en ocasión de conmemorarse el Día del Niño por Nacer en establecimientos escolares públicos y privados de Córdoba, Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) con la adhesión de más de 30 organizaciones, denunciaron «actividades contrarias a las normas y estándares de derecho que rigen en materia de educación«.

La denuncia se realizó ante la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes y ante el Ministerio de Educación de la Provincia solicitando su intervención.

«La presentación fue realizada este lunes, aún cuando las prácticas ocurrieron el 25 de marzo. Nos llegaron videos y fuimos encontrando noticias de diferentes localidades donde se informaba sobre actividades contrarias al derecho», explicó Mayca Irina Balaguer, abogada y coordinadora de Asuntos Legales de Fundeps a La Nueva Mañana.

«Esta denuncia no es un ataque a los colegios, sino que nos parece que estos dos organismos (Defensoría del NNyA y el Ministerio) tienen que tomar intervención porque son prácticas contrarias a la Ley y dan una versión sesgada a lo que sucede sobre el aborto; en especial en niños, niñas y adolescentes que pueden estar en una situación de causal salud o de violación y necesitan acceder a una práctica de aborto legal. Deben saber que es un derecho que tienen», aseveró Balaguer.

«Lo que pedimos es que se capacite a docentes, autoridades escolares y estudiantes en ESI, desde una perspectiva de derechos humanos. Más allá del ideario particular de los colegios, que puede ser de índole religioso, eso no puede ser una excusa para no formar a los niños en clave de DDHH«, afirmó la abogada.

Según indicaron desde Fundeps, el pasado 25 de marzo, varios colegios públicos y privados de Córdoba «realizaron actividades y jornadas de celebración por el Día del Niño por Nacer». 

Entre ellos, un instituto privado de la ciudad de Justiniano Posse realizó y luego difundió un video por Whatsapp, en el que se puede observar a niños y niñas del Nivel Primario cantando una canción. En el video se pueden ver también imágenes con dibujos y actividades que se realizaron en el colegio en dicha jornada.

Según Fundeps, la canción «contraría los contenidos que propone la ley de Educación Sexual Integral N° 26.150, sancionada en el año 2006, que establece el derecho de todos los educandos a recibir educación sexual integral en sus aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos».

«Lo que propone la canción del video de la Institución se aleja considerablemente del piso común obligatorio que establecen los parámetros de los lineamientos curriculares para la Educación Sexual Integral, y de toda noción biológica de la reproducción humana, otorgándole subjetividad al embrión o feto y presentando un conflicto en la situación de embarazo entre la madre y “el niño”, lo que resulta extremadamente preocupante y estigmatizante», aseguró la fundación en su denuncia.

«Las escuelas religiosas tienen el derecho de compartir con sus alumnos cuál es la opinión del dogma o credo que rige a la institución. Pero de ningún modo se puede dejar al alumnado sin la información mínima que establece el currículum oficial de la ley, ni mucho menos brindar información errónea, falsa y tendenciosa», indicaron.

«Es urgente hablar de ESI»

Para Fundeps, mejorar la aplicación de la Ley de Educación Sexual Integral (ESI) en nuestro país «es imprescindible, teniendo en cuenta las altas tasas de embarazo adolescentes y de abuso sexual infantil».

«Anualmente, cerca de 3.000 niñas y adolescentes menores de 15 años se convierten en madres, situación que requiere una mirada especial, no sólo por el riesgo de mayores complicaciones físicas que representa el embarazo a tan temprana edad, sino porque a menor edad mayor es la probabilidad de que el embarazo sea producto de abuso sexual», afirmaron en el documento.

En el escrito, mencionaron establecimientos educativos secundarios de La Carlota que en el marco de lo que denominaron “Semana por la vida”, recorrieron la ciudad #con volantes y afiches ‘en defensa del niño por nacer'».  Además, reflejaron lo ocurrido en Jesús María donde en una escuela primaria, «docentes y autoridades solicitaron a los y las estudiantes que concurrieran al colegio con el pañuelo celeste para la jornada del 25 de marzo».

«A estas se le suman situaciones de público conocimiento en donde alumnos y alumnas recibieron  amonestaciones u otro tipo de sanciones por llevar el pañuelo verde al colegio o por expresar su postura a favor con respecto a la legalización, o las de aquellos/as docentes que sufren hostigamientos, amenazas o desplazamientos por la utilización del lenguaje inclusivo», denunció Fundep.

«Solicitamos al Ministerio de Educación y a la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes que arbitre los medios necesarios para disuadir este tipo de prácticas y que habilite mecanismos para la capacitación a autoridades, docentes y no docentes de todas las instituciones educativas en materia de Educación Sexual Integral, de acuerdo a los lineamientos dispuestos por la ley», señala la denuncia.

A la misma adhirieron las siguientes organizaciones: Cuerpo de Abogadas Feministas de Córdoba, Asociación Pensamiento Penal (APP) – Capítulo Córdoba, Católicas por el Derecho a Decidir, Fundación Córdoba de Todxs, Activando Derechos Córdoba, SeAP (Servicio a la Acción Popular), Red PAR (Red de periodistas por una comunicación no sexista), Asociación Civil Somos, Somos Diversidad Club Social Cultural y Deportivo, FES (Federación de Estudiantes, Secundarios), Equipo de Investigación «La educación sexual integral en la trama institucional y política de Córdoba» (Área de educación) CIFFyH/UNC, Equipo de Educación Sexual Integral de la Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano (UNC), Programa de Feminismos Sexualidades y Derechos de la FCS, Fundación ECoS (Espacio Córdoba Salud), Consultorio de Salud Integral, Flor de Luna, Jardín Maternal DEODORO, Socorro Rosa Córdoba, Las Juanas Socorristas, Ni Una Menos Córdoba, MuMaLa Córdoba, Mala Junta–Vamos, La Mella, Mala Junta–Nueva Mayoría, La Jauretche, Las Alicias, Mujeres Socialistas, Juventud Socialista Córdoba, Partido del Trabajo y del Pueblo, CEPA, JCR, SOMOS, MAREA, BARRIOS DE PIE, Escuela de Formación Feminista Viviana Avendaño (Frente Popular Darío Santillán), María Saleme, Martín Fresneda (Legislador Provincial).

Docentes, garantes de derechos

Por otro lado, junto a la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC), Fundeps presentó una cartilla llamada «Docentes garantes de derechos».

«Se trata de un documento que brinda información tanto de los tratados internacionales como de las leyes nacionales y de la provincia de Córdoba que instan a los estados a crear las condiciones necesarias para que los/as docentes enseñen educación sexual en las escuelas», informaron desde la fundación.

Fuente: La Nueva Mañana

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La presentación fue hecha por Fundeps ante la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes y el Ministerio de Educación.

La Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) realizó una presentación ante la Defensoría de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y ante el Ministerio de Educación de la Provincia en la que cuestionó la práctica de algunas instituciones educativas públicas y privadas por celebrar el 25 de marzo el “Día del Niño por Nacer” y contrariar así a la Ley de Educación Sexual Integral (ESI).

Según la fundación, se trató de una “flagrante violación de los derechos de los/as niños, niñas y adolescentes”. La ONG destacó que algunas entidades hicieron actividades alusivas, como entonar canciones que marcaban una postura sobre la cuestión.

Afirma que la ESI permite que “las escuelas religiosas tienen el derecho de compartir con sus alumnos cuál es la opinión del dogma o credo que rige a la institución”, pero que “de ningún modo se puede dejar al alumnado sin la información mínima que establece el currículum oficial de la ley, ni mucho menos brindar información errónea, falsa y tendenciosa”.

Adhirieron unas 30 organizaciones, entre ellas, la Federación de Estudiantes, Secundarios (FES), el Equipo de Educación Sexual Integral de la Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano (UNC), Ni Una Menos Córdoba o MuMaLa Córdoba.

Fuente: La Voz

Fuente: Click Aquí>

Junto a la Unión de Educadores de la Provincia de Córdoba (UEPC) presentamos la cartilla Docentes garantes de derechos. Se trata de un documento que brinda información tanto de los tratados internacionales como de las leyes nacionales y de la provincia de Córdoba que instan a los estados a crear las condiciones necesarias para que los/as docentes enseñen educación sexual en las escuelas.

A raíz de diversas situaciones ocurridas en colegios públicos y privados de Córdoba contrarias a las normas y estándares de derecho que rigen en materia de educación, presentamos denuncias ante la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes y ante el Ministerio de Educación solicitando su intervención.

En el marco del 25 de marzo, “Día del Niño por Nacer”, varios colegios públicos y privados de Córdoba realizaron actividades y jornadas de celebración, incurriendo en una flagrante violación de los derechos de los/as niños, niñas y adolescentes. 

Entre ellos, el Instituto Privado “Virgen Niña” de la ciudad de Justiniano Posse, realizó y luego difundió un video por Whatsapp, en el que se puede observar a niños y niñas del Nivel Primario cantando una canción. En el video se pueden ver también imágenes con dibujos y actividades que se realizaron en el colegio en dicha jornada. 

No se puede contrariar la legislación vigente

Dicha canción contraría los contenidos que propone la ley de Educación Sexual Integral N° 26.150, sancionada en el año 2006, que establece el derecho de todos los educandos a recibir educación sexual integral en sus aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos (art. 1). Esta ley, y sus leyes complementarias, como la Ley N° 25.673 de Salud Sexual y Procreación Responsable y la Ley 27.234 Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género, están plenamente vigentes en todas las instituciones educativas de todos los niveles que integran el sistema educativo de la provincia de Córdoba. En la Ley Provincial de Educación (9870), se refuerza la adhesión a la normativa nacional, tanto en contenidos y saberes como en valores. A nivel provincial, además, el Ministerio de Educación se pronunció el año pasado a través del Memorándum N° 8/2018, recordando que la ley de ESI se encuentra en plena vigencia. Lo mismo dijo en la Resolución N° 433, el 29 de abril de este año, a través del cual ratificó la vigencia y obligatoriedad de cumplimiento de las pautas establecidas en el Memorándum mencionado.

Además de la regulación local, este derecho tiene sustento en numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos. 

Lo que propone la canción del video de la Institución se aleja considerablemente del piso común obligatorio que establecen los parámetros de los Lineamientos Curriculares para la Educación Sexual Integral, y de toda noción biológica de la reproducción humana, otorgándole subjetividad al embrión o feto y presentando un conflicto en la situación de embarazo entre la madre y “el niño”, lo que resulta extremadamente preocupante y estigmatizante. 

Se debe respetar el ideario institucional, pero sin violar derechos

La ley de Educación Sexual Integral dispone que los contenidos de enseñanza deben ser armónicos con los “idearios” de cada comunidad educativa. Por lo tanto, las escuelas religiosas pueden definir sus programas y adaptar “los lineamientos a su realidad sociocultural, en el marco del respeto a (…) las convicciones de sus miembros” (artículo 5º). Esto significa que las escuelas religiosas tienen el derecho de compartir con sus alumnos cuál es la opinión del dogma o credo que rige a la institución. Pero de ningún modo se puede dejar al alumnado sin la información mínima que establece el currículum oficial de la ley, ni mucho menos brindar información errónea, falsa y tendenciosa.  

Es urgente hablar de ESI

Mejorar la aplicación de la Ley de Educación Sexual Integral en nuestro país es imprescindible, teniendo en cuenta las altas tasas de embarazo adolescentes y de abuso sexual infantil. Anualmente, cerca de 3.000 niñas y adolescentes menores de 15 años se convierten en madres, situación que requiere una mirada especial, no sólo por el riesgo de mayores complicaciones físicas que representa el embarazo a tan temprana edad, sino porque a menor edad mayor es la probabilidad de que el embarazo sea producto de abuso sexual.

Una práctica sistemática

No se pueden dejar de mencionar otras situaciones ocurridas en colegios de la provincia, como los tres establecimientos educativos secundarios de La Carlota (Instituto Mercenario, IPET N° 100 y EPET N° 255) que se movilizaron para realizar una serie de actos encuadrados en lo que denominan “Semana por la vida”, que incluyeron recorrer la ciudad con volantes y afiches “en defensa del niño por nacer. 

Algo similar ocurrió en Jesús María en la escuela primaria del Colegio del Huerto, en donde docentes y autoridades solicitaron a los y las estudiantes que concurrieran al colegio con el pañuelo celeste para la jornada del 25 de marzo. 

A estas se le suman situaciones de público conocimiento en donde alumnos y alumnas recibieron  amonestaciones u otro tipo de sanciones por llevar el pañuelo verde al colegio o por expresar su postura a favor con respecto a la legalización, o las de aquellos/as docentes que sufren hostigamientos, amenazas o desplazamientos por la utilización del lenguaje inclusivo. 

Por todos estos motivos, con la adhesión de más 30 organizaciones, solicitamos al Ministerio de Educación y a la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes que arbitre los medios necesarios para disuadir este tipo de prácticas y que habilite mecanismos para la capacitación a autoridades, docentes y no docentes de todas las instituciones educativas en materia de Educación Sexual Integral, de acuerdo a los lineamientos dispuestos por la ley. 

Adhieren a la denuncia

Cuerpo de Abogadas Feministas de Córdoba, Asociación Pensamiento Penal (APP) – Capítulo Córdoba, Católicas por el Derecho a Decidir, Fundación Córdoba de Todxs, Activando Derechos Córdoba, SeAP – Servicio a la Acción Popular, Red PAR (Red de periodistas por una comunicación no sexista), Asociación Civil Somos Diversidad Club Social, Cultural y Deportivo, FES (Federación de Estudiantes, Secundarios), Equipo de Investigación «La educación sexual integral en la trama institucional y política de Córdoba», Área de educación, CIFFyH/UNC, Equipo de Educación Sexual Integral – Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano (UNC), Programa de Feminismos, Sexualidades y Derechos de la FCS, Fundación ECoS (Espacio Córdoba Salud), Consultorio de Salud Integral, Flor de Luna, Jardín maternal DEODORO, Socorro Rosa Córdoba, Las Juanas Socorristas, Ni Una Menos Córdoba, MuMaLa Córdoba, Mala Junta – Vamos, La Mella – Feminista y popular, Mala Junta – Nueva Mayoría, La Jauretche, Las Alicias, Mujeres Socialistas, Juventud Socialista Córdoba, Partido del Trabajo y del Pueblo. CEPA. JCR, SOMOS. MAREA. BARRIOS DE PIE, Escuela de formación feminista Viviana Avendaño Del Frente Popular Darío Santillán, María Saleme, Martín Fresneda – Legislador Provincial.

Más información

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Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

En el marco de nuestro 10° aniversario, lanzamos “Lucha en Foco”,  un concurso que integra la pasión por la fotografía y la defensa de los derechos humanos.  Podés participar desde el 12 de agosto hasta el 8 de septiembre.

La pequeñas y grandes luchas cotidianas son la base de la defensa de los derechos humanos. Creemos que ponerlas en foco es un camino para conquistar derechos colectivos.

En Fundeps cumplimos 10 años trabajando por una sociedad más justa, equitativa e inclusiva. En este contexto, presentamos el concurso “Lucha en Foco”, que tendrá como cierre una Muestra de Fotografía de las imágenes más destacadas.

Nos acompañan como auspiciantes y jurados la Escuela Diseño y Comunicación Audiovisual La Metro y el medio digital La Tinta. También contamos con el apoyo de Serra Objetos y Pigmalión Fine Print.

Categorías de participación

A) Categoría Réflex Digital

  • Para personas profesionales o aficionadas a la fotografía.
  • Plataforma de participación: e-mail. 
  • Las fotografías para esta categoría deberán ser tomadas con cámara Réflex.

B) Categoría 3.0 

  • Para personas que se consideren principiantes en la fotografía.
  • Plataforma de participación: Instagram.
  • Se alienta a que las fotos sean tomadas con celular.

Temáticas del concurso

  • Sin igualdad no hay derechos humanos
    La discriminación genera violencia y limita libertades. Garantizar el acceso a oportunidades, aceptar la pluralidad de pensamientos y respetar la diversidad de elecciones, construyen una sociedad más justa y equitativa.
  • Mis derechos no tienen precio
    Los derechos de muchos grupos o comunidades son afectados por las estrategias de grupos de poder, gobiernos o empresas que imponen sus intereses e influyen en la toma de decisiones.

Premios y ganadores

A) Categoría Réflex Digital

1er PREMIO

    • $10.000 (diez mil pesos argentinos) en efectivo.
    • Una beca del 100% para curso de especialización (a elección) en La Metro.
    • Publicación de la imagen en una fotogalería de La Tinta y El Entramado de Fundeps.
    • Exposición de la obra en una Muestra de Fotografía (con fecha y lugar a confirmar) con todos los costos de impresión en Pigmalión Fine Print, transporte, montaje y desmontaje cubiertos.
    • Una correa para cámara de fotos de Serra Objetos.

2do PREMIO

    • $5.000 (cinco mil pesos argentinos) en efectivo.
    • Una beca del 100% para curso de especialización (a elección) en La Metro.
    • Publicación de la imagen en una fotogalería de La Tinta y El Entramado de Fundeps.
    • Exposición de la obra en una Muestra de Fotografía (con fecha y lugar a confirmar) con todos los costos de impresión en Pigmalión Fine Print, transporte, montaje y desmontaje cubiertos.
    • Una correa para cámara de fotos de Serra Objetos.

3er PREMIO

    • Una beca del 100% para curso de especialización (a elección) en La Metro.
    • Publicación de la imagen en una fotogalería de La Tinta y El Entramado de Fundeps.
    • Exposición de la obra en una Muestra de Fotografía (con fecha y lugar a confirmar) con todos los costos de impresión en Pigmalión Fine Print, transporte, montaje y desmontaje cubiertos.
    • Una correa para cámara de fotos de Serra Objetos.

Plazos para participar

Podés enviar tus imágenes desde el 12 de agosto hasta el 8 de septiembre. A continuación, conocé cómo participar:

Bases y condiciones | ¡Quiero inscribirme!

En todo el mundo, del 1 al 7 de agosto se realizan actividades de difusión, promoción y apoyo a la lactancia materna. ¿Cuál es el rol y compromiso de los actores implicados?

En el mes de agosto del año 1990, la Organización Mundial de la Salud (OMS), UNICEF, varios Estados y organizaciones de la sociedad civil firmaron la Declaración de Innocenti con el objetivo de proteger, promover y apoyar la lactancia materna.  

El lema de este año es: “Empoderémonos ¡Hagamos posible la lactancia materna!” y fue lanzado por la Alianza Mundial Pro Lactancia Materna (WABA). Con esta consigna se intenta interpelar a los Estados, sindicatos, empleadores y organizaciones de la sociedad civil para desarrollar soluciones que conduzcan a la igualdad de género y a mejorar las tasas de lactancia materna.

La Organización Mundial de la Salud destaca la necesidad de la existencia de licencias por maternidad remuneradas de un mínimo de dieciocho semanas y de licencias por paternidad pagas en pos de lograr igualdad en el cuidado de hijas e hijos. Asimismo expresa que deben fomentarse políticas de lactancia en los entornos laborales (descansos para amamantar, espacios seguros, privados e higiénicos y servicios de guardería).

En la misma línea sostenemos que el fomento y el apoyo a la lactancia materna no pueden ser realizables sin pensar en políticas públicas frente a la crisis del cuidado. La división sexual del trabajo sigue siendo rígida y afecta principalmente a las mujeres. Frente a ello son necesarias acciones que entiendan al cuidado como responsabilidades públicas.

Así, la educación pública, los servicios de cuidados infantiles, adultos mayores y de cualquier persona que requiera cuidados especiales de otra y las licencias por maternidad y paternidad igualitarias, deben ser parte de las agendas públicas. Asimismo, el sector privado no queda fuera de estas acciones. Las empresas privadas son responsables de cumplir con las normativas laborales y convenios colectivos de trabajo que fomenten y aseguren  políticas de cuidado y lactancia igualitarias, inclusivas y sin estereotipos de género (asegurar la presencia de lactarios en los lugares de trabajo o respetar las licencias).

El cuerpo de las mujeres, históricamente, ha sido un campo de regulaciones. Aquí juegan discursos disputando el saber hegemónico. Entendemos que es responsabilidad de los Estados promover políticas públicas que permitan escenarios sociales donde las mujeres y personas que cuidan de niñas y niños, decidan libremente sobre la lactancia, con información útil y clara, sin estereotipos y mandatos culturales patriarcales.

Autora

Ivana Sanchez

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Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org

En la cuarta sesión del Grupo de Trabajo Intergubernamental de Naciones Unidas sobre empresas y Derechos Humanos, diferentes actores presentaron sus comentarios y propuestas sobre el borrador ‘zero’ del instrumento internacional jurídicamente vinculante. Fundeps realizó recomendaciones y cuestionamientos sobre determinados ejes del borrador, relevantes para garantizar el cumplimiento de los DD.HH. por parte de las empresas transnacionales. A partir de los comentarios realizados, el 17 de julio el Grupo de Trabajo Intergubernamental presentó el nuevo Borrador Revisado.

En el año 2014, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU emitió dos resoluciones, una de las cuales ordenó establecer un grupo de trabajo intergubernamental encargado de elaborar un tratado vinculante sobre empresas y derechos humanos. La segunda resolución, del mismo año, solicitó al grupo de trabajo de la ONU la elaboración de un informe que contenga los beneficios y limitaciones de los instrumentos jurídicamente vinculantes. 

A partir de allí, comenzaron las sesiones del grupo de trabajo. La primera se realizó en el año 2016 y la segunda en el 2017, donde Ecuador presentó el documento ‘Elementos para el Proyecto de Instrumento Internacional Jurídicamente Vinculante sobre Empresas Transnacionales y otras empresas con respecto a los Derechos Humanos’. En estas sesiones, el grupo de trabajo intergubernamental se focalizó en mejorar el contenido, alcance, naturaleza y forma del potencial instrumento internacional para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el cumplimiento y respeto de los derechos humanos.

En la tercera sesión, en el año 2018, el grupo de trabajo publicó el ‘Borrador Zero’ del Tratado Vinculante; se discutieron los elementos para elaborar un borrador de un instrumento jurídicamente vinculante teniendo en cuenta los debates realizados en las dos primeras sesiones. 

El año pasado, en la cuarta sesión se realizaron convocatorias de comentarios y propuestas sobre el proyecto del tratado vinculante. Las presentaciones fueron realizadas por algunos Estados como Chile, Colombia y Filipinas, organizaciones no gubernamentales con estatus consultivo y otras partes interesadas como organizaciones de sociedad civil, entre ellas Fundeps. El documento sobre el borrador ‘zero’, presentado por la fundación, se encuentra dividido en comentarios generales y específicos. 

Los comentarios generales realizados por Fundeps abarcan diferentes aspectos que no han sido tenidos en cuenta en el documento y que son sumamente relevantes para garantizar que las empresas transnacionales garanticen y respeten los derechos humanos.  Entre los comentarios se destaca la ausencia en el Tratado de las actividades comerciales que son apoyadas por los Estados, la elevada relevancia otorgada al remedio de daños y derechos de las víctimas que, si bien es sumamente positivo, aún son más necesarias a priori medidas de prevención para evitar que las empresas vulneren los derechos humanos. Con prevención no habría necesidad de remediar ningún daño ocasionado ya que éstos no existirían de encontrarse bien regulados.

Por otro lado, el borrador del Tratado únicamente establece un componente vinculante para los Estados, pero no se les otorga responsabilidad a las empresas. Por lo tanto, no solo no las convierte en sujetos obligados, la cual era la idea inicial, sino que responderán antes las leyes que los Estados implementen en esta materia. Además, se encuentra ausente la creación de un tribunal u otra institución que posea la capacidad para juzgar y penalizar el accionar de las empresas transnacionales. 

Por último, en los comentarios generales de Fundeps se resalta la ausencia en el borrador de los apartados de ‘obligaciones de las empresas’, ‘obligaciones de los Estados’ y las obligaciones de las organizaciones internacionales, elementos fundamentales para garantizar el cumplimiento de los derechos humanos frente a la actividad de las empresas.

Los comentarios específicos se realizaron de acuerdo con los apartados del borrador. Según el preámbulo, se recomienda incluir la relación con otros convenios internacionales y reconocer la ‘Captura Corporativa’ como cuestión mundial que atenta los DD.HH. Además, se cuestiona la ausencia de los principios guía sobre empresas y derechos humanos como antecedente inmediato del tratado, así como la falta de reconocimiento sobre la situación de peligro de defensores/as de DD.HH. En cuanto a la finalidad del Tratado se recomienda que el propósito del documento debiera ser la garantía de los DD.HH. e incorporar como objetivo del tratado la resolución de los desequilibrios de poder entre las corporaciones y las comunidades afectadas. 

Por último, en la Prevención, se debería incorporar el componente de ‘Género’ y de conflicto de interés a todas las medidas de debida diligencia. Además, estas medidas deben garantizar la transparencia en las interacciones de las empresas transnacionales con las autoridades estatales, y la protección de defensoras y defensores de los derechos humanos a través de mecanismos de protección específicos y reforzados.

Nuevo Borrador: ¿avances?

El Grupo Intergubernamental de Trabajo, encargado de la redacción del documento, ha realizado avances en su desarrollo. En consecuencia,  el 17 de julio pasado presentaron el Borrador Revisado del tratado vinculante  para regular las actividades de las  empresas transnacionales y otras empresas comerciales en cuanto a  los DD.HH. Esta versión se realizó de acuerdo a las recomendaciones y comentarios propuestos por los distintos actores convocados en la cuarta sesión del año pasado. Este borrador se discutirá en la quinta sesión, la cual se llevará cabo  entre el 14 y el 18 de octubre de este año. 

A simple vista, el nuevo borrador del tratado vinculante ha modificado la formulación, que, en palabras de Hood y Hughes-Jennett resulta más bien ambiguo. Así, en el Artículo 3 del borrador se ha ampliado su aplicación a “todas las actividades comerciales”, es decir ya no se limitará a aquellas de índole transnacional. Sin embargo, la definición que se desarrolla en el  Artículo 1 sobre las actividades comerciales deja fuera del alcance del tratado a aquellas que son puramente de carácter nacional. Un avance positivo en el proyecto ha sido la eliminación del requisito de que la actividad comercial debía limitarse a todas aquellas que se realizaban “con fines de lucro”.

Por otro lado, en el nuevo Artículo 6 del borrador del tratado se incorpora una nueva disposición donde los Estados tendrán  responsabilidad por no evitar daños que la parte con la que posee una relación contractual haya causado a terceros, independientemente de dónde se produzca el daño (Hood & Hughes-Jennett, 2019).

Desde la óptica de la debida diligencia, se ha observado una mejora en el borrador, ya que  los Estados no solo se encuentran obligados a regular a las empresas comerciales en el interior de su  territorio donde se encuentran obligadas a respetar y prevenir las violaciones a los DD.HH.; ahora en el proyecto se aclara que se debe introducir la legislación para hacer obligatoria la debida diligencia  de DD.HH. y, además se debe obligar a las empresas a que adquieran las medidas apropiadas para evitar las violaciones o abusos de los DD.HH. Representa un gran avance ya que significa una convergencia con los Principios Rectores de la ONU (Hood & Hughes-Jennett, 2019).

En cuanto a las responsabilidad legal-penal, en el Borrador Revisado se ha eliminado la disposición sobre jurisdicción universal y en su lugar se ha incorporado una nueva disposición que establece la jurisdicción de nacionalidad territorial, activa y pasiva. Por lo que los Estados se encontrarán inhabilitados para ejercer jurisdicción en aquellas conductas que no constituyan un delito penal, de acuerdo con el derecho internacional en situaciones en las que no existe un vínculo jurisdiccional convencional con el delito (Hood & Hughes-Jennett, 2019).

En consecuencia, habrá que esperar y observar las decisiones que se produzcan en la quinta sesión sobre el Borrador Revisado. Si bien se observa la incorporación de algunas recomendaciones y una cercanía a los Principios Rectores sobre empresas y DD.HH. Aún resta acortar distancias entre el Borrador Revisado y los Principios Rectores; ya que éstos han sido el puntapié inicial representando un avance fundamental en los criterios normativos sobre la responsabilidad y la rendición de cuentas de las empresas transnacionales. Todavía existen cuestiones que no se encuentran definidas claramente en el borrador revisado lo cual genera que las empresas transnacionales continúen sin estar completamente obligadas a respetar y garantizar los Derechos Humanos.

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Autora

Sofía Brocanelli

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

Ante los hechos de público conocimiento relacionados con el informe de la Dirección de Policía Ambiental de la provincia de Córdoba en torno al mal funcionamiento de la planta de Edar Bajo Grande, insistimos en el reclamo presentado en mayo de este año, por Fundeps junto a Las Omas y vecinas de los barrios Chacras de la Merced, Villa La Merced, Ciudad Mi Esperanza y Parque 9 de Julio en contra el intendente Ramón Mestre, solicitando en esta oportunidad una audiencia a los fines de buscar alternativas de solución a la problemática.

En mayo del corriente año, presentamos conjuntamente con vecinos de diferentes barrios inmersos en la problemática de Chacras de la Merced, un reclamo administrativo. En este exigíamos a la Intendencia de la Municipalidad de Córdoba el acabado cumplimiento del Plan de Mitigación elaborado por el propio municipio para atemperar y subsanar los problemas que aquejan a dicha zona de nuestra ciudad debido a la degradación ambiental principalmente proveniente de la Estación de Depuración de Aguas Residuales de Bajo Grande (en adelante Edar).

Debido a la falta de respuestas por parte de la Intendencia, y ante los hechos de público conocimiento en torno a un informe de la Dirección de Policía Ambiental de la Provincia que nuevamente pone en evidencia el mal funcionamiento de la planta Edar, y la consecuente contaminación ambiental que ello ocasiona, es que insistimos en aquél reclamo. A su vez, considerando el próximo cambio de gobierno y la urgencia que requiere el abordaje de la problemática, solicitamos a la Intendencia una audiencia a los fines de acercar perspectivas, evidencias y alternativas de abordaje de la problemática tendientes a lograr el respeto de los derechos humanos fundamentales que en la actualidad se ven afectados.

Asimismo, en el reclamo bajo insistencia dimos cuenta nuevamente de la gravosa situación que afecta a Chacras de la Merced, relacionados principalmente con afecciones en la salud de las comunidades y condiciones socio-ambientales que dificultan el desarrollo de su plan de vida. Situación que resulta reconocida por la propia Municipalidad de Córdoba al menos desde el año 2014 cuando declaró por primera vez la emergencia ambiental y sanitaria de la planta EDAR y de las zonas ubicadas aguas abajo, estatus que se mantiene hasta nuestros días. De igual modo, reiteramos el pedido de hacer pública la información en torno a las tareas realizadas por la Municipalidad en relación al Plan de Mitigación, la cual no ha sido brindada ante las reiteradas solicitudes de acceso a la información pública presentadas por Fundeps.

El sistemático y continuo agravamiento de las condiciones de vida de la población de Chacras de la Merced vinculadas a la degradación ambiental ocasionada por la Edar, y la inacción del Municipio, quien, con su omisión, consolida día a día la afectación de derechos humanos, es que nuevamente reclamamos una solución definitiva a la problemática de quienes padecen el olvido y la discriminación ambiental en la ciudad de Córdoba.

Por otra parte, y en relación a la problemática, presentamos una solicitud de acceso a la información pública ante la Dirección de Policía Ambiental a los fines de requerir el Informe realizado por dicha dependencia en el cual se da cuenta del mal funcionamiento de Edar. Dicho informe fue presentado a la Municipalidad de Córdoba según trascendiera, pero no fue publicitado, aún ante la relevancia y el interés público que reviste en tanto se analizan las muestras colectadas por Policía Ambiental de los líquidos que ingresan y son vertidos sin tratamiento alguno al Río Suquía y que, según trascendiera evidencian el grave daño ambiental ocasionado por Edar.

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Juan Bautista López, juanbautistalopez@fundeps.org

Luego de un largo camino judicial, un grupo de vecinos de la localidad de Gualeguaychu (Entre Ríos) logró que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunciara a favor de su reclamo en un importante precedente que reconoció y aplicó novedosos principios de derecho ambiental.

Tal derrotero judicial comenzó a partir de una acción de amparo ambiental interpuesta por un grupo de vecinos de Gualeguaychu en contra de un emprendimiento inmobiliario situado a la vera del homónimo Río, reclamando el cese de las obras y la recomposición ambiental. En primera instancia la acción fue acogida, aunque con posterioridad el Superior Tribunal de Justicia Entre Ríos (en adelante STJER) dejó sin efecto la sentencia. Ante este último pronunciamiento, los amparistas presentaron un recurso extraordinario federal, el cual, si bien fue rechazado por el STJER, fue admitido por la Corte Suprema de Justicia (en adelante «La Corte»), revocando en su resolución aquello resuelto por el alto tribunal provincial.

Si bien el máximo tribunal argentino sólo dejó sin efecto la sentencia de su par entrerriano remitiendo las actuaciones al tribunal de origen, las consideraciones para arribar a tal decisión reafirmaron ciertas reglas y principios existentes en el derecho ambiental (procesales y sustanciales), a la vez que cristalizaron novedosos principios jurídicos en la materia. En efecto, la Corte nuevamente remarcó el carácter sistémico integral de las cuencas hídricas y la importancia de la protección de los humedales (afectados en el caso) como partes integrantes e interdependientes del sistema hídrico, citando como instrumento normativo al convenio de Ramsar (Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas).

Asimismo, la Corte valoró la aplicación del principio precautorio, y además, introdujo la novedosa aplicación de los principios in dubio pro natura e in dubio pro aqua.

En cuanto al principio in dubio pro natura este establece (en palabras de la Corte) que: «En caso de duda, todos los procesos ante tribunales, órganos administrativos y otros tomadores de decisión deberán ser resueltos de manera tal que favorezcan la protección y conservación del medio ambiente, dando preferencia a las alternativas menos perjudiciales. No se emprenderán acciones cuando sus potenciales efectos adversos sean desproporcionados o excesivos en relación con los beneficios derivados de los mismos».

En relación al principio in dubio pro aqua, sostuvo que: «En caso de incerteza, las controversias ambientales y de agua deberán ser resueltas en los tribunales, y las leyes de aplicación interpretadas del modo más favorable a la protección y preservación de los recursos de agua y ecosistemas conexos».

En resumidas cuentas, la Corte revocó la decisión del STJER puesto que esta afectaba de modo directo el acceso a la justicia ambiental (Art. 32 de la ley 25.675) y los principios in dubio pro natura y pro aqua, en los términos definidos. Sin dudas, el reconocimiento jurisprudencial del máximo órgano judicial significa la incorporación de ambas directrices al derecho ambiental argentino. Bienvenidos sean.

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Juan Bautista Lopez, juanbautistalopez@fundeps.org

 

La OIT es una agencia de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que reúne a gobiernos, empleadores/as y trabajadores/as de 187 Estados miembros, para establecer normas internacionales del trabajo. En el marco de su 108° reunión en la ciudad de Ginebra en el mes de junio de este año, se aprobó un convenio (con 439 votos a favor, 7 en contra, 30 abstenciones) y su respectiva recomendación (con 397 votos a favor, 12 en contra y 44 abstenciones), sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, que materializan proposiciones relativas al tema.

La temática toma especial relevancia en nuestro país ya que, según informa esta entidad: “Francia, Argentina, Rumania, Canadá e Inglaterra han señalado las tasas más elevadas de agresiones y acoso sexual en el lugar de trabajo,(…), basado en el estudio mundial más vasto que se haya realizado hasta ahora sobre la violencia en el trabajo”.

La particularidad de este Convenio es que, en su contenido, presenta un enfoque inclusivo, integrado y con perspectiva de género que se plasma en normas que implican un avance socio-cultural trascendental en pos de la protección de las mujeres y otros grupos vulnerables (art.6), desproporcionadamente afectados al impedir su acceso al mercado, la permanencia o el progreso profesional.

Este Convenio tendría proyección en el ámbito laboral formal e informal, público y privado, con independencia de su situación contractual. A través de sus normas define y distingue “violencia y acoso” (art. 1 a) de “violencia y acoso por razón de género” (art. 1 b), dejando abierta la posibilidad a los países ratificantes de contemplarlos en sus legislaciones nacionales como conceptos únicos o separados; y entiende que pueden constituir «una violación o abuso de los derechos humanos, una amenaza a la igualdad de oportunidades y contrarios al trabajo decente”. 

El texto prevé que los países miembros deben establecer mecanismos de registro, control y seguimiento de violencia y acoso en el mundo del trabajo, y que organismos nacionales responsables de la inspección del trabajo, la seguridad y salud en dicho ámbito deben considerarlos como riesgos psicosociales en su gestión. También establece las obligaciones de adopción y aplicación de políticas del lugar de trabajo relativas a la violencia y el acoso, información y capacitación sobre el tema, e incluso contempla sanciones a victimarios e indemnizaciones para las víctimas por los daños y/o enfermedades psicosociales, físicos o de cualquier otro tipo que sean consecuencias de tales actos. De manera novedosa y positiva, a través de está propuesta normativa se contempla la violencia doméstica dentro del ámbito laboral y determina una obligación de mitigar su impacto e incluso de evaluarlo como un riesgo en el lugar de trabajo.

Sin embargo, pese al progreso que representa, el texto estandariza las formas de violencia y acoso, y los grupos afectados. Principalmente al establecer y dejar sin definir el concepto de “grupos vulnerables”; sin contemplar la diversidad de las víctimas, de violencia y acoso, dificultando una verdadera solución al conflicto.

El Convenio está abierto y a la espera de ratificaciones por parte de los países miembros y será un instrumento internacional jurídicamente vinculante una vez ratificado por nuestro país, con jerarquía supralegal o constitucional, luego de la aprobación del Poder Legislativo Nacional. 

Es una oportunidad para asumir un compromiso genuino con la igualdad de derechos, a partir de acciones positivas que permitan una regulación y reforma de las situaciones de violencia y acoso en el mundo del trabajo, una vez que sea efectivamente traducido en políticas públicas concretas y no meros compromisos vacíos (purplewashing).

Un futuro del trabajo mejor para las mujeres y los grupos vulnerables sólo puede alcanzarse poniendo fin a la discriminación y superando los estereotipos arraigados en relación con las mujeres en la sociedad, el valor de su trabajo y su posición en el mercado laboral. Este futuro será posible no sólo con la protección de las mujeres y los grupos vulnerables frente a la violencia, sino con acciones que simultáneamente se dirijan a lograr la igualdad en el trabajo, el acceso a prestaciones sociales y servicios de cuidado igualitarios, y la participación y representación de las mujeres en las estructuras internas como sindicatos y organizaciones gremiales. 

Autora

Luz Baretta

Contacto

Cecilia Bustos Moreschi, cecilia.bustos.moreschi@fundeps.org