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El año 2017 comenzó con importantes y promisorias novedades para el  proyecto de Gasificación de Localidades del Interior de la Provincia de Córdoba, más conocido por los cordobeses como el “proyecto de gasoductos troncales”. Los primeros días de enero el gobernador de Córdoba Juan Schiaretti y el Presidente Mauricio Macri estuvieron presentes en la inauguración de una Planta Reductora de Presión en La Calera, obra a cargo de  la empresa brasilera Odebrecht en el marco de los sistemas que le fueron adjudicados tras la licitación pública lanzada en 2015. La planta reductora constituyó el primer tramo inaugurado del Sistema de Anillo Córdoba-Gran Córdoba, conformado por 52 kilómetros de gasoductos de refuerzo, y que beneficiará a 300 mil habitantes tanto de Córdoba y La Calera como de Saldán, Villa Allende, Mendiolaza, Malagueño y Malvinas Argentinas, de acuerdo a la información oficial.

La presencia de Macri en la inauguración de la obra representó un gesto de apoyo político para el gobierno de Schiaretti. Sobre todo teniendo en cuenta los fuertes cuestionamientos y críticas que recibió el gobierno de la provincia por el involucramiento en este proyecto de la constructora brasileña Odebrecht, envuelta en un escándalo de corrupción en Brasil y otros países de América Latina, incluso en Argentina. A pesar de estos cuestionamientos, el gobierno de Schiaretti siempre defendió la participación de la empresa recurriendo al debatible argumento de que los hechos de corrupción en los que está involucrada ocurrieron entre los años 2004 y 2013, mientras que la licitación en Córdoba se realizó recién en 2015.

Sin embargo, a los pocos días el proyecto sufre un importante revés: Schiaretti anuncia que, por demoras en la obtención de los créditos de bancos chinos, se volverían a licitar 4 tramos de gasoductos para evitar seguir posponiendo el inicio de las obras en dichos tramos, pero en este caso con financiamiento propio de la Provincia. Recordemos que de los 10 sistemas troncales que fueron definidos en el año 2015, 4 fueron adjudicados a Uniones Transitorias de Empresas (UTEs) conformadas por empresas argentinas y chinas y financiados por bancos chinos (ICBC y Bank of China); y los 6 restantes fueron adjudicados a Odebrecht (en un primer momento se dijo que la empresa brasilera presentaría financiamiento propio para el inicio de la obra, pero finalmente esto no fue así, haciendo que la provincia tenga que recurrir al endeudamiento para iniciar las obras).

Así, a las críticas por la vinculación con Odebrecht en la obra se les sumarán  cuestionamientos por las demoras en el financiamiento chino; la falta de explicaciones pertinentes en relación a los motivos del caída del financiamiento; la necesidad de re licitar la obra y la decisión del gobierno provincial de salir nuevamente al mercado a endeudarse  para financiar la obra e incluso por el incremento sustancial en el costo de la obra, que pasó de un presupuesto de 8.600 millones de pesos en 2015 a 12.480 millones de pesos a inicios de 2017 (un incremento de 45% en casi dos años).

Tras un nuevo llamado a licitación en febrero, en el mes de marzo las obras de los 4 sistemas antes mencionados fueron re adjudicadas a las mismas UTEs que habían ganado en la primera licitación. A su vez, el gobierno emitió una nueva partida de títulos públicos por 460 millones de dólares para financiar el inicio de obras en los 4 tramos re licitados del proyecto, teniendo como agente financiero al Banco de Córdoba (Bancor).

A pesar de que en ese mismo mes de marzo se anunciaron avances en las negociaciones con los bancos chinos para terminar de concretar los créditos comprometidos para la obra, sorpresivamente el 21 de abril el gobernador Schiaretti anunció la caída definitiva del financiamiento chino y la firma de un decreto que dejaba sin efecto la adjudicación de las obras de los 4 sistemas troncales correspondientes. Si bien el propio Schiaretti culpó a los bancos chinos por la caída del financiamiento aduciendo que los mismos  plantearon condiciones “leoninas, inaceptables para Córdoba y el gobierno nacional”, lo cierto es que el gobierno nunca dejó en claro los verdaderos motivos y razones que llevaron a la caída del financiamiento chino.

De esta forma, el gobierno de Córdoba decidió lanzar una nueva licitación por 437 millones de dólares para la construcción de los 4 sistemas de gasoductos, que ahora en la nueva convocatoria pasarían a ser 8 sistemas (además de los 6 sistemas restantes ya adjudicados a Odebrecht) y cuyo financiamiento provendría de la misma provincia. En este caso, la adjudicación de los nuevos sistemas recayó sobre empresas nacionales.

 

A inicios de mayo, y a pesar de las críticas de la oposición, la legislatura provincial aprueba un proyecto de ley que habilita los nuevos cambios en el proyecto de gasoductos: se dan por terminadas las negociaciones con la banca china para financiar 4 de los sistemas troncales, y se aprueba que ahora sea el propio Estado provincial quien deberá obtener la totalidad de los fondos para concluir la obra (ratificando de esta manera la autorización otorgada por la ley 10.339 que habilitó operaciones de toma de crédito público por para llevar adelante las obras). Justamente a los pocos días, el gobierno oficializa a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, una nueva toma de deuda por 450 millones de dólares para financiar la obra. Hacia fines de junio, el propio Schiaretti anunciaría a través de su cuenta en Twitter que la provincia había conseguido la totalidad del financiamiento para la obra a través de la colocación de bonos en el mercado internacional de capitales.

En definitiva, este proyecto estratégico para Córdoba que iba a contar en sus inicios con financiamiento provisto o gestionado por actores internacionales (en un primer momento mediante el Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social de Brasil -BNDES-; luego mediante  bancos chinos y financiamiento propio provisto por la empresa Odebrecht) paso a depender exclusivamente, para su concreción, de recursos propios de la provincia u obtenidos vía endeudamiento a través de la emisión de títulos públicos.

La segunda mitad del año estaría signada principalmente por los avances de la obra (de acuerdo al gobierno hacia fines de año se había concluido un 14% de la obra y se planificaba que la obra concluya a mediados de 2019), pero también por los constantes y recurrentes cuestionamientos de sectores de la oposición y de la sociedad civil en relación al proyecto. En especial luego de que Córdoba haya sido mencionada en el marco de la causa Lava Jato como uno de los destinos donde la constructura Odebrecht pagó coimas en la Argentina.

A pesar de que desde el gobierno nacional de Mauricio Macri se inició una campaña para revisar e investigar el posible involucramiento de Odebrecht en el pago de coimas en numerosos proyectos de obra pública en la Argentina (lo que incluso llevó al gobierno nacional a suspender a la empresa para realizar obras a nivel nacional), el proyecto de gasoductos en Córdoba quedó extrañamente excluido de dicha revisión y nunca se brindaron las explicaciones pertinentes para justificar dicha exclusión. Incluso la empresa sigue operando en la provincia a pesar de su suspensión a nivel nacional (su principal obra es justamente la de gasoductos en Córdoba) y de los requerimientos desde la oposición de que se haga lo mismo a nivel provincial. Ante la falta de respuestas a nivel nacional, algunos legisladores opositores viajaron a Brasil en Octubre de este año para solicitar a los fiscales de la causa Lava Jato que investiguen la vinculación de la empresa brasileña en el pago de sobornos en el marco de la licitación realizada en 2008 para la obra de gasoductos troncales.

De esta forma, entre marchas y contramarchas, el balance del 2017 en relación al proyecto de gasoductos troncales arroja pocas luces y muchas sombras  y suspicacias en relación a la transparencia y ejecución del proyecto. No solo por la nunca del todo esclarecida caída del financiamiento chino a inicios del año sino también, y sobre todo, por la forma en que se ha manejado desde el gobierno provincial el involucramiento de la constructora Odebrecht en la obra y las numerosas causas de corrupción que la salpican en toda Latinoamérica e incluso en la propia Argentina. Si bien el gobierno de Schiaretti ha desligado a la empresa de cualquier tipo de vinculación con la posible entrega de coimas y hechos de corrupción en las licitaciones de la obra (incluso contando con el apoyo del propio gobierno nacional de Macri que ha iniciado una especie de “cruzada” en contra de la empresa brasileña por su accionar en el país durante el gobierno kirchnerista), lo cierto es que el año que acaba deja muchos interrogantes y aspectos no esclarecidos en torno al proyecto.

Sin dudas, el 2017 ha dejado una enorme deuda pendiente en cuanto a transparencia y rendición de cuentas en relación a este estratégico y emblemático proyecto para Córdoba. Desde FUNDEPS, esperamos que esta deuda sea saldada en 2018.

Más información

– Documento de Trabajo: Transparencia en el proyecto de gasificación de localidades del interior de la provincia de Córdoba por Melanie Mackenzie – Diciembre 2017. FUNDEPS.

– Notas y publicaciones de FUNDEPS en relación a los gasoductos troncales.

– Gasoductos troncales en Córdoba: una obra que avanza a la sombra de la corrupción por Agustina Palencia – 26 de diciembre de 2017. El Entramado. FUNDEPS.

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La Voz del Interior

Autores

Macarena Lourdes Mustafa / Voluntaria del Área de Gobernabilidad Global

Gonzalo Roza / Coordinador del Área de Gobernabilidad Global

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Gonzalo Roza / Coordinador del Área de Gobernabilidad Global

gon.roza@fundeps.org

El presente documento de trabajo plantea un breve análisis de las relaciones actuales entre la República Popular China y la Argentina en un contexto tanto nacional como internacional; y teniendo en cuenta aspectos como la relación del gigante asiático con los gobiernos kirchneristas, el cambio de gobierno ocurrido en Argentina a finales de 2015, la realidad económica argentina y la elección del republicano Donald Trump en la presidencia de Estados Unidos.

Las APP o PPP (por su denominación en inglés: Private Public Partnerships), nacidas en el Reino Unido a principios de los ‘70 y luego expandidas por el resto del Europa, América del Norte y Latinoamérica, con Brasil, Chile, Colombia, Perú, Uruguay y México, representan una nueva forma de vinculación entre el sector privado y el sector público. Bajo este modelo, parte de los servicios u obras tradicionalmente de responsabilidad del sector público son ejecutados por el sector privado mediante un contrato en el que están claramente delineados los objetivos compartidos para el abastecimiento del servicio u obra en cuestión, y las obligaciones y riesgos asumidos por cada parte. Si bien el nivel de participación del sector privado ha aumentado a partir de la década de los ochenta del siglo pasado, las APP se presentan como acuerdos innovadores. Se supone que permiten una mejor movilización de recursos para solventar los problemas del sector público para ejecutar este tipo de proyectos.

En Argentina, y luego de algunos intentos de darle forma legal a las APP en los años 2000 y 2005, se aprueba en el Congreso una nueva legislación a fines de 2016, a través de la ley 27.328. El texto de esta ley define los contratos de asociación público privada en su art. 1 como: “aquellos celebrados entre los órganos y entes que integran el sector público nacional con el alcance previsto en el artículo 8° de la ley 24.156  y sus modificatorias (en carácter de contratante), y sujetos privados o públicos en los términos que se establece en la presente ley (en carácter de contratistas) con el objeto de desarrollar proyectos en los campos de infraestructura, vivienda, actividades y servicios, inversión productiva, investigación aplicada y/o innovación tecnológica”.

En nuestro país tenemos un grave déficit de obra pública y, hasta el momento, el Estado no ha sido capaz de llenar ese vacío. Es por ello que se buscan, como con la nueva ley de APP, nuevas formas de financiamiento en infraestructura y obra pública. Sin embargo, hay que ser cuidadosos a la hora de implementarla, ya que las APP acarrean algunos riesgos y oportunidades. ¿Qué tan favorables son este tipo de acuerdos para el desarrollo de infraestructura? ¿Realmente funcionan? ¿Cuáles son sus verdaderos alcances y limitaciones? Son algunos de los interrogantes que surgen al evaluar los proyectos ejecutados bajo esta modalidad.

Hasta el momento no existen casos de aplicación de este tipo de contrato para la realización de obras de infraestructura. Creemos que es importante bregar por transparencia y rendición de cuentas por parte del gobierno en la utilización de esta y otras formas de contratación. Aprendiendo de las experiencias de países latinoamericanos en estos temas, durante todo el proceso en el que el proyecto de APP se desarrolle, se deben evaluar correctamente los riesgos que éste implicará. Asimismo, controlar, supervisar y planificar en forma correcta y responsable, teniendo en cuenta el interés social del proyecto, el acceso a la información, la participación ciudadana. También, procurando evitar la corrupción y los potenciales impactos ambientales, sociales y sobre los derechos humanos.

Más información

– Riesgos y oportunidades de la nueva Ley de Asociaciones Público-Privadas en Argentina | FUNDEPS

– ¿Por qué las Asociaciones Público-Privadas ahora? | Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN)

– Asociaciones Público-Privadas desde la banca multilateral. Implementación en América Latina. Parte I | Asociación Ambiente y Sociedad

– Estudio comparativo en la implementación de las Asociaciones Público Privadas (APP) | FARN

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Banco Interamericano de Desarrollo

Autora

María Victoria Gerbaldo – victoriagerbaldo@fundeps.org

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Gonzalo Roza – gon.roza@fundeps.org

Actualmente, la región de América Latina ha asistido a un cambio rotundo en materia de grandes inversiones para el desarrollo. Tradicionalmente, las instituciones financieras internacionales (IFIs) ocuparon un rol fundamental a la hora de apoyar los proyectos de desarrollo en la región. El Grupo Banco Mundial y el Grupo Banco Interamericano de Desarrollo estuvieron detrás de las grandes inversiones en el área de infraestructura.

Esta situación, se ha visto modificada ante el aumento de la presencia de la República Popular China como el principal inversor en esta materia. A este respecto, es necesario resaltar que esta situación ha traído aparejado una fuerte discusión en lo que refiere a estándares socio-ambientales. Las IFIs tradicionales cuentan con normativas que, si bien están lejos de funcionar de manera adecuada en la práctica, mínimamente buscan garantizar el cumplimiento de determinados estándares ambientales, sociales y en materia de derechos humanos  en sus proyectos. En el caso delas instituciones chinas, por el contrario,  la situación es más compleja, ya que en la mayoría de los casos dichas instituciones carecen de transparencia o de normativas claras y robustas en materia socio-ambiental.

La consecuencia de la convivencia de estos dos grupos de instituciones –las IFIs tradicionales y las chinas– ha dado un balance negativo y esto se ha evidenciado en el retroceso de las salvaguardas en organismos como el Banco Mundial. En este sentido, la estructura de financiamiento actual en América Latina ha visto descender sus estándares, generando situaciones graves de vulneración de derechos a la hora de poner en marcha grandes proyectos de infraestructura. Durante el año 2016, 200 defensores y defensoras ambientales perdieron su vida reivindicando sus derechos ante el avance de grandes proyectos petroleros y mineros. El 60% de esas muertes se dio en América Latina y el 40% pertenecía a pueblos originarios.

A partir de este marco, la Coalición Regional por la Transparencia y la Participación, reunió a un grupo de organizaciones de la sociedad civil con la finalidad de incidir en la mejora de los estándares socio-ambientales en megaproyectos de infraestructura. En la Cuarta Reunión Regional de Derechos Humanos, Transparencia e Inversiones, celebrada en Lima el 30 y 31 de agosto, las organizaciones reunidas se pronunciaron por la urgente necesidad de asegurar los derechos de defensores y defensoras ambientales. Asimismo, se destacaron los crecientes casos de corrupción en torno a los megaproyectos y la falta de acceso a la información pública.

La declaración luego de la reunión señaló que: “varios gobiernos vienen abordando el derecho de acceso a la información pública como un mero trámite administrativo, sin tomar en cuenta que es un derecho humano instrumental a otros derechos fundamentales, como el derecho a la vida, a la salud, a la libertad de expresión, que coadyuva a la adecuada y oportuna participación ciudadana y consulta previa libre e informada. En esa línea, preocupa que varias iniciativas internacionales sobre transparencia y acceso a la información no puedan seguir avanzando adecuadamente pues existe el riesgo de que se busque disminuir los estándares, como es el caso del Acuerdo Regional del Principio 10”. Los grandes proyectos de infraestructura entonces, hoy por hoy siguen siendo el escenario para la problematización de cuestiones como la transparencia y la rendición de cuentas.

Varios gobiernos de América Latina han adherido a la Alianza por el Gobierno Abierto (OGP por su nombre en inglés) y por lo tanto se han comprometido a implementar políticas que fomenten la transparencia, el acceso a la información, la rendición de cuentas y la participación ciudadana. Esto implica necesariamente, que estos esfuerzos por ‘abrir el Estado’ deban expandirse a la rama medioambiental y de infraestructura. Actualmente esto es una deuda pendiente y de los 3000 compromisos asumidos ante OGP, sólo 54 pertenecen al ámbito de la infraestructura. Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, México, Panamá y Uruguay son las naciones América Latina y el Caribe que han elaborado metas en relación a esta materia. Empero, los problemas persisten y la situación de los derechos humanos en torno a los megaproyectos ha ido empeorando. En adición, luego de la Cuarta Reunión de la Coalición Regional, se destacó que “es importante que los procesos para la elaboración de los Planes de Trabajo de la Alianza para el Gobierno Abierto de los países sean realmente participativos y con compromisos ambiciosos, medibles y relevantes”. Esto es especialmente importante a la hora de lograr el involucramiento y monitoreo de la sociedad en los procesos de obra pública (en todo el ciclo de los proyectos).

En Argentina esta realidad se replica. Actualmente se están desarrollando grandes proyectos de infraestructura que se han visto envueltos en casos de corrupción y cuya información no fue compartida con la ciudadanía. Se puede mencionar entre ellos a: las represas hidroeléctricas en la Provincia de Santa Cruz y los gasoductos troncales en la provincia de Córdoba.

La situación generalizada de los derechos humanos en torno a los megaproyectos de infraestructura es alarmante. Siguen siendo numerosos los casos en los que las comunidades cercanas se ven perjudicadas por este tipo de obras. Sumado a ello, la matanza de defensores y defensoras ambientales se ha agravado en los últimos dos años. En este contexto, desde FUNDEPS adherimos a la Declaración de Lima e instamos a los gobiernos latinoamericanos a avanzar hacia políticas más transparentes en esta temática.

Más Información

– Declaración de Lima

Autora

Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

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Gonzalo Roza gon.roza@fundeps.org

Este documento presenta un análisis de la evolución del proyecto de infraestructura más importante de la provincia de Córdoba y la relación con la constructora brasileña Odebrecht, con un foco en la transparencia del proyecto.

En el presente documento se presentan los aspectos más relevantes relativos a la reciente recepción normativa del régimen de Asociaciones Público-Privadas (APP) en la República Argentina, así como también los riesgos y oportunidades que las APP pueden traer aparejadas. El propósito general del trabajo es destacar algunas características generales de las Asociaciones Público-Privadas, y luego analizar algunos aspectos destacados de la Ley 27.328, que recepta normativamente dicho régimen en la República Argentina.

Como cada año, durante el mes de noviembre se lleva a cabo en Ginebra el Foro de Naciones Unidas Sobre Derechos Humanos y Empresas. Toda vez que tiene lugar este evento, se designa una temática en particular que será la protagonista. Este año, dicha temática tiene que ver con: ‘acceso a mecanismos de reparación’.

El paraguas que ampara esta reunión de alto nivel, está sujeto a los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos. Estos Principios se constituyen como la herramienta existente en la actualidad para regular el accionar de las empresas nacionales y transnacionales respecto de los DDHH. Nacieron de la mano del académico John Ruggie y fueron adoptados por las Naciones Unidas en el año 2011, por el Consejo de Derechos Humanos, a través de la resolución 17/4. Los objetivos del Consejo en ese momento fueron: identificar y clarificar los estándares de responsabilidad corporativa; y clarificar el rol de los estados. Para ello, las guías establecidas se dividieron en 3 pilares fundamentales: el deber del Estado de proteger los derechos humanos, la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos y el acceso a mecanismos de reparación.

El mandato de estos principios guía es el de “reducir lo más posible  los impactos negativos de empresas sobre los derechos humanos en un lapso corto”. Asimismo, poseen características generales: (a) abarcan a todos los Estados. (b) abarcan a todas las empresas, de todos los tamaños, en todos los sectores y en todos los países. (c) identifican responsabilidades diferentes, pero complementarias entre Estados y empresas. (d) no crean nuevas obligaciones legales, elaboran en base a obligaciones y mejores prácticas existentes para Estados y empresas. (e) se basan en la idea de que no se puede compensar: los impactos positivos no compensan impactos negativos sobre los derechos humanos en otro lugar. (f) son una mezcla de enfoques reglamentarios y voluntarios.

El contexto que vio nacer a estos principios no es diferente al de la actualidad. El accionar de las empresas (aún luego de la adopción de los principios) y sus consecuencias, sigue evidenciando que los marcos normativos nacionales e internacionales no han cubierto el objetivo de proteger los DDHH. Durante el año 2016 hemos asistido a la matanza más grande de defensores y defensoras de DDHH. Alrededor del mundo, comunidades vulnerables han visto violentados sus derechos  (a la vivienda, a la salud, a la vida, a un medioambiente sano, entre otros) a causa del accionar de empresas y corporaciones.

Esta situación ha puesto de manifiesto que los principios rectores aún no han logrado convertirse en un marco efectivo de prevención respecto de las violaciones a los derechos humanos por el accionar corporativo. En este sentido, se comprende por qué en la sesión del Foro de este año 2017 ha puesto su atención en el acceso a la reparación. Este tercer pilar, hace referencia a la existencia de recursos efectivos para víctimas de violaciones de derechos humanos. A nivel estatal se espera que los Estados tomen medidas adecuadas para investigar, castigar y reparar. Por parte de las corporaciones, los principios incentivan la existencia de alertas tempranas que identifiquen impactos negativos y permitan resolver quejas antes que la situación escale a escenarios de mayor daño.

Siendo que actualmente los DD.HH. se encuentran a merced de la actividad empresarial, el rol de los Estados se vuelve fundamental. Específicamente en lo que refiere al fortalecimiento de los marcos normativos a nivel doméstico. Para esto, una parte esencial de las obligaciones de los Estados tiene que ver con: asegurar el acceso a mecanismos judiciales y no-judiciales; y reducir los obstáculos al acceso a la justicia. A este respecto, es necesario remarcar que los mecanismos no-judiciales juegan un rol complementario muy importante. Algunos de ellos incluyen: mecanismos Estatales, instituciones nacionales de derechos humanos, defensores del pueblo, oficinas de quejas, Puntos Nacionales de Contacto (OCDE), entre otros.

La aplicación de los principios rectores por parte de los Estados se ha dado mediante la forma de Planes Nacionales de Acción. Se espera que dichos planes se constituyan como instrumentos que:

  1. – Promuevan una mayor coordinación entre las agencias gubernamentales con involucramiento directo en la temática de empresas y derechos humanos.
  2. – Promuevan la protección de los derechos humanos mediante la debida diligencia en las empresas.
  3. – Identifiquen las prioridades nacionales respecto de esta temática y las traduzcan en políticas públicas concretas
  4. – Garanticen un monitoreo y evaluación de la implementación del plan, de manera continua.
  5. – Se basen en una plataforma de diálogo continuo con todos los actores involucrados (gobierno, empresas y sociedad civil)
  6. – Posean un formato flexible a la cooperación, coordinación e intercambio internacional de buenas prácticas y lecciones aprendidas.
  7. – Fortalezcan la normativa a nivel doméstico.
  1. El resultado del desarrollo de estos planes en todo el mundo deja mucho que desear. Aún quedan muchos Estados que no se han embarcado en este proceso y aquellos que lo han hecho, no han logrado que sus planes promuevan un marco lo suficientemente fuerte para respetar, proteger y/o remediar.

La situación de vulnerabilidad generalizada frente a esta problemática ha traído dudas respecto de la efectividad de los principios rectores, y paralelamente se ha desarrollado un proceso para crear un instrumento jurídicamente vinculante. Durante el Foro, se espera debatir acerca de los roles que ocuparían los principios y el tratado vinculante. A pesar que las opiniones estén divididas (entre aquellos que apoyan a una u otra iniciativa) es necesario aclarar que los principios y el tratado son complementarios. Un instrumento vinculante supone un paso más adelante respecto de las guías rectoras. Para lograr este avance es necesario que se proteja la autonomía del proceso de construcción del tratado ya que en definitiva, ésta iniciativa otorgaría un mayor empuje a los principios rectores, y daría mayor y mejor contenido a los planes de acción.

Más información

– Avanzando hacia tratado vinculante de empresas transnacionales y derechos humanos

– Discusiones en Argentina respecto de un tratado de empresas y derechos humanos

– Participamos de la segunda consulta regional de la CEPAL sobre derechos humanos y empresas

Autora

Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

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Juan Carballo, juanmcarballo@fundeps.org

«A través de su financiamiento y apoyo técnico, una compleja gama de instituciones públicas y privadas continúan implicadas en ataques contra defensores«, cita el informe del Relator Especial de la ONU sobre la situación de los/as defensores/as de los derechos humanos, Michel Forst.

Según Forst, «hay una profunda crisis vinculada a la imposición de modelos de desarrollo que parecen favorecer los beneficios a corto plazo y la mercantilización sobre las necesidades y aspiraciones de las poblaciones locales«. El informe encontró que en muchos casos, las violaciones de los derechos y el conflicto se derivan de la exclusión de las comunidades potencialmente afectadas de las decisiones sobre sus tierras y recursos naturales.»Solo al garantizar el derecho de dichas comunidades a otorgar o negar su consentimiento libre, previo e informado, como se prevé en los acuerdos internacionales, se pueden evitar estos orígenes del conflicto«.

El análisis del Relator Especial se hace eco de algunas de las tendencias y desafíos críticos destacados en un escritopresentado por la Coalición para los Derechos Humanos en el Desarrollo en respuesta a la convocatoria del Relator Especial para el informe. Estos incluyen el creciente papel del sector privado en el desarrollo, la falta de debida diligencia en materia de derechos humanos por parte de los bancos de desarrollo, el creciente uso de intermediarios financieros y la mala ejecución de los procesos de consulta y consentimiento.

El informe del Relator Especial destaca la «urgencia» para que los bancos de desarrollo y otros inversionistas utilicen la debida diligencia en materia de derechos humanos para identificar posibles riesgos para los defensores e identificar medidas de mitigación antes de tomar decisiones de inversión. Teniendo en cuenta los compromisos de los Estados en materia de desarrollo sostenible, el Relator subrayó que «ahora es el momento de ‘predicar con el ejemplo’ y garantizar que nadie pueda ser asesinado o amenazado por el mero hecho de defender los derechos humanos».

El informe recomienda varias políticas y prácticas concretas que los bancos de desarrollo y otros inversores deberían adoptar para salvaguardar a los defensores:

  • Llevar a cabo evaluaciones de impacto ex ante sobre el entorno propicio para los derechos humanos y las libertades fundamentales en los países de acogida, así como sobre los riesgos de los proyectos para defensores/as de los derechos humanos.
  • Llevar a cabo un monitoreo in situ con experiencia en derechos humanos para todos los proyectos;
  • Utilizar provisiones contractuales para exigir a los clientes que se aseguren de que los/as defensores/as puedan difundir públicamente y de forma segura sus reclamos;
  • Exigir mecanismos de denuncia accesibles e independientes con experiencia en derechos humanos;
  • Monitorear los proyectos de manera cercana en busca de represalias y, en caso de que ocurran, responder pronta y públicamente, incluso ejerciendo influencia sobre los gobiernos para investigar y responsabilizar a aquellos que usan la fuerza contra manifestantes o amenazan a quienes critican los proyectos;
  • Divulgar todos usuarios/as finales de los préstamos de intermediarios financieros y garantizar el cumplimiento de las salvaguardas y los derechos humanos;
  • Retener las inversiones donde las evaluaciones de impacto revelan serias amenazas para las libertades cívicas y para defensores/as.

Los hallazgos del Relator Especial se hacen eco de muchas de las prioridades y recomendaciones de la campaña Defensores/as en el Desarrollo liderada por la Coalición junto con grupos de la sociedad civil de todo el mundo. La campaña está trabajando para garantizar que las actividades de desarrollo respeten los derechos humanos, que los financiadores del desarrollo promuevan un entorno propicio para la participación pública, y que los/as defensores/as puedan defender sus derechos y responsabilizar a los actores del desarrollo sin temor.

Fuente: Coalición para los Derechos Humanos en el Desarrollo

Fuente de imágen: Accountability Counsel

La idea de avanzar en un instrumento internacional que responda a los desafíos de regulación que genera el accionar de empresas internacionales toma un nuevo impulso en el año 2013, a partir de la iniciativa de un grupo de países de las regiones de América Latina, Asia y África. A partir de la identificación de numerosos casos de violaciones a los derechos humanos por parte de corporaciones transnacionales, se decidió generar un espacio que permitiese el debate acerca de la creación de un instrumento que fuera jurídicamente vinculante. La declaración realizada en ese momento resaltó que:

El creciente número de casos de abusos y violaciones de los derechos humanos cometidos por las empresas transnacionales nos recuerda la necesidad de avanzar hacia un marco jurídicamente vinculante para regular el trabajo de las empresas transnacionales y para proporcionar protección, justicia y reparaciones adecuadas a las víctimas de abusos contra los derechos humanos, relacionados con las actividades de ciertas empresas transnacionales y otras empresas.

Hasta el momento, el marco legal que regula el accionar de las empresas internacionales se resume en instrumentos y mecanismos no vinculantes: entre ellos se destacan los Principios Rectores de NU sobre Empresas y DDHH, las directrices de OCDE y el Grupo de Trabajo de NU sobre empresas y DDHH. Dichos instrumentos cuentan con poderes limitados para llevar a cabo el control del cumplimiento de las empresas con los Principios y sólo proporcionan una respuesta parcial a las cuestiones urgentes relacionadas con los abusos a los derechos humanos por parte de las empresas transnacionales. Estos principios y mecanismos no responden adecuadamente a los desafíos de regulación de actores como las empresas internacionales. Además, no logran asegurar el acceso a la justicia frente acciones de empresas transnacionales que impactan en derechos humanos ni a garantizar reparaciones adecuadas para las víctimas.

La resolución 26/9, establecida por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas el 26 de junio de 2014 creó el Grupo de Trabajo que tiene el mandato de “elaborar un instrumento jurídicamente vinculante para regular las actividades de las empresas transnacionales y otras empresas en el derecho internacional de los derechos humanos”.

Un instrumento internacional jurídicamente vinculante, adoptado dentro del sistema de Naciones Unidas, dejaría en claro las obligaciones de las empresas transnacionales, tanto en el ámbito de los derechos humanos como frente a los Estados. Asimismo, permitiría establecer reparaciones justas para las víctimas, en casos en los que sea claramente imposible procesar, de manera efectiva, a las empresas con la legislación doméstica.

En los años posteriores a la conformación del grupo intergubernamental (2015 y 2016) se llevaron a cabo reuniones para seguir avanzando en las negociaciones del tratado. En este 2017 se celebra la tercera sesión del grupo buscando delinear un posible texto del instrumento jurídicamente vinculante.

Durante el desarrollo de las dos primeras sesiones tanto las organizaciones de la sociedad civil como los Estados participantes destacaron que:

  1. – Los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos no abordaban el núcleo del debate sobre la máxima protección de los derechos humanos y el acceso a la justicia y reparación.
  2. – Todo instrumento vinculante debía establecer con claridad la obligación de las empresas transnacionales de respetar las normas en materia de medio ambiente, salud y trabajo y el derecho internacional humanitario.
  3. – Se pidió que se incorporara en el instrumento la perspectiva de género, pues las violaciones de los derechos humanos cometidas por empresas transnacionales podrían acentuar las desigualdades previas y tener consecuencias negativas relativas al género.
  4. – Se observó que el proceso del grupo de trabajo guardaba relación con la aplicación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
  5. – Las instituciones financieras internacionales también podrían incluirse en el ámbito del instrumento, lo que sería compatible con el derecho internacional.
  6. – Se discutió sobre el tamaño de las empresas a las que debería aplicarse el tratado, tomándose en cuenta las actividades de todas las empresas, pero centrándose en las transnacionales.
  7. – Las ONG coincidieron en reconocer el principio de jerarquía de los derechos humanos sobre otros ámbitos del derecho internacional, en particular las normas sobre comercio y protección de inversión.

Para la sesión de 2017 la sociedad civil ha buscado lograr un mayor compromiso en el camino hacia la creación del tratado. Numerosas organizaciones y movimientos sociales impulsan la generación de este instrumento para finalmente lograr mejores niveles de rendición de cuentas por parte de las empresas transnacionales. Grupos como Stop Corporate Impunity y Treaty Movement han estado involucrados en tratar de incorporar la visión de las organizaciones de la sociedad civil en el texto del tratado. Asimismo, el grupo G77 + China, en su Declaración Ministerial de 2017, recalcaron la importancia y aceptación respecto de la generación de un tratado vinculante; y urgió a los Estados miembros para que participen de la tercera sesión que desarrollaría en Ginebra.

En contraposición, la International Business Community ha destacado que los elementos para incluir en el tratado que propuso el Grupo Intergubernamental, significan un ‘retroceso respecto de los compromisos asumidos a partir de los Principios Rectores’. En este sentido, se destacó que el enfoque casi exclusivo en las empresas transnacionales no tiene en cuenta las graves violaciones a DDHH ocasionadas a partir del accionar de empresas nacionales. De igual forma, recalca que la creación de un instrumento jurídicamente vinculante quita la potestad de los Estados, e incluso los subestima, a la hora de hacer cumplir la normativa vigente. En adición, se acentúa la necesidad de fortalecer las instituciones estatales antes que embarcarse en la creación de un instrumento de estas características.

Desde la generación del Grupo de Trabajo Intergubernamental, el debate se ha centrado en la necesidad de definir el enfoque del tratado. La sociedad civil ha destacado la urgente necesidad de involucrar a las empresas transnacionales, mientras que la comunidad corporativa y los estados de Unión Europea más los Estados Unidos, han rechazado esta perspectiva.

El rol de Argentina frente a la discusión

La posición de Argentina respecto de este tema no ha sido del todo clara. Durante la gestión de Cristina Fernández, la decisión fue abstenerse en la votación para tratar la creación del instrumento vinculante. Ahora bien, bajo la gestión de Mauricio Macri, no hubo oficialización de una postura. Sin embargo, luego de la presentación de un pedido de acceso a la información al Ministerio de RREE y Culto, se recibió una respuesta que evidenció que la República Argentina comparte el interés creciente de la comunidad internacional en vincular la responsabilidad de las empresas con el respeto a los derechos humanos. De igual forma, mantiene un activo compromiso con las iniciativas dirigidas a elevar los estándares en esta materia.

En este sentido, cabe mencionar que pareciese que Argentina se inclina de manera positiva ante esta iniciativa. Asimismo, se puede resaltar que a mediados de este año se presentó una primera versión de un Plan de Acción Nacional para la aplicación de los Principios Rectores sobre DDHH y Empresas.

Durante los días restantes de la tercera sesión, seguirá el debate en torno a la generación de un instrumento vinculante y desde FUNDEPS esperamos que el resultado redunde en un avance sustantivo respecto de las obligaciones de las empresas para con el respeto y la garantía de los DDHH. Asimismo, esperamos que Argentina asuma una posición de apoyo a esta iniciativa y que en ese proceso permita la participación de organizaciones de la sociedad civil y en particular de comunidades que hayan sido impactas por el acciones de empresas transnacionales.

Autora

Agustina Palencia, agustinapalencia@fundeps.org

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Juan Carballo, juanmcarballo@fundeps.org

Del 7 al 9 de octubre de 2017 se llevó a cabo la Reunión 2017 de la Coalición para los Derechos Humanos en el Desarrollo, una coalición global de movimientos sociales, organizaciones de la sociedad civil y grupos comunitarios de la que formamos parte, y que trabaja para asegurar que todas las instituciones que financian el desarrollo respeten, protejan y cumplan con los derechos humanos.

La agenda del encuentro se centró en fortalecer las relaciones de los miembros y aliados de la Coalición, examinar con detenimiento el actual modelo de desarrollo, identificar las estrategias y modos de colaboración que permitan enfrentarlo con éxito, y establecer prioridades e iniciativas clave para los próximos dos años. Esto, tras un 2016 donde el trabajo de la Coalición y de sus miembros fue muy activo (ver Informe de Impacto 2016 de la Coalición).

Durante el transcurso de tres días, más de 60 participantes de diversas regiones del mundo participaron en debates, actividades y discusiones estratégicas en torno a una serie de cuestiones clave. Entre ellas, se buscó compartir  experiencias, desafíos, lecciones aprendidas, y necesidades futuras en torno a las alianzas de participación comunitaria; se procuró establecer  prioridades para la acción colectiva y para fortalecer las conexiones, colaboraciones y campañas de la Coalición, y se avanzó en la elaboración de un Plan de Acción Colectivo.

En ese marco, se eligieron algunos objetivos de incidencia global como fortalecer el trabajo en género y financiamiento para el desarrollo o monitorear el financiamiento chino a proyectos de desarrollo. Asimismo, se establecieron focos institucionales específicos como el Nuevo Banco de Desarrollo de los BRICS o el Banco Interamericano de Desarrollo.

Más información

– Informe de Impacto 2016 de la Coalición

– Página web de la Coalición para los Derechos Humanos en el Desarrollo

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Juan Carballo / Director Ejecutivo de FUNDEPS

juanmcarballo@fundeps.org

El pasado miércoles 30 de agosto, en el marco de la reunión anual de la Red de Mecanismos Independientes de Rendición de Cuentas (IAMNet por sus siglas en inglés) que este año se llevó a cabo en la ciudad de Tesalónica (Grecia), se realizó una mesa redonda de discusión entre representantes de los mecanismos y de Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que trabajan en agendas de rendición de cuentas, entre ellas FUNDEPS. A su vez, se llevó a cabo un evento de difusión abierta al público donde se presentó el trabajo de la Red IAMNet y las características y mandatos de los principales mecanismos de rendición cuentas de las Instituciones Financieras Internacionales (IFIs), entre ellas el Panel de Inspección del Banco Mundial, el MICI del Banco Interamericano de Desarrollo (Grupo BID) o la CAO de la Corporación Financiera Internacional (CFI), entre otros.

Por su parte, las OSC que participaron del evento abordaron las oportunidades y desafíos en materia de rendición de cuentas en las IFIs y el trabajo que se ha venido haciendo desde sociedad civil en materia de rendición de cuentas.

En la mesa redonda se dio una discusión técnica en torno a una pregunta que resulta clave en  relación a la función de este tipo de mecanismos: “¿Puede la Resolución de Disputas ser compatible con los Derechos?”. Recordemos que la mayoría de los mecanismos independientes de rendición de cuentas de las IFIs cuentan con una función de resolución de disputas ante denuncias de comunidades afectadas por proyectos financiados por estas instituciones financieras. En ese sentido, se debatió acerca de los problemas actuales del proceso de resolución de disputas en la forma en la que se desarrolla actualmente; y se procuró plantear cómo debería ser un proceso efectivo de resolución de disputas compatible con los derechos, y cuáles deberían ser sus resultados.

Por otro lado, en los días previos y posteriores al evento mencionado, se llevaron a cabo reuniones estratégicas de dos grupos de trabajo que abordan temáticas y agendas vinculadas al nuestro trabajo en FUNDEPS. Los días 28 y 29 de agosto se realizó la reunión anual de la red EuroIFI y el día 31 de agosto una reunión estratégica del grupo de trabajo IAWG (International Advocates Working Group), del que formamos parte. La Red EuroIFI es una red informal de organizaciones no gubernamentales (ONG) que centran su trabajo  en las IFI, como el Banco Mundial, el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Monetario, entre otros. El IAWG es una red de ONG de todo el mundo que comparte información, lecciones aprendidas, mejores prácticas y estrategias alrededor mecanismos de rendición de cuentas; y apoya a las comunidades que presentan quejas ante estos mecanismos.

Nuestra participación en estos tres eventos ha resultado de gran utilidad, no sólo porque pudimos compartir información y experiencias en materia de rendición de cuentas con actores clave en esta agenda sino también porque nos ha permitido conocer y adquirir mayor información en relación a casos concretos de presentación de quejas ante este tipo de mecanismos. Más aún, teniendo en cuenta nuestro trabajo en materia de mecanismos de rendición de cuentas, y en particular en relación al MICI (ver aquí) y el asesoramiento que estamos haciendo a comunidades en Córdoba y en Bolivia ante la posible presentación de quejas al MICI.

Más información

– Red de Mecanismos Independientes de Rendición de Cuentas

– Video sobre la red IAMnet

– Página web del MICI

– Página web del Panel de Inspección

– Página web de la CAO

– Glass Half Full. The state of accountability in development finance – Enero de 2016

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Gonzalo Roza / Coordinador del Área de Gobernabilidad Global

gon.roza@fundeps.org

Del 18 al 22 de Abril se llevó a cabo las reuniones de primavera del Banco Mundial en la ciudad de Washington. El día 20 de Abril presentamos un panel sobre el marco legal de los Proyectos de Asociación Público-Privadas y Proyectos de Infraestructura en América Latina con las ONGs que conforman GREFI.

Spring meetings of the World Bank are being held in Washington, DC from April 18 to 22. On April 20 we presented a panel on the legal framework of Public-Private Partnership Projects and Infrastructure Projects in Latin America with the NGOs that make up GREFI.

Del 18 al 22 de abril tuvo lugar en la ciudad de Washington las Reuniones de Primavera del Banco Mundial. Estos encuentros del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Grupo Banco Mundial (GBM) congregan cada año a autoridades de bancos centrales, ministros de Finanzas y de Desarrollo, ejecutivos del sector privado y representantes de círculos académicos.

El objetivo es debatir temas que generan preocupación en todo el mundo, tales como las perspectivas económicas mundiales, el fin de la pobreza, el desarrollo económico y la eficacia de la ayuda. Además, se organizan seminarios, sesiones informativas regionales, conferencias de prensa y muchas otras actividades centradas en la economía mundial, el desarrollo internacional y el sistema financiero mundial.

En este marco y dentro del Foro de Políticas de la Sociedad Civil presentaremos junto a las ONGs que conforman el Grupo Regional sobre Financiamiento e Infraestructura un panel sobre el marco legal de los Proyectos de Asociación Público-Privadas y Proyectos de Infraestructura en América Latina. Martha Torres Marcos-Ibáñez de Derecho, Ambiente y Recursos Naturales va a moderar el panel. Los expositores serán Vanessa Torres de Asociación Ambiente y Sociedad, María José Romero de Eurodad, Nancy Alexander de Heinrich Boell Foundation y Heike Mainhardt de Bank Information Center (BIC).

Los proyectos de asociación público-privada (APP) han ganado un papel clave en el desarrollo de proyectos de infraestructura en América Latina. En este contexto el marco jurídico de las APP ha sido profundizado en varios países de la región con el fin de mejorar y promover el uso de esta forma de inversión en la implementación de mega proyectos en América Latina. Cada vez es más común ver cómo el sector privado está asumiendo las responsabilidades y deberes que correspondían sólo al Estado, y el mejor ejemplo es la prestación de servicios públicos y el desarrollo de la infraestructura. En ese sentido, las APP han sido utilizadas por los gobiernos como una poderosa herramienta para impulsar la economía a través del aumento de la infraestructura del desarrollo y como un mecanismo para reducir la brecha de la infraestructura. Este panel pretende informar sobre el marco legal de las APP en América Latina, más precisamente en Perú y Colombia. Se van a desarrollar los instrumentos legales utilizados por el sector privado y el Estado para poner en práctica las APP, y se enfocará en las brechas en el marco legal que generan riesgos ambientales y sociales en la implementación de proyectos de infraestructura bajo la modalidad de APP.

Durante el día 20 de Abril, moderamos también un panel acerca de los mecanismos de rendición de cuentas en las instituciones financieras. Asimismo, participamos en reuniones con el Mecanismo Independiente de Consulta e Investigación del Banco Interamericano de Desarrollo y con la Corporación Interamericana de Inversiones.

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Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org