Un estudio en la capital de esta provincia demuestra que en Córdoba, las compañías de tabaco continúan publicitando sus productos en los puntos de venta a través de estanterías y exhibidores.
CÓRDOBA. El tabaquismo es una epidemia que representa un problema global con devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales. Hoy es responsable de más de 6 millones de muertes anuales a nivel mundial y de costos sanitarios y ambientales que exceden las recaudaciones fiscales por impuestos al tabaco. Esta epidemia se cobra más vidas que la tuberculosis, el SIDA y el paludismo juntos, y representa la primer causa de muerte prematura evitable a nivel mundial. Cada año mueren 600.000 personas que no fuman como consecuencia de la exposición al humo ajeno, de las cuales 1 de cada 4 son niños y niñas.
Desde que uno nace está expuesto a estímulos que posicionan al acto de fumar como sinónimo de éxito, sensualidad y seguridad. Desde películas hasta dibujos animados, nuestro inconsciente se ve sugestionado por la idea de que fumar es normal, sexy y placentero. ¿Quién no recuerda a Clint Eastwood en “El bueno, el malo y el feo” como estereotipo de hombre duro y justiciero, fumando un puro después de acabar con los malos? Humphrey Bogart, el Agente 007, James Dean, Sherlock Holmes o John Travolta son ejemplos de que ser fumador es parte del éxito. Un estudio del British Medical Journal asegura que las industrias tabaqueras pagaron millones de dólares a las estrellas de Hollywood a cambio de promocionar sus marcas en los largometrajes.
Las mujeres tampoco escaparon a la asociación del consumo de tabaco con la liberación femenina, la emancipación, la rebelión y la idea de que fumar complementa a la perfección a una femme fatale. La situación es indignante si consideramos que también hubo intereses para que dibujos animados fumen: vimos fumando en la pantalla chica a Los Picapiedras, Tom y Jerry, el profesor Jirafales, Popeye, Bugs Bunny, Speedy González, el pato Lucas, el cerdo Porky, Pinocho, Peter Pan, Tribilín, el pato Donald y hasta el argentino Pucho fumaba perpetuamente su cigarro con aparente placer.
En este contexto, no es de extrañar que la edad de inicio de las personas en el consumo del tabaco sea a los 12 o 13 años, después de toda una infancia a la que estuvieron expuesta a estímulos de este tipo.
La ley de regulación del tabaco Argentina, sancionada en 2011, busca proteger a los ciudadanos del impacto del tabaquismo y reducir los daños, sobre todo en niños y adolescentes, más vulnerables a anuncios y promociones.
Esta ley significó el fin de las campañas, comerciales, eventos deportivos y desfiles de moda patrocinados por marcas de cigarrillos; al restringir las publicidades, promociones y patrocinios: solo se permiten anuncios en puntos de venta, en publicaciones de empresas del sector o a través de comunicación directa, previo consentimiento y verificación de la mayoría de edad de los posibles receptores.
Si bien esta legislación significó un avance, en nuestro país aún mueren 44 mil personas por año debido a enfermedades derivadas por el tabaquismo. Uno de cada cuatro adultos fuma. El costo sanitario atribuible a esta causa es de 33 mil millones de pesos por año, mucho más de lo recaudado en concepto de impuestos a las tabacaleras y el 12% del presupuesto total destinado a salud pública en nuestro país.
Un relevamiento que realizamos en Córdoba arrojó como principal resultado que la exhibición de paquetes de cigarrillos es la principal estrategia de las compañías para promocionar sus productos. El decreto reglamentario establece condiciones respecto los avisos publicitarios, pero nada dice sobre la exhibición. Así, una publicidad no debe medir más de 30 x 30 cm, ser estática, tener dos dimensiones, no tener luz ni verse desde el exterior del punto de venta y ser acompañada del mensaje sanitario correspondiente. Pero nada dice expresamente sobre la exhibición de productos a través de estanterías.
El instrumento de recolección de datos usó como referencia un protocolo desarrollado por la California Tobacco Advertising Study. La industria promueve el consumo con estrategias que alcanzan a todos. Aprovechando el vacío legal, cumplen con las condiciones sobre publicidad, pero dedican recursos a la exhibición. En términos de visibilización y promoción de marca, el efecto que se consigue es tan potente como el de los avisos publicitarios.
En las zonas donde se observa una mayor inversión en elementos de promoción son las que concentran mayor cantidad de estudiantes. Las imágenes y mensajes naturalizan el consumo, favorecen la identificación y recuerdo de las marcas, y aumentan la necesidad de fumar incluso en personas que intentan abandonarlo.
En este marco, es fundamental establecer una prohibición de publicidad y promoción de productos de tabaco, sin excepciones. Según estudios realizados por la OMS, la eliminación de cualquier forma de publicidad, promoción y patrocinio es una de las medidas más eficaces para prevenir el consumo. Así, se seguiría la línea de provincias como Santa Fe o Neuquén, o la de países como Colombia, Uruguay o Panamá.
Por ello, presentamos un proyecto de ley ante la Comisión de Salud de la Legislatura de Córdoba, que prohíbe la publicidad y la promoción de productos de tabaco sin excepciones, incluyendo todas las estrategias de exhibición de productos en los puntos de venta.
Se trata de una situación compleja, que debe ser abordada con políticas integrales, desde diversas aristas y con el compromiso de muchos actores de la sociedad, pero sin desconocer el papel fundamental que puede cumplir el Estado en la prevención de estas enfermedades.
Algunos datos a destacar como resultado del relevamiento
- 7 de cada 10 kioscos en Córdoba utiliza estrategias promocionales de productos de tabaco.
- De los kioscos con estrategias promocionales, 9 de cada 10 lo hacen de forma tal que sea visible desde el exterior del punto de venta.
- En todos los kioscos relevados hay estanterías para organizar los atados de cigarrillos. El 85% de las mismas son visibles desde el exterior del punto de venta.
- El 76% de los kioscos tiene estanterías industrializadas. En barrios con mayor presencia de estudiantes, se observa una mayor inversión en objetos de promoción y publicidad.
- En la mayoría de los kioscos los productos con estrategias promocionales más prominentes y atractivas eran los productos de tabaco.
- Las publicidades de tabaco se encuentran principalmente cerca de la caja, que es la zona de mayor visibilidad de los puntos de venta.
- Ningún kiosco contenía aviso sobre la prohibición de venta de cigarrillo a menores de 18 años.
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Autores/as
Federico Piccioni
Agustina Mozzoni
Contacto
Juan Carballo, <juanmcarballo@fundeps.org>
Organizaciones exigen al gobierno información sobre la situación de los DESC
Más de 20 organizaciones de la sociedad civil presentaron a comienzos de mes de mayo un petitorio al Estado argentino, con el fin de que se realicen los informes pendientes sobre el estado de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC).
Argentina adhirió al Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, también denominado Protocolo de San Salvador (PSS), que entró en vigor en 1999.
El PSS dispone en su artículo 19 que los estados partes se comprometen a presentar informes periódicos respecto medidas progresivas que hayan adoptado para asegurar el respeto de los derechos consagrados en el Protocolo. Sin embargo, Argentina adeuda el informe correspondiente al año 2014 relativo a derechos en materia de seguridad social, educación y salud. Adeuda también el informe que debería haberse presentado a mediados de 2016 referente a derechos laborales y libertades sindicales, alimentación adecuada, medio ambiente y culturales.
La importancia de estos informes radica en que son herramientas indispensables para monitorear y diagnosticar el nivel de cumplimiento de estos derechos. Asegurar la transparencia, el acceso a la información y rendición de cuentas en este ámbito permite conocer el estado actual y evaluar el avance en el cumplimiento progresivo de estos derechos, otro compromiso internacional asumido por el Estado Argentino. Además, desarrollar esos informes permite a los Estados diseñar y elaborar políticas públicas que respondan a situaciones de desigualdad, inequidad y vulneración de derechos.
Por esto la importancia que el Estado Argentino presente los informes correspondientes, cumplimentando así con el compromiso asumido en pos de garantizar los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
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Autora
Débora Fernández
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Juan Carballo – juanmcarballo@fundeps.org
Figurita repetida: basura, conflictos y lago San Roque
El proyecto «Centro Ambiental Carlos Paz» presenta graves irregularidades y viola normativas ambientales y de participación. Afectaría al Lago San Roque y no sería una solución regional definitiva a la problemática histórica referida a la gestión integral de los residuos sólidos urbanos.
En la provincia de Córdoba nuestros funcionarios continúan sin dar una respuesta adecuada y comprometida al problema de la gestión de los residuos sólidos urbanos. Como en la elaboración de muchas otras políticas públicas se hace oídos sordos a las recomendaciones de la ciencia, de la técnica y a las necesidades de la ciudadanía.
La gestión de los residuos sólidos urbanos se considera uno de los principales problemas ambientales de nuestra sociedad. Y como consecuencia de esto Argentina cuenta con un Programa de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU)-AR-L1151 financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
El Programa financia obras para la gestión integral de residuos sólidos urbanos (RSU) y la recuperación de áreas degradadas debido a la mala disposición de dichos residuos. El costo total del programa es de 150 millones de dólares dentro del mismo se encuentra el Centro Ambiental Villa Carlos Paz, cuyo nombre ya es tendencioso ya que más preciso sería hablar de un relleno sanitario. Un relleno sanitario es un lugar destinado a la disposición final de basura, en el que se toman múltiples medidas para reducir los impactos al ambiente. En resumen, busca reducir y aislar los residuos y desarrolla mecanismos para tratar los líquidos y gases producidos por efecto de la descomposición de la materia orgánica.
El cuestionado Centro Ambiental Villa Carlos Paz pretende ser un relleno sanitario en donde ahora se encuentra un basural a cielo abierto. El grupo vecinal autoconvocado, se opone a la construcción del relleno sanitario en el lugar seleccionado y aprobado por la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático de Córdoba. Desde principios de este año estamos trabajando conjuntamente con vecinos y vecinas de la zona. Los motivos por los cuales exigimos la relocalización de este proyecto de más de 200 millones de pesos son variados. No se han seguido los lineamientos de la ciencia y de la técnica para la elaboración y construcción de este tipo de obras y se están violando normativas ambientales y de participación ciudadana.
En primer lugar, el estudio de impacto ambiental (EIA) presenta inconsistencias.
* Probable desactualización de la línea de base de los estudios: Existe una alta probabilidad de un desfasaje de la descripción de las líneas de base de la calidad de agua, suelo, aire en función del comportamiento de variables naturales y ambientales y de los impactos evaluados. No se conoce la fecha exacta de su elaboración, pero el EIA fue presentado por TecnoMak S.A. el 30 de marzo de 2015, tuvo un dictamen de la Comisión Técnica Interdisciplinaria el 29 de febrero de 2016 y fue sometida a audiencia pública el 6 de abril del mismo año. En este contexto, tanto para la instancia de participación ciudadana como para la ejecución de la obra, el estudio se hizo en un contexto que no es el actual.
* Falta de claridad sobre los fundamentos para la selección de la locación de la obra: es objetable la justificación de la elección del predio para realizar las obras. Para llevar adelante el proyecto la firma TecnoMak S.A. consideró tres posibles predios, sin embargo se desconocen los fundamentos mediante los cuales se optó por su localización en el inmueble del actual basural a cielo abierto. Tampoco son públicos los motivos por los que se descartaron las otras dos alternativas.
* Posibles impactos al lago y a una reserva: Agrava la situación el hecho de que se pretende construir a metros del lago San Roque en terrenos que pueden presentar mayor propensión de filtración o percolado hacia las napas de agua y colindante a un área natural protegida (la Reserva Natural Militar La Calera).
* Utilización de datos censales desactualizados: el EIA utiliza los datos del censo nacional de población del 2008, siendo que existe uno realizado en el año 2010, que demuestra cambios considerables en la cantidad de habitantes de la zona.
En segundo lugar no son claras las resoluciones de la administración que establecen la vida útil del proyecto. El primer dictamen de la Comisión Técnica Interdisciplinaria de la Secretaría de Ambiente -CTI- (del 29 de febrero de 2016) sugiere que “el proyecto de módulo para la disposición final de RSU será como máximo para un uso de seis años”. Además recomienda que la utilización del módulo para la disposición final de RSU recepte sólo los residuos de la localidad de Villa Carlos Paz. Luego de la audiencia pública realizada (6 de abril de 2016), y sin estudios de prefactibilidad públicos, a través de un segundo dictamen de la CTI se decidió ampliar la vida útil del proyecto a veinte años, como así también el número de comunas alcanzadas a las localidades de Villa Río Icho Cruz, Mayu Sumaj, Cuesta Blanca, Tala Huasi, Cabalango y Malagueño.En resumen, se desconocen los motivos por los cuáles se tomó esta decisión, el plano con las coordenadas exactas en dónde se va a construir el relleno sanitario y la cantidad total de módulos proyectados.
En tercer lugar se afectó el derecho a la participación de los ciudadanos y ciudadanas que viven dentro del área de influencia del proyecto. El art. 67 de la ley 10.208 establece que el proceso de audiencia pública se deberá realizar en la zona de influencia del proyecto y de participación abierta. En este caso, la audiencia pública se convocó únicamente en Villa Carlos Paz (Departamento de Punilla), siendo que una de las zonas más afectadas por la proximidad del predio es el municipio de Malagueño, perteneciente al Departamento de Santa María. Además no se previó la posibilidad de convocar a consulta popular atento la posible categorización del proyecto como de alta complejidad ambiental (art. 68 ley 10.208).
Este alarmante proyecto cuenta con licencia ambiental aprobada por la Secretaría de Ambiente de la Provincia, siendo que el EIA no ha sido elaborado en estricto cumplimiento del marco normativo vigente. El conflicto socio-ambiental es inminente y las obras pueden comenzar en cualquier momento.
El desmesurado crecimiento en el volumen de los residuos en la sociedad actual está poniendo en peligro la capacidad de la naturaleza para mantener nuestras necesidades y las de futuras generaciones. La población y el consumo crece, y como consecuencia, también la cantidad de basura que generamos. El problema es que el espacio no crece y que no le estamos dando el tratamiento adecuado.
Hemos presentado pedidos de información a la Secretaría de Ambiente de la Provincia de Córdoba, a la Municipalidad de Malagueño y a la Municipalidad de Villa Carlos Paz. Además, el 8 de mayo acercamos una nota a los funcionarios del BID en Argentina encargados de hacer un seguimiento al programa haciendo saber estas preocupaciones.
Exigimos transparencia, responsabilidad y coherencia en los actos de gobierno. Necesitamos soluciones integrales y a largo plazo para la gestión integral de residuos sólidos urbanos. Nuestros funcionarios están obligados a cumplir las normas vigentes y a asegurar que se respeten los derechos humanos y el ambiente. No es posible tomar decisiones democráticamente a cualquier costo y sin que importen las condiciones.
Más información
Contacto
Male Martinez, malemartinez@fundeps.org
María Victoria Gerbaldo, victoriagerbaldo@fundeps.org
Boletín informativo – Junio 2017
Juan Carballo FUNDEPS en Con Sentido Común de Alfredo Guruceta
Fuente: Con Sentido Común
Leyes de Acceso a la Información Pública en Argentina – Junio 2017
El documento destaca los aspectos más importantes relacionados al derecho de acceso a la información pública en los distintos distritos de Argentina (Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Presentaron un proyecto de ley para evitar que se burle la ley antitabaco
La iniciativa busca salvar las lagunas que dejó la ley antitabaco sancionada en 2011. Esa norma se burla en los quioscos, donde se usan cajas de cigarrillos enmarcadas porque no les permiten usar avisos que puedan verse desde el exterior de los locales.
Un proyecto de ley presentado el miércoles 31 de mayo en la Legislatura cordobesa busca evitar que tabacaleras burlen la ley de promoción de cigarrillos con estrategias habituales, como la de colocar varias y enmarcarlas o distribuirlas en estanterías que las hagan visibles desde fuera de los locales.
La iniciativa,impulsada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustantentables (Fundeps), y presentada por el presidente de la Comisión de Salud de la Unicameral, Daniel Passerini, declara la prohibición de exhibir todo producto de tabaco como forma de incentivar su consumo.
El proyecto es breve, porque busca salvar las lagunas que dejó el decreto reglamentario de la ley antitabaco 26.687.
Esa norma, sancionada en 2011, prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de los productos elaborados con tabaco, en forma directa o indirecta, a través de cualquier medio de difusión o comunicación. El decreto reglamentario 602/2013 la complementa al determinar qué acciones quedan comprendidas en la prohibición, como la promoción en vía pública y en espacios de uso público, en la vía aérea, en medios de comunicación gráficos y audiovisuales, en Internet u otros medios digitales.
El artículo 6 de la ley establece las excepciones: permite anuncios en puntos de venta, en publicaciones de empresas del sector o a través de comunicación directa, previo consentimiento y verificación de la mayoría de edad de los posibles receptores.
El decreto contempló las condiciones que debía cumplir la publicidad en punto de venta: no debe medir más de 30 x 30 centímetros, debe ser estática, tener dos dimensiones, no ser luminosa ni verse desde el exterior y tiene que estar acompañada del mensaje sanitario correspondiente.
Lo que en forma flagrante se viola actualmente es la restricción relacionada con la visibilidad desde el exterior y el uso de luz para destacar las cajetillas.
Un relevamiento de Fundeps detectó que siete de cada 10 kioscos en Córdoba utiliza estrategias promocionales de productos de tabacoy, de ellos, nueve de cada 10 lo hacen de forma tal que resulta visible desde el exterior. Asimismo, comprobó que en todos los kioscos relevados hay estanterías para organizar los atados de cigarrillos, de las cuales, el 85 por ciento son visibles desde el exterior del punto de venta.
Proyecto de ley
El primer artículo del proyecto de ley de Passerini define como publicidad o promoción «toda forma de comunicación, recomendación o acción comercial, con el fin, el efecto, o el posible efecto de promover directa o indirectamente un producto de tabaco o el consumo de tabaco. En tanto, describe que la exhibición de tabaco consiste en «toda forma de exposición de productos elaborados con tabaco que permita su visibilidad».
El segundo es el que busca impedir la promoción directa o indirecta de los productos del tabaco.
Fuente: La Voz
Estrategias de una industria que no quiere hacerse humo
Un estudio en la capital de esta provincia demuestra que en Córdoba, las compañías de tabaco continúan publicitando sus productos en los puntos de venta a través de estanterías y exhibidores.
CÓRDOBA. El tabaquismo es una epidemia que representa un problema global con devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, económicas y ambientales. Hoy es responsable de más de 6 millones de muertes anuales a nivel mundial y de costos sanitarios y ambientales que exceden las recaudaciones fiscales por impuestos al tabaco. Esta epidemia se cobra más vidas que la tuberculosis, el SIDA y el paludismo juntos, y representa la primer causa de muerte prematura evitable a nivel mundial. Cada año mueren 600.000 personas que no fuman como consecuencia de la exposición al humo ajeno, de las cuales 1 de cada 4 son niños y niñas.
Desde que uno nace está expuesto a estímulos que posicionan al acto de fumar como sinónimo de éxito, sensualidad y seguridad. Desde películas hasta dibujos animados, nuestro inconsciente se ve sugestionado por la idea de que fumar es normal, sexy y placentero. ¿Quién no recuerda a Clint Eastwood en “El bueno, el malo y el feo” como estereotipo de hombre duro y justiciero, fumando un puro después de acabar con los malos? Humphrey Bogart, el Agente 007, James Dean, Sherlock Holmes o John Travolta son ejemplos de que ser fumador es parte del éxito. Un estudio del British Medical Journal asegura que las industrias tabaqueras pagaron millones de dólares a las estrellas de Hollywood a cambio de promocionar sus marcas en los largometrajes.
Las mujeres tampoco escaparon a la asociación del consumo de tabaco con la liberación femenina, la emancipación, la rebelión y la idea de que fumar complementa a la perfección a una femme fatale. La situación es indignante si consideramos que también hubo intereses para que dibujos animados fumen: vimos fumando en la pantalla chica a Los Picapiedras, Tom y Jerry, el profesor Jirafales, Popeye, Bugs Bunny, Speedy González, el pato Lucas, el cerdo Porky, Pinocho, Peter Pan, Tribilín, el pato Donald y hasta el argentino Pucho fumaba perpetuamente su cigarro con aparente placer.
En este contexto, no es de extrañar que la edad de inicio de las personas en el consumo del tabaco sea a los 12 o 13 años, después de toda una infancia a la que estuvieron expuesta a estímulos de este tipo.
La ley de regulación del tabaco Argentina, sancionada en 2011, busca proteger a los ciudadanos del impacto del tabaquismo y reducir los daños, sobre todo en niños y adolescentes, más vulnerables a anuncios y promociones.
Esta ley significó el fin de las campañas, comerciales, eventos deportivos y desfiles de moda patrocinados por marcas de cigarrillos; al restringir las publicidades, promociones y patrocinios: solo se permiten anuncios en puntos de venta, en publicaciones de empresas del sector o a través de comunicación directa, previo consentimiento y verificación de la mayoría de edad de los posibles receptores.
Si bien esta legislación significó un avance, en nuestro país aún mueren 44 mil personas por año debido a enfermedades derivadas por el tabaquismo. Uno de cada cuatro adultos fuma. El costo sanitario atribuible a esta causa es de 33 mil millones de pesos por año, mucho más de lo recaudado en concepto de impuestos a las tabacaleras y el 12% del presupuesto total destinado a salud pública en nuestro país.
Un relevamiento que realizamos en Córdoba arrojó como principal resultado que la exhibición de paquetes de cigarrillos es la principal estrategia de las compañías para promocionar sus productos. El decreto reglamentario establece condiciones respecto los avisos publicitarios, pero nada dice sobre la exhibición. Así, una publicidad no debe medir más de 30 x 30 cm, ser estática, tener dos dimensiones, no tener luz ni verse desde el exterior del punto de venta y ser acompañada del mensaje sanitario correspondiente. Pero nada dice expresamente sobre la exhibición de productos a través de estanterías.
El instrumento de recolección de datos usó como referencia un protocolo desarrollado por la California Tobacco Advertising Study. La industria promueve el consumo con estrategias que alcanzan a todos. Aprovechando el vacío legal, cumplen con las condiciones sobre publicidad, pero dedican recursos a la exhibición. En términos de visibilización y promoción de marca, el efecto que se consigue es tan potente como el de los avisos publicitarios.
En las zonas donde se observa una mayor inversión en elementos de promoción son las que concentran mayor cantidad de estudiantes. Las imágenes y mensajes naturalizan el consumo, favorecen la identificación y recuerdo de las marcas, y aumentan la necesidad de fumar incluso en personas que intentan abandonarlo.
En este marco, es fundamental establecer una prohibición de publicidad y promoción de productos de tabaco, sin excepciones. Según estudios realizados por la OMS, la eliminación de cualquier forma de publicidad, promoción y patrocinio es una de las medidas más eficaces para prevenir el consumo. Así, se seguiría la línea de provincias como Santa Fe o Neuquén, o la de países como Colombia, Uruguay o Panamá.
Por ello, presentamos un proyecto de ley ante la Comisión de Salud de la Legislatura de Córdoba, que prohíbe la publicidad y la promoción de productos de tabaco sin excepciones, incluyendo todas las estrategias de exhibición de productos en los puntos de venta.
Se trata de una situación compleja, que debe ser abordada con políticas integrales, desde diversas aristas y con el compromiso de muchos actores de la sociedad, pero sin desconocer el papel fundamental que puede cumplir el Estado en la prevención de estas enfermedades.
Algunos datos a destacar como resultado del relevamiento
Más información
Autores/as
Federico Piccioni
Agustina Mozzoni
Contacto
Juan Carballo, <juanmcarballo@fundeps.org>
Se burla la ley que impide la promoción
Daniel Passerini, el legislador anticipó que hoy, por ser el Día Mundial Sin Tabaco, elevará la propuesta de prohibición completa de publicidad para que adquiera estado parlamentario.
En Argentina, está prohibido que en los lugares de venta de productos del tabaco se coloquen carteles que puedan verse desde el exterior de los locales. Sin embargo, entidades que realizan campañas para evitar el tabaquismo afirman que hoy se burla la ley de distintas maneras.
Un relevamiento realizado en mayo en Córdoba por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) mostró que la exhibición de paquetes de cigarrillos (generalmente enmarcados con luces) es la principal estrategia de las compañías para promocionar sus productos. “Si bien el decreto reglamentario de la ley 26.687 establece condiciones respecto de los avisos publicitarios, nada dice sobre la exhibición”, denunció la entidad.
Juan Carballo, director ejecutivo de Fundeps, informó a La Voz que, tras dar cuenta de esta situación al titular de la Comisión de Salud de la unicameral, Daniel Passerini, el legislador anticipó que hoy, por ser el Día Mundial Sin Tabaco, elevará la propuesta de prohibición completa de publicidad para que adquiera estado parlamentario.
Fuente: La Voz del Interior
Bajo Grande y contaminación, la combinación que más preocupa
Según una encuesta en Chacras de la Merced, es el principal problema para los vecinos que viven aguas abajo de la planta. El 80 por ciento considera que funciona mal y el 83 por ciento está intranquilo por la situación ambiental en el sector.
La mayoría de los vecinos que viven aguas abajo de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (Edar) de Bajo Grande considera que el problema más preocupante y de urgente solución es la contaminación que provoca el mal funcionamiento de la planta.
El dato surge de una encuesta realizada a 53 de las 120 familias que viven en barrio Chacras de la Merced, en el extremo este de la ciudad de Córdoba. El relevamiento lo realizó la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps).
Juan Carballo, director ejecutivo de la fundación, explicó que se buscó la opinión de los vecinos de la zona, muy impactada por los volcamientos de Edar.
A esa planta llegan todos los efluentes cloacales que, desde hace años, se arrojan al río Suquía con deficiencias en el tratamiento. En esa zona de la ciudad, es frecuente la presencia de olor fétido y el Suquía se asemeja a una cloaca a cielo abierto. La encuesta fue en diciembre y los datos se terminaron de procesar en marzo.
Del total de las 53 familias encuestadas, 34 (el 64 por ciento) de ellas otorgaron el número uno de prioridad y urgencia a la contaminación provocada por Bajo Grande. Los basurales a cielo abierto ocuparon un segundo lugar, con el 37,7 por ciento de respuestas.
El 83 por ciento de las familias no se sienten tranquilas con la situación ambiental del barrio.
Para la mayoría de los habitantes (el 75 por ciento), la principal preocupación es la contaminación del río que produce Edar.
En tanto, el 45 por ciento de los vecinos considera que la contaminación del aire es una preocupación primordial, mientras que el 26 por ciento considera que es la del suelo, y ponen como causa a la planta de Bajo Grande.
El funcionamiento
Si bien la mayoría de los vecinos (el 59 por ciento) no conoce sobre el trabajo y funcionamiento de la Edar, el 80 por ciento considera que no anda correctamente.
Sobre los efectos directos del mal funcionamiento, el 46,5 por ciento considera que es la contaminación del Suquía y el 42 por ciento cree que son los problemas de salud.
En este punto, el 69 por ciento aseguró haber padecido alguno de los síntomas listados: 28 por ciento diarrea; 49 por ciento fiebre y vómitos; 54 por ciento dolor abdominal; 13,5 por ciento tuvo sangrado en la materia fecal; 43 por ciento debilidad o fatiga; 16 por ciento anemia; 35 por ciento problemas respiratorios; 32 por ciento erupciones cutáneas; y 40 por ciento infecciones en la piel.
El 77 por ciento fue visto por un médico tras los síntomas y el 78 por ciento recibió un diagnóstico de lo sucedido, que en su mayoría estuvo relacionado a gastroenteritis o alergia.
“Es clave mencionar la imposibilidad de probar la causalidad de la contaminación generada por la planta y la sintomatología que presentan gran parte de los vecinos del barrio. Empero es necesario estar atentos al estado generalizado de salud del barrio, el cual incluye un gran porcentaje de problemas gastrointestinales”, advierte el estudio.
Finalmente, la encuesta detectó falta de conocimiento sobre la ampliación de Edar, aunque cree que mejorará la situación. Y consideran que debe haber instancias de control ciudadano.
Qué es Edar. Los primeros informes sobre la falta de tratamiento de los líquidos cloacales en la Estación Depuradora de Aguas Residuales (Edar) de Bajo Grande se remontan a 1998. Las conexiones residenciales a la red cloacal sumaban 165 mil y la planta de tratamiento de líquidos cloacales ya estaba sobrepasada en su capacidad. La Edar, inaugurada en 1987, había sido planificada para 77 mil conexiones. En 2011, se habilitó una ampliación de la planta, pero sigue contaminando.
Fuente: La Voz del Interior
Participamos del taller sobre acciones de incidencia frente a inversiones chinas en la región
Representantes de sociedad civil y de comunidades nativas participaron del taller en la ciudad de Bogotá (Colombia). El resultado fue la elaboración de una agenda que complementa las demandas territoriales de las comunidades afectadas con las propuestas planteadas desde sociedad civil y la academia.
El pasado 17 y 18 de mayo, el taller fue organizado por el por el Grupo Regional sobre Financiamiento e Infraestructura y la Coalición Regional por la Transparencia y la Participación. El taller buscó fortalecer el accionar conjunto de la sociedad civil (comunidades, movimientos y organizaciones sociales, nacionales y locales) que están siendo afectados por proyectos financiados por banca china y qué realizan seguimiento de los impactos sociales y ambientales de estas inversiones en América Latina.
Se abordaron temas relacionados con las políticas sociales y ambientales actualmente implementadas por instituciones chinas, el análisis del financiamiento chino presente en la región, proyectos a los que se destina y la identificación de los impactos de estos proyectos sobre el medio ambiente y los derechos humanos. Asistimos junto a representantes de sociedad civil de Argentina, Chile, Bolivia, Brasil, Perú, México, Colombia, Venezuela, Ecuador y representantes de comunidades nativas y campesinas.
Recalcamos la alarmante situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los defensores y las defensoras ambientales en contextos de inversión china en países de la región, quiénes no sólo son criminalizados por la defensa de sus derechos colectivos sino que no cuentan con la debida protección del Estado. Logramos afianzar la Alianza Continental de seguimiento a las inversiones chinas para hacer frente a la estrategia geopolítica que busca mantener el modelo de exportación constante de materias primas en América Latina y el Caribe.
Quienes participamos del Taller coincidimos en que el debilitamiento de los marcos ambientales y sociales de la región no garantiza el respeto de los derechos de las comunidades involucradas en el espacio de influencia de los proyectos que son financiados por la banca china. A esto se le suma el carácter no vinculante de los lineamientos de la banca china. La no existencia de protección a nivel nacional y a nivel de la banca multilateral coloca en una situación de riesgo a las comunidades que están siendo afectadas por la inversión.
Como resultado del Taller se elaboró una agenda de incidencia que reúne y complementa las demandas territoriales de las comunidades afectadas con las propuestas de reforma planteadas desde sociedad civil y la academia. En ese sentido, a nivel internacional se plantea nuevos estándares para las empresas y la banca china que garantice el cumplimiento, una mayor participación y procesos de consulta efectivos; a nivel nacional, una estrategia conjunta que revierta el debilitamiento de la legislación socio-ambiental y brinde garantías de acceso equitativo a la justicia para los defensores y las defensoras ambientales.
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María Victoria Gerbaldo, victoriagerbaldo@fundeps.org
La absolución de “Belén”
Como fue noticia en los pasados meses, “Belén”, la mujer tucumana que había estado presa durante dos años acusada del homicidio de su bebé recién nacido en un hospital, fue absuelta por la Corte Suprema de Tucumán el 23 de marzo de este año.
En primera instancia, “Belén” había sido acusada de “homicidio agravado por el vínculo y por alevosía”. La Cámara Penal la condenó a 8 años de prisión considerando como atenuante su estado de puerperio. Dicha condena se basó en testimonios de médicos, enfermeros y policías que estaban en el hospital ese día, que afirmaron que “Belén” había tenido un parto prematuro en el baño del hospital y había arrojado al bebé al retrete.
Sin embargo, el trámite judicial adoleció de graves violaciones a la garantía al debido proceso, entre las cuales pueden mencionarse: nunca se comprobó que el cuerpo encontrado fuera efectivamente hijo de “Belén” porque no se realizaron pruebas de ADN; ella no contó con una defensa letrada adecuada, la que se mantuvo pasiva en el reconocimiento de los hechos en contra de los dichos de su defendida; las mayor parte del cuerpo probatorio fue obtenido en una grave violación al secreto profesional, entre otras.
Desde que la abogada Soledad Deza, coordinadora del área de litigio de Católicas por el Derecho a Decidir, tomó su caso en el 2016, cientos de organizaciones sociales que luchan por los derechos de las mujeres se hicieron eco y pidieron la libertad de la joven, que se concretó el 16 agosto de 2016, luego de haber estado más de dos años en prisión.
Celebramos la resolución de la Corte Suprema de Tucumán que fines de marzo de este año, el dictó la absolución de “Belén”, en tanto sienta las bases sobre las cuales deben apoyarse las garantías de derechos humanos para toda mujer que concurre a un centro médico para ser atendida.
En este sentido, en el fallo señalado y en el voto del Dr. Daniel Oscar Posse, se entiende que la situación que “Belén” sufrió en el hospital fue violencia institucional,
“ya que a la ruptura del compromiso de reserva profesional se sumó una sucesión de hechos que nada se condice con el trato que debe recibir una persona en claro estado de vulnerabilidad, en este caso una mujer, que fue al Hospital para recibir atención médica urgente: se la incriminó de ser autora del hecho acusándola desde un primer momento de mentir sobre su alegada ignorancia de su estado de embarazo; se le exhibió dentro de una caja el cuerpo del niño muerto como una suerte de castigo moral; se la sometió a tratamiento médico sin brindárse explicación alguna sobre la causa y alcance del mismo; se violaron todos sus derechos a la confidencialidad y a su privacidad, en franca vulneración de la obligación del equipo de salud de mantener el secreto médico, habiéndose permitido incluso la presencia de personal policial en medio de la práctica del legrado. Es decir que la encartada fue absolutamente relegada de su estado de paciente, dispensándosele a partir de allí un trato directo como rea”.
Asimismo, afirmó en relación a la deficiente defensa letrada que recibió “Belén” en las primeras instancias del juicio, que “no obstante asumir que la acusada se encontraba en una clara situación de indefensión, el Tribunal (recurrido) no actuó en consecuencia para asegurar las garantías del debido proceso y defensa en juicio, sino que, por el contrario, se valió de tales deficiencias o desvíos defensistas para apuntalar la condena de la imputada” (la negrita es nuestra).
Por otra parte, reconoce que
“todo el material probatorio de cargo -aparte de ilegal tanto en su origen e incorporación, tal cual lo expuse al tratar la cuestión de la violación al secreto médico profesional- es confuso, ambiguo y contradictorio, lo que enerva cualquier posibilidad de que pueda arrimar certeza. No hay un sólo elemento de prueba de cargo que no presente alguna falencia”.
Seguidamente, menciona una tras otra, las falencias de la prueba aportada por la Fiscalía y valorada por el Tribunal que condenó injustamente a “Belén”. Sobre este aspecto, volvemos a felicitar la aclaración de la Corte tucumana cuando aclara que el “útil expresar que en el caso se advierte otra fase de verificación de violencia institucional contra la imputada, ahora en el ámbito judicial, que se suma a la que mencionara anteriormente ocurrida en el marco de la asistencia médica brindada a la joven”.
Por último, en el voto señalado, se determina que
“esta violencia institucional acaecida en el ámbito médico y judicial se enanca inmediatamente con la cuestión de género, porque probablemente muchas de las graves falencias apuntadas no se hubieran verificado en un caso con un hombre como presunto autor. Para saber si los estereotipos de género estuvieron presentes en este proceso, sólo hace falta preguntarse: ¿se hubiese llegado a una condena de homicidio agravado por el vínculo de un hombre en una causa donde el cuerpo del delito se perdió y no hay datos que permitan conocer la efectiva relación entre víctima y victimario? ¿con una autopsia con incongruencias tales como el sexo de la víctima o su edad gestacional y con una causa de la muerte no determinada de forma clara y precisa? ¿se hubiese avalado que la defensa no realizara planteo alguno frente a estas situaciones y ni propusiera prueba de descargo? ¿Se hubiera permitido que la defensa ocurriera en sentido contrario a la posición de inocencia sostenida en las declaraciones y palabras del acusado en todo momento?”.
Entendemos como un pilar fundamental para el avance en la garantía de los derechos humanos de las mujeres, los reconocimientos expresos de la violencia institucional de género por parte de las/os operadores jurídicos. Esta clase de resoluciones fundadas en los derechos humanos y las recomendaciones y observaciones de los Comités que los tutelan, visibilizan la gravedad de estos hechos y aportan a la construcción de conductas despojadas de estereotipos denigrantes, vulnerantes y violatorios a la ciudadanía.
Por último, es válido mencionar el voto del Dr. Antonio Gandur, cuando señala que
“considera pertinente y necesario realizar un profundo proceso formación a través de disertaciones, encuentros y talleres a cargo de la Secretaría de Derechos Humanos de esta Corte en coordinación con los organismos del Siprosa (Sistema Provincial de Salud) para informar a los operadores de la medicina provincial el actual marco legal así como el adecuado el modo de actuación en temáticas relacionadas con la de la presente causa”.
Esperamos que tales instancias de formación se realicen con el principal objetivo de garantizar los derechos de las ciudadanas, logrando prevenir y erradicar la violencia de la vida de las mujeres, y el pleno goce de sus derechos sexuales y reproductivos.
Contacto
Virginia Pedraza – vir.pedraza@fundeps.org
Mayca Irina Balaguer
La interrupción del embarazo como problema de salud: primera cátedra universitaria del país
El Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) votó, a comienzos del mes de mayo, la incorporación de una materia optativa que aborde la práctica de la interrupción del embarazo en los casos permitidos por la ley, como problemática de salud pública. Desde FUNDEPS, celebramos la resolución.
La Facultad de Medicina de la UNR será la primera que cuente con una cátedra sobre la interrupción del embarazo. Por unanimidad, el Consejo Directivo aprobó la incorporación de una materia que atienda la interrupción legal del embarazo (ILE), es decir en los casos permitidos por la ley, desde una perspectiva de salud pública, con el objetivo de formar y capacitar a los/as futuros/as profesionales de la salud.
La asignatura será optativa y buscará, entre otras cuestiones, problematizar a las/os estudiantes de Medicina sobre el marco legal vigente en Argentina, la reglamentación de la objeción de conciencia y el proceso de atención y cuidado de las mujeres en diferentes niveles de la situación de la interrupción del embarazo. Incluirá una Consejería en métodos anticonceptivos y la enseñanza del uso de las tecnologías médicas disponibles para garantizar una ILE.
La interrupción del embarazo es un problema de salud pública dado que representa la principal causa de muerte materna. Según el Informe Sombra presentado por ANDHES, CELS y FEIM, entre otras organizaciones, ante el Comité Contra la Tortura, en Argentina se practican entre 460.000 y 600.000 abortos clandestinos cada año. Durante los últimos 30 años, las complicaciones derivadas de abortos practicados en condiciones de riesgo han sido la primera causa de mortalidad materna y han representado un tercio del total de esas muertes. En este sentido, es urgente que el Estado garantice una formación acorde al derecho vigente, que capacite a las/os profesionales de la medicina en un abordaje de la problemática desde una perspectiva de derechos humanos.
Desde FUNDEPS apoyamos la iniciativa. Es deber del Estado garantizar las condiciones para que las mujeres accedan al pleno goce de sus Derechos Sexuales y Reproductivos, y consideramos que es esencial la formación de nuestras y nuestros profesionales de la salud en la materia.
Autora
Antonela Vanini
Contacto
Virginia Pedraza, <vir.pedraza@fundeps.org>