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La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó a fines del mes pasado su Informe Anual 2018, en donde reporta el trabajo realizado durante todo el año. Este informe constituye el principal instrumento de rendición de cuentas de la CIDH, así como de monitoreo de la situación de derechos humanos en la región y de seguimiento de sus recomendaciones.

El Capítulo IV consiste en un panorama descriptivo sobre la situación de los derechos humanos en los países miembros, con un especial énfasis en los derechos y temas priorizados por la CIDH, así como en ejes transversales de Institucionalidad Democrática, Institucionalidad en Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y Seguridad Ciudadana; y Derecho al Medio Ambiente.

Junto a Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) presentamos en diciembre del año pasado un informe sombra sobre estos ejes en las materias que trabajamos.

En el informe para Argentina, la Comisión tomó los asuntos reportados en el informe sombra. En las consideraciones generales, prestó particular atención a la preocupación mostrada respecto el proyecto de ley sobre procesos colectivos; la situación del derecho de protesta; las movilizaciones respecto del debate en cuanto acceso a los derechos sexuales y reproductivos de la mujeres, así como las posibles reformas que restringirían el alcance de la ley de educación sexual. También se hace referencia a los enfrentamientos entre autoridades públicas y comunidades indígenas; la situación económica y financiera en general y su eventual impacto en los derechos humanos, y en particular. Consideraciones especiales se hicieron sobre la situación de pobreza que afecta a la niñez; el nombramiento de un defensor/a de la niñez que sigue pendiente; las expulsiones de personas migrantes; y las condiciones de detención que prevalecen en las comisarías de policía.

A su vez, en cuanto a temas relacionados con institucionalidad en derechos humanos, la CIDH destacó nuestra preocupación por la falta de nominación de una persona titular en la Defensoría del Pueblo de la Nación, cargo que sigue vacante desde el año 2009. Asimismo, recogió nuestra preocupación sobre la situación económica y financiera del país y sus efectos en las instituciones al respecto de la asignación de recursos y al funcionamiento de las diversas entidades del Estado encargadas de la protección de los derechos humanos.

Sobre el acceso a la justicia, la Comisión tomó nota de la preocupación que expresamos respecto del Proyecto de Ley de Procesos Colectivos, elaborado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que, en caso de prosperar, podría limitar seriamente el uso y efectividad de las acciones colectivas, al restringir la posibilidad de demandar judicialmente al Estado y a las empresas en defensa de derechos colectivos.

En lo referido a la situación de los derechos de las mujeres, la CIDH saludó la aprobación del protocolo para la investigación y litigio de femicidios en Argentina, celebró la aprobación y entrada en vigencia de la Ley Nº 27.452 “Ley Brisa” que otorga reparaciones económicas a hijos e hijas de víctimas de femicidio en Argentina y saludó la aprobación de la “Ley Micaela”, que tiene como objetivo capacitar a funcionarios y funcionarias en violencia de género.

Sin embargo, la Comisión manifestó que “ha continuado dando seguimiento a los diversos obstáculos que siguen enfrentando las mujeres, niñas y adolescentes en el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos, así como a la movilización y el debate legislativo para el ejercicio de los mismos.” Además, señaló que “ante el resurgimiento de la discusión sobre la reforma de la Ley de Educación Sexual (Ley Nº 6.150), han surgido igualmente propuestas para revisarla y reformarla, algunas de las cuales tendrían como objetivo limitar sus alcances y suprimir las menciones dedicadas a diversidad de género y diversidad sexual, temas que son de seguimiento de la Comisión en miras a asegurar que las revisiones se realicen en línea con los estándares interamericanos en la materia.”

Con respecto al derecho al medio ambiente, la Comisión manifestó que el Estado la informó sobre un Plan de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación y que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación ha desarrollado diversos canales de comunicación en el marco de la Ley  nacional No. 25.831 a fin de garantizar el derecho de acceso a la información ambiental. También indicó que “se está desarrollando la Estrategia Nacional de Educación Ambiental, política pública que orienta las bases para la construcción de programas intersectorial en la temática promover la acción de las personas, grupos y sociedad en su conjunto para el cuidado ambiental en su integralidad. También indicó que se ha conformado un Gabinete Nacional de Cambio climático, que está trabajando actualmente en la articulación de medidas de mitigación y adaptación sobre la implementación de las Contribuciones Nacionales Determinadas del país. Por último también existe la generación de indicadores para la gestión de reservas de biósfera y de iniciativas privadas de conservación de la biodiversidad.”

No obstante, la CIDH se alertó por el uso de agroquímicos, que es uno de los asuntos más preocupantes para el país, en particular por los efectos nocivos en los pulmones y la piel; así como el aumento de afecciones como la depresión, convulsiones, trastornos inmunitarios y endocrinos. Inclusive le llamó la atención el aumento del número de personas con cáncer en el pueblo cordobés de Monte Maíz en las épocas de fumigación.

Por su parte, la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) de la Comisión presentó su propio informe, poniendo de relieve los principales datos recopilados como motivos de preocupación, respecto a la situación de los DESCA considerados en su generalidad en todos los países de la región. Allí, la Relatoría menciona nuevamente las situaciones reportadas en el informe sombra relacionadas al derecho al medio ambiente y al derecho a la salud, particularmente los derechos sexuales y reproductivos.

Celebramos las conclusiones elaboradas por la CIDH y la Relatoría sobre DESCA y que se haya hecho eco de los reportes enviados desde la sociedad civil. Esperamos que el Estado tenga se apropie de estas recomendaciones y las incorpore en su diseño de políticas públicas para mejorar la situación de derechos humanos en nuestro país.

El pasado 30 de octubre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un comunicado mediante el cual invitaba a las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales interesados de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a enviar información sobre la situación de derechos humanos en la región. Dicha información será utilizada para la elaboración del capítulo IV A del informe anual de la CIDH correspondiente al año 2018 que será presentado ante la Asamblea General de la OEA.

 

 

El pasado 30 de octubre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un comunicado mediante el cual invitaba a las organizaciones de la sociedad civil y otros actores sociales interesados de la Organización de los Estados Americanos (OEA) a enviar información sobre la situación de derechos humanos en la región. Dicha información será utilizada para la elaboración del capítulo IV A del informe anual de la CIDH correspondiente al año 2018 que será presentado ante la Asamblea General de la OEA.

Cada año la Comisión realiza un informe anual sobre la situación de derechos humanos en la región, en donde refleja las tendencias, retos, avances y buenas prácticas que se han dado en materia de derechos humanos en los Estados miembros de la OEA durante el año.

Para el Informe Anual de 2018, la Comisión hará énfasis en los siguientes ejes: Institucionalización democrática, Institucionalidad en derechos humanos, Acceso a la justicia, Seguridad ciudadana y Derecho al Medio Ambiente.

Junto a Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES) presentamos un informe sobre estos ejes en las materias que trabajamos:

Institucionalidad en derechos humanos

  1. Reducción jerárquica de Ministerios Nacionales de Ambiente, Cultura, Salud, Trabajo y Modernización y Comunicación
  2. Presupuesto Nacional 2019
  3. Ley de Educación Sexual Integral en peligro

Acceso a la justicia

  1. Preocupación por anteproyecto de Ley de procesos colectivos
  2. Acceso al derecho al aborto en la Argentina – Retardo de justicia en la causa de Portal de Belén (por protocolo de aborto no punible en la provincia de Córdoba)
  3. Acceso a la justicia de personas mayores

Seguridad ciudadana

  1. Violencia Institucional en Tucumán
  2. Ausencia de mecanismos de prevención de la tortura en Tucumán

Derecho al Medio Ambiente

  1. Afectaciones al derecho a la salud ocasionadas por el uso de agroquímicos
  2. Preocupación ante proyecto de modificación de la ley de semillas
  3. Incumplimiento de la consulta y el consentimiento libre, previo e informado de la ley provincial N° 5.915  en perjuicio del medioambiente y el derecho a la vida y el territorio de comunidades indígenas en Jujuy.
  4. Proyecto Minero Chinchillas y la Laguna de Pozuelos en Jujuy
  5. La comunidad indígena del Solco Yampa y la tala indiscriminada de árboles en la provincia de Tucumán
  6. Asesinato de Javier Chocobar en Tucumán

Los casos que se presentan en este informe dan cuenta de una situación general de retroceso del cumplimiento de los derechos humanos por parte del Estado argentino. Las situaciones de vulnerabilidad expuestas preocupan particularmente por inscribirse en un contexto sociopolítico regional de crisis. En vistas a evitar que el impacto de recortes, el incumplimiento de estándares internacionales y la promoción políticas públicas que no atacan las raíces de la desigualdad estructural impacten de lleno sobre las poblaciones que se ya se encuentran en situación de vulnerabilidad, solicitamos a la CIDH que exprese públicamente la preocupación por el estado de cumplimiento de derechos humanos en el país.

Más información

Contacto

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org

El Comité de Derechos Humanos aprobó el 30 de octubre su Observación General N° 36 sobre el artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que establece el derecho a la vida.

Dicho pronunciamiento se centró en algunas cuestiones como la abolición de la pena de muerte, la importancia de contar con métodos sólidos de rendición de cuentas, la protección de los derechos de las personas privadas de su libertad y la protección a los/as defensores/as de derechos humanos contra las represalias. El Comité se opuso a una interpretación restrictiva del derecho a la vida y subrayó que las personas tienen derecho a disfrutar de una vida con dignidad. Además, sus integrantes resaltaron el vínculo entre el derecho a la vida y la obligación de los Estados de prohibir la propaganda de guerra y el discurso de odio.

El derecho a la vida ante la interrupción del embarazo

Con respecto a los Estados y su facultad de adoptar medidas que reglamenten la interrupción del embarazo, el Comité señaló que dichas medidas “no deben resultar en la vulneración del derecho a la vida de la mujer embarazada o de sus otros derechos en virtud del Pacto, como la prohibición de los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Por lo tanto, todas las restricciones jurídicas que limiten la capacidad de las mujeres para someterse a un aborto no deben, entre otras cosas, poner en peligro sus vidas ni exponerlas a dolores o sufrimientos físicos o psíquicos”.  

Además, indicó que los Estados partes deben “facilitar un acceso seguro al aborto para proteger la vida y la salud de las mujeres embarazadas” y “no deben regular el embarazo ni el aborto de manera contraria a su deber de velar por que las mujeres no tengan que recurrir a abortos peligrosos.” En este sentido, el Comité entiende que los Estados “no deben adoptar medidas como penalizar los embarazos de las mujeres solteras, ni aplicar sanciones penales a las mujeres que se someten a un aborto o a los médicos que las asisten para hacerlo”.

Asimismo, expresó que no se “deben establecer requisitos excesivamente onerosos o humillantes para las mujeres que deseen someterse a un aborto”, y concluyó que “[l]a obligación de proteger la vida de las mujeres contra los riesgos para la salud relacionados con los abortos peligrosos exige que los Estados partes garanticen a mujeres y hombres, y en particular a los adolescentes, acceso a información y educación sobre las opciones reproductivas y a toda una serie de métodos anticonceptivos. Los Estados partes también deben velar por que las mujeres embarazadas tengan acceso a servicios de atención de la salud adecuados, tanto prenatales como con posterioridad al aborto”.

Los organismos internacionales de Derechos Humanos en sintonía

Este pronunciamiento se suma a una lista de expresiones que diferentes organismos de derechos humanos han tenido a lo largo del año con respecto a la situación del aborto en nuestro país y en el mundo.

El 1 de junio el Comité de los Derechos del Niño, órgano que supervisa el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño, emitió sus Observaciones Finales para Argentina. Allí, fue contundente al instar al Estado a que asegure “el acceso a servicios de aborto seguro y atención postaborto para adolescentes, garantizando que sus opiniones siempre se escuchen y se tengan debidamente en cuenta como parte del proceso de toma de decisiones”.  

En el mismo sentido, previo a que el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo fuera discutido en la Cámara de Diputados el 13 de junio, el Grupo de Trabajo sobre la cuestión de la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica de la ONU mediante una carta felicitó al Congreso por su consideración de un proyecto de ley que despenaliza la interrupción del embarazo en las primeras catorce semanas, e instó a que se apruebe dicho proyecto. “Acogemos con beneplácito la importante medida que se está tomando para garantizar a las mujeres todos sus derechos humanos, incluidos los derechos a la igualdad, dignidad, autonomía, información e integridad corporal y respeto a la vida privada y al más alto nivel posible de salud, incluida la salud sexual y reproductiva sin discriminación, así como el derecho a una vida libre de violencia y a no sufrir tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes” había expresado el Grupo de Trabajo.

Luego del debate legislativo, el mismo Grupo de Trabajo lamentó profundamente que el Senado argentino rechazara el proyecto de ley que hubiese legalizado el aborto en las primeras 14 semanas de embarazo, y calificó la decisión como una oportunidad perdida para promover los derechos de las mujeres en el país.

Algo similar sucedió con el Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI) que saludó y felicitó a la Cámara de Diputados de la Nación Argentina por la aprobación del proyecto de ley en el mes de junio. Luego del rechazo del proyecto por parte del Senado, el MESECVI comunicó su pesar y esgrimió que “[l]a aprobación de esta ley habría constituido un significativo avance en la consolidación de los derechos de las mujeres en consonancia con el espíritu de la Convención de Belém do Pará, ya que no solo buscaba garantizar sus derechos sexuales y reproductivos, sino que también proteger la vida las mujeres, su integridad física y psíquica, y sus libertades fundamentales.”

Por último, hace poco más de un mes el Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales concluyó el cuarto informe de Argentina sobre su implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Allí resaltó los altos números de abortos peligrosos en Argentina y los obstáculos para el acceso al aborto en las causales previstas por la ley actual, como la falta de los medicamentos adecuados y el impacto negativo de la objeción de conciencia de profesionales de la salud. Además, recomendó la provisión de métodos anticonceptivos en todo el territorio, además la adopción de medidas efectivas para la implementación de las causales de aborto no punible en todas las provincias (en virtud de lo establecido en el fallo FAL) y el acceso a medicamentos que permitan una interrupción segura del embarazo. Además recomendó la regulación de la objeción de conciencia para no obstruir el acceso rápido y efectivo al aborto, con trato digno por parte de profesionales de la salud a pacientes que busquen acceso a servicios de aborto, así como no criminalizar a mujeres que recurren a la práctica.

Todos estos pronunciamientos publicados en el 2018 se suman a una larga lista. Hace años que los organismos internacionales de derechos humanos llaman la atención a la Argentina y al resto del mundo sobre los estándares de protección que deben cumplir en lo que respecta a derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y de las personas gestantes. Es importante comprender la dimensión de estas expresiones: expertos y expertas internacionales nos están señalando el camino hacia una legislación en materia de aborto respetuosa de los compromisos asumidos en cada uno de los pactos y tratados que Argentina ha ratificado.

Autora

El Comité de las Naciones Unidas de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  concluyó el pasado 28 de septiembre el cuarto informe de Argentina sobre su implementación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Luego de un diálogo interactivo con la delegación argentina, quienes integran el Comité analizaron el informe nacional presentado por el Estado y también la información recibida por parte de las organizaciones de la sociedad civil a través de los informes sombra.

 

Conclusiones principales

Uno de los temas centrales que abordó el Comité fue el de la crisis financiera, porque en un contexto donde continúan los índices de pobreza,  se han implementado políticas de reducción de programas sociales, profundizando la vulnerabilidad de algunos grupos sociales. También se cuestionó al Estado argentino por la situación que enfrentan sus instituciones gubernamentales, la degradación de algunos ministerios a secretarías, y sobre el nombramiento del Defensor del Pueblo.

Por otro lado, expresó su preocupación por la represión de la protesta social y el acceso a la tierra de los pueblos originarios. Además, si bien el Comité felicitó la adopción de la Ley de Identidad de género y de matrimonio igualitario en el país, llamó la atención sobre la falta de acceso al trabajo y acoso en el sistema educacional a personas del colectivo LGBTI, personas con discapacidad, migrantes y mujeres. También inquirió al Estado por el desempleo juvenil, el trabajo informal, y varios temas relacionados a la educación (deserción escolar, educación sexual y reproductiva y enseñanza de lenguas originarias).

Encontrá más info sobre educación pública y educación sexual integral.

Igualdad entre hombres y mujeres

Las mujeres argentinas se ven afectadas por el trabajo no remunerado de cuidado de la familia, la baja tasa de participación laboral, falta de provisión universal de servicios sociales y baja representación en altos cargos en varios sectores (particularmente la justicia y el sector privado). Por ello el Comité recomienda reforzar las disposiciones legislativas y las políticas públicas con presupuestos asignados, destinadas a lograr la igualdad de derechos para el hombre y la mujer, incluyendo un sistema público de cuidados integral, la implementación de medidas contra los estereotipos sociales que afectan a las mujeres y la promoción de políticas de conciliación entre la vida laboral y familiar.

Sobre igualdad de oportunidades para mujeres y personas LGBTI en organizaciones de medios, te puede interesar el siguiente enlace

Derechos sexuales y reproductivos

Lamentando que no se haya aprobado el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el Comité resaltó los altos números de abortos peligrosos en Argentina

y los obstáculos para el acceso al aborto en las causales previstas por la ley actual, como la falta de los medicamentos adecuados y el impacto negativo de la objeción de conciencia de profesionales de la salud. También destacó la falta de marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Entre sus recomendaciones en esta materia, se encuentran la provisión de métodos anticonceptivos en todo el territorio, además la adopción de medidas efectivas para la implementación efectiva de las causales de aborto no punible en todas las provincias -en virtud de lo establecido en el fallo FAL- y el acceso a medicamentos que permitan una interrupción del embarazo segura. Además recomendó la regulación de la objeción de conciencia para no obstruir el acceso rápido y efectivo al aborto, con trato digno por parte de profesionales de la salud a pacientes que busquen acceso a servicios de aborto, así como no criminalizar a mujeres que recurren a la práctica. Finalmente, recomendó  adoptar un marco normativo e institucional para garantizar servicios de salud adecuado a las personas intersex.

Violencia contra la mujer

El Comité está preocupado por la gravedad de la violencia hacia las mujeres y las niñas, con 251 feminicidios en el 2017, a pesar de algunos avances (como la inclusión de la figura del femicidio en el Código Penal y la ley de Protección Integral). Por esto, instó al Estado a contemplar las necesidades de las víctimas de violencia de género en el poder judicial, a implementar servicios de patrocinio gratuito y especializado para las mujeres y a mejorar las medidas para garantizar la investigación, sanción y reparación de los hechos de violencia, en miras de lograr una plena protección a las mujeres y sus hijos/as.

Alimentación

Sobre este punto, el Comité lamentó la ausencia de un reconocimiento y protección constitucional explícitos del derecho a la alimentación, la falta de implementación de la Ley de Agricultura Familiar N° 27.118, los cortes presupuestarios y de personal en el sector de la agricultura familiar y el aumento de personas que dependen de los comedores escolares y comunitarios.

Asimismo, expresó su preocupación respecto del incremento de los índices de sobrepeso y obesidad, la ausencia de medidas estatales para disminuir el consumo de bebidas azucaradas y la falta de una regulación adecuada para restringir la publicidad de alimentos no saludables.

En este sentido, sus principales recomendaciones fueron las de adoptar un marco normativo que reconozca expresamente el derecho a la alimentación y que guíe las políticas públicas que aseguren una alimentación sana, nutritiva y suficiente, en especial a grupos desfavorecidos. Esto incluye garantizar la efectiva implementación de la Ley de Agricultura Familiar y tomar las medidas efectivas para disuadir el consumo de alimentos y bebidas dañinos para la salud. En este punto, se recomendó incluso el incremento del impuesto sobre las bebidas azucaradas, el fortalecimiento de la regulación del Código Argentino sobre Alimentación en cuanto al etiquetado frontal de alimentos, que incluya información sobre azúcar en los productos, e implementar restricciones sobre la publicidad de alimentos y bebidas dañinos para la salud, en particular los destinados a niñas, niños y adolescentes.

Conocé más sobre etiquetado de alimentos y sobre consumo de bebidas azucaradas.

Salud y consumo de tabaco

El alto consumo de tabaco tiene un gran impacto negativo sobre la salud de las personas en Argentina. La regulación de los impuestos sobre el tabaco es insuficiente y la regulación sobre las campañas de publicidad es precaria, por lo que el Comité recomendó a nuestro Estado adoptar medidas más robustas para la prevención del consumo. Entre estas, se mencionan el aumento del impuesto a un nivel suficiente para tener un efecto de disuasión el consumo de tabaco, la  prohibición de publicidad, y campañas de información sobre el impacto negativo del tabaco en la salud, con énfasis en la protección de los niños y jóvenes.

Además, instó al Estado a ratificar el Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco y a ajustar las regulaciones internas sobre la publicidad de los productos del tabaco a las normas establecidas en este Convenio.    

Acá podés leer más sobre el convenio marco de control de tabaco.

Explotación minera y medio ambiente

El uso de ciertos métodos de explotación no convencionales de hidrocarburos, como el “fracking”, y el impacto local de esas formas de explotación fueron otro objeto de preocupación del Comité. En particular por el impacto negativo que pueden tener sobre el medio ambiente, el agua y la salud. Por ello, se recomendó al país adoptar un marco regulatorio del fracking, que incluya las evaluaciones de su impacto en todas las provincias, consultas previas con las comunidades afectadas, y  documentación apropiada de sus efectos sobre la contaminación del aire y el agua, las emisiones radiactivas, los riesgos para la salud y la seguridad en el trabajo, los efectos sobre la salud pública, la contaminación acústica, la luz y el estrés, la actividad sísmica que puede desencadenar, las amenazas a la agricultura y la calidad del suelo, y al sistema climático.

Agricultura, medio ambiente sano y salud

Resulta preocupante el aumento en el uso de pesticidas y herbicidas que incluyen glifosato, a pesar de los graves impactos adversos a la salud y al medio ambiente de muchos de ellos, señalado como probablemente carcinógeno por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud.

En este sentido, el Comité recomendó que Argentina adopte un marco regulatorio que incluya la aplicación del principio de precaución en cuanto al uso de pesticidas y herbicidas dañinos, en particular los que incluyen glifosato, para prevenir los impactos negativos en la salud por su uso y en la degradación del medio ambiente.

Sobre aplicación de agroquímicos, te puede interesar el siguiente enlace.

 

 

Autora: Mayca Balaguer

 

En colaboración con otras organizaciones de la sociedad civil, realizamos varias presentaciones de informes ante el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (DESC) para su período de sesiones N° 64. A través de ellos  pretendemos acercar observaciones críticas y recomendaciones en temas vinculados a DESC que han sido parte de la agenda de trabajo de nuestra organización, y así dar una actualización del reporte presentado en la instancia de sesiones del Grupo de Trabajo preparativo, en 2017.

Argentina ha ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), comprometiéndose así a cumplir con las obligaciones derivadas de este pacto.  El PIDESC, como otros tratados de derechos humanos, establece un órgano para el monitoreo de su nivel de cumplimiento: el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales (CDESC). En este sentido, la Corte Suprema ha reconocido a este comité como “intérprete autorizado” del Pacto, que a su vez tiene jerarquía constitucional.

El mecanismo de monitoreo establecido en el mismo incluye, a su vez, la posibilidad de participación de la sociedad civil en diferentes etapas, a través de la presentación de informes: el Comité recibe reportes tanto del Estado como de la sociedad civil y los evalúa, para luego emitir sus Observaciones Finales. La importancia de estas observaciones radica en que la mismas se constituyen como herramientas para exigir a los estados el cumplimiento de estándares de derechos humanos en materia de DESC.

En este marco, hemos presentado varios reportes alertando sobre situaciones de afectación de derechos en diferentes ámbitos.

Salud:

  • Situación de las enfermedades crónicas no transmisibles en Argentina:

Recomendamos instar al Estado la adopción de algunas medidas para reducir el consumo de productos de tabaco y alimentos no saludables. Entre ellas, la limitación de publicidad dirigida a niños y niñas, la adopción de un etiquetado nutricional más sencillo y entendible, la suba de impuestos, la ratificación por parte del Estado argentino del Convenio Marco de Control de Tabaco y la adopción de medidas que protejan especialmente a grupos vulnerables.

 

  • Situación actual respecto a las prácticas de mercadeo de fórmulas de leche:

En este sentido, recomendamos instar al Estado argentino a que regule y restrinja las estrategias de marketing de fórmulas de leche materna, a que continúe promoviendo la lactancia materna más allá de las campañas de concientización, a que impida la interferencia de la industria en los procesos relativos al ámbito de la salud pública y a que promueva la transparencia en el patrocinio de eventos e investigaciones académicas.

  • Situación de las regulaciones de residencias geriátricas:

Recomendamos la sanción de una ley nacional que establezca presupuestos mínimos a garantizarse en todas las residencias geriátricas del país, conforme los derechos y el paradigma establecido en la Convención Interamericana de Protección de las Personas Mayores, así como también leyes locales que recepten dicho paradigma. Asimismo, se recomienda instar al Estado Argentino a dar publicidad a los datos relativos a las habilitaciones y controles de dichas residencias.

  • Falta de acceso a derechos sexuales y reproductivos:

Es preocupante la situación de bajo acceso a anticonceptivos y a las prácticas de aborto en los casos permitidos por la ley. Recomendamos entonces instar al Estado a proveer los insumos necesarios para dar cumplimiento a los derechos sexuales y reproductivos, así como garantizar que la objeción de conciencia no obstaculice el acceso a los mismos. Por último, recomendamos instar al Estado a que capacite a los y las profesionales de la salud, de acuerdo a los estándares internacionales fijados por la OMS para el acceso al aborto seguro, y la promoción de la discusión legislativa para la legalización del aborto.

Democracia

  • Situación actual de la Defensoría del Pueblo:

Esta institución continúa acéfala desde hace 11 años, lo que se configura como un debilitamiento del sistema de protección de DESC. En este sentido, hemos recomendado entre otras cosas, designar lo más pronto posible a una persona a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación y  reformular los procedimientos de selección del mismo.

  • Acceso a la información pública en materia ambiental:

Recomendamos al Comité instar al Estado a garantizar el acceso a la información pública en materia ambiental frente al avance de los grandes proyectos de infraestructura, las industrias extractivas e inversiones chinas; promoviendo la creación de instancias y/o mecanismos de participación ciudadana. Además de promover la protección de aquellas personas que en defensa de sus derechos y opuestas al avance de grandes proyectos de infraestructura.

  • Anteproyecto de Ley de Procesos Colectivos:

Recomendamos que el Estado se abstenga de impulsar el Anteproyecto de Ley de acciones colectivas ante el Congreso Nacional y promueva una regulación que se ajuste a los estándares internacionales y constitucionales vigentes en materia de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva de grupos en situación de vulnerabilidad.

Ambiente

  • Uso y aplicación de agroquímicos:

Advertimos sobre las afectaciones al derecho a la salud derivadas del uso de agroquímicos; recomendando la adopción de una normativa nacional que regule el uso y aplicación de agroquímicos  y solicitando la revisión y adaptación de normativas nacional y provinciales a las nuevas categorías fijadas por la OMS en materia de clasificación de productos fitosanitarios. Además, se recomienda la adopción de medidas para minimizar el impacto del uso de agroquímicos y la realización de evaluaciones epidemiológicas periódicas.

Más información

Contacto

Agustina Mozzoni: agustinamozzoni@fundeps.org

Carolina Tamagnini: carotamagnini@fundeps.org

Facultades tomadas, otras cerradas, otras suspendiendo sus actividades, marchas multitudinarias, asambleas y estudiantes organizándose ¿Qué está pasando en las Universidades Nacionales? ¿Qué pasa en la Universidad Nacional  de Córdoba?

Desde 2016 que el conflicto docente continúa escalando. En aquel momento el presupuesto y los salarios no iban de la mano con la inflación y toda la comunidad académica se levantó contra esta situación. También estudiantes, al ser afectados/as por estas medidas, se aliaron a la lucha y tomaron el Pabellón Argentina a través de una decisión que fue debatida y con la aprobación de la mayoría de la Asamblea Interfacultades. Se le negó el ingreso al Rector Hugo Juri, quien se sienta a debatir en mesa de negociación el presupuesto de la educación pública, y son muchas veces sus decisiones políticas las que repercuten en toda la UNC.

Hoy la situación es mucho más crítica. Se encuentran tomadas: la Facultad de Psicología, la Facultad de Filosofía y Humanidades (Casa Verde), la Fac. de Artes (Pabellón CePIA), la Facultad de Comunicación, la Facultad de Ciencias Sociales y hace unos días se levantó la toma de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño después de una Asamblea a la que asistieron más de 1500 estudiantes (resultados: por levantar la toma 905 votos; por mantener la toma 849 votos).

En todas las facultades se están realizando asambleas en las que no solo se busca una estrategia en conjunto con la lucha docente, si no que también se pretende reivindicar el posicionamiento del estudiantado, reclamando la garantía de sus derechos como el efectivo cumplimiento de los sistemas de becas, el pago por puestos ad honorem (ayudantías y adscripciones pagas), entre otros. El denominador común de los reclamos: el derecho a la Educación Pública.

A qué se debe este conflicto

Lo que está pasando: la crisis económica generalizada se refleja en las políticas de educación, y se siente aún más fuerte en las Universidades Públicas. Es que, “en definitiva, hoy estamos más ante un retraso en el cumplimiento del presupuesto que ante un recorte genuino. Pero la magnitud de esa demora es tal que las Universidades se ven forzadas a funcionar disponiendo de alrededor de la mitad de los recursos que le corresponden, en un año particularmente difícil debido a la devaluación y el aumento sustancial de las tarifas”. Según los datos de CONADU (Federación Nacional de Docentes Universitarios), al final del primer semestre de 2018, sólo se había ejecutado el 25% del presupuesto anual. En un contexto inflacionario y de fuerte crecimiento de los costos de servicios, esa demora impacta directamente en el sostenimiento de las actividades universitarias.

¿Por qué la educación es un derecho que debe cumplirse?

La educación es un derecho humano reconocido por el ordenamiento internacional de derechos humanos, particular y expresamente por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por nuestro país por la ley Nº 23.313.

Este reviste una vital importancia puesto que se trata de una precondición esencial para el ejercicio de los restantes derechos humanos. Es un derecho de carácter “transversal” con relación a los demás derechos humanos y su insatisfacción pone en juego la capacidad de reclamo respecto a estos últimos.  Su contenido se ha visto ampliado, en gran medida, pues es el presupuesto para el ejercicio pleno de las libertades individuales, el fortalecimiento y desarrollo de la persona humana y la difusión, respeto, goce de los derechos humanos. Se trata de una herramienta fundamental dado que posibilita el progreso en desmedro de la desigualdad económica y colabora en los procesos de emancipación y lucha de aquellos sectores desaventajados y oprimidos.

La Constitución Argentina, a partir de la reforma del año 1994, ha fortalecido la protección del derecho a la educación.

El art. 75, inc. 19 ordena al Congreso “proveer a la investigación y al desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento”. Además, el artículo impone la sanción de leyes que “consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales; que aseguren la responsabilidad indelegable del estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos, la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal; y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales”. Asimismo, debe dictar leyes que “protejan la identidad y pluralidad cultural, la libre creación y circulación de las obras del autor; el patrimonio artístico y los espacios culturales y audiovisuales”.

Cabe subrayar nuevamente que la cuestión educativa se trata de una responsabilidad indelegable del Estado, entendido éste íntegramente, es decir que abarca no sólo la sanción de leyes por parte del poder legislativo a efectos de garantizar el derecho a la educación, sino también la puesta en marcha de medidas a cargo de la administración (léase poder ejecutivo) conducentes a tal fin, incluidas aquellas medidas o acciones positivas tendientes a lograr una igualdad real de oportunidades en el acceso.  

Ahora bien, en lo que respecta a la educación pública, dicho derecho tiene como directrices la gratuidad y la equidad, tendiente a reforzar la igualdad en un sentido material de aquellos sectores marginales, carenciados y vulnerables, a través de aportes, becas, subsidios y ayudas materiales de la más variada índole. El Estado se encuentra obligado a garantizar y no impedir que toda persona se eduque; a facilitar y promover el libre acceso y la igualdad de oportunidades y posibilidades de todos/as para recibir e impartir enseñanza, sin discriminación alguna; a crear sus establecimientos oficiales de enseñanza, garantizando los principios de igualdad, equidad y gratuidad; y a estimular y respetar la enseñanza pluralista.

Íntimamente vinculado con el derecho a la educación, se encuentra el derecho a la cultura. Este derecho implica un área expansiva en la que no resulta suficiente la alfabetización ya sea a través de niveles secundario o superior. Es así que, a los fines del acceso a los beneficios de la cultura y la participación en la vida cultural, el Estado debe dar impulso al progreso científico, tecnológico, artístico, literario, etc; de la investigación en todos los campos, de la difusión de sus resultados y del aprovechamiento de sus progresos. No puede el Estado ejercer políticas regresivas y replegarse en cuanto a su obligación de promover el desarrollo cultural.   

Nuestra Constitución establece la incorporación del tratados internacionales de derechos humanos a nuestro ordenamiento jurídico, otorgándoles jerarquía constitucional. El Pacto internacional de Derecho Económicos, Sociales y Culturales, que contiene los derechos a la educación y cultura, es uno de ellos, por lo que debe aplicarse con la misma fuerza que la constitución misma.

Respecto de este tratado, es importante resaltar algunas observaciones del Comité de derechos económicos, sociales y culturales (CDESC) como intérprete oficial del mismo. Estas citas destacan la importancia clave del derecho a la educación, la obligación del Estado de disponer fondos para garantizarlo y asegurar la disponibilidad y accesibilidad del mismo. Asimismo, resaltan la obligación de avanzar progresivamente a una mayor efectividad de este derecho y a la imposibilidad de tomar medidas regresivas respecto del nivel de protección de este derecho.

La movilización para exigir derechos

Miles de estudiantes, docentes, egresados/as científicos/as y trabajadores/as no docentes se hicieron presentes en una masiva movilización en Plaza de Mayo que se hizo eco en todo el país el pasado jueves. En Córdoba, la jornada incluyó una sentada, una marcha y un festival por la UNC. “La universidad está en peligro. Defendamos el salario y el presupuesto” fueron las consignas llevadas a la calle para exigir que no se siga avanzando en contra de la educación superior. Esta semana se decidió continuar con paro con actividades hasta el viernes 7 de septiembre.

Desde FUNDEPS, acompañamos el reclamo por medidas que garanticen la efectiva vigencia de derechos económicos sociales y culturales como es el derecho a la educación.

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Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org

A raíz de una solicitud formulada por el Estado de Colombia el 14 de marzo de 2016, por primera vez la Corte Interamericana desarrolló el contenido del derecho al medio ambiente sano en su Opinión Consultiva OC-23/17 sobre ‘‘Medio Ambiente y Derechos Humanos’’, notificada el pasado 7 de febrero.

En dicho documento el Tribunal reconoció ‘‘la relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de otros derechos humanos’’, destacando la interdependencia e indivisibilidad que existe entre los derechos humanos, el medio ambiente y el desarrollo sostenible. Por lo tanto, entiende que todos los derechos son vulnerables a la degradación ambiental, y su pleno disfrute depende de un medio propicio.

En el sistema interamericano de derechos humanos, el derecho a un medio ambiente sano está consagrado  expresamente en el artículo 11 del Protocolo de San Salvador, que establece el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente sano y a contar con servicios públicos básicos, y la consecuente obligación de los Estados de promover la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente.

Además, este derecho también se considera incluido entre los derechos económicos, sociales y culturales protegidos por el artículo 26 de la Convención Americana.

La Corte aclaró que “el derecho humano a un medio ambiente sano se ha entendido como un derecho con connotaciones tanto individuales como colectivas. En su dimensión colectiva, [..] constituye un interés universal, que se debe tanto a las generaciones presentes y futuras. Ahora bien, […] también tiene una dimensión individual, en la medida en que su vulneración puede tener repercusiones directas o indirectas sobre las personas debido a su conexidad con otros derechos, tales como el derecho a la salud, la integridad personal o la vida, entre otros. La degradación del medio ambiente puede causar daños irreparables en los seres humanos, por lo cual un medio ambiente sano es un derecho fundamental para la existencia de la humanidad.”

La Opinión Consultiva también determinó las obligaciones estatales para protección del medio ambiente.

Con respecto a la jurisdicción, los Estados deben respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas y esto puede significar, según el caso en concreto y de manera excepcional, situaciones que van más allá de sus límites territoriales. En el mismo sentido, los Estados tienen la obligación de evitar los daños transfronterizos.

Particularmente, a efectos de respetar y garantizar los derechos a la vida e integridad, determinó que los Estados tienen que cumplir con las siguientes obligaciones y principios:

Obligación de prevención: significa prevenir los daños ambientales significativos, dentro o fuera de su territorio, lo cual implica que deban regular, supervisar y fiscalizar las actividades bajo su jurisdicción, realizar estudios de impacto ambiental, establecer planes de contingencia y mitigar los daños ocurridos;

Principio de precaución: los Estados deben actuar conforme al principio de precaución frente a posibles daños graves o irreversibles al medio ambiente, que afecten los derechos a la vida y a la integridad personal, aún en ausencia de certeza científica;

Obligación de cooperación: implica cooperar con otros Estados de buena fe para la protección contra daños ambientales significativos. De esta se derivan:

  • La obligación de notificar a los Estados potencialmente afectados por posibles daños significativos al medio ambiente causados por actividades llevadas a cabo bajo su jurisdicción;
  • El deber de consultar y negociar con los Estados potencialmente afectados;
  • El deber de asegurar el intercambio de información entre Estados;

Obligaciones de procedimiento: son obligaciones que respaldan una mejor formulación de las políticas ambientales. Entre ellas, los Estados tienen que asegurar:

  • Acceso a la información: garantizar el acceso a la información sobre posibles afectaciones al medio ambiente;
  • Participación pública: garantizar el derecho a la participación pública de las personas, en la toma de decisiones y políticas que pueden afectar el medio ambiente.
  • Acceso a la justicia: garantizar el acceso a la justicia, en relación con las obligaciones estatales para la protección del medio ambiente.

Es destacable que la CIDH determine el contenido y el alcance de las obligaciones de procedimiento, ya que van en sintonía con lo dispuesto por el Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Este principio busca asegurar que toda persona tenga acceso a la información, participe en la toma de decisiones y acceda a la justicia en asuntos ambientales, con el fin de garantizar el derecho a un medio ambiente sano y sostenible de las generaciones presentes y futuras. En este sentido, FUNDEPS, junto a varias organizaciones de la sociedad civil, participa activamente en el proceso de negociaciones para la obtención de un Acuerdo Regional sobre el Principio 10, considerando que su concreción permitirá fortalecer capacidades para lidiar con los desafíos ambientales en la región.

Esta Opinión Consultiva surgió por la preocupación de Colombia frente al «riesgo» de que nuevas grandes obras de infraestructura afecten de forma grave el medio ambiente marino en la región. Todo lo dispuesto por la Corte le permitirá a Colombia continuar avanzando en la protección efectiva del medio ambiente en el Gran Caribe y de los derechos e intereses de los colombianos.

Más allá de los efectos que pueda tener el documento para el Estado que solicitó la Opinión, entendemos que constituye un avance significativo en materia de protección del medio ambiente para todos los Estados americanos, en tanto brinda pautas interpretativas y completa el sentido de los derechos contenidos en el Pacto.

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Autora

Mayca Balaguer, maycabalaguer@fundeps.org 

El pasado jueves 19 de octubre, realizamos una presentación ante la Dirección de Policía Ambiental denunciando supuestas actividades ilegales desarrolladas en el Country Club Potrerillo de Larreta ubicado en la ciudad de Alta Gracia. Aparentemente, durante las últimas semanas de septiembre y las primeras de octubre se han realizado en el sector de la hostería del country, acciones de lesión geomorfológica de gran envergadura en el cauce del Arroyo “Los Paredones”; consistentes en dragado, profundización y ampliación del embalse con la finalidad de aumentar la explotación del agua del arroyo por parte del Country.

Las mismas significan una clara violación a la ley de política ambiental provincial, ya que para llevar a cabo este tipo de obras es necesario cumplimentar previamente el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), previsto en el Anexo I inciso 31 de la ley 10.208, el cual incluye la realización de audiencias públicas en forma previa al otorgamiento de la correspondiente licencia ambiental, procedimiento que no se ha cumplimentado en este caso.

Cabe recordar que desde el año 2012 el Country Club Potrerillo de Larreta se encuentra involucrado en un proceso judicial contra la provincia de Córdoba, por el cercamiento de casi 4 km del mismo arroyo restringiendo el libre tránsito a terceros y el aprovechamiento del mismo por parte de toda la comunidad, alegando principalmente razones de seguridad. En dicha instancia, junto con el colectivo «Todos por Nuestros Arroyos» presentamos un Amicus Curiae invocando el carácter de bien público del arroyo y la ilegitimidad de los alambrados, encontrándose la causa próxima a dictar sentencia.

Sin perjuicio de ello, las acciones ilícitas continúan y se enmarcan en una problemática de larga data en Alta Gracia que involucra intereses particulares en desmedro de derechos fundamentales de todos los habitantes. El cercamiento de ríos, arroyos y lagos de dominio provincial por parte de propietarios/as de los fundos colindantes con los mismos, constituye un claro acto ilegítimo que viola entre otros el derecho al libre tránsito, el uso, goce y aprovechamiento de aguas dominio público y el constitucionalmente reconocido derecho humano de acceso al agua.

Desde FUNDEPS realizamos esta presentación esperando contribuir a una adecuada protección del ambiente como bien colectivo y de garantizar el respeto de los derechos de incidencia colectiva por encima de los derechos individuales.

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Presentación para proteger el ambiente frente a intereses individuales en Alta Gracia | FUNDEPS

Autora 

Noelia Salvia

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María Pérez Alsina – mariaperezalsina@fundeps.org

Cuando un país ratifica un tratado internacional de derechos humanos, se compromete a cumplir con las obligaciones que en él se establecen. Muchos de esos tratados establecen mecanismos para que la rendición de cuentas sobre el nivel de cumplimiento de esas obligaciones sea abierta a la participación de la sociedad civil. En este caso, se revisan las obligaciones de Argentina en virtud del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) ante el CDESC.  En colaboración otras organizaciones de la sociedad civil de Argentina hemos acercado observaciones críticas, recomendaciones y preguntas a través de dos informes: uno más general sobre diversos aspectos vinculados a las obligaciones en DESC y otro enfocado en la protección de la salud de enfermedades crónicas no transmisibles.

Informe estructural desarrollado en conjunto con ACIJ

En conjunto con la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) elaboramos durante el mes de agosto un informe con observaciones sobre el cumplimiento de Argentina de los derechos consagrados en el PIDESC. Este reporte se basa en el reporte que Argentina presentó al Comité a finales de 2016 para dar cuenta sobre los avances que ha hecho en cuánto a estos derechos, por lo que se lo llama “informe sombra”.

En esta instancia, el CDESC abre la oportunidad para que organizaciones de la sociedad civil comenten sobre los tópicos abordados en los informes oficiales y sugieran preguntas para que integrantes del Comité ahonden en las sesiones con representantes del Estado. Con estos fines, desde FUNDEPS y ACIJ hemos expuesto datos alternativos a los brindados por el gobierno, en algunos puntos como: producción y calidad de los datos sobre DESC; acceso a la justicia en DESC; derecho a la educación; derecho a la educación inclusiva; derecho a la salud; derecho a la igualdad de género; derechos de defensores y defensoras ambientales; entre otras.

Informe sobre la protección de la salud de enfermedades crónicas no transmisibles

Junto a FIC Argentina, el O’Neill Institute y la Catedra de Soberanía Alimentaria de la Escuela de Nutrición de la UBA, presentamos un informe en el que advertimos la situación de las enfermedades crónicas en Argentina; a la vez que le sugerimos al Estado la adopción de algunas medidas para reducir el consumo de productos de tabaco y alimentos no saludables.

Medidas tales como, la limitación de publicidad dirigida a niños y niñas, la adopción de un etiquetado nutricional más sencillo y entendible, la suba de impuestos, la ratificación por parte del Estado argentino del Convenio Marco de Control de Tabaco y la adopción de medidas que protejan especialmente a grupos vulnerables.

La información presentada y las preguntas realizadas al Estado son en miras a que el próximo año se hará la evaluación final, luego de haber dado oportunidad a Argentina de un derecho a réplica y de que las organizaciones de la sociedad civil presenten nuevamente informes sombra. Las observaciones finales que el Comité emite son herramientas para exigir al Estado Argentino el cumplimiento de estándares de derechos humanos en materia de DESC.

Más información

– Informe sombra de FUNDEPS y ACIJ

– Reportes oficiales y otros informes sombra

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Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org

Esta publicación busca acercar a activistas en DESCA un diagnóstico sobre las principales falencias en materia de producción y acceso a la información relevante para la implementación de los DESCA, algunos casos testigo que evidencian la importancia del empleo de estas herramientas en la incidencia por la exigibilidad de estos derechos, estándares vigentes en la materia y niveles de desagregación solicitados por órganos de tratados universales y regionales.

El pasado 10 de julio participamos en la consulta del Relator Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la alimentación. Nuestro foco estuvo en la alimentación saludable y la necesidad de regular las prácticas comerciales, que promueven una alimentación no nutritiva y que constituye un factor de incidencia para las Enfermedades Crónicas No Transmisibles (ENTs). El documento fue presentado junto con FIC Argentina.

Los Relatores Especiales son expertos independientes designados por el Consejo de Derechos Humanos para examinar e informar acerca de temas de derechos humanos. El Relator Especial sobre el Derecho a la Alimentación centrará su próximo informe a la Asamblea General de la ONU en el tema de la nutrición, y a estos fines, abrió un proceso de consulta para recabar información e ideas para tener en cuenta en su informe.

En nuestro comentario hicimos referencia a la importancia de políticas públicas que desincentiven el consumo de alimentos no saludables, para mitigar la epidemia de obesidad y sobrepeso que hay en la actualidad, y afecta particularmente a sectores vulnerables como niños, niñas y adolescentes. A partir de esto, recomendamos la promoción de políticas como la reglamentación de etiquetado nutricional de alimentos, haciendo referencia a las buenas prácticas de Chile y Ecuador en este aspecto.

Además recomendamos una regulación estricta de la publicidad de alimentos no saludables. En este punto, la tendencia de la industria a promover la idea de autorregulación, hace que los Estados no tomen cartas en el asunto. No obstante, estas autorregulaciones resultan sumamente laxas, no vinculantes por definición y poco efectivas. Si el Estado decide promover compromisos voluntarios o confía en la autorregulación, el incumplimiento de los mismos configurará una situación de violación de la obligación de proteger el derecho humano a la salud de su población, por lo que creemos que corresponde realizar una fuerte recomendación apoyando el establecimiento de marcos de regulación de la publicidad estrictos y exigibles legalmente.

En este sentido, también abordamos el conflicto de interés existente en la intromisión de la industria en la elaboración de políticas respecto a la alimentación saludable. De manera general, hay una contradicción entre los intereses comerciales de la industria alimenticia y de la bebida y los de la salud pública. Por ello es importante que los mecanismos de toma de decisión pública sean transparentes y muestren posibles conflictos de interés. Esta tensión se manifiesta en que, además de promover por múltiples canales una alimentación inadecuada, la industria también ha manifestado su oposición a legislaciones dirigidas a reducir el consumo de productos no saludables, privilegiados sus intereses comerciales por los de la salud pública.

Las ENTS ya son una preocupación de las organizaciones internacionales que trabajan con el derecho a la salud. También están comenzando a ocupar las agendas de los comités internacionales de derechos humanos, por sus efectos en la calidad de vida y la salud de las personas. Sus recomendaciones y comentarios no apuntan sólo al acceso a los alimentos, sino cada vez más a la alimentación desde la perspectiva de la alimentación adecuada, lo cual también se refleja en nuestro documento. En nuestro comentario marcamos como este tipo de observaciones y recomendaciones tienen una fuerte presencia en documentos elaborados por estos comités.

Finalmente, abordamos la obligación de proteger los derechos humanos, que exige una acción activa por parte del Estado para regular a conducta de terceras personas que afectan el derecho a la alimentación de otras.

Más información:

– Recomendaciones de FUNDEPS y FIC Argentina al informe del Relator 

Contacto:

Agustina Mozzoni – agustinamozzoni@fundeps.org

Carolina Tamagnini – carotamagnini@fundeps.org