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A través de las resoluciones Nº 436/2023 y Nº 543/2023, el Ministerio Público de la Defensa decidió dejar sin efecto el nombramiento de la persona responsable de la Oficina de Acceso a la Información Pública invocando razones presupuestarias. Si bien hay una funcionaria interina cumpliendo esas tareas, no se garantiza la idoneidad técnica, la autonomía y la dedicación exclusiva requerida para desempeñar adecuadamente el cargo, lo que implica un grave retroceso para la garantía de este derecho.

Uno de los avances más relevantes de la ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública fue la creación de instituciones autónomas y especializadas en cada uno de los poderes del Estado nacional, que tienen a su cargo controlar su adecuado cumplimiento, así como promover mejores prácticas y proteger el interés de las personas que solicitan información pública. En el año 2018, el Ministerio Público de la Defensa conformó la Agencia y designó a su titular, quien culminó sus funciones en abril del presente año. 

El día 18 de abril de 2023, por medio de la Resolución 436/2023, el Ministerio Público de la Defensa dejó sin efecto el reglamento para el nombramiento de la persona responsable de la Oficina de Acceso a la Información de la entidad y dispuso que sus funciones fueran asumidas por personal de la Asesoría Jurídica, de forma interina. Dicha decisión fue sustentada en una nota presentada por la Oficina de Administración General y Financiera en la que informó que en atención a la situación de déficit presupuestario existente en la proyección de gastos anuales de este Ministerio Público de la Defensa, no se cuenta con la posibilidad de mantener la estructura de cargos existente en la Oficina de Acceso a la Información Pública”.

Posteriormente, a través de la Resolución 543/2023 se designó a la persona de la Asesoría Jurídica que, además de cumplir las funciones que actualmente tiene en esa dependencia, llevará a cabo las tareas encomendadas a la Oficina de Acceso a la Información. 

El esquema actual no permite garantizar el derecho de acceso a la información pública y constituye un grave retroceso en la materia. Las resoluciones 436 y 543 de 2023 son ilegales e inconstitucionales, en tanto que: 

  1. La persona que ocupa interinamente el cargo de responsable de la Oficina de Acceso a la Información no cuenta con la idoneidad técnica, la autonomía, ni la dedicación exclusiva requerida para desempeñar adecuadamente el cargo. Dicho nombramiento debe ajustarse al contenido de la ley 27.275 que ordena que el proceso de selección sea abierto, público y transparente (art. 28), lo que no se ha respetado en este caso.
  2. Dejan la dirección de la Oficina de Acceso a la Información en un estado de interinato sin reglas claras que con el tiempo puede llegar a transformarse en una situación de permanencia indefinida. Las reglas para su elección fueron dejadas sin efecto y a la fecha no se han expedido nuevos lineamientos conducentes a subsanar la situación actual.
  3. Ambas resoluciones se basan en motivos presupuestarios, pero no se ha acreditado que se intentaron otras medidas menos lesivas del derecho, como podría ser el recorte del gasto de servicios no esenciales. 

Las organizaciones de la sociedad civil firmantes manifestamos nuestra preocupación por esta situación y enfatizamos en la necesidad de que el Ministerio Público de la Defensa respete la institucionalidad prevista por la ley 27.275 para garantizar el derecho de acceso a la información pública, que fortalece y afianza nuestra democracia, facilita el ejercicio de otros derechos y ostenta un rol esencial en la prevención de la corrupción y en la promoción de la transparencia en el Estado. Por ello, solicitamos a la Defensora General de la Nación que deje sin efecto las resoluciones 436 y 543 de 2023 y que inicie el proceso de selección para que se cubra adecuadamente el puesto. La nota presentada puede consultarse acá.

  • Adhieren:

Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia

Alianza Regional por la Libre Expresión e Información

Democracia en Red

Directorio Legislativo

Fundación Conocimiento Abierto

Fundeps- Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables 

INECIP- Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales

Nuestra Mendoza

Poder Ciudadano

Salta Transparente

 

Contacto

María Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

En un contexto de avasallamiento de derechos fundamentales, como el derecho a una retribución justa, a la participación en los procesos políticos de reformas constitucionales y al cuidado de la tierra, la protesta se constituye en una forma legítima de reclamo para las comunidades y para la ciudadanía en general. 

La pretendida reforma constitucional en la provincia de Jujuy vulnera derechos ampliamente reconocidos, como el derecho a la protesta, limitando la libertad de expresión y la propiedad a las tierras indígenas, y habilitando que se sigan violando derechos fundamentales para la todas las personas, tal como ocurre desde el pasado 17 de junio.

En este contexto, las comunidades indígenas reclaman que esta reforma constitucional avanza sobre sus derechos adquiridos y sobre sus territorios. Las comunidades tienen derechos que deben ser respetados en los procesos de toma de decisiones por parte del Estado.  En este sentido, destacamos que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos “insta a Argentina a establecer procesos de diálogo transparentes y voluntarios, que incluyan a las autoridades tradicionales locales, con el fin de abordar las demandas de los pueblos indígenas”. 

Por otro lado, ONU Derechos Humanos expresó su preocupación ante los reportes sobre vulneración de derechos y acciones violentas en el marco de las protestas en Jujuy. Realizó un llamado urgente al diálogo constructivo e intercultural, que garantice la participación efectiva de los pueblos indígenas y de todas las partes interesadas, para superar la crisis mediante vías democráticas e institucionales. 

Exigimos al gobierno cesar la violencia institucional y la represión hacia la población, y convocar a espacios de diálogo y consulta de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos.

Además, en un contexto en que circula desinformación, y se utilizan recursos que relativizan la violencia institucional y estigmatizan a los pueblos originarios, a trabajadores y sus organizaciones, hacemos un llamado a que los medios de comunicación realicen una difusión responsable de los hechos, incorporando la voz de las personas cuyos derechos están siendo vulnerados. 

 

*Foto: @susi.maresca

El pasado 23 de mayo estuvimos en la presentación del 5° Plan Nacional de Gobierno Abierto, un instrumento de política pública co-creado con sociedad civil y ciudadanía que contiene 7  compromisos de gobierno abierto a implementar por distintas dependencias del estado nacional. Compartimos el panel con Delfina Pérez de la Dirección Nacional de Gobierno Abierto, Andrés Bertona de la Oficina Anticorrupción y Florencia Caffarone de Democracia en Red. 

El actual Plan se co-creó en 2022, desde la Mesa Nacional de Gobierno Abierto, en diálogo con la Red de Organizaciones de la Sociedad Civil para el Estado Abierto y el resto de la ciudadanía que participó de este proceso. Desde Fundeps formamos parte de la Mesa Nacional de Gobierno Abierto (2020 – 2022) y desde ese espacio contribuimos a la co-creación del 5° Plan, articulando entre la Dirección Nacional de Gobierno Abierto y distintas organizaciones que se involucraron en el mismo. 

Este Plan de Acción se enmarca en las obligaciones asumidas por Argentina ante la Alianza para el Gobierno Abierto, a la cual ingresó en el año 2012. Desde entonces, y cada dos años, el país co-crea e implementa distintas políticas y compromisos concretos en este ámbito. 

¿Cómo fue el proceso de co-creación del 5° Plan de Gobierno Abierto?

Por primera vez, y a los fines de garantizar una participación igualitaria entre todas las personas ubicadas en distintos puntos del país, este Plan se co-creó en su totalidad de forma virtual, a través de plataformas de reuniones, el sitio argentina.gob.ar y su portal de Consulta Pública. A su vez, en el seno de la Mesa Nacional de Gobierno Abierto, y siguiendo las recomendaciones de los Estándares de Participación y Co Creación (2022) de la Alianza para el Gobierno Abierto, se acordó diseñar un Plan de máximo 10 compromisos. 

Para esto, se efectuó una priorización de temas en consulta con la Red de OSC para el Estado Abierto. Los temas seleccionados fueron: Ambiente e implementación del Acuerdo de Escazú; Obra Pública; Género y Políticas de Cuidados; Salud Mental; Estado Abierto y Federalización; Agua y Saneamiento en el AMBA; Información sobre prestadores de Salud; Alimentación e implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable (conocida como Ley de Etiquetado Frontal). No todos, sin embargo, concluyeron en compromisos del Plan, por diversos motivos. Especialmente, y en materia de la implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, desde Fundeps seguiremos aportando en la construcción de propuestas que contribuyan a la aplicación de dicha ley.    

Luego de ésto, comenzaron las instancias públicas de diseño del 5° Plan en agosto del 2022, con una serie de Talleres de Identificación de Desafíos, por cada uno de los temas pre-seleccionados. El objetivo de éstos fue identificar en conjunto cuáles eran los desafíos a los que el 5° Plan, pudiera dar respuesta. Luego, en octubre se abrió la instancia pública de recepción de propuestas, con la consigna de que se sugieran soluciones de políticas de gobierno abierto, que puedan dar respuesta a aquellos desafíos planteados. Con estos insumos, cada área de gobierno involucrada hizo su redacción preliminar de compromiso, el que fue sometido a consulta pública para recepción de comentarios. A la par, se desarrolló una instancia de diálogo por cada tema – compromiso y finalmente se llevó a cabo la redacción final. 

¿En qué consiste el 5° Plan Plan de Gobierno Abierto? 

El actual Plan está compuesto por 7 compromisos asumidos por distintas dependencias del gobierno nacional. 

 

Compromiso Dependencia a cargo
1. Participación pública en la toma de decisiones ambientales en el marco de la implementación del Acuerdo de Escazú en Argentina Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación
2. Participación y control ciudadano en la obra pública Dirección Nacional de Transparencia – Ministerio de Obras Públicas de la Nación
3. Mujeres en el sistema productivo federal: más evidencia, menos brecha Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación de la Gestión, Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo – Ministerio de Economía
4. Salud Mental: desinstitucionalización e inclusión social de personas con padecimiento mental Dirección Nacional de Abordaje Integral de la Salud Mental y los Consumos Problemáticos –

Ministerio de Salud de la Nación

5. Acceso a la información y políticas de cuidados Dirección de Mapeo Federal de Cuidado – Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación
6. El acceso a la información y los prestadores de servicios de salud Dirección Nacional de Calidad en Servicios de Salud y Regulación Sanitaria – Ministerio de Salud de la Nación
7. Programa Federal de Estado Abierto  Dirección Nacional de Gobierno Abierto – Jefatura de Gabinete de Ministros

Dirección de Asuntos Municipales – Ministerio del Interior

 

Acá podrás acceder al detalle de cada uno de ellos, desde la página 37 en adelante. 

¿Qué podemos hacer desde la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil con el 5° Plan? 

Una vez diseñado el Plan de Gobierno Abierto, el objetivo es que se implemente, en este caso, durante el 2023 y el 2024. Para esto,  cualquier persona interesada u organización de la sociedad civil puede involucrarse, sea dando seguimiento a cada etapa de su implementación o participando de forma más activa, cuando los compromisos lo permitan, en algunas fases de su cumplimiento. En ese sentido, se previó en cada compromiso al menos una instancia de diálogo abierto con sociedad civil y ciudadanía interesada en los temas abordados y se desarrolló la plataforma Metas de seguimiento del Plan. Esto busca  facilitar y dinamizar esta instancia de implementación, que de acuerdo a la experiencia previa, es siempre la más difícil si de articulación y sostenimiento de incentivos se trata. 

Como organización comprometida con las políticas de gobierno abierto y varios de los temas abordados en el presente Plan, seguiremos de cerca y acompañaremos cada instancia de avance y estaremos alertas ante signos de estancamiento o retrocesos del mismo.

Nos parece un gran logro compartido, entre distintas organizaciones que formaron parte de la Mesa Nacional de Gobierno Abierto, como la Red de Organizaciones de la Sociedad Civil para el Estado Abierto, activistas y reformadores de políticas de gobierno abierto, que Argentina siga desafiándose con cada nuevo Plan de Acción Nacional Gobierno Abierto. 

 

Más información

Conocé el 5° Plan Nacional de de Gobierno Abierto acá 

Mirá la presentación del 5° Plan Nacional de de Gobierno Abierto acá

 

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María Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org 

 

Desde Fundeps y Ruido, publicamos el informe Litio y Transparencia en Argentina, una investigación que aborda la situación actual de Argentina en relación con la producción de litio…

A lo largo de este informe trataremos, en primer lugar, una serie de datos de la situación actual de Argentina en relación con la producción de litio que la ubican en un papel central, dentro del concierto mundial. Luego focalizaremos en el sistema de gobernanza minera, enunciando las leyes que lo configuran, sus principales elementos y aquellos puntos que ameritan mayor análisis. Con posterioridad, abordaremos, desde algunos indicadores sugeridos por el Estándar, los dos proyectos que se encuentran en etapa de producción de litio en Argentina: el Proyecto Fénix en el salar del Hombre Muerto y Sales de Jujuy en el salar de Olaroz-Cauchari. En particular, lo relativo a la publicidad o no de sus contratos, como eslabón fundamental en materia de publicidad y transparencia en el desarrollo de estos proyectos.

Los pasados 3 y 4 de marzo, participamos del taller sobre Beneficiarios Finales de Empresas del sector extractivo y energético de Argentina, llevado a cabo en la Ciudad de Buenos Aires. El evento fue organizado por Opening Extractives (programa co-implementado por EITI y Open Ownership) y el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA). 

El taller tuvo entre sus objetivos concientizar sobre la importancia de la información pública de las personas beneficiarias finales, y al mismo tiempo, brindar recursos y materiales para acrecentar las investigaciones, proyectos y análisis dentro de este campo.

En este sentido, la capacitación estuvo dividida en tres módulos: en primer lugar, se presentó contenido e información sobre beneficiarios finales, desde lo teórico hasta lo legal y también práctico, tanto a nivel nacional como internacional. Quienes disertaron en este primer módulo fueron: Andrés Knobel de la Red para Justicia Fiscal; María Eugenia Marano, especialista en derecho societario; Pamela Morales, subsecretaria de Desarrollo Minero del Gobierno de la Nación; Gonzalo Fernández de la Secretaría de Desarrollo Minero de la Nación; y Lucía Cirimello de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas (EITI). 

En segundo lugar, las organizaciones de la sociedad civil tuvieron la oportunidad de presentar sus proyectos relacionados a la temática. De esta manera, Edgardo Livitnoff (Coordinador de Red Ruido) presentó avances del informe “Litio y transparencia en Argentina” que elaboramos en conjunto. Por su parte, Eugenia Rodríguez (Centro de Economía Política Argentina) compartió detalles sobre el trabajo de su organización: “Los ricos de Argentina”. 

Finalmente, el tercer módulo, consistió en un taller práctico dictado por Mariel Fitz Patricks, en el que se proveyeron herramientas y recursos para el abordaje de beneficiarios finales. La periodista nos ayudó, principalmente, a acceder a información y cómo, de esta manera, enriquecer trabajos realizados y a realizar en la temática.

Esta instancia fue muy fructífera, en términos no sólo de conocimientos y aprendizajes, sino también en cuanto a la posibilidad de conocer a pares de otras organizaciones de la sociedad civil, con quienes se podría trabajar conjuntamente en un futuro cercano.  

 

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Autora

Maitén de los Milagros Fuma

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María Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

El pasado jueves 24 de noviembre realizamos una Mesa de Trabajo sobre Presupuesto y Derechos, junto con la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), el Observatorio de Trabajo, Economía y Sociedad (OTES) y el acompañamiento del Instituto Federal de Gobierno (IFG) de la Universidad Católica de Córdoba.

La actividad se desarrolló en continuidad a una serie de encuentros virtuales que realizamos en el mes de agosto de este año, donde se abordaron cuestiones conceptuales del presupuesto público, la perspectiva de género dentro del presupuesto, y algunos ejemplos tanto en el presupuesto nacional como en el de la provincia de Córdoba. 

En la Mesa de Trabajo sobre Presupuesto y Derechos, la propuesta fue más bien práctica y se dividió en dos etapas. Una primera expositiva, en la cual OTES comento algunos de sus informes y principales hallazgos luego de analizar los presupuestos de la provincia de Córdoba, durante los últimos años. Desde ACIJ y Fundeps compartimos dónde se encuentra la principal información presupuestaria en la provincia , para dar pie al segundo momento del encuentro destinado al análisis presupuestario por parte de les asistentes. 

Así es que, de acuerdo a afinidades temáticas, nos dividimos en grupos y a partir de algunas consignas disparadoras, navegamos por los portales webs de la provincia de Córdoba donde se encuentra la información presupuestaria y procedimos a analizar algunas políticas o programas de interés. En este sentido, hubo grupos de ambiente, salud, educación, vivienda, discapacidad y género. Al finalizar, compartimos los hallazgos en pleno y se generaron distintos intercambios acerca de la información que está disponible, la necesidad de incorporar otros elementos e indicadores a la hora de efectuar este tipo de análisis, entre otros. 

Esta Mesa tuvo lugar una semana antes de que en Córdoba se llevará a cabo la Audiencia Pública de Presupuesto 2023 en la Legislatura, es por ello que al finalizar compartimos la información de cómo participar de la misma. Es fundamental que se promuevan estos espacios de participación y se difunda de forma clara y accesible cómo asistir,con el objetivo de diversificar las voces en este espacio y democratizar el debate alrededor de un elemento clave para la garantía de nuestros derechos. 

Gracias ACIJ por invitarnos a formar parte de esta iniciativa y esperamos poder seguir generando espacios de diálogo, debate e investigación alrededor de los distintos presupuestos públicos que se dictan en los diferentes  niveles de gobierno. 

Más información:

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Maria Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

 

El pasado jueves 17 de noviembre realizamos  un encuentro sobre la actual gestión de los programas alimentarios para comedores escolares en las provincias de Mendoza, Córdoba, Salta, Tucumán y Buenos Aires. Se hizo especial énfasis en los sistemas de compras de alimentos y en la necesidad de garantizar la efectiva aplicación de  la ley N 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable (PAS) en el marco de los programas de asistencia escolar de cada una de esas provincias. El evento fue organizado desde Fundeps, Nuestra Mendoza, Andhes, Salta Transparente, el Centro de Implementación de Derechos Constitucionales (CIDC) y contó, además, con el apoyo de SANAR.

Del encuentro participaron, además de referentes de las organizaciones de la sociedad civil anteriormente mencionadas: Claudia Oliva y Victoria Lo Valvo, Directora General del Programa de Asistencia Integral de Córdoba (P.A.I.Cor) y Directora de Asuntos Legales de la Dirección General de Compras de Córdoba; Franco Pullido y Gabriel Sciola, Director de Alimentación Escolar de Mendoza y Subsecretario de Administración de la Dirección General de Escuelas de Mendoza y Matías Molina, Director General de Seguimiento de Contrataciones de Bienes y Servicios de la provincia de Salta. 

En un primer momento se abordaron, a través de una dinámica participativa, las diferentes representaciones e imágenes sociales vinculadas a las enfermedades crónicas no transmisibles y, específicamente, a la malnutrición por exceso y la comúnmente conocida “ley de etiquetado”. Luego se describieron los diferentes componentes de dicha ley  y, finalmente, se profundizó en las disposiciones vinculadas a las compras públicas para comedores escolares. 

Se destacó que, al tratarse de compras destinadas a los establecimientos educativos, éstas debían garantizar que no ingresaran productos con sellos negro a las escuelas, ya sea que se tratara de productos ya envasados o de los ingredientes empleados para la elaboración de las viandas. Ello, dado que los productos con al menos un sello o leyenda precautoria no se pueden ofrecer, comercializar, promocionar, publicitar ni patrocinar dentro de las escuelas, en virtud del art 12 de la ley PAS.

En un segundo momento, se le dio la palabra a cada una de las personas referentes de las provincias, autoridades en el caso de que estuvieran o de ONG, para que comentaran cómo era la gestión de los programas alimentarios en cada una de ellas, cómo se decidían las compras de alimentos, con qué criterio nutricional, si esta información era accesible a la ciudadanía, todo ello con el objetivo de ir identificando algunos puntos en común y ventanas de oportunidades para la efectiva aplicación de la ley PAS. 

A modo de conclusión, cada asistente identificó oportunidades, desafíos y posibilidades de articulación entre la sociedad civil y los organismos del Estado involucrados. 

 

Autoras

Maria Victoria Sibilla

Maga Merlo

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Maria Victoria Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

 

Más de 200 personas y organizaciones de la sociedad civil manifestamos a la Legislatura de la Provincia de Córdoba el rechazo a las recientes modificaciones a la Ley Provincial 10.208. 

En conjunto con numerosas personas y organizaciones de la sociedad civil expresamos a la Legislatura provincial, a través de una nota, la profunda preocupación generada a partir de la modificación de los anexos I y II de la ley 10208 de política ambiental provincial. 

Creemos que el proceso de tratamiento y posterior aprobación vulneró y vulnera gravemente derechos humanos y fundamentales, tanto desde lo procedimental como desde lo sustancial. Además, la modificación implica un lamentable retroceso en la protección del ambiente, incumpliendo con reglas, principios y derechos garantizados por la normativa ambiental vigente y compromete al Estado porque constituye una violación a los compromisos internacionales asumidos, por ejemplo, a través del Acuerdo de Escazú.

Las modificaciones realizadas  en la Ley 10.208 no constituyen simples cambios de redacción, sino que implican una seria disminución en las exigencias que establecía la ley y que repercuten de modo preocupante en las actividades sujetas a Evaluación de Impacto Ambiental en detrimento del ambiente y los ecosistemas. En ese sentido, violan expresamente el principio de progresividad y no regresión receptados en nuestro ordenamiento legal (Ley General del Ambiente, Ley 10.208, Acuerdo de Escazú).

El proceso que derivó en la sanción del proyecto no se difundió a la ciudadanía.  El diseño del proyecto, su tratamiento en comisión y su discusión parlamentaria, no solo se dieron en un brevísimo tiempo, sino que además inhabilitaron cualquier tipo de dispositivo que garantice la participación ciudadana, en contraposición y desmedro de la amplia legitimación y participación social que tuvo la Ley 10.208.

Por todas estas razones, el proyecto aprobado constituye una clara violación a los derechos de acceso a la información pública ambiental y a la participación pública en asuntos ambientales. A la vez que vulnera el principio de progresividad y no regresión ambiental, de sostenibilidad, preventivo y precautorio.

En ese marco, instamos a la derogación del proyecto sancionado a los fines de restablecer los estándares de protección vigentes antes de su aprobación. 

 

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  • Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El programa Integral de Infraestructura Gasífera – o el programa de Gasoductos Troncales – impulsado por el gobierno de la Provincia de Córdoba, llegó a su fin en el año 2019 con la culminación de las obras. Hacia 2022 las obras continúan a nivel municipal, y el programa ya ha comenzado su etapa de conexión a la red de gas natural. Sin embargo, aún quedan las dudas respecto a cómo podrá tener acceso al servicio la ciudadanía, en especial quienes se ubican en los sectores en situación de vulnerabilidad.

El acceso a la información pública y la transparencia se constituyen como un derecho humano fundamental. Las personas tienen derecho a conocer lo que será planeado para sus comunidades y con base en ello, tomar las decisiones informadas y pertinentes acerca de los procesos de desarrollo que afectarán sus vidas. 

En el campo de las políticas públicas, proveer y garantizar el acceso a la información pública es la piedra angular de la buena gobernanza. La transparencia es vital para permitir que las personas y las comunidades exijan rendición de cuentas a sus instituciones, y se fomente la confianza en los gobiernos y la reducción de la corrupción. Asegurar este derecho tiene como resultado la generación de oportunidades para que la ciudadanía aprenda, crezca y tome mejores decisiones para sí y quienes les rodean. 

La referencia a esto es relevante cuando se analizan políticas y programas públicos que tienen por objeto la contribución al desarrollo a gran escala. Tal es el caso del programa Integral de Infraestructura Gasífera impulsado por el Gobierno de la Provincia de Córdoba. Esta serie de obras de infraestructura comenzó a ejecutarse en el año 2015 y concluyó en 2019, con el propósito de “potenciar el abastecimiento con gas natural a viviendas, comercios e industrias”. De acuerdo con el Gobierno, se invirtieron 890 millones de dólares para desplegar 2.801 kilómetros de cañerías que darán la posibilidad de conectarse a la red de gas natural a 972.430 habitantes de la provincia sin servicio. Sin embargo, la planificación comenzó con mucha anterioridad al año de implementación y bajo un escepticismo sostenido en la falta de información y transparencia alrededor de su financiamiento, sus potenciales impactos ambientales y sociales, la cantidad de beneficiarios totales, entre otros. 

Posterior a la finalización del proyecto en 2019, aún existían dudas respecto a cómo sería el proceso de conexión para las localidades y de qué manera la ciudadanía tendría acceso efectivo al servicio. De igual manera, también quedaban obras de infraestructura por concluir a nivel municipal.  Hacia julio de 2021, el Gobierno declaró que 75 localidades ya contaban con acceso a gas natural luego del programa de gasoductos troncales. Se hizo mención a la cantidad de habitantes que se beneficiarán , sin reparar en información respecto de su ubicación y otros datos que demuestren si las brechas de desigualdad en el acceso se han comenzado a cerrar o podrán cerrarse como producto de esta obra. Esto es de vital importancia siendo que el gobierno también expuso acerca de la red de créditos Bancor para viviendas y negocios, que facilitarían la conexión y la obtención del servicio. Quedaba por saber de qué manera se apoyará a aquellos grupos marginalizados y en situación de vulnerabilidad a quienes se les dificultará acceder a este beneficio, y que por lo tanto no llegarán -o podrán hacerlo en un futuro lejano- a contar con gas natural. 

Hacia 2022 las dudas respecto del alcance de este proyecto para la población cordobesa aún no se disipan. De acuerdo con los portales de noticias cordobeses, la conexión de empresas y negocios a la red de gas natural avanza a un paso mucho más rápido que la conexión de viviendas. Esta discrepancia se suscita más que nada porque la conexión a la red es costosa e implica la toma de decisiones a nivel familiar. Aún cuando se han proporcionado las condiciones para facilitar el acceso -mediante créditos, y el ahora sí confirmado apoyo del gobierno provincial para familias vulnerables-, no todas las personas están en igualdad de condiciones para rápidamente decidir sumarse a la red. En muchos casos la conexión también requiere la adaptación estructural de las casas y la compra de electrodomésticos. 

Sobre esto último es que el acceso a la información y la transparencia juegan un rol fundamental. En primer lugar, porque de haberse publicado y socializado el proyecto de manera correcta con las poblaciones de las localidades afectadas, las familias podrían haber decidido planificar con antelación la conexión a la red. En segundo lugar, se evidencia el rol que cumplen los funcionarios gubernamentales a la hora de informar y publicar la documentación referente a un proyecto de este calibre. Esto quedaba en manos del nivel municipal y de sus intendentes, y en muchos casos su accionar para informar a la población fue deficiente -sobre todo considerando que también se han necesitado obras a nivel municipal para garantizar la conexión-. 

La práctica de la publicación de información como la publicación de documentos no significa ni redunda en una ciudadanía informada. A las iniciativas de datos abiertos y transparencia activa se suman las acciones destinadas a informar a la población, como por ejemplo las consultas públicas. Estos espacios funcionan -o deberían funcionar- como oportunidades para socializar información sobre proyectos y políticas públicas, obtener una devolución de la ciudadanía y trabajar en un proceso de co-creación. Durante los comienzos de la obra de gasoductos troncales, una buena parte de los desafíos identificados tuvo que ver con la falta de consultas públicas -exigidas por ley- y la desinformación general de las personas acerca de los posibles impactos y beneficios del proyecto. 

Hacia 2022 no se cuenta con información certera sobre las obras llevadas adelante en las localidades y las consultas públicas que se hayan realizado con vecines. La existencia de estas instancias juegan un rol crucial para la toma de decisiones de la ciudadanía . Especialmente en estos casos cuando es un deber informar sobre el proyecto, advertir de los impactos, aclarar los beneficios y clarificar las alternativas con que las familias contarían para acceder al servicio de gas de red. 

En este sentido, aún cuando la obra de Gasoductos Troncales supone un gran avance para la Provincia de Córdoba, y la posibilidad para cerrar las brechas de desigualdad en el acceso al gas natural, todavía relucen los graves problemas respecto del acceso a la información pública, la transparencia y la rendición de cuentas. Un proyecto de esta envergadura debiera haber contado desde un principio con información clara y concisa para la población, canales de comunicación con la ciudadanía, procesos de adjudicación de obra mucho más transparentes, etc. El proceso aún no ha finalizado, y existe la oportunidad para que el gobierno provincial haga un esfuerzo para transparentar lo que queda por hacer.  

 

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Autora

Agustina Palencia

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Gonzalo Roza, gon.roza@fundeps.org

 

*Foto extraída de losprimeros.tv

El viernes 3 de junio se realizó el encuentro Prácticas actuales y desafíos en Transparencia Activa. Los casos de Mendoza y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), organizado por el colectivo de ONG que integran Fundeps, Nuestra Mendoza, el Centro de Implementación de Derechos Constitucionales, Directorio Legislativo, Andhes, Salta Transparente y Acción Colectiva.

El conversatorio se desarrolló bajo modalidad virtual y es la primera actividad que se realiza en el marco del Ciclo de Debates sobre Transparencia 2022, impulsado por el colectivo, con el objetivo de proponer conversaciones con funcionaries a cargo de las agendas de transparencia de distintas provincias y localidades del país.  La propuesta apunta a generar un ambiente propicio al debate e intercambio de experiencias que contribuyan a fortalecer las prácticas de transparencia activa y pasiva de todos los poderes públicos y al ejercicio efectivo de estos derechos por parte de la ciudadanía. 

En esta oportunidad, conversamos con Diego Seoane, Subdirector de Acceso a la Información Pública (AIP) en la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de Mendoza, con María Gracia Andía, Titular del órgano garante del Acceso a la Información Pública de y con Fernanda Araujo, Gerenta de Arquitectura de la Información, ambas de CABA. 

La primera parte del encuentro estuvo dedicada al diseño institucional de cada jurisdicción y cómo dan cumplimiento a las obligaciones de transparencia activa, es decir, en lo que de oficio deben publicar esos niveles de gobierno, dado que ambas  tienen leyes que las obligan en ese sentido. En ese sentido, Diego Seoane comentó que en Mendoza, por la ley N° 9070 de 2018, se previó una única autoridad de aplicación que es la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública. La misma rige para todos los poderes del Estado y tiene competencias sobre otras leyes como la de Ética Pública y Ficha Limpia. Dentro de esta Oficina, la Sub-Dirección de Acceso a la Información Pública, que está compuesta por dos personas, es autoridad de aplicación en todo lo relativo a AIP, es órgano de Alzada de solicitudes de información y tiene a su vez la función de controlar el cumplimiento de la transparencia activa de todos los sujetos obligados. El rol de la Sub-Dirección se complementa con el de “Funcionarios Garantes” en cada uno de los sujetos obligados, que son quienes tienen a cargo tanto la obligación de dar respuesta a las solicitudes de información como a la publicación activa de información que prevé la ley de Mendoza. 

Desde las expositoras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se comentó que  la ley N° 104 de 2016 estableció  una estructura de dos niveles, compuesta por Órganos Garantes y Autoridades de Aplicación en cada uno de los poderes de la ciudad (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Las funciones de estas autoridades se complementan, los Órganos Garantes tienen la función general de promover este derecho, generar informes, elaborar convenios, realizar auditorías de oficio y actuar en caso de denuncias por incumplimiento de la ley en el poder del que depende. Por su parte las Autoridades de Aplicación gestionan los pedidos de información pública, cumplen con las obligaciones de transparencia activa, orientan a la ciudadanía en el ejercicio de este derecho, capacitan a los sujetos obligados dentro del poder correspondiente, entre otras. A su vez cuentan con las figuras de Enlaces para el cumplimiento de la transparencia pasiva, y de Referentes Institucionales y Operativos, para las obligaciones de transparencia activa en cada sujeto obligado. 

En un segundo momento, se consultó por una buena práctica de cada dependencia y los principales desafíos que advierten en el ejercicio de sus funciones. Desde Mendoza se destacó como buena práctica, el monitoreo sistemático que hicieron en el proceso de transparencia pasiva, es decir a las solicitudes de información que se hacían, que impactaron directamente en el mejoramiento del proceso de transparencia activa. Citó, por ejemplo, que de 130 pedidos que se hacían al Instituto de la Vivienda, bajaron a 30 una vez que se disponibilizó la información y se mejoró su sitio web. Resaltó asimismo, el hecho de tener un botón directo de transparencia en cada sujeto obligado y ubicar allí todo lo que la ley estipula. Manifestó que eso fue un gran avance porque en las primeras etapas, la información se consignaba pero estaba desordenada e incluso redundaba.  Desde CABA presentaron el Portal de Transparencia que concentra las obligaciones de transparencia activa del gobierno de la ciudad y el Índice de Transparencia Activa que es una herramienta creada para dar seguimiento a las políticas de  transparencia y acceso a la información en dicha jurisdicción. Asimismo compartieron algunas experiencias de  transparencia focalizada, es decir, de interés específico para un determinado grupo o colectivo de personas, como una Guía que elaboraron con información sintetizada para Jefas de Familias Monoparentales. 

En relación a los desafíos, desde Mendoza si bien afirman que el diseño institucional dado por  la ley es acertado, consideran que con una mejor estructura organizacional podrían cumplir más eficientemente sus funciones. Luego, un desafío compartido por ambas jurisdicciones, si bien cada una cuenta con diseños y herramientas distintas, tuvo que ver con la constante mejora en la implementación de las leyes de transparencia y acceso a la información pública. Así como a otras demandas de la ciudadanía. Se hizo hincapié también a la mejora en teŕminos de accesibilidad, lenguaje claro, acceso de personas con diferentes capacidades, entre otras. 

Finalmente, y en coincidencia con la audiencia y las organizaciones de la sociedad civil organizadoras del evento, se ponderó la necesidad de avanzar de manera sostenida sobre la transparencia y el acceso a la información pública de todos los poderes del Estado, es decir de los Legislativos y Judiciales. 

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Nina Sibilla, ninasibilla@fundeps.org

En el marco de un amparo por mora ante la falta de respuesta de la Municipalidad de Córdoba en una solicitud de información pública, el fiscal general resaltó que “La Fundación actora se vio obligada a acudir a la justicia para lograr la actuación de parte de la Administración.

El pasado 2 de mayo obtuvimos un importante pronunciamiento judicial en materia de derecho de acceso a la información pública, en el contexto del amparo por mora presentado ante el incumplimiento de cuatro pedidos de información presentados en diferentes áreas de la Municipalidad de Córdoba. Antes de adentrarnos en el pronunciamiento recordamos algunas cuestiones básicas de la temática: 

¿A qué se considera información pública?

Es todo tipo de dato contenido en documentos de cualquier formato que generen, obtengan, transformen, controlen o custodien la Administración Pública en sus diferentes niveles y de aquellos sujetos que hayan recibido fondos públicos. 

¿Qué implica el derecho de acceso a la información pública?

Comprende la posibilidad de cualquier persona de  buscar, acceder, solicitar, recibir, copiar, analizar, reprocesar, reutilizar y redistribuir libremente la información pública. Este derecho se aplica en sentido amplio a toda la información en posesión de órganos públicos, incluyendo toda la información controlada y archivada en cualquier formato o medio. Es importante mencionar que este derecho tiene una naturaleza instrumental para el ejercicio de otros derechos, especialmente por parte de quienes se encuentran en posiciones subordinadas o vulnerables, ya que es sólo mediante el conocimiento preciso del contenido de los derechos humanos y de sus formas y medios de ejercicio que se puede acceder efectivamente a su pleno goce y disfrute. 

¿Entonces cualquier persona puede solicitar información pública? 

Sí, la Ley 27275 de Derecho al Acceso a la Información Pública establece que “Toda persona humana o jurídica, pública o privada, tiene derecho a solicitar y recibir información pública”. En Córdoba existe un importante precedente del Tribunal Superior de Justicia que además establece que “el derecho humano de acceso a la información pública ha de analizarse desde una óptica amplia y holística.” y que “este derecho corresponde a toda persona sin que deba acreditarse algún interés o situación jurídica especial, receptándose una legitimación amplia que comprende tanto la actuación en sede administrativa como en sede judicial”. La forma de acceder a ella es a través de un pedido de información pública.

¿Y qué es un pedido de información pública?

Es aquella petición que se realiza de manera escrita o por medios electrónicos y sin ninguna formalidad, de toda aquella información generada, administrada o en posesión de los órganos del Estado Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Municipios y Autónomos, Partidos Políticos locales y cualquier organismo que ejerza gasto público.

El único requisito que se impone es que la solicitud de información debe ser presentada ante el sujeto obligado que la posea o se presuma que la posee. Se puede realizar por escrito o por medios electrónicos y sin ninguna formalidad, solo basta indicar la identidad de la persona solicitante, la identificación clara de la información que se solicita y los datos de contacto, a los fines de enviarle la información o anunciarle que está disponible.

Toda solicitud de información pública debe ser satisfecha en un plazo determinado: en el caso de organismos nacionales es de 15 días hábiles, mientras que en la Provincia y en la Municipalidad de Córdoba es de 10 días. En todos los casos la Administración puede solicitar prórrogas, debiendo justificarlo. 

¿Pero qué pasa en la práctica?

Nuestra experiencia ante la solicitud de información pública en los diferentes niveles y áreas estatales es muy dispar. Mientras que a nivel nacional, y gracias a los mecanismos previstos por la Ley 27275, los pedidos de información suelen ser respondidos en tiempo y forma, a nivel provincial y municipal, en la mayoría de los casos, no obtenemos respuesta en el plazo estipulado. Esta falta de respuesta nos obliga a judicializar los pedidos de información a través de la interposición de amparos por mora. 

Ante esta situación, admitida la demanda se corre traslado a la Administración para que presente un informe explicando por qué se encuentra en mora, es decir, por qué no brindó la información solicitada. En la mayoría de los casos, frente a este traslado la Administración produce la información que le había sido requerida, se la notifica al peticionante, y luego lo informa en el expediente, solicitando que la causa judicial devenga abstracta, porque la información ya fue entregada. En este tipo de casos, el tribunal suele resolver en ese sentido, declarando abstracta la causa e imponiendo las “costas por su orden”. Esto quiere decir que la Administración no debe correr con ningún tipo de gasto cuando los pedidos de información se judicializan, incluso cuando es su actitud la que obliga a las peticionantes a iniciar un proceso de amparo. 

Un cambio de criterio en el dictamen fiscal

Por medio del Dictamen N°344 emitido el 2 de mayo en la causa ”Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables C/ Municipalidad de Córdoba – Amparo Ley 8803”, Expte. N° 10221471, el Ministerio Público Fiscal se pronunció sentando un importante criterio en materia de amparos por mora y derecho acceso a la información pública. En este juicio, la Municipalidad de Córdoba presentó un recurso de casación en contra de la sentencia de Cámara, por estar en desacuerdo con lo que se resolvió en materia de costas. 

El fiscal entendió que “a criterio de este Ministerio Público, hay un vencedor y un vencido por la propia fuerza de los hechos, y en relación directa con el objeto perseguido por la presentante; porque como quiera que sea, la Administración cumplió con el dictado del acto administrativo, pero fuera del término que la ley contempla y con motivo de un proceso judicial. Y por ende, su situación se equipara a la del vencido.”

En este sentido, afirmó que “La Fundación actora se vio obligada a acudir a la justicia para lograr la actuación de parte de la Administración. No parece justo ni razonable que el reclamante deba afrontar los gastos y honorarios por él devengados con motivo de la tramitación de una causa cuyo origen es una conducta omisiva por parte de la Administración y el ejercicio de un derecho constitucional. Es por ello que la sustracción de materia judiciable producida en autos, no implica de ningún modo el desplazamiento del principio objetivo de la derrota como criterio de imposición de las costas”. 

Celebramos la decisión del Fiscal General, ya que sienta un importante precedente en materia de derecho de acceso a la información pública. Es así que el ejercicio de un derecho constitucional no puede aparejar que quien solicita cargue con las costas de un proceso que no hubiese existido si la administración hubiese respondido en el plazo legal. Es importante mencionar que este no es un hecho aislado, sino una práctica sistemática de la Administración que limita al acceso a la información quienes  tengan los medios económicos y jurídicos para exigir la respuesta de los pedidos de información ante la justicia. 

 

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Autora

Noelia Salvia 

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

 

*Fuente imagen: Argentina.gob.ar